La difusión (gratuita y en tiempo real) del conocimiento jurídico.

Debemos congratularnos de que este blog esté adquiriendo el reconocimiento debido. Como señaló el profesor Juan Sánchez-Calero Guilarte en el post de su propio blog, de 1 de septiembre de 2011 (“De vuelta”. http://jsanchezcalero.blogspot.com/), “la abundancia de blogs de calidad que tratan sobre problemas mercantiles españoles tiene un significado evidente: se consolida una forma distinta de escribir, leer y opinar sobre nuestra materia. Una tendencia que tiene en el ámbito académico su principal expresión. Algunos (pocos) ya se han dado cuenta de éstos, mientras que otros …”. Podríamos citar otros blogs de contenido similar, como los del profesor Jesús Alfaro Aguila-Real (http://derechomercantilespana.blogspot.com/), o, por citar otro de Derecho Administrativo, el de José Ramón Chaves, “Sevach” (http://contencioso.es/). En cuanto al Derecho en general, puede verse el blog para abogados legaltoday (http://www.legaltoday.com/). Un blog te lleva a otros.

 

La blogosfera es una fuente inagotable de conocimientos, en este caso jurídicos y, por tanto, debemos congratularnos, de que los más doctos nos ofrezcan, de forma gratuita y en tiempo real, sus opiniones y experiencias.

 

Esperemos que todos se den cuenta de que se puede compatibilizar perfectamente la transmisión de conocimientos a través de este medio (la blogosfera, bien mediante blogs individuales, bien colectivos) y la de la transmisión en publicaciones convencionales.

 

Estos blogs son un instrumento en tiempo real que sirven de avanzadilla para adelantar ideas sobre temas candentes, para realizar comentarios de urgencia sobre nuevas normas, sobre todos las más polémicas. Se echa en falta, a mi juicio, una valoración de urgencia sobre normas tan injustas como la reciente ley de medidas de agilización procesal, que diseña, especialmente en lo contencioso-administrativo, una justicia para ricos. La abogacía parece guardar silencio sobre la misma, mientras que la institución del Defensor del Pueblo,  en el Resumen del Informe a las Cortes Generales correspondiente al año2010, haindicado lo siguiente:

 

“Esta Institución debe llamar la atención sobre un riesgo añadido al que se enfrentan las medidas de reforma en marcha o proyectadas. Ante la evidente disminución de los recursos públicos disponibles para cubrir los gastos de la administración judicial, resultaría una equivocación acudir para la solución de todos los problemas a reformas legales, como las mencionadas tendentes a la agilización procesal, que inevitablemente pueden incluir alguna limitación en el conjunto de garantías de las que son titulares las personas o colectivos que comparecen ante la justicia. Es decir, debiera evitarse avanzar hacia un escenario en el que, sin haber resuelto los problemas de cobertura de las necesidades materiales del sistema judicial, se hubiera al mismo tiempo minorado el número de recursos jurídicos de los que hoy dispone la ciudadanía”.