Tres en uno (o todos para uno y uno para todos): las resoluciones del TS en los casos Blanco, Matas y Barcina (I)

En apenas diez días el Tribunal Supremo ha dictado tres resoluciones en materia penal referentes a tres políticos muy relevantes: el Sr. Blanco (ministro y portavoz del último Gobierno socialista), el Sr. Matas (ex presidente del Gobierno de Baleares por el PP) y la Sra. Barcina (presidenta del Gobierno de la Comunidad Foral Navarra por UPN). Casi ná, vamos, lo típico en cualquier democracia avanzada, aunque quizá el que todos los políticos estén aforados (como hemos tratado en este post) tenga algo que ver. En cualquier caso, esta sucesión de resoluciones explica por sí sola la reforma del Consejo General del Poder Judicial recientemente aprobada (impulsada y defendida a capa y espada por el Sr. Gallardón, actual ministro de Justicia).
 
Como la serie se las trae, vamos a dividir este comentario en tres partes, tratando en cada una de ellas el caso correspondiente, reservando la conclusión final para el último de ellos. Comenzamos por el Sr. Blanco por una cuestión de jerarquía: este señor ha sido portavoz del Gobierno español hasta hace muy poco tiempo.
 
El caso Blanco
 
No procede recordar aquí todos los avatares del caso Campeón y sus variadas derivaciones, teniendo en cuenta además que nuestros lectores estarán bien informados, pero al menos sí la práctica de nuestro ex ministro de hacer gestiones en diferentes estratos de la Administración en favor de las empresas de sus amigos, lo cual ha quedado totalmente probado. Y no sólo eso, sino también el reunirse con los socios nada recomendables de esos amigos en lugares poco adecuados para la dignidad del puesto (en todo lo que no sea repostar combustible, tomar un bocado o visitar los servicios, claro) como es una gasolinera. Esta dimensión del asunto ya lo trató Elisa en este artículo y poco hay más que añadir.
 
Lo que decide el Tribunal Supremo en este auto del 18 de julio pasado es una de las derivaciones del caso, la que más probabilidades tenía de terminar con la imputación penal del Sr. Blanco (por un delito de tráfico de influencias): la gestión que hace el ex ministro con el alcalde socialista de Sant Boi de Llobregat, a través de una de las Secretarías de Estado de su Ministerio, para conseguir que se le concediese una licencia a la empresa de su amigo Sr. Orozco.
 
Pues bien, la sala estima el recurso interpuesto por el Sr. Blanco contra el auto del instructor por el que solicitaba el suplicatorio para procesarle por ese delito, ordenando el archivo de las actuaciones. El TS considera que los hechos que el instructor considera acreditados no son subsumibles en el tipo penal del tráfico de influencias del art. 428 del CP, cuyo tenor es el siguiente:
 
El funcionario público o autoridad que influyere en otro funcionario público o autoridad prevaliéndose del ejercicio de las facultades de su cargo o de cualquier otra situación derivada de su relación personal o jerárquica con éste o con otro funcionario o autoridad para conseguir una resolución que le pueda generar directa o indirectamente un beneficio económico para sí o para un tercero, incurrirá en las penas de prisión de seis meses a dos años, multa del tanto al duplo del beneficio perseguido u obtenido e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres a seis años. Si obtuviere el beneficio perseguido, estas penas se impondrán en su mitad superior.
 
Las razones que alega son las siguientes:
 
Empieza aclarando que el tipo exige “un acto concluyente por el cual se ejerza predominio o fuerza moral sobre un sujeto pasivo de manera que su resolución o actuación sea debida a la presión ejercida”. Se trata de “alterar el proceso motivador del funcionario influido, lo que excluye las meras solicitudes de información”, mediante “el abuso de la situación de superioridad”, con el fin de introducir en la motivación del influido “elementos ajenos a los intereses públicos”.
 
Pues bien, alega el TS que “en la causa se constata” que la motivación por la cual se concede la licencia tras la intervención del ex ministro, pese a haber sido denegada anteriormente en varias ocasiones, es puramente técnica, “y así lo expresa tanto el Alcalde como el técnico responsable del informe”. De las intervenciones telefónicas de las conversaciones sólo resulta la gestión de la entrevista, pero no la causalidad entre la entrevista y la modificación del criterio a la hora de conceder la licencia.
 
Efectivamente, tanto el Alcalde socialista como el técnico implicado afirman que la gestión del ministro no tuvo nada que ver. El alcalde, que él no tenía competencia para conceder ninguna licencia, y el técnico, que los defectos que indicó en sus primeras negativas fueron subsanados.
 
La verdad es que es comprensible la exigencia de nuestro más Alto Tribunal de que los hechos que configuran el tipo queden cumplidamente demostrados, especialmente en estos tipos un poco difusos o abiertos, en los que es frecuente que “el rigor que se expulsa por la puerta del tipo tenga que entrar luego por la ventana de la prueba”. Pero lo cierto es que no se puede llegar hasta el extremo de desvirtuarlo completamente, sobre todo en esta fase, antes del juicio oral. Si en vez de un auto denegando un suplicatorio se tratase de una sentencia absolutoria, quizá no procedería ser excesivamente críticos. Pero lo que da la impresión es que, a diferencia de lo que hubiera ocurrido con la generalidad de los españolitos de a pie, al ex ministro se le ha querido ahorrar la pena de banquillo. En definitiva, que como ocurre con descorazonadora frecuencia en nuestro país, la Justicia no es igual para todos (aquí ojeada al logo del blog).
 
Efectivamente, el auto está insinuando continuamente ideas que no se atrever a afirmar de manera manifiesta (porque no se sostienen por sí solas, claro): que otro Ayuntamiento concedió la licencia sin ningún problema, que se trataba de una licencia medioambiental, que la instrucción ha durado un año y medio y ha sido muy completa, sin encontrarse más indicios…, etc. Todo con la finalidad de preparar la argumentación final. Pero lo cierto es que ésta es muy endeble, tremendamente endeble. La relación de superioridad entre miembros de un mismo partido con tan diferente peso, especialmente en un Estado tan ferozmente partitocrático como el nuestro, es evidente. Sin embargo, ¿cómo no va a decir el Alcalde que ni ha influido ni se ha dejado influir? ¿Cómo no va a decir el técnico que su cambio de criterio ha sido –precisamente- técnico?
 
En relación al Alcalde no hay que olvidar que la doctrina penalista -y el propio TS en la sentencia del caso Matas que se comenta en la próxima entrega- admiten también la “influencia en cadena” (que se infiere del tenor del propio artículo 428), es decir, cuando la influencia no se ejerce directamente sobre el funcionario que debe adoptar la resolución, sino sobre otro distinto, y éste a su vez influye sobre el competente (en cuyo caso el funcionario intermedio también sería imputable).
 
En relación al técnico, no hay que olvidar que este delito no exige que la resolución que adopte el funcionario influido sea ilícita. De hecho, el propio Tribunal Supremo en su sentencia de 27 de marzo de 2003 se ha mostrado partidario de admitir este delito también cuando la resolución perseguida con el tráfico de influencias es conforme a Derecho; pero es que, además y para más inri, ratifica ese mismo criterio en la sentencia del caso Matas, dictada apenas tres días antes.
 
En fin, que como comentaremos de forma más extensa en el último post de la serie, parece que el TS ha tenido en cuenta consideraciones que escapan de la estrictamente jurídicas a la hora de resolver este caso. Eso sí, el Sr. Blanco se ha apresurado a afirmar que el daño que se le ha hecho ha sido irreparable. A mi me da más pena el daño que entre todos le estamos haciendo al Estado de Derecho.

37 comentarios
  1. Deus ex Machina
    Deus ex Machina Dice:

    Cuando salió el auto lo leí y creo que el factor a tener el cuenta es el tiempo. Si mal no recuerdo, que ahora la verdad no sabría a decir, la licencia se aprueba antes de que Blanco haga “gestión” alguna. Por tanto como mucho podríamos hablar de tentativa

      • Deus ex Machina
        Deus ex Machina Dice:

        Acabo de volver a echarle un ojo al auto y verdaderamente no se aclara este punto, es decir, no se aclara de forma expresa, cuando creo que es importante. El único dato con respecto a esto es de la declaración del Alcalde cuando dice que los problemas técnicos estaban resueltos en el momento de la entrevista, pero en ningún momento se aclara qué fecha tiene la licencia

      • Deus ex Machina
        Deus ex Machina Dice:

        Lo que si me sorprendió cuando leí el auto por primera vez, y ahora volviendo a releerlo, es la cuestión de que tampoco se aclara si las deficiencias técnicas fueron efectivamente resueltas o no en el momentos de la concesión de la licencia

  2. Cvm Privilegio
    Cvm Privilegio Dice:

    -Hola, NN, me alegro de saludarte.
    -Hola, ministro, ¿En qué puedo servirte?
    -Mira, es que hay una empresa XX que os tiene solicitada una licencia de apertura hace tiempo y me gustaría que se agilizara el tema. Por supuesto, cumpliendo la ley, ya sabes.
    -Perdona, es que estamos desbordados de trabajo. Pero nos ponemos a ello.
    -Gracias, hombre. Un abrazo,
    -Un abrazo, ministro.
    Si este diálogo es delictivo, si sus protagonistas son pecadores…. entonces me temo que no encontraremos diez justos en España y ¿quiere el sr. Tena que acabemos como Sodoma?.

    • Rodrigo Tena Arregui
      Rodrigo Tena Arregui Dice:

      No exactamente CVM, más bien éste sería el diálogo:
      -Hola, NN, me alegro de saludarte.
      -Hola, ministro, ¿En qué puedo servirte?
      -Mira, es que hay una empresa XX que os tiene solicitada una licencia de apertura hace tiempo y me gustaría que se agilizara el tema. Por supuesto, cumpliendo la ley, ya sabes, aunque sé que le habéis denegado la licencia en dos ocasiones.
      -Perdona, es que estamos desbordados de trabajo y no sabíamos que venía de tu parte. Pero nos ponemos a ello.
      -Gracias, hombre. Un abrazo,
      -Un abrazo, ministro.
      Si España funciona así, no es que yo lo prefiera o no, es que acabaremos como Sodoma, pero no por causas trascendentes, sino absolutamente inmanentes, querido CVM, por la propia naturaleza de las cosas….

  3. Arcimboldo
    Arcimboldo Dice:

    Enhorabuena por el artículo, cuyas próximas entregas espero ya con interés.
    Al hilo de ese trato preferente de la justicia hacia los miembros del establishment, sería interesante reflexionar sobre la reacción del Gobierno frente al accidente de tren en Santiago. Nadie, ministros incluido, parece poner en duda la responsabilidad del conductor. Sin embargo, creo que detrás de esta salida en tromba por parte de los máximos responsables de Fomento, Interior, Renfe y Adif, existe un claro interés por ocultar otras posibles responsabilidades, en particular en el diseño de la infraestructura.
    Cuán diferente, sin embargo, esta reacción de la adoptada en casos no menos trágicos como el del Yak-42, con consecuencias únicamente en el ámbito civil (al margen del vergonzoso caso de la identificación de los cadáveres) y sin repercusión alguna en el ámbito de la responsabilidad política, tantas veces traída a colación en este blog y tan pocas veces exigida en nuestra triste escena pública. 10 años después del accidente que mayor número de bajas ha producido en las F.F.A.A. desde que yo tengo memoria, el responsable máximo de la Defensa en aquel entonces, Federico Trillo, disfruta del muy honorable y apetecible premio de Embajador de España en Londres, en pago a los servicios prestados.
    Así funcionamos por aquí.

    • RC
      RC Dice:

      Sí, llama la atención que este gobierno, tan atento al respeto a la presunción de inocencia en el caso Barcenas y otros Gürteles, se dé tanta prisa en cargar toda la culpa sobre este maquinista. Y que toda la prensa, de todos los colores ideológicos, siga por una vez en bloque. Es curioso, muy curioso.

  4. Lucía de las Heras
    Lucía de las Heras Dice:

    Cada palo tiene que aguantar su vela. El Tribunal Supremo acaba de legalizar la figura del “Conseguidor” y la historia le juzgará con la dureza que merece. De todas formas, esto suele volverse en contra de quien lo celebra. Así que en el PSOE no deberían tirar cohetes.
    En el PP celebraron en su día el auto de Ruiz Vadillo que archivó el “caso Naseiro” y ahora lo están pagando muy caro, porque si en los 90 se hubieran depurado las responsabilidades del entonces tesorero del PP, este partido habría escarmentado y no habría habido caso Gürtel/Bárcenas.
    Por desgracia sólo se aprende a base de malas experiencias, y si ahora se ha sobreseído el “caso Campeón” es más que probable que dentro de unos años el PSOE sufra un nuevo escándalo de esta índole, aunque quizá la reunión no sea en una gasolinera sino en un motel.

  5. sergio
    sergio Dice:

    ¿Reunirse en la cafetería de un área de servicio poco adecuado a la dignidad del puesto? ¿Qué es lo adecuado? ¿El palco del Bernabeu?

  6. FBR
    FBR Dice:

    Ese pretendido escarmiento no se va a producir, como se deduce de las sentencias aquí tratadas. Volverán a salir de rositas al igual que ocurrió en el Naseiro y que sucederá en la Gurtel, y a la espera de lo que acontezca en el caso de los ERES.
    A cambio de aquellos te absuelvo a estos y no me haces ruido, que para eso a España la gobiernan conseguidores, y se ha declarado legal.
    Al hilo de esto y enlazando con el tema Pérez de los Cobos, me asombra que, aún declarándose incompatible la militancia política, no exista la posibilidad de inhibirse en ciertos temas, como evidentemente son los de las corruptelas de sus comilitantes (aclaro que para mí, son comilitantes los del PPSOE).

  7. Curro Arriola
    Curro Arriola Dice:

    Vaya novedad.
    Estaría bueno que en una cueva de ladrones se metiera a los ladrones en la cárcel.
    Esto no es nuevo, Rodrigo; ni del Franquismo, ni de la República, ni de la Monarquía.
    Lo decía muy bien Osorio y Gallardo: ” a los jueces españoles no se les atraviesa el dinero; pero ¡ay si se les atraviesa la política!” (o algo así era, que cito de memoria).
    No tenemos arreglo, así nos va, y peor que nos irá.
    Eso sí, como dicen los italianos de los cornudos consentidos: “contento lui…”

  8. Luis Villameriel
    Luis Villameriel Dice:

    Leo en el post de Rodrigo Tena esta frase:
    “Si en vez de un auto denegando un suplicatorio se tratase de una sentencia absolutoria, quizá no procedería ser excesivamente críticos.”
    De modo que lo que molesta es que el TS le haya ahorrado a Blanco la “pena de banquillo”. El Sr. Blanco ya llevaba año y medio cumpliendo la “pena de instrucción”, pero el que se ahorre una buena temporada en el banquillo, pues muy mal.
    De la presunción de inocencia ni hablamos, que eso son fruslerías. Del principio penal de intervención mínima, mejor olvidarse, cosas del trasnochado siglo de las luces. Del derecho a un proceso penal sin dilaciones, nunca más se supo. Aquí lo que cuenta es el banquillo.
    Saludos.

    • Rodrigo Tena Arregui
      Rodrigo Tena Arregui Dice:

      Estimado Luis, creo que su concepción de lo que es una instrucción no es muy adecuada. Uno de los problemas de la instrucción en España es que pretende suplantar al juicio oral… pero no lo suplanta. Es eterna, efectivamente, se piden todo tipo de pruebas, pero luego hay que completarlas y valorarlas en un procedimiento contradictorio, donde el Fiscal, las acusaciones y las defensas tengan oportunidad de pedir más pruebas y enjuiciarlas adecuadamente a través de la única manera posible que cabe hacerlo en un Estado de Derecho digno de ese nombre: el debate contradictorio.
      Si en vez de un auto esto hubiera sido una sentencia -DESPUÉS de un juicio oral con debate, discusión y petición de pruebas complementarias- y no hubiera salido nada más, entonces a lo mejor no procedería ser muy críticos. Pero cerrar el tema antes de dar a las acusaciones oportunidad de hacerlo, bajo el argumento de que la instrucción ha sido muy larga y se han pedido todo tipo de pruebas es, en mi modesta opinión, tergiversar completamente el sentido de la instrucción y del juicio oral, defraudando completamente los principios del Estado de Derecho.
      No sé si ahora le queda más clara mi opinión.

      • Panóptico
        Panóptico Dice:

        Todo proceso judicial “de instruccion” es contradictorio “desde el inicio” y siempre tienen oportunidad “las partes” de alegar, asi que D. Rodrigo, creo que esta equivocado y llevado por la corriente “mediatica” que es otra cosa distinta al proceso legal.
        Dice “Uno de los problemas de la instrucción en España es que pretende suplantar al juicio oral” y no creo, ni se donde ha visto Vd. este problema.
        Estoy de acuerdo con D Luis Villameriel, ahorrar a un imputado la “pena de banquillo” es una obligacion que impone la Ley cuando resulte obligado aplicar el principio de intervencion minima por mucho que la decisión no esta de acuerdo con la “expectativa mediatica”.
        Aunque ya centenaria nuestra Ley de Enjuiciamiento Criminal, no dice lo que Vd. plantea, sino todo lo contrario, por lo que no estoy de acuerdo con su tesis contraria al Auto del TS que sin embargo, si esta suficientemente razonado y cargado de motivaciones.

      • Rodrigo Tena Arregui
        Rodrigo Tena Arregui Dice:

        Panóptico, el que las partes tengan la oportunidad de alegar ante el juez de instrucción no convierte en superflua la alegación y debate en el juicio oral, ¿o sí? Porque entonces sobra éste, creo.
        ¿Quién dice lo de la suplantación? ¿Que dónde he visto este problema?
        Lo dice el Fiscal General del Estado, y lo he visto aquí:
        http://www.elnotario.es/index.php/tribuna-de-actualidad
        Reproduzco:
        “En segundo lugar, hay que ir a una reducción drástica de la idea de instrucción. La instrucción no puede consistir en acumular prueba tras prueba, que después hay que volver a reproducir en la vía del plenario correspondiente. Soy partidario de un sistema con muchas más garantías, con mucho más equilibrio de las partes. El principio de igualdad de partes es una exigencia absolutamente inexcusable, y no solamente porque lo establezca el artículo 24.2 de la Constitución, sino porque es la garantía del equilibrio del sistema. Pero es evidente que hay que llegar cuanto antes a la vista oral y por lo tanto hay que poner un plazo para que la investigación no se eternice. Solicitemos del juez que con las pruebas disponibles abra el juicio oral o sobresea, con los recursos pertinentes contra esa decisión. Pero no sigamos con el calvario de instrucciones que nunca acaban, con ese escándalo de procesos que duran 14 o 16 años y que, no nos engañemos, no es que sean complejos, es que los han hecho complejos las partes o la desidia del Ministerio Fiscal o de los jueces, con la ayuda de un laberíntico sistema procesal que ya, este sí, es decimonónico.”
        ¿Qué el auto está suficientemente razonado y cargado de motivaciones? Es su opinión, muy respetable, pero no es la mía, como he intentado demostrar, ni, por cierto, la del magistrado instructor que solicita el suplicatorio.

  9. Pintamonas
    Pintamonas Dice:

    José Blanco no fue vicepresidente del Gobierno, sino Ministro de Fomento y Portavoz del Gobierno. Excelente artículo por lo demás.

      • RC
        RC Dice:

        Sí, llama la atención que este gobierno, tan atento al respeto a la presunción de inocencia en el caso Barcenas y otros Gürteles, se dé tanta prisa en cargar toda la culpa sobre este maquinista. Y que toda la prensa, de todos los colores ideológicos, siga por una vez en bloque. Es curioso, muy curioso.

      • Curro Arriola
        Curro Arriola Dice:

        Vaya novedad.
        Estaría bueno que en una cueva de ladrones se metiera a los ladrones en la cárcel.
        Esto no es nuevo, Rodrigo; ni del Franquismo, ni de la República, ni de la Monarquía.
        Lo decía muy bien Osorio y Gallardo: ” a los jueces españoles no se les atraviesa el dinero; pero ¡ay si se les atraviesa la política!” (o algo así era, que cito de memoria).
        No tenemos arreglo, así nos va, y peor que nos irá.
        Eso sí, como dicen los italianos de los cornudos consentidos: “contento lui…”

      • Luis Villameriel
        Luis Villameriel Dice:

        Leo en el post de Rodrigo Tena esta frase:

        “Si en vez de un auto denegando un suplicatorio se tratase de una sentencia absolutoria, quizá no procedería ser excesivamente críticos.”

        De modo que lo que molesta es que el TS le haya ahorrado a Blanco la “pena de banquillo”. El Sr. Blanco ya llevaba año y medio cumpliendo la “pena de instrucción”, pero el que se ahorre una buena temporada en el banquillo, pues muy mal.

        De la presunción de inocencia ni hablamos, que eso son fruslerías. Del principio penal de intervención mínima, mejor olvidarse, cosas del trasnochado siglo de las luces. Del derecho a un proceso penal sin dilaciones, nunca más se supo. Aquí lo que cuenta es el banquillo.

        Saludos.

      • Pintamonas
        Pintamonas Dice:

        José Blanco no fue vicepresidente del Gobierno, sino Ministro de Fomento y Portavoz del Gobierno. Excelente artículo por lo demás.

      • Rodrigo Tena Arregui
        Rodrigo Tena Arregui Dice:

        Estimado Luis, creo que su concepción de lo que es una instrucción no es muy adecuada. Uno de los problemas de la instrucción en España es que pretende suplantar al juicio oral… pero no lo suplanta. Es eterna, efectivamente, se piden todo tipo de pruebas, pero luego hay que completarlas y valorarlas en un procedimiento contradictorio, donde el Fiscal, las acusaciones y las defensas tengan oportunidad de pedir más pruebas y enjuiciarlas adecuadamente a través de la única manera posible que cabe hacerlo en un Estado de Derecho digno de ese nombre: el debate contradictorio.
        Si en vez de un auto esto hubiera sido una sentencia -DESPUÉS de un juicio oral con debate, discusión y petición de pruebas complementarias- y no hubiera salido nada más, entonces a lo mejor no procedería ser muy críticos. Pero cerrar el tema antes de dar a las acusaciones oportunidad de hacerlo, bajo el argumento de que la instrucción ha sido muy larga y se han pedido todo tipo de pruebas es, en mi modesta opinión, tergiversar completamente el sentido de la instrucción y del juicio oral, defraudando completamente los principios del Estado de Derecho.
        No sé si ahora le queda más clara mi opinión.

  10. Antonomasia
    Antonomasia Dice:

    Francamente sr Tena ni en la conversación (figurada) de CVM ni en su versión se aprecia materia penal ni esforzándose mucho. He seguido, creo que bastante, el caso Blanco porque el personaje me resulta tan antipático como a la mayoría y he de decir que la conclusión a la que llegué en su día (a partir sobre todo de las informaciones de El Mundo) era que ‘este ministro tiene que sr culpable’. Primero un tal Dorribo le acusó de recibir dinero (no lo demostró) y a la vez de quedar en un sitio poco elegante (gasolinera) para ir juntos a una reunión. Como de aquí no salía ningún delito, se empezó a hurgar en lo de Orozco y hasta aquí hemos llegado.
    Usted quiere que un ministro (ni otra autoridad pública, supongo) nunca llame por teléfono para interesarse por un trámite, ni que vea a nadie fuera de su despacho…usted quiere otro país y yo también, pero concluir de esos dos hechos que vamos a Sodoma… (me admira su agudeza visual)
    No toca usted un asunto de más enjundia que una llamada telefónica y es el juicio mediático. Como la prensa había decidido que Blanco era culpable, el TS no tenía más remedio que acatar esa decisión. Creo que a esta justicia popular mediática debe usted dedicar algún comentario, muchos se lo agradeceríamos.

    • Rodrigo Tena Arregui
      Rodrigo Tena Arregui Dice:

      Llamada telefónica y juicio mediático… Con todo respeto, Antonomasia, creo que el juicio mediático (y superficial) es el suyo. Entre un poco en la cuestión técnica si quiere rebatirme, por favor, y déjese de generalidades, pero primero léase el auto del instructor de 27 de mayo de 2013, Excmo Sr. Magistrado del Tribunal Supremo, y no, precisamente, cronista de una revista del corazón.

  11. Antonomasia
    Antonomasia Dice:

    Francamente sr Tena ni en la conversación (figurada) de CVM ni en su versión se aprecia materia penal ni esforzándose mucho. He seguido, creo que bastante, el caso Blanco porque el personaje me resulta tan antipático como a la mayoría y he de decir que la conclusión a la que llegué en su día (a partir sobre todo de las informaciones de El Mundo) era que ‘este ministro tiene que sr culpable’. Primero un tal Dorribo le acusó de recibir dinero (no lo demostró) y a la vez de quedar en un sitio poco elegante (gasolinera) para ir juntos a una reunión. Como de aquí no salía ningún delito, se empezó a hurgar en lo de Orozco y hasta aquí hemos llegado.
    Usted quiere que un ministro (ni otra autoridad pública, supongo) nunca llame por teléfono para interesarse por un trámite, ni que vea a nadie fuera de su despacho…usted quiere otro país y yo también, pero concluir de esos dos hechos que vamos a Sodoma… (me admira su agudeza visual)
    No toca usted un asunto de más enjundia que una llamada telefónica y es el juicio mediático. Como la prensa había decidido que Blanco era culpable, el TS no tenía más remedio que acatar esa decisión. Creo que a esta justicia popular mediática debe usted dedicar algún comentario, muchos se lo agradeceríamos.

  12. Ignacio Gomá Lanzón
    Ignacio Gomá Lanzón Dice:

    Lo que me parece que Rodrigo quiere resaltar es que no parece que la justicia sea igual para todos. A algunos se les ahorra forzadamente la “pena de banquillo” y a otros se les detiene delante de todo el mundo cuando llevan a los niños al colegio y se les hace pasar por esa pena de banquillo durante lustros, aunque es más que evidente que no tienen nada que ver con el asunto, como se demuestra finalmente. Por ejemplo, en el caso Ballena Blanca, que nos toca de cerca a algunos.
    http://www.eleconomista.es/flash-ecoley/noticias/2952650/03/11/La-AP-de-Malaga-absuelve-a-los-notarios-procesados-en-el-caso-Ballena-Blanca.html
    Todavía hay clases, y ser de una o de otra depende de adónde estés afiliado, no de la razón que tengas.

  13. Panóptico
    Panóptico Dice:

    Sr. Rodrigo, creo que Vd., ha interpretado mal “la opinión personal” [que no la Ley vigente] de la persona que ahora por decisión politica desempeña el cargo de Fiscal General del Estado, los que nos dedicamos a resolver con mejor o peor acierto, en via de apelacion las decisiones de organos judiciales inferiores, aplicamos estrictamente la Ley vigente y no “argumentos doctrinales” para tener contento al Ministro de turno.
    Ademas, este Fiscal General del Estado, en el articulo de la Revista Notario, no dice lo que Vd. interpreta, sino que bien claro dice: <> y esto es precisamente lo que ha dedicido la Sala que ha resuelto este Recurso, contra lo que antes decidio un “Juez Instructor” [contaminado procesalmente hablando como todos] que defendia su trabajo previo y proponia la peticion del suplicatorio y juicio oral, que como vemos -tras el recurso pertinente- ante un organo mas alejado e imparcial, no ha prosperado “afortunadamente” sobre todo para el imputado.
    Esto ocurre a diario, en multitud de ocasiones, desde una famosa STC el juez instructor “se autocontamina” del proceso y no ve con claridad lo que otro organo judicial “mas imparcial” segun la doctrina del TEDH si puede decidir y siendo correcto, que la instruccion acabe cuanto antes -observe los arts. 634 y 641 (sumario) y 779 (abreviado) de la decimononica LECr “practicadas sin demora las diligencias pertinentes, el Juez adoptara mediante auto, alguna de las siguientes resoluciones [sobreseimiento, pasara de delito a falta, o determinara hechos punibles] antes de la seguir el procedimiento para el “juicio oral”…..
    Otro caso muy distinto, es el que resuelve sobre el Ex-Ministro MATAS, pero esperare a leer su comentario.

    • Panóptico
      Panóptico Dice:

      Lo que decia en el articulo que Vd citaba el Fiscal General del Estado (que no ha salido antes) era esto:
      “Solicitemos del juez que con las pruebas disponibles abra el juicio oral o sobresea, con los recursos pertinentes contra esa decisión. Pero no sigamos con el calvario de instrucciones que nunca acaban…”
      Que es precisamente lo que ha ocurrido o resuelto la Sala en via de Apelacion del TS en dicho Auto.

      • Rodrigo Tena Arregui
        Rodrigo Tena Arregui Dice:

        Panóptico, lamento discrepar. Lo que el Fiscal General del Estado critica con bastante claridad -y si piensa que lo hace con la pretensión de contentar al ministro de turno lea el artículo completo- es la utilización de la instrucción para finalidades que no corresponden, pues son más propias del juicio oral, que es donde cabe mantener de una manera mucho más adecuada el principio de equilibrio entre las partes. Precisamente este auto del caso Blanco entra de lleno en esa crítica, pues afirma que como la instrucción es muy completa y se han pedido todo tipo de pruebas, el juicio oral sobra. No dice que no se deduce para nada de la pruebas practicadas la posible infracción penal, sino enjuicia el caso en función de la instrucción, no como instancia que debe decidir si hay indicios suficientes para ir al juicio oral, sino como sala que absuelve o condena. En esta ocasión ha absuelto.
        En cualquier caso sí estamos de acuerdo en que el caso Matas es infinitamente más grave. El jueves podrá comprobarlo.

  14. Panóptico
    Panóptico Dice:

    D. Rodrigo, dice Vd:
    “No dice que no se deduce para nada de la pruebas practicadas la posible infracción penal, sino enjuicia el caso en función de la instrucción, no como instancia que debe decidir si hay indicios suficientes para ir al juicio oral, sino como sala que absuelve o condena. En esta ocasión ha absuelto.”
    En sentido figurado o como argumento podria valer, pero no confunda, vea que se trata de un Auto del Tribunal Supremo de 18-07-2013, donde 3 Magistrados formando Sala, resuelven un Recurso contra una decision anterior del Juez Instructor de 27-05-2013 y lo que hacen es ESTIMAR el mismo.
    En este caso, ni se absuelve ni se condena, solo cabia estimar seguir adelante con la acusacion por el delito de trafico de influencias -del que dicen que no hay pruebas solidas que permitan ir a juicio- dado que fue preciso el Instructor al “archivar” en el Auto recurrido el proceso contra el otro delito que se le imputaba.
    Si lee por ejemplo, la declaracion judicial del Sr. Barcenas donde “tira un poco de la manta” resulta que mantiene en esencia unos hechos parecidos, segun este imputado [preso preventivo] su superior Tesorero [Sr. Lapuerta] lo unico que hacia “tras recibir las donaciones que anotaba en su contabilidad B” era “gestionar, llamando” segun cada caso al Ministro/Director General de turno al que advertia “que sin tener interes alguno con el caso……..” le aconsejaba como miembro de la Directiva del PP, que recibiera ese constructor-donante que se tomara con el un cafelito y con ello se termina su gestion……………. si observa el limite que dice el Supremo en este caso que nos comenta, es practicamente igual, el imputado [Sr. Blanco] se limito a contactar……….. de trafico de influencias en un Alcalde, nada de nada, solo una interpretacion mediatica ………y a ello debemos atenernos.
    Pero aqui, ni se ha absuelto ni habia posibilidad de condena, estabamos en un tramite procesal muy anterior.

    • Rodrigo Tena Arregui
      Rodrigo Tena Arregui Dice:

      No pretendía confundir. Por supuesto, utilizo la expresión “absolver” en un sentido figurado (y crítico). Con ello quería indicar que esa sala (cuya función era apreciar si había indicios suficientes de delito) ha asumido funciones más propias de una sala que sentencia un caso después de un juicio oral, tras haber apreciado todas las pruebas posibles y escuchado todas las alegaciones, al menos por la argumentación que utiliza. Y el resultado (práctico) es el mismo.

  15. Panóptico
    Panóptico Dice:

    D. Rodrigo, dice Vd:

    “No dice que no se deduce para nada de la pruebas practicadas la posible infracción penal, sino enjuicia el caso en función de la instrucción, no como instancia que debe decidir si hay indicios suficientes para ir al juicio oral, sino como sala que absuelve o condena. En esta ocasión ha absuelto.”

    En sentido figurado o como argumento podria valer, pero no confunda, vea que se trata de un Auto del Tribunal Supremo de 18-07-2013, donde 3 Magistrados formando Sala, resuelven un Recurso contra una decision anterior del Juez Instructor de 27-05-2013 y lo que hacen es ESTIMAR el mismo.

    En este caso, ni se absuelve ni se condena, solo cabia estimar seguir adelante con la acusacion por el delito de trafico de influencias -del que dicen que no hay pruebas solidas que permitan ir a juicio- dado que fue preciso el Instructor al “archivar” en el Auto recurrido el proceso contra el otro delito que se le imputaba.

    Si lee por ejemplo, la declaracion judicial del Sr. Barcenas donde “tira un poco de la manta” resulta que mantiene en esencia unos hechos parecidos, segun este imputado [preso preventivo] su superior Tesorero [Sr. Lapuerta] lo unico que hacia “tras recibir las donaciones que anotaba en su contabilidad B” era “gestionar, llamando” segun cada caso al Ministro/Director General de turno al que advertia “que sin tener interes alguno con el caso……..” le aconsejaba como miembro de la Directiva del PP, que recibiera ese constructor-donante que se tomara con el un cafelito y con ello se termina su gestion……………. si observa el limite que dice el Supremo en este caso que nos comenta, es practicamente igual, el imputado [Sr. Blanco] se limito a contactar……….. de trafico de influencias en un Alcalde, nada de nada, solo una interpretacion mediatica ………y a ello debemos atenernos.

    Pero aqui, ni se ha absuelto ni habia posibilidad de condena, estabamos en un tramite procesal muy anterior.

  16. Alberto Gil
    Alberto Gil Dice:

    Un post muy necesario. Además de la responsabilidad civil y penal está la política. El Sr. Blanco se ha ido de rositas de demasiadas cosas. Sin ir más lejos del accidente de Santiago nadie discute hoy la responsabilidad del conductor, pero no he leído nada respecto al absurdo de crear líneas que combinen tramos de 220km/h con otros de 80 km/h, sin solución de continuidad. Sería como si en una autopista pasáramos de 120km/h a 20 km/h (incluso la diferencia en la vía es mayor). Puede que algún día vayamos todos concentrados pero la posibilidad de accidentes, por un despiste humano, es más que clara. De hecho, al principio los gobiernos socialistas en la época de F. González planificaron autopistas con tramos de 120 y otros de 60: el número de accidentes era brutal, así que aprendieron y cambiaron. Pero esto de inaugurar a toda prisa (3.500 millones de euros para hacer el tramo de alta de velocidad en un tiempo record), probablemente desoyendo la opinión de los técnicos, nos permite formular una incómoda pregunta: ¿el afán de ganar elecciones a golpe de obra pública puede ocasionar muertos? Al menos una reflexión sí que cabría hacer, pasados ya los días de duelo para las familias.

  17. Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado
    Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado Dice:

    Me temo que la colección de posts de Rodrigo sobre los políticos y el TS viene a demostrar lo que ya sabemos: con los políticos los Jueces (especialmente los que están más arriba en el escalafón, oh casualidad) tienen un cuidado especial, cuidado que no se tiene con los ciudadanos ordinarios. ¿Por qué? Aquí cada uno puede contestar lo que prefiera.
    Otra pregunta muy sencilla ¿por qué el Magistrado instructor piensa que hay que imputar y el TS no? ¿No aplican los dos la misma ley? ¿No estamos hablando de un trámite muy anterior al juicio oral? Parece que el TS es mucho más sensible que el Juez instructor al concepto “pena del banquillo y a las dificultades que supone una instrucción tan larga para alguien tan importante y también bastante más laxo con el concepto “tráfico de influencias”. ¿Por qué? De nuevo cada uno que conteste lo que prefiera.
    También sugiero echar un vistazo a los cvs de sus Señorías, especialmente al cv del Ponente.
    Y mi última pregunta ya de administrativista ¿por qué cambia el informe técnico el currito del Ayuntamiento? ¿lo hubiera hecho también si no hubieran llamado de parte del Ministro? Pues que quieren que les diga, estoy segura de que no. Y creánme que conozco muy bien la Administración. Ya les iré contando como funciona esto de los “informes técnicos” cuando hay intereses “políticos”.

  18. Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado
    Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado Dice:

    Me temo que la colección de posts de Rodrigo sobre los políticos y el TS viene a demostrar lo que ya sabemos: con los políticos los Jueces (especialmente los que están más arriba en el escalafón, oh casualidad) tienen un cuidado especial, cuidado que no se tiene con los ciudadanos ordinarios. ¿Por qué? Aquí cada uno puede contestar lo que prefiera.
    Otra pregunta muy sencilla ¿por qué el Magistrado instructor piensa que hay que imputar y el TS no? ¿No aplican los dos la misma ley? ¿No estamos hablando de un trámite muy anterior al juicio oral? Parece que el TS es mucho más sensible que el Juez instructor al concepto “pena del banquillo y a las dificultades que supone una instrucción tan larga para alguien tan importante y también bastante más laxo con el concepto “tráfico de influencias”. ¿Por qué? De nuevo cada uno que conteste lo que prefiera.
    También sugiero echar un vistazo a los cvs de sus Señorías, especialmente al cv del Ponente.
    Y mi última pregunta ya de administrativista ¿por qué cambia el informe técnico el currito del Ayuntamiento? ¿lo hubiera hecho también si no hubieran llamado de parte del Ministro? Pues que quieren que les diga, estoy segura de que no. Y creánme que conozco muy bien la Administración. Ya les iré contando como funciona esto de los “informes técnicos” cuando hay intereses “políticos”.

  19. Panóptico
    Panóptico Dice:

    CONVERSACION
    J. Antonio.- Jaume, Jaume Bosch, Jaume Bosch
    Antón.- Jaume Bosch
    J. Antonio.- Jaume Bosch, bueno, vale . Vamos a ver si nos recibe este Jaume Bosch de los cojones
    y a ver que coño hacemos, vale. Dejame hacer una gestión, voy .. .
    Antón.- Bueno por lo menos
    J. Antonio.- … voy, voy a, voy a llamar al Pepe Blanco a ver si manda algo allí o allí van por
    libre o como caralla hacen
    Antón.- Huy, Cataluña son unos cabrones, pero bueno
    J. Antonio.- Bueno, vamos a ver, vamos a ver; venga, dejame hacer un intento, Jauma Bosch ..
    Antón.- Bueno …
    Pepe.- Vale, vale
    J. Antonio.- … Oye una pregunta Pepe, yo para hablar con el alcalde de Sant Boí de Llobregat, que
    es Jau m a Bos, Jauma Boch …
    Pepe.- Si
    J. Antonio.- .. . eh que, queremos montar allí una planta en el, en el aeropuerto, que ya hemos
    llegado a …
    Pepe.- Si
    J. Antonio.- .. . un acuerdo con AENA o sea con Clasa eh …
    Pepe.- Si
    J. Antonio.- … ya, ya hemos firmado el, el, el contrato, ya está todo listo, tengo el proyecto y coño
    son 400 puestos de trabajo que vamos a montar allí …
    Pepe.- Si
    J. Antonio.- … y los técnicos de Sant Boí me están volviendo tarumba, entonces …
    Pepe.- Y ¿el alcalde es nuestro?
    J. Antonio.- … si, es vuestro, es del PSC joder …
    Pepe.- Bueno pues eh …
    J. Antonio.- … Jau, Jauma Boch
    Pepe.- … vale, vale …
    J. Antonio.- … yo, ¿yo como puedo hablar con este hombre para decirle mire, joder, que nosotros
    somos de Azkar …
    Pepe.- Vale
    lsaías.- Pero, ¿ el tema es de Protección Civil?
    J. Antonio.- No, de, de, básicamente todo lo relativo a prota, protección contra incendios y nosotros
    somos unas empresa de transporte, no almacenamos productos dentro de nuestras naves, son
    naves de Crosdoting, naves que lo que hace es entrar y salir mercancía, entonces no almacenamos,
    y lo que le queremos decir a quien corresponda en el ayuntamiento es que no se trata de una nave
    de almacenaje, se trata de una nave de transporte que tenemos ciento y pico por España adelante y
    nunca nos ha sucedido tal cosa, entonces nos encontramos allí con un técnico del ayuntamiento que
    nos está volviendo locos y que quiere que, compartamos ehhh la nave, o sea que, que, que, que la
    dividamos en módulos, que hagamos, bueno, algo que no tiene ningún sentido lsaías, de verdad,
    esto es algo a, a, alucinante, entonces .. . , yo lo único que quería es sentarme con alguien y decirle …
    lsaías.- vale
    J. Antonio.- … mire, nosotros somos Azkar, no venimos aquí a hacer una nave para venderla, ni
    queremos hacer ningún pelotazo
    lsaías.- vale, vale, oye, entendido, yo te pongo en contacto con el alcalde …
    J. Antonio.- Vale, entonces yo …
    lsaías.- … primero hablo con él
    J. Antonio.- … lo que quiero es, es explicarle técnicamente que es lo que vamos hacer y que allí va,
    lo que vamos a llevar son 400 puestos de trabajo, o sea, no … no queremos nada mas que hacer
    nuestro, nuestra función que es, que es transporte y que ya sabes que la mercancía llega a, a la
    mañana, se entrega..

    • FBR
      FBR Dice:

      De su relato se desprende que la empresa que no conozca a Blanco u otro parecido, juega en desventaja con las que sí lo hagan, a la hora de contratar con la administración.
      Vamos que hay que institucionalizar al figura de El Conseguidor.

  20. Panóptico
    Panóptico Dice:

    CONVERSACION
    J. Antonio.- Jaume, Jaume Bosch, Jaume Bosch
    Antón.- Jaume Bosch
    J. Antonio.- Jaume Bosch, bueno, vale . Vamos a ver si nos recibe este Jaume Bosch de los cojones
    y a ver que coño hacemos, vale. Dejame hacer una gestión, voy .. .
    Antón.- Bueno por lo menos
    J. Antonio.- … voy, voy a, voy a llamar al Pepe Blanco a ver si manda algo allí o allí van por
    libre o como caralla hacen
    Antón.- Huy, Cataluña son unos cabrones, pero bueno
    J. Antonio.- Bueno, vamos a ver, vamos a ver; venga, dejame hacer un intento, Jauma Bosch ..
    Antón.- Bueno …

    Pepe.- Vale, vale
    J. Antonio.- … Oye una pregunta Pepe, yo para hablar con el alcalde de Sant Boí de Llobregat, que
    es Jau m a Bos, Jauma Boch …
    Pepe.- Si
    J. Antonio.- .. . eh que, queremos montar allí una planta en el, en el aeropuerto, que ya hemos
    llegado a …
    Pepe.- Si
    J. Antonio.- .. . un acuerdo con AENA o sea con Clasa eh …
    Pepe.- Si
    J. Antonio.- … ya, ya hemos firmado el, el, el contrato, ya está todo listo, tengo el proyecto y coño
    son 400 puestos de trabajo que vamos a montar allí …
    Pepe.- Si
    J. Antonio.- … y los técnicos de Sant Boí me están volviendo tarumba, entonces …
    Pepe.- Y ¿el alcalde es nuestro?
    J. Antonio.- … si, es vuestro, es del PSC joder …
    Pepe.- Bueno pues eh …
    J. Antonio.- … Jau, Jauma Boch
    Pepe.- … vale, vale …
    J. Antonio.- … yo, ¿yo como puedo hablar con este hombre para decirle mire, joder, que nosotros
    somos de Azkar …
    Pepe.- Vale

    lsaías.- Pero, ¿ el tema es de Protección Civil?
    J. Antonio.- No, de, de, básicamente todo lo relativo a prota, protección contra incendios y nosotros
    somos unas empresa de transporte, no almacenamos productos dentro de nuestras naves, son
    naves de Crosdoting, naves que lo que hace es entrar y salir mercancía, entonces no almacenamos,
    y lo que le queremos decir a quien corresponda en el ayuntamiento es que no se trata de una nave
    de almacenaje, se trata de una nave de transporte que tenemos ciento y pico por España adelante y
    nunca nos ha sucedido tal cosa, entonces nos encontramos allí con un técnico del ayuntamiento que
    nos está volviendo locos y que quiere que, compartamos ehhh la nave, o sea que, que, que, que la
    dividamos en módulos, que hagamos, bueno, algo que no tiene ningún sentido lsaías, de verdad,
    esto es algo a, a, alucinante, entonces .. . , yo lo único que quería es sentarme con alguien y decirle …
    lsaías.- vale
    J. Antonio.- … mire, nosotros somos Azkar, no venimos aquí a hacer una nave para venderla, ni
    queremos hacer ningún pelotazo
    lsaías.- vale, vale, oye, entendido, yo te pongo en contacto con el alcalde …
    J. Antonio.- Vale, entonces yo …
    lsaías.- … primero hablo con él
    J. Antonio.- … lo que quiero es, es explicarle técnicamente que es lo que vamos hacer y que allí va,
    lo que vamos a llevar son 400 puestos de trabajo, o sea, no … no queremos nada mas que hacer
    nuestro, nuestra función que es, que es transporte y que ya sabes que la mercancía llega a, a la
    mañana, se entrega..

  21. Carlos Creus
    Carlos Creus Dice:

    La conversación me parece gravísima.
    Tenemos una empresa que no quiere hacer las modificaciones que le pide el técnico del ayuntamiento (dividir la nave en secciones) y le pide al ministro que “le ayude”.
    Si esto no es suficiente para abrir el juicio oral CONTRADICTORIO, yo ya no entiendo nada. A menos que la justicia no sea igual para todos claro, como dice Rodrigo.
    Por cierto, también coincido con el que la instrucción no es un proceso contradictorio en el sentido del juicio oral, por mas pruebas q se pidan

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