Cómo afectan las nuevas tasas judiciales a los usuarios bancarios

 

Ante la publicación de la nueva Ley de tasas, es preciso llamar la atención acerca de sus consecuencias en uno de los campos en que las reclamaciones judiciales resultan imprescindibles para salvaguardar los derechos de los consumidores: el de los usuarios bancarios.

 

Las Asociaciones de Consumidores, en particular las que centran su atención en los afectados por productos de la Banca[i], han sido testigos de la eficacia que han demostrado los procedimientos judiciales a la hora de defender los intereses de estos usuarios, pues es solo ante un tribunal, donde un consumidor y una entidad financiera pueden discutir de igual a igual.

 

Pues bien, este equilibrio conseguido ante los tribunales puede desaparecer con la implantación de las nuevas tasas judiciales que, unidas a la dramática situación económica actual de muchas familias, les hará demasiado costoso iniciar un proceso para ver reconocidos sus derechos.

 

En suma, peligra la tutela judicial efectiva, uno de los derechos reconocidos en la Constitución que con más celo debe ser protegido, porque solo a través del mismo se van a poder ejercer el resto de derechos que están reconocidos en la Norma Fundamental y en el resto del ordenamiento jurídico.

 

Asímismo las nuevas tasas previstas chocan frontalmente con el derecho de la Unión Europea que ha sido, desde el principio, especialmente tuitivo con los consumidores, facilitando en todo momento el acceso a la justicia de éstos. En este sentido, la Resolución del Consejo de 31 de mayo de 2007 sobre la estrategia comunitaria en materia de política de los consumidores 2007-2013, subraya la importancia del derecho comunitario para garantizar un elevado nivel de protección de los consumidores y la necesidad de mecanismos eficaces para hacer cumplir la ley.

 

La alternativa al proceso, es decir, los acuerdos y soluciones extrajudiciales, son más que deseables en el ámbito civil en general. No obstante, hay que recordar que en relación con la protección de los usuarios bancarios, la negociación ha fracasado estrepitosamente. Es patente la cantidad de reclamaciones al servicio de atención al cliente que son sistemáticamente desoídas por las entidades, dejando como alternativa la reclamación ante el órgano regulador del sector, el Banco de España. Ahora bien, aunque el Servicio de Reclamaciones del Banco de España ya ha emitido cientos de resoluciones señalando que las entidades no han actuado con la diligencia y transparencia exigible en la comercialización de productos financieros a usuarios bancarios minoristas, esto no ha provocado en prácticamente ningún caso un acercamiento por parte de las entidades a la negociación.

 

En el mismo sentido, el Defensor del Pueblo, en su investigación de oficio de las participaciones preferentes y deuda subordinada, ha denunciado que los pequeños inversores se han visto compelidos a acudir a la justicia como única vía de obtener protección, lo que es más oneroso.

 

Así pues, si antes los bancos esperaban a ser demandados por sus clientes, mucho más ahora cuando a las dificultades de éstos para costear el proceso, se añaden unas tasas absolutamente desproporcionadas. El banco en cambio podrá asumir una posible apelación y la hipotética condena en costas, dado que no tiene precisamente problemas financieros.

 

Veamos algunos ejemplos:

 

Para la interposición de una demanda de nulidad de cláusulas en una hipoteca multidivisa, con una cuantía de 230.129 €, el demandante tiene que abonar, solo en concepto de tasas judiciales 1.450,65 €. Y si tuviera que apelar la sentencia, 1.950,65 € más de tasas.

 

Para la interposición de una demanda de nulidad de contrato de adquisición de participaciones preferentes con una cuantía de 56.000 €, el usuario bancario tendría que abonar, solo en concepto de tasas judiciales 580 €. Y si tuviera que apelar la sentencia, 1.080 € más de tasas.

 

Para la interposición de una demanda de nulidad de un contrato de adquisición de Valores Santander con una cuantía de 150.000 €, el usuario bancario tendría que abonar, solo en concepto de tasas judiciales 1.050 €. Y si tuviera que apelar la sentencia, 1.550 € más de tasas.

 

Para la interposición de una demanda de nulidad de un contrato de Clip Hipotecario Bankinter (una permuta de tipos de interés) con una cuantía 28.000 € el demandante tiene que abonar, solo en concepto de tasas judiciales  440 €. Y si tuviera que apelar la sentencia, 940 € más de tasas.

 

Estas cifras son el resultado de aplicar las siguientes reglas establecidas en la nueva Ley de Tasas:

 

Hay una parte de la tasa que es una cantidad fija, dependiente del tipo de proceso que se inicie:

  • Interposición de juicio verbal y cambiario (a partir de 2.000 de cuantía)
    • 150 €
  • Interposición de juicio ordinario
    • 300 €
  • Ejecución extrajudicial y oposición a la ejecución de títulos extrajudiciales
    • 200€
  • Concurso necesario
    • 200 €

     

A ello ha de añadirse una cantidad variable en función de la cuantía, que se calcula en un 0,5% de la cuantía hasta 1.000.000 € (resto al 0,25%),  máx. 10.000 €.

 

Los supuestos de cuantía indeterminada se valoran en 18.000 € a los solos efectos de calcular la tasa, por lo que en estos supuestos al fijo habrán de añadirse 90 €.

 

Para el supuesto de recurso la tasa fija es de 800 € en la apelación y de 1.200 € en la casación, cifras a la que ha de añadirse un variable que se calcula como se ha expuesto anteriormente (0,5% de la cuantía…)

 

De estas tasas únicamente están exentas las personas que tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

 

Asimismo la ley contempla unas exenciones objetivas: las demandas de monitorio (no basado en título ejecutivo extrajudicial) y menos de 2.000 € de cuantía, y el juicio verbal de menos de 2.000 € de cuantía.

 

De otra parte, aunque la Ley prevé una bonificación del 10% para el supuesto de que se presenten los escritos por medios telemáticos, no podrá aplicarse hoy en día en la mayor parte de los casos, pues sólo algunos Juzgados y Tribunales cuentan con esta posibilidad. .

 

Por otro lado, la devolución del 60% del importe de la tasa cuando se alcance una solución extrajudicial al litigio, será igualmente infrecuente en este tipo de procesos en que, como se ha puesto de relieve existe una importante reticencia de las entidades bancarias a los acuerdos extraprocesales. En caso de que se produzca, el derecho a la devolución surge desde la firmeza de la resolución que ponga fin al proceso y haga constar esa forma de terminación.

 

Para terminar este análisis cabe hacer hincapié en que, si bien las tasas se incluyen entre los gastos del proceso (art. 241 de la LEC), no siempre existe condena, lo que puede ocurrir en caso de que solo estimen algunas pretensiones de la demanda, o existan serias dudas de hecho o de derecho.

 

ADDENDA.

 

La controvertida ley de tasas, en su disposición final séptima estipula que entraría en vigor al dia siguiente de su publicación en el BOE, lo que se ha producido el día 21 de noviembre. No obstante, la falta de coordinación entre el Ministerio de Justicia y el de Hacienda ha provocado que no estuvieran preparados, ni los formularios de autoliquidación de la tasa, ni el desarollo reglamentario para su gestión.

 

El Subsecretario del Ministerio de Justicia, tuvo que comparecer a las 21:00 horas del dia 21 de noviembre manifestando que se aplazaria la exigencia de la tasa hasta que no se dictara la Orden prevista en el artículo 9 de la Ley y  preparados los formularios.

 

En este clima de inseguridad jurídica, la pregunta obvia es si se va a exigir la autoliquidación de la tasa retroactivamente, es decir, por la presentación de escritos procesales constitutivos del hecho imponible presentados desde el 22 de noviembre de 2012, fecha de entrada en vigor de la Ley.

 

Poca luz ofrece a este respecto la Instrucción 5/2012 de la Secretaria General Técnica del Ministerio de Justicia, dirigida a todos los Secretarios Judiciales del territorio nacional, en la que se dispone que no se exigirá el justificante de autoliquidación para dar curso a los escritos procesales que se presenten, en tanto no se publique en el BOE la mencionada Orden del Ministerio de Hacienda.

 

Ahora bien, hasta que no se publique la citada Orden, estamos ante una Ley que es válida, pero ineficaz por falta de desarollo reglamentario, y no cabrá la aplicación retroactiva de la Orden, toda vez que el artículo 62.2 de la Ley 30/1992 prevé la nulidad de las disposiciones restrictivas de derechos individuales que tengan efectos retroactivos.

 

[i] Asuapedefin http://asuapedefin.com/

20 comentarios
  1. Verónica del Carpio Fiestas
    Verónica del Carpio Fiestas Dice:

    Al análisis del autor del post, que suscribo punto por punto, quiero añadir  una cosa importante: las nuevas tasas judicales afectan directamente los deudores hipotecarios, incluyendo a aquellos que deberían estar protegidos por el Derecho del Consumo, y que con las tasas, han dejado de estarlo.
    Con la vigente normativa procesal e hipotecaria, la defensa del deudor hipotecario no se efectúa  en el mismo procedimiento de ejecución, SINO EN OTRO DISTINTO QUE TIENE EL DEUDOR HIPOTECARIO QUE INTERPONER. Un procedimiento declarativo que permita discutir, por ejemplo, si hay cláusulas abusivas o incluso si en banco ejecutante ha calculado bien la deuda. El actual sistema de ejecución que solo permite opisición por motivos concretos está siendo objeto de un cuestión prejudicial de Derecho Euriopeo, precisamente porque limita la defensa y da lugar a la imposibilidad de alegar cuestinones de Derecho del Consumo, La Abogada General se ha pronunciado en contra de la normativa española; pero quién sabe cuándo y qué dirá al Tribunal de Justicia Europeo.
    Así que  resulta que para interponer ese declarativo para defenderse, un declarativo que ni siquiera produce la paralización de la ejecución ni evita el lanzamiento, el deudor hipotecario tiene que interponer a su vez un declarativo, a su costa. Y pagar por ello unas tasas que

    se calculan, solo para la primera instancia, en 300€ más el 0,5% del valor de tasasción del inmueble.
    que si pierde y apela, le obligarán a pagar por apelar 800€ de fijo más el 0,5% del valor de tasación del inmueble.
    que si tiene que ir al Tribunal Supremo, le obligarán a pagar 1.200e más el 0,5% del valor de tasación del inmueble.

    Solo están exentos de tasa los que ganen en el conjunto de su unidad familiar más del doble del IPREM, aprox. 1.100€/,mes. No se tienen en cuenta ni gastos ni cargas. Un deudor hipotecario que gane en el conjunto de su unidad familiar más de 1.100€/mes, aunque esté en la calle, tendrá que pagar esas cantidades para conseguir al menor poder discutir si su préstamo con garantía hipotecaria se acomodaba o no al Derecho del Consumo.
    Y ustedes piensen si habrá muchos deudoeres hipotecarios, ya lanzados o no, que estén en condiciones de pagar eso en un declarativo contra el banco.
    O de interponer cualqueiri otro tipo de demandas por reclamaciónd e cantidad, como las que tengan a su vez contra deudores que les hayan impagado; contra Ayuntamientos o empresas  morosas, por ejemplo, que les hayan causado la ruina.
    A quien esto firma le parece intolerable que el Derecho del Consumo que como docente ha impartido pasa a ser papel mojado.
    Y tampoco le parece de recibo que precisamente las tasas judiciales para iniciar la ejecución hipotecaria, una tasas que, no lo olvidemos, son para el banco gasto fiscalmente deducible, resulta que después sean repercutidas en costas al deudor hipotecario qu eno ha podido alegar sus derechos como consumidor, engrosando la deuda.
    Porque, qué mala suerte, resulta que en este caso concreto, a diferencia de en tantísimos otros, resulta que las tasas judiciales sí son repercutibles vía costas al deudor hipotecario. Vaya, qué mala suerte.
     

  2. jorgescc
    jorgescc Dice:

    Las tasas son una consecuencia natural, inevitable, del monopolio en la administración de Justicia.
    El monopolio significa costes crecientes (tasas) y calidad decreciente del servicio. 
    La pérdida de calidad de la Justicia es tal que las tasas pretenden aumentar la calidad excluyendo a gran parte de la población del acceso a la tutela judicial efectiva. Es la prueba del nueve de que los servicios públicos prestados a través de monopolios sobreviven excluyendo, discriminando.   

    Lamerse las heridas no es la solución, ni tampoco reformar el monopolio, pues el problema es éste, no su diseño.

    Tal es así que después de decenas de reformas el coste sigue aumentado y la calidad disminuyendo, ¿pues cómo es posible que se siga hablando de servicio público cuando se dificulta o se grava su acceso a los ciudadanos que lo financian vía impuestos?.

    Se dice que el problema de las tasas es que son muy altas, pero que si fueran más bajas sería una buena medida.
    Pretender que las tasas sean bajas es como pretender ser inmortal, pues sin competencia las tasas siempre serán altas porque el monopolio no tiene ningún incentivo para rebajarlas, sino todo lo contrario. 

    El que quiera recurrir tendrá que pagar lo que le pidan, aunque sea mucho. 
    Eso es lo que significa el monopolio en un servicio dicen que público como el de garantizar el acceso a la Justicia.   
     
    Para rematar, y de forma necesariamente vinculada, una reforma de la ley de justicia gratuita. Nueva discriminación para demostrar lo bueno que es el Estado Robin Hood.
    En toda reforma del Estado caníbal se necesita un chivo expiatorio que legitime el bocado. 
    Y los chivos expiatorios son siempre los pagadores, es decir, las víctimas son en realidad los culpables por utilizar los servicios públicos que pagan dos veces. Intolerable.

    Los grandes principios están muy bien, pero la realidad es que el monopolio no tiene un pase.  

    No hay otra alternativa que la introducción de competencia en la prestación del servicio, ¿o es que no es posible que instancias privadas puedan determinar con celeridad si se rebasó o no un límite de velocidad sin tener que abonar 200 euros?.

    http://elunicoparaisoeselfiscal.blogspot.com.es/2012/11/tasas-y-justicia-gratuita-que-bueno-es.html 

    • Jorge Llanos
      Jorge Llanos Dice:

      Creo que tiene una confusión entre lo que es la prestación de un servicio público y lo que es un monopolio. La justicia es un bien público que suministra el estado, y que lo haga en exclusiva, como también presta la defensa nacional, no se debe confundir con un mercado con un sólo vendedor. Es cierto que puede habe problemas de no rivalidad o de exclusión, pero precisamente el estado debe remover esos obstaculos y no colaborar en aumentarlos que es lo que hacen las tasas. En ese sentido la financiación por tasas es una elección que desde el punto de la Hacienda Pública es un error. El considerar que el usuario recibe un servicio por su utilización o disfrute es no entender que el que cuando se imparte justicia es el conjunto de la sociedad la que recibe los beneficios de una correcta aplicación de la norma. Por ejemplo, el que se revoque una sación impuesta si no concurre culpabilidad o el hecho sancionado no es tipificado no afecta sólo al recurrente sino a la sociedad en su conjunto En consecuencia, la justicia, para evitar problemas de exclusión o cumplir con el principio de no rivalidad para transformalo en un bien público puro se debe financiar con impuestos y no con tasas, que son tributos destinados a otras finalidades.

  3. Quasimontoro
    Quasimontoro Dice:

    Gonzalo,
     
    Le reconozco que no he podido leer el artículo en su totalidad porque los primeros párrafos dicen cosas que contradicen mi percepción de la realidad de la justicia europea, y la española en particular, y también todos mis conocimientos. 
     
    Primero y ante todo, el tema de la salvaguardia de los derechos de los consumidores (y diría en particular de los usuarios de los servicios bancarios cuyos derechos e intereses son diariamente ignorados por los bancos gracias a la complicidad de políticos y abogados). En todas las democracias constitucionales, esa salvaguardia es pobre y hasta diría casi inexistente. Los abusos de poder por parte de los políticos y los funcionarios públicos con la complicidad de una variedad de profesionales, en particular abogados, llegaron a tal extremo que los políticos se han visto forzados a crear instancias ficticias de salvaguardia, incluyendo superintendencias de varios industrias y servicios y como mecanismo más general tribunales de defensa de la competencia, y más recientemente oficinas especiales de defensa del consumidor. Todos estos mecanismos han mostrado ser de poca o ninguna utilidad, siendo la creciente competencia espontánea el único mecanismo que en muchas actividades ha servido para que los consumidores entiendan que votar con los pies es su mejor defensa. Por supuesto, varias actividades (esas que los economistas llamamos reguladas, pero también las monopolizadas por el estado) han sabido proteger sus privilegios ante esa creciente competencia. En resumen, mi primer punto es que la realidad de la protección de los derechos e intereses de los consumidores hoy sigue dependiendo de la competencia y no de los mecanismos inútiles inventados por los políticos y sus cómplices, y para peor en la medida en que estos políticos usan empresas públicas y privadas para gozar del poder esa competencia es imposible. La mejor ilustración de este punto es la industria bancaria.
     
    Segundo, la idea de que las tasas judiciales implican una amenaza a la tutela judicial como derecho fundamental es absurda. Este punto ya lo desarrollé en un comentario a otro post sobre el tema de las tasas pero lo repito. Ningún derecho a X que implica la obligación estatal de proveer X puede ser absoluto por la simple razón de que los recursos son escasos –o dicho de otra manera, nada es gratis, o de otra, siempre hay un trade-off. Ningún estado puede comprometer la cantidad de recursos que requeriría dejar satisfechos a todos sus residentes en cuanto a sanidad, educación, tutela judicial y cualquier otra cosa que la constitución o abogados con mucha imaginación crean que son derechos fundamentales. Una vez que se acepta que no se puede satisfacer todas las demandas por X, el gobierno debe racionar la infraestructura y demás recursos asignados a la producción de X y no puede descartar ningún mecanismo de racionamiento y en particular no puede descartar el uso de tasas que han probado ser el mejor mecanismo de racionamiento para muchos bienes y servicios. El problema es peor porque los mecanismos de racionamiento que hoy existen son grotescos y benefician sólo a un grupo –los abogados que monopolizan el acceso a la tutela judicial. Por supuesto, el uso de tasas afectará a los abogados porque sus ingresos bajarán (lección básica de introducción a la economía). Si los abogados fueran serios en sus planteos sobre la tutela judicial, estarían peleando por mejorar los mecanismos de racionamiento de la limitada infraestructura estatal para la tutela judicial y también por la expansión de esta infraestructura. Debo decirle que en 50 años de trabajo profesional como economista en varios países, nunca he visto organizaciones de abogados que den esa pelea pero sí los he visto  en la lucha por nuevos derechos fundamentales y por nuevos privilegios profesionales. 
     
    Tercero, su afirmación de que la Unión Europea defiende a los consumidores sólo puede justificarse por referencias a declaraciones de políticos y funcionarios de la UE. La realidad es muy distinta porque en los últimos 20 años la UE ha estado buscando arrogarse más poder y consolidar el poder conquistado y ese poder siempre es para joder a los consumidores. Los mecanismos de la UE son una mala copia de los mecanismos de los estados nacionales porque están sujetos a las negociaciones entre políticos y empresarios europeos para limitar la competencia con el resto del mundo en perjuicio de los consumidores. En todo estado, independiente de su tamaño y de su organización interna, esas negociaciones son pan de cada día, pero a medida que aumenta el tamaño del estado (medido por su territorio y número de habitantes) los conflictos internos en esas negociaciones aumentan y solo pueden resolverse “acomodando“ más intereses en juego lo que implica la extensión de privilegios a un mayor número de empresas (sólo EEUU, por accidente histórico, ha podido “balancear“ los intereses de sus empresas en el mercado único del estado nacional con los intereses de los políticos a nivel de cada uno de los estados o provincias, pero el “balance“ sigue siendo frágil). 

    • Usuario
      Usuario Dice:

      Estimado señor: para no haberse leido el artículo entero, como reconoce, opina usted con mucha soltura y amplitud. Hubiera preferido que empleara más tiempo en leer y menos en escribir. Soy lector constante de este blog y observo que tiende usted a descalificar con mucha ligereza las opiniones ajenas.
       
      En este comentario se permite el lujo de calificar de “absurda” la opinión de que las tasas judiciales atentan contra la tutela judicial efectiva. Cosa en la que por cierto muchísimos juristas , de mucho prestigio, coinciden. Le recomiendo más humildad en la forma de exponer sus opiniones, haciéndolas valer exclusivamente como lo que son, opiniones particulares, no dogmas que corrigen desde el púlpito las opiniones ajenas.

    • Quasimontoro
      Quasimontoro Dice:

      Usuario,

      La libertad es libre. Me doy el gusto de criticar los primeros párrafos e ignorar el resto porque si se parte mal, para qué seguir. Si usted cree que entendí mal los primeros párrafos por no haber leído el resto, por favor explíqueme en que me equivoqué. 

      Si usted prestara atención a mi comentario (y a todos los comentarios que escribo) trato de centrarme en algunas ideas que considero equivocadas por la simple razón de que mi tiempo y el espacio del blog es limitado. Supongo que los autores de las entradas de este blog escriben porque creen tener ideas importantes que compartir con sus lectores y no porque busquen aplausos fáciles de colegas y amigos. Bajo ese supuesto, y dadas las restricciones de tiempo y espacio, me parece lógico centrarse en unas pocas ideas sobre las que uno claramente discrepa. 

      Sí, mis opiniones son mías y nunca se las atribuyo a nadie. Si no las comparte, ignórelas y no pierda tiempo en hacerse rollos con las motivaciones personales detrás de mis ideas.   

    • Gonzalo Romero Jiménez
      Gonzalo Romero Jiménez Dice:

       
      Buenas Tardes Sr. Quasimontoro.
      En primer lugar, agradecerle la crítica constructiva que ha intentado hacer de mi post.
      Voy a contestar brevemente alguna sus manifestaciones, que, con todo el respeto creo que yerran en  varios puntos, no sé si fruto de la falta de lectura íntegra de mi post o de la prisa en contestarlo.
      Respecto a su primer punto: No niego que el mercado bancario es un mercado competitivo, pero afirmar que la única respuesta del consumidor ante los abusos de la banca sea la de “vote with their feet” parece estar conducido a dar respuesta al simple “descontento” que pueda tener un cliente con su banco.
      Los ejemplos con los que he tratado de ilustrar este post corresponden a procedimientos en los que  las entidades son demandadas por comercializar productos financieros de forma masiva e irresponsable, contraviniendo prácticamente toda la normativa aplicable, dando como resultado graves perjuicios patrimoniales a los consumidores.
      Las entidades financieras, tras la cantidad de contratos declarados nulos, se han visto forzadas por un lado a modificar su actual redacción de los contratos, evitando el clausulado farragoso y oscuro, y por otro, a desplegar la máxima diligencia a la hora de informar a los consumidores en la fase precontractual de los riesgos inherentes de la operación.
      El afirmar que no existe en la actualidad una defensa eficaz de los derechos de los consumidores  a través de los procedimientos judiciales no hace más que poner de relieve una falta de conocimiento de la actualidad jurídica en lo que a litigiosidad bancaria se refiere.
      Respecto al segundo punto:  En síntesis, las tasas son completamente desproporcionadas, y creo que no he tenido ocasión de oír a ningún operador jurídico, (abogados, jueces, fiscales, secretarios o  procuradores)decir lo contrario.
      Sila tasa se considera el pago que realiza una persona por la utilización de un servicio ( me acojo en este caso a tu argumentación del “nada es gratis”) parece ser que el pago de esa tasa debería ser proporcional al servicio que se presta.
       El introducir un variable sobre la cuantía no puede ser proporcional, puesto que no parece que el proceso sea más costoso (materialmente hablando) en una demanda de seis mil euros que en una de sesenta mil, y creo que  este puede ser uno de las posibles  argumentos que se van a esgrimir a la hora de plantear la inconstitucionalidad de la norma.
      Tampoco parece justificable que la parte “fija” de la tasas de la anterior Ley, a cuyo pago solo estaban obligadas las personas jurídicas con gran volumen de facturación sean de cuantías inferiores a las ahora exigidas al resto de ciudadanos.
      La Sentencia del Tribunal Constitucional 20/2012, de 16 de febrero, a la que se acoge la exposición de motivos de la ley 10/2012, que reconoció la constitucionalidad de la anterior Ley, ya advertía que “El derecho reconocido en el artículo 24.1 CE puede verse conculcado por aquellas disposiciones legales que impongan requisitos impeditivos u obstaculizadores del acceso a la jurisdicción, si tales trabas resultan innecesarias, excesivas y carecen de razonabilidad o proporcionalidad respecto de los fines que lícitamente puede perseguir el legislador”  para mas info sobre las cuestiones de Constitucionalidad de la tasa, me remito a este post  http://analistastc.com/2012/11/21/la-ley-de-tasas-judiciales-y-la-sentencia-202012-del-tribunal-constitucional/   Dado que el objeto de mi post no era la constitucionalidad de la tasa.
       
      Respecto a su punto Tercero:  No puedo sino volver a discrepar, puesto que no son las declaraciones de políticos o funcionarios de la UE  en las que me baso para afirmar la defensa del derecho europeo de los consumidores, sino en el todo el derecho positivo que ha venido promulgando esta institución. Le recomiendo a visita de esta web, donde recoge toda la legislación en materia de protección de los consumidores de la UE.  
       http://eur-lex.europa.eu/es/dossier/dossier_22.htm
       
      Espero que acepte este comentario en el sentido de la sana crítica, tal y como yo lo he hecho, pues creo que es una forma muy enriquecedora el aprender y compartir el conocimiento.
       
      Un saludo.
       

    • Verónica del Carpio Fiestas
      Verónica del Carpio Fiestas Dice:

      Me permito, estimado Quasimontoro, ponerle de manifiesto un detalle que quizá desconozca. Todas las asociaciones de consumidores y usuarios rechazan frontalmente la ley de tasas judiciales. Parece razonable reconocer a los propios interesados algún conocimiento sobre lo que les afecta directamente. 
      Y, disculpe que discrepe de usted. Las normas de la UE son de aplicación en España, no solo en teoría -he impartido Derecho del Consumo-, sino en la práctica -lo he utilizado como argumento en los tribunales, y ha prosperado-.
      Y hasta aquí los hechos. Lo que viene a continuación es una opinión.
      Me permito opinar que el tono que usted utiliza no es más idóneo en un blog jurídico, o no jurídico. La expresión “joder a los consumidores” no recuerdo haberla visto escrita en los textos legales que manejo, ni se acomoda a un mínimo nivel de debate; en mi blog jurídico personal habría sido causa de inadmisión del comentario. De hecho, he impedido la publicación de numerosísimos comentarios en mi blog en los que la opinión contra las tasas se reflejaba en un tono similar o más ingrato que el suyo.
      Y sinceramente, en mi calidad de abogada, me duele que se acuse a los abogados de complicidad en ese “joder a los consumidores”. Como yo sí figuro aquí identificada con mi nombre, puede usted localizarme cuando lo desee, y me pongo a su disposición para presentarle un buen número de abogados que están trabajando desde las asociaciones de consumidores para defenderlos.
      Y, por cierto, detalle menor, no pensará usted que las horas y el esfuerzo que muchos abogados estamos dedicando a difundir y analizar la Ley de Tasas, a promover su derogación, y a buscar caminos para minimizar su impacto, nos las paga nadie.

    • Quasimontoro
      Quasimontoro Dice:

      Gonzalo,
       
      Me alegro que tome seriamente la crítica de sus ideas. En el mismo espíritu de su discrepancia con mi comentario crítico inicial, insisto en mis críticas. Primero, en los mercados competitivos –que NO es el caso de la industria bancaria— los consumidores pueden elegir entre reclamar y votar con los pies pero el reclamo es efectivo por el miedo a que el consumidor se vaya. En las industrias reguladas —el caso de la industria bancaria en la gran mayoría de las democracias constitucionales— o de las industrias bajo control estatal –el caso de la industria bancaria en China, o de la industria bancaria bajo Perón en su primer y su segundo gobiernos– los consumidores no pueden votar con los pies y sus reclamos no son escuchados. Antes de la crisis, en todos las democracias constitucionales, los usuarios de servicios bancarios (excepto los relacionados con el grupo controlador de un banco) tenían sólo la decisión de adherir o no a los contratos que se les ofrecían para esos servicios, contratos redactados por los abogados de los bancos. En 50 años de ejercicio profesional de la economía, buena parte como asesor de gobiernos en la reforma de sistemas bancarios y en la resolución de crisis financieras, siempre el problema ha sido el mismo –esto es, evitar que la intervención del estado genere condiciones para que los gestores de los bancos no jodan (= molestar, fastidiar, ver RAE) a sus usuarios. En esos años también fui asesor de gestores de grandes bancos, pero dejé de hacerlo cuando una gran crisis financiera (Chile 1982) me convenció que el problema principal de los bancos –insisto, industria regulada– es que la protección estatal (eso que los economistas llamamos “the safety net“) en realidad era una invitación primero a “too big to succeed“ y luego a “too big to fail“.  La crisis actual –en España y en otros países– impulsó una reacción puramente política de protección a los usuarios cuando los usuarios reclamaron a los políticos, no a los bancos. Como toda reacción política se quiere tapar los errores de antes con nuevos abusos de poder, esto es, dejando arbitrariamente sin efecto cláusulas de contratos que hoy imponen costos a los usuarios –sí, algunas de esas cláusulas nunca debieron haberse impuesto, pero esto no justifica que ahora arbitrariamente los políticos determinen cuáles son válidas y cuáles no. Para su información, algo similar ocurre en todas las industrias reguladas y en todas las industrias bajo control estatal. Siempre podemos rescatar acciones positivas de los políticos, de los gestores de bancos y de sacerdotes, intelectuales y profesionales, pero si las acciones hubieran sido importantes antes de la crisis, no habría habido crisis. Por supuesto, lo sucedido –antes y durante la crisis que aún no termina– ha sido posible por la complicidad de muchos abogados y economistas (si en mi comentario inicial me centré sólo en los abogados fue debido al tema de su entrada). 
       
      Segundo, en relación a las tasas mismas, usted responde a mi comentario diciendo que las tasas propuestas son desproporcionadas, pero mi crítica no era sobre el nivel de las tasas –que sí pueden ser desproporcionadas pero no es claro que lo sean– sino sobre la presunción de que el cobro de tasas por sí mismo implica la negación de tutela judicial. Si su respuesta supone negar esa presunción, me alegro, pero de lo contrario insisto en que esa presunción es absurda. En tiempos de crisis, todos los servicios estatales dejan en evidencia las terribles deficiencias en su organización y administración y por supuesto aparecen los grupos de políticos y otros fundamentalistas y privilegiados rechazando a gritos el cobre de tasas por esos servicios o el aumento de las tasas existentes. Mi impresión es que el griterío de muchos abogados (dicen representar a la mayoría) es igual al grito de cualquier chico que le han quitado uno de los muchos caramelos que le habían regalado. Pero hay algo bien claro de las muchas entradas que he leído en este blog durante los últimos tres meses y es que “muchos“ abogados están de acuerdo en que la judicatura española es tan mala como la burocracia. No soy abogado ni soy español ni resido en España pero de la evidencia que he ido recogiendo de fuentes españolas desde antes de la crisis (cuando sí vivía en España) me queda bien claro que la judicatura española provee tutela judicial “buena y barata“ a una minoría relacionada con los políticos pero al resto del país ni buena, ni barata y en muchos casos es negada arbitrariamente. A algunos abogados les podrá molestar que uno ponga el énfasis en la complicidad de los abogados, pero no tengo problema en afirmar la complicidad de muchos economistas del Banco de España y otras agencias estatales en sus malas decisiones. 
       
      Tercero, usted me da la razón porque habla de lo que la UE ha promulgado. Meses atrás entraba diariamente a los sitios web de la Comisión Europea y otros órganos de la UE pero siempre hablaban de las buenas intenciones formalizadas en normas escritas o contenidas en declaraciones de sus autoridades. Entre el dicho y el hecho hay mucho trecho, y ese trecho es muy largo en el caso de la UE. El punto de mi comentario inicial ponía énfasis en por qué podía esperarse que la UE –pretendido estado supranacional construido a partir de estados nación muy viejos– sirviera para proteger a los grandes productores europeos en perjuicio de la gran masa de consumidores europeos (de nuevo con la complicidad de abogados y economistas) y aunque reconozco una distorsión en mis fuentes de información (demasiado énfasis en los casos grandes) eso parece ser lo que ha estado ocurriendo. 
       
      Verónica,
       
      Seguro que algunos abogados son solidarios con los consumidores y en general con todos aquellos a los que se niega tutela judicial. Pero una golondrina no hace verano. También algunos economistas rechazamos la búsqueda de poder por parte de muchos de nuestros colegas y tenemos claro que la academia ha sido sólo un medio para esa búsqueda. 
       
      No entiendo su queja por el tono de mis comentarios. Usted se refiere a una sola palabra que la RAE define como sinónimo de molestar y fastidiar, y que en otros países se usa para dejar bien claro cuando la intención de una persona es fastidiar o molestar a otra, y especialmente hacerlo de manera que le cause daño.  

  4. Fernando Gomá Lanzón
    Fernando Gomá Lanzón Dice:

    Gonzalo, bienvenido al blog con un asunto de tanta actualidad en el que como dice Verónica en un comentario, queda implicado también la efectividad del derecho del Consumo.

     

    Dos cuestiones prácticas: en cuanto a la rebaja del 10%, se podría pensar que si el abogado o procurador envía el escrito por correo electrónico firmado con su certificado corporativo, al correo del juzgado, ha cumplido la norma y puede reclamar la rebaja, independientemente de que el juzgado exija además la presentación en papel por no tener los medios, s algo no imputable al justiciable. Es un formalismo, desde luego, pero quizá haya juzgados que admitan esta tesis.

     

    Y en cuanto a que los bancos imputen una tasa que tiene a ellos como destinatarios finales en los gastos de ejecución, creo que es abusivo y debería ser apreciado por los jueces en el momento de despachar ejecución, apoyándose en la sentencia TJUE que cito en: http://hayderecho.com/2012/07/09/armas-para-el-deudor-bancario-ejecutado-la-justicia-europea-agita-el-sistema-de-anulacion-de-clausulas-abusivas/

  5. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Buenos días.

    Ha habido varios artículos con el asunto de las tasas como objeto. Además gran número de comentarios muy valiosos.

    Tras leerlos tengo la sensación de que Gallardón ha lanzado una bomba de profundidad contra libertades, procesos, seguridades jurídicas y derechos básicos en cualquier sociedad.

    En los últimos días han ido saliendo titulares de grupos a los que las tasas no se aplican o dejarán de aplicarse.
    La sensación que queda es que esto afectará principalmente a la gran masa de la población —la que que sin ser indigente es mileurista y 300 euros son más que sobrados para no defenderse ni reclamar—  y a las Pymes siempre a punto de cerrar.

    Personas sin recursos.

    ¿Cómo deja esa definición al español medio con una renta justo por los 22,000 euros brutos anuales y con una fiscalidad que se le lleva más del 50% de la misma? El español medio es Mileurista.

    Mujeres víctima de maltrato.
    Si esto forma parte del código penal ¿quiere esta excepción decir que hay casos penales en los que alguien pagaría tasas?
    ¿O que si una señora ha presentado una denuncia sus otros litigios civiles resultarán exentos de tasas?
    ¿Se requiere éxito judicial en la denuncia para tener exención de tasas?

    Ejecuciones de Sentencias.

    En los frecuentes casos en los que el deudor con sentencia incumple las partes económicas de sentencias civiles o penales. ¿Son de aplicación las tasas?

    Reclamaciones de Cantidad ¿Supone esta tasa un coste adicional en el proceso declarativos o ejecutivos del cobro de deudas?

    Este asunto es grave.

    Gravísimo porque es un paso tremendo en un proceso de degradación jurídica que no cesa y en el cual no sólo las hipotecas son subprime, la condición de ciudadanía también.

    Es imperativo ser parte del 1% porque de no ser así estás frito.

    A por ello.

    • Quasimontoro
      Quasimontoro Dice:

      Manu Oquendo,

      Este comentario no es para defender lo que haya propuesto el gobierno sobre tasas judiciales. Su propósito es sólo aclarar quiénes se perjudican por la imposición de tasas a los servicios judiciales.

      Usted habrá visto que algunas personas se ocupan de reservar y facilitar el acceso de automovilistas que quieren estacionar en espacios públicos. Cuanto más bajo es el precio que cobra la municipalidad por un espacio público, mayor es la demanda por estacionar en ese espacio y mayor es el valor del servicio de las personas que cuidan esos espacios. Estos cuidadores –trabajadores informales– saben bien que sus ingresos dependen de cómo racionan los espacios y con el tiempo desarrollan distintos métodos para maximizar sus ingresos. Si mañana la municipalidad aumenta de 0 a 100 el precio de estacionar en sus espacios públicos, entonces los ingresos de los cuidadores disminuirán (en el mejor de los casos quedarán iguales) y podemos especular mucho sobre qué automovilistas se perjudican y cuáles se benefician del cambio en el sistema de racionamiento. Los únicos que podemos estar seguros que no estarán mejor y seguramente estarán algo peor son los cuidadores.

      Pues bien. Lo mismo pasa con los servicios judiciales. Los únicos que podemos estar seguros que no estarán mejor y seguramente estarán algo peor son los abogados. No debe extrañar entonces que los abogados defiendan sus intereses alegando toda clase de calamidades si se aumentan las tasas de esos servicios. Que las asociaciones de usuarios de servicios judiciales griten contra el alza no dice nada sobre cómo las nuevas tasas afectan a los usuarios –sólo me dicen que los abogados han conseguido una declaración de apoyo. Que algún periodismo ataque las nuevas tarifas, no me extraña porque algunos periodistas son cómplices o miembros de la oposición al gobierno (otros no dicen nada porque son favorables al gobierno).

      Lo mismo se puede decir de cualquier aumento en tasas y precios de servicios públicos donde algunas personas –no funcionarios del gobierno– se benefician de reservar cupos y facilitar acceso a esos servicios. Vea usted la diferencia entra los peajes de autopistas (recaudados por funcionarios públicos) y los ingresos extras de profesores universitarios que usan la infraestructura universitaria para actividades de consultoría (un negocio privado). 

      Toda esa discusión desvía la atención del problema central –qué servicios debe proveer el gobierno y en qué términos debe hacerlo. Lo grotesco es la pésima calidad de esos servicios, la diversidad arbitraria del número de servicios que pretenden prestar distintos niveles de gobiernos, el acceso privilegiado a esos servicios en función de criterios que ni siquiera se pueden articular, el tremendo déficit financiero de la prestación de esos servicios que luego las personas de ingresos medios y bajos deben pagar a través del IVA. Y  mientras tanto nos divertimos buscando la quinta pata del gato.  

  6. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Me va usted a disculpar, estimado Quasimontoro, pero creo que aplicar precios públicos tan desproporcionados al ejercicio de derechos elementales no sólo es una tomadura de pelo respecto a la realidad de dichos derechos sino una estafa estatal. Porque nos están cobrando dos veces por las mismas cosas

    Pongamos al work horse del sistema. El célebre ciudadano normalito de 25,000 euros brutos anuales  y cargas fiscales que ya  se llevan el 60%. Este Sr. acepta su mala suerte porque cree que tiene “derechos” y los está pagando.

    Es a esta persona a la que se está vedando el acceso a la justicia y se hace imponiéndole tasas que en el caso de un pleito en primera y segunda instancia representan más del 10% de su ingreso neto anual y sin hablar de ejecuciones de sentencia que con la ley procesal en la mano probablemente le costará otro tanto.

    Está sucediendo en numerosos servicios públicos. Ya los hemos pagado y ahora viene la segunda o tercera vuelta de tuerca.

    Hemos pagado carreteras y autopistas. Cumplen estas su plazo de peaje de 30 años y tras él, en vez de eliminarlo –como mandaba la legi zaharra de Don Sabino Arana– lo aumentan y prorrogan. Tenemos estructuras ya pagadas por los contribuyentes y hasta ahora “gratis” hay quien intenta convencernos de que debemos volver a pagarlas para usarlas.

    Lo mismo con las pensiones. Cualquiera de nosotros hemos pagado tres veces lo que recibiremos y resulta que se lo han “fumado”.

    Lo mismo con la Sanidad que mucho hablar de USA y resulta que aquí tampoco es universal. Toda la vida pagando hasta que te toca usarlo. Entonces lo pagas de nuevo.

    Esto ya es insostenible. Me refiero, Sr. Quasimontoro, a la pretensión de que el sistema no está en colapso, en caída libre y catastrófica.

    Por eso creo que recurrir a las curvas de oferta y demanda corresponde a otros momentos históricos. Hoy estamos en la comprobación acelerada de lo que sucede en el lado malo del borde de un agujero negro. Cambia el paradigma.

    PD. Ayer leí que vivió la crisis bancaria de Chile a principios de los 80. En ella perdí la pista de algunos amigos. ¿Sabe algo de Felipe Bravo?

    Saludos y gracias
     

  7. Penny
    Penny Dice:

    Propuesta para los editores de Hay Derecho y para Quasimontoro: 
     
    Creo que sería de gran utilidad que Quasimontoro escribiera un post sobre el impacto económico de las tasas judiciales
     
    Algunas preguntas:
     
    ¿Deben estar ligadas las tasas a la capacidad de pago de los usuarios? 
     
    ¿Depende la tasa óptima del grado de competencia en los mercados? 
     
    ¿Con tasas y poder de mercado no aumentará el incumplimiento de los contratos? En mucho casos no va a merecer la pena emprender acciones judiciales
     
    En mi opinión, abordar los problemas desde distintas perspectivas suele ser muy enriquecedor 
     
    Gracias a todos por el blog
     

  8. elisadelanuezsanchezcascado
    elisadelanuezsanchezcascado Dice:

    Gracias por la sugerencia, Penny, no eres la única que nos la hace, pero recuerda que no somos economistas, ya nos gustaría. Estoy por pedir ayuda a nuestros amigos de NeG a ver si nos sale algo razonable desde todos los puntos de vista, incluido el económico. Pero te adelanto que la cuestión de las tasas judiciales (como el de tantos otros bienes o servicios escasos muy ligados a necesidades básicas del ser humano) no solo es un problema económico. Es también un problema de justicia en un país donde tantas instituciones de control no funcionan y donde esto se sabe. 

    • Quasimontoro
      Quasimontoro Dice:

      Gonzalo,
       
      Me alegro que tome seriamente la crítica de sus ideas. En el mismo espíritu de su discrepancia con mi comentario crítico inicial, insisto en mis críticas. Primero, en los mercados competitivos –que NO es el caso de la industria bancaria— los consumidores pueden elegir entre reclamar y votar con los pies pero el reclamo es efectivo por el miedo a que el consumidor se vaya. En las industrias reguladas —el caso de la industria bancaria en la gran mayoría de las democracias constitucionales— o de las industrias bajo control estatal –el caso de la industria bancaria en China, o de la industria bancaria bajo Perón en su primer y su segundo gobiernos– los consumidores no pueden votar con los pies y sus reclamos no son escuchados. Antes de la crisis, en todos las democracias constitucionales, los usuarios de servicios bancarios (excepto los relacionados con el grupo controlador de un banco) tenían sólo la decisión de adherir o no a los contratos que se les ofrecían para esos servicios, contratos redactados por los abogados de los bancos. En 50 años de ejercicio profesional de la economía, buena parte como asesor de gobiernos en la reforma de sistemas bancarios y en la resolución de crisis financieras, siempre el problema ha sido el mismo –esto es, evitar que la intervención del estado genere condiciones para que los gestores de los bancos no jodan (= molestar, fastidiar, ver RAE) a sus usuarios. En esos años también fui asesor de gestores de grandes bancos, pero dejé de hacerlo cuando una gran crisis financiera (Chile 1982) me convenció que el problema principal de los bancos –insisto, industria regulada– es que la protección estatal (eso que los economistas llamamos “the safety net“) en realidad era una invitación primero a “too big to succeed“ y luego a “too big to fail“.  La crisis actual –en España y en otros países– impulsó una reacción puramente política de protección a los usuarios cuando los usuarios reclamaron a los políticos, no a los bancos. Como toda reacción política se quiere tapar los errores de antes con nuevos abusos de poder, esto es, dejando arbitrariamente sin efecto cláusulas de contratos que hoy imponen costos a los usuarios –sí, algunas de esas cláusulas nunca debieron haberse impuesto, pero esto no justifica que ahora arbitrariamente los políticos determinen cuáles son válidas y cuáles no. Para su información, algo similar ocurre en todas las industrias reguladas y en todas las industrias bajo control estatal. Siempre podemos rescatar acciones positivas de los políticos, de los gestores de bancos y de sacerdotes, intelectuales y profesionales, pero si las acciones hubieran sido importantes antes de la crisis, no habría habido crisis. Por supuesto, lo sucedido –antes y durante la crisis que aún no termina– ha sido posible por la complicidad de muchos abogados y economistas (si en mi comentario inicial me centré sólo en los abogados fue debido al tema de su entrada). 
       
      Segundo, en relación a las tasas mismas, usted responde a mi comentario diciendo que las tasas propuestas son desproporcionadas, pero mi crítica no era sobre el nivel de las tasas –que sí pueden ser desproporcionadas pero no es claro que lo sean– sino sobre la presunción de que el cobro de tasas por sí mismo implica la negación de tutela judicial. Si su respuesta supone negar esa presunción, me alegro, pero de lo contrario insisto en que esa presunción es absurda. En tiempos de crisis, todos los servicios estatales dejan en evidencia las terribles deficiencias en su organización y administración y por supuesto aparecen los grupos de políticos y otros fundamentalistas y privilegiados rechazando a gritos el cobre de tasas por esos servicios o el aumento de las tasas existentes. Mi impresión es que el griterío de muchos abogados (dicen representar a la mayoría) es igual al grito de cualquier chico que le han quitado uno de los muchos caramelos que le habían regalado. Pero hay algo bien claro de las muchas entradas que he leído en este blog durante los últimos tres meses y es que “muchos“ abogados están de acuerdo en que la judicatura española es tan mala como la burocracia. No soy abogado ni soy español ni resido en España pero de la evidencia que he ido recogiendo de fuentes españolas desde antes de la crisis (cuando sí vivía en España) me queda bien claro que la judicatura española provee tutela judicial “buena y barata“ a una minoría relacionada con los políticos pero al resto del país ni buena, ni barata y en muchos casos es negada arbitrariamente. A algunos abogados les podrá molestar que uno ponga el énfasis en la complicidad de los abogados, pero no tengo problema en afirmar la complicidad de muchos economistas del Banco de España y otras agencias estatales en sus malas decisiones. 
       
      Tercero, usted me da la razón porque habla de lo que la UE ha promulgado. Meses atrás entraba diariamente a los sitios web de la Comisión Europea y otros órganos de la UE pero siempre hablaban de las buenas intenciones formalizadas en normas escritas o contenidas en declaraciones de sus autoridades. Entre el dicho y el hecho hay mucho trecho, y ese trecho es muy largo en el caso de la UE. El punto de mi comentario inicial ponía énfasis en por qué podía esperarse que la UE –pretendido estado supranacional construido a partir de estados nación muy viejos– sirviera para proteger a los grandes productores europeos en perjuicio de la gran masa de consumidores europeos (de nuevo con la complicidad de abogados y economistas) y aunque reconozco una distorsión en mis fuentes de información (demasiado énfasis en los casos grandes) eso parece ser lo que ha estado ocurriendo. 
       
      Verónica,
       
      Seguro que algunos abogados son solidarios con los consumidores y en general con todos aquellos a los que se niega tutela judicial. Pero una golondrina no hace verano. También algunos economistas rechazamos la búsqueda de poder por parte de muchos de nuestros colegas y tenemos claro que la academia ha sido sólo un medio para esa búsqueda. 
       
      No entiendo su queja por el tono de mis comentarios. Usted se refiere a una sola palabra que la RAE define como sinónimo de molestar y fastidiar, y que en otros países se usa para dejar bien claro cuando la intención de una persona es fastidiar o molestar a otra, y especialmente hacerlo de manera que le cause daño.  

    • Manu Oquendo
      Manu Oquendo Dice:

      Buenos días.

      Ha habido varios artículos con el asunto de las tasas como objeto. Además gran número de comentarios muy valiosos.

      Tras leerlos tengo la sensación de que Gallardón ha lanzado una bomba de profundidad contra libertades, procesos, seguridades jurídicas y derechos básicos en cualquier sociedad.

      En los últimos días han ido saliendo titulares de grupos a los que las tasas no se aplican o dejarán de aplicarse.
      La sensación que queda es que esto afectará principalmente a la gran masa de la población —la que que sin ser indigente es mileurista y 300 euros son más que sobrados para no defenderse ni reclamar—  y a las Pymes siempre a punto de cerrar.

      Personas sin recursos.

      ¿Cómo deja esa definición al español medio con una renta justo por los 22,000 euros brutos anuales y con una fiscalidad que se le lleva más del 50% de la misma? El español medio es Mileurista.

      Mujeres víctima de maltrato.
      Si esto forma parte del código penal ¿quiere esta excepción decir que hay casos penales en los que alguien pagaría tasas?
      ¿O que si una señora ha presentado una denuncia sus otros litigios civiles resultarán exentos de tasas?
      ¿Se requiere éxito judicial en la denuncia para tener exención de tasas?

      Ejecuciones de Sentencias.

      En los frecuentes casos en los que el deudor con sentencia incumple las partes económicas de sentencias civiles o penales. ¿Son de aplicación las tasas?

      Reclamaciones de Cantidad ¿Supone esta tasa un coste adicional en el proceso declarativos o ejecutivos del cobro de deudas?

      Este asunto es grave.

      Gravísimo porque es un paso tremendo en un proceso de degradación jurídica que no cesa y en el cual no sólo las hipotecas son subprime, la condición de ciudadanía también.

      Es imperativo ser parte del 1% porque de no ser así estás frito.

      A por ello.

    • Quasimontoro
      Quasimontoro Dice:

      Manu Oquendo,

      Este comentario no es para defender lo que haya propuesto el gobierno sobre tasas judiciales. Su propósito es sólo aclarar quiénes se perjudican por la imposición de tasas a los servicios judiciales.

      Usted habrá visto que algunas personas se ocupan de reservar y facilitar el acceso de automovilistas que quieren estacionar en espacios públicos. Cuanto más bajo es el precio que cobra la municipalidad por un espacio público, mayor es la demanda por estacionar en ese espacio y mayor es el valor del servicio de las personas que cuidan esos espacios. Estos cuidadores –trabajadores informales– saben bien que sus ingresos dependen de cómo racionan los espacios y con el tiempo desarrollan distintos métodos para maximizar sus ingresos. Si mañana la municipalidad aumenta de 0 a 100 el precio de estacionar en sus espacios públicos, entonces los ingresos de los cuidadores disminuirán (en el mejor de los casos quedarán iguales) y podemos especular mucho sobre qué automovilistas se perjudican y cuáles se benefician del cambio en el sistema de racionamiento. Los únicos que podemos estar seguros que no estarán mejor y seguramente estarán algo peor son los cuidadores.

      Pues bien. Lo mismo pasa con los servicios judiciales. Los únicos que podemos estar seguros que no estarán mejor y seguramente estarán algo peor son los abogados. No debe extrañar entonces que los abogados defiendan sus intereses alegando toda clase de calamidades si se aumentan las tasas de esos servicios. Que las asociaciones de usuarios de servicios judiciales griten contra el alza no dice nada sobre cómo las nuevas tasas afectan a los usuarios –sólo me dicen que los abogados han conseguido una declaración de apoyo. Que algún periodismo ataque las nuevas tarifas, no me extraña porque algunos periodistas son cómplices o miembros de la oposición al gobierno (otros no dicen nada porque son favorables al gobierno).

      Lo mismo se puede decir de cualquier aumento en tasas y precios de servicios públicos donde algunas personas –no funcionarios del gobierno– se benefician de reservar cupos y facilitar acceso a esos servicios. Vea usted la diferencia entra los peajes de autopistas (recaudados por funcionarios públicos) y los ingresos extras de profesores universitarios que usan la infraestructura universitaria para actividades de consultoría (un negocio privado). 

      Toda esa discusión desvía la atención del problema central –qué servicios debe proveer el gobierno y en qué términos debe hacerlo. Lo grotesco es la pésima calidad de esos servicios, la diversidad arbitraria del número de servicios que pretenden prestar distintos niveles de gobiernos, el acceso privilegiado a esos servicios en función de criterios que ni siquiera se pueden articular, el tremendo déficit financiero de la prestación de esos servicios que luego las personas de ingresos medios y bajos deben pagar a través del IVA. Y  mientras tanto nos divertimos buscando la quinta pata del gato.  

    • Manu Oquendo
      Manu Oquendo Dice:

      Me va usted a disculpar, estimado Quasimontoro, pero creo que aplicar precios públicos tan desproporcionados al ejercicio de derechos elementales no sólo es una tomadura de pelo respecto a la realidad de dichos derechos sino una estafa estatal. Porque nos están cobrando dos veces por las mismas cosas

      Pongamos al work horse del sistema. El célebre ciudadano normalito de 25,000 euros brutos anuales  y cargas fiscales que ya  se llevan el 60%. Este Sr. acepta su mala suerte porque cree que tiene “derechos” y los está pagando.

      Es a esta persona a la que se está vedando el acceso a la justicia y se hace imponiéndole tasas que en el caso de un pleito en primera y segunda instancia representan más del 10% de su ingreso neto anual y sin hablar de ejecuciones de sentencia que con la ley procesal en la mano probablemente le costará otro tanto.

      Está sucediendo en numerosos servicios públicos. Ya los hemos pagado y ahora viene la segunda o tercera vuelta de tuerca.

      Hemos pagado carreteras y autopistas. Cumplen estas su plazo de peaje de 30 años y tras él, en vez de eliminarlo –como mandaba la legi zaharra de Don Sabino Arana– lo aumentan y prorrogan. Tenemos estructuras ya pagadas por los contribuyentes y hasta ahora “gratis” hay quien intenta convencernos de que debemos volver a pagarlas para usarlas.

      Lo mismo con las pensiones. Cualquiera de nosotros hemos pagado tres veces lo que recibiremos y resulta que se lo han “fumado”.

      Lo mismo con la Sanidad que mucho hablar de USA y resulta que aquí tampoco es universal. Toda la vida pagando hasta que te toca usarlo. Entonces lo pagas de nuevo.

      Esto ya es insostenible. Me refiero, Sr. Quasimontoro, a la pretensión de que el sistema no está en colapso, en caída libre y catastrófica.

      Por eso creo que recurrir a las curvas de oferta y demanda corresponde a otros momentos históricos. Hoy estamos en la comprobación acelerada de lo que sucede en el lado malo del borde de un agujero negro. Cambia el paradigma.

      PD. Ayer leí que vivió la crisis bancaria de Chile a principios de los 80. En ella perdí la pista de algunos amigos. ¿Sabe algo de Felipe Bravo?

      Saludos y gracias
       

    • Penny
      Penny Dice:

      Propuesta para los editores de Hay Derecho y para Quasimontoro: 
       
      Creo que sería de gran utilidad que Quasimontoro escribiera un post sobre el impacto económico de las tasas judiciales
       
      Algunas preguntas:
       
      ¿Deben estar ligadas las tasas a la capacidad de pago de los usuarios? 
       
      ¿Depende la tasa óptima del grado de competencia en los mercados? 
       
      ¿Con tasas y poder de mercado no aumentará el incumplimiento de los contratos? En mucho casos no va a merecer la pena emprender acciones judiciales
       
      En mi opinión, abordar los problemas desde distintas perspectivas suele ser muy enriquecedor 
       
      Gracias a todos por el blog
       

    • elisadelanuezsanchezcascado
      elisadelanuezsanchezcascado Dice:

      Gracias por la sugerencia, Penny, no eres la única que nos la hace, pero recuerda que no somos economistas, ya nos gustaría. Estoy por pedir ayuda a nuestros amigos de NeG a ver si nos sale algo razonable desde todos los puntos de vista, incluido el económico. Pero te adelanto que la cuestión de las tasas judiciales (como el de tantos otros bienes o servicios escasos muy ligados a necesidades básicas del ser humano) no solo es un problema económico. Es también un problema de justicia en un país donde tantas instituciones de control no funcionan y donde esto se sabe. 

  9. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Otra pregunta interesante acerca de esta nueva hazaña bélica del Sr. Gallardón es ¿a quién beneficia?

    Los jueces y magistrados están que trinan porque ven la chapuza y la injusticia.

    Por distintos motivos lo mismo sucede con  los letrados y los litigantes con algún conocimiento.

    El ciudadano medio, el mileurista que piensa que nunca tendrá que litigar, no se ha enterado pero su capacidad de defenderse legalmente o de reclamar ha sido alterada profundamente y muy posiblemente eliminada.

    La oposición política probablemente hará uso de este asunto indigno e indignante (aunque, la verdad, están bastante callados)…

    Entonces ¿quiénes son los que pueden haber empujado a Gallardón a hacer algo tan nefasto?
    A todo esto no tenemos a manos datos del input-output de litigios por naturaleza con lo cual estamos sin capacidad de análisis de una realidad vidriosa.

    Por ejemplo, España e Italia son los dos países con peor hábito de pago y cumplimiento de deudas que yo conozco.

    Muy buenos (con cheques) son USA y Francia porque es un delito serio y no se va de broma con un cheque sin fondos. Aquí el cheque y la letra de cambio se han prostituido desde arriba y a conciencia.

    En una época fue buenísimo Brasil, el mejor del mundo. con 7 días de plazo medio de pago desde vencimiento a cobro.

    ¿Por qué? El pago no se aceptaba legalmente sin incluir los intereses de mora que en forma de tasa diaria ya venía calculado en la base de la factura.


    Es decir, en muchos casos el problema de la Justicia no es tal: Es un problema de Gobierno y Legislación.

    Por no hablar de las casi 500,000 denuncias por maltrato de las que sólo el 15% terminaba en condena y el resto, el 85%, en  archivo y absolución. ¿Quién ha incentivado este derroche destructivo?

    Los problemas suelen tener padre y madre.

    Saludos

     

  10. Verónica del Carpio Fiestas
    Verónica del Carpio Fiestas Dice:

    Muy agudo. Manu Oquendo. Lo primero es mirar el cui bono, a quién beneficia.
    Y aquí no hace falta ser un Sherlock Holmes, y esto no es una lista exhaustiva:
    * grandes empresas que tendrán la vía libre para sus abusos frente a los consumidores, con el consiguiente aumento de sus beneficios
    * y el propio Estado, que queda impune y por tanto, además, podrá sacar dinero de esto, no solo con las tasas, que también, sino sobre todo con las multas y sanciones arbitrarias que podrá poner a quien quiera, sin posibilidad de control judicial.
     
    El famoso caso de las multas de tráfico, que así de primeras parece un poco tonto, 200€ de tasa judicial por recurrir en los juzgados una multa de 100€, significa ni más ni menos en la práctica que se ha dado con una nueva forma de financiación incontrolada para los Ayuntamientos y demás entidades públicas escasa de fondos. 
     

  11. paco
    paco Dice:

    Señores buenas tardes,con lo que estoy viendo de ustedes que saben mas que yo,e llegado a la conclusión
    que si de volvieran todo el dinero que se llevan los mangantes estos, este país seria el primero del mundo
    en economiza pero estos señores no tienen leyes,,

  12. paco
    paco Dice:

    Señores buenas tardes,con lo que estoy viendo de ustedes que saben mas que yo,e llegado a la conclusión
    que si de volvieran todo el dinero que se llevan los mangantes estos, este país seria el primero del mundo
    en economiza pero estos señores no tienen leyes,,

  13. paco
    paco Dice:

    Hola señores , toda vía en este país seguimos con las discriminaciones es lamentable ayer sin ir mas lejos,
    estuve en una reunión, cuando empezó fue tal desengaño que tuve que salirme de aproximada unas ciento cincuenta personas ,30 y algo eran catalanes y el resto eran castellanos,comenzaron dando el discurso en
    catalán, como se suele decir en estas clases de reuniones levanté la mano para hablar, y dije mi expresión diciendo que por favor hablasen en castellano ya que avía mucha gente castellana y no comprendían el catalán,
    y me dijo el señor abogado que para eso estábamos en Cataluña , si estamos en un país democrático, con tal mala suerte por parte del abogado de mesa que me levanté y me salí de la reunión, que falta de respeto a la ciudadanía.

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