Google y el derecho al olvido

El Ministerio de la Verdad, descrito por George Orwell en su novela “1984”, tenía el cometido de adaptar a la realidad presente y a los intereses futuros todos los documentos, libros y periódicos que hacían referencia al pasado. De esta manera, los hechos ya acontecidos mutaban oportunamente para evitar cualquier contradicción con la actualidad. Una poderosa maquinaria administrativa eliminaba referencias indeseables, convertía enemigos de antaño en aliados de toda la vida y, en definitiva, suprimía el rastro de algo tan humano como la incoherencia y la contradicción con los propios actos y palabras.

En los últimos tiempos se ha suscitado un interesante debate sobre Internet y el derecho al olvido; o, mejor dicho, el derecho a ser olvidados. El tránsito a la Web 2.0, en la que los usuarios han dejado de ser meros receptores de información para convertirse en agentes activos que publican contenidos en Internet, ha espoleado el debate: ¿tenemos derecho los usuarios que un día publicamos algún contenido en la red a que éste sea eliminado sin dejar huella?. El problema se agudiza porque la red tiene memoria, y una vez publicamos algo, aunque dicha publicación se lleve a cabo en una página web que esté bajo nuestro control, ese contenido puede ser copiado, almacenado y replicado en servidores de buscadores y otros agentes, que lo conservarán durante bastante tiempo al alcance de todos los internautas aunque nosotros lo hayamos retirado de nuestra web.

La cuestión se centra, en definitiva, en si los ciudadanos tenemos derecho a exigir que nuestro rastro desaparezca de la red. Si debe estar a nuestro alcance eliminar dicho rastro si en un futuro, por las razones que fueren, consideramos que lo que otrora nos pareció interesante publicar y compartir con la comunidad de internautas ahora nos perjudica, nos avergüenza o simplemente nuestros intereses han cambiado y lo que antes podía ser un posicionamiento ventajoso o un alineamiento rentable puede en no mucho tiempo convertirse en una rémora…

En primer lugar, conviene insistir en que Internet es un fenómeno global, y que una vez publicamos un contenido y damos acceso a éste a la totalidad de la comunidad internauta, estamos posibilitando que un servidor ubicado en cualquier sitio, dentro o fuera de España, y absolutamente ajeno a nuestro control, replique dicho contenido o lo almacene. De manera que desde un punto de vista práctico, el supuesto derecho a ser olvidados, en el caso de que se determine su existencia, puede quedar en una mera declaración platónica imposible de aplicar y de exigir. Por consiguiente, debemos ser conscientes de que una vez publicamos un contenido en Internet, perdemos la capacidad de retirarlo por completo de la red.

En segundo lugar, se suscita la cuestión de si al publicar sin restricción de acceso un contenido en Internet, éste para a ser propiedad del destinatario, así como las cartas son propiedad de quien las recibe y no de quien las remite, sin que esto menoscabe los derechos de autoría y propiedad intelectual que correspondan. En este caso el destinatario es la comunidad de internautas en su totalidad, lo cual incluye por cierto a los buscadores y demás agentes que en sus cachés conservan copias de los contenidos publicados en la red aunque los borremos de los sitios en los que fueron originalmente publicados. Parece difícil imaginar que podamos exigir a la totalidad de los internautas que nos devuelvan nuestras cartas y se olviden de nosotros; y mucho más impensable resulta que todos ellos accedan a olvidarnos de forma tan drástica como lo hizo Larra ante la petición de devolución de sus cartas que le hizo Dolores Armijo.

El debate, a mi entender, ha de ser sustituido por la exigencia de responsabilidad. La Web 2.0 es una poderosa herramienta para que compartamos contenidos con el resto de los usuarios de Internet, pero debemos asumir nuestra responsabilidad sobre lo que publicamos, muy particularmente cuando puede afectar al honor o la intimidad de terceros, igual que lo hacemos (o deberíamos) sobre el resto de nuestras acciones. Sería mucho más eficaz desde un punto de vista práctico limitar la publicación en Internet de datos de terceros que pretender que, una vez publicados en la red a través, por ejemplo, de un boletín oficial, estos datos deban desaparecer de Internet. Aunque, lógicamente, esto daría a su vez pie a otro interesante debate.

En resumen, es la red; es decir, el conjunto de usuarios de la misma, quien tiene pleno derecho a olvidar la ingente cantidad de contenido irrelevante e insustancial que circula por ella. Muy pocas obras humanas perduran en la memoria colectiva. Pero será esa memoria colectiva, uno de cuyos repositorios es ahora Internet, la que decida cuándo somos olvidados. En todo caso, es preferible que sea así a que la decisión corresponda al Ministerio de la Verdad, cualquiera que sea el nombre que tome en la actualidad.

10 comentarios
  1. Ignacio Gomá
    Ignacio Gomá Dice:

    Muy de acuerdo. El problema es que estas Nuevas Tecnologías corren paralelas a actitudes también muy modernas como el deseo exacerbado de desarrollo de la personalidad individual, el vivir el aquí y el ahora, la irresponsabilidad como derecho, o el síndrome del consumidor: tenemos derecho a todo, incluso a no haber dicho lo que hemos dicho.

    • elisa de la nuez
      elisa de la nuez Dice:

      Este es un tema jurídicamente muy relevante y novedoso y pendiente de sentencia en la Audiencia Nacional de Madrid, donde por cierto defiende a Google mi compañero abogado del Estado excedente y especialista en protección de datos Javier Aparicio frente a la Agencia de Protección de Datos. En los próximas semanas se conocerá la postura de la Audiencia en este interesantísimo, por lo novedoso, debate jurídico-tecnológico.

    • Jose Mª Pérez
      Jose Mª Pérez Dice:

      Muy interesante este post.
      La información personal que circula por internet es cada vez mayor y el control que las personas físicas tienen sobre la misma practicamente nulo. Uno de los problemas es la poca importancia que damos al derecho a la autodeterminación informativa. Así como el derecho de propiedad sobre las cosas materiales lo tenemos profundamente arraigado, el derecho a disponer de nuestros porpios datos es algo a lo que, en general, la gente no da importancia y, a la larga puede tener incluso mayor relevancia.
      La información es poder y el control de la información sobre las personas puede implicar, a través de las herramientas adecuadas, también un control sobre aquellas.
      Por eso es muy importante que, ya sea mediante códigos autoreguladores, ya sea a través de autoridades públicas, existan mecanismos a nivel global que garanticen en la medida de lo posible que se tenga un cierto poder de disposición sobre los propios datos personales.
      Si incluso a los autores se les reconoce en la legislación sobre propiedad intelectual la posibilidad de retirar del mercado aquellas obras cuando consideran oportuno, es lógico pensar que los ciudadanos tengan derecho a solicitar que determinada información personal pueda ser retirada de la red salvo que existan razones de interés público.

    • Salvador Esteban
      Salvador Esteban Dice:

      Decía un conocido periodista deportivo – hace algunos años ya de eso – que el hombre es dueño de sus silencios y esclavo de sus palabras. Dejando de lado la autoridad de la cita, la frase recoge una gran verdad. Estoy completamente de acuerdo con el autor del post y, también, con el comentario de Ignacio Gomá. La solución que demos al problema de la responsabilidad frente a nuestros propios actos será la solución que adoptemos ante este problema de “memoria histórica” que nos plantea el autor. Lo que sí deseo es que nadie pretenda erigirse en solucionador universal.

  2. elisa de la nuez
    elisa de la nuez Dice:

    Este es un tema jurídicamente muy relevante y novedoso y pendiente de sentencia en la Audiencia Nacional de Madrid, donde por cierto defiende a Google mi compañero abogado del Estado excedente y especialista en protección de datos Javier Aparicio frente a la Agencia de Protección de Datos. En los próximas semanas se conocerá la postura de la Audiencia en este interesantísimo, por lo novedoso, debate jurídico-tecnológico.

  3. Jose Mª Pérez
    Jose Mª Pérez Dice:

    Muy interesante este post.
    La información personal que circula por internet es cada vez mayor y el control que las personas físicas tienen sobre la misma practicamente nulo. Uno de los problemas es la poca importancia que damos al derecho a la autodeterminación informativa. Así como el derecho de propiedad sobre las cosas materiales lo tenemos profundamente arraigado, el derecho a disponer de nuestros porpios datos es algo a lo que, en general, la gente no da importancia y, a la larga puede tener incluso mayor relevancia.
    La información es poder y el control de la información sobre las personas puede implicar, a través de las herramientas adecuadas, también un control sobre aquellas.
    Por eso es muy importante que, ya sea mediante códigos autoreguladores, ya sea a través de autoridades públicas, existan mecanismos a nivel global que garanticen en la medida de lo posible que se tenga un cierto poder de disposición sobre los propios datos personales.
    Si incluso a los autores se les reconoce en la legislación sobre propiedad intelectual la posibilidad de retirar del mercado aquellas obras cuando consideran oportuno, es lógico pensar que los ciudadanos tengan derecho a solicitar que determinada información personal pueda ser retirada de la red salvo que existan razones de interés público.

  4. Salvador Esteban
    Salvador Esteban Dice:

    Decía un conocido periodista deportivo – hace algunos años ya de eso – que el hombre es dueño de sus silencios y esclavo de sus palabras. Dejando de lado la autoridad de la cita, la frase recoge una gran verdad. Estoy completamente de acuerdo con el autor del post y, también, con el comentario de Ignacio Gomá. La solución que demos al problema de la responsabilidad frente a nuestros propios actos será la solución que adoptemos ante este problema de “memoria histórica” que nos plantea el autor. Lo que sí deseo es que nadie pretenda erigirse en solucionador universal.

  5. Fernando Gomá
    Fernando Gomá Dice:

    Tema interesante y sin soluciones claras. No es lo mismo pedir que se suprima información de boletines oficiales que te puede perjudicar razonablemente, que comentarios que tú has hecho de manera imprudente en las redes sociales. No es lo mismo pretender suprimir comentarios falsos que verdaderos. No es lo mismo texto que fotos, etc. En todo caso, siempre es bueno acordarse de la siguiente frase, antes de subir fotos a la red: “¿Te gustaría que tu jefe viera esta foto dentro de 10 años?”

  6. N Castejón
    N Castejón Dice:

    Se trata de un debate interesante, sin duda. Sin embargo, en su artículo menciona sólo de pasada las publicaciones de información que afecte a terceros, que son precisamente las que suscitan el debate más interesante, y donde puede caber la duda.

    Refiriéndonos a los casos más de actualidad, hoy creo que sería impensable retirar de internet los boletines oficiales, como Ud. propone, pero quizá se pudieran “anonimizar” los boletines de una cierta antigüedad, para estar disponibles completos sólo bajo petición, ya que los casos que se presentaron a la Audiencia Nacional creo que justifican la necesidad de una protección que ahora no existe.

    Otro caso particular son los periódicos, que trasladan al medio digital sus limitaciones del papel, en lo que a la fe de erratas se refiere. En un periodico digital ésta debería hacerse siempre en la misma página de la noticia, dejando constancia del cambio, eso sí.

  7. Juan Cárdenas
    Juan Cárdenas Dice:

    Aprovecho para saludar a los promotores del blog y para felicitarles por esta interesantísima -a mi juicio- iniciativa.

    Más que apelar a la responsabilidad de los usuarios de la red, yo apelaría al sentido común. Es evidente que HAY DERECHO a ser olvidado en la red, otra cosa es que existan los medios tecnológicos necesarios para que ese derecho pueda ejercitarse debidamente. Por eso, muchas veces me pregunto ¿qué es lo que ha pasado para que millones de personas se lancen sin tapujos a contarle al mundo entero (casi literalmente) sus aficiones, sus deseos, sus frustraciones, sus estados de ánimo… información toda ella referida a un momento concreto, y a sabiendas de que la supresión de esa información es en la práctica imposible -y puede resultar perjudicial para su dueño, o cuanto menos incómoda-? Me lo pregunto… y francamente no sé cuál es la respuesta, pero a mí que no me busquen en Facebook ni en un blog personal. ¡Para eso está la Moleskine, y se la enseño a quien quiero!

  8. jj
    jj Dice:

    Totalmente con lo que dice I. Gomá. Y en cuanto al artículo, conociéndose el percal, me temo que la información que se retire (en el supuesto de que tal cosa ocurra) no se retirará del todo. Habrá alguien que la retenga, en todo o en parte, y la consulte convenientemente. Será un organismo oficial o no oficial, pero la edad de la inocencia hace mucho que acabó. Hay páginas en internet en las que yo pongo el nombre de cualquiera de ustedes, y sé el día en que nacieron, donde están empadronados y qué personas viven con usted en sus casas, y más cosas. Y esos datos no deberían poder circular, sea a cambio de dinero o gratis. ¿Cómo saber qué está “olvidado” y que “perdura”? IMPOSIBLE SABERLO del todo. Yo no he leído “El alma de la toga” de Ossorio y Gallardo, pero sé que ahí se dice que la única manera de guardar un secreto -de verdad- es no contárselo a nadie. En cuanto lo pones a circular, la gente lo va difundiendo muy en secreto y al final imposible saber quién está al corriente y quién no. Pues con internet, igual. Lo que no quiera uno que se sepa, que se lo piense diez veces antes de volcarlo.

    • Ignacio Gomá
      Ignacio Gomá Dice:

      Muy de acuerdo. El problema es que estas Nuevas Tecnologías corren paralelas a actitudes también muy modernas como el deseo exacerbado de desarrollo de la personalidad individual, el vivir el aquí y el ahora, la irresponsabilidad como derecho, o el síndrome del consumidor: tenemos derecho a todo, incluso a no haber dicho lo que hemos dicho.

  9. Patricia CM
    Patricia CM Dice:

    Otro tema relacionado, también muy …interesante, es el que podríamos denominar efectos post mortem del derecho al honor y a la intimidad en internet. Particularmente qué sucede, tras la muerte de una persona, con las cuentas de correo o de redes sociales, como Facebook o Twitter, en las que lo habitual será que los interesados desconozcan la contraseña o, incluso, su mera existencia. Según tengo entendido (http://bitelia.com/2011/01/email-cuando-mueres) determinados proveedores de correo permiten, aportando la documentación pertinente, el acceso a cuentas de personas fallecidas. La pregunta es, aparte de quiénes han de estar legitimados para ello, si tal posibilidad no vulnera los derechos de la personalidad del difunto, cuya protección no debe descartarse, al amparo del art. 4 de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen. Las dudas son extensibles, supongo, a las participaciones en blogs y foros bajo pseudónimo, en tanto que el mero hecho de la existencia de IPs permite que la detección de autorías reales sea, si no me equivoco, un juego de niños para las compañías 2.0. Como apunta el autor del post, el problema añadido en conflictos de este tipo es el de determinar cuál es la ley aplicable, pues los problemas de derecho internacional privado en la red están, por novedosos, insuficientemente resueltos. Seguramente las generaciones venideras, si no la nuestra, habrán de legislar sobre este tipo de cuestiones. Un saludo.

    • Fernando Gomá
      Fernando Gomá Dice:

      Tema interesante y sin soluciones claras. No es lo mismo pedir que se suprima información de boletines oficiales que te puede perjudicar razonablemente, que comentarios que tú has hecho de manera imprudente en las redes sociales. No es lo mismo pretender suprimir comentarios falsos que verdaderos. No es lo mismo texto que fotos, etc. En todo caso, siempre es bueno acordarse de la siguiente frase, antes de subir fotos a la red: “¿Te gustaría que tu jefe viera esta foto dentro de 10 años?”

    • N Castejón
      N Castejón Dice:

      Se trata de un debate interesante, sin duda. Sin embargo, en su artículo menciona sólo de pasada las publicaciones de información que afecte a terceros, que son precisamente las que suscitan el debate más interesante, y donde puede caber la duda.

      Refiriéndonos a los casos más de actualidad, hoy creo que sería impensable retirar de internet los boletines oficiales, como Ud. propone, pero quizá se pudieran “anonimizar” los boletines de una cierta antigüedad, para estar disponibles completos sólo bajo petición, ya que los casos que se presentaron a la Audiencia Nacional creo que justifican la necesidad de una protección que ahora no existe.

      Otro caso particular son los periódicos, que trasladan al medio digital sus limitaciones del papel, en lo que a la fe de erratas se refiere. En un periodico digital ésta debería hacerse siempre en la misma página de la noticia, dejando constancia del cambio, eso sí.

    • Juan Cárdenas
      Juan Cárdenas Dice:

      Aprovecho para saludar a los promotores del blog y para felicitarles por esta interesantísima -a mi juicio- iniciativa.

      Más que apelar a la responsabilidad de los usuarios de la red, yo apelaría al sentido común. Es evidente que HAY DERECHO a ser olvidado en la red, otra cosa es que existan los medios tecnológicos necesarios para que ese derecho pueda ejercitarse debidamente. Por eso, muchas veces me pregunto ¿qué es lo que ha pasado para que millones de personas se lancen sin tapujos a contarle al mundo entero (casi literalmente) sus aficiones, sus deseos, sus frustraciones, sus estados de ánimo… información toda ella referida a un momento concreto, y a sabiendas de que la supresión de esa información es en la práctica imposible -y puede resultar perjudicial para su dueño, o cuanto menos incómoda-? Me lo pregunto… y francamente no sé cuál es la respuesta, pero a mí que no me busquen en Facebook ni en un blog personal. ¡Para eso está la Moleskine, y se la enseño a quien quiero!

    • jj
      jj Dice:

      Totalmente con lo que dice I. Gomá. Y en cuanto al artículo, conociéndose el percal, me temo que la información que se retire (en el supuesto de que tal cosa ocurra) no se retirará del todo. Habrá alguien que la retenga, en todo o en parte, y la consulte convenientemente. Será un organismo oficial o no oficial, pero la edad de la inocencia hace mucho que acabó. Hay páginas en internet en las que yo pongo el nombre de cualquiera de ustedes, y sé el día en que nacieron, donde están empadronados y qué personas viven con usted en sus casas, y más cosas. Y esos datos no deberían poder circular, sea a cambio de dinero o gratis. ¿Cómo saber qué está “olvidado” y que “perdura”? IMPOSIBLE SABERLO del todo. Yo no he leído “El alma de la toga” de Ossorio y Gallardo, pero sé que ahí se dice que la única manera de guardar un secreto -de verdad- es no contárselo a nadie. En cuanto lo pones a circular, la gente lo va difundiendo muy en secreto y al final imposible saber quién está al corriente y quién no. Pues con internet, igual. Lo que no quiera uno que se sepa, que se lo piense diez veces antes de volcarlo.

    • Patricia CM
      Patricia CM Dice:

      Otro tema relacionado, también muy …interesante, es el que podríamos denominar efectos post mortem del derecho al honor y a la intimidad en internet. Particularmente qué sucede, tras la muerte de una persona, con las cuentas de correo o de redes sociales, como Facebook o Twitter, en las que lo habitual será que los interesados desconozcan la contraseña o, incluso, su mera existencia. Según tengo entendido (http://bitelia.com/2011/01/email-cuando-mueres) determinados proveedores de correo permiten, aportando la documentación pertinente, el acceso a cuentas de personas fallecidas. La pregunta es, aparte de quiénes han de estar legitimados para ello, si tal posibilidad no vulnera los derechos de la personalidad del difunto, cuya protección no debe descartarse, al amparo del art. 4 de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen. Las dudas son extensibles, supongo, a las participaciones en blogs y foros bajo pseudónimo, en tanto que el mero hecho de la existencia de IPs permite que la detección de autorías reales sea, si no me equivoco, un juego de niños para las compañías 2.0. Como apunta el autor del post, el problema añadido en conflictos de este tipo es el de determinar cuál es la ley aplicable, pues los problemas de derecho internacional privado en la red están, por novedosos, insuficientemente resueltos. Seguramente las generaciones venideras, si no la nuestra, habrán de legislar sobre este tipo de cuestiones. Un saludo.

      • Juan Luis
        Juan Luis Dice:

        El post es realmente interesante, pero creo que en este debate hay dos facetas diferentes. Hablar de borrar cualquier rastro de algo publicado en la red suena poco factible. Pedir que se borre algo publicado en un BOE, o una sentencia judicial, suena poco serio. Pero creo que el problema no se está planteando así. El debate en la audiencia nacional no es si debe borrarse o cambiarse el pasado, sino si deben estar tan “fácilmente” accesibles a través de los buscadores como Google. Ese es el verdadero cambio.

        Pocos plantearían que se borre lo publicado en un BOE. Lo que cambia ahora es que es suficiente con escribir un nombre, y aparecerá todo “el pasado” de esa persona. Quizás esa multa de tráfico por superar el límite en un control de alcoholemia hace … 10 años. Y quizás esa facilidad condicione toda una vida, quizás un empresario, lo mira, y decide que ya no quiere hacerte la entrevista, porque … hace 10 años, condujiste con una tasa de alcohol elevada.

        El director de la AEPD, Artemi Rallo, lo que afirmó es que “no existe un derecho global a enlazar”. La pregunta no es si debe poder borrarse todo lo que hay en la Red, …, cosa bastante difícil. La pregunta es si puedo pedir que mis datos “personales”, no los indexe Google. Ese el planteamiento más realista. Hacer eso no debe ser técnicamente muy complejo. Plantea, como siempre, dudas sobre como aplicar un derecho nacional, a algo que es global, pero … la pregunta sigue siendo, … ¿Por qué si existe una “lista Robinson”, que permite que no me llamen por teléfono, o me envíen publicidad, si yo no quiero, no puede existir una “lista buscador”, que permita que si yo lo solicito, mis datos no los indexen los buscadores? . Mis datos siguen estando donde se publicaron, sea el BOE, el registro de sentencias, o las redes sociales, pero su acceso no es tan sencillo como teclear mi nombre en Google.
        Eso es un “derecho al olvido” muy sencillo y factible … la pregunta es si puede tener cobertura legal esa solicitud, y si proporcionar eso es “mejorar” o “empeorar” la situación actual.

        Este tema no debería quedar fuera del debate sobre el “derecho al olvido”, porque centrarse solo en si es o no posible borrar todo lo que se ha publicado en Internet, sea en redes sociales, o en boletines oficiales, conduce demasiado rápidamente a una respuesta de “es imposible” (hasta el presidente de CISCO lo ha dicho recientemente), pero hay soluciones más sencillas, y nada imposibles.

  10. Juan Luis
    Juan Luis Dice:

    El post es realmente interesante, pero creo que en este debate hay dos facetas diferentes. Hablar de borrar cualquier rastro de algo publicado en la red suena poco factible. Pedir que se borre algo publicado en un BOE, o una sentencia judicial, suena poco serio. Pero creo que el problema no se está planteando así. El debate en la audiencia nacional no es si debe borrarse o cambiarse el pasado, sino si deben estar tan “fácilmente” accesibles a través de los buscadores como Google. Ese es el verdadero cambio.

    Pocos plantearían que se borre lo publicado en un BOE. Lo que cambia ahora es que es suficiente con escribir un nombre, y aparecerá todo “el pasado” de esa persona. Quizás esa multa de tráfico por superar el límite en un control de alcoholemia hace … 10 años. Y quizás esa facilidad condicione toda una vida, quizás un empresario, lo mira, y decide que ya no quiere hacerte la entrevista, porque … hace 10 años, condujiste con una tasa de alcohol elevada.

    El director de la AEPD, Artemi Rallo, lo que afirmó es que “no existe un derecho global a enlazar”. La pregunta no es si debe poder borrarse todo lo que hay en la Red, …, cosa bastante difícil. La pregunta es si puedo pedir que mis datos “personales”, no los indexe Google. Ese el planteamiento más realista. Hacer eso no debe ser técnicamente muy complejo. Plantea, como siempre, dudas sobre como aplicar un derecho nacional, a algo que es global, pero … la pregunta sigue siendo, … ¿Por qué si existe una “lista Robinson”, que permite que no me llamen por teléfono, o me envíen publicidad, si yo no quiero, no puede existir una “lista buscador”, que permita que si yo lo solicito, mis datos no los indexen los buscadores? . Mis datos siguen estando donde se publicaron, sea el BOE, el registro de sentencias, o las redes sociales, pero su acceso no es tan sencillo como teclear mi nombre en Google.
    Eso es un “derecho al olvido” muy sencillo y factible … la pregunta es si puede tener cobertura legal esa solicitud, y si proporcionar eso es “mejorar” o “empeorar” la situación actual.

    Este tema no debería quedar fuera del debate sobre el “derecho al olvido”, porque centrarse solo en si es o no posible borrar todo lo que se ha publicado en Internet, sea en redes sociales, o en boletines oficiales, conduce demasiado rápidamente a una respuesta de “es imposible” (hasta el presidente de CISCO lo ha dicho recientemente), pero hay soluciones más sencillas, y nada imposibles.

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