Sobre el copago en la Justicia

El Consejero de Justicia de la Comunidad Valenciana Jorge Cabré declaró hace unas semanas que no descartaba implantar una tasa como medida para agilizar la Justicia, cuya cuantía no determinaba, si bien de ella estarían exentos los beneficiarios del turno de oficio. Argumentó que a diferencia del servicio de la sanidad pública, que se utiliza muy frecuentemente por los ciudadanos, el de justicia es habitualmente más excepcional, y entiende que sus usuarios estaría dispuestos a pagar una cantidad para conseguir que sus pleitos se resolvieran de manera rápida y eficaz. En todo caso, dijo, se trata de una competencia estatal, por lo que se trataría de abrir un debate entre todos.

 

Estas declaraciones han tenido bastante repercusión y han generado muchas opiniones diferentes. Algunas irrelevantes para la reflexión, como las del ministro José Blanco, que las calificó de “broma”, o las del PSPV, que, con la brocha gorda jurídica que muchas veces tienen los partidos, pide directamente que se prohíban todas las tasas por ley. Tampoco las del presidente de la Generalitat valenciana Albert Fabra o la de Dolores de Cospedal, fueron mucho más interesantes, puesto que se limitaron a echar balones fuera. El primero no la descartó pero tampoco la apoyó, y la segunda hizo uso de la técnica universal de los políticos cuando un tema no les gusta, que es aparentar decir algo sin responder a nada: lo hay que hacer, dijo, es estudiar cómo gestionar mejor los recursos, pero no solamente en justicia, sino en sanidad, educación y en las demás esferas. Pues vale.

 

Cuando se habla de copago en la justicia pasa lo que con algunos otros temas, que se discute sobre él pero no existe un consenso sobre qué significa exactamente la expresión, de manera que unos hablan de una cosa y otros de otra, con el consiguiente diálogo de sordos. El copago puede tener dos finalidades intermedias: financiar el sistema de administración de justicia y/o disuadir de una utilización abusiva por parte del ciudadano de ese sistema. Y además ha de tener una finalidad última, como es hacer más rápida y eficaz la Justicia en España.

 

Concebido como un instrumento de financiación, curiosamente el copago ya existe en España desde el 2002 con el nombre de “tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional“, la cual se aplica en dos órdenes (civil y contencioso-administrativo), y únicamente a las personas jurídicas de grandes recursos. De lo que se habla ahora es de generalizarlo a todas las personas y todos los órdenes, y lo primero que habría que determinar es de qué cantidad estaríamos hablando. Alguien ha dado la cifra de 50 o 60 euros. Hagamos unos cálculos (muy) caseros: si tenemos en cuenta que según el CGPJ, el número de asuntos en el año 2010 fue de unos nueve millones, y que el presupuesto aprobado por las diversas administraciones de Justicia en ese años fue de más de cuatro mil cien millones de euros, resultaría que si a todos los asuntos les aplicáramos la tasa a 50 euros, lo que sería bastante poco probable porque muchos de ellos estarían exentos por diversas razones, se llegaría a financiar únicamente el 11% del presupuesto global. No parece una cifra espectacular, máxime teniendo en cuenta que, si se aplicara por esa cuantía, tendría razón el Sindicato de Secretarios Judiciales, o Jueces para la Democracia cuando la rechazan alegando que supondría impedir o dificultar en algunos casos el acceso a la Justicia por razones de capacidad económica, vulnerando el principio constitucional de tutela judicial efectiva. Para evitar eso podría pensarse en una tasa simbólica -un euro- pero la recaudación sería tan baja en relación con las necesidades globales y habría que remar contra tantas opiniones contrarias que quizá no merezca la pena en este momento.

 

Cuestión diferente es si la tasa se establece para disuadir del mal uso del servicio, con la que yo estaría completamente de acuerdo y también parece estarlo la Asociación Profesional de la Magistratura (aunque es favorable no solamente para este supuesto, sino para otros). Los recursos de la administración de justicia son limitados, si alguien los utiliza no para defender sus legítimos intereses sino exclusivamente para perturbar los derechos de los demás (para fastidiar, vamos), o incluso como un medio de asustar y coartar a la otra parte (véase la llamada querella catalana), entonces no estamos hablando de algo que tenga el peligro de impedir la tutela judicial efectiva, sino de un derroche intolerable de recursos públicos que ha de ser cortado de raíz. La Justicia es como el agua: un bien escaso, y el que lo malgasta debería pagarlo, porque con su comportamiento incívico está perjudicando al resto de los que acuden a ella. Se trata de una verdadera obstrucción a la Justicia, puesto que el tiempo y los recursos humanos y materiales que se destinan a estos, diríamos, pseudo pleitos, son restados de los que merecen verdaderamente la atención del Estado. Si, como hemos dicho antes, el fin último de la tasa es hacer más eficaz y rápido el sistema, quitemos esta obstrucción y así todo fluirá algo mejor.

 

Sería la condena en costas la que establecería si alguien ha litigado temerariamente, es decir, si ha abusado de los limitados recursos públicos, por lo que debería pagar no únicamente las costas de la otra parte, sino también el coste íntegro del procedimiento (se calcula que un juicio oral puede costar alrededor de 1400 euros). Qué duda cabe que una amenaza de este tipo resulta notablemente disuasoria, y en nada perjudica, todo lo contrario, a los que realmente tienen necesidad de acudir al juez.

 

Voy a añadir a lo dicho una idea que no he visto reflejada en ninguna de las declaraciones sobre el tema, y que me parece importante. Cuando alguien acude a los juzgados, en la inmensa mayoría de las ocasiones ha contratado previamente un abogado, el cual le ha asesorado, ha redactado los escritos correspondientes y se va a encargar de llevar el pleito. Pues bien, cuando alguien presenta una demanda o una querella a todas luces impropia, con el fin de perjudicar, asustar, coaccionar o fastidiar a terceros y sin que exista una mínima base jurídica para ello, la responsabilidad de mal utilizar la posibilidad de acudir a los tribunales no es solamente de él sino también de su abogado, que como profesional del Derecho esta mucho más obligado que el ciudadano de a pie a colaborar en el buen funcionamiento del servicio público, y sabe perfectamente cuándo no se está acudiendo a los tribunales, sino abusando de ellos.

 

Por tanto, la propuesta que podría ser objeto de debate es que en caso de que según lo expuesto una persona fuera declarada responsable de malgastar las prestaciones judiciales, el coste total del procedimiento fuera abonado en un copago, pero no entre la administración y el cliente, sino entre éste y su propio abogado. Es una medida muy sencilla de implementar, con el doble efecto de aligerar a la justicia y financiarla, que no crearía controversia –ni siquiera, creo, entre el colectivo de abogados, también interesados en purgar los tribunales de demandas improcedentes- y que podría ser muy eficaz.

 

Mucho ruido y pocas nueces: más sobre la reforma constitucional y la regla fiscal

Sigue estos días el ruido en torno a la reforma constitucional, sin que falten los minuciosos relatos en los medios de los detalles del acuerdo PP-PSOE, sin omitir los debates sobre quien lidera o no lidera, quien gana o quien pierde, a quien beneficia electoralmente o a quien perjudica, esas cosas. En fin, noticias que de nuevo interesan sin duda mucho a los partidos y bastante menos a los ciudadanos. Sabido es que nuestros políticos se mueven mucho mejor en la sombra y en los gabinetes que en el Parlamento (y eso que tienen la claque asegurada) y no digamos ya dando explicaciones ante los ciudadanos. Pero parece que muchos de nuestros periodistas están también más cómodos entre las bambalinas y analizando cotilleos que analizando con seriedad en qué consiste la modificación constitucional, si sirve para algo, si debe de hacerse por este procedimiento o no, qué supone o puede suponer para los ciudadanos, etc, etc. Aunque hay que reconocer que también hay excepciones y que algunos se esfuerzan –en todo caso más que los políticos- por aclarar de qué estamos hablando, e incluso han entrevistado y citado a nuestros amigos de Nada es Gratis copiosamente, si bien con una cierta confusión en los cargos y en las Universidades donde enseñan, pero bueno, todo no se puede tener.

El ruido se hace todavía más ensordecedor si nos vamos a las reacciones de los dirigentes autonómicos, particularmente los de las nacionalidades históricas, que obviamente viven en otro mundo, cuyas preocupaciones parecen bien distintas de las que tiene el BCE o en general nuestros acreedores. Solo así se explican manifestaciones como las de algún dirigente del PNV en el sentido de aprovechar el viaje para incluir también en la reforma constitucional el “derecho a decidir” (algún día habrá que hacer un post sobre esta maravillosa figura jurídica) o de los de CIU para ofrecer su voto a cambio de la reducción de la contribución catalana a las arcas comunes (y este tema vaya si merece un post también).

No solo esto, se alzan las voces preocupadas por la “autonomía fiscal” de las CCAA. En ese sentido, algunos dirigentes manifiestan su disposición a incorporar la regla fiscal pero siempre que sean sus respectivos Parlamentos los que dicten las reglas y supervisen su cumplimiento. Pero claro, es que esto es precisamente lo que no quieren “los mercados”, porque para este viaje sobran estas alforjas. Puede que me equivoque, pero por lo que he leído una parte muy significativa de la desconfianza que genera España a sus acreedores tiene su origen en el descontrol del déficit autonómico y en la manifiesta falta de instrumentos y/o de voluntad política para controlarlo por parte del Gobierno central. Y eso que afortunadamente los acreedores no conocen en detalle como funciona nuestro Estado autonómico, porque entonces estarían todavía mucho más preocupados..

Hasta aquí lo que se refiere al ruido. Pero ¿y las nueces? Pues por ahora no parecen muchas. Más allá del dato –relevante por lo insólito- de que los dos grandes partidos consigan ponerse de acuerdo en algo, aunque sea en llevar la regla fiscal a la Constitución en 20 días y con el Parlamento a punto de disolverse, sin explicaciones, debate ni nada que se le parezca, parece que entre las abortadas tentativas de motín en las propias filas, las prisas y los pasillos la regla fiscal se ha ido devaluando hasta quedarse en algo más parecido a una declaración de intenciones que necesita de un desarrollo normativo por Ley Orgánica para conocer “la letra pequeña”. Hasta tal punto es así que alguna lumbrera ha explicado que no tiene sentido hacer un referéndum si no se sabe muy bien que va a decir la Ley Orgánica, que es donde está “la chicha”. Reconozcamos que el argumento tiene su punto y que si no fuera surrealista hasta es más respetuoso con los ciudadanos que el de que es una cuestión muy técnica que las masas no entenderíamos.

Efectivamente, cuando nos vamos a la letra pequeña del borrador del nuevo art.135 de la Constitución que al fin y al cabo es lo que debería importar resulta que no hay letra pequeña, o no la hay muy diferente de que la que ya estaba en la Ley de Estabilidad de Presupuestaria de 2001, que por cierto era de tan obligado cumplimiento como la Constitución o como una ley orgánica. Resulta que los “detalles”, entre ellos los relativos a la cifra del déficit (ya se sabe que Rubalcaba “no quiere números en la Constitución”) o los muy relevantes desde el punto de vista de la imperatividad de las normas de qué sanciones se prevén para caso de incumplimiento, se quedan para una Ley Orgánica que debe dictarse antes de junio de 2012, aunque luego se nos dice que se van a dar prisa y va a estar en diciembre.

Es decir, se hace el gesto y se sale en la foto (sobre legislar para la foto ha hablado largo y tendido este blog) y probablemente hasta se consigue que el BCE compre más deuda española, por eso de que los alemanes tienden a pensar que los demás son como ellos y que cuando se reforma una Constitución aunque sea a toda pastilla es porque se va en serio. Pobres. Pero si el propio sr. Zapatero ha dicho (a su partido, no a los ciudadanos claro está) que introducir la regla fiscal en la Constitución era menos costoso que hacer otros sacrificios más inmediatos y probablemente más efectivos, como reformar de una vez en profundidad el mercado laboral o dejar de indexar los salarios con el IPC. Como venimos denunciando en este blog a estas alturas nuestro Derecho positivo ya está superpoblado de normas bienintencionadas que no se cumplen sin que pase absolutamente nada. Hasta el punto de que la falta de sanción por incumplimiento de las normas empieza a ser una de las características más preocupantes de nuestro Estado de Derecho, unida a la permanente diarrea legislativa que padecemos desde hace unos años. Y si el incumplimiento de una norma no produce ninguna consecuencia cabe dudar de si estamos en presencia de una norma imperativa o simplemente de una norma desiderativa, es decir, de un deseo puro y duro, se redacte el precepto como se redacte.

Y si no hay una sanción jurídica por incumplimiento, la que sea, no hay nada que hacer. Porque lamentablemente ya sabemos que en este país responsabilidad política no hay. No se responde políticamente jamás, ni por estar imputado ni por estar sentenciado a no ser que te inhabiliten para un cargo público, pero siempre te pueden repescar para un cargo en la ejecutiva del partido de turno. ¡Pero si hemos estado a punto de tener un Presidente autonómico confeso de un delito! Y si no se responde por delinquir en el ejercicio de cargo público, lógicamente mucho menos se responde políticamente por una mala gestión o hasta por quebrar una Administración territorial. No solo eso, sino que algún preclaro dirigente autonómico que ha dejado su Comunidad Autónoma sin un euro dice que no se arrepiente de nada y que lo volvería a hacer. Con estos impresionantes antecedentes tengo especial curiosidad en saber qué tipo de sanciones va a prever la futura Ley Orgánica para imponer de manera efectiva el cumplimiento de la regla fiscal. Como ha dicho algún comentarista de este blog las sanciones efectivas deberían de ser automáticas (nada de eternas discusiones en los Tribunales de Justicia, por favor) y del tipo de la que les importan realmente a los políticos, la disolución inmediata del Parlamento autonómico (o de las Cortes Generales) manirrotos, pero también se me ocurre, puestos a dar ideas, la inhabilitación para ejercer un cargo público para siempre jamás o para ir en las listas electorales o hasta para ocupar un cargo en el partido. Pero me da que no van a ser de este tipo.

Total, que parece que hay que esperar a ver que dice la Ley Orgánica famosa y sobre todo a ver si se aplica. Mientras tanto que quieren que les diga…Los antecedentes no son buenos. ¿por qué van a cumplir ahora las CCAA autónomas, Ayuntamientos o incluso el Estado la regla fiscal? ¿Porque esté en la Constitución y no en una Ley Ordinaria como hasta ahora? ¿Porque el Gobierno central se va a poner serio de verdad con las CCAA incumplidoras en vísperas de unas elecciones?¿Porque el Gobierno que salga de unas elecciones, con o sin mayoría absoluta lo va a hacer? Mi opinión personal es que si hemos llegado hasta donde hemos llegado no ha sido tanto por un problema de déficit de instrumentos jurídicos para imponer el cumplimiento de la regla fiscal o de cualquier otra norma que imponga un gobierno ordenado de las finanzas públicas -particularmente por parte de las CCAA- sino ante una falta de voluntad política dados los costes –políticos- que este tipo de decisiones tiene. Acuérdense si no de las sucesivas capitulaciones de la Sra Salgado (especialmente en época electoral) ante el endeudamiento de los Ayuntamientos, los déficits autonómicos, etc, etc.

Pues eso, mucho ruido y pocas nueces.

Pacto Fiscal: un democratacristiano muy poco cristiano

En tiempos de exaltación del sentimiento religioso como los que ahora mismo vivimos en España con ocasión de la vista de Benedicto XVI, escuchar las declaraciones de un líder político que pertenece a una formación política nacionalista como CiU decir que “Si el resultado (de CiU) es fuerte y no hay mayoría absoluta, tendremos pacto fiscal piensen lo que piensen y digan lo que digan Rajoy y Rubalcaba”, es, en el espíritu de los que nos dedicamos al estudio de los impuestos, escalofriante, y en el ánimo de los que además pagamos los impuestos, una desvergüenza. El Papa defendiendo valores cristianos, e incluso valores a secas a seguir también por los que no son cristianos, y este señor llamado Durán y Lleida, con sus gafitas último modelo y su trajito impoluto de cristiano güay, mostrando sin ningún tipo de reparo su auténtica faz: la del chantajista puro y duro al que tan acostumbrados nos tienen al resto de los españoles las formaciones políticas nacionalistas.
Se podrá estar o no de acuerdo con la existencia de los impuestos, pero todavía no ha inventado la humanidad sistema de organización de los asuntos comunes que no esté financiado a través del instrumento impositivo. Y si esto es así, habrá que recordar que un paso decisivo para la superación de la manifiesta injusticia que en materia de impuestos supuso el Antiguo Régimen absolutista, fue el de la proclamación del principio de igualdad de todos los ciudadanos al levantamiento de las cargas públicas, principio que vino acompañado por aquel otro igualmente fundamental de solidaridad entre todos los españoles, que en el caso de las Comunidades Autónomas económicamente más desarrolladas (caso de Cataluña), supone que las mismas contribuyan a favor del desarrollo de otras Comunidades con menores niveles de renta mediante la acción redistributiva que a tal efecto realiza el Estado.
Cuando el Sr. Durán y Lleida afirma que el llamado “pacto fiscal” entre Cataluña y España (?) está garantizado en caso de que en las próximas elecciones generales el PP no obtenga mayoría absoluta, es porque no tiene reparo alguno en mostrar sus cartas de chantajista puro y duro: la necesidad de apoyo parlamentario de un Gobierno en minoría, traerá consigo que “caiga la breva” de un pacto que supondrá un paso más en la desnaturalización progresiva de un sistema tributario que cada vez responde menos a que todos los españoles paguemos los impuestos en función de los mismos criterios y de idénticos principios de justicia cualquiera que sea el lugar de España en que vivamos. Y es que el llamado “pacto fiscal” que propugna CiU no significa otra cosa, en la mentalidad de estos nacionalistas tan poco solidarios y tan malos cristianos, que aplicar la máxima no evangélica de “ande yo caliente, ríase la gente”.
La conclusión no es votar al PP para que obtenga la mayoría absoluta y supuestamente difiera en el tiempo lo que parece inevitable. La conclusión es exigir al PSOE y al PP que se pongan de acuerdo de una puñetera vez para acabar con el permanente chantaje insolidario de gente como el Sr. Durán y Lleida.

Antígona y el nuevo dogma discursivista.

Es probable que la dogmática convicción discursivista que de un tiempo a esta parte viene orientando la actividad de nuestros órganos legislativos y altos tribunales no sea tan buena para la consolidación de un verdadero Estado de Derecho. Y me parece que sería prudente y necesaria una reflexión sobre ello.

En efecto, qué sea Derecho, bien en su formulación normativa abstracta  – bajo la que se habrán de subsumir supuestos de hecho a los que se asignará una consecuencia jurídica -, bien en la resolución de conflictos de intereses, de competencias o de disposiciones de distinto o igual rango mediante la delimitación de un iustum concreto, es hoy cosa que queda fiada a lo que determine una mayoría, en muchos casos sin posible revisión – eso sí, ateniéndose adjetivamente a unos procedimientos previamente convenidos.

Se observa que el minimum content of natural law del que nos hablaba h.l.a. hart se circunscribe en los tiempos presentes de nuestra vida jurídica ya no a los derechos fundamentales, sino al núcleo, o al núcleo del núcleo, de aquéllos, cuyo alcance también se considera opinable y en ningún caso se estima deba limitar la espontaneidad propia de mayorías tanto tiempo sometidas a la rigidez de principios y valores antes considerados inmutables.

Tampoco los perfiles de instituciones jurídicas inveteradas están a salvo de ser moldeados por las mayorías en defensa de una nueva corrección jurídica. Así, las leyes sobre biotecnología, matrimonio entre personas del mismo sexo o aborto; y las sentencias del Tribunal Constitucional que sobre ellas se esperan – o que ya han recaído, por ejemplo sobre condena de la violencia como instrumento político y participación electoral activa – son buen ejemplo de esa contemporánea maleabilidad del Derecho en un moderno Estado como el nuestro, vertebrado por la rule of law.

De este modo, quien ostenta el poder – hoy, quien tiene la mayoría – determina el Derecho, pues nada hay por encima de unos principios y preceptos constitucionales que también son esclarecidos por esa mayoría. Y que nadie se atreva a sugerir que por naturaleza – o por aquello que h. kelsen llamaba Grundnorm – pueda existir algún límite incontrovertible a la acción del grupo más votado; o a reivindicar la importancia de la vieja discusión sobre la relación entre el derecho y la moral.

Como digresión ad hoc, diré que la literatura, en ocasiones, llama la atención del jurista que, detenido en la lectura de materias diferentes de las que ocupan su quehacer diario, sin esperarlo, encuentra en algún texto inopinadas alusiones a interesantes o profundas cuestiones de Derecho.

Un ejemplo de ello, entre los clásicos, es sófocles, en cuya tragedia Antígona, se apunta el problema que se quiere esbozar en estas breves reflexiones.

La heroína Antígona, así, en los versos 450 a456 de la tragedia, opone a su tío Creonte, el gobernante de Tebas, las siguientes palabras: No fue Zeus el que los ha mandado publicar, ni la Justicia que vive con los dioses de abajo la que fijó tales leyes para los hombres. No pensaba que tus proclamas tuvieran tanto poder como para que un mortal pudiera transgredir las leyes no escritas e inquebrantables de los dioses. Éstas no son de hoy ni de ayer, sino de siempre, y nadie sabe de dónde surgieron”. ¿Es, pues, justo, se interroga sófocles, el heraldo dictado por el hombre cuando se opone a una ley de origen divino y familiar, no escrita e inconmovible, que no es de ayer ni de hoy, que vive siempre y que nadie sabe cuándo apareció?.

En el tiempo que vivimos me parece oportuno traer a nuestra atención este pasaje de los antiguos. Y reflexionar sobre si el Derecho debe embridar el poder en lugar de ser un instrumento al servicio del propio poder, por muy democrático – en cuanto resultante de unas elecciones – que sea ese poder desde un punto de vista formal. Lo contrario entronizará la arbitrariedad, erosionarála Civilizacióny menoscabará extraordinariamente nuestro Estado de Derecho. Y es que el Derecho es algo que debe merecer más respeto. El Derecho es algo mucho más complejo que el simple dictado que pueda imponer la ideología de una mayoría de señorías o magistrados.

¿La reforma constitucional de los mercados?

Pido de entrada perdón por el titulo del post, más propio de nuestros medios de comunicación o incluso del movimiento 15M que de un jurista con muchos años de ejercicio, pero no lo he podido evitar. La última sorpresa (por ahora) de este mes de agosto consiste nada más y nada menos que en reformar la Constitución española en 20 días, previo acuerdo de los partidos mayoritarios en los pasillos (es un decir, me imagino que también utilizarán despachos) con opacidad total y sin dar explicaciones a nadie, con algunas reuniones “secretas” de por medio.  Todo un prodigio de transparencia y confianza en las instituciones y en la ciudadanía. Que no les den explicaciones a los diputados, que al fin y al cabo responden a la voz de mando de sus jefes de filas (pese a las últimas noticias sobre “malestar” en las filas socialistas, ya me gustaría a mí ver quien rompe la disciplina de voto a dos minutos de ser incluido o no en las listas electorales) todavía se puede entender, pero que no nos las den a los ciudadanos es realmente muy preocupante. Me hace pensar que si los ciudadanos no confiamos en nuestra clase política, mucho menos confía ella en nosotros. Con bastante menos fundamento, a mi juicio.

Hace unos días publicamos un post con un video del Sr. Fuentes Quintana dirigiéndose por TVE en plena crisis económica de finales de los años70 a los ciudadanos españoles, a los que hablaba como a ciudadanos adultos, responsables y muy capaces de comprender lo que se les estaba diciendo, explicándoles los sacrificios que iba a haber que hacer para salir entre todos de la crisis. Produce nostalgia y una cierta envidia sana ver ahora el video. No se si aquella crisis fue mayor o menor de la que ahora sufrimos, pero la talla de los políticos que dirigían el país era muy distinta. Había de entrada algo tan insólito hoy en día como  políticos dispuestos a dirigirse a los conciudadanos para pedirles su confianza y su apoyo en momentos difíciles, y también sacrificios por el bien de todos, con una honestidad y un rigor que hoy es sencillamente inimaginable. Creo que este último acto de esta apresurada reforma constitucional dictada por carta (suponemos), por los mercados, el BCE o la Sra. Merkel, a cambio de la compra pública de deuda española, marca el punto álgido –esperemos- del declive de nuestras instituciones, y en particular de nuestra clase política. Sinceramente, no creo que se pueda tener un final más penoso para la obra comenzada hace algunas legislaturas con tanta ilusión por la sociedad española, aunque sea imprescindible o inevitable. Entre otras cosas porque España, desgraciadamente, no tiene más proyecto que el europeo. No hay un proyecto de convivencia nacional propio y sin Europa no somos nada.

En ese sentido, vaya por delante que no es mi propósito ni mucho menos discutir las bondades de la regla fiscal ni siquiera de su introducción en la Constitución si con eso conseguimos seguir en el proyecto europeo. En cuanto a la regla fiscal en si misma por lo que he leído hasta ahora, parece una regla de sentido común: algo así como un principio de buena administración, no gastar excesivamente en épocas de bonanza y tener cierto margen para épocas de recesión, cosas que muchas empresas y muchas amas/amos de casa aplican de forma natural sin tenerla que poner en los estatutos de su sociedad o en el felpudo de su casa. En cualquier caso, nuestros admirados amigos de Nada es Gratis llevan varios días publicando unos interesantísimos posts sobre el tema cuya lectura es muy recomendable para formarse un criterio, lo que resulta bastante más difícil leyendo los periódicos y no digo ya oyendo a los políticos o siguiéndoles en las redes sociales.

Pero sobre lo que creo que podemos y debemos opinar como ciudadanos es sobre la conveniencia y la legitimidad de introducir a toda pastilla un cambio constitucional de esta forma, y lo que esto supone de desprecio y de falta de confianza en la sociedad española. Nuestros políticos no se dignan no ya a convocar un referéndum, que obviamente dadas las fechas de las elecciones generales y las prisas ya no hay tiempo de celebrar (por no hablar de las posibilidades de perderlo) sino ni siquiera dar explicaciones a los ciudadanos ni a sus representantes en el Parlamento, por aquello de que sirvan para algo y al menos se ganen el sueldo de vez en cuando como dice la Sra. Rosa Diez.  Explicaciones sobre por qué hay que hacer esta reforma constitucional ahora precisamente y con estas prisas, que ponen en entredicho la legitimidad de todo el proceso y de paso la tan cacareada dificultad de las reformas constitucionales, sobre su contenido, sus consecuencias, en fin, estas explicaciones que se consideran o se consideraban inevitables y necesarias  en las democracias en épocas de crisis. Explicaciones tanto más urgentes cuando hasta hace media hora el partido en el Gobierno sostenía que una regla de este tipo no solo era innecesaria, sino lo que es peor, ineficiente y hasta ridícula.

No solo eso, incluso partiendo de que la situación de la deuda española y la falta de confianza que inspiran nuestros gobernantes dentro y fuera de nuestras fronteras haga imprescindible colocar en el frontispicio de la Carta Magna una declaración de intenciones en el sentido de que a partir de ahora vamos a ser menos derrochadores y más serios, se me ocurre que hay otras muchas reformas constitucionales que pueden ser igual de urgentes y bastante más efectivas. Más que nada, por intentar conseguir la efectividad de la propia regla fiscal, que si no puede tener el mismo futuro que aquella declaración tan simpática de la Constituciónde 1812 sobre que “los españoles deberán ser justos y benéficos”. Porque parece que introducir la regla fiscal en la Constitución no garantiza sin más su cumplimiento, puesto que no hay sanción jurídica alguna capaz de imponerlo, más allá de que no se deje emitir deuda a los incumplidores, y ya sabemos como funcionan en nuestro país estas cosas con varias CCAA en “rebeldía fiscal”, otras en quiebra y otras responsabilizando como siempre a Madrid de sus problemas o solicitando el mismo trato privilegiado que las Comunidades de Derecho foral. Eso sin contar con que, a la misma velocidad con que se ha introducido esta regla fiscal, y con la misma alegría, se puede sacar de la Constitución si los partidos mayoritarios se ponen de acuerdo. Por ejemplo,  porque así no se puede gobernar (se pierden las elecciones)  o porque los nacionalistas que tradicionalmente condicionan los gobiernos sin mayoría absoluta exigen su supresión por aquello de atentar a su sacrosanta soberanía, ya lo ha dicho Mas Collel, si lo dice el Parlament vale, si lo dice la Constitución española no.

Lo que sí podría tener una cierta efectividad, y dar mayor confianza, por lo menos a los ciudadanos (no se si a los acreedores y al Banco Central Europeo que probablemente no conocen suficiente los asuntos domésticos como para exigirlo, pobres) son las reformas constitucionales estructurales tendentes a introducir mecanismos que permitan hacer que la regla fiscal tenga alguna posibilidad de cumplirse, más allá de la buena voluntad y la capacidad de nuestros gobernantes de turno para respetarla. Me refiero, en particular, a la maltrecha estructura territorial del Estado, en particular a la autonómica, pero también a la local y a la restauración del sistema original de “checks and balances”, hoy tan maltrecho que permite que los partidos políticos fagociten todas las instituciones y el país en la práctica sea ingobernable (si, aquí “país” equivale a España). Qué buen momento para plantearse cosas, como suprimir las diputaciones provinciales de las que hablábamos hace un par de días, para hacer la reforma municipal de una vez por todas, para repensar la estructura autonómica y el reparto de competencias, dado que es económicamente inviable y responsable de una gran parte de las disfunciones que padecemos. Y podemos seguir hablando de la independencia del Poder Judicial, del Tribunal Constitucional, del Ministerio Fiscal, de la desaparición del nefasto Consejo General del Poder Judicial, de la organización interna de los partidos políticos, del funcionamiento de los sindicatos, de los funcionarios…. tantas y tantas cosas que a estas alturas sería conveniente debatir y muy probablemente reformar. Probablemente algunos de estos temas ni siquiera exigen una reforma constitucional. Y la regla fiscal tampoco, pero parece que es preciso llevarla a la Constitución para infundir confianza a los mercados y a los acreedores. ¿Por qué no aprovechar entonces para recuperar un poco la confianza de los ciudadanos y abrir de una vez un debate con altura de miras y con generosidad sobre estos temas? De verdad pienso que la sociedad española está preparada.

¿Ciencia ficción? Puede ser, pero prefiero ser optimista. Aprovechemos la oportunidad y aunque sea con la excusa de que el proyecto europeo lo exige, abordemos de una vez estas cuestiones. Ya hemos visto que se puede hacer. A lo mejor merece la pena escribir una carta de los ciudadanos españoles al Banco Central Europeo para que la próxima vez que haya que comprar deuda española tengan claro lo que tienen que pedirle a los responsables políticos.

With a little help from my friends: rebaja del IVA en la primera transmisión de vivienda

La decisión del Gobierno, convalidada el martes por el Congreso, de rebajar el IVA en la compra de vivienda nueva del 8% a 4%, pero únicamente hasta el 31 de diciembre de este año, es sin duda una noticia que merece ser comentada en este blog.

La prensa es bastante unánime a la hora de considerar esta medida una clara ayuda del Gobierno a la banca (esta reseña, por ejemplo) lo que, teniendo en cuenta lo prudente que son nuestros medios cuando se trata de comentar nada que tenga que ver con sus acreedores, resulta bastante significativo.

Pero quizá es necesario reflexionar sobre hasta qué punto se trata de una ayuda y qué efecto puede tener tal ayuda sobre el bienestar, no sólo de los bancos, sino sobre el de los ciudadanos en general, que es, al menos en teoría, a lo que debería dirigirse la acción del Gobierno.

Se alega que la rebaja trata de hacer más atractiva la compra bajando los costes de adquisición. El mercado está paralizado, la gente no se anima a comprar, por lo que una rebaja de costes podría incentivar la adquisición reactivando de alguna forma el mercado inmobiliario, lo que sin duda, resulta beneficioso para todos: para las inmobiliarias (que rebajan deuda), para los bancos (que consiguen liquidez), para las Administraciones (que recaudan, menos, pero algo), para los compradores (que adquieren el anhelado inmueble), para el mercado en general (que se dinamiza), etc.. Pues bien, en nuestro caso esta interpretación no se sostiene por ningún lado.

En primer lugar, habría que preguntarse por qué el mercado está paralizado. Parece haber cierto consenso en que esa parálisis se explica por tres razones:

1ª.- Los vendedores no rebajan los precios. Los promotores, porque no pueden bajar por debajo de su apalancamiento, y los bancos, porque no quieren arrojar pérdidas a su balance, no vaya a ser que resulte que no están tan bien cómo dicen.

2ª.- Los bancos no financian adquisiciones, porque no disponen de liquidez o porque los clientes no les ofrecen suficientes garantías de solvencia (y en una situación de fortísima crisis como la que atravesamos, ¿quién que necesite dinero ofrece suficientes garantías de devolverlo?).

3ª.- Los posibles compradores no se animan, dada la incertidumbre generalizada (la laboral por supuesto, pero también la perspectiva de que los precios puedan bajar más).

No es nada fácil romper este bloqueo, evidentemente, pero la única posibilidad (sin duda traumática) pasa por una rebaja notable de los precios, previo concurso de los vendedores, si es necesario. Cuanto más se tarde en purgar el mercado más angustia para todos, incluida para la deuda del Estado. Pues bien, la medida del Gobierno lo que hace es atrasar aún más esa solución rebajando precisamente el precio en un modesto 4%, pero, lógicamente, no a costa de esos vendedores (especialmente de los bancos, la primera inmobiliaria de este país) sino (otra vez) del erario público. Es decir, el coste de la rebaja no lo asumen los vendedores, sino el Estado, por si todavía no nos habíamos acostumbrado.

Ahora bien, la rebaja no es permanente, sino meramente temporal, lo que permite sospechar que ni siquiera va a servir para ayudar a esos amigos. Si fuese permanente, o al menos más dilatada en el tiempo, el momento en el que se hace y el sector económico sobre el que recae lo convertirían en una medida claramente discriminatoria respecto a otros sectores, pero, al fin y al cabo, eficaz, al menos para los vendedores. Pero el que sea transitorio (sólo cuatro meses) lo único que va a motivar es que el que pensaba ya comprar y se había movilizado y posicionado para ello, adelante su decisión de compra… a costa del erario público, pero sin beneficio aparente para nadie (al margen del propio comprador, claro). Es muy improbable que nadie que no tuviese decidido comprar se active por la noticia y culmine su operación (financiación incluida) en cuatro meses. Teniendo en cuenta, además, que en el margen de precios en que todavía nos movemos una rebaja del 4% no es lo suficientemente incentivadora para ello. Al que no se mueve confiando en una futura rebaja sustancial de precios, ese 4% no le puede parecer suficiente, ni mucho menos.

La medida lo que conseguirá es que las operaciones ya previstas se adelanten a noviembre y diciembre, dejando convertido en un páramo (más aún) el primer trimestre del año que viene. Y aunque hemos dicho que tal rebaja sólo beneficiará a esos compradores a costa del erario público, puede que quizá beneficie también a aquellos a los que le interesa que noviembre sea un mes especialmente activo. A lo mejor resulta que los amigos son otros…. u otro.

Parece que el PP se ha percatado de la jugada y en la sesión de convalidación del martes el Sr. Rajoy adelantó que si su partido gana las elecciones prorrogará la medida durante todo el 2012, aunque no de manera generalizada, sino atendiendo al valor de la vivienda, entre otros condicionamientos aún sin precisar. En la disyuntiva, mejor con la banca que con Rubalcaba, faltaría plus. Y mientras tanto, nosotros, los ciudadanos, que desgraciadamente carecemos de amigos en las altas esferas, esperando.

PD. Por cierto ¿para cuándo un manifiesto de las grandes fortunas españolas pidiendo que les suban los impuestos?  Está claro que los ricos franceses parecen un poquito más patriotas que los españoles. Quizá haya que agradecérselo a Robespierre…

Ser o no ser: el debate sobre las diputaciones provinciales

Asistimos en los últimos días a un interesante debate (siendo generosos con el término, claro) de por donde empezar a recortar nuestra florida Administración, que tanto dinero nos cuesta. Les toca ahora a las diputaciones provinciales, ya que parece que el número de ayuntamientos por el momento es intocable, puesto que, según nos cuentan, todos y cada uno son fundamentales para el bienestar ciudadano, cuesten lo que cuesten. En fin, como sobre el tema del excesivo número de Ayuntamientos y la necesidad urgente de proceder a su disminución y fusión ya hemos escrito en este blog, nos remitimos a los posts sobre estas cuestiones, escritos por Fernando Landecho (aquí) y Ramón Marcos (aquí).  Cabe solo añadir que no parece que los ciudadanos de los numerosos países europeos que han procedido a la supresión y fusión de municipios para adaptarlos a la realidad territorial del siglo XXI se hayan lanzado a la calle desesperados por perder sus pequeños municipios y los correspondientes servicios.

Por razones que efectivamente parecen tener bastante más que ver con el numero de asientos desocupados en las recientes elecciones por el PSOE en estos organismos que con la preocupación por el déficit público y el bienestar ciudadano, el candidato Rubalcaba, para gran enfado del PP, ganador en muchas de ellas, y del PSOE andaluz, que todavía mantiene su hegemonía en unas cuantas, cuestiona ahora el papel de las diputaciones y hasta su existencia. Vaya por delante que me parece un debate muy pertinente. Pero lo primero que cabe destacar es, como siempre, los términos en que se plantea. Brillan por su ausencia los números y los indicadores de eficiencia y eficacia, así como las posibles alternativas en base a esos mismos indicadores. Como a la necesidad de plantear los debates referentes a la organización territorial y a la reducción de los costes que debe llevar consigo ya nos hemos referido en bastantes posts en este blog (Juan Luis Redondo en varias ocasiones, Fernando Rodríguez, José María Pérez y yo misma en la serie de la Floresta Autonómica), nos remitimos a los mismos.

Como siempre ocurre en el mediocre panorama de nuestra vida política, nos tenemos que contentar con argumentos “ad hominem” del tipo de “eso lo dices porque has perdido las diputaciones” o “eso lo dices porque estás sentado en la silla”. Hay que reconocer que este tipo de argumentos, más allá de recordarnos por enésima vez la dificultad de nuestros líderes políticos de deslindar sus intereses privados (me refiero al interés en mantener los puestos de trabajo para políticos) de los intereses generales, no nos ayudan a hacernos una idea sobre si se deben o no suprimir estos organismos o cualesquiera otros. Estamos una vez más ante una discusión de patio de colegio.

Los más audaces o los menos irresponsables anuncian la posibilidad de “estudiar” la cuestión como si se estuviera hablando de temas de una enorme complejidad. En mi opinión, suprimir diputaciones provinciales es complejo porque es costoso en términos políticos, básicamente para los políticos. No veo que los ciudadanos, ni indignados ni no indignados, nos vayamos a arrojar a la calle en defensa de estos organismos o de cualesquiera otros siempre que los servicios que se supone que prestan se sigan prestando, y además de manera menos onerosa y más eficiente. Y para bien o para mal no creo que exista el sentimiento “diputacionista”, como si existe, sin duda, un sentimiento nacionalista que puede llevar a defender organismos autonómicos inviables a un sector de la población.  Pero ojo, que también hemos oído en estos días que las diputaciones, como los pequeños ayuntamientos, son instituciones muy próximas y muy queridas por los ciudadanos de los pueblecitos de España… lástima que sean absolutamente ruinosas.

En fin, como en época de crisis los argumentos sentimentales suelen tener bastante menos peso, nos encontramos con que los defensores de su mantenimiento no dudan en invocar el argumento final -que podemos llamar “de trinchera”- de  la inconstitucionalidad de su supresión, todo esto como si la Constitución no se hubiera modificado ya varias veces por vías bien poco ortodoxas, por no hablar de la vía de hecho tan utilizada en nuestra vida política. ¿Cómo si no explicar la floreciente legislación autonómica que ha conseguido prácticamente terminar con la unidad de mercado en España garantizada constitucionalmente como tantas otras cosas que brillan por su ausencia? Pero como sobre esto también hemos escrito mucho en este blog, nos remitimos a los posts correspondientes para no aburrir a los lectores.

En cualquier caso, reconozco que no me he estudiado el tema desde un punto de vista constitucional, pero recordando que las diputaciones provinciales no existen en unas cuantas CCAA, no parece que sea un tema insalvable, aun si recuperásemos el respeto sacrosanto por la literalidad de los artículos constitucionales que suelen esgrimir los políticos cuando les interesa.

Pero volviendo al tema que nos ocupa, las diputaciones provinciales, como los ayuntamientos, son organismos públicos regulados enla Leyde Bases del Régimen Local de 7 de abril de 1985, cuya principal finalidad, además de la interesantísima de colocar a deudos y afines, es la de ejercitar las competencias (según el artículo 16) que “le atribuyan las leyes del Estado o de las CCAA” y en todo caso la coordinación de los servicios municipales entre sí, la asistencia y la cooperación jurídica y técnica a los Municipios, especialmente a los de menor capacidad económica y de gestión, la prestación de servicios públicos de carecer supramunicipal y, en su caso, supracomarcal, la cooperación en el fomento del desarrollo económico social y en la planificación en el territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las demás Administraciones Públicas en este ámbito y en general el fomento y la administración de los intereses peculiares de la provincia.

Yo no se a ustedes, pero a mí como administrativista (eso sí, no especializada en legislación local) la lista me parece bastante etérea. Me gustaría saber qué hacen realmente cada una de las 38 diputaciones provinciales que quedan (y ya puestos, las forales y los cabildos insulares) y qué cuesta hacerlo. Cuanto personal tienen y de este personal qué proporción son cargos políticos o de libre designación y cuantos funcionarios que acceden a las plazas por oposición. Cuantas empresas públicas. Cuantos recursos se destinan al propio mantenimiento de sus aparatos burocráticos y administrativos, por no hablar de los cargos políticos. Volvemos a insistir en que queremos datos que nos permitan a los ciudadanos valorar los ratios de eficiencia y eficacia.

Por otra parte, y precisando un poco más, se nos dice que la función esencial de las diputaciones es la de suplir lo que los municipios muy pequeños no pueden hacer por sí solos por falta de recursos, y efectivamente, en la lista de competencias aparece esta función, pero entonces la pregunta es ¿por qué tenemos municipios tan pequeños? Lo racional sería no tenerlos, por lo que, de entrada, me parece que alguno de los presupuestos del debate sobre las diputaciones están “trucados”, ya que se parte del mantenimiento de la actual estructura municipal española que es sencillamente inviable desde todos los puntos de vista, además de responder a las necesidades de la España de principios del siglo XIX. Es más, en las CCAA autónomas uniprovinciales no existen las diputaciones provinciales, pero claramente tienen el porcentaje correspondiente de municipios muy pequeños. Esto quiere decir que, aun suponiendo que no se modifique la estructura municipal española y se refundan municipios (tal como propone por ejemplo UPYD, que se lo puede permitir al no tener los intereses y las hipotecas de los grandes partidos, es decir, tanta gente que colocar) el caso es que los servicios que prestaban las diputaciones en esas CCAA las prestan directamente las autonomías sin que parezca, de entrada, que haya pasado nada grave. Recuerden que, según el artículo más arriba transcrito,  las CCAA pueden atribuir competencias o funciones a las Diputaciones, pero también pueden no hacerlo y asumir esas funciones directamente. Y alguna de las que se mencionan (por ejemplo, esa defensa genérica y esa coordinación de los intereses supramunicipales) la pueden hacer perfectamente los organismos autonómicos. Que por cierto suelen estar también muy sobredimensionados, así que por falta de personal no debería de haber problemas.

Otra cosa es que a mí por lo menos me cuesta hacerme un criterio con los pobres argumentos que manejan los partidos políticos, y eso que tenemos elecciones a la vuelta de la esquina. Queremos datos e indicadores, y seguro que si nos los dan somos muy capaces de decidir  si hay que suprimir las diputaciones provinciales Y es que los ciudadanos tenemos aquí una importante ventaja sobre los candidatos, incluso sobre el candidato Rubalcaba,  que es la de no tener a ningún pariente o conocido colocado en una diputación provincial andaluza o de otro sitio. Y si, como parece, el invento es carísimo y no resulta imprescindible para mantener ningún servicio esencial, aunque lo sea para dar de comer a muchos políticos, resulta preferible ahorrar el dinero de los contribuyentes ¿no?

¿La culpa es del banco?

Este blog define su objeto como un punto de encuentro sobre la actualidad jurídica y política. Cualquiera que lo consulte periódicamente puede comprobar que, en efecto, se ha convertido en un lugar de debate jurídico sumamente interesante. Ofrece a sus lectores el Derecho “vivo”: un análisis ágil de la evolución de problemas normativos, judiciales o sociales de actualidad y de naturaleza diversa.

Lo anterior sirve, desde luego, para felicitar a los creadores y rectores de “¿Hay Derecho?”. Dicho lo cual, lo que anima de forma principal esa  introducción, es remitir al lector a uno de los temas más frecuentes en este blog, como es el de “Reales e hipotecario”. Su consulta pone de manifiesto uno de los efectos que me parecen más ilustrativos del calado de la actual crisis económica, como resulta el constante cuestionamiento de nuestro sistema hipotecario, en el que se observan medidas de naturaleza diversa que atestiguan la relevancia del problema. Algunos ejemplos desordenados: las iniciales y debatidas resoluciones de algunas Audiencias Provinciales en materia de ejecución hipotecaria;  las ofertas comerciales de entidades que reaccionan con agilidad ofreciendo la “novedad” de que la responsabilidad del deudor se limite al bien hipotecado o el aplazamiento del pago de cuotas a quienes pierden su empleo; las reformas normativas adoptadas para protección del deudor hipotecario, como las medidas incluidas en el Real Decreto-ley 8/2011; las “plataformas de afectados” que desafían y obstaculizan procedimientos judiciales de ejecución y, en fin, el Auto del Tribunal  Constitucional de 21 de julio de 2011, confirmando la constitucionalidad de determinadas disposiciones de la LEC en esta materia.

En suma, contamos con una sucesión constante de hechos con relevancia jurídica que, como señalaba antes, han convertido nuestro sistema hipotecario en uno de los temas centrales del debate actual. Un debate que incita este post. Sobre los aspectos jurídicos de distinto calado que abonan la discusión en este asunto encontrará el lector en este blog y en otras publicaciones contribuciones valiosas y certeras, ya sea sobre cuestiones hipotecarias estrictas, ya sobre aspectos procesales. Lo único que hoy  pretendo es abordar un argumento que se repite en relación con las causas de la situación actual y la responsabilidad correspondiente. Tal argumento, reiterado por actores políticos principales, acogido por medios de  comunicación destacados y, recibido con lógica satisfacción por amplias capas de ciudadanos (inminentes votantes) es simple: la culpa de la hipoteca que no se paga es del acreedor. En un lenguaje menos obligacional: son las entidades de crédito las responsables de la concesión de hipotecas a quienes hoy no pueden pagarlas.

Vaya por delante el obligado reconocimiento del drama social que tantos padecen. El desempleo y la consiguiente pérdida de ingresos tienen en la pérdida de la vivienda familiar uno de sus efectos más dramáticos. Toda reacción que ayude a paliar esa evidencia y que se adopte en el plano laboral o en el hipotecario debe ser bienvenida.

La crisis económica en la que estamos instalados viene ocupando a muchos desde hace tiempo en algo lógico: determinar sus causas y reclamar las consiguientes responsabilidades. Ese debate se ha convertido en un río revuelto, en el que junto a estudios cuidados e investigaciones profundas que tratan de responder a esa pregunta, no faltan rotundas “opiniones” que lejos de ser el resultado de una mínima reflexión, buscan confirmar la ideología de su emisor. Muchas de esas opiniones (fruto de distintas posiciones ideológicas) comparten la idea de que, sea de quien fuere, la culpa es de los demás. En tema tan grave no debiera extrañar tan elemental y frecuente recurso psicológico, que además tiene en la vida pública constantes expresiones.

Es en relación con ello donde se repite que son los bancos los responsables de las hipotecas (es decir, del incumplimiento del deudor), cuya concesión fue un abuso y engaño frente a los clientes. El argumento tiene una buena acogida en tantos deudores atribulados, pero incorpora un mensaje demoledor hacia sus supuestos beneficiarios, a los que se presenta como sujetos jurídicos que son simples víctimas de actos ajenos. Toda hipoteca “voluntaria” es, por encima de cualquier otra consideración, la expresión de la autonomía de la voluntad y de la libertad de contratar y de la libertad de disponer de nuestro patrimonio (art. 138 LH). Es cierto que el ordenamiento mercantil está plagado de soluciones normativas que tratan de proteger al contratante frente al uso de su libertad. Por ejemplo, al consumidor se le atribuye un privilegio en forma de derecho a desistir (de “arrepentirse” dicen algunos) de un contrato. Pero en el debate actual se va más lejos cuando la hipoteca se caracteriza como un negocio diseñado por los bancos, en que el deudor “picó” sin alternativa posible. Por cierto, una caracterización que topa con la indignación de tantos a los que se deniega el préstamo hipotecario solicitado.

Comprar una vivienda y recurrir a una financiación hipotecaria suele ser  una decisión trascendente. Con seguridad, la de mayor relevancia patrimonial para muchos, que en uso de su libertad, deciden afrontar ese riesgo. Negar esa evidencia elemental como cauce para una exoneración general de responsabilidad de los deudores hipotecarios puede tener éxito a corto plazo, como ejercicio de psicología social, situando toda la responsabilidad en el lado de los acreedores. Pero supone al mismo tiempo negar a los supuestos favorecidos por esa exoneración su capacidad para ejercer su autonomía de la voluntad y regular su propia esfera jurídico-patrimonial. Algo que no creo que todos estén dispuestos a aceptar.

La insufrible sed de (falsa) justicia

Tratemos de ser justos. Y lo primero de todo para ello será que actuemos guiados por la razón. Porque no hay justicia si no es bajo la perspectiva de la racionalidad, y si me apuran, de la frialdad que la razón comporta, que es requisito imprescindible para que la razón pueda estar alejada de la mente calenturienta y de los sentimientos del corazón que tan nefastas consecuencias suelen deparar en el ámbito de la justicia cuando se actúa guiados exclusivamente por ellos.  No cabe otra, pues si así no fuere, lo que habrá en todo caso será venganza, linchamiento moral o físico y condena sin derecho a la defensa legítima, es decir, pura y dura injusticia. Es uno de los pilares del Derecho, que no puede ser tal en cuanto a legitimidad de origen si no está fundamentado, entre otros,  en la presunción de inocencia de cualquier ser humano por el simple hecho de serlo. Así que denostemos a los justicieros y condenémosles sin juicio previo al ostracismo marginal que sociológicamente se merecen en una sociedad democrática, pero también, exijamos que estos presuntos desalmados sean juzgados por jueces independientes que, actuando con la razón y la justicia, pongan de una vez de manifiesto que la honorabilidad de las personas acusadas merece el máximo respeto,  sobre todo, por parte del Poder encargado de garantizar el cumplimiento de las leyes y de los principios en los que estas se fundamentan.

Está muy extendida hoy en España la opinión de que nuestros políticos son, en general,  aparte de unos mediocres oportunistas, unos auténticos delincuentes en potencia. Es una opinión muy peligrosa para el funcionamiento del sistema de convivencia que libremente nos hemos dado. Y lo es por dos razones fundamentales: de un lado, porque siendo esa la opinión dominante, las personas honradas y con aptitudes para representarnos en las instituciones se abstienen de hacerlo ante el fundado temor de ser tildados no ya de oportunistas, sino de auténticos corruptos en potencia. El riesgo que supone para una persona honrada ser judicialmente calificada como imputada ante la denuncia presentada por cualquier grupo o sujeto indignado, no compensa en absoluto con que la misma dedique su tiempo a la actividad política. De otro lado, porque es de tal intensidad la desprotección social y legal en la que se halla el responsable público, que ante la disyuntiva de verse vilipendiado, atacado, insultado y condenado sin juicio previo y de manera pública  por algunos medios de comunicación, es lógico que se decida por dejar los asuntos públicos en manos de auténticos valientes o de oportunistas del tres al cuarto a los que les resulta indiferente el cuestionamiento de su propia honorabilidad. Se establece de esta forma un círculo vicioso que lleva directamente no al desprestigio de los que acusan bajo el simple presupuesto de la sospecha, sino al desprestigio de la Política y de los políticos en su conjunto. Es un mecanismo infalible: cuando el acusador conecta –y es realmente fácil hacerlo- con el ánimo justiciero de la masa a la que previamente se le ha alimentado de manera conveniente,  lo de menos será la búsqueda de la verdad, pues lo que se impondrá  será la acusación sin pruebas, la presuposición de la actuación deshonesta, el rumor malintencionado, la desconfianza y la mala fe, y todo ello con la consecuencia consiguiente  del deterioro de la convivencia.

Por supuesto que algunos políticos contribuyen de manera fehaciente al desprestigio de la Política, y que la falta contundente de reacción frente a los mismos por parte de los partidos en los que estos se encuadran,  así como la ausencia de respuestas judiciales que se eternizan en el tiempo a la hora de establecer la verdad, es causa de desasosiego y desmoralización para la mayoría de políticos y ciudadanos que actúan seriamente como tales. Pero la exigencia redoblada de comportamientos éticos a los políticos,  no puede servir a su vez de pretexto para consentir que los mismos puedan ser objeto de acusaciones generalizadas sin fundamento alguno que pongan en cuestión de manera permanente el debido respeto a la presunción de inocencia y a la honorabilidad de las personas. Cuando esto último es lo que prevalece socialmente, nuestra innata sed de justicia no se verá en absoluto colmada, pues lo que se extenderá, irremediablemente, será el reino de la más insufrible injusticia.

 

Artículo de nuestra editora Elisa de la Nuez

Elisa de la Nuez ha publicado en la newsletter del Consejo General de la Abogacía un artículo sobre el canon digital, tema que ha dado lugar, por razón de su objeto, a grandes polémicas, agravadas  por los acontecimientos que recientemente han afectado a la SGAE; y, además, de rabiosa actualidad por haber recaído sobre la cuestión varias resoluciones de importancia. Puede consultarse aquí.