Conferencia del editor Fernando Rodríguez Prieto sobre resolución alternativa de conflictos


Este lunes 25 nuestro coeditor, Fernando Rodríguez Prieto, va a dar una Conferencia/Seminario en Sevilla a las 19° sobre la crisis de la Justicia, las oportunidades que al respecto ofrecen los llamados Sistemas Alternativos de Resolución de Conflictos (ADRs), como la Mediación y el Arbitraje, y la implicación que al respecto deben tener no sólo los notarios, sino también otras profesiones jurídicas.
 
La entrada es libre y la intervención inicial será seguida por un turno de preguntas y por un cóctel a continuación.
 
Por lo que hemos sabido, la intervención de Fernando ni va a ser excesivamente doctrinal, ni tiene intención de prolongarse en tecnicismos. Quiere tener un carácter divulgativo y aprovechar la ocasión para explicar, con la claridad que le caracteriza, lo que estos sistemas suponen hoy en el mundo, las causas de su gran desarrollo en muchas de las sociedades más avanzadas, y los motivos de su subdesarrollo y lento crecimiento en España. El autor nos asegura que, como se trata de avanzar propuestas tanto a las autoridades como, sobre todo, a la sociedad y a sus agentes jurídicos, pretende agitar y mover conciencias y para ello no le importará, incluso, provocar.
 
Estamos seguros de que, al menos, los que tengan la posibilidad de asistir no van a aburrirse. No van a escuchar ni tópicos, ni lugares comunes, ni retórica vacía. Y el turno de preguntas será con toda probabilidad ocasión para que se planteen interesantes debates.
 
Recordemos que nuestro coeditor, como mediador y como árbitro, además de como notario, es un experto no sólo teórico sino también práctico en estas materias. Y que sobre el tema ha participado en varias conferencia y mesas redondas, además de su “lecture” dentro de un Seminario en la Universidad de Harvard que tuvo lugar el pasado mes de septiembre.
 
Además es impulsor desde el Colegio Notarial de Madrid, y Patrono, de la Fundación Notarial Signum para la Resolución Alternativa de Conflictos, que constituye el primer centro global que en España promueve y ofrece una variedad de Sistema Alternativos de Resolución, como la Mediación además del clásico Arbitraje, y la posibilidad de figuras combinadas. Esta perspectiva, mucho más desarrollada fuera de España que aquí, y la variedad de soluciones que la misma permite, significa la posibilidad de dotar a particulares y empresas, y la sociedad en general, de poderosos instrumentos para afrontar sus conflictos de forma más eficaz y eficiente. Y forma parte de un proyecto semejante que quiere desarrollar el Colegio Notarial de Andalucía.
 
Una advertencia a su audiencia: no esperéis del conferenciante ni conformismo ni ortodoxia en grandes dosis.
 
 

4 comentarios
  1. Miguel Vicente-Almazán
    Miguel Vicente-Almazán Dice:

    Es una muy buena iniciativa y Fernando Rodríguez Prieto conoce la materia a fondo. Estamos en los inicios de la andadura de los sistemas alternativos de resolución de conflictos en nuestro país. En otros, especialmente los de tradición jurídica anglosajona, están consolidados y son bien conocidos y el recurso a los mismos es frecuente. Entre nosotros los esfuerzos se deben centrar en darlos a conocer a la sociedad y difundirlos sobre todo entre los actores jurídicos, para que los aconsejen a sus clientes. Veo el peligro, en estos tiempos de dificultades económicas y escasez de trabajo, de que la atención entre los profesionales jurídicos se centre en añadir un posible campo de actividad a las suyas propias -la mediación y el arbitraje- y se descuide el fomento y divulgación de sus ventajas, sin lo que difícilmente se implantarán y como consecuencia se puedan convertir en una fuente de ingresos para quienes actúen como profesional en estos campos. La gran ventaja de estos sistemas para los abogados es que, sin perder su participación como asesores de parte -pues tanto en una mediación como en un arbitraje siguen interviniendo al igual que harían en un procedimiento judicial- los asuntos no se duermen durante años, sino que se agilizan. Como gráficamente dijo un abogado ponente en un reciente jornada celebrada en el Colegio Notarial de Madrid, al abogado lo que le interesa es “rotar el almacén”. Por eso estas iniciativas como la que se celebra en el Colegio Notarial de Sevilla son no sólo buenas, sino imprescindibles para el fomento de la mediación y el arbitraje..

  2. Lucía de las Heras
    Lucía de las Heras Dice:

    Hay instituciones que supuestamente se dedican a la mediación, como (en el ámbito laboral) el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación, dependiente de las consejerías autonómicas de Trabajo. Allí hay unos funcionarios que generalmente no hacen el más mínimo esfuerzo para intentar que las partes (empresa y trabajador) se concilien. Si las partes “vienen ya conciliadas”, entonces firman el acta y ya está. Y si no, pues también firman el acta pero “sin avenencia”. Pero nadie les explica los pros y los contras de la conciliación, nadie les ofrece soluciones alternativas o imaginativas para evitar el litigio. Para eso, sería mejor que este organismo se suprimiera, pues constituye un trámite superfluo y dilatorio (pero la ley lo exige como requisito pre-procesal para presentar demanda). Luego, en los juzgados de lo social, también hay un intento de conciliación previo al juicio, que ahora lo hacen los secretarios judiciales. Allí hay secretarios que se esfuerzan, estudian el asunto, proponen soluciones transaccionales e intentan por todos los medios que las partes lleguen a un acuerdo. Pero junto a eso, también hay secretarios que pasan y actúan como los funcionarios del SMAC: si vienen conciliados, bien, y si no, pues a juicio. Menos mal que luego muchas veces el juez sí intenta la conciliación y suple la pasividad de los anteriores: al fin y al cabo, él es el que va a celebrar el juicio y dictar sentencia si no hay acuerdo. No obstante, la conciliación ante el mismo juez que va a celebrar el juicio tiene el riesgo de “contaminación” del juez, o sea, de que éste, en su intento por conseguir que las partes se concilien, llegue a prejuzgar el asunto y quede así comprometida su neutralidad.

    • Fernando Rodríguez Prieto
      Fernando Rodríguez Prieto Dice:

      Muchas gracias por tu contribución, Lucía. Yo creo que, efectivamente, la conciliación laboral en casi todos los sitios es un puro trámite. Espero que cunda el ejemplo de los supuestos y sitios en los que se hace bien, que también los hay. Y esa conciliación de secretarios y jueces, por los defectos y peligros q observas, sería mejor sustituirla por mediaciones profesionalizadas fuera del juzgado.
      Algunas conclusiones del Seminario:
      -No puede solucionarse el colapso de los tribunales sólo con más medios. Hace falta impulsar sistemas alternativos q ofrecen mejores soluciones a los conflictos en muchos casos.
      -Puede discutirse cuándo se extenderán con éxito estos ADRs. Pero que triunfarán es inevitable. Y positivo.
      -La mediación ofrece muchas ventajas, y el inconveniente de no resolver el 100% de los conflictos en gran parte puede atenuarse con una previsión de arbitraje posterior.
      -Las dificultades a su difusión provienen del desconocimiento, de prejuicios sin base suficiente y de inercias que no podrán resistir la presión de las ventajas de las ADRs
      -Los profesionales del Derecho y la Justicia han de hacer un esfuerzo de adaptación para ser capaces de ofrecer mejores servicios. Es esencial la formación para un adecuado asesoramiento de abogados y notarios. Y la preparación de jueces y secretarios.
      -Los notarios pueden ayudar con su involucración profesional a dotar a estas ADRs de un elemento esencial: confianza.
      -El futuro está en gran parte en Instituciones capaces de ofrecer una variedad de ADRs, y de combinarlas, como en las cláusulas escalonadas med+arb.

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