La España de la marmota

Si ustedes han visto la magnífica película de Harold Ramis, “El día de la marmota” donde el sufrido protagonista se ve obligado a revivir incesantemente el mismo día de su vida (el de la marmota) con leves variaciones en expiación de sus muchos defectos, sabrán a lo que me refiero. Si no la han visto, les recomiendo encarecidamente que lo hagan. Porque algo parecido nos está sucediendo a los sufridos españoles, en expiación de nuestras decisiones electorales, qué duda cabe. Reconozco también que el título de este post me ha sido sugerido por una columna de opinión del diario “el Mundo” titulada “La negociación de la marmota”, de lo que dejo constancia para que nadie me pueda acusar de apropiarme de las ideas (y títulos) ajenos.

Aunque la España de la marmota va más allá de la negociación de la marmota, ciertamente ésta es digna de mención. Sindicatos y patronal (los tres sindicatos, como dicen algunos) llevan ya no meses, sino años negociando y negociando sobre la urgentísima e imprescindible reforma laboral y pidiendo prórroga tras prórroga para ver si llegan a algún acuerdo mientras que el paro aumenta y aumenta. De vez en cuando, el Gobierno de turno no tiene más remedio que hacer algo, siempre insuficiente y timorato, porque –horror de los horrores- no se ha podido lograr el acuerdo de los “agentes sociales”. El que la representación de estos agentes sociales sea un tanto dudosa  salvo por lo que se refiere, eso sí, a sus propias y generosas estructuras, así como que vivan básicamente de las subvenciones  y no de las cuotas de sus afiliados como ya explicamos en este post  o incluso el que se manipulen, si llega el caso, los datos de la representación para conseguir subvenciones o el que se les sigan coincidiendo subvenciones millonarias en el último momento procedentes del Servicio Público Estatal de empleo y publicadas en el BOE del viernes pasado no parece preocupar demasiado a nadie. Al parecer, sin ese acuerdo sacramental es imposible reformar en serio el mercado laboral.  Sería interesante que alguien se dignara a explicarnos la razón.

Porque sobre lo que sí que hay un consenso que raya en la unanimidad es sobre el diagnóstico de los problemas de nuestro mercado laboral, así como sobre la necesidad de tomarse en serio la reforma de una vez por todas. Claro que se ve que este consenso de los especialistas, la sociedad civil, la ciudadanía y hasta “los mercados” tiene mucho menos valor que el otro, el sacramental, aunque resulte bastante más real. Por haber, hasta hay bastante consenso en los programas electorales sobre la necesidad de la reforma, aunque a estas alturas ya sabemos que éste si que no vale nada de nada. Ahora nos dicen que la reforma laboral la hará el Gobierno en marzo, pues ya veremos.

En fin, para no aburrir a los lectores sugerimos la lectura, cómo no, de los acertados posts de nuestros colegas de Nada es Gratis  sobre el tema de la reforma laboral, o incluso si se animan del estupendo libro Nada es gratis de Jorge Juan (pseudónimo de  los editores y colaboradores de NeG) del que espero hacer una reseña próximamente.

Eso sí, como en la peli, la repetición del día de la negociación tiene pequeñas alteraciones: así después de años se alcanza un importante acuerdo para cambiar 3 días festivos de sitio. En fin, que les voy a decir, que en la película de Harold Ramis hasta la repetición del día de la marmota era bastante más interesante, pero claro, tratándose de una película si se aburre tanto a los espectadores como estos negociadores a los españoles, se corre el riesgo de que se vayan del cine. Esto, con los ciudadanos, siempre es más complicado, pero si estos señores se empeñan, a lo mejor cuando terminen las negociaciones ya no hay mercado laboral que reformar y nos hemos ido todos a trabajar a otro lado.

Más ejemplos; el debate de la marmota en el Parlamento esta semana sobre la convalidación del Decreto-ley del jueves día 5 de enero (el del “hachazo fiscal”) quizá con un pelín más de interés por aquello de haberse cambiado los papeles los protagonistas (ahora el Gobierno está en la oposición y la oposición está en el Gobierno, se acuerdan) pero vamos, el guión siempre es el mismo, la habitual mezcla de consignas, descalificaciones y “tú más”. No es un problema de los actores, pero es que con este guión y con la dirección del Presidente del Congreso tampoco se pueden hacer milagros. Lo único que anima un poco el cotarro es la existencia de algunos actores de reparto (leáse minorías insignificantes que van por libre). Pobres.

Otro ejemplo: la recusación de la marmota. La del Juez Garzón a todo juez con el que alguna vez haya tenido trato (no necesariamente enemistad, recordemos que la recusación ha de fundarse en la concurrencia de alguno de los supuestos previstos en el art.219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial ) lo que, lógicamente, dada su dilatada carrera profesional, política, docente y hasta artística han sido prácticamente todos, o prácticamente todos los que se sientan en la Sala que le tiene que juzgar. No llevo la cuenta de las recusaciones solicitadas y estimadas o desestimadas, pero reconozcan que resultan bastante monótonas.

Y el último ejemplo y el que a mí personalmente más me gusta, el déficit público autonómico de la marmota. Aquí si que la escena se repite una y otra vez pero con alteraciones que le dan vidilla, como en la película de Ramis. Primero nos modifican la Constitución corriendo y de noche porque era imprescindible introducir en el art. 135 la regla fiscal, por imperativo de la sra Merkel y la Unión Europea, aunque la cosa ahora ya se ha flexibilizado y a la Unión Europea ya le vale pulpo como animal de compañía, es decir, una norma con rango suficiente aunque no sea la Constitución   porque en algunos países ¡resulta que hay que hacer un referéndum para modificar la Constitución! Menos mal que a nosotros esas cosas no nos pasan. En fín, sobre esto también hemos publicado varios posts ´(aquí y aqui)

Después se amenaza con las penas del infierno a las díscolas CCAA principales responsables de la “sorpresa” que se encuentra el Gobierno que no sabía, a diferencia del resto de los mortales, que el déficit del ejercicio 2011 no era del 6%  (como mantenía la sra Salgado especialista en estos papelones) sino del 8%.  Van a tener que cerrar todos los chiringuitos públicos, aeropuertos y teles autonómicas incluidas, a ver si con eso consiguen pagar a sus empleados y proveedores. Van a tener que devolver los anticipos del Estado, se les va a fijar un techo de gasto, etc, etc.

Pero bueno, al final la sangre no llega al río. Se las amonesta, eso sí, porque la ciudadanía empieza a estar un poco harta sobre todo después de estrenarse el nuevo Gobierno con una subida de impuestos morrocotuda, y porque muchas de ellas deben mucho dinero a todo el mundo, han despilfarrado a manos llenas, la corrupción campa a sus anchas, etc, etc. Total, que como estamos en la España de la marmota se apela a su responsabilidad y se respeta su autonomía, no vaya alguien a pensar que se quiere devolver a España a tiempos más oscuros, como dice el Consejero de Hacienda de la Generalitat catalana, sr. Mas-Collel en su carta al New York Times,

Aquí tienen la reseña del Consejo de Ministros sobre el informe del Anteproyecto de Ley de Estabilidad Presupuestaria.  Es verdad que es solo un informe pero dice nada sobre cómo garantizar que se cumplan los objetivos de reducción del déficit que se proclaman.

El Ministro de Hacienda sr. Montoro ha hablado de “sanciones” para las CCAA que no cumplan, pero el problema es que el imponer sanciones, desgraciadamente, no es garantía de nada aunque todavía no lo sepan en Alemania. Hay sanciones y sanciones. Algunos les importan a los políticos mucho, otras nada. Algunas se cumplen y otras no. Y si no son automáticas, mejor olvidarlo porque se pasarán años discutiéndolas en los Tribunales de Justicia.

En la misma reseña, por cierto, se recoge la autorización a la Comunidad autónoma de Baleares para emitir deuda pública y tomar préstamos a largo plazo y se prorrogan acuerdos anteriores de autorización de operaciones de endeudamiento.

Pues sinceramente, no creemos que con estos mimbres vayan a cambiar mucho las cosas, la verdad.  Aquí ya se sabe que confundimos autonomía financiera con libertinaje.

Para terminar, porque no se trata de que este post no se convierta en el post de la marmota, y para ser positivos, recordemos que en la película, el protagonista, después de corregir sus numerosos defectos mediante la utilización de los recursos que pone a su disposición un día eternamente repetido, consigue (para eso es una comedia) pasar la hoja del calendario y de paso quedarse con la chica. ¿Tendremos los españoles la posibilidad de pasar a otro día?  Pues algo deberíamos hacer.

Estos son los “Principios de Actuación” de Telefónica (pero si no le gustan aquí tiene otros)

En la página web de Telefónica pueden consultarse los ahí llamados “Principios de Actuación” de sus directivos y empleados, en una palabra, el código ético del grupo. Como allí se indica “Se estructuran en unos Principios Generales: honestidad y confianza, respeto por la ley, integridad y respeto por los derechos humanos.” Para que tal cosa no se quede en agua de borrajas, se aclara al lector que “En Telefónica hemos trasladado nuestros Principios de Actuación a todos nuestros profesionales a través de un curso formativo on line, de carácter obligatorio, y cuyo objetivo es dar a conocer a todos los empleados nuestro código ético y reflexionar sobre la importancia de contar en el Grupo con unos estándares éticos que le ayuden en el desarrollo de su actividad diaria.” Como supongo que el Duque de Palma, el Sr. Urdangarín, consejero de Telefónica Internacional, no habrá quedado eximido de hacer el curso on line desde su residencia Washington, he sentido cierta curiosidad por bucear en su contenido.

El código ético se inicia en su primera página con una carta del Presidente, Sr. Alierta, en la que nos dice que “Nuestra reputación se construye y se ve afectada por decisiones y acciones tomadas por cada uno de nosotros”. Tras leer esto no puedo evitar recordar –cual perro de Pavlov que se ponía a babear tras escuchar la campanilla- que la Sala Penal del Tribunal Supremo tuvo a bien declarar prescrito in extremis, y con argumentos verdaderamente traídos por los pelos, una actuación del Sr. Alierta cuando era Presidente de Tabacalera que me parece que no encaja muy bien con su código ético. Ni con el general, ni tampoco con el Reglamento Interno de Conducta en materias relativas a los Mercados de Valores que se puede consultar en la web de la CNMV. Los que quieran refrescar la información publicada en nuestro blog pueden pinchar aquí, o en este otro post publicado por nuestros amigos de Nada es Gratis sobre el mismo tema.

Un poco más adelante se desarrollan los Principios “Respeto por la ley” e “Integridad”. Ahí se nos dice, entre otras cosas, que “Velamos por el cumplimiento de todas las legislaciones, normativas y obligaciones regulatorias, tanto nacionales como internacionales, considerando además entre ellas las políticas y normativas internas (…) Evitamos o declaramos cualquier conflicto de intereses que pueda anteponer prioridades personales a las colectivas.” Estas manifestaciones del código deben coordinarse con el art. 12, 2, d. del Reglamento del Consejo, que afirma que los consejeros deben poner su cargo a disposición del Consejo cuando “su permanencia en el Consejo pueda afectar al crédito o reputación de que gozala Compañía en el mercado o poner en riesgo de cualquier otra manera sus intereses”.

A la vista de todo ello, y dada la actitud pasiva desarrollada hasta ahora por la compañía, podríamos considerar que Telefónica está a la espera de aplicar su código ético en el caso del Duque de Palma a que haya sentencia firme, como es tan tradicional en nuestro país, o incluso a que, una vez recaída, el Gobierno no indulte al Sr. Urdangarín, imitando en este punto el buen criterio del Banco de España en el caso Alfredo Sáenz, al que este blog ha dedicado unos cuantos post (ver el último). Y sería muy prudente al hacerlo, porque, como es sabido, a la manera del memory hole de Orwell, lo que el Gobierno indulta nunca ha existido. No debe extrañar entonces que, como cuenta El Confidencial (aquí), dicho consejero haya sido reelegido en el cargo en julio de 2011, pese a que los indicios de comportamiento irregular en su contra ya fuesen abrumadores. En fin, que podemos esperar todavía un buen rato. A menos, claro está, que sea cierto lo que nos dice el mismo diario de que Telefónica está esperando instrucciones de la Casa Real para ver si aplica o no el código al Sr. Urdangarín. Ver aquí.

Si este fuese el caso, quizá se debiera incluir en los Principios de Actuación otro Principio, cuya redacción propongo por si se considera útil su incorporación en la próxima Junta General de la compañía:

“Principio de Pragmatismo:

En el caso de directivos contratados incumpliendo el Principio de Contratación (Basamos nuestras políticas de selección, contratación, formación y promoción interna, en criterios claros de capacidad, competencia y méritos profesionales), ya sea porque son miembros de la Casa Real, o se trata de ex políticos contratados con el fin de eludir el Principio de Neutralidad (No efectuamos donaciones en metálico o en especie, de ninguna índole, a partidos políticos, organizaciones, facciones, movimientos, entidades, sean éstas de carácter público o privado cuya actividad esté claramente vinculada con la actividad política), en estos casos no, repetimos, NO se aplicarán los anteriores Principios.”

Lo dicho, como afirmó Marx (en esta ocasión Groucho), estos son mis Principios, pero si no le gustan aquí tengo otros.

Y es que, efectivamente, la autorregulación está muy bien en un país serio, en donde estas cosas se las creen tanto los directivos como los usuarios y el público en general. Especialmente, en países donde existen mecanismos de sanción por parte del mercado a las empresas que las incumplen, en definitiva, donde existen mercados abiertos y transparentes. Esto nos da ya una pista de el por qué estos códigos éticos de muchas de las grandes empresas españolas son como los principios de Groucho. La vinculación de estas empresas con el poder, su dependencia de la regulación, las hacen especialmente proclives al oscurantismo y al “revolving door”. Con cualquier cambio de Gobierno, con independencia de su color, podemos observar cómo los políticos desfilan del poder público al privado -integrado por ¿antiguos? monopolios y entidades financieras- y a la inversa. Esta “cultura” explica la razón por la que se contrata a gente como Zaplana, Javier de Paz o… el yerno del rey. Como ocurre siempre en España, los favores se pagan. Simplemente, a los españoles nos gustaría saber cómo y en qué forma los terminamos pagando nosotros.

¿Estado del Bienestar garantizado o subvencionado para los colectivos en riesgo de exclusión?

Conviene preguntarse cómo vamos, al menos en los próximos diez años, a ser capaces de sostener este que denominamos sistema del bienestar actual. Y conviene analizar, y muy en profundidad, si el sistema del bienestar que hemos construido en nuestro país, en lo relativo a las grandes poblaciones en riesgo de exclusión, cumple todo su objetivo cuando tratamos de creernos que con una teórica seguridad social  universal, una educación gratuita aparentemente universal y un fuerte sistema prestacional de pensiones para nuestras clases pasivas, hemos llegado al paraíso. Cierto es que estos regímenes han venido a  mejorar el bienestar de los ciudadanos, comparándolo en la evolución temporal e histórica, pero, ¿lo regulado con legislación, realmente completa el sistema del bienestar?.

Hay algo que no debe funcionar muy bien, si atendemos a lo que se está produciendo en los últimos meses dentro del colectivo de personas con discapacidad y poblaciones en riesgo. Las manifestaciones que se están sucediendo desde hace meses en todo el país por colectivos de personas con discapacidad, ante la preocupación por el retraso e incluso impago de las subvenciones “acostumbradas” y aprobadas, nos hacen pensar que se puede estar desmoronando un sistema de servicios asentado sobre la débil base del mantenimiento en función de la situación económica. En España, para bien y también para mal, poseemos una fortaleza y estructura asociativa sin comparación en ningún país de nuestro entorno. Esta estructura asociativa, dividida y distribuida en verdaderas redes sociales locales, autonómicas y nacionales, y aglutinadas en el caso de la discapacidad en una macro federación organizada en torno a ONCE, Fundación ONCE y CERMI, se ha convertido en verdadera gestora de servicios que indefectiblemente nunca debieran dejar de ser responsabilidad de los poderes públicos. Derivado aún de la mentalidad asistencial de finales de los setenta y principios ochenta del siglo pasado, el tercer sector se ha ido encargando, bajo la argumentación de completar las evidentes carencias sociales que tienen millones de ciudadanos, de tratar de paliar las condiciones de desigualdad que el Estado no era, o no ha querido, garantizar. Así, en torno a los regímenes de subvenciones del 0’7 del IRPF, y del Régimen General, completado con cientos de convenios, contratos directos y figuras análogas, se han ido construyendo verdaderos negocios de servicios derivados de la que debiera ser responsabilidad pública, y por ende, el tercer sector y toda su red asociativa se ha acostumbrado a que así sea. De tal forma, que en manera similar al régimen convenial laboral, se ha convertido casi en derecho consolidado el recibir año a año cantidades multimillonarias de subvenciones revalorizadas.

Juego muy fácil para el poder político, y muy cómodo de asumir por el tercer sector, estructurado en las mencionadas redes complejas a través de asociaciones, confederaciones y federaciones de todo tipo. El político firma el cheque de subsistencia o mantenimiento, y la estructura asociativa tan contenta al recibirlo. Sistema asistencial puro y duro, e irónicamente contradictorio con las proclamas a bombo y platillo de la nueva filosofía de los colectivos de las personas con discapacidad o mayores, abogando por una nueva era de participación activa.

¿Y cuando el dinero se acaba, al menos temporalmente? ¿Cómo mantenemos el sistema de derechos, bienes y servicios que hemos ido garantizando? Sólo es posible a través de un replanteamiento tanto del concepto como de la gestión y eficacia en el gasto sin merma de derechos.

Es evidente que el sector asociativo cumple un papel fundamental en nuestra sociedad, pero éste debe ser de apoyo a los ciudadanos con determinadas dificultadas, y nunca entender al sector asociativo como un “subcontratado” del Estado. Esta es la función asignada a las subvenciones del Régimen General. ¿Pero y las del IRPF y Convenios en su contenido actual? Entiendo que más cuestionable, mucho más, bien entendido siempre dentro del objeto que hoy cubren. Porque a través de las subvenciones del IRPF, de los Convenios, los contratos menores, se financian programas enteros destinados a los denominados SIL, Servicios de Integración Laboral. Es raro encontrar una Federación o Asociación del tercer sector de la discapacidad que no tenga uno, ¿y no sería esta una actuación inherente a nuestro servicio público de empleo? Recordemos que el derecho a un empleo digno está presente en nuestra Constitución. A través de las multimillonarias subvenciones derivadas del IRPF se han venido creando verdaderas redes de servicios de asistencia domiciliaria y acompañamiento, ¿no es ésta una labor que debiera gestionar y garantizar nuestra red de servicios sociales y sociosanitarios, y por supuesto, la Ley de Autonomía Personal y Atención a la Dependencia?. Con dinero recibido directamente de las subvenciones del IRPF el sector asociativo gestiona y trabaja en poner en marcha productos y servicios relacionados con la comunicación, de forma que las grandes telecos les proporcionen, en la mayoría de los casos a través de sus Fundaciones y no de sus empresas, productos accesibles para hablar y comunicarse, ¿no es esta una obligación que debiera cumplir nuestra Administración Pública? ¿Y la realización de estudios, informes y análisis de necesidades que se derivan al Tercer Sector, para que se gasten enormes cantidades anuales en hacer estos documentos sobre sus propias necesidades?.

Al mismo tiempo, quizás sea el momento también, aún siendo impopular dentro del sector asociativo, de buscar el camino para racionalizar el gasto público, y mejorar sustancialmente su efectividad. Es España rige todavía un sistema de inclusión laboral surrealista desde el año 1982, potenciando claramente el empleo protegido (Centros Especiales de Empleo), ratificado hace un mes en la Estrategia de empleo: buscando incentivar la contratación de personas con discapacidad, un empresario que contrate en indefinido recibe 12.000 €, 0 15.000 € si tiene determinadlo grado y patología, además de las bonificaciones del 100% de la cuota empresarial a la SS y otras ayudas. Esto es aplicable tanto si la persona contratada tiene un certificado de discapacidad del 35% porque le falta una mano o falta de visión en un ojo, como para una persona con parálisis cerebral, tetraplejia o autista. Mientras, la subvención por incorporar a un trabajador con discapacidad a la empresa ordinaria es tan sólo de 8.000 € si la persona tiene especiales dificultades. Con esta estrategia difícilmente se va a conseguir el objetivo de la normalización laboral. ¡Surrealista! Las empresas están repletas de pequeños discapacitados, y los grandes, los que tienen verdaderas dificultades, siguen marginados.

A lo mejor tenemos que introducir en nuestra ley de dependencia, verdaderos recursos tecnológicos de autonomía personal para reducir costes, generando ahorro reinvertible, y dejar de derivar recursos económicos al sector asociativo para que hagan la labor que debiera ser del Estado. Mientras somos ricos, los cheques funcionan. Pero cuando llegan años de sequía, nos damos cuenta que el pozo del que sacamos el agua no tiene tanta profundidad. Una racionalización objetiva del gasto no sólo no tiene que reducir derechos, más bien debe reforzar los mismos. La configuración de la ley de dependencia es insostenible, si no se introducen otros recursos enfocados a la autonomía personal, sin olvidar ni despreciar, en absoluto, la introducción de tecnologías accesibles domóticas, de comunicación e interactuación.

Igualmente podríamos decir en lo referente a la garantía de comunicación accesible para personas sordas, con discapacidad auditiva o sordociegas. Reducción de costes a través de herramientas tecnológicas, como las videoconferencias. Sólo la Administración Central gasta más de 2’5 M de euros en servicios presenciales de intérpretes de lengua de signos, que además son proporcionados por el propio sector asociativo, convirtiéndose en un círculo cerrado retroalimentado. La Administración tiene recursos de sobra para garantizar los derechos, y mejorar su cumplimiento incluso, en muchos casos, con reducción drástica de costes, a través de su propia infraestructura, reducción que puede destinar a otros servicios.

El mantenimiento del estado del bienestar poniendo cheques, subvenciones, encima de la mesa, manteniendo así apaciguado al sector asociativo pero en plena situación de subsistencia, no soluciona nada. Clara que es mucho más sencillo, derivar flagrantemente responsabilidades públicas hacia la sociedad civil, que como estructura está contenta, pero no como ciudadano individual. Una persona con discapacidad no quiere subsistir, quiere interactuar con plena autonomía como ciudadano, con igualdad de oportunidades. Por supuesto que el sector asociativo tiene una función, y no debe desaparecer el apoyo desde las instituciones públicas; pero es necesario dar un giro completo en su concepto, y en la función que debe cumplir.

El caso Emarsa o, ¿por qué fallan los mecanismos de control en el sector público español?

La proliferación de noticias en la prensa española sobre escándalos relacionados con gastos suntuosos a costa del erario público, y la imputación de servicios y suministros inexistentes, pagados con envidiable puntualidad, nos lleva a plantear la necesaria reflexión sobre los mecanismos de control en el uso del dinero público en España.  El caso de Emarsa, Entidad Metropolitana de Aguas Residuales Sociedad Anónima (ver aquí), refleja perfectamente los desmanes cometidos y la sensación de impunidad con que se ha gastado el dinero de los contribuyentes. Este caso ha copado artículos y titulares en la prensa a lo largo de los meses de Noviembre y Diciembre, para terminar con el sainete del décimo (o décimos) de lotería premiados, que el Juez del caso pretende embargar a su “titular” Enrique Crespo, alcalde de Manises y vicepresidente de la Diputación e imputado en el caso. (ver aquí).

La lectura de este tipo de noticias lleva inicialmente a pensar en el nivel de corrupción que se ha ido extendiendo entre la clase política española. Pero no es este el punto que quiero abordar en este post, sino la creciente alarma ante la manifiesta inefectividad de los mecanismos de control de los que se supone está dotada la administración pública española para evitar o minimizar que este tipo de situaciones puedan producirse.

Por empezar por el principio, recordemos de forma simplificada cuáles son los principales instrumentos o mecanismos de control del uso del dinero público que prevé la actual legislación española. Podemos hablar de las normas administrativas, La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAP), que recoge las normas sobre el funcionamiento de todas las Administraciones Públicas (el llamado procedimiento administrativo común), el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP), que recoge los procedimientos de licitación y adjudicación de contratos por parte de Administraciones y Organismos públicos, la Ley General Presupuestaria, que entre otros aspectos recoge y regula el control de la gestión económico-financiera y la función interventora y la Ley que rige el funcionamiento del Tribunal de Cuentas.

Muy simplificadamente, podemos considerar que la  actual normativa establece dos mecanismos básicos de control. El control “ex ante”, que ejerce el cuerpo de interventores de la AGE, en la AGE y cuerpos similares o funcionarios que ocupan puestos de interventor en el resto de las Administraciones (art.148 y ss de la Ley General Presupuestaria) y el control “ex post”, que realiza también la Intervención y  el Tribunal de Cuentas a nivel estatal y local, y los tribunales regionales que se han ido creando para las cuentas autonómicas en la mayoría de las Comunidades Autónomas.

El ámbito de la intervención previa en el ámbito estatal, es el control, antes de que sean aprobados, de los actos del sector público estatal que den lugar al reconocimiento de derechos o a la realización de gastos, así como los ingresos y pagos que de ellos se deriven, y la inversión o aplicación en general de sus fondos públicos, con el fin de asegurar que su gestión se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso (art.148 Ley General Presupuestaria).

El control “ex post” es el que se realiza “ a posteriori” para fiscalizar y revisar las actuaciones de gasto una vez producidas, y puede ser el control financiero permanente, que realiza la propia Intervención (art.157 y ss Ley General Presupuestaria) respecto a las Administraciones y determinados entes del sector público  y que tiene por objeto la verificación de una forma continua realizada a través de la correspondiente intervención delegada, de la situación y el funcionamiento de las entidades del sector público estatal en el aspecto económico-financiero y la auditoría pública (prevista en el art.162 y ss de la Ley General Presupuestaria), y por supuesto, el que realiza el Tribunal de Cuentas, cuyas funciones son la fiscalización externa, permanente y consultiva de la actividad económico-financiera del sector público y el enjuiciamiento de la responsabilidad contable.

Puede entenderse que los modelos de control responden a un equilibrio en el funcionamiento de las Administraciones y del sector público, equilibrio que iría desde el máximo control y la mínima agilidad al mínimo control con la máxima agilidad. Si asumimos que a mayor control, especialmente “ex ante” menor agilidad, se entiende la aparición de numerosas entes públicos que escapan a este control previo o intervención previa con la finalidad más o menos reconocida de ganar en agilidad y flexibilidad en la gestión pública.

Ahí encontramos el vasto mundo de las empresas y organismos públicos de todo tipo que no requieren de controles “ex ante”. Si además tenemos en cuenta que la normativa tanto en materia de contratación de personal como de licitaciones y concursos se flexibiliza enormemente a medida de que nos alejamos del “core” de la Administración (las Administraciones territoriales) se empieza a entender lo que ha pasado estos últimos años en España y por qué han proliferado empresas, entidades, fundaciones y organismos públicos de todo tipo y condición financiados y pagados siempre con dinero de los contribuyentes.

Si echamos un vistazo a las cifras de la administración instrumental que hace pública el recién desaparecido Ministerio de Economía y Hacienda (ver aquí), hay 3.230 entes del sector público de ámbito local, 2.537 de ámbito autonómico y 455 de ámbito estatal. Estas cifras proporcionan una idea muy clara del desarrollo a lo largo de las dos últimas décadas de esta administración paralela constituida por diferentes tipos de organismos públicos. 6.222 organismos parece un número a todas luces excesivo, tal y como se analizaba en este post.

Sin duda, el control “ex ante” presenta también problemas, pero lo cierto es que suele plantear mayores obstáculos para el desarrollo de corruptelas e incluso para el derroche. De ahí que la mayor parte de las actuaciones ilícitas, o simplemente disparatadas o derrochadoras se han producido a través de entes públicos donde, como hemos visto, todos los controles tienden a relajarse y de hecho no hay controles “ex ante”. Casos como el de Emarsa muestran como en la práctica, esto puede llevar a un auténtico descontrol,  de manera que con el dinero público se pagan viajes personales, pagos a prostitutas o relojes de lujo, y se adjudican contratos a empresas que nunca llegan a prestar los servicios contratados. Por no hablar de la “inflación” de las plantillas con personal de confianza, amigos y familiares con escasos méritos profesionales para los puestos que van a desempeñar, con el problema adicional de que eran o son los puestos de dirección y por tanto los teóricamente responsables de la gestión eficiente y prudente del dinero público.

Pero quizá uno de los aspectos  más preocupantes a destacar es la facilidad con la que una Administración territorial, sometida a un control más estricto, puede traspasar dinero público, bajo las figuras de encomiendas de gestión o de convenios, a un organismo público sometido a un menor control. En definitiva, se ha establecido una forma fácil de burlar los controles estrictos desviando los fondos públicos hacia un número creciente de empresas y organismos públicos, dirigidas además por personal “de confianza” muy propenso a satisfacer los deseos o los caprichos de los que les designaron para tales cargos.

Pero, cabe objetar, siempre nos quedará el control “ex post”…¿¿o no?

Lo cierto es que el control “ex post”, ejercido por el Tribunal de Cuentas, adolece hoy en día, no de falta de rigor, sino de una verdadera efectividad ejecutiva y coercitiva. Aun cuando en la entrevista publicada el pasado 18 de Diciembre en el diario El País al presidente del Tribunal de Cuentas, D. Manuel Núñez Pérez, no lo mencione, probablemente es el retraso en la publicación de sus dictámenes (en el año 2011 se están publicando los informes correspondientes a los años 2006, 2007 y 2008) lo que merma en gran medida su efectividad, dado que además los organismos sujetos a control saben perfectamente que, con un poco de suerte, para cuando llegue el Tribunal de Cuentas será demasiado tarde. Si a esto añadimos que gran parte del contenido de sus informes son recomendaciones que en muchos casos no llegan a tener mayor trascendencia que su propia publicación y comunicación en la Comisión Parlamentaria, sin que en ninguna forma obligue a la administración afectada, y que la no remisión de las cuentas al Tribunal tampoco tiene mayores consecuencias prácticas, tenemos el panorama de unos gestores públicos que no se sienten  especialmente condicionados por la fiscalización del Tribunal de Cuentas.  La mayoría  pensará que para cuando el Tribunal haga público su informe, ya no estarán al frente de las empresas públicas que ahora gestionan. Habrán cumplido con quienes les designaron y podrán eludir fácilmente otro tipo de responsabilidades “políticas” o “patrimoniales” aunque en último término pueden acabar imputados en un procedimiento penal. Pero esa es otra historia.

¿Qué se puede hacer? Además de racionalizar el sector público y evitar las corruptelas más arriba denunciadas, el presidente del Tribunal de Cuentas  identifica el reforzamiento del deber de colaboración, la mejora de la transparencia en las cuentas públicas, un sistema de sanciones a los gestores públicos que incumplan la disciplina presupuestaria y la agilización de los procedimientos jurisdiccionales y fiscalizadores para garantizar que se atienden las indicaciones del Tribunal. Sin duda todos ellos son esenciales, pero sorprende la no mención de los plazos de publicación de los informes, y una decidida apuesta por la transparencia (que todo se pueda conocer por todos en el plazo más breve posible, ya que estamos hablando del dinero de los contribuyentes) como elemento esencial para lograr que verdaderamente sea efectivo el control que ejerce. En otro post tocará también abordar el papel de los Tribunales de Cuentas autonómicos, que hasta ahora, a diferencia del Tribunal estatal, no han brillado precisamente por su independencia del poder político.

En último término,  quizá crear una fiscalización “ex post” a lo anglosajón, con plazos similares a las auditorías en las empresas privadas cotizadas, reforzando el deber de colaboración con los encargados de realizarlas para poner orden. Y, ¿qué hacemos con el control “ex ante”? De entrada, dejar de hacer trampas trasladando dinero a los organismos públicos con la sola finalidad de que lo eludan.  Y probablemente replantear todo el sistema de controles, porque a la vista está que no han funcionado.

Desde luego, un tema fundamental que tendremos que seguir abordando.

El déficit tarifario en el sector eléctrico

(Con Alberto Martín García)

Siguiendo en esa línea de facilitar a los consumidores el conocimiento del intrincado y casi inexpugnable mundo del sector eléctrico vamos a presentar en este post un tema bastante conflictivo por las posturas enfrentadas que existen al respecto. Me refiero al conocido como “déficit tarifario” que, para entendernos, podemos definir como: la diferencia entre la tarifa regulada que paga el consumidor por la energía  eléctrica y todos los costes reales asociados a la misma

En la actualidad, esta diferencia acumulada entre ingresos y costes asciende a 22.850 millones de euros,  según las Compañías eléctricas. 

Ante esta realidad, las dos preguntas que puede hacerse el lector son:

¿Cuál es el origen de este déficit?

¿Cómo se ha llegado a este importe?

Para responderlas adecuadamente es necesario echar la vista quince años atrás y analizar como estaba el sector en esos momentos.

Hasta el año 1997, el Ministerio de Industria era el encargado de calcular los costes del sistema eléctrico y de repercutirlos al consumidor final vía tarifa, la llamada tarifa integral (que “integraba” todos los costes). Básicamente este cálculo consistía en dividir los costes del sistema entre la totalidad del consumo esperado para el año siguiente. Como es lógico este cálculo era una estimación que año a año se iba corrigiendo, pero toda la responsabilidad recaía sobre un único agente.

En ese año, se aprobó la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico (transposición de la Directiva 96/92/CE, de 19 de diciembre) que liberalizaba todas las actividades del sector (generación, transporte, distribución y comercialización).

Una vez aprobada esta Ley, comenzaron a darse los primeros pasos para su liberalización. Se estableció un mercado mayorista liberalizado de compra-venta de energía eléctrica, manteniendo las tarifas integrales para el consumo minorista, que sería gestionado por el Operador del Mercado Eléctrico (OMEL). Cada día este Operador abre una subasta para las 24 horas del día siguiente, entrando en primer lugar, como ofertante, por parte de las generadoras, la energía nuclear, pues estas centrales no pueden detenerse dado el elevado coste que ello representaría; a continuación, por mandato legal, entran las energías renovables y seguidamente, por motivos económicos, las fósiles (carbón, petróleo y gas). Por parte de los demandantes, comienza el correspondiente al consumo residencial, para intervenir después las Pymes y empresas de servicios y finalmente los grandes consumidores. Cuando los ofertantes de energía (generadores) y los demandantes (comercializadoras) llegan a un punto de encuentro, éste es el que determina el precio de la toda la energía vendida en la subasta para esa hora.

Dado que el consumidor, durante un periodo de tiempo determinado (un año, seis o tres meses), paga una tarifa fija por la energía consumida y el coste de la misma varía permanentemente de un día para otro, se produce una disfunción en las Compañías eléctricas entre sus ingresos y gastos.

En los últimos años, el precio del petróleo ha experimentado un incremento espectacular, de30 a120 euros, mientras que las tarifas no se han incrementado, ni de lejos, en esta proporción. Esta circunstancia unida a los propios defectos del sector han hecho posible la existencia del déficit tarifario, que apareció por primera vez en el año 2000 cuando el Gobierno no quiso trasladar a los precios de la electricidad el súbito y brutal incremento del precio del petróleo. En el año 2008 hubo otra subida notable de esta materia prima que tampoco se trasladó al precio final por el impacto que supondría en la economía nacional y también porque había elecciones generales ese mismo año.

La propia CNE ha señalado que:

“No se cuestiona la propia existencia del pool y su continuidad, imprescindible en el modelo actual de liberalización de los mercados. Lo que se quiere es buscar soluciones a los problemas del pool, para que estos no destruyan y desvirtúen el sistema”.

El Gobierno a la vista del mal funcionamiento del mercado intentó reconducirlo mediante la  aprobación del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, en el que entre otras medidas, como la creación de la TUR, fijaba un plan para eliminar el déficit tarifario en el año 2013 mediante una reducción progresiva, año tras año, en el periodo 2009-2012. El primer año de funcionamiento del nuevo plan hubo una desviación de 3.000 millones de euros lo que puso de manifiesto la dudosa viabilidad de las previsiones. Posteriormente, en el año 2010, se aprobó el Real Decreto-ley 14/2010, de 23 de diciembre, que sigue sin solucionar el problema, más bien al contrario ha incrementado la confusión y ha provocado los litigios que hemos comentado en otro post.

En el lado contrario, se posicionan los que niegan la existencia del déficit tarifario en base a los siguientes argumentos:

* En el año 1997, el Gobierno creó una partida denominada Costes de Transición a la Competencia (CTC) que se incluyó en la tarifa eléctrica de venta con el fin de dar estabilidad al sector y compensarle del paso de un régimen regulado a otro de libre mercado, estableciéndose un pago máximo de 8.600 millones de euros. En el año 2006, el Gobierno canceló anticipadamente esta ayuda, con un importe total pagado de 12.000 millones de euros, muy por encima del máximo estipulado, lo que supuso un “negocio redondo” para las Compañías eléctricas que se beneficiaron de un superávit inesperado.

* Bajo la presión del supuesto déficit tarifario, las Compañías se han beneficiado de otras medidas gubernamentales, como han sido la concesión de prórrogas de explotación de centrales hidroeléctricas y nucleares, completamente amortizadas.

* En las subastas diarias del mercado, dado el procedimiento seguido, la energía nuclear se está pagando a precios muy superiores a su coste, sobretodo en la procedente de aquellas centrales cuya vida útil se ha prorrogado.

* El resultado de las subastas en las que se fija el precio de la TUR está bajo sospecha porque desde el tercer trimestre del año 2009 en que entró en vigor esta tarifa, siempre han arrojado un precio superior al que luego ha resultado ser el precio del “pool” (el mercado mayorista). La propia CNE está investigando este asunto.

 * Los distintos Gobiernos han “permitido” que las Compañías eléctricas carguen en la factura mensual una cantidad promedio de 3 euros por el alquiler del contador, cuando el coste actual de un equipo de esta naturaleza está alrededor de 30 euros. Es decir, que en el primer año se paga el contador y a partir de entonces, la Compañía ingresa, de promedio, 40 euros anuales por cliente, que estimando un parque de contadores de 20 millones de unidades supone un ingreso neto de 800 millones de euros al año.  

* Para favorecer el consumo de carbón nacional, se incluye en la factura al consumidor, el denominado “Impuesto eléctrico”.

* El sistema de facturación de las Compañías eléctricas no ofrece garantías al consumidor, como se ha podido comprobar en sentencias recientes de los Tribunales de Justicia.   

Como resumen de lo expuesto, los detractores del “déficit tarifario” afirman:

“Los consumidores de electricidad tenemos que soportar una deuda ficticia con las Compañías eléctricas generada por defectos en el diseño del Mercado, avalarla con nuestro patrimonio (el Estado), y hacernos cargo de sus intereses de demora. El llamado “déficit tarifario”, que no es más que un déficit regulatorio creado artificialmente, asciende al día de hoy a 22.850 millones de euros. Este endeudamiento además va a seguir creciendo, como mínimo, hasta 2013, por un valor estimado en otros 5.000 millones de euros.

Y por si fuera poco, las Compañías eléctricas siguen vendiendo bisutería al precio de joyería, obteniendo unos enormes beneficios caídos del cielo (Windfall Profits) por valor de 3.500 millones de euros anuales.

Nos han inculcado que hay que pagar por la electricidad lo que realmente cuesta y que las energías renovables disparan su precio”.

Presentadas ambas posturas y sus razonamientos en torno al “déficit tarifario”, considero debo “mojarme” y expresar mi opinión personal al respecto.

No siendo un experto en la materia me atrevo a afirmar que si bien, desde el punto de vista contable, existe el denominado “déficit tarifario”,reconocido por el Gobierno, debido a las circunstancias que se han expuesto en el presente post, la realidad es que las Compañías eléctricas están obteniendo, a cambio, otros beneficios que no se contabilizan pero que repercuten favorablemente en sus cuentas de resultados anuales.

Recientemente, el Gobierno ha anunciado una congelación del precio de la TUR, cuando, en realidad, podría haberse producido una bajada ya que el precio de la energía mayorista ha descendido últimamente debido a la benignidad de las temperaturas invernales.

Por todo ello considero que debería llevarse a cabo un estudio serio y detallado de todo el proceso para llegar a una valoración real del posible “déficit tarifario” si es que existe. 

 

Impuestos y demagogia

Basta con leer la mayoría de los comentarios publicados a partir del anuncio de la subida de impuestos por parte del Gobierno, para llegar a la conclusión de que nuestros nuevos gobernantes, nada más tomar posesión, han continuado con una práctica tradicional de todos los partidos políticos: decir una cosa en la campaña electoral y hacer otra bien distinta una vez han llegado al poder. Sin embargo, no estaría de más reflexionar un poco más a fondo sobre la circunstancia señalada, sobre todo, cuando la promesa proclamada en campaña electoral es una promesa relativa a impuestos.

Llama ante todo la atención que muchos comentaristas manifiesten su sorpresa por el grave “fraude” que para los electores supone el incumplimiento de una promesa electoral. Es algo así como “rasgarse las vestiduras”  ante un acontecimiento que por regla general casi que podría decirse es consustancial al funcionamiento del sistema electoral en los países democráticos. Una cosa es lo que se dice en la campaña electoral con respecto a determinadas cuestiones y, en particular, las relativas a impuestos,  y otra bien distinta lo que se hace (o puede/debe hacerse) una vez se ha alcanzado el Gobierno. Es esta una máxima que todos los ciudadanos conocen perfectamente, y que ni mucho menos supone una desvalorización por sí misma del propio sistema, sino más bien, una característica ínsita en las reglas por las que se rige la actividad política democrática.  Cualquier partido político (máxime si el mismo tiene expectativas fundadas de alcanzar el poder) emplea, dentro de ciertos límites, como táctica para alcanzar sus objetivos, no tanto la mentira, como la demagogia, que es algo bien diferente.  La promesa del PP de que si llegaba al Gobierno no iba a subir los impuestos, era, en mi opinión, una clara promesa demagógica, en el sentido de que cualquier elector mínimamente informado sabía a ciencia cierta que en las actuales circunstancias económicas en las que se encuentra España, la vía de aumentar la carga impositiva que recae sobre los ciudadanos era algo inevitable. Significativamente, de la misma forma que el PP empleó en su campaña electoral de forma demagógica el lema de no aumentar los impuestos, es ahora el PSOE el que utiliza de forma demagógica el hecho de este incumplimiento electoral por parte del PP a fin de así empezar a erosionar desde el punto de vista político la actuación gubernamental. Lo cual no sólo es legítimo que lo haga, sino que es algo consustancial al “juego político”. Bastaría con pensar en todo caso qué hubiese hecho el PSOE en materia de impuestos de haber ganado las elecciones, pues los antecedentes nos indican que la vía podía haber sido, otra vez, una medida mucho más regresiva como resulta ser el aumento de la imposición indirecta.

Mayor importancia y preocupación reviste el hecho del mensaje reiterado por parte de algunos dirigentes  o ideólogos próximos al PP, de que la existencia misma de los impuestos es un obstáculo objetivo para el desarrollo económico de nuestro país. Pero aquí ya no nos encontraríamos en sentido estricto ante una promesa electoral, sino ante una declaración más general en vía de principio o de tipo ideológico, que supone asumir como “filosofía” de actuación la maldad intrínseca de cualquier impuesto por el simple hecho de su propia existencia. Y esto es ya “harina de otro costal”, puesto que como bien ha señalado significativamente Juan Rosell, Presidente de la CEOE, los impuestos en los países democráticos son signo de civilización, y si esto no se tiene claro y es mayoritariamente asumido por la ciudadanía, pero sobre todo, por la clase política, difícilmente vamos a poder llevar a cabo en términos individuales los sacrificios que sean necesarios para salir de la crisis o simplemente para vivir en una sociedad civilizada. Es precisamente en este ámbito donde habrá que reclamarle al  nuevo Gobierno un compromiso firme a favor de la adopción de medidas que restablezcan la confianza de los españoles en un sistema tributario fundamentado en los principios de justicia que marca nuestra Constitución, pues de ello dependerá en gran medida que el coste de la crisis sea debidamente repartido entre todos y, por ende, debidamente comprendido y asumido. Desde esta óptica, no son mal presagio  las medidas recientemente adoptadas por el Gobierno en el ámbito del IRPF y del IBI que, siendo provisionales, auguran sin embargo una voluntad real por dejar atrás promesas demagógicas y planteamientos ideológicos que poco tienen que ver con la realidad de una sociedad del siglo XXI.

En el año 1977,un Gobierno de la UCD (es decir, un Gobierno “de derechas” en la terminología del siglo XX), siendo ministro de Hacienda F. Fernández Ordóñez,  estableció las bases de lo que por primera vez en la historia de España iba a ser un sistema tributario moderno (Ley 50/1977, de 14 de noviembre), introduciendo figuras entonces  tan revolucionarias como la supresión del secreto bancario o la regulación del delito fiscal. Los años  transcurridos y las sucesivas modificaciones legislativas acontecidas en el diseño de nuestro sistema tributario,  creo que han desdibujado en gran medida los parámetros de equidad a los que debe responder el mismo, pero también, las exigencias de claridad y simplicidad que deben presidir su aplicación en aras al principio de seguridad jurídica y cumplimiento “natural” de las normas por parte de sus destinatarios (Administración y contribuyentes).

La actual coyuntura que atraviesa España es motivo de fundada preocupación, pero también, de fundada esperanza en que podamos acometer entre todos, con nuestras propuestas, actuaciones y críticas, los cambios o las actualizaciones que sea preciso realizar para “poner a punto” una sociedad que precisa  -y mayoritariamente demanda- consensos básicos en cuestiones fundamentales de las que depende nuestro futuro.  Y en lo atinente al ámbito tributario, si algo de verdad sobra, es la demagogia… al menos hasta la próxima campaña electoral.

Ideas para la mejora de la situación actual de la Administración de Justicia en España

En general, las claves para mejorar el actual estado de la Justicia española pasan por reforzar la independencia judicial, despolitizando y profesionalizando su funcionamiento; mejorar su proyección institucional, neutral y pública ante la necesidad de entender que en cada pleito resuelto siempre habrá una parte, la que pierde, que verterá críticas negativas para con la profesión, sin que haya alternativa mejor que potenciar el sistema de garantías, seña propia del irrenunciable Estado de Derecho al que pertenecemos, e invertir en tecnologizar y simplificar las partes del procedimiento que lo permitan, a la par que desjudicializar los asuntos que no tengan entidad para el enjuiciamiento, derivándolas hacia otras vías alternativas de solución de conflictos. 

Para ello, desde este post, queremos casi enunciar algunas ideas y medidas que servirían para hacer algún cambio significativo que ayudara a desbloquear el actual colapso en la Justicia española: Así:

1) En las elecciones al próximo CGPJ, realizar previamente unas primarias entre todos los Jueces, asociados y no, para que presentándose listas abiertas, sólo se elija para representar a los Jueces en su Órgano de Gobierno, los 12 más votados, evitándose que, como en el pasado, la posterior intervención de Órganos políticos seleccione a los más politizados.

2) Exigir que el Tribunal Constitucional acabe siendo una sala más del Tribunal Supremo, la sala 6ª, conformada mayoritariamente por Jueces, aun con entrada de juristas de prestigio de otros colectivos profesionales por el quinto turno, y con la misión constitucionalmente señalada en la Carta Magna, evitando que sea una tercera instancia, como es actualmente, que se dedicaría a resolver la impugnación de leyes, cuestiones de constitucionalidad y conflictos de competencias, para que el resto de salas del TS fueran el máximo intérprete de la CE en las cuestiones relativas a los derechos fundamentales de cada jurisdicción, con posibilidad de recurso para unificación de doctrina si entre ellas se produjeren divergencias señalables en la interpretación de idénticos preceptos de la Constitución.

3) Elección de Altos cargos judiciales (Presidencias de TS; TSJ; AP) de manera directa por los propios Jueces afectados del mismo territorio, como ocurre para los Jueces Decanos.

4) Solicitar que se invierta en Justicia en vez del  0´38 % del PIB, al menos un 2% del mismo, que es la media de inversión en recursos para la Justicia de la Unión Europea.

Igualmente demandar que el poder judicial tenga y disponga de su propio presupuesto para garantizar su independencia financiera, acabando con esa proletarización que tan adrede buscan algunos políticos, desconociendo que una Justicia eficaz y al día es el mejor instrumento para garantizar, además del Estado de Derecho, en sí mismo, y la defensa de los derechos de los ciudadanos, la propia seguridad jurídica, que tanto tiene que ver a la hora de planificar y ejecutar las inversiones de la iniciativa privada y el crédito (mercantil y financiero) internacional.

6) Convertir a los Secretarios Judiciales en Jueces de entrada, llevándose la mitad de la plantilla donde sirven actualmente y destinándoles fundamentalmente a la resolución de los asuntos de menor cuantía y complejidad (juicios de faltas, monitorios, etc), suprimiendo este cuerpo al servicio del Ministerio, que no de la Justicia.

Debe recuperarse la Justicia de entrada o de base (la llamada de Distrito suprimida en 1989), para los Jueces en el inicio de su carrera, complementada después por otra de segundo grado (según materias), más la de apelación y revisión y una casación propiamente tal, jurídica, profiláctica y de unificación de doctrina.

7) Desarrollar, desgajándola de la gubernativa –que quedaría para funciones de orden público-, una auténtica Policía judicial, para las investigaciones procesales del Juez instructor, y en cualquier caso, y prioritariamente para las investigaciones que afecten a políticos imputados.

8 ) Reforzar la independencia y despolitización del Ministerio Fiscal respecto del Poder Ejecutivo y sobre todo la de sus Órganos representativos y de Gobierno, como el Consejo Fiscal, que deberá ganar en autonomía e imparcialidad.

9) Retirar la NOJ, ante el fracaso que está suponiendo su implantación sin presupuesto e inversión, y por pretender convertirla en una oficina del Ejecutivo, arrinconando al Juez, enfrentándole con el Secretario judicial, manteniendo la definición de competencias deliberadamente ambigua, y siempre a favor del Poder Ejecutivo invasor, cercenando el núcleo duro del “juzgar y hacer ejecutar lo juzgado” que la Constitución reserva al Juez. En ningún caso sustituir la tradicional expresión Juzgado por la burocrática Oficina, propia del Poder Ejecutivo.

10) Crear un programa de Desjudicialización de conflictos, para reducir la entrada judicial, obligando en materias privadas a quien pretenda demandar notificárselo fehacientemente (Notario, Procurador, con arancel reducido) al futuro demandado, con obligación de que cada cual exponga su versión y pruebas de ella y sean ellos los que se convoquen a juicio dentro de la agenda del Juez.

Desjudicializar conflictos banales, asuntos irrelevantes, cuestiones nimias, y aquellos claramente antieconómicos en que sus costes públicos superen el importe de la solución jurídica, por impagables.

11) Regular un sistema adecuado de recursos e intervención de parte, que evite las tácticas dilatorias, reduciendo el número de procedimientos diversos, simplificándolos y reforzando la rapidez y el valor jurídico de lo acordado en la primera instancia, penalizando las conductas procesales claramente temerarias y meramente dilatorias, mediante la instauración del oportuno sistema que en esos supuestos condene también en las costas públicas en función de baremos y tablas de costes que se reinviertan en la adquisición de medios materiales para sufragar costes de la Administración de Justicia, de manera que los litigantes temerarios y querulantes, desaparezcan o paguen los gastos públicos que ocasionan.

12) Capítulo específico merece la necesidad de una cierta desjudialización de algunos sectores de la jurisdicción penal, confiando a instancias administrativas la sanción no penal de determinadas conductas, para reforzar otras todavía no suficientemente protegidas en la vía penal, como la criminalidad organizada y el ciberterrorismo.

13) Para compaginar la motivación de las resoluciones judiciales con una Justicia dictada en plazo razonable, se hace preciso reivindicar un claro incremento del número de Jueces (en los últimos 10 años se ha incrementado el volumen de trabajo en civil-social-contencioso un 150%, mientras que el número de Jueces sólo creció un 21%; de 3.917 Jueces en 1999, se ha pasado a 4.711 en 2010). Con ello debemos aspirar a alcanzar el promedio del número de Jueces/habitante de la Unión Europea, que actualmente duplica al español. Pueden nombrarse jueces para desatascar temporalmente Juzgados, o para reforzar Órganos donde no haga falta incrementar plantillas.

14) Eximir del reparto de nuevos asuntos a todo Juez que alcance unos determinados módulos de entrada, objetivos y razonables (se puede ponderar el trabajo medio de entrada a Jueces del resto de Europa) y aquellos que hayan heredado un Juzgado con exceso de causas antiguas con peligro de prescribir, para realizar un Plan de refuerzo para acabarlas y según necesidades, para los Órganos judiciales con un módulo de Ejecutorias por terminar que se estime excesivo.

15) Instauración de mayores especializaciones en los diferentes órdenes jurisdiccionales, y supresión de las concebidas con finalidad meramente propagandística.

16) Instauración y desarrollo de los Laboratorios Periciales forenses judiciales, sin desaparición de los laboratorios de Criminalística forense policiales, donde además de realizarse pericias dirimentes y a petición judicial, se desarrollen los análisis de la información ocupada en el curso de investigaciones que los Jueces soliciten, especialmente las que afecten a políticos.

17) La Justicia debe modernizarse en varios frentes:

-La organización territorial, acorde con los transportes del s XXI, que agrupe partidos judiciales menores y bien comunicados, en órganos concentrados y bien equipados, que permitan las decisiones colegiadas.

– Una justicia oral, rápida y resolutiva en la fase cautelar y previa al juicio.

-Una Justicia interconectada con apoyo informático de bases de datos a las que acceder directamente en modo consulta (Instituciones penitenciarias, Fiscalía, Hacienda, Policía, etc) que no sea incompatible según la Comunidad Autónoma que lo rija y que permita a un Juez coordinarse con lo que hace otro, inmediatamente y de forma securizada.

-Desarrollar e implantar un cómodo sistema de expediente digital y con firma electrónica.

-La consecución de un único gestor político decisor dentro de este tripartito (CGPJ-Ministerio de Justicia-CCAA) que a nadie satisface, que evite un gobierno ineficaz de la Justicia y que sea equivalente e igual para todo ciudadano, no importa en qué parte del territorio concreto se efectúe la misma, manteniendo un modelo que siga siendo gestionado de forma suficientemente descentralizada.

-Reformar las leyes procesales para adaptarlas a la realidad actual, especialmente la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que mantenga figuras constitucionales y tradicionales en la garantía de la independencia judicial y defensa ciudadana como han resultado y demostrado ser el Juez instructor y la Acusación Popular.

18) Implantación del domicilio /buzón cibernético oficial, ligado al DNI y NIE electrónicos, con acceso exclusivo del interesado mediante clave y con efectos para el cómputo de plazos legales y comunicaciones judiciales.

19) Unificación de la ejecución dineraria junto con Hacienda, bajo supervisión judicial.

20) Creación de los Centros de rehabilitación de delincuentes Primarios donde desarrollar los cursos y trabajos de rehabilitación y resocialización de los delincuentes primarios que opten por la suspensión de sus condenas menores, de cara a enfrentarles con las consecuencias reales de su actuación delictiva en el periodo de suspensión de condenas.

En resumen, hay que implantar un nuevo modelo de Justicia, que sea eminentemente actual, rabiosamente celoso de su Independencia, autonomía e imparcialidad, esté despolitizado, y bascule en torno al control del resto de los poderes fácticos y políticos, para someterlos a la legalidad y al respeto de los derechos y las libertades ciudadanas, encarando así el progreso social y el avance de la civilización del Estado de Derecho en la cultura del respeto, la pluralidad, la igualdad social y la tolerancia.

 

        

El hijo del cuerpo (El Tribunal Supremo y el juez Urquía)

Ahora que está tan de moda hablar de la ejemplaridad de las instituciones les quiero preguntar cómo se sentirían ustedes si, obligados por estas cosas de la vida a comparecer ante un juez, con la toga y la solemnidad propia del caso, éste fuese uno condenado por sentencia firme por recibir sobornos de conocidos delincuentes a cambio de favores judiciales. ¿Preocupadillos, no? ¿Quizá temiesen que en su caso la balanza de la Justicia adoptase una vez más, por la acción de dicho juez, la desafortunada posición que reproduce nuestro logo? No lo se, pero en cualquier caso, estarían obligados a mostrarle exteriormente el respeto que su posición institucional merece, aunque internamente, claro, no les genere ninguno (¿cómo podría?).

No, esto no es un ejemplo retórico, es la experiencia real por la que nuestro Tribunal Supremo quiere que pasen muchos ciudadanos andaluces en los próximos años, porque, según el Alto Tribunal, el juez Francisco Javier Urquía tiene perfecto derecho a volver  a ocupar su puesto. Todo ello gracias a la sentencia de la sala tercera de 9 de noviembre de 2011, que procede a anular dos acuerdos del Consejo General del Poder Judicial que se lo impedían (aunque fuese sólo transitoriamente).

En julio de 2008 el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía le condenó a dos años de cárcel y 17 de inhabilitación profesional por cohecho y prevaricación. El tribunal consideró probado que Urquía aceptó 73.800 euros de Juan Antonio Roca, el ex gerente de Urbanismo de Marbella considerado cerebro de la trama de corrupción municipal investigada en el caso Malaya.  Pocos días después de que, gracias a ese dinero, el magistrado firmara un contrato de compra de una vivienda, prohibió la emisión de un programa de televisión que molestaba a Roca. El Supremo casó la condena del Tribunal Superior. Entendió que no había prevaricación y la dejó sólo en 21 meses de suspensión profesional por cohecho. Una vez cumplidos estos, Urquía pidió en abril de 2009 el reingreso en el servicio activo de la carrera judicial. El CGPJ la rechazó al entender que los antecedentes penales derivados de la condena seguían vigentes y no expiraban hasta finales de 2012. Este acuerdo es el que anula precisamente el TS.

Pero no se asombren todavía, que hay más. Urquía todavía tiene pendiente de revisión por la Sala de lo Penal del Supremo otra sentencia de dos años de cárcel, 17 de inhabilitación y una multa de 114.000 euros también por prevaricación y cohecho a la que le condenó el TSJA en junio de 2010. En este caso, Urquía cobró 60.000 euros para dejar en libertad bajo fianza a tres imputados en el caso Hidalgo, que él instruía por blanqueo de capitales procedentes del tráfico de drogas.

Este es el juez que los ciudadanos andaluces se van a encontrar ahora decidiendo sus asuntos (siempre que el CGPJ, al amparo de ese segundo expediente abierto, no lo impida, aunque sea de forma transitoria –ver noticia). Y uno puede preguntarse, ¿cómo puede esto pasar hoy en España? ¿En qué tipo de país vivimos? Pues pienso que en uno muy interesante (intelectualmente hablando, claro, no para los pobrecitos que lo sufren diariamente), porque toda la argumentación del TS en este caso demuestra hasta que punto el puro espíritu de Kafka impregna la sociedad española. Yo no se si es la fidelidad a la letra, desconectada completamente del sentido último de las cosas, o es que al TS le hace gracia el chico, por algún motivo, quizá porque es un juez hijo de juez, pero el resultado es desconcertante.

En primer lugar llama la atención que el TS considere que un juez que recibe 73.800 euros de un señor implicado en un asunto sujeto a su decisión, no incurre en prevaricación cuando la decisión final es favorable a ese mismo señor. Es cierto que son requisitos del tipo penal decidir “injustamente” y “a sabiendas”, pero al margen de que resulta chocante que salga mejor parado el que ni se para a considerar si lo que dicta es justo o injusto, la argumentación del TS en su sentencia absolutoria del 23 de marzo de 2009 es un tanto sorprendente. No sólo porque defiende que los abundantes defectos procedimentales en que incurrió el juez Urquía tienen escasa relevancia para determinar el tipo, sino porque, al valorar si existía o no el requisito de urgencia de la decisión calificada, ¡reconoce que no ha visto el famoso programa de televisión! ¿Cómo puede afirmar entonces que concurría? ¿Sólo porque el Sr. Roca protestó al instante?

En segundo lugar, creo que es muy legítimo preguntarse cómo es posible, incurra o no incurra en prevaricación, que un juez con esos hechos probados pueda seguir en la carrera. Pues se lo vamos a explicar. El art. 379 de la Ley Orgánica del Poder Judicial señala que “La condición de jueces o magistrados se perderá por las siguientes causas (….) d) Por la condena a pena privativa de libertad por razón de delito doloso. En los casos en que la pena no fuera superior a seis meses, el Consejo General del Poder Judicial, de forma motivada y atendiendo a la entidad del delito cometido, podrá sustituir la pérdida de la condición de Magistrado o Juez por la sanción prevista en el artículo 420.1.d.” La conclusión, como destaca el propio TS en su sentencia, es que “resulta evidente que la propia Ley Orgánica admite la posibilidad de la existencia de miembros de la Carrera Judicial en activo con antecedentes penales”. Todo muy edificante desde el punto de vista del prestigio de la institución, y de la ejemplaridad, claro.

Pero hay más. El art. 367, 1 de la Ley Orgánica dice lo siguiente: “1. El reingreso en el servicio activo de los suspensos exigirá la previa declaración de aptitud por el Consejo General del Poder Judicial, quien recabará los informes y practicará las actuaciones necesarias para su comprobación.” En base a este precepto el Consejo afirma que no procede el reingreso porque tiene antecedentes penales, hasta que tales antecedentes desaparezcan, igual que no se permite a nadie el ingreso en la carrera en las mismas circunstancias.

Pues bien, aquí el TS se luce. Fíjense en la argumentación que utiliza para permitir que este señor con esos antecedentes continúe impartiendo justicia, porque no tiene desperdicio. En primer lugar afirma que, aunque es cierto que la Ley Orgánica establece en el artículo 367.1 la exigencia de una previa declaración de aptitud por el Consejo General del Poder Judicial para el reingreso al servicio activo de los suspensos, también lo es que “no regula la posibilidad de que esa declaración sea negativa ni los efectos que la misma conllevaría”. Y, precisamente, “esta ausencia de regulación no permite que al amparo de la regulación reglamentaria y al margen de cual fuera su concreta finalidad, la Administración recurrida construya una solución jurídica que, como bien dice el recurrente, supondría de facto una segunda suspensión en la Carrera Judicial y la consiguiente infracción del principio del non bis in idem”.

Es decir, que como no regula que pueda ser negativa, no puede ser negativa (ya que de ser así implicaría como efecto necesario un rechazo al reingreso, incurriendo en el denostado non bis in idem). Ahora bien, la pregunta entonces es, ¿para qué se exige la previa declaración de aptitud, si no puede ser negativa?

Pero hay más. Al TS lo que verdaderamente le resulta decisivo es “la modificación operada en la redacción original del artículo 367.1 de la Ley Orgánicadel Poder Judicial que decía: El reingreso de los excedentes voluntarios y suspensos exigirá declaración de aptitud por el Consejo General, que se ajustará a lo prevenido en esta Ley sobre condiciones que deben reunirse para el ingreso en la Carrera Judicial. Dicho precepto recibe nueva redacción por el artículo uno de la Ley Orgánica 19/2003 de 23 de diciembre, quedando desde entonces con el siguiente contenido: El reingreso en el servicio activo de los suspensos exigirá la previa declaración de aptitud por el Consejo General del Poder Judicial, quien recabará los informes y practicará las actuaciones necesarias para su comprobación. En consecuencia, se suprime la exigencia de que el que solicita el reingreso desde la situación de suspenso haya de reunir los requisitos exigibles para el ingreso.”Y como se suprime esa exigencia, ergo, el Consejo no puede amparar su rechazo en esa exigencia.

Todo muy lógico, desde luego: como la nueva redacción da más libertad al Consejo para decidir, tiene ahora menos libertad. Impecable razonamiento jurídico.

La conclusión de todo ello es que, según el TS, este juez condenado por cohecho y pendiente de nuevo juicio por un delito semejante tiene derecho a ocupar de nuevo su puesto, y a impartir justicia a los ciudadanos. El TS ha tenido innumerables posibilidades de impedirlo, pero no lo ha hecho. En cada bifurcación del camino ha elegido siempre, a veces forzando la letra de las normas hasta el extremo, favorecer al Sr. Urquía, cual generoso padre recibiendo una vez más en sus amorosos brazos al hijo pródigo. Por eso, la pregunta clave es: ¿por qué al TS le preocupa más salvaguardar los intereses de este señor que los de los ciudadanos? ¿Qué concepción de la Justicia maneja nuestro más alto Tribunal?

Civilización vs bestialidad. Una reflexión a propósito del experimento de Milgram

Adolf Eichmann, el criminal nazi condenado a muerte en Jerusalén por crímenes contra la Humanidad y ejecutado en 1962, no entendió el odio que despertaba. En su diario escribió que las órdenes eran lo más importante de su vida y que había que obedecerlas sin discusión. Los psiquiatras certificaron que Eichmann estaba sano.

 

Intrigado por este comportamiento, Stanley Milgram, un psicólogo social, ideó en 1963 un experimento que se llevó a cabo en la Universidad de Yale. Un voluntario participa en un supuesto juego en el rol de maestro, y otro aparente voluntario, pero que en realidad es un actor, tiene el rol de alumno. Éste se coloca en una silla, conectado a cables eléctricos. El voluntario como maestro ha de ir formulando preguntas al alumno, y cuando falla debe accionar un mecanismo de castigo en forma de descarga eléctrica a éste. A medida que va equivocándose más, la teórica intensidad de la descarga aumenta. El actor no recibe en realidad ninguna descarga, sino que lo finge con gritos cada vez mayores. A partir de 300 V, el actor deja de gritar y de dar señales de vida. Si el voluntario dudaba, el investigador presente en el experimento le tenía que dar cuatro órdenes de continuar, cada una más imperativa que la anterior. Si a la cuarta orden desobedecía, el experimento quedaba suspendido.

 

Los resultados fueron muy sorprendentes y escalofriantes a la vez. Milgram creyó que la mayoría de los voluntarios se detendrían una vez aplicadas las primeras descargas y solamente algunos llegarían al voltaje límite y teóricamente mortal de 450 V, pero no fue así. Todos pasaron el límite de 300 V, y más del 60% llegaron hasta el final. El experimento se repitió con diversas variantes y puede verse una recreación del mismo en la película “I, como Ícaro”   (primera parte)  (segunda parte).

 

El experimento puede analizarse desde varios puntos de vista. Obviamente el primero es el de la sumisión a la autoridad, hasta qué punto estamos condicionados para obedecer a aquéllos que reconocemos como superiores, incluso en países democráticos y en personas con niveles estimables de educación y cultura. Quizá sea tema para un futuro post, porque quiero poner el acento en otro aspecto del mismo, igual de inquietante: ¿sentían los voluntarios del experimento, a los que se les eximía de responsabilidad por sus actos, cierto placer bestial en la tortura que estaban provocando? O dicho de manera más general, ¿si nos liberaran de toda la responsabilidad, seríamos capaces de infligir sufrimiento a otras personas no solamente porque nos lo ordenen, sino por una crueldad intrínseca al ser humano? Aristóteles cree que no, pero con todo el respeto al Estagirita, me inclino por pensar que sí. Parece ser que Eichmann siguió enviando judíos a los campos de exterminio incluso después de que Himmler diera orden de parar, cuando ya el estímulo no podía ser la obediencia debida. Había algo más, una mezcla de odio y placer, algo repugnante pero perpetrado por una persona que no era un ser anormal: según dijo Peter Malkin el agente del Mossad que le detuvo, “lo más inquietante de Eichmann es que no era un monstruo, sino un ser humano“.

 

Somos crueles y primitivos, somos bestias violentas apenas contenidas. Es únicamente la civilización la que somete esa pulsión y la encauza, la acalla pero no la hace ni mucho menos desaparecer. Eduardo Punset lo asume en su libro El alma está en el cerebro: “El secreto para entregarse a la crueldad es desprenderse de la responsabilidad: libres del sentido de culpa, aparece el lado más oscuro de la naturaleza humana”. Cuando nos sentimos irresponsables, la única referencia es nuestro propio yo, y en él habita lo que Vargas Llosa denominó el llamado del abismo. Comentando la extraordinaria novela corta La muerte en Venecia, escribió: “Leída y releída una y otra vez, siempre se tiene la inquietante sensación de que algo misterioso ha quedado en el texto fuera del alcance incluso de la lectura más atenta. Un fondo oscuro y violento, acaso abyecto, que tiene que ver tanto con el alma del protagonista como con la experiencia común de la especie humana; una vocación secreta que reaparece de pronto, asustándonos, pues la creíamos definitivamente desterrada de entre nosotros por obra de la cultura, la fe, la moral pública o el mero deseo de supervivencia social(…) ¿Cómo definir esta subterránea presencia que, por lo general, las obras de arte revelan de manera involuntaria, casi siempre al sesgo, fuego fatuo que las cruzara de pronto sin permiso del autor? Freud la llamó instinto de muerte; Sade, deseo en libertad; Bataille, el mal.”.

 

Esta abyección, esta miseria quizá no inmoral, sino previa incluso a la propia existencia de la moralidad, se manifiesta en muchos momentos en los que la responsabilidad individual decae por cualquier causa; en todas las guerras hay masacres, violaciones y humillaciones que no tienen sentido ni siquiera dentro de la siniestra lógica del combate. Pero no la vemos solamente en situaciones excepcionales sino también en las más cotidianas en las que por cualquier causa actuemos de manera anónima. El anonimato es una forma de impunidad ya que no hay adjudicación de responsabilidades, y  en nuestra vida cotidiana está presente por ejemplo en la comunicación por medio de las nuevas tecnologías. La posibilidad de participar y opinar en multitud de foros como el presente blog debería propiciar un debate abierto y un intercambio de ideas enriquecedor. Sin embargo, a poco que naveguemos por casi cualquier página de cierta relevancia, incluso aunque el tema sea nimio y sin aristas, nos podemos encontrar con comentarios hirientes, insultos, descalificaciones, con odio en definitiva. Un ejemplo es este comentario de una defensora del lector. ¿De dónde sale esa violencia verbal? ¿Sería igual si los que vierten esos sentimientos tan negativos tuvieran que identificarse? Probablemente no. Es la impunidad la que propicia la irracionalidad, el primitivismo.

 

No creo que el origen de esa crueldad provenga de nuestra parte animal. Nuestra bestialidad no es consecuencia de nuestra condición de animales antes que seres racionales, no existe en la naturaleza ningún animal evolucionado que sea capaz de gozar con una violencia sádica y gratuita. Es, por el contrario, enteramente humana, aunque pudiera ser que su origen se perdiera en los albores de la Humanidad. En la Sima de los Huesos de Atapuerca se encontró un trozo tallado de cuarcita al que se llamó Excalibur, de 400.000 años de antigüedad. Por el lugar encontrado, se cree que pudo haber sido arrojado con una función simbólica a la sima para acompañar a los muertos en su viaje por la otra vida. Nos podemos entonces imaginar la vida de unos homínidos hace medio millón de años, siempre con miedo: a los depredadores, a otros homínidos, a las noches oscuras, a que no salga de nuevo el sol, al frío, a la enfermedad, al dolor, y, quizá, ya entonces con miedo a morir sin saber qué hay más allá. Suficientemente humanos para ser conscientes de su terrible vida, percibiéndola con una intensidad que no podría alcanzar ningún otro animal pero desconocedores de los mecanismos naturales que regían el mundo, sobrevivían acorralados, aterrados, violentos. Es posible que nuestro lado más oscuro sea el eco de esa edad atroz.

 

Si así fuera, ello hace aún más admirable la evolución del Hombre. Lastrado por el peso de miles de años de angustia y terror, llevando en su ADN los demonios del odio, consigue evolucionar, organizarse, crear costumbres sociales, civilizaciones, sistemas de convivencia sofisticados hasta llegar ayer, como quien dice, a lo que en otro post llamé la maravilla de la civilización que es el Estado de Derecho, la renuncia a la violencia privada y el sometimiento a una abstracción en aras de una convivencia pacífica entre todos. Es una de las creaciones más extraordinarias de la historia, hasta tal punto que para muchos pensadores marca el inicio de una nueva era. Carl Sagan dijo una vez que para que él pudiera comerse una manzana, había sido necesario primero crear todo el Universo. Pues para que yo pueda escribir libremente estas líneas sin temor ni odio alguno, el Hombre ha tenido primero que inventarse a sí mismo. No es poco mérito.

 

Las buenas intenciones: sobre las medidas del Consejo de Ministros de la víspera de Reyes

Tal y como era de temer, las medidas de ayer del Consejo de Ministros   se quedaron en una simple declaración de buenas intenciones. Como ya dijimos en el post de hace una semana, “Empezar por lo fácil”, aumentar los tipos del IRPF no resulta muy complicado técnicamente, proporciona “caja” de manera inmediata y aunque tiene un coste político muy importante, un Gobierno recién elegido sin duda se lo puede permitir. O por lo menos eso cree. En cualquier caso, quedaban pendientes, y así se nos dijo, las “nuevas medidas” que se iban a adoptar inmediatamente, tendentes básicamente a recortar el gasto desmesurado e insostenible del sector público, y poner orden en el déficit autonómico requisito “sine qua non” para lo anterior, dado que son las CCAA las responsables fundamentalmente de la desviación del déficit del 6% comprometido al 8% del PIB que –pese a que estaba cantada- es la causa de que el Gobierno del PP haya tenido que recurrir de forma “transitoria” a la subida de los impuestos a los asalariados y clases medias de este país, desdiciéndose de manera flagrante de lo dicho tanto en el Discurso de investidura, como en el programa electoral como de proclamado un montón de veces por el Sr. Rajoy como líder de la oposición. Por lo menos eso es lo que nos han dicho.

Pero recortar los gastos del sector público y poner orden en las CCAA, como ya decíamos en el post anterior, es harina de otro costal. En primer lugar es muy complicado políticamente, cuando hay autonomías en franca rebelión fiscal y otras directamente en suspensión de pagos, cuando no, de manera más o menos vergonzante, en ambas situaciones a la vez. Por cierto, que la rebeldía fiscal (por ejemplo, no pagar el IRPF o las cuotas de la Seguridad Social de los trabajadores públicos) ya sea en su modalidad más cruda o en la más sofisticada que lleva consigo la invocación de excusas tales como “pactos fiscales”, “agravios fiscales”, retrasos del Estado, o lo que sea, resulta de indudable utilidad política para ocultar la propia responsabilidad en el derroche y la mala gestión después de más de 30 años de autogobierno con gobiernos de un signo y de otro, y de paso permite no sacar el dinero de la caja cuando tanta falta hace. ¿Se imaginan que pasaría si los sufridos ciudadanos y las empresas de este país nos declaramos en rebeldía fiscal o solicitamos un nuevo pacto de rentas? Pues las  CCAA lo hacen y no pasa nada.

Pero, para no pecar de cenizos, vamos a asumir con la  mejor voluntad que, pese a los compromisos y las hipotecas que pesan sobre el Gobierno y su partido, éste va a tomar decisiones de este tipo, aunque sea porque no tiene más remedio.

Lo que pasa es que no es la primera vez que desde el Gobierno central se pretenden suprimir organismos públicos, estatales o autonómicos o locales. Ya lo intentó la Sra Salgado hace más de un año. Sin ningún éxito por cierto.

Y como ya hice en su momento en un artículo publicado en el Mundo, les daré alguna información que, en mi opinión, lo explica. Hay que tener en cuenta que, por lo menos hasta ahora, se suele encomendar la ejecución de esos acuerdos o instrucciones a los propios Ministerios o a las Consejerías o Concejalías de las que dependen los organismos públicos a suprimir. En este sentido, el Ministerio (antes Economía y Hacienda, ahora suponemos que Hacienda y Administraciones Públicas) da unas cuantas directrices al resto de los Ministerios y, si puede, a las CCAA y Ayuntamientos. Y éstas, a su vez piden datos…normalmente a los propios organismos a suprimir. Si, no se extrañen, no hay muchas otras formas de hacerlo ni muchos informes “objetivos” a los que acudir. Me imagino que se podrían usar los informes del Tribunal de Cuentas y de la IGAE u organismos autonómicos similares, y, a lo mejor, hasta se intenta, pero el problema es el retraso con el que van, aun presuponiendo que hacen informes solventes y rigurosos. Y, además, habría que estudiárselos y no suele haber tiempo.

Así las cosas, lo más sencillo viene siendo pedir los datos a los directivos de los organismos candidatos a la supresión –muchos de los cuales a día de hoy son todavía los nombrados por el anterior Gobierno porque no habrá dado tiempo a celebrar las reuniones de los Consejos de Administración, Patronatos, órganos de Gobierno, etc que según las normas de los entes públicos hay que convocar para cesarles- que, faltaría más, defienden la esencialidad de “su” organismo con uñas y dientes,  Como, por otro lado, no hay ningún criterio objetivo y homogéneo preestablecido para valorar la necesariedad o la sostenibilidad de un organismo público, aunque puedan existir muchos de acuerdo con el puro sentido común (se me ocurren, por ejemplo, criterios tales como la sostenibilidad económica con ingresos propios sin necesidad de transferencias presupuestarias, la duplicidad o triplicidad con otros organismos, trayectoria y ejecutoria previa verificada en auditorias, Tribunal de Cuentas, recursos judiciales, etc, posibilidades de privatización, instrumentalización realizada por parte de las Administraciones que los han creado, tipos de encomiendas de gestión realizadas, crecimiento del déficit en los últimos años, perfil más o menos técnico o “de confianza” de sus directivos o empleados posible competencia con el propio sector privado, etc, etc)  no es muy fácil hacer una valoración ecuánime y racional ni tomar una decisión sensata en asunto tan complejo y con tantas implicaciones.. Con lo que, a la hora de decidir, si es que llega esa hora, se priman los criterios políticos, vulgo, la mayor o menor presión que los amigos y conocidos hayan podido ejercer a favor del mantenimiento o supresión de unos u otros entes públicos.

En conclusión, el problema real es que no hay criterio en el Gobierno central ni probablemente en el autonómico, para saber qué organismos públicos hay que suprimir, fusionar o vender desde un punto de vista objetivo y racional. Y me temo que por muy buenas intenciones que tenga el Gobierno y por muchos informes que encargue, de aquí a una semana, dos o tres tampoco lo va a haber.

Pero no es solo eso; vamos a dar un paso más y ser todavía más optimistas, en la estela del Sr. Zapatero. Vamos a suponer, que, mejor o peor, se llega a una decisión sobre qué organismos públicos hay que suprimir, fusionar o vender, pues incluso aunque se elijan aleatoriamente, siempre supondría una mejora sobre la situación actual dado que las posibilidades de acertar son muy altas. Bueno, pues ocurre que esa decisión hay que ejecutarla. No está de más recordar este pequeño detalle, porque no es la primera vez que este tipo de decisiones que se anuncian a bombo y platillo se quedan en papel mojado, porque no se ejecutan o se incumplen sin que pase nada de nada. O simplemente se toma el pelo al Ministro de turno, como ocurrió cuando la SEPI contabilizó como entidades públicas suprimidas las que ya estaban “muertas” pero no formalmente, por lo que encima costó dinero cerrarlas.  Desde entonces, como se pueden imaginar, no ha dado tiempo a cambiar nada.

Lamentablemente, en un Estado como el nuestro que se ha ido desprendiendo voluntariamente de todos sus instrumentos legales y políticos de coacción con respecto a otras Administraciones (por falta de ejercicio o porque a estas alturas ya está convencido de que carece de legitimación y recursos para hacerlo, véase el artículo de Rodrigo Tena sobre la partitocracia de taifas  esto de hacer cumplir este tipo de acuerdos no ya  a las CCAA y Ayuntamientos sino incluso a los propios Ministerios, reviste una cierta complejidad. Ciertamente en los últimos años, si por algo se han caracterizado nuestras normas y nuestros acuerdos y pactos de todo tipo, condición y ámbito de aplicación ha sido por su sistemático e impune incumplimiento como tantas veces hemos denunciado en este blog.

Y finalmente, aunque sea de Perogrullo, no está de más recordar que no se trata de suprimir solo el número de organismos públicos sino que se trata de que esta supresión sea un medio para conseguir un fin: la supresión de un gasto público innecesario y directamente insostenible, que amenaza con impedir cualquier posibilidad de recuperación y por llevar a la ruina a la economía española si es que no estamos ya en ella. Hablando en plata, si hay un organismo duplicado o triplicado y se suprime no se trata de recolocar a todo el mundo, ni de quedarse con los inmuebles. Para ese viaje, sobran alforjas.

Y ahora la última nota positiva, para que no se diga que no echamos una mano. A mi juicio, para forzar el cumplimiento de las decisiones que adopte en este ámbito, el Gobierno tiene ahora mismo instrumentos políticos y legales más que de sobra, merced a su mayoría absoluta y sobre todo, lo que me parece bastante más importante, porque tiene el apoyo de la opinión pública. Los ciudadanos y la sociedad civil van a entender muy bien y van a apoyar estas medidas. ¿Qué tal si se cuenta con ellos? Y una forma muy sencilla de hacerlo es proporcionándoles información sobre los organismos a evaluar. Que no los tengan que buscar en Google, en este blog o en otros, o en las webs de los propios organismos o buscando entre los presupuestos respectivos y la normativa estatal, regional o local. Gobierno abierto ¿se acuerdan? Está en su programa electoral.

Y en cuanto a los instrumentos técnicos para garantizar el cumplimiento, si una Comunidad Autónoma, por ejemplo, no suprime organismos públicos y reduce gastos, puede hacerse que el incumplimiento tenga consecuencias. Por ejemplo, que deje de recibir avales y dinero del Estado para pagar sus nóminas. Y si faltan herramientas legales, que no creo, como la situación es de extraordinaria y urgente necesidad, según nos explica la Sra. Saenz de Santamaría en sus ruedas de prensa tras el Consejo de Ministros para justifica la subida de impuestos se me ocurre que se da el presupuesto de hecho “de calle” para la aprobación de los Decretos-leyes en este sentido que hagan falta.

Lo estamos esperando.