La ministra Báñez insiste

La Ministra de Trabajo, Fátima Báñez, ante la insistencia de las autoridades comunitarias para que avancemos hacia la unificación de los contratos laborales, ha vuelto a escudarse en que dicha reforma unificadora sería inconstitucional. Parece que nuestros dirigentes prefieren tener a los españoles separados en castas y con desiguales derechos.
 
Pero respecto a la solvencia de este argumento este blog ya publicó hace más de un año un post de Carlos Javier Galán, que cobra de nuevo actualidad dada la contumacia de la Señora Ministra. Pueden leerlo aquí: ¿Por qué dice la Ministra de Trabajo que el contrato laboral único es inconstitucional?.
 
Y otro de José María Pérez Gómez sobre la compatibilidad del contrato único con la causalidad del despido, parece que no muy problemática:  Puede leerlo aquí.
 
Por cierto, estos dos artículos del blog sobre esta cuestión están siendo citados hoy en los medios, por ejemplo en estos artículos del economista Luis Garicano para Nada es Gratis y en este otro.

6 comentarios
  1. paloma
    paloma Dice:

    Lo lógico sería una directiva comunitaria sobre contratación laboral igual y vinculante para todos los estados europeos.

  2. Luisa
    Luisa Dice:

    Precisamente hace unos meses, en un acto con Sagardóy, alguien decía una gran verdad. Y es que la U.E. ha aprobado directivas sobre cuestiones secundarias, incluso en materia laboral (vacaciones, no discriminación en los contratos, protección del FOGASA…), y en cambio no ha hecho lo más importante y necesario, que es homogeneizar y unificar a nivel europeo (vía directiva) la contratación laboral, de modo que los contratos de trabajo y el régimen de extinciones e indemnizaciones sea idéntico y uniforme para todos los países de la U.E.

  3. Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado
    Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado Dice:

    A mí lo que me parece sonrojante es que se quiten de encima el tema con el mantra “es inconstitucional” cuando como bien dice Garicano http://www.fedeablogs.net/economia/?p=30645 lleva mucha gente muy preparada (no como la Ministra) estudiando el tema desde el punto de vista económico y también jurídico. Esto es el “no toca” de nuestros queridos políticos. Pues sí toca y a estudiar y a leer un poquito algo que no sean los argumentarios del partido, que falta les hace.

  4. ENNECERUS
    ENNECERUS Dice:

    Sobre la causalidad del despido no he leído nada en la Constitución. A lo mejor mi texto es distinto que el que manejan los “agentes sociales”, terminología que huele a castrismo puro.
    Si uno se va al Código Civil, ese mamotreto legal del siglo XIX, viejo, raído pero vigente y que se está aplicando todos los días para proteger a los débiles en todo tipo de relaciones jurídicas, se encontrará con unos artículos dedicados a la causa de los contratos, difíciles de interpretar pero que tienen una función moralizadora de las relaciones jurídicas.
    ¿Acaso una empresa que está en graves problemas económicos o que ha perdido la confianza en un trabajador no puede despedirle?
    ¿Por qué no se pueden pactar las causas de despido y los mecanismos de prueba?
    ¿Por qué si el despido es procedente o por causas objetivas hay obligación de indemnizar por ley sin admitirse el pacto en contrario?
    ¿Por qué si el despido es ilegal, nulo radical, no puede el juez sancionar fuertemente al mal empresario?
    ¿Por qué hay que mantener un sistema donde siempre se despide a aquél que menor coste tiene para la empresa en vez de al acomodado, al torpe o al inútil, simplemente porque lleva más años?
    ¿Genera todo este sistema otros incentivos que no sean la irresponsabilidad, la falta de productividad, el desinterés de empresa y trabajador en la formación, etc.?
    Seguro que somos nosotros los que tenemos razón y los demás están equivocados. El problema es que los demás tienen, en el peor de los casos, la mitad de tasa de paro que nosotros.

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