Lecciones de Harvard. La formación en nuestra Universidad

En el pasado mes de septiembre tuve la fortuna de asistir al congreso anual Harvard-Complutense que el Departamento de Derecho Mercantil de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense, junto con el Real Colegio Complutense y la Universidad de Harvard, organiza en las instalaciones de la Law School de esta última. Fue muy interesante para mí preparar y exponer allí, en ese fabuloso centro académico, una lecture sobre el arbitraje y la mediación en el comercio internacional. Lo mismo que conocer “in situ” las instalaciones, el campus y su sistema formativo. Pero quizá lo más valioso de todo fueron las cuatro lectures de prestigiosos profesores de la Universidad a las que tuve la oportunidad de asistir.

 

Tuve así conocimiento directo del mejor sistema educativo universitario del mundo, nacido allí y exportado luego en parte a otras muchas universidades de todos los continentes. Entonces y después he planteado a diversos profesores universitarios españoles, o incluso a alumnos, el por qué todas las universidades españolas, hasta donde llegan mis conocimientos, han sido refractarias a introducir este sistema que tan eficaz se ha demostrado. La respuesta, incluso entre los que conocen y admiran este sistema, ha sido frecuentemente que tal cosa no sería posible en España. Este post me da la oportunidad de compartir algunas reflexiones sobre la enseñanza universitaria española en general, y la del Derecho en particular.

 

El “sistema Harvard” de enseñanza. Una clase.

 

Lo mejor para conocerlo puede ser referir una de las clases, tal vez la que más me gustó, la que nos dio el profesor de “Law & Business” de origen indio, Guhan Subramanian.

 

La clase consistía en el análisis de diversos casos. De todos ellos se nos había enviado previa documentación y debíamos llevarla estudiada y analizada. En uno de ellos, por ejemplo, la documentación consistía en las noticias reales aparecidas en ediciones electrónicas de periódicos económicos sobre un caso de posibles sobornos de una importante empresa comercial norteamericana para favorecer su expansión en México. Allí nos enteramos que la legislación norteamericana persigue y sanciona esta forma de corrupción a las autoridades, no sólo cuando tiene lugar en los Estados Unidos, sino incluso cuando las empresas norteamericanas utilizan este “instrumento” en el extranjero. No me cabe duda de que esta amplia consideración de la responsabilidad de los individuos y empresas, paralela a la confianza que “de entrada” se concede a los integrantes de la sociedad civil, y que tiene su origen probablemente en su originario espíritu protestante, tiene mucho que ver con el grado de desarrollo económico alcanzado por esta nación.

 

La clase, debidamente preparada por los que éramos alumnos, rápidamente empezó a ser participativa. Se disputaba, sobre todo, si los Administradores de la empresa matriz en los Estados Unidos, que además habían cambiado a lo largo del periodo en el que se produjeron los sobornos, sabían o habrían tenido la obligación de conocerlos aplicando la debida diligencia exigida por el caso. Sin embargo, en un momento dado, el professor nos animó a profundizar en los antecedentes, para luego plantearnos una cuestión trascendente: si no había responsabilidad en la elaboración de un plan de expansión y apertura de centros en tan poco tiempo. Si un exigible conocimiento de la situación de hecho en México pasaba por haber sabido que la realización de ese plan con esos objetivos temporales era imposible sin acudir a sobornos. Y si los responsables en México de tal expansión no se habían forzado a utilizarlos para poder cumplirlos.

 

Un análisis interesante, por tanto, del posible alcance de la responsabilidad de los administradores, que partíadel conocimiento de la teoría y del caso por los alumnos, en que los alumnos participaron y aprendieron mucho. Algo que no existe en las Facultades de Derecho en España.

 

Las causas de nuestra resistencia a incorporar estos sistemas.

 

La cuestión es la siguiente: si este sistema de preparación previa de la clase por los alumnos, tanto desde el punto teórico como práctico, se ha revelado tan eficiente en resultados, tan estimulante para los alumnos, y no supone especiales costes, pues incluso las clases al ser tan provechosas pueden reducirse en número: ¿Por qué la Universidad española, al contrario de otras muchas, no ha sido capaz de adoptarlo? ¿Por qué nuestro sistema castizo en el que el profesor cuenta la materia a una audiencia virgen en ella, de alumnos aburridos e incapaces de sacar el provecho debido, a pesar de la reforma de Bolonia, muestra tanta resistencia al cambio?

 

Son varias las posibles respuestas que he ido recogiendo. Éstas son algunas de ellas:

 

-“El sistema del caso es adecuado para el Dº anglosajón, basado en precedentes jurisprudenciales, pero no para nuestro sistema latino-germánico que tiene como fundamental fuente la ley”. No creo que este argumento pueda sostenerse. La diversidad de fuentes sólo afecta a lo que el alumno debe preparar, no a la virtud de esa previa preparación. Tengo un hijo estudiando en una universidad suiza y simplemente no concibe no preparar previamente las clases, incluso las de Derecho. En innumerables universidades con un sistema legal semejante al nuestro se exige a los alumnos esta preparación previa.

 

-“Los alumnos llegan tan mal preparados y mentalizados de la educación secundaria que es imposible reconducirles por esa vía”. Tampoco creo admisible este argumento. El sistema general de educación secundaria norteamericano, que con auténtico y acrítico entusiasmo copiamos después en España y otros países europeos, es bastante deficiente. Y ello no impide a sus alumnos adaptarse a las nuevas exigencias de las universidades de prestigio. En realidad el alumno, por mucha tendencia al mínimo esfuerzo que tenga, siempre va a adaptarse a lo que en cada caso le exijan. Pero hay que tener el coraje de exigirlo.

 

“Este sistema no es posible en nuestras masificadas facultades de Derecho”. Al margen de que no es un problema general, sí es cierto que los estudios de Derecho son como una especie de coche escoba para todos aquellos a los que, sin tener especial interés, una extraña inercia social les lleva a “tener” que ir a la Universidad. Sin entrar en este problema, que también y como casi todos podría tener solución, les puedo contar que en ciertas universidades centroeuropeas los primeros cursos son masivos y selectivos, y que eso no impide la exigencia de la preparación previa de la clase. Tal vez precisamente la falta de esa o de otras exigencias puede tener mucho que ver con esa masificación.

 

-Aún menos admisibles me parecen los que se amparan en la existencia de presuntas barreras culturales. Tales argumentos me huelen a racismo, y los creo contrarios al concepto mismo de “Universidad”. Si hemos conseguido manejar ordenadores, construir trenes de alta velocidad e incluso dejar de fumar en los bares, ninguna mejora en sistemas de enseñanza debe ser para nuestras Universidades inaccesible.

 

Las verdaderas razones pueden estar más bien en prejuicios y mecanismos de resistencia a los cambios que se estudian en psicología social.

 

La teoría de la “disonancia cognitiva” (Fertinger, 1957) considera que para evitar la incongruencia entre ideas y actos, que nos resulta molesta, se tiende por ser más fácil y cómodo más a modificar las ideas que las conductas. Si los docentes y los dirigentes de la Universidad admitieran que se puede cambiar para mejorar el sistema de enseñanza, ello les llevaría a admitir lo inapropiado de no haberlo hecho antes y haber seguido rutinariamente con un sistema peor. Ante la dificultad de aceptar estaidea se prefiere encontrar justificaciones que explican el mantenimiento de lo tradicional.

 

La teoría del análisis atributivo (Ben) considera que las ideas sobre una determinada situación se construyen de una forma muy subjetiva, en virtud de cómo se siente en ella el individuo. Quien se sienta cómodo y seguro en su rutina docente tradicional será reacio a novedades que puedan poner esa situación en riesgo.

 

Estos anclajes conservadores se refuerzan además por la presión grupal, que favorece la homogeneidad de respuesta. Ante la nuevas propuestas se comparten, expanden y cultivan críticas y recelos. Y las personas de más edad, que pueden ser más resistentes a los cambios, frecuentemente actúan por su prestigio como modelos y guías de opinión.

 

Aunque estos prejuicios se dan incluso en el mundo profesional (basta ver la dificultad de muchos operadores jurídicos para aceptar soluciones nuevas y eficaces, como la mediación), sin duda se ven potenciados en ámbitos públicos por su específico sistema de incentivos y responsabilidades. La tal vez excesiva funcionarización de nuestra Universidad pública, a salvo hasta hoy de las amenazas de la competencia, y controlada además por grupos cerrados oligopolistas liberados de cualquier rendición de cuentas al amparo del mito de la autonomía universitaria, son factores que refuerzan el actual e ineficiente status quo. El mérito como criterio de valoración del docente se ha difuminado, y la movilidad del profesorado entre diversas universidades se ha reducido al mínimo. Nada de todo esto impulsa la excelencia.

 

¿Tiene solución esta situación?

 

Sin duda es la gran pregunta. Ciertamente, esa tendencia a la inmovilidad, esa actitud fatalista y resignada ante lo que hay aunque se considere malo, no es exclusiva de nuestra Universidad, sino que afecta a grandes sectores de la sociedad española. No hay más que ver, por ejemplo, tantos resultados electorales.

 

Pero también tenemos en nuestra sociedad y en nuestra Universidad elementos inconformistas y dinámicos. Gente que no se conforma con instalarse en la mediocridad y la rutina, y que aspira a la calidad e incluso a la excelencia. Las redes sociales, los medios y blogs en internet, y las ideas que bullen en ellos son un buen ejemplo de ello.

 

Sólo si estos elementos son capaces de cobrar suficiente protagonismo, si consiguen desarrollar ideas y proyectos que pongan de manifiesto que se pueden hacer mejor las cosas, que se puede escapar de la rutina y conseguir que profesores y alumnos se involucren en una dinámica diferente y estimulante. Si se consigue por esta vía empezar a cambiar el sistema de incentivos y crear un verdadero y justificado “orgullo de Universidad”. Aunque ese cambio comience sólo en unos pocos departamentos y universidades. Y si se rompen así los prejuicios y los anclajes a la mediocridad. Sólo en este caso las Universidades españolas, y dentro de ellas el estudio del Derecho, tendrán la posibilidad de alcanzar un rango internacional de calidad.

 

Porque yo lo valgo (sobre las declaraciones de los Consejeros de Bankia en la Audiencia Nacional)

El esperpéntico desfile de los antiguos gestores de Bankia por la Audiencia Nacional como imputados (a raíz de la interposición de una querella por UPYD de la que ya hablamos aquí  ha culminado -por ahora- con la declaración de D. Rodrigo Rato, ex Presidente de la entidad. momento que seguramente recordarán los libros que se escriban en el futuro próximo sobre estos años. No está de más recordar que a los 33 exconsejeros imputados, así como a Bankia y a BFA en calidad de personas jurídicas, se les atribuyen indiciariamente y de forma genérica los delitos de falsificación de cuentas, administración desleal, maquinación para alterar el precio de las cosas y apropiación indebida. Sus nombres los tienen aquí

 

A mi juicio este caso pone de manifiesto con crudeza la grave enfermedad moral, – a estas alturas no sabemos si ya incurable- que ha padecido nuestra sociedad durante los últimos años, la de la irresponsabilidad aguda de muchas personas cercanas al Poder, es decir, incapacidad de reconocer ningún error o/y la de asumir responsabilidad por los propios actos.

 

En ese sentido las declaraciones de los Consejeros de Bankia (incluidos los que tenían responsabilidades ejecutivas y los miembros de la Comisión de Auditoría) no han podido ser más reveladoras: ninguno tenía capacidad para desempeñar las funciones que teóricamente les correspondían, ninguno sabía nada de la gestión de la Caja primero y del Banco después, todos confiaban  ciegamente en el buen funcionamiento del “Sistema”, todos hacían lo que otros les mandaban, ninguno se ha planteado ni siquiera la mera posibilidad de que el desastre ocurrido y que tanto dinero nos ha costado a los contribuyentes españoles tenga algo que ver con su actuación por acción o por omisión. Pero, eso sí, todos estos señores y señoras sin trayectoria profesional previa que avalase su presencia en este Consejo cobraban unos sueldos más que considerables que recibían, me imagino, con la conciencia tranquila de quien está haciendo bien su trabajo.

 

A modo de ejemplo, aunque hay donde elegir, podemos seleccionar algunas declaraciones particularmente llamativas para ilustrar esta actitud. Así tenemos el caso de D. Arturo Fernandez, ex vicepresidente de la CEOE, Consejero de Bankia y empresario de cabecera del PP madrileño que confiesa que nunca se había leído sus cuentas, dada su total confianza en los auditores (Deloitte) que, al parecer, le eximía de tan engorrosa tarea. De la misma manera, Mercedes Rojo-Izquierdo miembro de la Comisión de Auditoría confiesa su ignorancia y su falta de capacidad para el puesto que desempeñaba (circunstancias de las que al parecer tuvo el detalle de avisar) lo que no le impidió ni ocuparlo ni cobrar el sueldo. Otros, matan al mensajero, en este caso al partido que osó querellarse contra el Régimen; así Jesús Pedroche considera que su imputación no se debe a su participación como Consejero en un desastre financiero sin precedentes sino a habladurías y chismorreos.

 

La pregunta del millón es entonces ¿qué tipo de trabajo hacían estos Consejeros que no sabían nada de cuentas, ni de auditorías, ni de gestión financiera? Porque ese es el quid de la cuestión. Parece que el trabajo consistía básicamente en obedecer órdenes y en seguir instrucciones, no precisamente de los impositores, por cierto. Se trataba, al parecer, de seguir las directrices que se les daban y aprobar aquellas operaciones que eran propuestas o recomendadas por el partido, los empresarios afines o por la Comunidad Autónoma. Pero, aunque a algunos les sorprenda, resulta que en la vida profesional ordinaria o en el mundo real los sueldos no se suelen cobrar por estos motivos, ni se consideran una recompensa por la fidelidad pasada o los servicios prestados: cobran a cambio de un trabajo, de unos resultados y de una responsabilidad. O por lo menos eso establecen todavía nuestras leyes, no por incumplidas menos vigentes. Y lo más interesante de todo es que precisamente porque se cobran esos sueldos y se asumen unas obligaciones determinadas (obligaciones que suelen estar en relación con la magnitud del sueldo, de forma que el CEO no cobra lo mismo que el becario, para entendernos) se responde en vía administrativa, civil e  incluso penal si las cosas salen mal. Son las reglas del juego, aunque en este país cada vez más las reglas del juego solo se apliquen a unos (ciudadanos de a pie) y no a otros (los que las hacen, o sus familias y clientelas políticas o consaguineas)

 

Ah, y por supuesto el supervisor de todo este desaguisado, la Comunidad de Madrid, tampoco tiene nada que ver y se lava las manos además de bloquear en la Asamblea Regional la correspondiente Comisión de Investigación con la mayoría absoluta del PP. Pues para ese viaje se podían haber ahorrado la Ley de la Comunidad 4/2003 de 11 de marzo reguladora de las Cajas de Ahorro de la Comunidad de Madrid que describe los mecanismos que la hubieran permitido –de haber tenido la intención- haber prevenido o evitado el desastre. Conviene repetirlo para que no se nos olvide, la Comunidad de Madrid era la competente de la supervisión de Caja Madrid. Pero, al ocupar políticamente la Caja, se convirtió a la vez en el supervisor y el supervisado. De este tema ya escribí en su momento en relación con la CAM (ya saben, lo peor de lo peor hasta que llegó Bankia)  pero el caso de la Comunidad de Madrid es exactamente el mismo como también comenté en su día aquí. 

 

Es verdad que el Banco de España tiene también una parte importante de culpa, pero no nos olvidemos de la Comunidad, que es lo que sus dirigentes quieren a toda costa. Conviene recordar que con carácter general, las responsabilidades de los miembros directivos de las Cajas de Ahorro, y en particular de los miembros de la Comisión de Control, que son muy específicas, están recogidas en la Ley 26/1988 de Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, en relación con lo dispuesto en la Ley 31/1985 de 2 de agosto, de Normas básicas de órganos rectores de Cajas de Ahorros. Además todas las CCAA disponen de normativa específica. Por centrarnos en el caso más sonado, la normativa propia de la Comunidad de Madrid se encuentra en la Ley 4/2003 de 11 de marzo, reguladora de las Cajas de Ahorro de la Comunidad de Madrid  que contiene normativa en materia de responsabilidades administrativas y establece los órganos competentes para determinarlas y sancionarlas.

 

En fín, solo nos queda esperar que en este caso,  como en tantos otros, la maltrecha Administración de Justicia ponga las cosas en su sitio. De entrada, pase lo que pase con los imputados en el procedimiento penal, me imagino que la siguiente vez que les ofrezcan un “chollo” de esta naturaleza  a lo mejor se lo piensan. O a lo peor, no.

 

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Tres crisis en una. Las cabezas de la Hidra

Cumplido más de un año desde que el señor Rajoy ganó las elecciones, se ha demostrado que un cambio de gobierno no significa necesariamente un cambio de rumbo. Sigue la crisis, suben el paro, el IPC, y el nivel de endeudamiento. Y no hay una suficiente separación entre los dirigentes políticos, y el sistema financiero, la Justicia o los medios de comunicación.

 
El Gobierno del PP ha incumplido los puntos básicos de su programa. Niega a menudo la evidencia, y se defiende de cualquier crítica con el argumento de la herencia que les dejó el PSOE. Crece el descontento social, la desconfianza, y la desafección hacia las instituciones. Un 85 % según las encuestas se muestran descontentos con el sistema de representación parlamentaria. Y los nacionalismos periféricos se aprovechan de la crisis para hacerse más fuertes, incrementar sus demandas y acercar a más gente a sus políticas excluyentes y autoritarias. Ya sin tapujos se vende la secesión como una solución definitiva, como la perfecta huida de la crisis.

 
Se ha dicho que esta crisis política y económica se fundamentan en realidad en otra crisis social. Que el deterioro económico y la progresiva decadencia del sistema político no habrían sido posibles con una sociedad civil donde no hubiera avanzado tanto la pérdida de valores como la unidad y cohesión social y familiar, la responsabilidad personal, o el respeto a la autoridad. Lo que nos lleva a preguntarnos qué es lo que está fallando en los mecanismos de transmisión de valores.

 
Se ha señalado al sistema educativo como uno de los principales responsables de este problema. No cabe duda de su deterioro como mecanismo tanto de transmisión de conocimientos como de socialización y educación cívica. De hecho entre los docentes e incluso alumnos que protestan por la reforma educativa proyectada se echan de menos una dosis suficiente de autocrítica, un sincero reconocimiento de la actual situación, y  el planteamiento de otras alternativas diferentes de reclamar más dinero.

 
Pero también que en las aulas es donde más se sufre, y no sólo por los profesores, la citada crisis social y de pérdida de valores. Se ha consolidado un sistema que favorece el mínimo esfuerzo y la desvalorización de la excelencia, y que permite la “estabulización” de  adolescentes que no tienen el menor interés en los estudios, a costa del ambiente general. Y a ello se añade la falta de autoridad de los maestros, demasiadas veces condicionados por los caprichos de padres y alumnos.

 
Sin embargo la crisis del sistema educativo no es sino una manifestación más de la citada crisis social. En una sociedad sana y con claras convicciones este deterioro no habría sido posible.

 
Por eso hay que señalar también otros responsables de esta crisis social. Si en la época de bonanza tanta gente perdió la noción de austeridad y prudencia y vivió por encima de sus posibilidades confiada al crédito, y si tantos hicieron entonces dinero fácil en la llamada “cultura del pelotazo”, de ello muy probablemente no sea la escuela la principal responsable.

 
Creo que no ha sido menor el efecto de los ejemplos recibidos de nuestros dirigentes.En nuestra clase política la calidad tampoco ha merecido una especial valoración. Se ha llenado de oportunistas de muy poco nivel y formación gracias a los lamentables mecanismos de selección de la partitocracia. La política se ha convertido en un medio fácil de vida, que no requiere especial formación ni esfuerzo, y donde basta para colocarse con demostrar una lealtad acrítica y con decir donde corresponda, incluso con cínica desvergüenza, bonitas palabras.

 
Hoy, tras décadas de burbuja inmobiliaria y lucidos despilfarros en carreteras, aeropuertos, centros culturales vacíos y urbanizaciones fantasma, los ciudadanos españoles deben pagar las facturas y las peores consecuencias de la crisis, mientras que los políticos tan mal seleccionados son los únicos a los que parece que la crisis les es  ajena y pueden seguir viviendo por encima de sus (en realidad, “nuestras”) posibilidades.

 
Los políticos, lo mismo que los periodistas o los intelectuales en general, tienen también la obligación moral de transmitir valores una sociedad gravemente necesitada de ellos para sustentar una democracia sólida. Y mucho más con hechos que con palabras. Pero en vez de ejercer ese papel y actuar con ejemplaridad, se han servido de su poder para mantener su status, y manipular a un pueblo inculto y maleable. Actuando muchas veces al margen de la ley, o adaptando ésta a sus específicos intereses. Domesticando y colonizando la justicia, la prensa o cualquier otro contrapoder equilibrador. Y corrompiendo o anestesiando a la sociedad con sus mecanismos clientelares. Todo ello para seguir en su particular estado de bienestar, sin exigencia alguna de responsabilidad.

 
No resulta fácil pedir a la sociedad desde esta atalaya un comportamiento ejemplar, y  la asunción de innumerables sacrificios que ellos mismos son incapaces de hacer. Cuando las pequeñas corruptelas y canonjías (caso ipads), el tapar o mirar hacia otro lado en los casos de corrupción de tu propio partido, o el uso generoso del indulto cuando otros escudos han fallado se han convertido en una indisimulable seña de identidad de esa clase diferente e inmune al sufrimiento general. A nadie asombra que los ciudadanos se refieran al conjunto de ellos no ya como “clase política”, sino más bien como la casta que antepone sus prioridades al bien común de la sociedad.

 
Con razón Georg Christoph Lichtenberg dijo una vez que cuando los que mandan pierden la vergüenza, los que obedecen pierden el respeto.

 

 

¿Defensa del copyright o censura? El Gobierno ordena la intervención cautelar del blog ¿Hay Derecho?

Los editores creemos llegado el momento de hacer pública una información que hasta este momento había permanecido reservada: el pasado día 15 de octubre recibimos una comunicación oficial de la Comisión de Propiedad Intelectual (la denominada Comisión Sinde-Wert, cuya composición se desconoce, como ya se ha denunciado aquí) que bajo el epígrafe “Requisitoria previa en su caso a la acción administrativa procedente”,  recoge el siguiente texto:

 

“Al amparo del artículo 8 de la ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, para la protección de la propiedad intelectual en el ámbito de la sociedad de la información y de comercio electrónico, se requiere información a la dirección administrativa del blog ¿Hay Derecho? en relación con la posible utilización en el blog de referencia de conceptos, ideas o tesis de carácter no original, lo que podría constituir una utilización indebida de propiedad intelectual, sujeta en su caso a una falta administrativa sancionada con lo previsto en la disposición adicional 14ª del RD 3456/2011, en la redacción que le da el Real Decreto-Leu 24/2012 de 30 de agosto.”

 

Parece ser que la Comisión considera que en los posts hay ideas que no son enteramente originales tales como transparencia, rule of law, Estado de Derecho, seguridad jurídica, independencia de la Justicia, o jerarquía normativa. Su utilización sin indicar de manera expresa que estas ideas “podrían no ser originales del autor o autora del presente artículo, dado que forma parte de la retórica tradicional de nuestros partidos políticos” entraría en el concepto de copia no autorizada previsto en el citado RD 3456/2011 y sancionado con la intervención cautelar.

 

Los editores del blog hemos presentado el correspondiente escrito de alegaciones en el breve plazo de tiempo que se nos concedió al efecto, escrito que no reproducimos para ahorrarnos problemas con la AEPD al contener datos personales (a pesar de que los datos son nuestros, pero ya se sabe que uno no se puede fiar últimamente de no ser sancionado cuando cede voluntariamente sus propios datos). En él reconocemos que las ideas no son originales, efectivamente -porque están consagradas en todas las Constituciones democráticas, incluso en la nuestra, y han sido repetidas hasta la saciedad por tratadistas y clásicos del pensamiento político- pero nos negamos a admitir, como pretende el escrito remitido, que su autoría corresponde exclusivamente a nuestros líderes políticos, pese a su profusa utilización en las Comisiones de Investigación abiertas durante la última legislatura.

 

Pues bien, hoy día 28, sin que hayamos recibido ninguna ulterior resolución de la Comisión, nos han comunicado que el blog ha quedado formalmente intervenido y bajo la dirección  de un equipo establecido por la Comisión, y compuesto de un Presidente, un Director ejecutivo, un Comité editorial, un Subcomité de gestión, una Dirección de Comunicación, y una comisión asesora no retribuida excepto por dietas compensatorias. Parece que a todos esos cargos se les va a dar un ipad, debidamente  asegurado contra el riesgo de pérdida, para que puedan cumplir eficazmente sus funciones. Desconocemos los componentes de estos órganos, aunque al parecer han sido designados por el PP y el PSOE, respetando escrupulosamente las imprescindibles cuotas, naturalmente, entre blogueros de reconocido prestigio con más de 10 años de ejercicio profesional, lo que nos parece un poco raro, porque tampoco los blogueros llevamos ejerciendo tanto tiempo.

 

Los rumores apuntan a que los cvs de estas personas no resultan todo lo técnicos que debieran, sino que se trata de familiares de segunda fila de dirigentes de los partidos mayoritarios, a los que habría habido que recolocar por los ERES que han afectado a algunas televisiones autonómicas, recortes de plantilla en Ayuntamientos y Diputaciones e incluso chóferes de altos cargos que han visto reducido su salario en un 20 %. Pero no podemos confirmarlo porque no tenemos ni idea de quienes son. En la propia comunicación se nos dice que no es posible facilitar sus datos personales por prohibirlo la Ley, pero que no nos preocupemos, que ellos ya se encargan de todo. También nos han indicado (oralmente) que en vez de cuatro pelagatos que no conoce nadie, como hasta ahora, firmarán los posts primeras firmas de la actualidad política nacional que darán nuevo lustre y esplendor al blog.

 

La primera medida ha sido cambiar el nombre del blog; a partir de ahora, en un estilo más anglosajón y alineado con el Plan Bolonia, será: “¿Habiendo Derecho?”. Mientras dure la intervención cautelar, la intención de la Comisión es publicar, en vez de un post diario como hasta ahora, uno cada dos o tres semanas, el primero con el título: “Proyecto de ley de transparencia, una norma que nos sitúa a la vanguardia en libertades democráticas” firmado por la Vicepresidenta del Gobierno, Soraya Saenz de Santamaría.

 

Se anuncian otros títulos en la misma linea:

 

 Comprobamos que la Justicia ya funciona. ¿Gracias a las tasas o ha bastado el anuncio del Ministro de Justicia de reformar el CGPJ? Por Alberto Ruiz Gallardón.

¿Qué se entiende por cumplir un programa electoral? Hermenéutica para iniciados (I) Por Mariano Rajoy.

La independencia de los organismos reguladores: cómo conseguirla Por Elvira Rodriguez

Rubalcaba se merece otra oportunidad. Rajoy la tuvo ¿Por qué él no? Por Alfredo Pérez Rubalcaba

El hermano de Montoro también sufre la crisis o el precio de la honestidad.  Por Ricardo Montoro

¿Qué se entiende por cumplir un programa electoral? Hermenéutica para iniciados (XLII) Varios líderes políticos españoles.

La elección por cuotas de los partidos como garantía de independencia y pluralismo. Por Pascual Sala, Presidente del Tribunal Constitucional.

La corrupción ¿vicio o virtud? Varios autores. Coordinador Oriol Pujol.

La colonización de las instituciones por los partidos políticos como medio necesario para proteger a la sociedad de sí misma. Por Alfonso Guerra y Rodrigo Rato.

La subida de impuestos a las clases medias : ¿una medida liberal? Por Cristobal Montoro y Luis de Guindos

Examen del nepotismo como medida protectora de la familia Por Ana Botella y Esperanza Aguirre

Eurovegas; innovar para crear empleo de calidad por Ignacio González

Las claves de la secesión catalana (o como hacer una tortilla sin romper huevos) por Artur Mas, Pere Navarro y JA Durán i Lleida.

La democracia interna en los partidos políticos: una deriva a evitar por Maria Dolores de Cospedal

La ocupación de tierras y de supermercados; un nuevo concepto de la propiedad privada para el siglo XXI  por Sanchez Gordillo

Legislación de protección de datos y sus insuficiencias. ¿Es verdaderamente necesario que los electores conozcan los nombres de las listas cerradas que votan? Una propuesta expansiva. Por Jesús María Posada, Presidente del Congreso de los diputados.

Los conciertos económicos y fiscales privilegados de algunas provincias. Por qué yo sí y tú no. Descubre la modernidad en las instituciones medievales. Por Antonio Basagoiti.

Los  EREs en la Junta de Andalucía; una perspectiva institucional  por la Junta de Andalucía

Urdangarín: un indulto necesario por Iñaki Urdangarín.

 

Por otro lado es posible que para cubrir el déficit (que presumiblemente se pueda producir en las cuentas del blog por la caída de audiencia consecuencia de esta intervención) sea absolutamente necesario establecer una pequeña tasa – insignificante, nos dicen- por cada visionado de la entrada y otra por cada comentario. La tasa por cada entrada en el blog viene, al parecer, impuesta por exigencias de la señora Merkel que ha exigido extraoficialmente que el coste de todo servicio público –al parecer el blog también  lo es- sea cubierto preferentemente por aquellos ciudadanos que lo usen.

 

La tasa relativa a los comentarios tiene al parecer otra justificación, con interesantes concomitancias con los medios utilizados para defender la propiedad intelectual por la famosa SGAE, cuyos fines se cumplen también indirectamente con la tasa. La idea es que el lector del blog, al realizar el comentario, de alguna manera se está apropiando de las ideas del post para, una vez asimiladas, hacer él mismo otro pseudopost –el comentario- que lógicamente estaría también sujeto a la tasa como post, elevada en un 50 % por haberse apropiado de una idea ajena. Nos tememos que afamados comentaristas de este blog, como Manu Oquendo, Quasimontoro, Ennecerus, Robespierre, JJ  y tantos y tantos otros que nos siguen desde hace tiempo no puedan hacer frente a estas tasas confiscatorias y se vean obligados a recortar sus comentarios, o incluso a suprimirlos del todo, en detrimento del nivel del foro.

 

Sentimos mucho tener que comunicarles esta noticia, pero transparencia obliga. Como medio para satisfacer la multa que previsiblemente se nos va a imponer estamos pensando solicitar un préstamo garantizado con prenda sin desplazamiento sobre el trofeo que se nos ha concedido recientemente pero, en caso de que no se nos conceda, estamos considerando la posibilidad la dación en pago del mismo indicado premio. No obstante, los nuevos responsables ya nos han indicado que ese premio a la Regeneración Democrática se lo han concedido al Blog, es decir, a ellos, y no está en nuestra disponibilidad. Y que demostrarán que van a seguir siendo merecedores del mismo.

 

Comisiones de investigación ¿o de ocultación?

 

Este año que concluye es para despedirlo políticamente como un “hasta nunca”. En treinta y cuatro años de historia constitucional reciente nunca se había producido tanta regresión de nuestra democracia. Cierto es que algunas prácticas no son solo de ahora sino que se vienen gestando desde hace un tiempo, pero se ha ahondado en algunas de ellas y además ahora se han producido unos hechos que llevan a  encender todas las luces rojas. El absoluto desprecio a la noción de que  la soberanía nacional reside en el pueblo español (artículo 1.2 de la Constitución) plasmado en el seguidismo a lo que toque llámese troika o “los mercados”, el inaudito uso abusivo del Decreto-ley como forma normal y preferente de legislar todos los viernes , el abordaje de todas las instituciones de control (Defensor del Pueblo, Comisión del Mercado de Valores, etc) por personas con nula independencia política son algunos de los abundantes ejemplos que nos deja este aciago año.

 

Pero decía que hay vicios que vienen de hace tiempo, aunque su consolidación y su “normalización” está golpeando con fuerza  la democracia, provocando la aparición  (aunque los intelectuales orgánicos siguen bastante silentes) de muchas voces regeracionistas. Uno de esos vicios es la corrupción que continúa creciendo y que sigue siendo promovida y consentida, casi como si estuviese institucionalizada, por los principales partidos políticos como PP, PSOE y CIU. Pero nada sucede.

 

Muy vinculado a este fenómeno, es el que quería tratar en este post y que se refiere a uno de los teóricos mecanismos (ya que los judiciales se atascan y si no, ahí está el indulto para arreglarlo todo) para reaccionar frente a esto: las Comisiones de Investigación. Este año ha habido tres muy relevantes que ponen en evidencia la mentira del Sistema.

 

La primera comisión de investigación en el Parlamento se refiere a Bankia. Es esta la mayor estafa institucional que ha sucedido en toda la historia de España, de una Caja de Ahorros que, como todas, estaba dirigida por okupas políticos que alejados de criterios profesionales e imbuidos de amiguismo y arbitrariedad, crearon un agujero inmenso que ha provocado que nuestra crisis tenga tanta profundidad. El estallido de Bankia ha causado un daño muy intenso que ha provocado que miles de clientes perdiesen millones y millones de ahorros a través de ofertas engañosas y fraudulentas. Como además del Presidente de la entidad, estaba todo ocupado (no solo el Consejo de Administración sino todos los niveles) por políticos del partido en el poder (acompañados como tontos útiles de un puñado de dirigentes de la oposición y, como no, sindicalistas vividores) la oposición para evitar la investigación y la verdad ha sido una constante de los últimos meses.

 

Así, se solicitó en mayo una comisión de investigación en el Congreso, petición que fue rechazada por el PP y CIU . Sin embargo, tanta indignidad se corrigió levemente constituyendo una Comisión no sobre la entidad financiera madrileña sino, en general, sobre el sistema financiero, para diluir el caso Bankia. Por ahí pasarían en julio algunos dirigentes de diversas Cajas (también gobernadas por el PSOE) pero lo harían de forma muy “light”. De hecho, cuando comparecieron en pleno verano, la presencia del principal protagonista, Rodrigo Rato, quedaría casi difuminado pues ese mismo día harían presencia otros tres comparecientes más. La resonancia fue muy limitada, los tiempos de intervención, muy escasos y todo quedó muy tapado. Además, aunque en este caso el escándalo era del PP, la oposición socialista tenía también mucho que perder (caso de la Caja de Castilla la Mancha en la cual, por supuesto por sus méritos profesionales, estaba en el Consejo de Administración el marido de Maria Dolores Cospedal, presidenta de la Comunidad). Muy pronto decidieron cortar por lo sano y después de un merecido descanso, así que los clientes defraudados (y no solo moralmente) y los españoles que con nuestros impuestos estamos tapando el agujero vimos cómo en septiembre la Comisión no se reanudaba. Vergonzoso.

 

Otra comisión de investigación (perdón, de ocultación) famosa de este año ha sido la de los ERES andaluces. Ha sido también otro escándalo esta práctica de nepotismo y corrupción instalada en la Junta de Andalucía. La inclusión indebida de personas en los ERES, la ayuda a empresas sin tener derecho por razones políticas, la falta total y absoluta de procedimiento , etc, etc eran prácticas muy frecuentes en la Administración socialista andaluza. Muchas cosas se destapan (así fue en este caso) cuando un magistrado actúa con rigor e imparcialidad. Así se pusieron de manifiesto unas prácticas viciosas en la que, contra lo que se pretende hacernos creer, no era cosa solo de una o dos personas, sino que estaba instalada en numerosos estamentos de la Comunidad Autónoma, siendo su conocimiento bastante generalizado. A pesar de eso, con el escaso valor que los españoles dan a la dimensión ética cuando votan, los socialistas andaluces continuaron en el Gobierno, aunque en esta ocasión con el apoyo de IU. La Comisión de investigación de los ERES, que no pudieron evitar en este caso, al menos duró más tiempo y si bien los socios de gobierno empezaron con fuerza, lo cierto es que ésta se ha ido apagando.  Eran los pactos a los que habían llegado. Y ¿qué decir de la intervención de los parlamentarios socialistas en la Comisión? Se puede mentir, se puede manipular, se puede ser cínico, pero ¿todo a la vez y con tanto descaro?

 

El tercer caso de comisión de ocultación de este año ha sido la constituida  en el Ayuntamiento de Madrid con ocasión de la muerte de cinco jóvenes en el Madrid Arena, propiedad del Ayuntamiento. En este caso, las primeras informaciones ya revelaban un cúmulo de irregularidades, disparates, nepotismo y corruptelas en la gestión de estos eventos. Se ve que los empresarios tipo GURTEL que encontraron multitud de socios bienhechores en la Comunidad de Valencia y en la de Madrid, tenían clones que, dedicados igualmente a eventos festivos, encontraron gran receptividad en el ayuntamiento capitalino. Solo desde esa perspectiva se puede entender el cúmulo de despropósitos que rodearon y rodean el caso. Sobre el caso, ya se ha hablado aquí en el blog.

 

Pues bien,  la Comisión de investigación fue tan laboriosa que hizo su tarea –la ocultación- en solo una semana. No pudieron comparecer ninguno de las personas -incluidas funcionarios y técnicos de alto nivel- propuestos por los partidos de la oposición, gracias a la mayoría absoluta del PP, a cuyos dirigentes y gestores se supone que había que investigar. Aun siendo todo tan burdo, la actuación seguida por el Ayuntamiento en este asunto era tan desastrosa que aún sin comparecencias o con comparecencias de escaso perfil no han impedido que se filtren las numerosas irregularidades cometidas, algunas dignas de un esperpento, si no se hubiera producido una tragedia. El informe final, sustentado por la mayoría absoluta del PP, seria por supuesto, exculpatorio para el Ayuntamiento, lo cual se compadecía mal con la adicción de nada menos que 14 recomendaciones. Esta Comisión ha sido algo de lo más vergonzoso e indigno acontecido en el año en nuestro país (y ha habido mucha competencia). Además la forma de gestionarlo políticamente por su máxima autoridad, la Sra Botella, tanto en su viaje y fuga como en su patético discurso navideño, revelan algo más que ineptitud.

 

En fín, en países serios, hay algo que se llama responsabilidad y que aquí es conocido más bien como su reverso, la impunidad. En ninguno de estos tres casos relatados, Bankia, ERES andaluces y Ayuntamiento de Madrid ha surgido de las Comisiones de Investigación ninguna exigencia de responsabilidad. Las comisiones constituidas supuestamente para investigar, han servido, como siempre ha sucedido, para tapar, para ocultar, para exculpar.Este tipo de Comisiones se van consolidando y la verdad es que para lo que hacen acaso haya que propugnar directamente su desaparición. Por lo menos, que no hagan teatro y no insistan en engañarnos. Si en algún momento tenemos unos gobernantes que se toman en serio eso de la regeneración democrática (¡SR Rajoy, usted llevaba también esto en su programa!) había que introducir cambios notables, entre ellos, evitar la mayoría absoluta de un grupo, la imposibilidad de vetar las propuestas de comparecencias por las minorías, la incorporación de personalidades y expertos independientes, etc. Aunque la más importante, sería la de tener la voluntad de que estas Comisiones funcionen verdaderamente como de investigación y no de ocultación. Pero esto, hoy por hoy, exigiría un milagro.

Personalidad jurídica y responsabilidad o las vueltas que da la vida

El concepto de persona jurídica se suele estudiar comenzando por las teorías que la explican que, aunque son numerosísimas, podríamos resumir en dos: la teoría de la ficción legal, que venía a entender que la persona jurídica era simplemente una agrupación de personas a la que la ley reconocía capacidad para ser titular de derechos y obligaciones; las teorías realistas que, además de ese reconocimiento legal, entendían que es preciso que exista un sustrato previo a ese reconocimiento, como un fin supraindividual, una voluntad colectiva, una permanencia o una organización.

 

Pero las distinciones doctrinales no son inocuas porque, como ya a principios de los 60 señalaba Federico de Castro en “Formación y deformación del concepto de persona jurídica”, la tesis de la ficción legal y el consiguiente reconocimiento de personalidad jurídica con rigurosa separación de patrimonios entre la sociedad y los socios  -que no responden personalmente de las deudas sociales- a supuestos en los que falta un substratum  u organización que los distinga  de la mera asociación de personas individuales, del simple contrato, ha producido una grave “deformación del concepto de persona jurídica” que puede dar alas a fraudes de acreedores, elusión fiscal, encubrimiento de actividades delictivas, etc, sin que, al menos teóricamente las autoridades puedan traspasar las barreras que ellas mismas han creado para encontrar la realidad subsistente tras la forma.

 

Desde el punto de vista civil, esta idea tiene una cierta conexión con el famoso e intrincado concepto de causa de los contratos, cuya exigencia en los Derechos civiles latinos permite que la legalidad del fondo de los contratos aparezca en la realidad jurídica y pueda ser controlada; mientras que en los germánicos, esa causa puede permanecer oculta, por medio de los negocios abstractos. Por ello, puede decirse que los primeros priman la justicia y los segundos la seguridad del tráfico: protegen al comerciante y al que compra. Con la personalidad jurídica pasa algo parecido pues en muchos Derechos europeos, (saco esto del libro Instituciones de mi señor padre don José Enrique, al que no puedo plagiar impunemente al ser lector y colaborador de este blog), predomina la idea de que el reconocimiento de la personalidad jurídica a un ente cualquiera no puede ser arbitrario sino que tiene que obedecer a la existencia en la realidad social de un “substratum”, de un cierto grado de organización supraindividual que tiene vida propia y genera esa voluntad nueva digna de ser titular de derechos y obligaciones. Lo que ocurre es que este principio ha ido olvidándose con el tiempo hasta quedar reducido prácticamente a la nada. El legislador, influido quizá por los modelos anglosajones, ha ido siendo cada vez más generoso en la concesión de la responsabilidad limitada a toda clase de organizaciones e incluso al socio único.

 

Ahora bien, como es sabido, la propia jurisprudencia norteamericana tuvo que encontrar un remedio al “abuso de la personalidad“, creando la teoría del levantamiento del velo“, según la cual los jueces pueden, si es necesario, desconocer la existencia de la persona jurídica para atribuir directamente relaciones o responsabilidades jurídicas a aquellas personas físicas que hayan creado o utilizado aquélla sin un propósito práctico real sino con el mero designio de esquivar las consecuencias de sus propios actos. Tesis, por otro lado, aceptada por nuestro Tribunal Supremo.

 

Porque lo cierto es que no es lo mismo la gran sociedad en la que los socios no intervienen directamente en la gestión social, como ocurre en las sociedades anónimas primeras y típicas cuyo objeto era reunir grandes capitales mediante la apelación al ahorro público que la sociedades de capital pequeño y asequible constituida por unos pocos socios que se conocen perfectamente y que llevan directamente la gestión. Por ello nuestras leyes más recientes agravan cada vez más la responsabilidad de los que están delante o detrás de la sociedad gestionando, aunque no sean los administradores, alejándose del dogma de la personalidad para conseguir sus fines.

 

Por ejemplo, el art 172 bis de la ley 22/2003, Concursal, añadido por la ley 28/2011 de 10 de octubre establece que cuando la sección de calificación hubiera sido formada o reabierta como consecuencia de la apertura de la fase de liquidación, el juez podrá condenar a todos o a algunos de los administradores, liquidadores, de derecho o de hecho, o apoderados generales, de la persona jurídica concursada que hubieran sido declarados personas afectadas por la calificación a la cobertura, total o parcial, del déficit. Con su propio patrimonio. Y obsérvese que uno puede figurar en el Registro Mercantil como apoderado general sin haberse enterado y que este no es un cargo orgánico, aunque es verdad que es frecuente que lo sean los socios de control que no quieren o pueden ser administradores.

 

También hemos de recordar la  ley 10/2010, de 28 de abril, vulgarmente llamada “del Blanqueo”, norma trasversal y omnicomprensiva que establece en su art. 4 como uno de los principales deberes de los sujetos obligados el de la averiguación del “titular real” de las sociedades con quienes mantienen relaciones disponiendo que los sujetos obligados no establecerán o mantendrán relaciones de negocio con personas jurídicas cuya estructura de propiedad o de control no haya podido determinarse. Es más, si se trata de sociedades cuyas acciones estén representadas mediante títulos al portador, se aplicará la prohibición anterior salvo que el sujeto obligado determine por otros medios la estructura de propiedad o de control.

 

Tampoco ha de olvidarse el supuesto del art. 43 de la Ley General Tributaria, que hace responsables subsidiarios de la deuda tributaria y de las sanciones a los administradores de hecho o de derecho de las personas jurídicas que, habiendo éstas cometido infracciones tributarias, no hubiesen realizado los actos necesarios que sean de su incumbencia para el cumplimiento de las obligaciones y deberes tributarios, hubiesen consentido el incumplimiento por quienes de ellos dependan o hubiesen adoptado acuerdos que posibilitasen las infracciones. Incluso de las que estén pendientes a su cese. Pero es que en la letra g), añadida por la ley 36/2006 de 29 de noviembre, ya va directamente a por el socio considerando responsable subsidiario a “las personas o entidades que tengan el control efectivo, total o parcial, directo o indirecto, de las personas jurídicas o en las que concurra una voluntad rectora común con éstas, cuando resulte acreditado que las personas jurídicas han sido creadas o utilizadas de forma abusiva o fraudulenta para eludir la responsabilidad patrimonial universal frente a la Hacienda Pública y exista unicidad de personas o esferas económicas, o confusión o desviación patrimonial. La responsabilidad se extenderá a las obligaciones tributarias y a las sanciones de dichas personas jurídicas”. O sea, que aquí se hace el levantamiento del velo a la voz de ya.

 

Pero lo genial es que la letra h) de ese mismo precepto hace el “levantamiento del velo al revés”, disponiendo que si es el obligado tributario el que tiene el control efectivo de una persona jurídica, ésta es también responsable subsidiaria de las deudas de quien tiene el control. Toma.

 

En la misma línea, la reciente ley 7/2012 de 29 de octubre (la que prohibe los pagos en metálico de más de 2500 euros) introduce en la LGT, en el art. 170.6 la posibilidad de que, en caso de embargo de participaciones sociales, se ordene la prohibición de disponer de los bienes inmuebles de la sociedad, para evitar su despatrimonialización, si el deudor tiene el control efectivo de ésta.

 

En resumen, el derecho anglosajón echa por la puerta el control previo de la realidad subsistente, pero lo admite por la ventana mediante la corrección por vía jurisprudencial del exceso, cuando a lo mejor lo que no debería permitir es la creación en Delaware de sociedades fantasma totalmente incontroladas. Pero allí prima el primero dispara y después pregunta. Aunque es más riguroso en la constitución de las personas jurídicas, nuestro Derecho acepta en la práctica la idea de la ficción legal, al punto que la DGRN en res. de 21 de junio de 1990 llega a decir que la concepción “realista” está en franca decadencia porque lo que importa es la unidad artifical de imputación “válidamente constituida”. Pero al final la “realidad” -nunca mejor dicho- se impone y no hay más remedio que saltarse el dogma buscando, mediante otras leyes, responsabilidades más allá de la pantalla que el sistema ha permitido crear. Sobre todo cuando esas responsabilidades afectan a Hacienda, claro: en este caso presumimos el fraude, lo declaramos nosotros mismos y a cobrar, aunque a lo mejor haya otros socios que no son de control y que resultan perjudicados por esa presunción.

 

Es ni más ni menos que la revisión posmoderna de un gran concepto decimonónico que ha hecho crisis, como tantos otros. Pero quizá convendría tener las ideas más claras.

¡Felicidades!

Los editores queremos felicitar la Navidad a todos nuestros lectores y colaboradores. Y mandar también en este día un mensaje de esperanza de que también en España, con el impulso de la sociedad civil, se pueda iniciar un camino de regeneración de las instituciones y de nuestro Estado de Derecho que nos lleve a superar las varias crisis, incluida la económica, que nuestra sociedad y nuestra nación padecen hoy.
Pues eso. Que FELIZ NAVIDAD.

Política y Derecho. En torno a Cataluña y a las autonomías

Frente al desafío catalán, creo que deben distinguirse dos planos superpuestos pero distintos. Uno, jurídico. Otro, político.

 

En el plano jurídico-constitucional, cuando el Congreso de los Diputados reciba la petición formal de Cataluña para celebrar un referéndum consultivo de autodeterminación, los diputados rechazarán esa petición por mayoría absoluta.

 

A su vez, cada norma o resolución que adopten las autoridades catalanas con el objetivo puesto en la independencia será impugnado por el Gobierno ante Tribunal Constitucional y ello producirá la suspensión de la norma o del acto correspondiente, según dispone el artículo 161.2 de la Constitución. Todos queremos pensar que esto será así porque los miembros del gobierno han jurado guardar y hacer guardar la Constitución, y cabe pensar que defenderán al Estado en ese ámbito, incluso recurriendo al artículo 155.

 

Pero, ¿dónde queda la política en todo esto? ¿La política consiste en limitarse a cumplir lo que dice el artículo 161.2 de la Constitución? ¿Es la política una tarea de mera administración de lo que hay, o de liderar en todos los ámbitos, y no solo en el plano jurídico, un proyecto más ambicioso?

 

En este segundo ámbito, el político, buena parte de la ciudadanía está perpleja con la actitud de Rajoy ante las sucesivas intervenciones de Mas. Incluso muchos de los votantes del PP echan de menos una respuesta más rápida, un discurso más claro, más firme, más solemne. Algunos excusan al timorato Rajoy diciendo que ya ha hablado tal ministro o la vicepresidente, o que Rajoy hablará dentro de unos días, “cuando toque”. Pero eso no es suficiente.

 

Estamos en una democracia mediática, y la gente necesita oír a su Presidente, y que éste, con su sola presencia, con su sola palabra, transmita confianza y estabilidad al país.  Esto es lo que Rajoy no entiende. Hay que hablar claro y responder con diligencia, con prontitud, porque eso infunde seguridad al conjunto de la ciudadanía sobre el hecho de que la situación está controlada.

 

Y es curioso que Rajoy no lo entienda porque, el pasado mes de julio, tuvimos un buen ejemplo del poder mediático de las palabras firmes, alentado por el propio Rajoy. Ante la crisis creciente del euro y la escalada de la prima de riesgo española, intervino el gobernador del BCE, Sr. Draghi. No adoptó ninguna decisión, pero advirtió solemnemente a los mercados de que haría “whatever it takes to save the euro”. Los problemas no se resolvieron con esa frase, pero tan solo pronunciar esas palabras hizo dispararse al alza a la bolsa y reducirse inmediatamente la prima de riesgo. Rajoy agradeció el gesto de Draghi. Y del mismo modo nosotros agradeceríamos que Rajoy hiciera algo parecido. Porque del mismo modo que la fuerza de Draghi no la tienen sus subordinados en el BCE, la fuerza del Presidente del Gobierno no la tiene la ministra portavoz.

 

Los gobernantes españoles, desde 1978, han renunciado a pronunciarse con claridad ante el problema del nacionalismo separatista. Y por eso éstos se han ido creciendo cada vez más. Lo vemos ahora nítidamente, pero el problema lleva arrastrándose décadas.

 

Toda realidad que se ignora prepara su venganza, decía Ortega. Y eso les ha pasado a nuestros políticos desde que, en 1978, la Constitución sacrificó la claridad en busca del consenso, desconstitucionalizando la estructura del Estado, en una maniobra que algunos calificaron ya entonces de “compromiso indecisión”. No quisieron (o no supieron) abordar el problema y lo pospusieron en el tiempo, dejando al albur de cualquier insensato su evolución. Ahora que ha llegado el insensato de Mas, parece una tragedia, pero podemos tomarlo también como una ventaja. Ya no cabe más indecisión, por fin el Estado tendrá que tomar medidas políticas, en vez de limitarse a administrar pasivamente la situación.

 

Yo no pongo en duda la buena voluntad de muchos de los políticos de la transición que alumbraron aquel compromiso por la indecisión que es el Título VIII de la Constitución. Mas una cosa es tener buena voluntad y otra, muy distinta, acertar. No debemos olvidar que en esos años hubo personas que advirtieron de todos estos peligros con análisis que el tiempo ha demostrado certeros. Y nadie les hizo caso. Julián Marías, por ejemplo, criticó la redacción del artículo 2 de la Constitución, señaló que los nacionalismos son, por esencia, insaciables y, en consecuencia, dio un consejo a nuestros gobernantes: “no hay que intentar contentar a quien nunca se va a dar por contento”.

 

El tiempo ha demostrado que la fórmula escogida entonces está agotada y necesita una revisión integral. Ahora bien, no sería justo pensar que la evolución del Estado Autonómico, Cataluña incluida, es culpa exclusiva de los nacionalistas. Por el contrario, en ella tienen una responsabilidad grave los sucesivos gobiernos de PSOE y PP, que, ni con mayorías absolutas en las Cortes, han estado a la altura. No olvidemos que ni González ni Aznar ni Zapatero ni Rajoy se han esforzado en estos treinta años por poner en práctica las recomendaciones del Informe Enterría de 1982 para que las Autonomías no tomaran la deriva que luego han tomado, y fueran viables a largo plazo. Y eso que ese Informe tuvo el aval del PSOE y de UCD, y algunos de sus integrantes fueron ministros de Administración Territorial por esos partidos. Estos días la prensa considera a la Sra. Cospedal poco menos que una heroína por poner en práctica en Castilla-La Mancha una recomendación de aquel Informe, la de que los diputados autonómicos no cobren sueldo. Una sola recomendación aplicada, y treinta años después.

 

Tampoco los sucesivos gobiernos de la nación han tenido el menor interés en modificar la legislación electoral para evitar que los nacionalistas tuvieran un peso desproporcionado en las Cortes Generales y condicionaran la política de todo el Estado. Ni han tenido interés en aprobar leyes de armonización para encauzar el desarrollo autonómico cuando éste iba a la deriva. Tampoco las autoridades del Estado han tenido interés por hacer que ciertas sentencias del Tribunal Supremo o del Constitucional se ejecutaran, sino que, ante la resistencia de los obligados a cumplirlas, han mirado para otro lado. Todas estas renuncias del Estado a defender el orden constitucional subyacen a lo que hoy está pasando.

 

La aprobación en 2006 del nuevo Estatuto de Cataluña por las Cortes Generales, con la mayoría decisiva del PSOE, demuestra otra vez que la culpa no ha sido solo de los independentistas catalanes. Pero tampoco el PP ha estado a la altura. No olvidemos que, desde 2006, en casi todas las autonomías donde gobernaba, propició la modificación de sus Estatutos, copiando en buena parte el esquema del Estatut catalán.  Y qué decir de la responsabilidad del Tribunal Constitucional en toda esta deriva, con sentencias equívocas, argumentos ambiguos, traslación del reparto de cuotas partitocráticas en su composición al contenido material de las sentencias. Y no de sentencias menores, sino de sentencias que afectan de manera decisiva a la estructura misma del Estado.

 

 

¿Quiénes son los enemigos de lo público?

No quiero entrar en polémica, pero sí abrir un debate. Vaya por delante que soy un firme defensor de la idea del servicio público y que me hice funcionario no por ansias de no trabajar mucho o de tener un puesto blindado, sino porque yo “creía” (y en parte sigo creyendo) que era mejor dedicar tu tiempo y esfuerzo a llevar a cabo políticas públicas de mejora de la sociedad o al servicio del interés general, que trabajar para los intereses particulares de otro señor o señora, por mucho que te pagara aquél o aquélla. Obviamente, los deseos no siempre se corresponden con la realidad y hoy aquella visión parece simplemente un sueño algo ingenuo.

 

Y, sin embargo, llevo años observando y reflexionando sobre el creciente deterioro del concepto de servicio y servidor público y estoy cada vez más convencido de que erramos el diagnóstico de causas y soluciones. Hace más de dos años publiqué un artículo en el que entre otras cosas decía: “Si podemos afirmar que el mayor enemigo del capitalismo no es quien quiere someterlo a reglas sino quien lo quiere absolutamente salvaje (pues esto lo llevaría a su auto-destrucción), debemos admitir igualmente que el enemigo más peligroso de lo público en general y del Estado (social) en particular, no son tanto los que proponen reducir su tamaño (pues estos al menos enseñan sus cartas) cuanto quienes, incluso bajo la bandera de su defensa, caen en el gasto excesivo y la mala gestión de las políticas públicas encomendadas, dando así argumentos complementarios a los ‘minimalistas’”. Obviamente hay quien presume de que la prefiere pequeña (“la Administración”, no vayan a pensar mal), pero estos a fin de cuentas no engañan a nadie. El problema sin embargo podría venir de que no vemos el daño que también hacen quienes presumen de desear un gran aparato (“administrativo”, se entiende, y perdónenme la broma navideña), o incluso les gusta trabajar con él, pero lo que en realidad hacen es utilizarlo con forma y fines espurios, lo que a la postre logra poner en peligro la salud de todo el sistema.

 

Como siempre mejor un ejemplo que mil teorías. Imaginemos (hecho real) un hospital de la red pública de la Comunidad de Madrid. Viernes por la tarde-noche. Una gotera en el sótano. Se llama al de mantenimiento. Observa la gotera y dice: “hay un problema, para arreglar la avería hay que romper el techo, pero yo soy fontanero y no albañil hasta el lunes; no se puede hacer nada”. “Vaya, la única solución” ─dice el director─ “es poner un cubo”. Pasa el tiempo, el cubo se llena. Segundo problema: ¿quién es competente para cambiar el cubo? El de mantenimiento dice que obviamente no es él, que será del servicio de limpieza. La señora de limpieza (contrata privada) accede a hacer el cambio, pero hay otro problema: las de la limpieza no van a estar toda la noche. Solución que propone el director: que la contrata ponga una persona toda la noche para cambiar el cubo. El responsable de la contrata se niega aduciendo salvo que se lo paguen y que hay mucha gente en el hospital que puede hacer esa “pequeña” tarea. En esto, el de seguridad (otra contrata privada) que hasta ese momento había ejercido de coordinador de servicios improvisado hablando con unos y con otros, se cabrea, coge la porra, da un golpe al techo, lo rompe, y le dice al fontanero: “¡ahora, a trabajar!”. Lunes siguiente por la mañana. Los sindicatos se enteran de lo ocurrido. Deciden poner una demanda contra el vigilante de seguridad y requerir su despido inmediato por haber puesto en peligro la seguridad de todos (“podía haber habido un cable”) con su intromisión inapropiada.

 

Por supuesto, que las cosas no son blancas o negras sino que están llenas de claroscuros y que los recortes se pueden estar haciendo de forma poco acertada (pudiendo recortar en otros sitios antes que en los servicios esenciales), errando el objetivo y haciendo que al final paguen justos por pecadores. Todo eso es cierto, pero incluso con esas salvedades, el sector sanitario sirve como ejemplo de lo que ha estado pasando con carácter general los últimos decenios y que ha contribuido a llevar al sector púbico a un estado que resulta, en el estado actual de las finanzas públicas, insostenible. Veamos algunos de esos elementos:

 

-unos dirigentes políticos que están de paso y que están dispuestos a ceder a todo tipo de reclamación sindical con tal de asegurar la paz social (es decir, que no le monten follones durante su mandato y que el que venga detrás que arree)

-como consecuencia, unos sindicatos que se aprovechan de la debilidad (e irresponsabilidad) de los máximos dirigentes y se dedican a pedir y conseguir cada vez más prebendas para el personal, bajo el lema, no siempre cierto pero que es el que llega a la calle de: “ganar más y trabajar menos”. Algunos ejemplos de esto sí encontramos: si se cae una esponja en el pasillo de un hospital aunque esté llena de sangre no esperen que la recoja el auxiliar ni mucho menos la enfermera, “no es su competencia”. Hay que esperar a la de la limpieza. Si una persona mayor acompaña a un familiar y se queda a dormir, no espere recibir ayuda ni para hacer la cama (si la hay), “no es su competencia”.

 

-la distribución desigual del trabajo. Por ejemplo, en la sanidad, “gracias” a las nuevas tecnologías el médico hace cada vez más trabajo porque directamente teclea en el ordenador citas, historial, tratamiento, etc… Ello quiere decir que hay otro personal que queda más descargado. ¿Se les aprovecha para otras tareas? Misión imposible: los sindicatos lo prohíben.

 

Podríamos seguir, pero baste con este elenco. La pregunta es por tanto ¿quiénes se están cargando lo público? Pues por lo menos muchos más de los que a veces parece, y algunos se podrían encontrar detrás de las pancartas. ¿Todavía no me creen? Pues ahí va una última paradoja: en ocasiones se olvida que todavía el sector privado no ha superado en eficacia y capacidad de sacrificio a uno de los emblemas de lo público: el ejército. ¿Por qué el ejército es tan eficaz?… No digo que tengamos que militarizar el resto de la Administración pero sí que hay determinadas actividades sindicales que resultan incompatibles con la esencia del servicio público. Por ejemplo, una huelga en una empresa fastidia al empresario (el cliente se puede ir a otra empresa), en el sector público “sólo” perjudica a los ciudadanos y al propio servicio público pues el ciudadano no tiene la opción de acudir a otro servicio alternativo y el dirigente político de turno, que además ha sido votado aunque no se juegue su dinero, encontrará en la huelga una excusa perfecta para privatizar ese servicio.

 

Seguro que en el siglo XXI podemos encontrar entre todos otras fórmulas más imaginativas de canalizar las reivindicaciones labores (justas o no). Bueno, eso, si realmente queremos defender que el servicio público sobreviva en un ambiente de quiebra fiscal y que demuestre que es capaz de equiparar los estándares de calidad y eficiencia con lo privado. Si no lo conseguimos, estaremos dando argumentos a los que quieren cerrar la ventanilla, aunque sea para favorecer a sus “amiguetes”.

Las tasas judiciales y el meridiano de Greenwich

 

Situémonos: sistema Heliocéntrico, planeta Tierra, Reino de España. Muestran todos los mass media a muchos magistrados protestando en la puerta de los juzgados contra las nuevas tasas judiciales. El nombre puede confundir, pero las “tasas judiciales” no han de pagarlas los jueces. Como dijo aquel fino parlamentario en el Congreso de los EE.UU.: “No me graves a mí, no te graves a ti, grava a aquel tipo que va por allí”. El contribuyente de estas nuevas tasas es el usuario de la administración de justicia. Excluido el orden penal (el 70% de la litigiosidad), donde no hay tasas, ¿qué pasa cuando vas “por allí”?

 

Si tienes un juicio civil, por ejemplo, en Segovia, y no resides cerca de las sedes judiciales, la primera tasa que vas a pagar es la ORA municipal, que, en zona azul, es de 1,40 € para dos horas, por aparcar tu automóvil. Pero ya verás como sobrepasas ese tiempo: si te pasas hasta una hora, para anular la denuncia pagas 4 €; si te pasas más, la multa que pagas es de 60 €, creo recordar. Como aquí, “justicia” y “puntualidad” son antónimos, pagarás 61,40 €.

 

¿Tienes el deber jurídico de soportar el coste de 60 € de multa por estar en el Juzgado para una vista a las 10:00 horas que terminó a las 13:05 horas (porque empezó a las 12:10) habiendo aparcado tu vehículo a las 09:45 para ser puntual según la cita judicial? No. ¿Existe relación de causalidad directa entre la actuación del órgano judicial y el daño cuantificado en 60 €? Sí. Pues se los pides al Ministerio de Justicia: indemnización por funcionamiento anormal de la administración de Justicia.

 

El Ministerio de Justicia te contesta que no, que “dilaciones indebidas” es otra cosa, que se mide en años, no en horas, que confundes el reloj con el calendario; siendo intrascendente el hecho de que el Meridiano de Greenwich atraviesa España a la altura de Castellón.

 

Puedes ahora interponer recurso contencioso-administrativo contra esa resolución denegatoria del Ministerio de Justicia pero, con la nueva Ley, debes pagar previamente 200 € de tasa para jugar a la “lotería judicial” tal que el premio máximo previsto, si ganas, es de 60 €. Se llama “lotería injusta” a aquella en que ocurre que el precio de la apuesta (200 € como mínimo) es mayor que el “valor esperado” del premio (con una probabilidad de ganar del 50%, el valor esperado del premio es del 50% de 60 €, es decir, 30 €). No es racional pagar 200 a cambio de 30.

 

Si tu contraparte en el pleito principal, tiene reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita porque es mileurista: él está exento de todas las tasas judiciales y tú las pagas todas, él no paga abogado y tú sí, a él le sale gratis llegar hasta el Supremo o el Constitucional, y tú te desangras por el camino.

 

Cada vez hay más residentes que ganan 14 pagas de mil euros o menos, y este colectivo creciente, que recibe la subvención (tributo negativo) de poder pleitear gratis, ve como su subvención crece mucho en términos relativos, al haberse encarecido mucho pleitear para el resto de la población más pudiente. Y, rompiendo el principio presupuestario de unidad de caja, la recaudación de los que pagan tasas judiciales va a financiar la gratuidad de los que no pagan.

 

La nueva ley 10/2012 de tasas forenses, ha incrementado tanto los “precios” de las “loterías judiciales” para los “no beneficiarios de justicia gratuita” que, obviamente, los disuade (relativamente) de pleitear en ciertos casos. Lo cual no es lo mismo que decir que “se impide su derecho de acceso a la jurisdicción” o “se vulnera su derecho de defensa”. Lo que ocurre es que no les trae cuenta pleitear, pero si se empeñan, allá ellos. Hoy tenemos variados tipos de pleitos donde, sin tasas, tampoco trae cuenta pleitear a demasiados usuarios, de forma masiva. Todos hemos comprado alguna vez un billete de lotería (la primitiva, bonoloto, el gordo, etc.) sabiendo que “cuesta más de lo que vale” (es una “lotería injusta”), y muchos apuestan repetida y sistemáticamente. El año pasado, los españoles gastamos 9.722,5 millones de euros en los juegos gestionados por Loterías y Apuestas del Estado (206,7 € per cápita) y la recaudación prevista por tasas judiciales es de 306 millones de euros al año.

 

No olvidemos que «el Parlamento es un “lex-shop” (que el Gobierno surte cada temporada)», el Poder judicial toma ese producto (ley) y se lo aplica al usuario de la justicia (taponando todo vacío… jurídico). Un juez o magistrado, si cree que la ley 10/2012 es inconstitucional, debe suspender su aplicación en ese caso, elevando cuestión al Tribunal Constitucional; y si la cree contraria a los Tratados de la Unión, la Carta Europea de Derechos Fundamentales o las Directivas, debe suspender su aplicación y enviar cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE. Y sin pagar tasas. En fin, Derecho macizo.

 

Rellenar el vacío en la tesorería de nuestras administraciones nos recuerda el dilema económico: o (subes) precios o (alargas) colas. Pero a esta ley de tasas forenses le falta una disposición que diga: “Se procederá a la devolución del 100% de las tasas abonadas en cada proceso, si se produce una demora superior a 15 minutos respecto de la hora de la citación, no imputable al usuario, en sede forense”.