Urbanismo y corrupción (I)
El primer título que me vino a la cabeza para este artículo fue “la corrupción urbanística”. Era lo más inmediato; la expresión con la que se han titulado numerosos textos referidos a los, desgraciadamente, abundantísimos casos de denuncias y procesamientos: tráfico de influencias, prevaricación, cohecho, fraude fiscal… que están directamente relacionados con el urbanismo. Si decidí cambiarlo fue por comenzar con una expresión que al menos mantuviera independientes, si bien unidos por una conjunción, el urbanismo y la corrupción. El cambio no es fundamental en el fondo, pero me permite comenzar con una reivindicación del urbanismo como el instrumento esencial para la ordenación del territorio y para el desarrollo de nuestro medio físico, salvaguardando y mejorando sus valores: ambientales, estéticos, económicos, sociales…. Separar el urbanismo de la corrupción es posible y necesario|.
Si hay algo que me parece especialmente sorprendente en esta cuestión es la cantidad de información referida a escándalos urbanísticos, la importancia de sus consecuencias en muchos aspectos: económicos, políticos, descrédito de las instituciones, daño al medioambiente, y sin embargo algo que debería ser inherente a este proceso: el apartamiento de la vida pública de los causantes, no se produce.
Hay varios estudios en los que se analiza la repercusión electoral, de los escándalos urbanísticos, en casi todos los casos en el ámbito local que es donde se dan éstos en su gran mayoría. Todos ellos coinciden en que las denuncias fundadas, o los procesos judiciales ya iniciados, incluso sentencias no ejecutadas por diferentes razones, no tienen apenas castigo electoral.
Voy a analizar brevemente esta situación paradójica: el alto nivel de información sobre actuaciones urbanísticas ilegales y la voluntad de los ciudadanos en exonerar políticamente, y seguir votando, a los acusados.
Los delitos por actuaciones urbanísticas ilegales se centran básicamente, tanto cuantitativa como cualitativamente, en la reclasificación ilegal de suelo no urbanizable; en la construcción y ejecución de usos prohibidos en el mismo tipo de suelo, incluso en el de especial protección; en la urbanización de nuevos desarrollos sin respetar las cesiones obligatorias para dotaciones: deportivas, culturales, educativas… para zonas verdes, o para patrimonio municipal del suelo; y en la concesión de contratos para ejecución de obras sin respetar los principios establecidos para ellos que garanticen la igualdad de oportunidades entre concursantes y la obtención de la mejor opción para el ayuntamiento.
Estas actuaciones delictivas tienen sin embargo algunos resultados económicos inmediatos y positivos para muchos residentes en el municipio: propietarios de tierras, industriales, contratistas, profesionales diversos… y sin embargo ¿Quiénes son los perjudicados por esas acciones?, no tanto los vecinos del municipio, no al menos individualmente, como el conjunto de la ciudadanía, en parte representada por el propio ayuntamiento perjudicado por malas contrataciones; y en parte todos los ciudadanos, no solo los residentes en ese municipio; unos porque serán vecinos de nuevos desarrollos sin las dotaciones necesarias, y todos porque se nos priva del derecho a una correcta ordenación del territorio, al derecho a un medio ambiente óptimo, y porque entre todos pagaremos las consecuencias económicas, sociales y medioambientales de los desmanes. Beneficios directos y perjuicios indirectos y repartidos entre la comunidad. La “tragedia de lo común” está servida.
Si bien la solución a la corrupción ligada al urbanismo debe venir de un amplio conjunto de medidas que desarrollaré en otros artículos, y que afectan a muy diversos aspectos: judiciales, económicos, políticos, urbanísticos… la reflexión anterior sobre la falta de castigo electoral de los políticos acusados de corrupción y el daño causado al bien común, me lleva a proponer ya alguna de ellas, directamente ligadas a este fenómeno.
La primera es obvia, y cuenta incluso con peticiones firmadas por miles de personas. Los partidos políticos deben impedir que los acusados de corrupción formen parte de sus listas electorales. No deben seguir haciendo primar el objetivo de conseguir cargos públicos a costa del descrédito del ejercicio de la política y de la calidad de la democracia.
La siguiente es ya propia del derecho urbanístico: limitar la autonomía municipal, tanto en la planificación como en el control del urbanismo en aquellos aspectos donde prime el interés general. Si aceptamos que la ordenación del territorio tiene implicaciones que exceden al municipio, ejercitemos con decisión la intervención supramunicipal, siendo las Comunidades Autónomas e incluso el Estado Central (Confederaciones Hidrográficas, Costas, Parques Nacionales…) partícipes, en mayor medida que lo son ahora, del proceso de planificación territorial. Por ejemplo la delimitación de los suelos no urbanizables de especial protección puede venir fijada en gran parte desde las Comunidades Autónomas; también ellas deben tener mayor responsabilidad en los planes parciales para desarrollo de suelo urbanizable y en la concesión de licencias en suelo no urbanizable.
En cuanto al control de la legalidad urbanística dotemos a fiscalías y departamentos de control autonómico de mejores medios y mayor capacidad de intervención.
Estas medidas no solo redundarían en limitar la posibilidad de la corrupción ligada al urbanismo, sino que, incluso por encima de ese resultado, contribuirían a un mejor diseño territorial, por obedecer éste a principios de mayor escala y buscar la coherencia de un territorio mucho más amplio que el municipal. Defender con eficacia el bien común exige limitar, en mayor medida de lo que ahora está, el poder de los municipios en materia de urbanismo.
Nacido en Madrid en 1963. Arquitecto por la Escuela de Arquitectura de Madrid, especialidad de Urbanismo. Ha sido consultor para el Consejo Superior de Cámaras de comercio de España, a través de la Fundación Incyde. Ejercicio libre de la profesión desde el año 2.000. Arquitecto municipal de Villamanrique de Tajo (Madrid). Desde 2011 miembro de la Junta de Representantes del Colegio de Arquitectos de Madrid.
Estoy completamente de acuerdo con el autor en que los procesos judiciales por temas de corrupcción urbanística apenas tienen castigo electoral. Es curioso que a los ciudadanos nos sobre la información sobre actuaciones urbanísticas ilegales y aún así sigamos votando a los acusados.
Recomiendo la lectura de Indignese de stephane hessel o su versión española: ¡Reacciona!
Totalmente de acuerdo con el autor, con un matiz. Es verdad que los principales responsables de los desmanes urbanísticos somos los propios ciudadanos si seguimos votando políticos imputados por casos de corrupción urbanística como si nada. Pero ojo, que lo que ocurre es el beneficio es para unos pocos, pero próximos al que se presenta a las elecciones municipales, sus convecinos o las empresas de la zona, o sus padrinos políticos, o el partido local de turno, etc, etc, mientras que los perjudicados somos muchos más, pero más lejanos, o incluso las generaciones futuras a las que les vamos a dejar un legado urbanístico absolutamente desastroso. De todas formas, como bien dice Fernando la corrupción urbanística también un coste contante y sonante en dinero público del que pocas veces se habla. ¿O es que los contratos a dedo, amañados o para los amigos no se pagan con dinero de los contribuyentes? ¿O es que alguien se cree que el dinero generado por la corrupción urbanística revierte en beneficio de los contribuyentes a través de una gestión ordenada y eficiente de los recursos?
El problema del castigo electoral es que el voto es único a un solo partido. Quizá deberían empezar a plantearse las listas abiertas, por ejemplo en las municipales y autonómicas, como un mecanismo de depuración por parte de la ciudadanía de candidatos indeseables.
De acuerdo con el autor del post. En cuanto al fondo de este tema soy realmente pesimista. Seguro que habrá momentos de menos corrupción entre otras cosas por el descenso de la actividad inmobiliaria. Pero en estos asuntos, como en otros muchos, hay ciclos, y tardará tiempo la sociedad en reaccionar… Y eso se ve en el desinterés que este tema provoca en los votantes, que apenas cambian su voto por estos temas. Por otro lado, siendo realistas, a alguien hay que votar, y si hay casos de corrupción en un partido, también lo hay en los otros que tocan poder. Y si yo decido no votar, o votar en blanco, el resto de mis vecinos votarán para que en Madrid, Valencia o Benidorm, o gobierne el PSOE, o el PP. Habas contadas. Por último me gustaría señalar que hay dos tipos de corrupción. La perpetrada por políticos, sea para lucro propio o para beneficio del partido. Y, segundo, la practicada por los funcionarios que informan los temas urbanísticos, muchas veces sin la anuencia de los políticos que conceden la licencia o votan el plan (sencillamente estos firman a ciegas, o no leyendo en detalle y con rigor el expediente). Detectar y sancionar la corrupción no es siempre tan fácil. Hay maneras chapuceras de delinquir, pero hay verdaderos maestros, a los que es muy difícil pillar. Muchos golfos se van de rositas, y se seguirán yendo, con una normativa tan compleja, que en demasiadas ocasiones permite al infractor o al delincuente vías de escape, no solo en el orden penal sino también en el contencioso. Luego llega una sentencia absolutoria, y el funcionario riguroso se siente impotente: a estos no les pillarán nunca, lo que aumenta el desánimo general… Pero una absolución no equivale, en positivo, a un certificado de buena conducta.
El problema del urbanismo es que concebido como una actividad que depende al final del favor político, que puede hacer las excepciones que quiera en beneficio de quien quiera, sin respeto alguno por el derecho de propiedad, es inseparable de la corrupción.
¿Cuántas sentencias del TS condenan una y otra vez a los Ayuntamientos por licencias ilegales que se “legalizan” sin consecuencia alguna? La corrupción está institucionalizada y no sólo económicamente sino también jurídicamente. El derecho urbanístico es el cáncer del estado de derecho.
Estoy completamente de acuerdo con el autor en que los procesos judiciales por temas de corrupcción urbanística apenas tienen castigo electoral. Es curioso que a los ciudadanos nos sobre la información sobre actuaciones urbanísticas ilegales y aún así sigamos votando a los acusados.
Recomiendo la lectura de Indignese de stephane hessel o su versión española: ¡Reacciona!
Totalmente de acuerdo con el autor, con un matiz. Es verdad que los principales responsables de los desmanes urbanísticos somos los propios ciudadanos si seguimos votando políticos imputados por casos de corrupción urbanística como si nada. Pero ojo, que lo que ocurre es el beneficio es para unos pocos, pero próximos al que se presenta a las elecciones municipales, sus convecinos o las empresas de la zona, o sus padrinos políticos, o el partido local de turno, etc, etc, mientras que los perjudicados somos muchos más, pero más lejanos, o incluso las generaciones futuras a las que les vamos a dejar un legado urbanístico absolutamente desastroso. De todas formas, como bien dice Fernando la corrupción urbanística también un coste contante y sonante en dinero público del que pocas veces se habla. ¿O es que los contratos a dedo, amañados o para los amigos no se pagan con dinero de los contribuyentes? ¿O es que alguien se cree que el dinero generado por la corrupción urbanística revierte en beneficio de los contribuyentes a través de una gestión ordenada y eficiente de los recursos?
El problema del castigo electoral es que el voto es único a un solo partido. Quizá deberían empezar a plantearse las listas abiertas, por ejemplo en las municipales y autonómicas, como un mecanismo de depuración por parte de la ciudadanía de candidatos indeseables.
De acuerdo con el autor del post. En cuanto al fondo de este tema soy realmente pesimista. Seguro que habrá momentos de menos corrupción entre otras cosas por el descenso de la actividad inmobiliaria. Pero en estos asuntos, como en otros muchos, hay ciclos, y tardará tiempo la sociedad en reaccionar… Y eso se ve en el desinterés que este tema provoca en los votantes, que apenas cambian su voto por estos temas. Por otro lado, siendo realistas, a alguien hay que votar, y si hay casos de corrupción en un partido, también lo hay en los otros que tocan poder. Y si yo decido no votar, o votar en blanco, el resto de mis vecinos votarán para que en Madrid, Valencia o Benidorm, o gobierne el PSOE, o el PP. Habas contadas. Por último me gustaría señalar que hay dos tipos de corrupción. La perpetrada por políticos, sea para lucro propio o para beneficio del partido. Y, segundo, la practicada por los funcionarios que informan los temas urbanísticos, muchas veces sin la anuencia de los políticos que conceden la licencia o votan el plan (sencillamente estos firman a ciegas, o no leyendo en detalle y con rigor el expediente). Detectar y sancionar la corrupción no es siempre tan fácil. Hay maneras chapuceras de delinquir, pero hay verdaderos maestros, a los que es muy difícil pillar. Muchos golfos se van de rositas, y se seguirán yendo, con una normativa tan compleja, que en demasiadas ocasiones permite al infractor o al delincuente vías de escape, no solo en el orden penal sino también en el contencioso. Luego llega una sentencia absolutoria, y el funcionario riguroso se siente impotente: a estos no les pillarán nunca, lo que aumenta el desánimo general… Pero una absolución no equivale, en positivo, a un certificado de buena conducta.
El problema del urbanismo es que concebido como una actividad que depende al final del favor político, que puede hacer las excepciones que quiera en beneficio de quien quiera, sin respeto alguno por el derecho de propiedad, es inseparable de la corrupción.
¿Cuántas sentencias del TS condenan una y otra vez a los Ayuntamientos por licencias ilegales que se “legalizan” sin consecuencia alguna? La corrupción está institucionalizada y no sólo económicamente sino también jurídicamente. El derecho urbanístico es el cáncer del estado de derecho.
Una pregunta: si el ayuntamiento da licencia para construir sin previa o simultánea urbanización ¿existe una figura tipo malversación o similar por el hecho de que el municipio se queda a dos velas respecto a las calles e infraestructuras ligadas a la urbanización que debiran serle entregadas gratuitamente?
Saludos, Fernando J. Orasio
Una pregunta: si el ayuntamiento da licencia para construir sin previa o simultánea urbanización ¿existe una figura tipo malversación o similar por el hecho de que el municipio se queda a dos velas respecto a las calles e infraestructuras ligadas a la urbanización que debiran serle entregadas gratuitamente?
Saludos, Fernando J. Orasio
Fernando, no soy jurista y por tanto no me atrevo a calificar la conducta que cita. Desde el punto de vista del urbanismo sí le puedo, sin conocer el caso concreto, decir que las leyes del suelo (tenemos una por autonomía, más la nacional) prevén, en general, que la urbanización se efectúe previa o simultáneamente a la edificación. Simultáneamente quiere decir que aun cuando las licencias se puedan dar a la par, las obras de urbanización deben haber concluido, y por tanto haberse “recibido” las obras por el Ayuntamiento, antes de ser otorgadas las licencias de primera ocupación de los inmuebles. Es decir puede haber una licencia de edificación mientras se trabaja en la urbanización, pero no una licencia de ocupación de la edificación sin conclusión de la urbanización.
En el caso que cita el perjudicado no es tanto el Ayuntamiento, que no tiene obligación de mantener la urbanización hasta que no la recibe, cuanto los ocupantes de los edificios, posiblemente sin licencia de primera ocupación y sin servicios de urbanización.
Si existiera licencia de ocupación de la edificación sin recepción de urbanización, sí habría que estudiar en detalle cómo se ha llegado a esa situación, en principio irregular.
Fernando, no soy jurista y por tanto no me atrevo a calificar la conducta que cita. Desde el punto de vista del urbanismo sí le puedo, sin conocer el caso concreto, decir que las leyes del suelo (tenemos una por autonomía, más la nacional) prevén, en general, que la urbanización se efectúe previa o simultáneamente a la edificación. Simultáneamente quiere decir que aun cuando las licencias se puedan dar a la par, las obras de urbanización deben haber concluido, y por tanto haberse “recibido” las obras por el Ayuntamiento, antes de ser otorgadas las licencias de primera ocupación de los inmuebles. Es decir puede haber una licencia de edificación mientras se trabaja en la urbanización, pero no una licencia de ocupación de la edificación sin conclusión de la urbanización.
En el caso que cita el perjudicado no es tanto el Ayuntamiento, que no tiene obligación de mantener la urbanización hasta que no la recibe, cuanto los ocupantes de los edificios, posiblemente sin licencia de primera ocupación y sin servicios de urbanización.
Si existiera licencia de ocupación de la edificación sin recepción de urbanización, sí habría que estudiar en detalle cómo se ha llegado a esa situación, en principio irregular.
Pues resulta que el Ayuntamiento sí que ha dado las licencias de primera ocupación, cosa que como dides desborda cualquier legalidad
Pues resulta que el Ayuntamiento sí que ha dado las licencias de primera ocupación, cosa que como dides desborda cualquier legalidad