De mujeres e (o de) imputados
A primera vista la única cosa en común que tienen la Infanta Cristina y la todavía Ministra de Sanidad Ana Mato es su relación conyugal presente o pasada (aunque en puridad parece que jurídicamente al menos la Ministra sigue casada con el sr. Sepúlveda al no haberse divorciado) con personas que están imputadas en sendos procesos judiciales. Pero si ahondamos un poco más en el tema, veremos que tienen otras cosas en común.
Así llama la atención la sorprendente pretensión ya sea propia (Mato) o ajena (Fiscalía en el caso de la Infanta) de que pese a la existencia de una relación conyugal más (Infanta) o menos (Mato) intensa estas señoras no se enteraban de nada de lo que hacían sus maridos, especialmente cuando estas conductas eran de dudosa legalidad. Más sorprendente todavía cuando parece que en los dos casos se beneficiaban tranquilamente del “producto” de dichas actividades, ya sea en dinero o en especie, y que en los dos casos, bien por su puesto en un órgano directivo bien por su condición de madre de una familia agasajada por una trama corrupta resulta de sentido común pensar que algo tenían que barruntar.
En cualquier caso, si la Infanta se enteraba o no de lo que hacía su marido en el Instituto Noos es una cuestión a dilucidar en el procedimiento de instrucción, aunque esperemos que los jueces tengan presente lo que suele ser habitual en un matrimonio normal y corriente, aunque este no sea –por su relación con la Casa Real- un matrimonio normal y corriente. Particularmente cuando la Infanta se sentaba en la misma Junta Directiva del Instituto Noos que los otros cuatro imputados en el caso, su marido Iñaki Urdangarín, su secretario personal, Carlos García Revenga, el “socio” Diego Torres y el cuñado del socio, Miguel Terceiro. Es también interesante destacar que la mujer del socio Diego Torres, Ana María Terceiro, que no formaba parte de la Junta Directiva sí que está imputada en la causa, por alzamiento de bienes.
Conviene recordar que, si para dilucidar cual fue su participación o su conocimiento de los hechos hay que llamar a declarar a la Infanta como imputada, así tendrá que hacerse, dado que no goza de ninguna especial inmunidad, a diferencia de lo que ocurre con su padre. Evidentemente, las consecuencias de esta declaración como imputada para la Casa Real (por mucho que los políticos nos digan que es mucho mejor ir a declarar a un Juzgado en tal concepto por aquello de la tranquilidad que da ir con abogado) son muy relevantes, y es comprensible que el Juez de Instrucción tenga mucho cuidado a la hora de adoptar una decisión así. Pero la pregunta es si al final no será peor el remedio que la enfermedad, dado que si ella es la única persona a la que no se llama a declarar como imputada cuando ya lo han hecho todos los demás miembros de la Junta Directiva del Instituto Noos, cunda la opinión (o más bien la certeza) de que esto se debe a la exclusiva razón de ser la hija del Rey. Lo que no parece muy conveniente en un momento en que todas las instituciones están bajo sospecha, y en que la mayoría de los españoles piensan que la Ley no es igual para todos.
El caso de la Ministra, al estar prescritas las posibles responsabilidades penales, por lo menos según esta noticia, es un poco más complejo, dado que estaríamos hablando sencillamente de una responsabilidad política, nada menos que por haberse beneficiado de regalos de una trama corrupta. Lo supiera o no su situación es insostenible, incluso para el nivel de impunidad política existente en España. El que lo supiera supondría que estaba dispuesta a aceptar regalos cuya contrapartida sólo podían ser favores políticos o peor aún, incluso aunque no se pueda demostrar ningún trato de favor (el cohecho impropio, por prescrito que esté). Si no lo sabía, queda en ridículo y no puede desempeñar un cargo como el de Ministra de Sanidad, por muy devaluado que esté el cargo gracias a alguna antecesora.
Los ciudadanos españoles –entre los que me incluyo- hemos preferido “hacerle el favor” de pensar que no es tan limitada intelectualmente como para no saber lo que pasaba en su propia casa ni de donde salía el dinero para coches de lujo, fiestas y viajes que ella y su familia disfrutaba y que estamos ante un caso más de un político que niega lo evidente simplemente porque ha tenido la suerte de escapar de una condena judicial, normalmente por la lentitud de la Administración de la Justicia. Porque esto es lo que significa que un posible delito esté prescrito.
Pero, como ya hemos explicado varias veces, no podemos tolerar de nuevo que nos den gato por liebre y que nuestros políticos limiten la responsabilidad política a la responsabilidad penal. Comparar este caso con otro de Ministros de países de la UE que dimiten por asuntos infinitamente menos graves y por supuesto sin que haya mediado ningún juicio, más allá del muy severo de la opinión pública, produce sonrojo. La única comparación posible es con Ministros acusados de corrupción en países del tercer mundo que se aferran a la silla hasta que no hay una acusación formal o incluso una condena penal y ya ni siquiera en todos los casos, para ser justos, dado que en algunos países ya se dimite mucho antes. El dato de que se haya nombrado a Ana Mato Ministra con pleno conocimiento de estos antecedentes no hace sino reforzar esta sensación de vergüenza y deterioro institucional.
En cualquier caso, la responsabilidad política es distinta a la responsabilidad jurídica, ya sea penal o no, y empieza mucho antes en el tiempo y en la intensidad. Si nuestros políticos no dimiten hasta que no están espaciotemporalmente a dos pasos de la cárcel (vean por ejemplo a la alcaldesa de Alicante) apaga y vámonos.
Volviendo a las similitudes entre los dos casos, quiero terminar con otra que, como mujer, me parece especialmente preocupante. Es la tendencia a tratar a estas personas como irresponsables o menores de edad, aunque sea con la intención de exculparlas, y no como lo que son o deberían ser, dos mujeres adultas, de mediana edad, con plena capacidad jurídica, con una posición institucional muy relevante y –“a priori”- perfectamente conscientes de sus actos. En el caso de la Ministra, son las palabras de apoyo –a mi juicio ofensivas desde ese punto de vista- de sus propios compañeros de partido o incluso del Presidente del Gobierno que podríamos resumir en la frase “pobre Ana”. En el caso de la Infanta, quizá no ha sido tan explícito al no haber existido declaraciones públicas similares, pero ciertamente sí ha habido o hay un clima tendente a considerarla como una “pobre Cristina”, una mujer enamorada e inconsciente y una madre de familia que lo está pasando muy mal.
A la vista de esta actitud, todavía resulta más curioso el que la Ministra de Sanidad se atrinchere en el puesto alegando, entre otras cosas, su condición de mujer que la sujetaría a este tipo de “ataques machistas”. El ataque machista consiste, al parecer, en tratarle como si fuera una mujer adulta y responsable y no una menor inconsciente de las idas y venidas del cabeza de familia, varón, por supuesto.
Sinceramente, creo que un gesto por parte de estas dos señoras, dimitiendo la Ministra y renunciando la Infanta a la condición de miembro de la Casa Real, condición que sin duda la está protegiendo procesalmente, haría un gran favor a las instituciones que representan, liberándolas de un lastre que puede acabar siendo insoportable. Y, de paso, les devolvería un poco de dignidad.
Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado es licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (1980-1985). Accedió al Cuerpo de Abogados del Estado en el año 1988
En la Administración pública ha ostentando cargos tales como Abogado del Estado-Jefe de la Secretaría de Estado de Hacienda; Subdirectora General de Asuntos Consultivos y Contenciosos del Servicio Jurídico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria; Abogada del Estado-Secretaria del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid; Abogada del Estado-Jefe Servicio Jurídico de la Rioja; Letrada en la Dirección General Registros y Notariado; Abogada del Estado ante el TSJ de Madrid; Abogada del Estado en la Dirección General del Servicio Jurídico del Estado del Ministerio de Justicia
En la actualidad compatibiliza su trabajo en los Juzgados de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional con otras labores profesionales.
En el sector público, ha ostentado muchos años el puesto de Secretaria General de una entidad pública empresarial.
En su dedicación al sector privado es socia fundadora de la empresa de consultoría Iclaves y responsable del área jurídica de esta empresa.
Destaca también su experiencia como Secretaria del Consejo de administración de varias empresas privadas y públicas, Secretaria del Consejo de Eurochina Investment,
de la de la SCR Invergestión de Situaciones Especiales, y de la SCR Renovalia de Energía; ha sido también Consejera de la sociedad estatal Seyasa y Secretaria de la Comisión de Auditoria Interna; Secretaria del Consejo de la sociedad estatal SAECA.
En el área docente ha colaborado en centro como ICADE; la Universidad Complutense de Madrid; la Universidad San Pablo-CEU o el Instituto de Estudios Fiscales. Ha publicado numerosas colaboraciones en revistas especializadas, de pensamiento y artículos periodísticos.
Es coeditora del blog ¿Hay derecho? y del libro del mismo nombre editado por Península junto con otros coautores bajo el pseudónimo colectivo “Sansón Carrasco” y Secretaria General de la Fundación ¿Hay Derecho?
Dª Cristina, con todo el respeto creo que su artículo falta a la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Sí, a la jurisprudencia del Tribunal Supremo respecto a la “estigmatización” de personas de extrema relevancia.
Si el Presidente Felipe González no podía ser “estigmatizado” por el procedimiento en el que se juzgaba, entre otros, el delito de secuestro de Segundo Marey, ¿por qué sí se va a estigmatizar a una hija del Rey de España?.
http://elunicoparaisoeselfiscal.blogspot.com.es/2013/02/diego-torres-o-el-retonto-util.html
La propia jurisprudencia del Tribunal Supremo salvará a la Infanta.
Es lamentable que así sea, pero es lo que tenemos.
Sr. Jorgescc:
Me ha ilustrado usted para qué sirve la jurisprudencia del Tribunal Supremo, para proteger a los poderosos.
http://hayjusticia.blogspot.com.es/2012/10/analisis-de-la-sentencia-de-segunda.html
Doña Elisa, sigua denunciando a los poderosos.
Dª Elisa, disculpe mi error al nombrarla.
¡En quién estaría yo pensando al citar a Cristina!.
La persistencia del arquetipo.
La verdad es que resulta asombrosa la persistencia del mito de “la tontita”. Nos aferramos a esta idea con una constancia digna de mejor causa.
Nunca he conseguido ver a una de ellas. El contrario, las tenía por el Cisne Negro de Taleb o el Unicornio del cuento de hadas.
Un arquetipo social que sobrevive contra viento y marea. Una necesidad sistémica. Catártica.
Un sueño del que es menester despertar pronto pero que necesitamos para “vaya usted a saber por qué”. Perhaps, to last another day.
Y sin embargo parecen existir. ¿Será posible?
Muy bien escrito. Suscribo totalmente todo el contenido. Enhorabuena, pues, por la forma y el fondo.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo “entiende” que ciertas “personalidades” son en este tipo de actuaciones “libres”. ¿renunciar? una utopia. GRACIAS por el articulo.
Es una de las mejores definiciones de Demagogia que podemos encontrar en el panorama. Aludir a los prejuicios y las emociones como es el caso del machismo para ocultar responsabilidades y desviar atenciones es un truco barato y rastrero. Y produce el efecto deseado a mayor escala cuando se pronuncia en el Congreso y acto seguido una sentida ronda de aplausos.
En la parrilla de hoy pueden elegir ustedes entre Sálvame o el Debate del Congreso. (sic. Demagogia)
Alguien ha preguntado a Ana Mato, como dirigente del PP, no por ser su esposa, que informes hacia sepulveda para el pp hasta hace dos días y cuanto le pagaron?
Tampoco sabia nada verdad. Y con Rajoy tampoco hablaba de estas cosas.
Alguien ha preguntado a Ana Mato, como dirigente del PP, no por ser su esposa, que informes hacia sepulveda para el pp hasta hace dos días y cuanto le pagaron?
Tampoco sabia nada verdad. Y con Rajoy tampoco hablaba de estas cosas.
Gracias jorgecc por el recordatorio..y efectivamente, conviene no estigmatizar a personajes relevantes o públicos antes de tiempo, pero con todo creo que hay diferencias entre los dos casos. Y no me entienda mal, los GAL fueron lamentablemente la guerra sucia del Estado contra el terrorismo de ETA y creo que así lo entendimos todos, incluido el Tribunal Supremo. En ese sentido, la gravedad es muchísimo mayor que las andanzas del sr. Urdangarín. No obstante, me imagino que los “chivos expiatorios” del GAL se sacrificaron, no sé si voluntariamente o no, en aras de la razón de Estado. En este caso, el socio del sr. Urdangarín es precisamente el que apunta a la Infanta, y no solo a ella, por cierto. Es decir, ha decidido “cantar” frente a la postura bien distinta de los imputados por los GAL. Me imagino que su “colaboración”. les valió ser indultados con celeridad..:-)
De nada Dª Elisa. Es un placer.
Pero le aseguro que en el “caso Segundo Marey” hubo y sigue habiendo algo más que indicios para imputar al señor González. Pero la doctrina de la “estigmatización lo impidió.
La declaración del señor Torres será inútil para sus objetivos de imputar a la Infanta (de la misma manera que lo fueron los indicios o las pruebas contra González) precisamente porque no conoce o no le han explicado los efectos de la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la “estigmatización” de personas relevantes.
Cuando pase el tiempo se dará cuenta del error cometido, pues la defensa de la Infanta es inexpugnable y la Casa Real lo sabe a la perfección.
Si nos enseñaron a odiar al delito y compadecer al delincuente, lo que odio es que el Tribunal Supremo de mi país haya creado una doctrina como la de la “estigmatización”.
En términos penales el “caso Urdangarín” en lo referente a la Infanta está visto para sentencia sin necesidad de juicio.
Dejo aquí el video de Juan Luis Cano sobre Ana Mato..
http://blog.infolibre.es/?p=605
Elisa,
me da cierto pánico contribuir a un blog con tanto profesional del derecho pero por primera vez lo hago para aportar un punto de vista apartado de los profesionales. Me ciñeré al caso de Ana Mato que es mucho más sencillo.
Lo primero es distinguir este caso de si la Sra. Mato estuviese divorciada (muy correcta la mención al tono de “Ana”) desde hace años del sr. Sepúlveda (Jesús?) y el Sr. Sepúlveda hubiese recibido un deportivo monoplaza. No es el caso así que escudarse en “otra persona” cuando había convivencia y disfrute de los beneficios no sirve. Como siempre en estos casos, la excusa es un insulto a nuestra inteligencia como ciudadanos.
La Sra. Mato debe dimitir y debe hacerlo por su responsabilidad, porque la responsabilidad penal ya la juzgarán los tribunales. Y es por su responsabilidad genérica, no política, porque cualquier Ministro debe ser responsable. Y debe dimitir por una de dos razones: por falta de capacidad o por faltar a la verdad. Si una Sra. (o Sr.) por culpa de su pareja tiene un nivel de gastos que no cuadra con los ingresos de los dos miembros de la pareja, seguro que o bien se da cuenta o no se da cuenta. Si no se da cuenta, le falta capacidad para ser Ministra. Si se da cuenta y mira hacia otro lado, al menos debería reconocerlo ahora y ser sincera, lo cual no ha hecho así que debe dimitir.
El de la Infanta creo que sería bueno analizarlo comparándolo con otros casos de casas reales: Fergie es un filón a explotar para este caso y otro es el caso del príncipe Laurent de Bélgica que tuvo que declarar lógicamente ante un juez. Las Casas Reales deben aceptar que su rol está cambiando o desaparecerán.
Elisa,
me da cierto pánico contribuir a un blog con tanto profesional del derecho pero por primera vez lo hago para aportar un punto de vista apartado de los profesionales. Me ciñeré al caso de Ana Mato que es mucho más sencillo.
Lo primero es distinguir este caso de si la Sra. Mato estuviese divorciada (muy correcta la mención al tono de “Ana”) desde hace años del sr. Sepúlveda (Jesús?) y el Sr. Sepúlveda hubiese recibido un deportivo monoplaza. No es el caso así que escudarse en “otra persona” cuando había convivencia y disfrute de los beneficios no sirve. Como siempre en estos casos, la excusa es un insulto a nuestra inteligencia como ciudadanos.
La Sra. Mato debe dimitir y debe hacerlo por su responsabilidad, porque la responsabilidad penal ya la juzgarán los tribunales. Y es por su responsabilidad genérica, no política, porque cualquier Ministro debe ser responsable. Y debe dimitir por una de dos razones: por falta de capacidad o por faltar a la verdad. Si una Sra. (o Sr.) por culpa de su pareja tiene un nivel de gastos que no cuadra con los ingresos de los dos miembros de la pareja, seguro que o bien se da cuenta o no se da cuenta. Si no se da cuenta, le falta capacidad para ser Ministra. Si se da cuenta y mira hacia otro lado, al menos debería reconocerlo ahora y ser sincera, lo cual no ha hecho así que debe dimitir.
El de la Infanta creo que sería bueno analizarlo comparándolo con otros casos de casas reales: Fergie es un filón a explotar para este caso y otro es el caso del príncipe Laurent de Bélgica que tuvo que declarar lógicamente ante un juez. Las Casas Reales deben aceptar que su rol está cambiando o desaparecerán.
Javier, qué bien verte por aquí y no solo como lector, sino como comentarista. Tu comentario muy atinado demuestra que no es en absoluto necesario ser jurista para entender como nuestros gobernantes nos toman el pelo. Todo lo que dices es perfectamente cierto. No me acordaba de Laurent de Bélgica y de Fergie, pero efectivamente, son dos casos muy bien traídos. Yo lo intento decir más elegantemente, pero básicamente la idea es que todo es un gran camelo.
Javier, qué bien verte por aquí y no solo como lector, sino como comentarista. Tu comentario muy atinado demuestra que no es en absoluto necesario ser jurista para entender como nuestros gobernantes nos toman el pelo. Todo lo que dices es perfectamente cierto. No me acordaba de Laurent de Bélgica y de Fergie, pero efectivamente, son dos casos muy bien traídos. Yo lo intento decir más elegantemente, pero básicamente la idea es que todo es un gran camelo.
Nos encontramos ante dos casos diferentes: uno el de una mujer (¿separada desde hace cuanto tiempo?) de su marido, aunque no hubiera formalizado o “legalizado” su situación con el divorcio, donde dicha separación implicaría el cese de convivencia y, por ello, el desconocimiento de lo que hace su ex; el otro es el de otra mujer que ha mantenido y mantiene un vínculo de relación total con una persona imputada en supuestos tipificados por una situación de privilegio. En el primer caso se podría incluso suponer que la separación se hubiese producido por disconformidad con los comportamientos de su ex o los hubiese denunciado en su momento o se hubiese alejado del conocimiento directo de sus actos; en el segundo seguimos viendo el apoyo conyugal hacia el otro imputado, habiéndose podido dar una decisión de separación o divorcio por disconformidad con sus actividades que no se ha dado hasta el momento. En ambos casos entiendo que debe pesar más la situación de convivencia real y de compartir incluso negocios, que la existencia formal de un divorcio “legalizado” porque, en las parejas, tiene más importancia la relación sentimental que la formal. Y eso ¿quién es capaz de someterlo a norma?
Enhorabuena Elisa!!! Las mujeres también deben salir de su “minoría de edad culpable”, con perdòn por la pedantería!
Enhorabuena Elisa!!! Las mujeres también deben salir de su “minoría de edad culpable”, con perdòn por la pedantería!