El arquitecto de Boadilla o la delicada elección del planificador.

Es intrínseco a la planificación urbana su carácter discrecional. Las decisiones en urbanismo son tomadas por los poderes públicos, con mayor o menor consenso y participación ciudadana, produciendo efectos que son percibidos por muchos afectados directos como injusticias. No se tratará de decisiones arbitrarias sino justificadas, pero es cierto que no serán decisiones regladas: dónde crece la ciudad y dónde no, qué altura de edificación debo mantener, o por qué mi edificio está protegido. Así, la planificación no solo está obligada a ser honesta sino a esforzarse al máximo por parecerlo. Consideremos además que la sola sombra de la corrupción urbanística provoca consecuencias indeseadas y graves, como el descrédito de lo público y de la política, o la huida de inversiones.

Todo ello viene en relación con la reciente reaparición en medios digitales de noticias referidas a Leopoldo Arnaiz ( ver aquí   y aquí) uno de los urbanistas con mayor volumen de trabajo en España y especialmente en la Comunidad de Madrid, donde ha firmado más de 30 Planes Generales municipales. Alejar las sospechas de conflicto de intereses no parece haber sido una preocupación en el quehacer de este urbanista, cuando ante casos anteriores declaró (aquí ) “No me pueden pedir incompatibilidad por la miseria que cobro a los Ayuntamientos. Me presento a esos concursos porque me permiten conocer a propietarios de suelo que luego contratan a mi empresa”.

La razón del ejercicio del urbanismo no puede radicar en que éste sea la puerta de acceso a información, contactos y encargos posteriores. La limpieza, tanto real como aparente, del urbanismo debe comenzar desde la elección de los técnicos responsables de la planificación, especialmente de los Planes Generales. Los Pliegos Administrativos de los concursos deberían solicitar a todos los técnicos que forman parte del equipo concursante una declaración de intereses privados en el municipio, así como un compromiso de no intervenir como profesionales en él durante un cierto tiempo tras la aprobación del planeamiento.

No es este el único cambio que se debería realizar en los concursos para la redacción de los grandes documentos de planeamiento. No me refiero ya a evitar la sola sospecha de conflicto de intereses, sino a que el mecanismo de elección favorezca un urbanismo más transparente y participativo.

En bastantes de estos concursos se está dando el caso, extraño en la actual situación de escasez de trabajo, de que son pocos los concursantes que superan la fase de admisión; incluso en alguna ocasión solo uno. Ello se debe a las exageradas condiciones de experiencia como redactor (veinticinco años por ejemplo; o varios documentos similares redactados en la misma comunidad autónoma), al elevado volumen de negocio que deben justificar los concursantes y a las altas garantías provisionales económicas. Relajar estas condiciones de acceso permitiría la entrada a competir de nuevos equipos, quizá con menos experiencia en situaciones similares pero con otras cualidades, por ejemplo académicas.

No se deben aceptar las bajas económicas por debajo de un límite realista. Las ofertas inferiores impiden el buen hacer profesional y solo traen inconvenientes al organismo público que efectúa el encargo. Hay numerosos profesionales muy cualificados en los distintos campos que intervienen en el urbanismo: ingenieros, arquitectos, sociólogos, biólogos, geógrafos… y se pueden formar equipos con capacitaciones muy altas, pero se debe exigir la dedicación efectiva al trabajo que se ha ofertado; por ello se debería pedir un certificado de trabajos similares y en curso, para comprobar si esa dedicación prometida es posible, o imposible por razón de simultaneidad. No olvidemos que el urbanismo, como la arquitectura, es una práctica profesional que exige en buena parte la presencia física, especialmente si se quieren potenciar los procesos de participación ciudadana.

Contando con los buenos equipos que se pueden formar, y si se moderan los requisitos de acceso económico o de experiencia, claramente exagerados, la decisión de los concursos radicará, como ya ocurre actualmente, en las cuestiones subjetivas: las propuestas metodológicas de actuación. Por ello se debería ir más allá de lo que prevé la Ley de Contratos del Sector Público y pedir siempre la intervención en la baremación de un grupo de expertos, que incluyera a personas ajenas al municipio, por ejemplo representantes de la comunidad autónoma, universidad o de los colegios profesionales.

En cuanto a la baremación de los concursantes, si se pretende que la transparencia y la participación ciudadana formen parte esencial de la planificación, entre otras razones porque dificultan la corrupción, la dedicación a ellas por parte de los concursantes, en medios materiales y humanos, debe ser un elemento básico a tener en cuenta en la puntuación.

Un enfoque distinto en la elección de los redactores del urbanismo, facilitando la entrada de nuevos equipos, que dediquen medios a la transparencia y a la participación en el proceso de planificación, que manifiesten si poseen intereses privados en el municipio, que expresen su renuncia a cualquier incompatibilidad, y que sean elegidos con participación de expertos ajenos a los municipios, es un buen comienzo para un urbanismo que responda a las necesidades sociales y que se aleje de sospechas de corrupción.

8 comentarios
  1. Ricardo Ríos
    Ricardo Ríos Dice:

    Siendo muy importante la configuración de los equipos redactores de las figuras de planeamiento general, y deseable la adopción de medidas que mejoren las garantías de profesionalidad y transparencia, no me parece que ese sea el punto de partida para un urbanismo que responda a las necesidades sociales y que se aleje de sospechas de corrupción, cuestiones estas que no se encauzarán, bajo mi punto de vista, sin un replanteamiento de la financiación de los entes locales, por un lado, y sin una solución más satisfactoria al delicado tema de la apropiación de las plusvalías urbanísticas, por otro. No creo que sea especialmente relevante la elección de los técnicos para evitar la corrupción, con carácter general, a pesar de casos como los del arquitecto de Boadilla (y algunos otros que no son de Boadilla).
    Muy interesante artículo.
     

  2. Norberto Beirak, Arquitecto
    Norberto Beirak, Arquitecto Dice:

    REFLEXIONES DE UN MALPENSADO

    Un Ayuntamiento, convencido de que no hay mejor planeamiento que el que se hacen los propios interesados ,llega a la conclusión de que para eso es mejor que se lo paguen ellos solitos.

    Asi que convoca un concurso con baja dotación económica y con insalvables condiciones de solvencia, salvo para alguien en particular.
    Ese alguien contrata el trabajo por un pecio irrisorio y el Ayuntamiento dedica los dineros a cosas más sustanciales, tales como festejos varios y viajes al extranjero para que sus concejales se formen en la cría del conejo sin orejas o en educación a distancia para vecinos cercanos.
    El adjudictario del contrato no se arruina, porque cobra en B de los propietarios de suelo y promotores involucrados. O monta sus propios negocios, que la caridad bien entendida…ya se sabe.

    Lo anterior solo es una suposición sin fundamento real. Repito, son hechos totalmente supuestos por una mente calenturienta.

  3. robespierre
    robespierre Dice:

    Si lo entiendo bien, entonces al final el que paga al planificador (ya que el Ayuntamiento prefiere dedicar el dinero a otras cosas más interesantes que a planificar con orden y concierto y atendiendo a los intereses generales) son las empresas que sí que pueden pagar al arquitecto, por ejemplo, el Banco de Santander pero que me imagino que lo que querrán será un planeamiento conforme a sus intereses, que lógicamente no serán los generales, sino los particulares… La verdad es que leyendo este blog no sale uno de su asombro. Pero ¿hay algo que funcione correctamente en este Estado nuestro? 

  4. robespierre
    robespierre Dice:

    Si lo entiendo bien, entonces al final el que paga al planificador (ya que el Ayuntamiento prefiere dedicar el dinero a otras cosas más interesantes que a planificar con orden y concierto y atendiendo a los intereses generales) son las empresas que sí que pueden pagar al arquitecto, por ejemplo, el Banco de Santander pero que me imagino que lo que querrán será un planeamiento conforme a sus intereses, que lógicamente no serán los generales, sino los particulares… La verdad es que leyendo este blog no sale uno de su asombro. Pero ¿hay algo que funcione correctamente en este Estado nuestro? 

  5. elpobrecitolibrepensador
    elpobrecitolibrepensador Dice:

    Lo que denuncia este post me parece importantísimo y poco conocido (como tantas cosas) por los ciudadanos en general, aunque supongo que «en la profesión» todo el mundo sabrá como funcionan estas cosas. Y si esto es así ¿no se está privatizando la planificación urbanística sin que nos estemos enterando? Así se explican muchas cosas. Enhorabuena por el post.

  6. elpobrecitolibrepensador
    elpobrecitolibrepensador Dice:

    Lo que denuncia este post me parece importantísimo y poco conocido (como tantas cosas) por los ciudadanos en general, aunque supongo que «en la profesión» todo el mundo sabrá como funcionan estas cosas. Y si esto es así ¿no se está privatizando la planificación urbanística sin que nos estemos enterando? Así se explican muchas cosas. Enhorabuena por el post.

  7. elisadelanuez
    elisadelanuez Dice:

    Me parecen especialmente relevantes dos consideraciones que se hacen en el post: una, que no se puede confundir la discrecionalidad con la arbitrariedad pura y simple: en Derecho Administrativo siempre se dice que las potestades discrecionales tienen elementos reglados, siempre hay forma de saber si se ejercen correctamente o no aunque haya un margen de decisión a favor de quien las tiene, lo que no sucede, o sucede en mucha menor medida con las potestades regladas. En todo caso, entre la discrecionalidad y la mera arbitrariedad hay mucha distancia por lo menos en la teoría.  La segunda hace referencia a la regulación de la ley de contratos. La ley de contratos no es mala en si misma, sino que simplemente no se prevén todas las triquiñuelas y todas las artimañas que están aplicando las Administraciones, particularmente locales y regionales, para hacer básicamente lo que les da la gana con la contratación administrativa. Si al final se dan plazos de 48 horas para presentar ofertas, o se abren los concursos el 13 de agosto, o como denuncia el autor, se elevan los requisitos de solvencia de forma que solo los tiene un licitador y se elimina la concurrencia, esto no es culpa de la falta de previsión de la Ley (que no puede preverlo todo) sino de las malas prácticas en la contratación administrativa y (de nuevo) en la falta de mecanismos de control y de exigencia de responsabilidad. Enhorabuena por el post, muy claro Fernando.  

  8. elisadelanuez
    elisadelanuez Dice:

    Me parecen especialmente relevantes dos consideraciones que se hacen en el post: una, que no se puede confundir la discrecionalidad con la arbitrariedad pura y simple: en Derecho Administrativo siempre se dice que las potestades discrecionales tienen elementos reglados, siempre hay forma de saber si se ejercen correctamente o no aunque haya un margen de decisión a favor de quien las tiene, lo que no sucede, o sucede en mucha menor medida con las potestades regladas. En todo caso, entre la discrecionalidad y la mera arbitrariedad hay mucha distancia por lo menos en la teoría.  La segunda hace referencia a la regulación de la ley de contratos. La ley de contratos no es mala en si misma, sino que simplemente no se prevén todas las triquiñuelas y todas las artimañas que están aplicando las Administraciones, particularmente locales y regionales, para hacer básicamente lo que les da la gana con la contratación administrativa. Si al final se dan plazos de 48 horas para presentar ofertas, o se abren los concursos el 13 de agosto, o como denuncia el autor, se elevan los requisitos de solvencia de forma que solo los tiene un licitador y se elimina la concurrencia, esto no es culpa de la falta de previsión de la Ley (que no puede preverlo todo) sino de las malas prácticas en la contratación administrativa y (de nuevo) en la falta de mecanismos de control y de exigencia de responsabilidad. Enhorabuena por el post, muy claro Fernando.  

  9. fernando landecho
    fernando landecho Dice:

    Gracias por todos los comentarios.

    Al decir que las modificaciones que propongo para la elección de los equipos de planificación serían un buen comienzo para un urbanismo mejor que el que tenemos, éstaba pensando en términos cronológicos más que en primacía de esa medida frente a otras.

    A la corrupción urbanística, real o sospechada, hay que ponerle freno con medidas muy  variadas. Coincido plenamente con las que cita Ricardo Ríos: el replanteamiento de la financiación municipal y de las plusvalías urbanísticas; como lo son la desaparición de la opacidad de la gestión urbanística, la decisión de ejecutar las demoliciones de lo ilegalmente construido…. y en mi opinión también las que cito en el post.

  10. fernando landecho
    fernando landecho Dice:

    Gracias por todos los comentarios.

    Al decir que las modificaciones que propongo para la elección de los equipos de planificación serían un buen comienzo para un urbanismo mejor que el que tenemos, éstaba pensando en términos cronológicos más que en primacía de esa medida frente a otras.

    A la corrupción urbanística, real o sospechada, hay que ponerle freno con medidas muy  variadas. Coincido plenamente con las que cita Ricardo Ríos: el replanteamiento de la financiación municipal y de las plusvalías urbanísticas; como lo son la desaparición de la opacidad de la gestión urbanística, la decisión de ejecutar las demoliciones de lo ilegalmente construido…. y en mi opinión también las que cito en el post.

  11. elisadelanuez
    elisadelanuez Dice:

    Comentarles que el post de Fernando Landecho ha salido hoy en el Confidencial, siguiendo con la colaboración que mantenemos con este medio digital.

  12. elisadelanuez
    elisadelanuez Dice:

    Comentarles que el post de Fernando Landecho ha salido hoy en el Confidencial, siguiendo con la colaboración que mantenemos con este medio digital.

  13. Rodrigo Caballero
    Rodrigo Caballero Dice:

    Por mi experiencia en la redacción de planeamiento, considero que las condiciones que propone el Sr. Landecho tienen sentido en ciertos municipios con determinadas tensiones urbanísticas, pero no en todos de entro los más de 8.800 del país.
    Como redactor también os puedo decir que el planeamiento general está muy mal pagado, a la vista de la multidisciplinariedad y alta cualificación de los equipos que se exige, así como del tremendo coste tiempo que lleva aparejada su eterna tramitación. Además, no es un mercado con demanda contínua, y el pequeño profesional apenas abarca más del ámbito provincial. Por eso, el exceso rigor en la dedicación exigida puede hacer inviables las propuestas de las empresas jóvenes, que es lo que por otro lado propone el columnista.
    El asunto de las experiencias es singular. Los 25 años los he visto en el pliego de Escalona, si no recuerdo mal. El PGOU de Valladolid, ahora en fase de adjudicación, exige al menos una docena de títulados superiores con más de diez años de experiencia. Yo he participado en varios planeamientos generales (empecé con el anterior de Valladolid), en publicaciones, en conferencias, en posgrados, y no cumplo. Pero por otro lado me encuentra defendiendo a un Ayuntamiento al que impugna el Colegio Oficial por la experiencia, después de haberla reducido tras estimar el recurso administrativo inicial, y sospecho que es por tener impugnado otro concurso en el que el asesor jurídico del equipo es el que defiende al citado Colegio… Ay, los Colegios… No deja de ser una anécdota.
    En conclusión, no quiero decir que no comparte mucho de lo que se dice en el artículo (y que cada vez se aplica más en los pliegos), pero tengamos en cuenta que una cosa es el urbanismo para ricos, y otra lo que practicamos con esfuerzo, dedicación, cariño, y remuneraciones ajustadas, en el urbanismo para pobres.
    Un cordial saludo

  14. Rodrigo Caballero
    Rodrigo Caballero Dice:

    Por mi experiencia en la redacción de planeamiento, considero que las condiciones que propone el Sr. Landecho tienen sentido en ciertos municipios con determinadas tensiones urbanísticas, pero no en todos de entro los más de 8.800 del país.
    Como redactor también os puedo decir que el planeamiento general está muy mal pagado, a la vista de la multidisciplinariedad y alta cualificación de los equipos que se exige, así como del tremendo coste tiempo que lleva aparejada su eterna tramitación. Además, no es un mercado con demanda contínua, y el pequeño profesional apenas abarca más del ámbito provincial. Por eso, el exceso rigor en la dedicación exigida puede hacer inviables las propuestas de las empresas jóvenes, que es lo que por otro lado propone el columnista.
    El asunto de las experiencias es singular. Los 25 años los he visto en el pliego de Escalona, si no recuerdo mal. El PGOU de Valladolid, ahora en fase de adjudicación, exige al menos una docena de títulados superiores con más de diez años de experiencia. Yo he participado en varios planeamientos generales (empecé con el anterior de Valladolid), en publicaciones, en conferencias, en posgrados, y no cumplo. Pero por otro lado me encuentra defendiendo a un Ayuntamiento al que impugna el Colegio Oficial por la experiencia, después de haberla reducido tras estimar el recurso administrativo inicial, y sospecho que es por tener impugnado otro concurso en el que el asesor jurídico del equipo es el que defiende al citado Colegio… Ay, los Colegios… No deja de ser una anécdota.
    En conclusión, no quiero decir que no comparte mucho de lo que se dice en el artículo (y que cada vez se aplica más en los pliegos), pero tengamos en cuenta que una cosa es el urbanismo para ricos, y otra lo que practicamos con esfuerzo, dedicación, cariño, y remuneraciones ajustadas, en el urbanismo para pobres.
    Un cordial saludo

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