La “ley de galleguidad” como contribución al esperpento legislativo nacional

¿Cuántas veces habremos comentado en el blog que en España se tiende a legislar – muy especialmente por parte de las CCAA- de manera ampulosa, burocratizada, antieconómica e ineficaz? En no pocas ocasiones. Muy bien. Pues, con todos ustedes… la ley de galleguidad.
 
El ocuparse del bienestar de los naturales de una comunidad autónoma que viven en el extranjero es sin duda un deber natural, podríamos decir, de aquélla, y en el caso de Galicia ese deber tiene un matiz especialísimo, dado que la condición de emigrante ha formado parte del ser gallego a lo largo de toda su historia.
 
Ahora bien, esta loable tarea puede sin especiales problemas desarrollarse por medio de una encomienda a una dirección general autonómica, con un número adecuado de funcionarios dedicados al tema (no hace falta que sean muchos) y unas buenas herramientas de gestión, dirigidos en cuanto a los objetivos y actividades por las pautas que marque el consejero correspondiente. No hace falta más para verificar una actividad eficaz y económica.
 
No es lo que ha ocurrido, obviamente. Parafraseando la desternillante película Aterriza como puedas, el proceso mental a la hora de redactar esta norma debe haber sido: ¿Legislar de manera sensata y eficaz? ¡No! Eso es lo que esperan que hagamos… (los que han visto la película saben a qué me refiero, y los que no lo hayan hecho, tienen una tarea pendiente).
 
La Ley de galleguidad, de junio de 2013, es un exceso compuesto de 62 artículos y demás disposiciones, y que ocupan nada menos que 28 páginas de BOE, lo cual parece no ser suficiente puesto que se prevé además un desarrollo reglamentario. Dentro de ella encontramos de todo: “carnés de galleguidad”, registros de galleguidad o un bonito Consejo de Comunidades Gallegas, repleto de representantes políticos. Pero sobre todo encontramos humo, mucho humo.
 
Se entiende por galleguidad, a los efectos de la presente ley, el derecho de las comunidades gallegas asentadas fuera de Galicia a colaborar y compartir la vida social y cultural del pueblo gallego, tal y como señala el artículo 7.1 del Estatuto de autonomía de Galicia (art 2).  Vaya, según esta ley (y el propio estatuto de autonomía gallego), una comunidad, una asociación de gallegos cualquiera  instalada fuera del territorio, en teoría no tendría derecho a participar en la vida cultural gallega… ¡mientras la administración no le dé el certificado de galleguidad! Es decir, que una, pongamos por caso, Asociación de Vigueses en Alemania, no tendría derecho a hacer el Camino de Santiago, participar en un festival de baile regional o disfrutar de las fiestas de Vigo (evidentes ejemplos de vida social y cultural) hasta que la administración no certifique que es suficientemente gallega.
 
Obviamente, no es posible tomarse jurídicamente en serio este artículo 2. Ni siquiera un político autonómico en estado de máxima ofuscación podría pretender que algo tan básico como relacionarse con los demás miembros de su propia comunidad autónoma dependa legalmente de que el gobierno le dé su visto bueno (por ahora al menos, porque hay iniciativas tanto o más esperpénticas que ésta y con un carácter claramente antidemocrático, como el propuesto “fichero del buen catalán” que podrían ir en  esa dirección, y del que tendremos que tratar en algún momento).
 
Entonces ¿cuál es la vida social y cultural a la que se refiere el artículo 2 y a la que se tendría derecho a disfrutar cumpliendo la ley? Pues a la que es organizada y subvencionada por los políticos y las administraciones, a la cultura y sociedad “oficiales”, que son confundidas e identificadas con la cultura y sociedad “reales”. Por ello, este artículo de la ley es muy revelador de cómo en España la clase política suele creer, encastillada en sí misma, que no hay más vida que la oficial, y es incapaz de ver más allá de ella.
 
Si se está interesado en obtener el reconocimiento de la galleguidad, hay que seguir un concreto procedimiento administrativo del que luego hablaremos. Ahora bien, lo que es realmente sorprendente es qué efectos tiene ese reconocimiento, según la propia ley, porque la mayor parte de ellos son un ejemplo perfecto de legislación para la foto, pura “nada” para rellenar páginas de boletines oficiales. Algunos de los “derechos reconocidos” son francamente sonrojantes:
 
El derecho a compartir la vida social gallega y colaborar en su difusión, en el ámbito territorial en el que estén asentadas.  El derecho a su participación en el conocimiento y estudio de la realidad cultural del pueblo gallego.  El derecho a conocer y difundir la lengua gallega en el ámbito de sus comunidades.
 
El derecho al acceso a las bibliotecas, recursos y archivos dependientes de la Comunidad Autónoma (¿si eres una asociación que no tenga reconocida la galleguidad, o, aún peor, un señor de Soria, no puedes acudir a una biblioteca pública de Galicia?).
 
El derecho a preservar y difundir el patrimonio de la galleguidad en su ámbito territorial. El derecho a recibir información sobre la realidad económica de Galicia. El derecho a mantener contacto con los agentes económicos y sociales de nuestra Comunidad...
 
Para obtener estos y otros estupendos beneficios hace falta seguir un expediente en el que se aportan unos cuantos documentos, de sencillo análisis por parte de la administración. Pues bien, para decidir si se reconoce o no la galleguidad de la entidad solicitante, la administración tiene un plazo de ¡un año! (art. 9). Es un plazo casi irreal, hay que leerlo dos veces para cerciorarse de que es así. Desde luego, esto lo lee Larra y saca una docena de artículos.  Pero tampoco es de extrañar, porque para resolver este simple expediente, y en un homenaje a la burocracia,  hacen intervenir al propio Consejo de Gobierno de la Xunta en pleno.
 
A ello se añade la regulación de un “registro de galleguidad”, en el que podrán inscribirse las comunidades que les hayan reconocido esa condición. La ley regula de manera muy minuciosa este registro (arts. 30 a 34), pero lamentablemente se ha olvidado de dotar a la inscripción de algún efecto práctico. El hecho es que el registro de galleguidad no sirve en realidad para nada. Toda su actividad podría perfectamente ser hecha por medio de una base de datos y un funcionario encargado de todo el tema.
 
Y llegamos por fin al Consejo de Comunidades Gallegas (art 35 y ss), órgano colegiado compuesto de como mínimo 18 miembros, de los cuales 13 son de la administración autonómica, con un presidente (nada menos que el de la Xunta), un vicepresidente, una secretaría y una comisión delegada. Con esta infraestructura uno esperaría que sus funciones fueran variadas y complejas. Pues atentos que estas son todas sus atribuciones, según la ley:
 
Elaborar y presentar informes, propuestas y recomendaciones en materia de emigración y galleguidad a la Comunidad Autónoma de Galicia.
 
Canalizar las propuestas que, en materia de emigración y galleguidad, surjan de las comunidades gallegas asentadas fuera de Galicia  (?) Es decir, pongamos que una asociación gallega de Argentina envía por correo electrónico una propuesta a la Xunta. En ese momento el Consejo, con sus 18 integrantes, su presidente, comisión y pleno, la “canalizará” (se supone que por medio de reenviar el correo a quien corresponda de la administración).
 
Conocer e informar a las comunidades gallegas de las disposiciones normativas que en materia de emigración y galleguidad les afecten, en especial de las elaboradas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.
 
Establecer cauces de colaboración con otros órganos de participación de emigrantes similares existentes en el Estado español.
 
Como pueden ver, todo esto no es, de nuevo, nada más que humo. El pomposo Consejo de Comunidades Gallegas carece de sentido. Su utilidad fundamental (no explícita, comprendan ustedes) es figurar y dar carguitos a muchos amigos. Pero eso sí, ese humo no será gratuito porque es evidente que este Consejo no saldrá barato al contribuyente gallego.
 
Esta norma, ejemplo (uno más) de legislación hipertrofiada, ineficaz y vacua, de política de imagen y titular de periódico, contiene muchas otras sorpresas que seguro deleitarán al lector, de modo que les vuelvo a poner el enlace, y como diría Cayetana Guillén Cuervo en televisión, señalando a la cámara: ¡que la disfruten!
 

42 comentarios
  1. FBR
    FBR Dice:

    Sonará a broma, pero lo cierto es que una ley de la galleguidad que no habla del pulpo “a feira” (que en realidad tiene su origen en Astorga, pero el tiempo lo ha hecho gallego), el marisco, el albariño, el ribeiro, y la morriña, no puede ser tomada en serio.
    Y ni siquiera se recoge la descripción del gallego, hombre que en una escalera no se sabe si sube o si baja.
    Esto empieza a ser ya una feria de la pandereta.

  2. Malversados
    Malversados Dice:

    Esto supone nuevos órganos y funciones a desarrollar…. Quienes serán designados a tal fin? pues depende del gobierno de turno. Algún juez se atreverá algún día a poner coto a la orientación del dinero público ? en esta época de crisis suena a burla. Es similar a poner grifería de oro en un palacio rodeado de un pueblo que pasa hambre
    De la malversación
    Artículo 432
    1. La autoridad o funcionario público que, con ánimo de lucro, sustrajere o consintiere que un tercero, con igual ánimo, sustraiga los caudales o efectos públicos que tenga a su cargo por razón de sus funciones, incurrirá en la pena de prisión de tres a seis años e inhabilitación absoluta por tiempo de seis a diez años.

    • javier
      javier Dice:

      añade que esto se hace par a fidelizar votos a base de subvenciones a asociaciones de “no residentes” pero beneficiarios de lo que aquí se paga

  3. Alcides Bergamota
    Alcides Bergamota Dice:

    Esto lleva siendo la feria de la pandereta 30 años ya es hora de que le pongamos fin de alguna manera, porque todo esto se financia con la subida de impuestos que nos ha echado encima el señor Montoro. Y esta comunidad está gobernada por el partido que se supone venía para acabar con el despilfarro público, la pandereta y a poner la casa en orden. Una ley de galleguidad digna de un Zapapetero en plenitud de facultades. ¡Que panorama tan sombrío! Y esto por el lado de los costes, por el lado de lo jurídico el estupendo artículo ya lo dice todo: legislación infumable, inútil, plazo de un año, humo, humo. Esto es reirse del Estado de Derecho con el mayor descaro. En fin.

  4. Deus ex Machina
    Deus ex Machina Dice:

    Esta es una idea de las muchas a las que nos tiene acostumbrados Feijoo a los gallegos. Leída la ley es simple humo y es una pena. Como bien dice el artículo Galicia es tierra de emigrantes, como otras partes de España, pero agravado con el hecho de que esos emigrantes suelen estar en partes muy distantes del globo, y algo tan típico de Galicia como la “morriña” hace país, y es una pena que con la de comunidades gallegas que hay por el exterior no se usase esta ley para crear verdaderos instrumentos de participación ciudadana de esos gallegos en la vida política, social, económica y cultural de Galicia. Realmente creo que es el único objeto que debería tener esta ley.
    PD: una corrección ortográfica, no es ley de galleguidad, es ley de la galleguidad

  5. Lucía de las Heras
    Lucía de las Heras Dice:

    “Legislación hipertrofiada, ineficaz y vacua”.
    Me quedo con esto. Es lo que José Luis Martín Moreno llama “el Derecho hueco”: pseudonormas que no sirven para nada, y sólo aportan palabrería.
    Así es como legislan los 17 parlamentos autonómicos que sufrimos en España. ¿Y saben para qué lo hacen? Pues para autojustificar su propia existencia, pues necesitan revestir de humo su propia inutilidad.
    En lugar de favorecer la simplicidad normativa (que coadyuva a la seguridad jurídica y al desarrollo económico), se aprueban leyes absurdas, hueras e inútiles, que engordan el ordenamiento sin aportar nada.
    Hacen crecer la maraña, el marasmo legislativo, y a menudo se vuelve imposible saber qué normas están vigentes y cuáles no.
    Recuerden el principio básico del Estado legislador: “Si no es absolutamente necesario que se haga una ley, entonces es absolutamente necesario que no se haga”. Pues aquí es al revés.
    Y en medio de todo esto, quienes sufren las consecuencias son los ciudadanos.

    • Fernando Rodríguez Prieto
      Fernando Rodríguez Prieto Dice:

      Lo has dicho muy bien, Lucía. Los parlamentos regionales están básicamente dedicados a “autojustificar su propia existencia, pues necesitan revestir de humo su propia inutilidad”.
      Me pregunto cómo conseguían ser andaluces los andaluces, o gallegos los gallegos antes del cachondeíto autonómico éste. Verdadero mérito, si nos creemos los Boletines Oficiales.

  6. Jesús Casas
    Jesús Casas Dice:

    No sé si ya se ha traslucido en alguno de mis posts o comentarios mi vinculación emocional y profesional con Galicia, no obstante la cual no creo que pueda solicitar mi carnet de “galleguidade”. Bajo el absurdo legislativo bulle un mundo de intereses de todo tipo (emocional- social- empresarial- político) que afectan a tres generaciones de emigrantes. Quien ha estado en una Casa de Galicia en Latinoamérica lo sabe. Me hubiera gustado saber qué hubiera escrito un gallego como D. Álvaro Cunqueiro, socarrón y no afecto al poder. Expedir credenciales de lo que uno es o deja de ser es una tentación totalitaria, pero los totalitarismo necesita aceotación social y ésta se produce por vía emocional, no racional. Yo voy a veré si a los leoneses en el exilio interior nos dan una credencial de “leonesismo” sin necesidad de conocer el bable.

  7. Javier Gómez Taboada
    Javier Gómez Taboada Dice:

    Ante todo, ¡mucha calma! y que no cunda el pánico pues en un reciente Consello de la Xunta se aprobó el “plan de simplificación legislativa que tiene por objetivo redimensionar el bosque legislativo existente”. Y cito literalmente el resumen oficial del Consello facilitado a los medios de comunicación: “el balance final de la previsión de actividad legislativa de la Xunta en esta IX legislatura será de 44 nuevas normas aprobadas -entre ellas, entiendo, la de la galleguidad- y 86 leyes que se prevé derogar, Es decir, por cada ley que aprueba, la Xunta deroga dos, y en las que aprueba, se aprovechará para clarificar el mapa normativo”.
    Reconocimiento evidente de que muchas de esas leyes (“galleguidad” inclusive) son del todo etéreas y lo único que vienen a hacer es introducir una innecesaria (pero muy costosa) maraña en el ordenamiento, amén de lograr que sea casi imposible saber qué está en vigor y qué no. Si en algo se diferencian los países legalmente avanzados de los que no lo son es que mientras que aquellos tienen pocas normas, claras y estables, éstos tienen infinitas, malas e inestables …

  8. Chimo Calvo
    Chimo Calvo Dice:

    Querido Fernando: No la critiques!!! Eso es lo que esperan que hagamos!!!.
    Es tan triste el nivel político, ético y cultural actual, que este tipo de cosas solo se entienden como intento de cortina de humo y disfraz de impericia e ineficacia de gestión.
    Como leí hace poco en un libro y no puedo estar mas de acuerdo con su autor “Políticamente la nuestra es una época de pigmeos”.

  9. Chimo Calvo
    Chimo Calvo Dice:

    Querido Fernando: No la critiques!!! Eso es lo que esperan que hagamos!!!.
    Es tan triste el nivel político, ético y cultural actual, que este tipo de cosas solo se entienden como intento de cortina de humo y disfraz de impericia e ineficacia de gestión.
    Como leí hace poco en un libro y no puedo estar mas de acuerdo con su autor “Políticamente la nuestra es una época de pigmeos”.

  10. Cristina Falkenberg
    Cristina Falkenberg Dice:

    Lo grave es que en serio les parece que dedicar tiempo, recursos humanos y económicos a esta estupidez es algo que está tan bien. A ver si alguien piensa que en producir una ley como esta no va un montón de trabajo…
    ESO ES LO GRAVE, el nivel de idiotez al que hemos llegado en España…
    De modo que estoy de acuerdo con el primer comentario pero me preocupa hondamente que no se haya profundizado en la regulación de la gaita y la promoción del uso por todos de madreñas en días de lluvia.
    Qué depresión de país…

  11. Cristina Falkenberg
    Cristina Falkenberg Dice:

    Y mientras tanto el CSIC sin los indispensables medios para investigar. A veces pienso si los españoles, globalmente considerados, por supuesto, o sea haciendo una injusta pero realista media, no somos de verdad tontos, o sea cortos, realmente cortos y torpes: si esa, así, globalmente, no es la verdad: porque realmente llegar a que un grupo grande de personas produzca este esperpento sin que sean capaces de darse cuenta de ello es muy preocupante. ¿Estaremos poseídos por algún “ángel exterminador”?

  12. Juan José Torres
    Juan José Torres Dice:

    No han sido originales: se les adelantó la Asamblea de Extremadura, que aprobó en su día la Ley 3/1986, de 24 de mayo, de extremeñidad, hoy sustituida por la no menos brillante Ley 6/2009, de 17 de diciembre, de Estatuto de los Extremeños en el exterior. La ley 6/2009 tiene innumerables perlas, como el derecho de los extremeños en el exterior a compartir la vida social extremeña (artículo 5), el carné de “extremeño en el exterior” (artículo 20) o el Consejo (¡cómo iba a faltar un Consejo!) de Comunidades Extremeñas (artículos 36-40), pero yo me quedo con el Congreso Mundial (sí, sí, mundial) de las Comunidades Extremeñas. No deja de recordarme al Congreso Panruso de todos los Soviets.
    En fin, no sé si reírme o llorar: tropecientos parlamentarios justificando su existencia, su remuneración y sus dietas.

    • Jorge Jalmer
      Jorge Jalmer Dice:

      Era cierto, parece increíble. Llevo riéndome un buen rato:
      CAPÍTULO III
      CONGRESO MUNDIAL DE COMUNIDADES EXTREMEÑAS
      Artículo 41 Congreso Mundial de Comunidades Extremeñas
      A fin de promover las relaciones y la colaboración entre las comunidades extremeñas y de éstas con las instituciones extremeñas, se celebrará cada cuatro años un Congreso Mundial de Comunidades Extremeñas.
      Artículo 42 Asistencia al Congreso Mundial de Comunidades Extremeñas
      1. Al Congreso Mundial de Comunidades Extremeñas podrán asistir, como miembros de pleno derecho, los componentes del Consejo de Comunidades Extremeñas y, al menos, un representante de cada una de las comunidades extremeñas inscritas en el Registro Oficial de Comunidades Extremeñas.
      2. También podrán asistir al Congreso Mundial de Comunidades Extremeñas, en calidad de invitados, otras personalidades o representantes de las instituciones vinculadas a las comunidades extremeñas en el exterior.
      Artículo 43 Funcionamiento del Congreso Mundial de Comunidades Extremeñas
      1. El Congreso Mundial de Comunidades Extremeñas podrá adoptar resoluciones dirigidas al Consejo de Comunidades Extremeñas.
      2. Se determinará reglamentariamente la organización, el funcionamiento y el régimen de adopción de acuerdos del Congreso Mundial de Comunidades Extremeñas.

      • Curro Arriola
        Curro Arriola Dice:

        Gracias por la divertidísima cita, digna de “La Cosdorniz”.
        (A mí lo de “otras personalidades” siempre me recuerda los NODOs de Franco; cuando inauguraba un pantano decían: “S.E. el Jefe del Estado, su esposa Doña Carmen Polo de Franco, y “otras personalidades”. Se ve que la Autonomía extremeña no quiere ser menos).

  13. Pepe Montoro
    Pepe Montoro Dice:

    En mis años de facultad alguien me enseño q solo permanece el derecho positivo q la sociedad considera necesario y práctico. El resto desaparece por falta de aplicación y solo queda como una antigualla en el papel del BOE. Me estoy acordando por ej de la sociedad nueva empresa, enterrada ya hoy
    Esto de la galleguidad seguirá el mismo camino , pero antes no superara el filtro del sonrojo jurídico.

  14. Ramon Palacio
    Ramon Palacio Dice:

    ¿Echamos un repasiño a las leyes aragonesas sobre las lenguas del territorio?
    El LAPAO (antes catalán) http://es.wikipedia.org/wiki/Lengua_aragonesa_propia_del_área_oriental
    o el LAPAPYP (antes chapurreao) http://es.wikipedia.org/wiki/Lengua_aragonesa_propia_de_las_áreas_pirenaica_y_prepirenaica.
    Creo que en Suiza hablan distintas lenguas suizas propias …. LSPAS, LSPAN, LSPAE, LSPAO, y en Austria austriaco, y en Bélgica, belga del sur y belga del norte. ¿Seguimos?

  15. Ramon Palacio
    Ramon Palacio Dice:

    ¿Echamos un repasiño a las leyes aragonesas sobre las lenguas del territorio?
    El LAPAO (antes catalán) http://es.wikipedia.org/wiki/Lengua_aragonesa_propia_del_área_oriental
    o el LAPAPYP (antes chapurreao) http://es.wikipedia.org/wiki/Lengua_aragonesa_propia_de_las_áreas_pirenaica_y_prepirenaica.
    Creo que en Suiza hablan distintas lenguas suizas propias …. LSPAS, LSPAN, LSPAE, LSPAO, y en Austria austriaco, y en Bélgica, belga del sur y belga del norte. ¿Seguimos?

  16. Fernando Gomá Lanzón
    Fernando Gomá Lanzón Dice:

    Gracias a todos. El ejemplo gallego de esta ley es uno más, como indico en el artículo, de la forma de legislar que tenemos en las CCAA, una de cuyas características es que cuando una de ellas tiene una ocurrencia, por absurda que sea, hay un montíon que se lanzan en tromba detrás para no ser menos.
    Los amables lectores ya nos han enlazado la ley de andaluces por el mundo, de extremeños… sería interesante si en sucesivas aportaciones hubiera personas que nos indicaran si hay, por ejemplo, una ley de castilla-lamanchez, de murcianidad, o de riojidad, por ejemplo. Lo que es seguro que no hay es una Ley de Racionalidad.

    • Ignacio Arráez
      Ignacio Arráez Dice:

      Gracias a ti Fernando por tu artículo. En la misma línea, existe por ahí una ley gallega que establece un tributo por “alterar el perfil del horizonte”, según señala su Exposición de Motivos. Simplemente de traca!!
      Hasta cuando vamos a aguantar necedades de este tipo?

      • Javier Gómez Taboada
        Javier Gómez Taboada Dice:

        Bueno, Ignacio, en el fondo, ¡nada nuevo bajo el sol! Y es que esa insuperable aportación a la ciencia jurídica universal ya la anticipó el artículo 27.1 del Estatuto de Cataluña, al que deben reconocérsele todos los méritos de semejante hallazgo: “Todas las personas tienen derecho a (…) gozar (…) del paisaje en condiciones de igualdad”.

        • Manuel
          Manuel Dice:

          El motivo del “registro de galleguidad” tiene seguramente un objetivo a posteriori, véase el caso de registrar los pozos particulares de toda la vida (te registras para el supuesto control de los acuíferos -no inventariados en su mayor parte- y al cabo de dos años te obligo por ley a poner contadores y a cobrarte el agua de tu pozo de toda la vida).
          “Por consiguiente” hoy registrate y mañana ya se verá. Subvenciones de cara a la galería para algunos (con suerte y enchufe) que estarán inscritos, pero lo más seguro es que obliguen a pagar por el supuesto derecho de la galleguidad.
          Una ley en Galicia, de unos años para acá, que no te obligue a pagar directa o indirectamente o te quiten algo sin compensación no conozco.

        • Javier Gómez Taboada
          Javier Gómez Taboada Dice:

          Bueno, Ignacio, en el fondo, ¡nada nuevo bajo el sol! Y es que esa insuperable aportación a la ciencia jurídica universal ya la anticipó el artículo 27.1 del Estatuto de Cataluña, al que deben reconocérsele todos los méritos de semejante hallazgo: “Todas las personas tienen derecho a (…) gozar (…) del paisaje en condiciones de igualdad”.

  17. Fernando Gomá Lanzón
    Fernando Gomá Lanzón Dice:

    Gracias a todos. El ejemplo gallego de esta ley es uno más, como indico en el artículo, de la forma de legislar que tenemos en las CCAA, una de cuyas características es que cuando una de ellas tiene una ocurrencia, por absurda que sea, hay un montíon que se lanzan en tromba detrás para no ser menos.

    Los amables lectores ya nos han enlazado la ley de andaluces por el mundo, de extremeños… sería interesante si en sucesivas aportaciones hubiera personas que nos indicaran si hay, por ejemplo, una ley de castilla-lamanchez, de murcianidad, o de riojidad, por ejemplo. Lo que es seguro que no hay es una Ley de Racionalidad.

  18. Juan José Torres
    Juan José Torres Dice:

    No es de “mancheguidad”, pero merece la pena leer la exposición de motivos de la ley 6/2004, de 21 de diciembre, de las Cortes de Castilla-La Mancha, para la aplicación al municipio de Albacete del régimen de organización de los municipios de gran población. Muestra a las claras lo que es el sistema en el que vivimos: una tomadura de pelo. Y lo peor es que seguro que el autor estaba más que satisfecho con su ocurrencia.
    http://boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2005-2532

    • Usuario
      Usuario Dice:

      Es realmente impresionante esta exposición de motivos, una mezcla letal de ridiculez y pedantería. Nadie debe perdérsela y no me resisto a transcribir el primer párrafo de la exposición de motivos!:
      “Éramos unos cuantos en la aldea, nos apañábamos con lo puesto, teníamos un buen pastizal para los animales, agua abundante, uvas y hortalizas, caza, leña, cereal en el secano y el trigal de las estrellas para los sueños, el primero de todos con mucho tiempo por delante porque la Historia va despacio, y si entonces queríamos algo, seguramente sin sospechar una infinita tardanza, era ser una gran ciudad, de forma que todo sucedía con los pies en el suelo, por sus pasos contados. El poblado ni siquiera tenía nombre. Vivíamos casi a la intemperie bajo las faldas de Chinchilla -nunca mejor dicho- y un día llegaron los beréberes, gente ruda, y se quedaron a cenar. Es una forma de contar lo que pasó.”

  19. Juan José Torres
    Juan José Torres Dice:

    No es de “mancheguidad”, pero merece la pena leer la exposición de motivos de la ley 6/2004, de 21 de diciembre, de las Cortes de Castilla-La Mancha, para la aplicación al municipio de Albacete del régimen de organización de los municipios de gran población. Muestra a las claras lo que es el sistema en el que vivimos: una tomadura de pelo. Y lo peor es que seguro que el autor estaba más que satisfecho con su ocurrencia.

    http://boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2005-2532

  20. Curro Arriola
    Curro Arriola Dice:

    Me acuerdo de aquella canción de la Revolución Cubana… “y llegó el Comandante y mandó parar”, Batista en materia de corrupción por ahí por ahí le andaba con las CCAA; pero en materia de hacer el payaso, ganan las CCAA por goleada.
    No deseo “comandantes”… pero si el pueblo resucitara, estaría bien que “mandara parar”. Democráticamente, se entiende.
    Mientras, el BOE podría llegar a un convenio con el “HOLA”, para publicar ahí ciertas normas autonómicas,

  21. Manuel
    Manuel Dice:

    El motivo del “registro de galleguidad” tiene seguramente un objetivo a posteriori, véase el caso de registrar los pozos particulares de toda la vida (te registras para el supuesto control de los acuíferos -no inventariados en su mayor parte- y al cabo de dos años te obligo por ley a poner contadores y a cobrarte el agua de tu pozo de toda la vida).
    “Por consiguiente” hoy registrate y mañana ya se verá. Subvenciones de cara a la galería para algunos (con suerte y enchufe) que estarán inscritos, pero lo más seguro es que obliguen a pagar por el supuesto derecho de la galleguidad.
    Una ley en Galicia, de unos años para acá, que no te obligue a pagar directa o indirectamente o te quiten algo sin compensación no conozco.

  22. Juan José Torres
    Juan José Torres Dice:

    Supongo que en otras CCAA será poco más o menos, pero en Extremadura la indigencia intelectual del legislador es palmaria. El defensor del pueblo autonómico (previsto en el estatuto, aunque no creado todavía) es el “Personero del Común”, ¿se puede ser más hortera? La ley 4/2013 de gobierno abierto, define éste como “aquel que es capaz de entablar una permanente conversación con los ciudadanos con el fin de escuchar lo que dicen y solicitan” (artículo 4 b), gobernanza como “proceso de toma de decisiones basado en la interacción de las instancias públicas tradicionales, los entornos cívicos y económicos y la ciudadanía” (artículo 4 h).
    El legislador extremeño también se ha ocupado de explicarnos cuáles son los requisitos de un himno, y así, en la ley 4/1985 nos cuenta su exposición de motivos:
    “La letra del Himno, contempla los símbolos propios de la tierra extremeña: los colores de su enseña, la encina, la libertad y la paz y contiene los elementos para ser musicada: ritmo. musicalidad, concisión y sencillez.
    El sentido de la letra lleva necesariamente al simbolismo de la música dividiendo el Himno en cuatro secciones: introducción, estribillo, estrofas y coda.”
    Tenemos un decreto sobre los “expertos voluntarios extremeños” (decreto 10/1995) que tiene por objeto (tomen aliento): “la regulación de las formas de colaboración voluntaria y no lucrativa de las personas jubiladas en actividades formativas no regladas en todos los ámbitos en los que su experiencia pueda ser socialmente útil.”
    No quiero aburrir, pero no puedo dejar de citar la ley 3/1994, de artesanía, y su inigualable definición de empresa artesana: “1. Se considera empresa artesana a toda unidad económica, incluido el artesanado individual, que realice una actividad calificada de artesana, de acuerdo con lo señalado en el artículo segundo”. ¿No aprendieron aquello de que el definiendum no debe incluirse en el definiens?
    Pletóricos los padres de la región.

    • Curro Arriola
      Curro Arriola Dice:

      ¿Colores de la encina y de la paz?
      ¡Pero bueno!
      La bandera de Extremadura, verde, blanca y negra, procede en realidad de la fusión de los colores de los principales clubes de júrbol de las dos provincias: el de Badajoz es negro y blanco, y el de Cáceres verde y blanco.
      De ahí la “gloriosa enseña autonómica”.
      Cashondeo a tope desde sus más tiernos orígenes…

  23. Juan José Torres
    Juan José Torres Dice:

    Supongo que en otras CCAA será poco más o menos, pero en Extremadura la indigencia intelectual del legislador es palmaria. El defensor del pueblo autonómico (previsto en el estatuto, aunque no creado todavía) es el “Personero del Común”, ¿se puede ser más hortera? La ley 4/2013 de gobierno abierto, define éste como “aquel que es capaz de entablar una permanente conversación con los ciudadanos con el fin de escuchar lo que dicen y solicitan” (artículo 4 b), gobernanza como “proceso de toma de decisiones basado en la interacción de las instancias públicas tradicionales, los entornos cívicos y económicos y la ciudadanía” (artículo 4 h).
    El legislador extremeño también se ha ocupado de explicarnos cuáles son los requisitos de un himno, y así, en la ley 4/1985 nos cuenta su exposición de motivos:

    “La letra del Himno, contempla los símbolos propios de la tierra extremeña: los colores de su enseña, la encina, la libertad y la paz y contiene los elementos para ser musicada: ritmo. musicalidad, concisión y sencillez.

    El sentido de la letra lleva necesariamente al simbolismo de la música dividiendo el Himno en cuatro secciones: introducción, estribillo, estrofas y coda.”

    Tenemos un decreto sobre los “expertos voluntarios extremeños” (decreto 10/1995) que tiene por objeto (tomen aliento): “la regulación de las formas de colaboración voluntaria y no lucrativa de las personas jubiladas en actividades formativas no regladas en todos los ámbitos en los que su experiencia pueda ser socialmente útil.”

    No quiero aburrir, pero no puedo dejar de citar la ley 3/1994, de artesanía, y su inigualable definición de empresa artesana: “1. Se considera empresa artesana a toda unidad económica, incluido el artesanado individual, que realice una actividad calificada de artesana, de acuerdo con lo señalado en el artículo segundo”. ¿No aprendieron aquello de que el definiendum no debe incluirse en el definiens?

    Pletóricos los padres de la región.

  24. Antonia Fuentes Moreno
    Antonia Fuentes Moreno Dice:

    Excelente post digno de colgarse el dia de los Santos Inocentes donde compiten las citas de un buen cinéfilo con el humor mas hilarante.
    Sin embargo, no debemos olvidar el objetivo de la norma que no es otro que captar el voto del emigrante y no es una cuestión baladí pues en Asturias las ultimas elecciones las ganó el PP y con el recuento del voto emigrante, despues de muchas controversias, se produce un vuelco electoral y un “disputado voto del último diputado”recae en el partido PSOE que actualmente gobierna.
    Para entender una ley hay que ir a los antecedentes historicos e interpretarla a la luz de la realidad social en que debe aplicarse. Nos lo enseñarón en 1º en la facultad de derecho.

  25. Antonia Fuentes Moreno
    Antonia Fuentes Moreno Dice:

    Excelente post digno de colgarse el dia de los Santos Inocentes donde compiten las citas de un buen cinéfilo con el humor mas hilarante.

    Sin embargo, no debemos olvidar el objetivo de la norma que no es otro que captar el voto del emigrante y no es una cuestión baladí pues en Asturias las ultimas elecciones las ganó el PP y con el recuento del voto emigrante, despues de muchas controversias, se produce un vuelco electoral y un “disputado voto del último diputado”recae en el partido PSOE que actualmente gobierna.

    Para entender una ley hay que ir a los antecedentes historicos e interpretarla a la luz de la realidad social en que debe aplicarse. Nos lo enseñarón en 1º en la facultad de derecho.

  26. Isidro Elhabi
    Isidro Elhabi Dice:

    Gracias Fernando por un ejemplo más del mastodóntico e inútil aparato burocrático y político que tenemos. Ley de la Galleguidad, Estatuto de los Andaluces por el mundo, de los extremeños, … Y demás tontunas varias, como la de gastar 600.000€ en publicidad para que los gallegos forniquen con productividad, que parece que no quieren y hay que animarlos. como si no influyera nada el desempleo, la precariedad, la bajada de nivel adquisitivo, las subidas de impuestos, etc. para tener hijos. Por cierto hace Pingback a este artículo.
    http://m.elblogsalmon.com/entorno/feijoo-intenta-convencer-a-los-gallegos-para-procrear-con-xeito-a-base-de-publicidad-institucional
    Y nos reímos de las tonterías de leyes, de los 600.000€ de publicidad por aquí, y a veces olvidamos que una ley cuesta decenas de miles de euros en preparación, presentación, debate parlamentario, publicación, etc. Y que son millones de euros que se tiran cada año y que no sirven de nada y siempre salen del mismo sitio, de nuestros bolsillos!

  27. Curro Arriola
    Curro Arriola Dice:

    Más delicias del Estado Autonómico.
    El Aeropuerto de Lleida (el que estuvo veinte años pendiente porque ¡al parecer! por esos campos vivía no se qué alondra, que una vez la vio un naturalista inglés y ya nadie volvió a verla, también la ecoñología se las trae) tiene -como todos- unas áreas de servidumbres aeronaúticas alrededor.
    Visto que no todas las aeronaves son de despegue vertical, resulta que con sus “sendas de aproximación y de despegue”, muy largas en los aviones grandes, sobrevuelan más de una CCAA al aterrirzar o al despegar. Qué se le va a hacer. Quizá convendría sustituirlos por helicópteros, que esos sí, suben y bajan casi en vertical y son mucho más adecuados a la España Autonómica. Resultarán mucho más caros, claro, pero en materia autonómica ese es el coste de la libertad. Ya estamos acostumbrados.
    Ahora el TS (BOE de hoy) falla salomónicamente:
    “Auto de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por el que se declara que, de modo cautelar y en tanto se dicte sentencia: la intervención de la Subdirección del Gobierno de Lleida y los informes preceptivos de la Generalidad de Cataluña, establecida por el Real Decreto … bla, bla…, por el que se establecen las servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de Lleida-Alguaire, se referirá exclusivamente a los municipios incluidos en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cataluña, ciñendo su actuación a su ámbito territorial propio; y la intervención contemplada en los artículos…impugnados, debe ser complementada en el sentido de que en todo aquello que atañe a los municipios ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, deberá realizarse a través de la Subdelegación de Gobierno de Huesca y como es lógico, los informes preceptivos habrán de emitirse por los órganos correspondientes de la Comunidad Autónoma de Aragón.”
    Con un poquito de suerte -los pilotos españoles son cojonudos- no habrá que lamentar ningún desastre con doscientos muertos.
    En vez de controlar uno… controlaran do
    ¡Que no decaiga!

  28. Isidro Elhabi
    Isidro Elhabi Dice:

    Hoy en Ideal de Granada (www.ideal.es), viene un artículo titulado “Usted no sabe hacer el amor”, de D. Jose Antonio Lorente Acosta, que aunque su intención se refiere a otros fines, un párrafo me ha recordado a este artículo de Fernando. Igual que quieren hacernos creer que no somos gallegos, extremeños o andaluces sin el correspondiente certificado, va a llegar un momento que no vamos a saber el hacer el amor si no tenemos el correspondiente papelito.
    “¿Tiene usted descrito un protocolo de cómo proceder ante los deseos e impulsos de la naturaleza? ¿Está ese protocolo de acuerdo a las normas ISO? ¿Tiene contemplado en ese protocolo su aplicabilidad en otras circunstancias? (O sea, si el protocolo es para el dormitorio de su casa, ni se le ocurra en otra habitación, menos aún fuera de su casa en vacaciones). Cuando está listo para el tema, ¿ha comprobado que las condiciones de iluminación, temperatura, humedad y nivel sonoro son las adecuadas? ¿Está certificado a su vez el material auxiliar que pueda usar o necesitar? […] si algo falla, ¿tiene usted descrito un protocolo de actuaciones y correcciones? ¿Alguien le supervisa? ¿Deja usted registro por escrito de todo el proceso, resultado, incidencias y desviaciones? Quien cumpla todo esto que no se dé por satisfecho, que la acreditación y certificación hay que renovarlas periódicamente.”
    Pues eso, que como nos despistamos hasta certificado y carné para foll… nos van a pedir, todo previa bajada de pantalones ante un inspector que verificará periódicamente que tengamos un buen fornicio. Y por supuesto, no se olvide la cartera!! que nuestro bienestar cuesta dinero!!! Viva las caenas, la socialdemocracia y buen verano!!

  29. ana
    ana Dice:

    Pois eu vexo na lei dous obxectivos claros:
    – Poder decidir que asociacións galegos no extranxeiro se apoian dende o goberno galego e cales non.
    – ‘Canalizar’ as opinións das comunidades no extranxeiro, eliminando as contrarias ao goberno e recoñecendo como únicas válidas as dos seus afins.

  30. xoán antón pérez-lema
    xoán antón pérez-lema Dice:

    Esta Ley sustituye la ley de 1983 que creaba ya el Consello de Comunidades y el reconcomiemto de la galleguidad. NuestroPaís, Galicia, ha conocido el drama y, al tiempo, la gran aportación de la galicia exterior, la cual creó nuestra Academia, nuestra bandera y nuestro himno. Los centros gallegos tienen derecho a participar en la vida social, ecª y cultural del país, son (o deben ser) auténitcas Embajadas culturales y empresariales y esta ley constituye una pieza esencial de nuestro derecho propio. Parece mentira que abogados y juristas podáis opinar con la ligereza, xenofobia y desconocimiento que demostráis en este fío..

    • Manu Oquendo
      Manu Oquendo Dice:

      Hola, Xoán Antón.
      Te agradecería que tratases de definir el concepto de “galleguidad” y de paso explicar por qué es tan importante para algunas personas restringir su identidad a uno de sus numerosísimos factores.
      Hace unos días leía a un novelista, hijo de murcianos, proclamar ardientemente su “catalanidad” y recuerdo perfectamente el caso de De Juana Chaos tratar de embutirse en “su vasquidad” para matar (ni su padre, militar, ni su madre, nacida en África, eran guipuzcoanos).
      Sin querer faltar a nadie, llama poderosamente la atención la fuerza psicológica de este tipo de “adscripciones emocionales” que con tanta frecuencia son puramente imaginarias y no se corresponden con los hechos constatables.
      ¿Por qué es tan fuerte este fruto de nuestra imaginación?
      Gracias

    • FBR
      FBR Dice:

      ¿Xenofobia?. No he leído ni una sola opinión contraria a los gallegos. Es más, ni siquiera nadie ha intentado definir a los gallegos. En lo que si tiene razón es en lo del desconocimiento; desconozco muchos más gallegos de los que conozco, como seguramente le ocurrirá a los que han promulgado la ley.

  31. xoán antón pérez-lema
    xoán antón pérez-lema Dice:

    Esta Ley sustituye la ley de 1983 que creaba ya el Consello de Comunidades y el reconcomiemto de la galleguidad. NuestroPaís, Galicia, ha conocido el drama y, al tiempo, la gran aportación de la galicia exterior, la cual creó nuestra Academia, nuestra bandera y nuestro himno. Los centros gallegos tienen derecho a participar en la vida social, ecª y cultural del país, son (o deben ser) auténitcas Embajadas culturales y empresariales y esta ley constituye una pieza esencial de nuestro derecho propio. Parece mentira que abogados y juristas podáis opinar con la ligereza, xenofobia y desconocimiento que demostráis en este fío..

  32. Phil Blakeway
    Phil Blakeway Dice:

    Vamos dejando arrumbado el Derecho Romano y nos adentramos en el bosque neblinoso de la Volksgemeinschaft, perdonen la barbaridad, nunca menor dicho. Pero la realidad es dramática. Aquí se ha hablado de las ideas de Molinas sobre las clases extractivas. Me tomo la osadía de recomendar a Acemoglu & Robinson y su Why nations fail. Por ahí seguimos, pero más obcecados.

  33. Phil Blakeway
    Phil Blakeway Dice:

    Vamos dejando arrumbado el Derecho Romano y nos adentramos en el bosque neblinoso de la Volksgemeinschaft, perdonen la barbaridad, nunca menor dicho. Pero la realidad es dramática. Aquí se ha hablado de las ideas de Molinas sobre las clases extractivas. Me tomo la osadía de recomendar a Acemoglu & Robinson y su Why nations fail. Por ahí seguimos, pero más obcecados.

  34. JLG
    JLG Dice:

    Los gallegos en el exterior también votan. Se trata de tener controladas sus asociaciones que además reciben subvenciones. Redes clientelares de las que tanto abundan.
    Subamos un poco más el IVA, que no llega.

  35. JLG
    JLG Dice:

    Los gallegos en el exterior también votan. Se trata de tener controladas sus asociaciones que además reciben subvenciones. Redes clientelares de las que tanto abundan.
    Subamos un poco más el IVA, que no llega.

  36. ALEX
    ALEX Dice:

    Aparte de más normas para la colección y lo innecesario de su existencia, lo más preocupante es cuanto les va a costar a los gallegos todos los cargos que se crearán ad-hoc, con sus dietas, sueldos y demás prebendas??? Y la existencia de ese Congreso Mundial cada 4 años ¿cómo se va a financiar?

  37. ALEX
    ALEX Dice:

    Aparte de más normas para la colección y lo innecesario de su existencia, lo más preocupante es cuanto les va a costar a los gallegos todos los cargos que se crearán ad-hoc, con sus dietas, sueldos y demás prebendas??? Y la existencia de ese Congreso Mundial cada 4 años ¿cómo se va a financiar?

  38. gloria
    gloria Dice:

    Así pueden votar al PP en las proximas elecciones autonòmicas, los gallegos y cuantos ascendientes y descendientes se quieran registrar. Y en el día de las elecciones, casualmente volvera a ganar ese partido, por poquitos votos, sólo los justos y necesarios. Las cosas (y las leyes) no se hacen porque si. Si es que somos simples, y así nos va.

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