La hipoteca Inversa: su triste presente y su prometedor futuro.

La hipoteca inversa, que toma el nombre prestado del Derecho Anglosajón, reverse mortgage (por oposición a la forward mortgage) donde tiene ya una larga tradición, se regula de forma específica, por primera vez en nuestro ordenamiento, por la Disposición Adicional 1ª de la Ley 41/2.007, si bien ya antes se venía utilizando. Esta nueva norma, además, intenta promocionarla, entendiéndola como instrumento de política social, al disponer la exención de Actos Jurídicos Documentados su constitución, subrogación, novación modificativa y cancelación, así como los consabidos beneficios arancelarios notariales y registrales (los cuales se pierden en el caso de constituirse sobre otros inmuebles distintos a la vivienda habitual, posibilidad ésta que fue muy discutida en el tramite parlamentario).

En España se calcula que rondan ya los ocho millones las personas con más de sesenta y cinco años de edad. Y se estima que, para mediados de este siglo, seamos el país más viejo del mundo, sólo superados por Japón. Teniendo estas cifras presentes, parece que la hipoteca inversa debiera haber tenido en nuestros despachos una mayor presencia de la que ha tenido desde que se aprobó la ley.
Son muchísimos los ancianos que viven de su pensión. Ven disminuida de forma drástica su capacidad adquisitiva para los “últimos años de su vida”, expresión esta última que viene a ser una forma de hablar, porque puede ser un largo periodo. Si tenemos en cuenta que, de momento, la jubilación es a los sesenta y cinco años, y en España, la esperanza de vida al nacer de una mujer supera los ochenta y cuatro años, y la del hombre los setenta y siete (según informe del INE de 2.010), son de media casi dos décadas de ancianidad con pocos ingresos. Sin embrago, un altísimo porcentaje de estos ancianos es propietario de la vivienda, siendo para muchos el grueso de su patrimonio.

Parece, prima facie, la hipoteca inversa una buena solución para muchísimos ancianos que, después de una vida de ahorro, pagando su hipoteca, pueden pasar un poco mejor la difícil etapa que es la vejez, contando con un dinero extra que, en ocasiones, les es muy necesario, como puede ser el caso de brindarles la posibilidad de sufragar gastos especiales de ayuda asistencial, o, especialmente en los pueblos, de reparación o conservación de sus casas, antiguas o en mal estado. Tiene esta figura la gran ventaja de que el anciano no abandona su casa, sigue siendo el dueño y no pierde la propiedad de la misma, a la vez que, de momento, no involucra a sus hijos o herederos, quienes, al tiempo de heredar, podrán optar entre asumir la deuda la deuda y conservar el bien hipotecado, o bien abandonarlo, en cuyo caso, la entidad acreedora, para el recobro, además de la ejecución, no podrá ir más allá de los bienes hereditarios.

Sin embargo, la hipoteca inversa “no ha triunfado”. Aunque podríamos señalar causas de diversa índole, creo que dos son las esenciales:

– Por un lado, el hecho de que las propias entidades de crédito no estén por la labor de ofertarlas y concederlas, tanto por la actual coyuntura económica, como por la mayor aleatoriedad que implica esta figura (incertidumbre sobre cuando se recuperará el capital en función de la duración de la vida, cuál será decisión de los herederos), que les hace correr un mayor riesgo.

– Y por otro, la propia mentalidad de los españoles, de los ancianos que tienen que constituirlas, quienes, después de una vida de ahorro y sacrificio para adquirir la vivienda, joya del patrimonio familiar, prefieren vivir miserablemente que hipotecar el futuro de sus hijos. Tendrían que verse en una situación desesperada para ir en contra de este “principio”.

Sin olvidar que existen muchas otras soluciones (la propia venta del inmueble, rentas y pensiones vitalicias, fondos, seguros, etc.) tendremos que llegar a viejos nosotros (al menos los de la generación de los que han hecho la ley, que serán ancianos de otro tiempo, con otra mentalidad) para comprobar si esta prometedora figura llega a dar de sí todo lo que cabía esperar de ella.

3 comentarios
  1. Ricardo Romero
    Ricardo Romero Dice:

    Estimado Sr. Sánchez Tapia,

    Después de los nuevos requisitos de capital impuestos tanto a cajas como a bancos dudo mucho que si aun quedaba alguna entidad financiera que ofreciera el producto de la “hipoteca inversa” siga haciéndolo a día de hoy; imagino que empezarán las guerras por el pasivo ya que necesitan liquidez.

    Un saludo.

  2. José Manuel Sánchez Tapia
    José Manuel Sánchez Tapia Dice:

    Gracias por su comentario Sr. Romero.- Creo que ni siquiera cuando las ofrecían estaban verdaderamente por la labor y lo entiendo, pero en una España de ancianos propietarios esta figura y otras nuevas, que busquen solucionar el mismo problema, terminarán por abrirse camino (una vez superado el “coma” de las entidades de crédito). Un saludo

  3. Leticia
    Leticia Dice:

    Cierto es que la hipoteca inversa no está triunfando todo lo que debería, pero cada vez está teniendo una mayor acogida. Desde una de las empresas de Asesores Independientes, Grupo Retiro, han elaborado un estudio del que se desprende que más de un 60% de los mayores de Madrid Capital tienen un nivel de aceptación alto o muy alto de estos productos.
    http://base.gruporetiro.com/medios/PRESENTACION_ESTUDIO_GRUPORETIRO.pps
    Les dejo un link del estudio. Muchas gracias.
    Un saludo

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