Todo lo que usted siempre quiso saber sobre la financiación de los partidos políticos y nunca se atrevió a preguntar (III)

 

Seguimos con nuestra serie sobre la financiación de los partidos políticos con más preguntas interesantes. Vamos a preguntarnos ahora en qué consiste la fiscalización que hace el Tribunal de Cuentas con respecto a los ingentes recursos públicos que se han destinado a los partidos estos últimos años.

 

Pues bien, conforme al art. 16 de la L.O 8/2007 de Financiación de Partidos Políticos el control externo de la actividad económico-financiera de los partidos se atribuye al Tribunal de Cuentas (o a los órganos de Fiscalización autonómicos según lo dispuesto en sus Estatutos). Ese control se extiende a la fiscalización de la legalidad de los recursos públicos y privados de los partidos políticos así como la regularidad contable de las actividades económico-financieras que realicen.

 

Por tanto, se excluye de la fiscalización lo relativo a la eficiencia y la economía, lo que supone una limitación respecto de los principios a los que se ajusta en general la fiscalización económico-financiera del sector público que realiza el Tribunal de Cuentas conforme al artículo 9. 2 de su Ley Orgánica. Es verdad que, en puridad, los partidos políticos no son (todavía) e”sector público” pero ya hemos visto en el primer post de esta serie que la mayoría de sus recursos proceden precisamente de él, vía subvenciones públicas.

 

En este sentido, también debemos recordar que los dos tipos de auditoría del sector público existentes son la denominada “auditoría de regularidad”, que incluye tanto la auditoría financiera (verificar si los estados contables del organismo auditado se presentan adecuadamente según los principios de contabilidad pública aplicables) como la auditoría de legalidad (verificar si el organismo auditado cumple con la legalidad vigente en la gestión de los recursos públicos)  y  la “auditoría operativa” que incluye la auditoría de eficacia y la auditoría de economía y de eficiencia.

 

Pues bien, aunque las subvenciones públicas “ordinarias”  sí están sujetas en cuanto a su gestión (art. 8.3 de la Ley 38/2003, de 2007 General de Subvenciones) a estos principios de legalidad, eficacia y eficiencia, las subvenciones que se otorgan a los partidos políticos están excluidas expresamente de la Ley de Subvenciones (art.4). De manera que, en base a esta normativa, el Tribunal de Cuentas solo realiza una auditoría de regularidad de los recursos públicos que reciben por esta vía los partidos, a diferencia de la que se realiza para el resto de subvenciones. Por cierto, y por si tienen curiosidad, las otras excepciones se refieren a las subvenciones previstas por la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.y las subvenciones a los grupos parlamentarios de las Cámaras de las Cortes Generales, en los términos previstos en los Reglamentos del Congreso de los Diputados y del Senado, así como las subvenciones a los grupos parlamentarios de las Asambleas autonómicas y a los grupos políticos de las corporaciones locales, según establezca su propia normativa. Todo queda en casa, ya saben.

 

Y ¿Cuáles son las razones de esta excepción? El argumento principal para excluirlas del control que supone la auditoría operativa es que los partidos políticos  no realizan actividades mercantiles destinadas a obtener un beneficio y que cumplen un fin constitucional que les exime de atenerse a los principios de economía, eficacia y eficiencia o que es necesario tener en cuenta su libertad de autoorganización. ¿Les suenan los argumentos? Seguramente podrían invocarse por otras muchas entidades u organizaciones sin ánimo de lucro en términos iguales o parecidos, pero lo cierto es que los que reciben subvenciones quedan sujetos tanto a la Ley 38/2003 de Subvenciones aunque sean entidades sin fin lucrativo, y a la auditoría operativa por parte del Tribunal de Cuentas. Lo que es congruente con lo dispuesto en el art.31 de la Constitución, por cierto,

 

Conclusión, por lo que se refiere a los recursos públicos que reciben los partidos políticos los informes de fiscalización del Tribunal de Cuentas (prescindiendo de su notorio retraso) solo incluyen la auditoría de regularidad que se limita a verificar los estados contables de los partidos (por ejemplo, comprobando en las subvenciones para gastos ordinarios cual es la situación de su inmovilizado, las altas en su patrimonio, saldos bancarios, límites legales, etc, etc) y la legalidad formal de las subvenciones recibidas. No parece un examen muy exigente. Efectivamente, se trata de un examen meramente formal de los documentos contables remitidos por los partidos que no da mucho de sí, dado que no se verifica si los gastos son razonables conforme a los precios de mercado, o si existe algún procedimiento o protocolo en la contratación por parte de los partidos,  o los criterios seguidos para elegir a un determinado proveedor, o la política de personal en cuanto a retribuciones, procedimientos de selección, o el porcentaje de gastos dedicados a personal, etc, etc. No cabe duda de que si se analizasen estas cuestiones el Tribunal de Cuentas podría tener una imagen mucho más real de lo que sucede  con las cantidades ingentes de dinero público que vienen percibiendo los partidos políticos. Y los ciudadanos, de paso. Pero como ven, el sistema de fiscalización está  normativamente muy limitado. Por no hablar de las limitaciones en la práctica, de las que ya hemos hablado en el post anterior de la serie.

 

Bueno, dirán ustedes, pues parece que hay poco control de las subvenciones recibidas por los partidos. Pero por lo menos algún control hay. Peor es lo de las fundaciones y asociaciones vinculadas orgánicamente a estos mismos partidos políticos, que, por cierto, fueron fiscalizadas por primera vez en 2007, que es el momento en que la LO de este año establece que deberán fiscalizarse las donaciones que reciben. Es interesante destacar que fueron los propios partidos quienes identificaron a las fundaciones vinculadas, porque no existe un registro a estos efectos (folio 289 del informe del Tribunal de Cuentas). Y la verdad es que el informe del Tribunal solo detalla su activo, pasivo, gastos e ingresos totales pero poco más. Si tienen paciencia, lean las páginas que les dedica el informe del Tribunal de Cuentas porque merece la pena.

 

¿Han mejorado las cosas últimamente? Pues más allá de la muy publicitada reducción de las subvenciones a los partidos políticos cabe señalar que el Tribunal de Cuentas aprobó el 23 de febrero de 2012 un Proyecto de Plan de Contabilidad adaptado a las Formaciones Políticas. Ese proyecto se remitió a la Comisión Mixta Congreso-Senado para las relaciones con el Tribunal de Cuentas, para que lo debatiera antes de su aprobación definitiva por el propio Tribunal. Supone una adaptación del Plan contable a los partidos políticos, y un avance en la dirección correcta, reforzando el control de los mismos, al permitir obtener mayor información sobre las relaciones económicas de los partidos con las fundaciones vinculadas y las sociedades en las que participen,  mediante la presentación de cuentas consolidadas. Se trata de facilitar una visión global sobre la actividad de todos los partidos, potenciando la publicidad y transparencia que proclama la norma reguladora, y proporcionando también información suficiente sobre la aplicación de los recursos públicos por los partidos políticos, en particular para las retribuciones de su personal.

 

Qué bien, dirán ustedes, vamos en la dirección correcta. Pero hay una pequeña pega ¿Cuando se va a aprobar o se va aplicar? Pues no se sabe. Porque el Plan se aprobará por el Tribunal una vez formulada la correspondiente resolución por la citada Comisión Mixta Congreso-Senado y el caso es que se remitió a la Comisión Mixta en febrero, pero de deben estar muy ocupados en otras cosas porque todavía no se tienen noticias de esta Comisión (todo esto sin hablar de su composición aquí pueden dejen volar su imaginación). Y el Plan sólo será obligatorio el año siguiente al de su aprobación por el Tribunal.

 

Bueno, pues después de estos primeros 3 posts creemos que los lectores ya estarán en disposición de entender muchos de los números que les vamos a dar.

 

 



 

5 comentarios
  1. Carmen Sánchez
    Carmen Sánchez Dice:

    Mi enhorabuena a esta espléndida trilogía de artículos sobre un tema tan crucial para la calidad y credibilidad de nuestra democracia.

    Probablemente todos albergamos la firme sospecha de que la financiación de los partidos ha sido uno de los principales detonantes de la corrupción tan extendida en ayuntamientos, CCAA, Cajas de Ahorro, etc. Es el cáncer más visible de nuestro sistema político. Ante ello, sorprende, efectivamente, la pasividad del Tribunal de Cuentas y, ¡ojo!, de la Fiscalía Anticorrupción. No se entiende como esta última no actúa de oficio cada vez que hay un plan urbanístico voluminoso: ¿por qué no se investiga automáticamente los patrimonios del alcalde y de los concejales correspondientes.

    Hay que insistir en este tema hasta que el ruido sea ensordecedor y los partidos, y esas instituciones, dejen de hacer como si no fuera con ellos.

    Con todo y con eso, debo decir que la financiación de los partidos es un asunto clave, pero no el más clave. A mí me parece aún más preocupante, para la credibilidad y sostenibilidad de nuestra democracia, el cómo se forma nuestra clase política. Cómo llegan de preparados, y en qué consiste esa preparación, cuando se estrenan con, por ejemplo, el Gobierno de la Nación. ¿Cuál es el banquillo del que salen nuestros políticos? ¿En qué “escuela” se forman? ¿Vamos a tener mejores presidentes de Gobierno, en España y en las CCAA, que hasta ahora? ¿O va a ir a peor la cosa? ¿Qué papel deberían tener los partidos en el futuro? Con este modelo de partidos ¿tenemos aún mucho recorrido?
    Sobre estos temas recomiendo un artículo que acabo de leer:
    http://www.otraspoliticas.com/politica/%c2%bfque-politicos-para-el-2030

    • Carmen Sánchez
      Carmen Sánchez Dice:

      Mi enhorabuena a esta espléndida trilogía de artículos sobre un tema tan crucial para la calidad y credibilidad de nuestra democracia.

      Probablemente todos albergamos la firme sospecha de que la financiación de los partidos ha sido uno de los principales detonantes de la corrupción tan extendida en ayuntamientos, CCAA, Cajas de Ahorro, etc. Es el cáncer más visible de nuestro sistema político. Ante ello, sorprende, efectivamente, la pasividad del Tribunal de Cuentas y, ¡ojo!, de la Fiscalía Anticorrupción. No se entiende como esta última no actúa de oficio cada vez que hay un plan urbanístico voluminoso: ¿por qué no se investiga automáticamente los patrimonios del alcalde y de los concejales correspondientes.

      Hay que insistir en este tema hasta que el ruido sea ensordecedor y los partidos, y esas instituciones, dejen de hacer como si no fuera con ellos.

      Con todo y con eso, debo decir que la financiación de los partidos es un asunto clave, pero no el más clave. A mí me parece aún más preocupante, para la credibilidad y sostenibilidad de nuestra democracia, el cómo se forma nuestra clase política. Cómo llegan de preparados, y en qué consiste esa preparación, cuando se estrenan con, por ejemplo, el Gobierno de la Nación. ¿Cuál es el banquillo del que salen nuestros políticos? ¿En qué “escuela” se forman? ¿Vamos a tener mejores presidentes de Gobierno, en España y en las CCAA, que hasta ahora? ¿O va a ir a peor la cosa? ¿Qué papel deberían tener los partidos en el futuro? Con este modelo de partidos ¿tenemos aún mucho recorrido?
      Sobre estos temas recomiendo un artículo que acabo de leer:
      http://www.otraspoliticas.com/politica/%c2%bfque-politicos-para-el-2030

  2. Labeón
    Labeón Dice:

    Ahora en serio. Estos tres posts son de necesaria lectura para quienes no tenemos conocimiento de este complejo asunto. Toda sociedad tiene que depositar sus cuentas en el Registro Mercantil, con bloqueo de su hoja registral si no deposita, sanciones (elevadas) posibles y responsabilidades casi objetivas para sus administradores. Además, desde la reforma “Caamaño” del Código penal, las personas jurídicas son responsables penalmente salvo que establezcan procedimientos de prevención de delitos.  Las sociedades cotizadas tienen las obligaciones derivada de la Ley “Rato” de transparencia mercantil, pero ¿Los partidos (e imagino, sindicatos, patronal y otras corporaciones públicas) no tienen que colgar sus cuentas de su Web ni depositarlas para ser conocidas y escrutadas por todos los que lo deseen? ¿Qué ocurre en otros países de la OCDE?

  3. Mesalina
    Mesalina Dice:

    Muy bueno este último post tambien. En definitiva lo único que se controla de los partidos políticos es lo mas fácil de maquillar. Esto me lleva al triste pensamiento de que el papel de una institución como el Tribunal de Cuentas es fundamentalmente “lavar la cara” o “darle el visto bueno” a la gestión financiera de los Partidos ante la opinión pública, de una forma meramente aparente, sin levantar la alfombra. Realmente triste. Pero no es extraño si se piensa que quienes dirigen tan alta institución son elegidos por los grupos parlamentarios, sabe dios con cuantos compromisos llegan y cuantas deudas por pagar!. Como ciudadano uno se siente realmente maltratado, esta la gente pasandolo fatal, perdiendo su casa, su trabajo, teniendo que elegir a que hijo le paga los estudios, pasando dificultades hasta para comer ….. y los políticos siguen con sus fiestas, fiestas electorales, congresos, comiditas múliples, viajes, coches oficiales, moviles y ordenadores pagados con el erario público… y como se acaba el dinero, pues a bajar sueldos y subir impuestos. Nunca se me olvidará la promesa de nuestro presidente de reducir las subvenciones a los partidos este verano, con motivo del Decretazo que volvio a bajar los sueldos públicos y a subir los impuestos. En los dos días siguientes se aprobaron 17 millones de euros en subvenciones a partidos políticos y fundaciones relacionadas con ellos, de los que al rededor de 14 eran para los dos partidos mayoritarios. ¿Es que nunca se van a cortar?. Además mencionó la bajada de sueldos de los parlamentarios y miembros del Gobierno pero nada de eso aparecía en el Real Decreto. Tampoco es aplicable a tan ilustres paisanos las medidas adoptadas en relación con el horario de los empleados públicos. Nada, tienen autonomia organizativa y presupuestaria, ellos se lo guisan y ellos se lo comen.
     Otra cosa que me tiene maravillada, y con esto ya termino que no quiero aburrir al personal, es como se las han apañado para que toda la ciudadanía confunda a los enchufados políticos, que consiguen puestazos en todos los centros administrativos, con los funcionarios públicos. Y como han metido a todos en un mismo saco y con ellos son cerca de 4 millones los empleados públicos (de los que  funcionarios de carrera no son ni la mitad) pues ala, a repartir el sueldo de los que han sacado sus oposiciones con todos estos “compromisos” hijos, cuñados, primos o amigos de gente influyente en su mundo. Y cuando sacan la media de sueldos de lo que gana un empleado público lo hacen juntado los mil euros que gana un policia con los tres mil que se levanta el asesor del político de turno. ¡Es realmente genial como nos manipulan!

  4. elisadelanuez
    elisadelanuez Dice:

    Muchas gracias por leernos y mas en un dia de elecciones! Y gracias por el link. De la formacion o mas bien devla no formacion de nuestra clase politica tambien hablaremos, descuiden.Y por ultimo, muy agudo el comentario de Messalina, Totalmente de acuerdo en la confusion interesada entre medicos, profes, bomberos, funcionarios y asesores y enchufados. confunde, que algo queda. Pues no vamos a permitir que nos sigan confundiendo.

    • Arcimboldo
      Arcimboldo Dice:

      A lo comentado por Messalina añado el puenteo a que nos vemos abocados los funcionarios de carrera. Lo describo gráficamente: nombro a externos (no funcionarios) para puestos eventuales en los gabinetes (puestos que pueden tb ser cubiertos por funcionarios públicos ya en plantilla, con el consiguiente ahorro en nóminas. Pero no, mejor aprovecharlos para alimentar a los enchufados). Al mismo tiempo, coloco al resto de amigos en la empresa pública de turno (raro es el ministerio o consejería que no tiene “su” empresa pública para el trabajo sucio), y voy vaciando de funciones a las estructuras administrativas dando responsabilidades a los eventuales de mi gabinete y la empresa pública de turno. Resultado: duplicidad de estructuras (cero ahorro, por tanto), pero unos sí tienen trabajo (los enchufados) y otros no (los funcionarios). En ese contexto, ¿quién sobra? ¿Qué recorte me será más fácil defender ante la opinión pública: el de los funcionarios vagos e incompententes o el de las empresas públicas con (en apariencia) mucho trabajo?

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