¿Subvencionar a las asociaciones más representativas o a las más cercanas? UPTA, ATA, el Abogado del Estado y el Ministerio de Trabajo.

En estos días difíciles, en los que la austeridad y eficiencia en la gestión de las cuentas públicas se han convertido en banderín de enganche enarbolado por políticos de uno y otro signo, la concesión de subvenciones por parte de las Administraciones Públicas se torna necesariamente en una práctica sujeta a un escrutinio público antes infrecuente. Dejando de lado que dicho escrutinio debería ser algo habitual, con independencia de que la crisis arrecie más o menos, y que deberían quedar proscritas para siempre visiones de la cosa pública como la de quien sostenía que “el dinero público no es de nadie”, lo cierto es que en épocas de escasez el lógico que los contribuyentes tengan más interés en saber qué actividades y a qué entidades se subvenciona, máxime cuando al mismo tiempo se reducen camas de hospital o se incrementan los impuestos.

Así, los medios de comunicación se hacen ahora eco de hechos que antes pasaban desapercibidos: que si tal Comunidad Autónoma ha destinado tantos millones de euros para ayudas a tal sindicato, que si tal asociación ha recibido determinada subvención de un Ministerio… Poco a poco, y en buena medida gracias a la crisis, el público en general tiene noticias de cómo se reparten algunos de sus impuestos. Noticias siempre fragmentadas y desestructuradas, que no se acercan en modo alguno al ejercicio de transparencia que se viene reclamando insistentemente desde este blog y que facilitaría una auténtica rendición de cuentas por parte de los poderes públicos.

Pero, al mismo tiempo, es también lógico que la cohorte de entidades e instituciones cuya sostenibilidad o mera existencia depende de la percepción de subvenciones y ayudas públicas, sabedoras del carácter menguante de éstas, hagan lo posible y lo imposible para mantenerse enganchadas a la ubre pública.

El pasado día 11 de octubre, el periódico El Mundo se hacía eco de la polémica generada en torno al reconocimiento de la representatividad de las asociaciones de autónomos por parte del Ministerio de Trabajo. Dos días más tarde, el presidente de una de las asociaciones supuestamente perjudicadas anunciaba  la intención de su representada de no participar en el Consejo del Trabajo Autónomo por estar dicho órgano en entredicho al no reflejar la realidad.

La importancia de la determinación de la representatividad de las distintas asociaciones que representan a los autónomos españoles viene dada por la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, que en su art. 21.5 otorga a las asociaciones “representativas” una posición jurídica singular, que les permite ostentar la representación institucional ante las AA.PP., ser consultadas por éstas en el proceso de diseño de políticas públicas, y… gestionar programas dirigidos a los autónomos; es decir, gestionar ayudas y subvenciones.

La representatividad de las asociaciones es declarada por el llamado “Consejo de Representatividad”, formado por cinco miembros de los que tres son funcionarios del Ministerio de Trabajo. Este Consejo viene regulado por el Real Decreto 1613/2010, de 7 de diciembre, que establece su composición y régimen de funcionamiento, así como los criterios objetivos que debe aplicar para determinar la representatividad de las distintas asociaciones. La Orden Ministerial TIN/449/2011 convocó el procedimiento para que las asociaciones interesadas en ser declaradas “representativas” pudiesen acceder, en régimen de concurrencia competitiva, a tal condición, por un periodo de cuatro años.

En Consejo de Representatividad, con fecha 3 de junio de 2011, resolvió el procedimiento, declarando a UPTA como asociación más representativa del sector, seguida por ATA. Disconformes con el resultado, algunas asociaciones recurrieron en reposición. Así las cosas, el Ministerio solicitó a la Abogacía del Estado que informase el procedimiento de declaración de representatividad.

Atendiendo dicha solicitud, el Abogado del Estado evacuó informe , señalando entre otras cosas que:

  • El Abogado del Estado elaboró su informe sin tener acceso a los datos presentados por las asociaciones cuando concurrieron a la convocatoria de la Orden TIN/449/2011.
  • Que hubiera sido conveniente expresar en la resolución de 3 de junio cuáles han sido los criterios y mecanismos por los que se otorgan puntuaciones en función del número de afiliados y de su distribución, pues UPTA resulta la segunda mejor puntuada pese a ser la cuarta por número de afiliados, lo que da a entender que su distribución sectorial ha sido determinante en su valoración, pero se desconoce el mecanismo de valoración de dicha distribución.
  • Que la resolución debería indicar cuántos afiliados tiene cada asociación, y en qué sectores, y debería poner estos datos en relación con los puntos asignados.
  • Que la resolución parece valorar, además del número de sedes permanentes de cada asociación, su distribución territorial, cuando éste último criterio no viene establecido ni en el Real Decreto 1613/2010 ni en la Orden TIN/449/2011. De hecho, en la resolución de 3 de junio sólo se cita el criterio de número de sedes, resultando UPTA con la mayor puntuación. Sin embargo, en la resolución desestimatoria de uno de los recursos de reposición citados por el Abogado del Estado en su informe (página 10 del mismo) se añade el criterio, no previsto en las bases, de distribución geográfica de las sedes para justificar que UPTA sea la mejor valorada pese a que ATA es la asociación con más sedes.
  • En general, la resolución no aporta datos concretos sobre los méritos de cada una de las asociaciones. No se recogen por ejemplo el número de sedes, los empleados permanentes, el número de convenios suscrito por cada asociación, etc, como soporte de la asignación de puntos realizada en aplicación de los criterios de valoración establecidos en el procedimiento.

Este informe y la reacción de las asociaciones perjudicadas por la resolución arrojan dudas sobre cómo se ha llevado a cabo la valoración de los méritos de cada una de las asociaciones, y dan pie a que el sesgo político de éstas se dé a entender como razón última de la puntuación obtenida, en detrimento de los criterios objetivos establecidos en el procedimiento. Y esto es lo que le llega al ciudadano: la idea de que la Administración no gestiona los recursos públicos conforme a las reglas, con el consiguiente deterioro del crédito de las instituciones.

La transparencia, como se viene insistiendo en este blog, es la mejor vacuna contra este descrédito. La adecuada motivación de las decisiones, y la publicación transparente y sin reservas de dichas decisiones con su motivación y todos los datos necesarios para entenderlas, son la mejor salvaguarda de la confianza que los ciudadanos desean depositar en los poderes públicos. Confianza cuya necesidad  se hace más imperiosa si cabe en estos tiempos de estrecheces económicas. Porque la Administración no solo tiene que ser honesta (faltaría más), sino que, como la esposa del César, tiene que parecerlo a los ojos de los ciudadanos.

La difusión (gratuita y en tiempo real) del conocimiento jurídico.

Debemos congratularnos de que este blog esté adquiriendo el reconocimiento debido. Como señaló el profesor Juan Sánchez-Calero Guilarte en el post de su propio blog, de 1 de septiembre de 2011 (“De vuelta”. http://jsanchezcalero.blogspot.com/), “la abundancia de blogs de calidad que tratan sobre problemas mercantiles españoles tiene un significado evidente: se consolida una forma distinta de escribir, leer y opinar sobre nuestra materia. Una tendencia que tiene en el ámbito académico su principal expresión. Algunos (pocos) ya se han dado cuenta de éstos, mientras que otros …”. Podríamos citar otros blogs de contenido similar, como los del profesor Jesús Alfaro Aguila-Real (http://derechomercantilespana.blogspot.com/), o, por citar otro de Derecho Administrativo, el de José Ramón Chaves, “Sevach” (http://contencioso.es/). En cuanto al Derecho en general, puede verse el blog para abogados legaltoday (http://www.legaltoday.com/). Un blog te lleva a otros.

 

La blogosfera es una fuente inagotable de conocimientos, en este caso jurídicos y, por tanto, debemos congratularnos, de que los más doctos nos ofrezcan, de forma gratuita y en tiempo real, sus opiniones y experiencias.

 

Esperemos que todos se den cuenta de que se puede compatibilizar perfectamente la transmisión de conocimientos a través de este medio (la blogosfera, bien mediante blogs individuales, bien colectivos) y la de la transmisión en publicaciones convencionales.

 

Estos blogs son un instrumento en tiempo real que sirven de avanzadilla para adelantar ideas sobre temas candentes, para realizar comentarios de urgencia sobre nuevas normas, sobre todos las más polémicas. Se echa en falta, a mi juicio, una valoración de urgencia sobre normas tan injustas como la reciente ley de medidas de agilización procesal, que diseña, especialmente en lo contencioso-administrativo, una justicia para ricos. La abogacía parece guardar silencio sobre la misma, mientras que la institución del Defensor del Pueblo,  en el Resumen del Informe a las Cortes Generales correspondiente al año2010, haindicado lo siguiente:

 

“Esta Institución debe llamar la atención sobre un riesgo añadido al que se enfrentan las medidas de reforma en marcha o proyectadas. Ante la evidente disminución de los recursos públicos disponibles para cubrir los gastos de la administración judicial, resultaría una equivocación acudir para la solución de todos los problemas a reformas legales, como las mencionadas tendentes a la agilización procesal, que inevitablemente pueden incluir alguna limitación en el conjunto de garantías de las que son titulares las personas o colectivos que comparecen ante la justicia. Es decir, debiera evitarse avanzar hacia un escenario en el que, sin haber resuelto los problemas de cobertura de las necesidades materiales del sistema judicial, se hubiera al mismo tiempo minorado el número de recursos jurídicos de los que hoy dispone la ciudadanía”.

 

 

¿Por qué no existen líderes en España?

 

¿O tal vez un mero desiderátum cuando no un imposible categórico? ¿Por qué no existen líderes en nuestro país? Líderes en lo social, en lo económico, en lo cultural, en lo intelectual, en valores, y como no, en la política. Desde hace semanas asistimos a la liturgia enmascarada de una anodina precampaña electoral sin ideas, sin proclamas, sin seriedad. Todo es cálculo, estrategia miope de cara a ganar y gobernar. Se dice por activa y por pasiva que no hay programa, también que ya no se vota a los programas porque se sabe que no se cumplen y que el  ciudadano vota con las vísceras. Se vota como se vota y a quién se vota, a veces también contra.

Hoy más que nunca, en medio de la ciénaga de cuatro años de crisis y cuando no se avizora en el horizonte inmediato una salida clara y pronta, falta la energía de la acción, el coraje de la decisión, la valentía y arrogancia de atreverse a reformar lo que no funciona, es inoperativo e incluso insostenible.  Los dos grandes partidos se lanzan a la diatriba mediática, el minuto de gloria televisivo, la radio y alguna declaración en los periódicos, pero poco más. Se enfangan en videos absurdos e incluso insultantes para la inteligencia media, o que como tal había que considerar.  En la estulticia de la idiocia consentida para un electorado abúlico y sin demasiadas convicciones claras.

Esperpéntico y soez el espectáculo que la clase política está dando a propósito del anuncio de ETA. Hasta hace sólo unos días, el presidente del gobierno, Rajoy, Rubalcaba, Urkullu y muchos más, decían que el único anuncio que esperaban de ETA era el que anunciaba su disolución y entrega de armas. No ha hecho  ni lo uno ni lo otro y se lanzan en una carrera desenfrenada de hipocresía, medallas y cortejo a los abertzales henchidos estos  de soberbia y chulería. El mundo al revés, lágrimas en el atril público, fotos y reuniones no institucionales sino de una mesa de partidos que nada tiene que decidir y sí los gobiernos vascos y central y los parlamentos.  Hay prisa por todo y no hay ni la pausa de la conciencia, la dignidad, el recuerdo y el ir con la cautela y prudencia necesarias.  Incluso el lenguaje de los hasta ahora asesinos es unívoco y claro, cese definitivo de la violencia armada. Armada, no de otro tipo, pero en fin. No hay más ciego ni sordo que el que ve y oye y se empeña en no hacer ni lo uno ni lo otro.  Al menos la sensatez como casi siempre se queda en las palabras y discurso de Basagoiti.

Seguimos en la zozobra de la indiferencia y la espera sin hacer nada. Cruzados de brazos, de ánimos y de pensamiento. Desidia y cobardía moral. Esquizofrenia de ideas y ocurrencias propagandísticas sin seriedad ni rigor. No se puede engañar tanto tiempo a tantos, pero lo consentimos. Algunos hace mucho que hablaban de un ERE a la clase político. No se lo tomen a broma. Son un problema, así se perciben por la inmensa mayoría de la sociedad hartos de sus políticos, o al menos de una gran mayoría de ellos, profesionales del cargo y de la política. Políticos profesionales pero donde las aristas de la responsabilidad se pulen y disimulan. Hoy más que nunca hace falta liderazgo, público y político, privado y persona. Difícil, extremadamente difícil en este ruego ibérico desarbolado e inconsciente.

Somos una sociedad vacía, vaporosa en medio de una crisis de todo y total. Las sociedades de hoy se han relajado, somos simples peones de ajedrez de una partida marcada. Marcadas las cartas, marcados los tiempos, los discursos, las modas y los pensamientos, eso sí, cuando se piensa, se despierta y se critica. De lo contrario, pasividad y silencio. Relajamiento y autocomplacencia, ciega y espuria. El otro sólo me importa mientras lo necesito o mientras no me molesta. La capacidad de abstracción individual y social no tiene límites. Lo colectivo, lo común se relativiza, así nos lo hacen creer. No hay un rumbo cierto y seguro. Hay miedo al compromiso, a la búsqueda de la verdad, la simple y desnuda verdad. Nos asusta.

Hay una clara disociación entre lo privado y lo público, lo individual y lo institucional. Y la sociedad rehúye de jugar el papel al que está llamada ensimismada en su propia dejadez. ¿Quién la ha desmoralizado, quién marca las pautas? La política ha sido superada por el partidismo, también por la demagogia, el sectarismo y cierta radicalidad. Han hecho que no sea compatible ética y comportamiento político. La política es prisionera de sus dilemas inapetentes, su falta de hondura y rigor intelectual, de firmeza prudente, ayuna de reflexión, huérfana de ideas. Muertas las ideologías, derecha e izquierda, o más bien esta derecha a medio camino del autoacomplejamiento y el centro reformista o tal vez liberal y una izquierda disfrazada e irreconocible, no hacen más que huir de la moderación, de la pulcritud, del decoro y la responsabilidad. Es la sociedad postmoderna sin ideologías ni principios, o el hombre masa que se desvertebra asimismo. Y el espejo no es sino el mismo reflejo de la política en la sociedad indolente, pasiva, líquida y a la vez vaporosa de valores. ¡Los valores! Nadie alza su voz. ¿Para qué pensar libremente? Cuántas paradojas, las paradojas de la libertad del amigo y politólogo Pendás. ¿Dónde está el liderazgo? O tal vez ¿por qué buscarlo si nadie lo exige?

 

 

Las propuestas electorales de ¿hay derecho? (VI) Las propuestas para acabar con la piratería.

En un post anterior, comentaba la importancia de establecer un clima que favorezca la aparición y consolidación de negocios relacionados con la distribución online de contenidos digitales (audio, video, etc) para intentar frenar la hasta ahora imparable piratería digital que ha afectado a sectores de la cultura tan arraigados como la música, el cine, etc.

La denominada “cultura del todo gratis” se ha instalado en el sector de los contenidos digitales, especialmente si estamos hablando de contenidos online (disponibles en Internet). Es un contexto en el que hay que trabajar pero no tiene porqué ser necesariamente negativo. Por ejemplo, el paradigma de empresa de Internet, Google, no cobra por la mayor parte de sus servicios y la publicidad es su principal fuente de ingresos.

Lo malo de la cultura del todo gratis es cuando el contenido al que se accede de forma gratuita es pirata, eso sí es negativo.

Pues aquí van nuestras propuestas electorales para acabar con la piratería

.Como suele decirse en ámbitos deportivos, la mejor defensa es un buen ataque. De forma análoga, para combatir la piratería es necesario promover la aparición de negocios legales. La necesidad (ahora también legal) de encontrar una alternativa al canon digital junto con el inicio de una nueva legislatura, nos sitúan en un momento idóneo para promover políticas públicas que favorezcan el emprendimiento y la creación de nuevas empresas (y por ende empleo). El sector de los contenidos digitales online tiene mucho recorrido en este sentido.

Hasta ahora las empresas que deciden emprender un negocio de distribución online de contenidos digitales (llámense Spotify, Netflix o Lastfm si queremos dar algún ejemplo nacional) se enfrentan a la siguiente situación:

–       Se apuesta por un modelo en el que el contenido no se pueda descargar de forma ilimitada por parte del usuario. Esto implica o bien ofrecer el contenido vía streaming (no se descarga nada en el equipo del usuario) o limitar la validez de la descarga, por ejemplo a una serie de horas (si estamos hablando de un negocio de alquiler de películas online)

–       Existen unos costes asociados al modelo de negocio que suponen una barrera de entrada. Estos costes se centran en cuestiones tecnológicas (almacenamiento/hosting), en licencias de copyright y en promoción y marketing.

–       En numerosas ocasiones se tiende a un modelo de negocio freemium, que combina los ingresos publicitarios en servicios o contenidos ofrecidos de forma gratuita con ingresos obtenidos a través de servicios de pago (o premium). Para conseguir ingresos publicitarios es necesario tener una audiencia (o base de clientes/usuarios) importante, lo cual no se consigue si no se dedican recursos importantes en acciones de marketing/promocionales.

–       Dificultad para conseguir un amplio repertorio de obras (musicales o audiovisuales) debido en parte a la necesidad de negociar con varios agentes y entidades de gestión. Este aspecto se hace más crítico cuando se plantea una proyección internacional del negocio, aspecto innato en cualquier proyecto que se emprende en Internet.

¿Qué se puede hacer para establecer un clima más favorable para la creación y consolidación de empresas que se quieran dedicar al sector de los contenidos digitales en general y específicamente a la distribución audiovisual online?

Por ejemplo…

Establecer un diálogo activo entre todas las partes implicadas, desde entidades de gestión de derechos, operadores de telecomunicaciones, proveedores de contenidos, etc.

  1. Avanzar hacia una ventanilla única digital, que permita negociar desde un único punto con los diferentes titulares de derechos de propiedad intelectual que pueden verse afectados según el negocio.
  2. Aplicar los mecanismos de control existentes a la labor de las entidades de gestión de derechos para evitar que se reproduzcan casos similares a lo sucedido recientemente en la SGAE que minan la credibilidad del sector
  3. Modificar las ventanas de explotación existentes del sector audiovisual, donde el vídeo online o video bajo demanda pueda competir de forma efectiva contra su equivalente en soporte físico (DVD)
  4. Reorientar las políticas actuales de subvenciones y créditos en el ámbito de los contenidos digitales. En este sentido, se podría establecer una partida específica de apoyo al lanzamiento de iniciativas empresariales en el ámbito de la distribución online de contenidos, habilitando una convocatoria para subvencionar a empresas total o parcialmente los principales costes de inicio que incurren en sus negocios de distribución online de contenidos:
    1. Infraestructura tecnológica (almacenamiento/hosting)
    2. las licencias de copyright (lo cual redundará finalmente en beneficio de las entidades de gestión de derechos)
    3. Promoción online (i.e por ejemplo plan de marketing y publicidad en medios online) (esta partida tendría sentido en modelos de negocio donde los ingresos publicitarios jueguen un papel relevante).

Ninguna de las medidas mencionadas a modo de ejemplo son sencillas ni de fácil aplicación pero merece la pena intentarlo aunque nos quedemos a mitad del camino (que será un avance porque significará que hemos avanzado algo con respecto a la situación actual). Si no, siempre nos quedará París… y el canon claro.

 

Un nuevo número de la revista “El notario del siglo XXI”

Acaba de publicarse el número 39, correspondiente a septiembre-octubre, de la revista matriz de este blog, EL NOTARIO DEL SIGLO XXI.

En él se habla de la instrucción penal: ¿para el juez o para el fiscal? También de la intervención de las comunicaciones telefónicas y electrónicas, de propiedad intelectual desde diversos puntos de vista, de formas de rescatar a los deudores hipotecarios, de cancelaciones de hipoteca o de catastro, entre otras muchas materias.

Si quiere ver el contenido íntegro del mismo, puede hacerlo aquí.

 

Presunción de inocencia, sentencias absolutorias y libertad de pensamiento

Con frecuencia, cuando algún político o personaje poderoso resulta inmerso en un proceso penal, la opinión pública hace un juicio paralelo sobre los hechos conocidos o filtrados del sumario judicial. La gente, a veces manipulada por las rivalidades políticas o mediáticas, va sacando sus conclusiones sobre la probidad y altura moral del personaje, sin esperar a las conclusiones de la sentencia posterior. Sentencia que tardará años en dictarse y que luego podrá ser revocada por tribunales superiores sin que la “solución” definitiva sobre la inocencia del interesado se aclare en mucho tiempo.

Si el primer pronunciamiento judicial es absolutorio, se dirá inmediatamente que ha habido un linchamiento moral inadmisible con la “pena de banquillo” y “de telediario”, cosa que muchas veces –pero no siempre- es cierta. Recuerdo aquí al juez Rico Lara, injustamente linchado, y el estupendo trabajo que, en su defensa, publicó el notario Rafael Leña.

Sin embargo, también es posible que una persona de ejecutoria conocida y más que dudosa se libre por los pelos de la condena penal y trate –absolución en mano- de hacer creer a la opinión pública que es un santo varón y nada tuvo nunca que ver con los hechos. Y es que hay casos en los que uno sale absuelto, por motivos diversos, aunque el relato de hechos probados de la sentencia sea inequívoco respecto a lo siniestro de su comportamiento. O sale absuelto sin que nadie -ni los medios de comunicación, ni sus propios compañeros de partido- ponga en duda el contenido y veracidad de documentos, grabaciones telefónicas o pruebas difundidas por la prensa que, sin embargo, no son tenidas en cuenta por el tribunal al haberse, por ejemplo, obtenido de manera irregular, entre otras causas.

Cabe preguntarse si, cuando el derecho a la presunción de inocencia –que tiene toda persona sometida a un proceso penal o administrativo sancionador o a un expediente disciplinario- no ha podido ser enervado en casos así, los ciudadanos/votantes deben atenerse exclusivamente al resultado de la sentencia o son libres de pensar lo que quieran sobre la ejemplaridad o desvergüenza del personaje en cuestión.

Por otra parte, el grado de manipulación de la justicia cuando afecta a políticos o a empresarios/personajes poderosos es tal que, en no pocas ocasiones, algunos delincuentes se terminan yendo de rositas. Y también sucede lo contrario: que algunos chivos expiatorios acaban siendo condenados cuando los jefes que les dieron las órdenes (no por escrito, claro) no son siquiera procesados. En casos así, ¿podemos sacar libremente nuestras propias conclusiones sobre estos personajes, o debemos atenernos a lo que resulte de la sentencia del juez penal? Yo no, desde luego. Ni en el caso Faisán (ya me huelo la sentencia, o más bien la no-sentencia), ni sobre el caso Gal, ni sobre Camps, ni sobre Ruiz-Mateos, ni sobre Filesa, ni sobre los implicados en el caso Naseiro, ni sobre los Albertos, ni sobre Sáenz, ni sobre Garzón (después del estupendo artículo de I. Gomá sobre el Sr. Garzón, y tras seguirle tantos años en los periódicos, seguiré considerándolo un magistrado nefasto, por mucho que el Tribunal Supremo le absuelva, y por más que en el futuro le elijan Premio Nobel de la Paz o Presidente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos).

Y es que la historia no la escriben los tribunales. La vida, que es más ancha que la historia, es mucho más ancha que el Derecho Penal, y ni se escribe ni se agota en los juzgados.

Una sentencia absolutoria constata que el derecho a la presunción de inocencia no ha podido ser destruido en un proceso penal desarrollado con todas las garantías. Pero no supone siempre –ni mucho menos- una afirmación categórica ni un certificado absoluto, en positivo, de inocencia REAL ni de probidad, ni de conducta recta o ejemplar. Justamente porque la presunción de inocencia no es absoluta es por lo que existe la posibilidad procesal de romperla.

Es posible que el relato de hechos probados de una sentencia proclame, como algo indubitado, que el acusado no realizó los hechos de que se le acusaba. Pero con mayor frecuencia el tribunal se suele limitar a señalar que la prueba practicada no le permite declarar probado con total seguridad el relato fáctico de la acusación, aunque sin atreverse a dar por sentada la conclusión contraria. El tribunal, en tales casos, tiene pruebas que apuntan contra el acusado, pero no lo suficientemente concluyentes, y la más mínima duda impone un pronunciamiento absolutorio conforme al principio <<in dubio pro reo>>.

En los años noventa, un conocido proceso contra el narcotráfico se saldó con la absolución de algunos de los implicados porque el tribunal no pudo tener en cuenta, como prueba, los pinchazos telefónicos realizados durante la instrucción, que no se consideraron ajustados a derecho. El Presidente del Gobierno y otras autoridades lamentaron públicamente esas absoluciones y abogaron por una reforma legislativa que impidiera en el futuro nuevas absoluciones de narcotraficantes como la acontecida. ¿Por qué lamentarse de que unos inocentes hubieran sido absueltos? ¿O no eran tan inocentes? ¿La sentencia absolutoria nos obliga a pensar que esas personas no traficaban con drogas? ¿O más bien debemos pensar que el Estado de Derecho y el sistema policial/judicial a veces falla y deja resquicios por donde algunos “delincuentes” se escapan disfrazados de “inocentes”?

La absolución no equivale siempre ni necesariamente a la inocencia REAL. La absolución puede venir determinada, además de por las causas citadas, por la prescripción de los hechos, o por una excusa absolutoria, o porque las personas cuyo testimonio incriminatorio sería concluyente están dispensadas de la obligación de declarar contra el acusado (art. 416/417 LECrim), o por la aplicación de una eximente completa, o por error vencible, o por alguna otra causa.

Por ello, la afirmación según la cual toda absolución constituye un refrendo judicial de la honorabilidad del personaje o de que los hechos enjuiciados son falsos y nunca existieron, es pura demagogia. Cuando, en un partido de fútbol, el estadio entero (y miles de espectadores por TV) ven el patadón que un defensa le mete en la tibia al delantero centro del equipo contrario, ese patadón –y la conducta sucia del defensa- no deja de existir por el hecho de que el árbitro no lo pitara. ¿O es que no se puede disentir del árbitro y hasta tener razón?

 

 

Quien siembra Osamas recoge Gadafis

A veces las hojas de los árboles no nos dejan ver el bosque. Últimamente hay demasiadas cosas que apuntan a que se está produciendo un cambio de ciclo en la historia del mundo (y especialmente de occidente) que las prisas y la sucesión acelerada de eventos (un elemento más de ese cambio) no nos dejan sentarnos a analizar con profundidad y serenidad. Blogs como éste contribuyen sin duda a ese análisis, necesariamente polifónico, de una realidad que huye de claros y oscuros y que se sitúa crecientemente en el terreno de lo ambivalente.

La reciente ejecución de Gadafi es uno de esos sucesos que nos deberían hacer pensar que algo (profundo) está cambiando. Primero, el que la OTAN no resulte ajena a lo que ha pasado, a pesar de algunas tímidas peticiones de aclaraciones, y que sepa perfectamente lo que ha sucedido y calle. Segundo, aunque Gadafi sin duda era un sinvergüenza y un canalla (si bien no mucho mayor que otros que aparecen ahora legitimados en extrañas Conferencias de Paz), no por ello debía ser privado del derecho a un juicio justo y menos con la complicidad (directa o indirecta) de occidente.

¿Qué está pasando? Pues que el derecho internacional que nació de los juicios de Núremberg (por cierto de cuyo comienzo el próximo 20-N se cumplen 66 años, ¿casualidad?) está muerto. Y ¿quién lo ha matado? Podría escaparse de esta cuestión diciendo aquello de entre todos lo mataron y él solo se murió, pero en este apuñalamiento masivo hay un Brutus inesperado y ése es san Obama, premio Nobel de la Paz y al que muchos consideraban la esperanza para construir un mundo más justo. Mientras el ejército americano de Bush (aunque fuera contra sus deseos) gastó tiempo y dinero en llevar a Saman Hussein a la justicia, Obama ha dado pública carta de naturaleza a las ejecuciones sumarias de terroristas como Osama Ben Laden, a quien han seguido después otros más, callados por cierto por la prensa. Hasta entonces solo algunos servicios secretos se atrevían a hacer tales cosas, pero siempre negándolo en público, pues se reconocía implícitamente que existía un código que había sido vulnerado. Sin embargo, tras la ejecución de Osama (algunas de cuyas fotos recuerdan por cierto a las de Gadafi) Occidente se ha quedado sin legitimidad moral para exigir comportamientos éticos o acordes a una supuesta legalidad internacional a otros. Y es que ya casi nadie se toma en serio el principio de que el poder democrático y civilizado no puede/debe tratar a los delincuentes como ellos tratan a sus víctimas.

Pero a veces también se olvida que la falta de juicio no es solo un problema para el derecho o para la justicia es también un ataque a la posible reconstrucción de la verdad histórica. Así, siempre nos quedará la duda si evitando el juicio se quería evitar que el acusado hablara en público y ejerciera legítimamente su defensa, acusando para ello tal vez a algunos de los que aparecen o aparecían hasta como líderes del mundo libre.

En definitiva, debemos reflexionar algo más sobre cuáles son los pilares que están sirviendo de fundamento al (¿nuevo?) mundo globalizado pues tal vez mentes bien pensadas tienden a ignorar que el poder puede que no haya cambiado mucho desde los tiempos cuando Shakespeare hacía decir a uno de sus personajes: “Hay que saber arreglárselas sin compasión; / y es que la inteligencia está en un trono más alto que la conciencia”. Frase por cierto recogida por Karl Marx en el Capital, para justificar su crítica al capitalismo en una fase también de crisis del sistema que recuerda en muchos aspectos a ésta que estamos viviendo. ¿Aviso para navegantes?

 

Las propuestas electorales de ¿Hay Derecho? (V): Gobierno abierto, transparencia y buen gobierno

En este blog creemos que muchos de los graves problemas que se detectan en la vida política española y en particular la brecha creciente entre la “casta” política y la mayoría de los ciudadanos podrían abordarse –y en parte solucionarse- desde la perspectiva del “open government” o  “gobierno abierto”.

El gobierno abierto consiste fundamentalmente en abrir a través de INTERNET  la información y la gestión de los asuntos públicos a los ciudadanos, de forma que estos puedan, de una parte, disponer de un mayor conocimiento, información y control sobre las actuaciones de sus políticos y gestores públicos y, de otra, intervenir, colaborar y participar en dicha gestión, facilitando la rendición de cuentas de políticos y gestores. Se trata de acercar de nuevo la gestión política a los ciudadanos. Exige, en definitiva, el acceso a la información pública de manera libre, gratuita y técnicamente sencilla (open data) y el establecimiento de los mecanismos y procedimientos para la colaboración y participación ciudadana así como- y esto es esencial en España- facilitar  la exigencia de la rendición de cuentas (open action).

El Gobierno Abierto se basa,  pues, en los siguientes tres principios:

1.                  Transparencia. La información pública es propiedad de los ciudadanos, y les permite acceder de forma transparente, fácil y gratuita  a la acción del Gobierno, evaluarla y facilitar la rendición de cuentas.

2.                  Participación. Los ciudadanos deben poder canalizar su conocimiento, su opinión y su compromiso  hacia su Gobierno, y éste ha de estar en disposición de aprovechar los vastos recursos que suponen el caudal de conocimiento y experiencia del conjunto de la sociedad y ponerlos al servicio del bien común.

3.                  Colaboración. La colaboración entre Administraciones Públicas y entre estas y todos los agentes de la sociedad civil, desde organizaciones no gubernamentales hasta sujetos individuales permite maximizar la eficiencia y la eficacia de la acción del Gobierno.

Después de esta introducción teórica podemos entrar en nuestra propuesta electoral que es muy sencilla: hay que abrir los asuntos públicos a los ciudadanos. Para que éstos tengan información, toda la información sobre los asuntos públicos. Para evitar las opacidades y la manipulación de datos que tanto no está costando en términos de credibilidad interna y externa. Para hacer frente a la crisis de confianza en Gobierno, Administración e instituciones provocada por el comportamiento de la clase política en su conjunto y como herramienta de regeneración de la propia clase política, convertida en una de las principales preocupaciones de los españoles, y con razón. Para que no nos tomen por tontos.

Recordemos que la transparencia y la información es un poderosísimo instrumento para facilitar la “accountability” o la rendición de cuentas de los políticos y gestores públicos de la que tan necesitada está hoy en día la democracia española, al estar prácticamente desmantelados o inoperantes los mecanismos administrativos e institucionales para hacer efectiva esta rendición de cuentas a todos los niveles, como estamos constatando todos los días. Sin que exista, evidentemente, incentivo alguno para que los propios responsables públicos asuman las consecuencias de sus errores. La opacidad y la falta de rendición de cuentas es causa, a nuestro juicio, de muchísimos de los escándalos que aparecen a diario en nuestros periódicos. Asimismo la falta de transparencia y la desaparición o ineficiencia de los controles “internos” (desde las auditorías, intervenciones, informes jurídicos de favor, manipulación de informes técnicos, sustitución de los funcionarios de carrera por contratados afines, etc, etc) produce un deterioro tremendo de la calidad de la democracia española,  favoreciendo la proliferación de redes clientelares  y la reaparición –sobre todo a nivel regional- de estructuras de poder caciquiles que creíamos felizmente olvidadas. El último remedio contra estas conductas desactivados todos los mecanismos de control previos o administrativos están siendo los Tribunales de Justicia, que no están diseñados para ejercer estos controles más que en casos extremos, por lo que resultan lentos e ineficientes, además de estar en buena parte condicionados por la politización de sus órganos de gobierno. Un panorama realmente desalentador para el futuro de la democracia y del Estado de Derecho en España. 

Creo que no exagero si digo que existe en la sociedad española un enorme déficit de información acerca del funcionamiento real de las instituciones y organismos públicos (sobre la contratación pública, las políticas públicas, las subvenciones, las empresas públicas, el empleo en el sector público, los sindicatos, etc, etc.) por parte de los ciudadanos que no es remediada suficientemente por los medios de comunicación en España, excesivamente dependientes para subsistir, dada su situación económica, de los favores públicos, y,  en el mejor de los casos, orientados a conseguir otro tipo de objetivos muy distinto de la “accountability” o rendición de cuentas.  Y aunque no fuera así, los medios carecen con frecuencia de la capacidad precisa para analizar la información obtenida y hacerla comprensible y accesible a los ciudadanos. Por esta razón también, el Gobierno abierto tiene que ver, y mucho, con la libertad de prensa que surge en el siglo XIX hasta el punto de que podemos considerarla como su heredera. En definitiva el gobierno abierto es un remedio fundamental para la pérdida de los “checks and balances” que ha sufrido nuestra democracia en los últimos años por culpa fundamentalmente de los partidos políticos pero –no lo olvidemos- ante la pasividad de los ciudadanos y la sociedad civil.

En conclusión, el Gobierno abierto vinculado con la rendición de cuentas responde a la vieja idea de controlar al Poder político, supervisando, controlándolo y restringiéndolo por lo que adquiere una gran relevancia democrática.

Pero además, la transparencia y el gobierno abierto abren un cauce de participación y colaboración ciudadana fundamental en el momento de grave deterioro político e institucional que se vive en España, permitiendo a los ciudadanos expresar opiniones e ideas y en último término valorar la gestión y las políticas públicas que se realizan en un momento determinado.

Además, y a riesgo de ser pesada, debo de insistir en que la rendición de cuentas incluye, por un lado, la obligación de políticos y funcionarios de informar sobre sus decisiones y de justificarlas en público, pero también la capacidad de sancionar a políticos y funcionarios en caso de que hayan violado sus deberes públicos.

Y por último, el Gobierno abierto viene en ayuda de los políticos y gestores más honestos y capaces, ya que la transparencia favorece siempre a aquellos que prefieren actuar con claridad y con respeto a la legalidad y a los procedimientos existentes, primando además a los políticos responsables dispuestos a rendir cuentas de su gestión frente a los gestores que prefieren las políticas de pasillo, las componendas y la opacidad. En último término, el gobierno abierto es un poderoso instrumento frente a la corrupción y el despilfarro. Si se analiza la lista de asuntos sobre los que se carece de información relevante y donde hay mayor opacidad se verá como coincide con las principales causas de la corrupción y del despilfarro públicos y con los escándalos que están a la orden del día.

En ese sentido, hay que decir que  el gobierno abierto puede ayudar a recuperar la ética del servicio público, tan gravemente dañada estos últimos años por comportamientos irresponsables de políticos y gestores públicos, puesto que la transparencia promueve el comportamiento responsable de los servidores públicos. La ética pública, ayudada por el gobierno abierto, debe volver a recuperar un conjunto de valores asociados tradicionalmente con el servicio y la función pública, tales como la honradez, la laboriosidad, la eficacia, la atención y el servicio al ciudadano, la imparcialidad, la objetividad y la cualificación técnica, que realizan la dignidad del trabajo en el sector público.

 

Las O.N.G. y la cooperación internacional: un replanteamiento debido a la crisis

Aparte de mi actividad profesional habitual, desde hace varios años estoy colaborando intensamente con una pequeña Fundación privada -pequeña en tamaño y en medios, no en actividad, ambición y entusiasmo- que mantiene, entre otras actividades complementarias, varias casas de acogida para niños de la calle en Bolivia. La Fundación se llama “Fundación Amazonia” (www.fundacionamazonia.org) nació por la voluntad y energía desbordante e inquebrantable de una reconocida pediatra establecida en Mallorca, y despliega una febril actividad en el país andino y en algunos otros enclaves del continente americano. Formar parte del equipo directivo de esta Fundación, aparte de aportarme desde el punto de vista personal una experiencia impagable, me ha permitido conocer las interioridades de un mundo, el de la Cooperación Internacional y las Organizaciones No Gubernamentales, que resulta un gran desconocido para la mayoría de los profesionales del Derecho, pero en el que se mueve una enmarañada red de normas, Administraciones y burocracia, e incluso complejos intereses políticos y económicos.

Mi experiencia en este mundo de la Cooperación comenzó en época de bonanza. Pero la intensidad y duración de la crisis económica que nos afecta está produciendo un verdadero seísmo en el mundo de las ONG, y obligando a éstas y a las Administraciones y empresas colaboradoras a replantear de arriba abajo las alegres bases económicas y de financiación en las que este mundo se había basado en la última década. El obligado adelgazamiento de las estructuras administrativas públicas, a todos los niveles, junto con el menor flujo de fondos de que disponen las empresas privadas, están obligando al mundo de la Cooperación Internacional a reinventarse sobre bases nuevas, menos costosas y más eficaces.

Algo importante está sucediendo en nuestro país en esta materia cuando hasta el propio Congreso de los Diputados, en una de sus últimas actuaciones antes de la disolución de las Cámaras a finales de septiembre, ha aprobado un importante “Informe para el estudio de las Perspectivas de la Cooperación Internacional para el Desarrollo Española”, que trata de redefinir las bases sobre las que debe asentarse todo este mundo en los años venideros. En España tenemos una Ley estatal de Cooperación Internacional, del año 1998, y un total de 16 Leyes autonómicas de Cooperación, la primera de ellas del año 1999, lo que da una idea de la dispersión normativa y administrativa que existe en este campo, en esto no tan diferente a bastantes otras materias conocidas de nuestro mundo jurídico, económico y social. Pero esas leyes existentes se están quedando ciertamente obsoletas para enmarcar lo que debe ser el futuro de una Cooperación Internacional eficaz.

Ni que decir tiene que, con semejante número de disposiciones normativas y de Administraciones estatales, autonómicas e incluso locales destinadas a la Cooperación, la política general imperante en nuestro país en esta materia descansaba esencialmente sobre la confortable base del dinero público. Pero el dinero público se ha acabado, lo que obliga, sin discusión posible, a redescubrir nuevas bases sobre las que apoyar estas actividades en los años venideros. Por ello, el citado Informe del Congreso de los Diputados reconoce que, a pesar de los efectos de la crisis económica, la política de Cooperación Internacional para el desarrollo es un imperativo ético, social, político y económico, que ha llegado a adquirir una dimensión estratégica para el conjunto de los partidos políticos y para la sociedad civil en general. Así surgió el Pacto de Estado contra la Pobreza, suscrito y actualizado desde al año 2007 por la práctica totalidad de los grupos parlamentarios. Y así piensa prácticamente todo el mundo que la Cooperación debe continuar, aunque sea evidente que no podrá hacerlo con la alegría que se había producido en un ciclo económico expansivo.

Dos son las bases principales sobre las cuales debe apoyarse la nueva Cooperación Internacional pública, según el citado Informe del Congreso. Por un lado, un muy necesario aumento en la eficacia y transparencia de la ayuda. Resulta curioso conocer que un mundo en principio tan filantrópico, y que genera tan amplio consenso social, está afectado por una burocracia terrible, de forma que resulta enormemente complejo y costoso conseguir acceder a fondos públicos para financiar o cofinanciar cualquier proyecto de Cooperación, y para su formulación, seguimiento y justificación económica. Y ello sin entrar en detalles sobre la excesiva proliferación de ciertas entidades o profesionales que ofrecen ayuda a las pequeñas ONG para conseguir con más “facilidad” o “seguridad” el acceso a los ansiados fondos públicos. Por otro lado, debe reducirse necesariamente el número de países receptores de la ayuda española. Y no sólo por razones puramente económicas, sino especialmente para conseguir un mayor y mejor impacto de la ayuda, y también una necesaria continuidad de los proyectos desarrollados en las zonas destinatarias. La dispersión de los últimos años de vino y rosas, favorecida por la descoordinación autonómica y local típica de nuestro flujo normativo y de nuestra estructura administrativa actual, no ha resultado nada buena en esta materia.

Además de lo anterior, debe jugar un papel preponderante en el futuro la iniciativa privada y las iniciativas mixtas. Una de las señas de identidad de la Cooperación española es su amplio tejido asociativo, que se ha manifestado en los últimos años en un gran número de ONG. Como reconoce el Informe del Congreso, las ONG son una importante expresión de la solidaridad ciudadana, expresamente orientadas, diseñadas y constituidas para el fin de la Cooperación al desarrollo, constituyendo una parte muy importante de la Cooperación española. A partir de ahora será de todo punto necesario fomentar fórmulas imaginativas que han demostrado sobradamente su eficacia: las alianzas público-privadas, que aprovechan los fondos empresariales disponibles junto con la experiencia de ciertas áreas de la Administración; los microcréditos, como instrumentos para facilitar el acceso al crédito a personas excluidas del sistema bancario, que han contribuido a que millones de personas hayan podido salir de la pobreza en muchos países en vías de desarrollo; los programas de cancelación de deuda externa, focalizados en los países que se hayan mostrado más eficaces en la gestión de la Cooperación, y sin barra libre para los demás; y, finalmente, la financiación del desarrollo en I+D de determinadas zonas del planeta, sector donde mayores carencias se concretan y donde en mayor medida se puede contribuir a la mejora de sus recursos humanos y de su competitividad internacional. Todos debemos recordar que no sólo debemos “repartir peces”, sino también “enseñar a pescar”.

 

 

La financiación de los grandes sindicatos ¿una parte del problema?

En todo occidente el papel de los sindicatos en la consolidación de los derechos sociales a lo largo de los siglos XIX y XX ha sido indiscutible y su rol como grupo de interés en defensa de los trabajadores reconocido como un elemento más de las sociedades democráticas avanzadas. En España los movimientos obreros y sindicales, desde que empezaron a surgir a partir de 1833 han constituido un elemento fundamental de modernización que, unas veces a través del conflicto, otras mediante la negociación, han condicionado que poco a poco, se fuera construyendo un sistema en el que la garantía de un cierto bienestar para la clase obrera y la movilidad entre clases sociales terminaran siendo una realidad.

Durante la transición, como hemos comentado en otros post: (ver aquí), un pacto no escrito hizo que los poderes públicos primaran a dos centrales sindicales (CCOO y UGT) por encima de las demás, sin perjuicio de favorecer también a otros sindicatos que unían a sus reivindicaciones sociales otras de carácter nacionalista. En un primer momento, esta decisión obedecía a la necesidad de legitimar unos acuerdos imprescindibles para alcanzar la necesaria paz social que permitiría el avance de la democracia en España, a pesar de los embates de la crisis económica de finales de la década de los setenta y primeros años ochenta. Para ello se cedió a la pretensión sindical de adquirir un mayor peso no solo político sino también económico, y a la configuración de los sindicatos no solo como organizaciones meramente reivindicativas sino también prestadoras de servicios. Lo cierto es, que este modelo de concertación social ha tenido aspectos positivos y ha coadyuvado que en estas últimas décadas, salvo excepciones y conflictos puntuales, no hayan existido en nuestro país grandes tensiones sociales y la estabilidad social ha constituido un valor que ha favorecido el crecimiento de nuestra economía.

Parte de este éxito reside en la atribución de unas funciones institucionales a las centrales sindicales consideradas como mayoritarias, lo que conlleva que gran parte de su financiación se realice con transferencias de fondos públicos aunque disimulándolo por muy diversas vías. Se trata de canales con cobertura legal y que, incluso en la mayoría de los casos tienen relativa publicidad al aparecer anunciados en los diversos boletines de las diferentes administraciones que los conceden. Sin embargo la cuantificación total de las cuantías es muy difícil de precisar dada la poca transparencia y la dispersión en la que todo este proceso se desenvuelve. En este artículo, más que intentar realizar una cuantificación nos limitaremos a repasar los muy diferentes conceptos por lo que estos sindicatos obtienen financiación, cuestión que, por sí, ya resulta reveladora.

Por lo que se refiere a sus infraestructuras, además de contar con la obligación legal que pesa sobre los empresarios de cederles locales en el lugar de trabajo y espacios para divulgar sus mensajes; los inmuebles donde tienen sus sedes han sido cedidos, en su inmensa mayoría, por los poderes públicos, bien bajo la figura de la devolución del patrimonio histórico sindical, bien por la subrogación de CCOO y UGT en la posición del antiguo Sindicato Vertical franquista. (Por ejemplo, la sede principal de la UGT en la Avenida de América de Madrid, que  se encuentra en un edificio de nueva planta que se construyó para aquel), bien por la mera cesión de espacios derivada de la negociación colectiva. En estos días, precisamente, nos encontramos con que en Madrid, determinadas dependencias ministeriales ocupadas por centros directivos del Ministerio de Trabajo están siendo desocupadas y los funcionarios trasladados forzosamente para, luego, ser cedidas a CCOO.

Para cubrir sus gastos de gestión ordinarios, además de las cuotas de sus afiliados, todos los sindicatos reciben una subvención pública en virtud del número de representantes que obtienen en las elecciones sindicales. Además, una parte importante del coste de personal que necesitan para la realización de sus actividades es sufragada por las propias empresas que abonan los salarios del personal liberado que, a través de la figura de la acumulación del crédito horario de los representantes de los trabajadores en determinadas personas designadas (liberadas) por el sindicato, dejan de prestar sus servicios para la empresa o Administración que los contrató para dedicarse a tiempo completo a aquel. En este sentido, es importante destacar que durante los últimos años, un objetivo sindical en sus negociaciones con los empleadores del sector público ha sido el ampliar el número de liberados por encima de lo establecido con carácter mínimo por la legislación vigente, constituyendo este logro tanto una fuente indirecta de financiación, como un instrumento clientelar para privilegiar a algunos de sus afiliados.

Por otra parte, los sindicatos han desarrollado un eficaz mecanismo que captación de fondos públicos con carácter finalista presentándose con regularidad a las convocatorias de subvenciones anunciadas por las diversas Administraciones Públicas (central autonómica, local e institucional) para el fomento de la actividad asociacionista, la realización de todo tipo de estudios, programas sociales, planes de igualdad, integración de inmigrantes, etc…; siendo adjudicatarios de este tipo de ayudas como si se tratase de una organización no gubernamental más. Resulta tremendamente complicado determinar el monto total derivado de esta fuente de financiación pues la información de las subvenciones y ayudas concedidas aparece disgregada en los centenares de boletines oficiales del Estado, CCAA, Diputaciones, Ayuntamientos, etc…

Participar en los foros institucionales es una actividad, por lo general, retribuida. Unas veces lo es de manera directa al propio sindicato; así, por ejemplo, el Ministerio de Trabajo e Inmigración les concede anualmente una compensación económica por su participación en los órganos consultivos centrales y territoriales del Ministerio, de sus organismos autónomos y de las entidades gestoras de la Seguridad Social. También, en ocasiones, el abono se realiza a título personal a favor de aquellas personas que son designadas por el sindicato para participar en la comisión o consejo de administración correspondiente. De esta manera, representantes de los sindicatos pertenecían a los consejos de administración de las quebradas Cajas de Ahorros y siguen formando parte de los consejos de los entes públicos titulares de las televisiones y radios públicas; de los entes del sector empresarial y fundacional público estatal, autonómico o local; de los órganos que controlan el fondo de pensiones de los funcionarios públicos; de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales, entre otras muchas instituciones.

Atención especial merece, el papel que para los sindicatos más representativos supone su participación en la gestión de los recursos recaudados a los trabajadores y empresarios bajo el concepto de “formación profesional”. La cuota de formación profesional es el resultado de aplicar el tipo de 0,70% a la base de cotización por contingencias profesionales a la Seguridad Social. De ese 0,70%, un 0,1% es la parte que se detrae de la nómina del trabajador y un 0,60% es la parte que soportala empresa. Una parte importante de lo recaudado es gestionado porla denominada Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, en la que participan el Ministerio de Trabajo e Inmigración por la Administración, la CEOE y CEPYME como representantes de la empresa y CCOO, UGT y CIG como organizaciones sindicales más representativas.  La forma en la que se gestionan esos fondos ha sido hasta tiempos recientes muy opaca y, de hecho, en la página web institucional, los últimos datos ofrecidos se refieren al año 2008. Por otra parte, el Servicio Público de Empleo Estatal, distribuye directamente entre las centrales sindicales mayoritarias millones de euros con esta finalidad. También las Consejerías de trabajo de las Comunidades Autónomas, en desarrollo de sus políticas activas de empleo, les adjudican numerosos recursos para esta finalidad. El control financiero sobre la forma en la que esos fondos se aplican a la organización de cursos difiere de unas comunidades a otras, pero ha sido históricamente escaso y el control de calidad sobre el nivel de la enseñanza impartida en ellos y la cualificación de los ponentes que los imparten muchas veces es inexistente.

Asimismo, los sindicatos también perciben ingresos como prestadores de servicios a los trabajadores, tanto a los afiliados como a los no afiliados, destacando los servicios de carácter jurídico, pero salvo las primeras consultas, facturan por estos servicios unas cantidades que no divergen demasiado de los precios de mercado. También, por su participación en los expedientes de regulación de empleo, que es obligatoria por mandato legal, facturan un porcentaje sobre el importe de cada indemnización percibida por los trabajadores. Cuestión ésta que, al margen de la consideración ética que pueda merecer, incluso es dudoso que tenga un apoyo jurídico firme dado el carácter preceptivo de su intervención y la imposibilidad para el trabajador de poder optar por otras posibilidades. En su momento, intentaron incorporarse al negocio inmobiliario a través de la constitución de cooperativas de viviendas y al sector asegurador, pero en general con resultados muy poco alentadores.

En definitiva, todo el conglomerado de intereses que se ha ido tejiendo alrededor del rol institucional de los sindicatos más representativos ha dado lugar a una creciente dependencia de la financiación pública lo que provoca, cada vez con mayor frecuencia, soterrados conflictos de intereses entre los que son propios del sindicato como organización y los que afectan a sus representados como colectivo. El consecuente distanciamiento entre estos sindicatos y las bases de trabajadores se traduce en su progresiva pérdida de apoyo real.

Cada vez es menor la afiliación de los trabajadores a estas organizaciones y la diferencia entre la representación real obtenida por los grandes sindicatos y los múltiples sindicatos sectoriales, independientes o minoritarios que han ido surgiendo se acorta elección tras elección. Un ejemplo de ello es el resultado de las últimas elecciones enla Administración Generaldel Estado donde, hasta el 1 de septiembre de 2011, CCOO y UGT, si bien son las centrales con mayor número de representantes, obtienen juntas solo 411 de los 936 representantes. Es decir menos de la mitad del número total. Sin embargo, su influencia a la hora de liderar la negociación colectiva y su capacidad de percibir fondos públicos permanece intacta y es desproporcionadamente superior a la de sus competidores gracias a las sucesivas reformas legales que, cada vez, priman más el ámbito institucional de la representación sobre el ámbito de actuación de los representantes directamente elegidos por los trabajadores en cada centro de trabajo.

Así pues, podemos concluir que parece necesario reordenar esta situación, sistematizar mejor y dotar de mayor transparencia a las fuentes de financiación de los sindicatos considerados como más representativos y, en la medida de lo posible, facilitar una cierta autonomía financiera que no les haga tan dependientes del sector público. Es posible incluso, que sea conveniente revisar este mismo concepto de “sindicato más representativo” para que el rol institucional de cada agente social se corresponda mejor con la realidad social que representa en la práctica,. De esta manera, tal vez pudiera reforzarse la legitimidad de los sindicatos que, por tradición e historia, les corresponde y que sin embargo, ahora resulta cuestionada por amplios sectores sociales.

En ese sentido, revisar la Ley Orgánica de Libertad Sindical quizás sea también una de las tareas pendientes que haya que abordar para impedir que el movimiento sindical, en vez de ser una parte de la solución de la actual crisis del sistema, termine convirtiéndose en una parte del problema