Arte contemporáneo y compromiso político

Me he permitido durante estas semanas de agosto una desconexión total de los asuntos del blog (unos cuantos post por leer) y casi de cualquier materia jurídica, para dedicar mi tiempo a otros menesteres más lúdicos. Entre ellos, la lectura del recomendable libro ¿Qué estas mirando? 150 años de arte moderno, de Will Gompertz, en el cual se explica de manera amena pero experta el curso del arte desde Delacroix e Ingres, hasta el tiburón en formol de Damien Hirst o las performances  de Marina Abramovic.
No obstante, aún en este libro encuentro temas interesantes para el blog, como este texto sobre la ausencia de compromiso político por parte de los artistas actuales (pp. 427-428):
En la mayor parte de los casos, el arte contemporáneo no ha hecho gala de ninguna clase de contenido político real, salvo por alguna intervención ocasional que, en la mayoría de los casos, termina por parecerse más a un carro de moda al que alguien se ha subido a toda prisa.  Lo habitual es que, incluso en los casos en los que los artistas de vanguardia de nuestra era se han mostrado más agresivos o han tenido una actitud más desafiante, suelen presentar su obra con una sonrisa de frescura más que con el ceño fruncido. La tendencia general es a entretener, no a dar mítines.
 En el último cuarto de siglo, los artistas no han atendido a los grandes cambios sociales que se han producido. Apenas se ha criticado una época impregnada por el capitalismo y una moral competitiva en la que lo fundamental eran la fama y la fortuna (…) Por lo que se refiere a los problemas medioambientales, la corrupción política y mediática, el terrorismo, el fundamentalismo religioso, la desintegración del mundo agrario, las diferencias sociales cada vez mas extremas (unos ricos cada vez más ricos y unos pobres sumidos en la miseria), la codicia sin fin y la falta de sentimientos de la que hacen gala los banqueros, si uno acude a un museo y da por bueno el testimonio del arte contemporáneo es como si nada de esto estuviera sucediendo.

 Quizá los ojos y cabezas de los artistas estaban en otra parte. Es posible que se sintieran en un impasse. Una de las consecuencias que tiene ser artista-empresario, al igual que sucede en cualquier otro negocio, es que uno se volverá tan propenso a caer en la filosofía de la conveniencia como cualquiera y a veces tendrá que firmar contratos con el diablo. Una vez que uno comparte mesa con el de las orejas y el rabo en punta, es imposible evitar la hipocresía ¿Cómo se puede crear una obra de arte de honda significación anticapitalista, por ejemplo, si uno se ha pasado la noche anterior en una cena de museo, sentado al lado de un financiero, que resulta ser, además, uno de los mejores coleccionistas/clientes de uno?(…) ¿Es posible hacer un cuadro o una escultura que pretenda arrojar luz sobre una injusticia de la que uno mismo se está beneficiando en el fondo? ¿Cómo se puede criticar al establishment cuando uno pertenece a su círculo más exclusivo? ¿Quieren ustedes una respuesta? Es imposible.
 

Más sobre los regímenes forales de País Vasco y Navarra

A raíz de ciertas propuestas, ahora del PSOE, pero mucho antes de UPyD, se ha puesto en cuestión la justificación y pertinencia de mantener en España los regímenes forales de los Territorios Históricos vascos y de Navarra. Incluso desde las Diputaciones Forales se han alzado voces protestando por lo que ellos consideran una falsa imputación, que resultan beneficiados respecto de los ciudadanos del resto del Estado. Hace poco, en este mismo blog se publicó un artículo de Francisco de la Torre que afrontaba la cuestión con gran acierto. Pero no estará de más arrojar  un poco de luz adicional sobre esta cuestión.
 
Al margen de un análisis político, que no me va a ocupar ahora, conviene resaltar sintéticamente los aspectos que hay que considerar en este asunto para tener una perspectiva clara de lo que está ocurriendo con estos regímenes, porque a veces se mezclan voces interesadas en mantener, con su ruido, una cierta opacidad.
 
Hay tres aspectos a considerar en los regímenes forales que estarían operando como causa de posible discriminación, origen de cierto privilegio en favor de los Territorios Forales.
 
El primero de ellos es el cálculo del “cupo”, la cantidad que están obligados a entregar como contribución al sostenimiento de los gastos generales del Estado. Dentro de los gastos generales que se computan para determinar el cupo entra expresamente el “Fondo de Compensación Interterritorial”. Pero la clave de la cuestión es que el llamado “índice de imputación”, es decir, el porcentaje que se aplica para determinar el cupo, es el de la “renta relativa” del territorio en cuestión, sin ponderación alguna, cuando es obvio que, dada la progresividad del sistema tributario español, la proporción de impuestos que pagan los que ganan más es mayor que la de los que ganan menos. Por tanto, parece evidente que la justicia obligaría a que el índice de imputación no fuera la renta relativa del Territorio Foral, sino que se ponderara de alguna forma con la renta per cápita en dicho Territorio. Al ser los Territorios Forales de los de mayor renta per cápita de España, el “olvido” de ese factor de ponderación hace que el cupo sea inferior a lo que correspondería según los principios de solidaridad territorial.
 
El segundo aspecto a considerar es la utilización torticera de la legislación fiscal. Me estoy refiriendo a las bonificaciones y deducciones fiscales en la imposición directa con fines de obtener ventaja en las decisiones de localización de las empresas y ciudadanos. Aunque aparentemente eso parece que supondría un menor ingreso fiscal (a mayores deducciones, menor cuota a ingresar), en la práctica no es así, pues más vale ingresar una cuota reducida que no ingresar nada (como ocurriría si la empresa se localiza en otro sitio), aparte de los ingresos adicionales por rentas de empleados, empleos indirectos generados, etc. La Unión Europea ha tenido que intervenir varias veces declarando ilícitas ciertas ventajas fiscales fijadas en las normativas forales. Sin olvidar las opacidades en el intercambio de información con las autoridades fiscales del Estado que pueden hacer muy conveniente la localización de capitales en los Territorios Forales, aun sin existir para ello motivo de orden material.
 
Finalmente, el tercero es el aprovechamiento tramposo del esquema de imposición indirecta coordinado con medidas de apoyo a la localización empresarial. Acabamos de hablar del ventajismo fiscal para atraer localización de empresas, en perjuicio de otros territorios españoles, lo que se puede también combinar con incentivos o subvenciones directas a las empresas o a ciertas actividades económicas. Suelo contar como anécdota que la única subvención que he recibido en mi vida fue cuando monté mi notaría en Llodio, pues el Gobierno Vasco me financió a fondo perdido la mitad de mis equipos informáticos y conexiones a internet, cosa que no me ha vuelto a pasar jamás, cuando pasé a ocupar Notarías en territorio común.
 
Combinado eso con el sistema de reparto del Impuesto sobre el Valor Añadido, por ejemplo, da lugar a curiosas trampas en que ciertas empresas y el poder Foral se conchaban para detraer impuestos al Estado, aprovechando que la coordinación territorial del ámbito de aplicación del impuesto, pese a tratarse de dos soberanías fiscales distintas, es radicalmente distinto al vigente entre los distintos países de la UE, que ya expliqué en este mismo blog en otra ocasión. El efecto perverso de esta deficiente coordinación del ámbito territorial del IVA a veces incluso beneficia a un Territorio Foral en perjuicio de otro. Como anécdota personal, cuando ocupé una Notaría en Llodio (Álava) los dos notarios de Llodio y el de Amurrio residíamos en Vizcaya, de forma que el IVA que recaudábamos de los usuarios alaveses del distrito de Amurrio lo ingresábamos en la Hacienda Foral vizcaína.
 
Como se ve, el asunto, aun siendo complejo, puede ser esquematizado de forma bastante simple. Y, lo que es más importante, la solución no pasa por grandes cambios legales e institucionales ni una reforma de la Constitución, pues los actuales Conciertos sólo tienen rango de ley. Bastaría con que se hiciera una estimación del “cupo” basada en cálculos y parámetros más redistributivos, dentro de los estándares que rigen en el resto del territorio español para el sistema de compensación interterritorial, y que las instituciones se comprometieran al “juego limpio” fiscal y, si ello no es posible por la baja catadura moral de los depositarios del poder público, se arbitraran mecanismos institucionales ágiles y efectivos que impidieran el ventajismo fiscal por parte de los Territorios Forales.
 
Claro que si, al final, iban a ser como todos, pensarán las autoridades de los Territorios Forales, para ese viaje no hacen falta estas alforjas. Con lo caro que es mantener una estructura institucional que gestione un sistema fiscal (especialmente si el ámbito de aplicación es de reducido tamaño) caería por su propio peso lo ineficiente del mismo, sin obtener beneficio apreciable alguno.

La custodia compartida que viene

Las últimas tendencias jurisprudenciales, y las novedades legislativas que se anuncian hacen oportuna una reflexión sobre el tema de la custodia compartida y sobre el verdadero lugar que ésta ocupa en nuestra sociedad.
En este tema no debe confundirnos la discusión sobre igualdades de género. Lo fundamental es encontrar la mejor solución para el niño. No se trata de saber quién tiene la potencialidad para aprender a custodiar y cuidar a sus hijos, sino de quien lleva a la práctica estas funciones con más frecuencia.
Y desde esta visión es lícito plantearse si lo que se lee en la ley, en el derecho civil regional, o lo que se proyecta para el derecho común dista o no de lo que se palpa en nuestra sociedad.
Como ya sabemos, España es un país en el que a veces se va de un extremo a otro. Ahora se pretende pasar de un sistema de custodia monoparental – otorgado en la mayoría de los casos a la madre- a la aplicación de la custodia compartida como norma general. Ésa es la lectura que se desprende de la STS 257/2013 que fija doctrina jurisprudencial en torno al art. 92 CC.
Conforme a esa importante sentencia, para que se aplique ese régimen deberán tenerse en cuenta una serie de circunstancias, entre las que están:
– petición de ambos o uno de los progenitores.
– que sea conveniente para el menor y no perjudicial.
– la práctica de los progenitores con el menor anterior a la demanda.
– el deseo del menor.
– el número de hijos.
– el cumplimiento de progenitores en sus deberes en relación con los hijos.
– las relaciones entre los progenitores y el respeto mutuo.
– otras a tener en cuenta para la adecuada convivencia del menor.
Al leer esta lista de requisitos, vemos que esa pretendida norma general pierde su rigor. Por eso al leer esta lista podemos preguntarnos: ¿Estaremos ante una norma avanzada o adecuada a su tiempo? ¿Hay voluntarismo en esa pretensión de generalizar este régimen? ¿Existe en ella un afán transformador de la sociedad? ¿Corresponde ese papel a los tribunales?
Y es que esta nueva manera de querer interpretar y aplicar la ley pretende fomentar una plena igualdad de oportunidades en materia de custodia, pero nuestra realidad tan distante a esa igualdad hace difícil que se den los supuestos para su aplicación. Por ello podemos dudar de esa pretensión de establecer este sistema como norma general, cuando en realidad se sigue aplicando sólo en un minoría de los casos.
Para entender lo fallido que ha resultado este intento de imponer este régimen como general basta con ver los resultados del año pasado de las Comunidades Autónomas donde se ha establecido por norma legal.
Al leer los datos del INE de 2012 vemos como en Cataluña solo se aplica la custodia compartida en el 21% de los casos, en el 5,4% se atribuye la custodia al padre y en el 74% a la madre.
En Aragón la custodia compartida se dio en el 19% de los casos, a la madre en un 74% y al padre en un 7% de los casos.
Los datos hablan por si solos, por mucho impulso que se pretenda dar desde el poder a la custodia compartida, ésta no es per se la solución perfecta. ¿Por qué? Creo que por dos motivos:
El primero, porque las mujeres siguen siendo las que soportan la carga familiar del cuidado de los hijos en la mayoría de los casos. Según el INE 2011, de todas personas que solicitaron reducción de jornada para cuidar a hijos menores de ocho años, el 85% eran mujeres, así como también lo eran el 92% de las personas que solicitaron excedencia completa, y el 90% de las que dejaron de trabajar por esa misma razón.
El segundo, porque el régimen de custodia compartida sería el ideal si los progenitores tuviesen la suficiente capacidad y madurez para tener una relación correcta entre ellos. Pero, no nos engañemos, en España la relación entre progenitores separados o divorciados suele ser mala, siendo el niño en muchas ocasiones el más damnificado por esta situación. Las malas relaciones con frecuencia se agravan con diversas disputas personales que surgen con los problemas que plantean, por ejemplo, la atribución del domicilio conyugal, el reparto de bienes y la determinación y pago de las pensiones.
No se tiene en cuenta lo suficiente el que la ruptura marital no implica la paternofilial y, por tanto, los padres deben seguir comunicándose y siendo capaces de tomar muchos pequeños y grandes acuerdos con el fin de poder cuidar de la mejor manera de sus hijos. Porqué la guarda y custodia más que un derecho para los padres es un derecho para los hijos.
En materia de custodia no hay una solución general perfecta. Cada caso debe examinarse con cuidado para encontrar su adecuada solución. Aunque en todo caso, tanto si existe la custodia compartida como si no, los mecanismos que facilitan una comunicación positiva y productiva entre los padres, como la mediación y los planes de parentalidad que ya se empiezan a aplicar, son siempre una buena herramienta.
Podemos preguntarnos, entonces, por qué en este caso se ha pretendido establecer una norma general. Por qué ese querer cambiar antes la ley que la sociedad, cuando suele ser al revés. Al en fin y al cabo, por qué hablar antes del huevo que de la gallina.

Competencias catalanas sobre demarcación notarial y registral: del Estatuto a la realidad

La demarcación en curso (ver aplazamiento aquí y registral aquí) será la primera que se produzca tras la sentencia 31/2010 del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto de Autonomía de Cataluña de 2006, y podría sentar precedente sobre la manera de entender la participación que la Comunidad Autónoma tiene en esta materia.
La literalidad con que se pronuncia dicho Estatuto de Autonomía en el precepto sobre  demarcación notarial y registral, y la circunstancia de no haber sido declarado inconstitucional tal precepto generan, a primera vista, una apariencia competencial que quizás no se corresponda con la realidad de su aplicación práctica, a la vista del sentido que le da el propio Tribunal en la sentencia, y de sus precedentes jurisprudenciales.
Dicho Estatuto de 2006 dispone, en su artículo 147.1-c, lo siguiente:
“Art. 147.1. Corresponde a la Generalitat de Cataluña, en materia de notarías y registros públicos de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles, la competencia ejecutiva, que incluye en todo caso…
c) El establecimiento de las demarcaciones notariales y registrales, incluida la determinación de los distritos hipotecarios y de los distritos de competencia territorial de los notarios.”
Los términos en que se expresa el precepto son amplios y, por afectar a funcionariado de competencia estatal, fue objeto de impugnación ante el Tribunal Constitucional. Sin embargo,  no fue declarado inconstitucional, y podría pensarse que la Comunidad Autónoma tendrá una importante intervención en estas demarcaciones.
Pero en realidad, el alcance de la competencia Autonómica parece que debe precisarse teniendo en cuenta como dije la propia jurisprudencia del Tribunal Constitucional, incluso el fundamento jurídico de la sentencia 31/2010 relativo al precepto comentado.
Así, es conveniente repasar el antecedente que supuso la redacción del Estatuto de Autonomía de Cataluña de 1979, y la doctrina del T.C. El art. 24.2 de dicho Estatuto previó una “participación” de la Generalitat en la fijación de las demarcaciones correspondientes a los Registros dela Propiedad y Mercantiles, así como en la fijación de las demarcaciones notariales y del número de notarios.
Dicha participación se materializó en la emisión de informes no vinculantes y, entendiendola Generalitatque con dichos informes no colmaba sus competencias en la materia, planteó ante el T.C. un conflicto de competencia contra determinados preceptos del R.D. 1.141/1984, de 23 de mayo, por el que se modificabala Demarcación Registral, que dio lugar a la sentencia 97/1989, de 30 de mayo, desestimatoria de la pretensión dela Generalitat.
De dicha sentencia me parece destacable su fundamento jurídico nº2, en el que el T.C. encuadró la demarcación (registral en tal caso) dentro de las competencias que, con carácter exclusivo, corresponde ejercer al Estado por razón de la ordenación de los registros e instrumentos públicos. Esto es, dentro del artículo 149.1.8ª de la Constitución, y no como una de las materias que por no estar expresamente atribuidas al Estado son susceptibles de ser asumidas por los Estatutos de Autonomía, a las cuales se refiere el propio art. 149, en su apartado 3, como pretendía la representación legal dela Generalitat.
Por tanto, la demarcación registral (y por analogía la notarial) son competencia exclusiva del Estado, y los diferentes Estatutos de Autonomía no pueden atribuirse unilateralmente intervención en ella. Únicamente podrán asumir funciones ejecutivas, que se consideran compatibles con la titularidad exclusiva del Estado.
Así, la cuestión será determinar qué implican las competencias ejecutivas, y hasta qué punto limitan la competencia estatal en la materia.
Y, al respecto, la propia sentencia 31/2010, al tratar del 147.1-c  del  Estatuto de 2006 (competencia ejecutiva en demarcaciones notariales y registrales), dice en su fundamento jurídico nº90: “…Es ésta asimismo una potestad autonómica de carácter ejecutivo que plasmará en el territorio de Cataluña los criterios de demarcación que fije la legislación del Estado (art. 149.1.8 y 18 CE),  la cual podrá tener el grado de exhaustividad que resulte procedente, pudiendo el Estado retener para sí las actuaciones concretas en el ámbito de la coordinación y de la ejecución que sean necesarias para la adecuada aplicación de dichos criterios…”
Y, volviendo a la sentencia 97/1989, dispuso el T.C. en el fundamento jurídico 3 que: “Por otra parte, la competencia estatal exclusiva en materia de demarcación registral, ejercida por el Real Decreto 1141/1984, de 23 de mayo,…, y que confiere al estado el art. 149.1.8 de la Constituciónquedaría vacía de contenido si no pudiera efectuar, en ejercicio de aquella competencia, aspecto tan sustancial como la determinación de su ubicación y ámbito territorial. Ni puede quedar, en tal sentido, reducida o mermada, por la facultad que el art. 24.2 del EAC confiere a la Generalidad…”
En definitiva, parece que si estamos ante una competencia exclusiva del Estado, que puede ejercer con el grado de exhaustividad que resulte procedente,  y entendiendo el T.C. que en materia de demarcación la competencia del Estado debe comprender un aspecto tan sustancial como es la determinación de la “ubicación y ámbito territorial”,  más bien parece que las funciones ejecutivas de la Comunidad Autónoma en la materia quedarán limitadas por el grado de intensidad que el Estado imprima al ejercicio de sus competencias. Y, tratándose de una Comunidad Autónoma cuyo Presidente tiene declarada su voluntad de construir estructuras de Estado para dicha Comunidad, parece conveniente que el Estado ejerza sus competencias con el grado máximo de intensidad que la Constitución le permite, y que puede ser considerable, a pesar de la literalidad del EAC de 2006.        

Mentiras en el Parlamento: responsabilidad política y responsabilidad penal

El Grupo Parlamentario de UPyD ha propuesto una reforma legal para que mentir en el Parlamento sea considerado delito. La iniciativa no me parece acertada por las razones que expondré, y creo que tampoco a los demás editores ni a muchos de los colaboradores de este blog.
Sin embargo ha tenido la virtud de poner de manifiesto la gravedad de nuestra situación, donde las mentiras expresadas en ese foro, representación de la soberanía popular, no derivan en responsabilidad alguna. Tal vez por ello ha sido seguida por otra del Partido Socialista, que quiere proponer un proceso semejante al Impeachment norteamericano, en virtud del cual se puede conseguir hasta el cese de un Presidente cuando haya incurrido en ciertas falsedades.
Contra esa posibilidad se ha dicho que esa figura es propia de un sistema político tan particular como el estadounidense, y que no tiene parangón en Europa. Lo que es cierto. Pero también lo es que en los países europeos de nuestro entorno no sería imaginable que un Primer Ministro mintiera en un parlamento para ocultar sus responsabilidades y que no pasara nada por ello.
LAS MIXTIFICACIONES DEL PRESIDENTE
Apunto brevemente algunas de las mentiras (o, como poco, manipulaciones falsarias) cometidas por Mariano Rajoy. En su conocida intervención del uno de agosto ante el Congreso (reunido en la sede del Senado), el Presidente dijo:
– Que no había en el PP una contabilidad B. Aunque ya son seis personas, entre ellas altos cargos del partido, que admiten haber recibido los pagos que aparecen reflejados en asientos de esa contabilidad. Judicialmente se dilucidará la cuestión, aunque creo que queda poco margen de duda.
– Que desde que supo que Bárcenas tenía cuentas en Suiza se sintió traicionado en su confianza y rompió todas las relaciones con él. Muy probablemente ese dato era conocido por el Presidente ya unas semanas antes. Pero incluso dos días después de que saltara la noticia en la prensa de tales cuentas suizas, Rajoy envió a Bárcenas un SMS de ánimo y apoyo. Y el partido siguió pagando sus abogados.
– Que desde que él había sido elegido Presidente, Bárcenas ya no estaba en el partido. Sin embargo el extesorero seguía en el PP (incluso abonando cuota de militante) en condiciones además muy privilegiadas: con sueldazo, coche oficial, despacho… ¡Incluso abogados pagados por el Partido para su defensa penal! Que tales condiciones fueran además negociadas personalmente por Arenas y el propio Rajoy, según la declaración hecha por Cospedal al Juez Ruz, no hace sino agravar esa declaración. E inducir a sospechar que las razones para ese trato privilegiado no eran del todo confesables.
Como la capacidad de ver la realidad está a veces notablemente deformada por razones de ideología, puede ser que aún siga habiendo gente que crea que Rajoy ha sido del todo honrado, y que no ha faltado en absoluto a la verdad. Otros muchos dicen creerle por razones diversas, aunque en realidad no le crean. En muchos casos les va en ello incluso el sueldo. Cosas de nuestra Partitocracia vertical. Pero como creo que la mayoría es consciente de la situación, no quiero detenerme más en el dato de si han existido o no esas mentiras o tergiversaciones, sino en cuáles deberían ser las consecuencias de las mismas.
¿SOLUCIÓN PENAL?
Como señalé, no me parece idónea la solución penal propuesta por UPyD. Esa solución tendría un dudoso encaje constitucional, pues el artículo 71 de la Carta Magna reconoce su “inviolabilidad por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones”. Pero al margen de ese problema, y en todo caso, creo que no es la solución penal la adecuada. Como hemos defendido en este Blog, en un ordenamiento maduro y avanzado, el Derecho Penal debe considerarse una “ultima ratio” adecuado sólo para afrontar problemas que no puedan ser solucionados con otro tipo de responsabilidad.
En nuestro caso, las falsedades deben dar lugar a otro tipo de responsabilidad: la política. Es en este ámbito sonde deben producirse consecuencias. En otro caso, si pretendemos buscar soluciones en el Código Penal, me viene a la cabeza con una sonrisa esa falsa “noticia” del diario digital humorístico El Mundo Today recogiendo unas declaraciones de Rajoy de que seguiría “gobernando desde la cárcel”.
Hemos dicho en otras ocasiones que un buen Estado de Derecho (y no es nuestro caso) no necesita muchas leyes, sino que basta con que se cumplan las existentes. Para ciertas faltas ni siquiera deberían ser necesarias normas jurídicas. En un caso como el que tratamos, como ocurriría en una democracia avanzada, un presidente atrapado en sus mentiras debería marcharse por propia iniciativa, en virtud de un código no escrito de honorabilidad de los políticos por el que esos actos no serían admisibles. La reacción de la sociedad, y de los medios de comunicación no deberían dejar además otra salda.
Pero vemos que no es nuestro caso. Y como no existe ese código de honorabilidad, ni una sociedad estructurada que exija cuentas inmediatas, la solución a estas situaciones debería encontrarse en el ámbito interno de nuestros partidos. Pero tampoco. Éstos no son verdaderamente democráticos sino caciquiles, y por eso tampoco disponen de mecanismos que permitan apartar a un líder que pueda abochornar a sus cuadros y militantes, o incluso llevar al desastre al Partido (como se ha visto en el caso del Partido Socialista con Rodríguez Zapatero).
Por eso tal vez, reconocidas nuestras limitaciones, sería necesaria una ley que estableciera ese tipo de responsabilidad política e inhabilitara para seguir en su cargo al político que incurriera en una conducta tan reprobable. Pero no podemos engañarnos: tal propuesta, lastrada por que tampoco el partido que la propugna ha predicado con el ejemplo, no va a salir. Desde luego, por el juego de la mayoría absoluta del partido gobernante, férreamente controlada. Pero también porque en nuestro régimen las élites que dominan los partidos con poder no tienen interés alguno en aumentar los ámbitos de responsabilidad política (ni ninguna otra) de sus líderes. Los mecanismos de control han sido colonizados y desactivados por la partitocracia. Y no se rectifica, sino que se avanza en este error.
Tal vez, por ello, si se consolida esa impunidad, el sistema no esté sino dando un paso más en su camino de descomposición y de deslegitimación social. Y tal vez en algún momento de ese camino algún básico instinto de supervivencia haga reaccionar a una sociedad tan fatalista y postrada como la nuestra.

El brumoso y proceloso estado de la legislación marítima española

 
En la semana en la que escribimos este “post” ocurrieron dos hechos que tienen que ver con otros que iniciaron en este “Blog” un tímido acercamiento a las cuestiones de Derecho de marítimo: finalizó el 10 de julio la vista oral del caso “Prestige” (volveremos sobre ello cuando se dicte sentencia) y se inició (fallidamente por huelga de abogados) el día 9 de julio el juicio contra el Capitán del “Costa Concordia” sobre el que – sin embargo- el Juzgado de Primera Instancia nº 63 de Madrid ya dictó sentencia a favor de ciertos afectados españoles en fecha 18 de abril de 2013, aplicando los límites de responsabilidad civil a los que en este post se hizo referencia, pero reconociendo daños morales. Además, los astilleros y armadores se revuelven contra la Comisión Europea como también se ha comentado en este blog.
 
Pocos días antes de que todo ello sucediera, el 12 y 13 de junio se celebró en Madrid el Congreso Nacional de Derecho Marítimo auspiciado por la Asociación Española de Derecho Marítimo, de la que quien esto escribe se honra en ser tesorero (si bien aclaro que no tengo cuentas en Suiza ni en ninguna otra jurisdicción extranjera), en el que se han abordado algunas de las cuestiones de mayor actualidad en el panorama jurídico que afecta a la navegación marítima española. La Asociación citada, fundada en 1949, es la rama española del Comité Marítimo Internacional que es la institución que agrupa a los juristas que cuidan de esta rama del Derecho en el planeta “Agua” al que llamamos Tierra. Parece que el Congreso no salió del todo mal, como puede verse aquí pero lo cierto es que tampoco conseguimos impulsar el arreglo del panorama legislativo vigente. Nos explicaremos:
 
Nuestras instituciones de Derecho marítimo privado siguen reguladas en el Libro III (“Del Comercio Marítimo”) del venerable Código de comercio de 1885, promulgado cuando todavía navegaban buques mercantes de vela y vapores. Cohonestar los artículos del Código con la realidad comercial marítima presente, con predominancia del CommonLaw debido a la enorme influencia de los anglosajones en este comercio desde el siglo XVIII, y con un no pequeño número de Convenios y Tratados internacionales auspiciados por la Organización Marítima Internacional (OMI), la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional y otras Organizaciones Internacionales , es complejo, cuando no imposible. Si yo les digo a Uds. que la construcción de un buque se rige por los preceptos que regulan el arredramiento de obra en el Código civil, sin perjuicio de centenares, si no miles, de normas técnicas y de seguridad, es posible que no me crean, pero si cito en mi auxilio a los Profs. Menéndez y Arroyo es posible que me den algo de razón. Por supuesto, la Unión Europea tiene competencias en estas cuestiones de las normas aplicables a las naves que surcan la mar océana, incluyendo una Agencia Europea de Seguridad Marítima , para no hablar de su intervención en aspectos sobre jurisdicción y competencia en los Reglamentos procesales y sobre obligaciones.
 
Por lo demás, como el Derecho marítimo no debe confundirse con el Derecho del mar, pues este segundo es una rama del Derecho internacional público perfectamente codificada en la Convención de Naciones Unidas de Derecho del Mar y que tiene hasta un Tribunal propio en Hamburgo, resulta que el Derecho del Mar puede vivir sin el Derecho marítimo, pero no al revés por lo mismo que la mar es concebible sin barcos, pero los barcos sin mar, son -como los del Mar de Aral- tristes máquinas varadas en la arena, inútiles, inservibles, náufragas.
 
En cuanto a las instituciones de Derecho público españolas, contamos con una norma básica recientemente refundida (2011), la Ley de Puertos y Marina Mercante y una pléyade de reglamentos dispersos y no codificados. La Ley de Costas acaba de ser recientemente reformada por enésima vez, pero en lo que hace a la protección del litoral, no de las aguas, y así sucesivamente. En fin, nada distinto de otras áreas del Derecho: no se legisla con orden, no se codifica y por tanto la “interpretatio” es necesaria pero espinosa y los resultados prácticos poco lucidos y lúcidos. El abogado “maritimista”, cuando sale de su Despacho a las tantas de la noche, sufre lo que podríamos denominar el “síndrome del ejecutivo cambiario” consistente en anhelar haberse dedicado a cuestiones menos complicadas, sin tanta fuente material ni formal.
 
Los avezados seguidores de este Blog habrán reparado, sin embargo, en que en anteproyecto de Código de comercio publicado por la Comisión General de Codificación ya no regula el comercio marítimo, deja la regulación del contrato de transporte a su legislación especial y sólo regula algunas cuestiones formales del conocimiento de embarque como título valor. Sin embargo, la norma especial que debería sustituir el Código de 1885, no es el citado texto refundido de 2011. Antes bien, a día de hoy, no hay norma especial actualizada que regule la Navegación Marítima y por tanto la remisión del anteproyecto de Código de comercio es, o bien la nada legislativa o al propio Libro III del Código de Comercio. ¿Por qué?
 
Pues bien, allá por el año el año 2003 (o sea, hace un decenio) en el propio seno de la Comisión Nacional de Codificación se elaboró un Anteproyecto de Ley de Navegación Marítima. Dicho Anteproyecto pasó los trámites pre-legislativos necesarios y se convirtió en Proyecto, pero como los buques a veces, encalló una y otra vez en el rocoso lecho parlamentario, caducando sin ver la luz como ley positiva, según caducaron las legislaturas.
 
Iniciada la nueva legislatura, el Grupo Parlamentario Socialista, en la legislatura presente (junio de 2012, hace ya más de un año), sometió un texto prácticamente igual al caducado a la consideración de la Cámara baja como Proposición de Ley , pero unos meses más tarde (noviembre de 2012) el nuevo Gobierno del Partido Popular, presentaba un Informe otro Anteproyecto de Ley de Navegación Marítima. Y así estamos, tratando de encajar el Código de comercio con las pólizas inglesas y los Convenios Internacionales, debatiéndonos entre la limitación de responsabilidad por reclamaciones de Derecho marítimo y el abandono, lejos de las cotas que una antigua Nación marítima como España debería alcanzar.
 
Ahora que viene el verano, es posible que algunos de los lectores de este blog se acerquen a la mar y a los puertos, playas, radas, bahías, ensanadas, esteros, cabos y demás accidentes geográficos. Incluso algunos tendrán ya a punto su título de recreo, su embarcación deportiva a vela o motor, con su seguro obligatorio de responsabilidad civil, sus propias preocupaciones nada mercantiles pero sí marineras, aunque harían bien en analizar las normas no escasas que regulan la navegación “deportiva” (una industria que mueve cifras enormes, particularmente en verano), lo que pueden hacer aquí. Mientras otean el horizonte o ven milagrosamente flotar una máquina que puede pesar más de 160.000 Toneladas (¡pero flota!) y anotan los acaecimientos pulcramente en sus Diarios de Navegación deben saber que nuestro horizonte normativo está brumoso y que no hay razones para pensar que se va a despejar en breve plazo, salvo que Poseidón se aparezca a la Sra. Vicepresidenta y de un empujón a lo nuestro.
 
Ni tan siquiera tenemos un servicio nacional de guardacostas, sino diversas competencias repartidas entre la ya citada Agencia Europea de Seguridad Marítima, la Sociedad de Salvamento Marítimo , la Guardia Civil del Mar, Aduanas, la Armada, las Comunidades Autónomas y, si me apuran, hasta la Cruz Roja del Mar. De ahí que, cuando se produce un siniestro, si no acaba demasiado mal lo primero que nos digan la Autoridades es que “la coordinación ha sido perfecta”, como si al contribuyente se le pudiera vender un proceso exigible como un resultado deseable.
 
El 80% de las mercancías que se importan y exportan viajan por barco, ya sea en enormes gaseros, petroleros o graneleros, ya sea en ro-ros en los que transportan los automóviles, ya sea en los gigantescos (o no tanto) porta-contenedores en los que viajan esas cajas inventadas en 1937 por M. MacLean. España tiene ya poca flota, incluso de pesca, y los astilleros ya ven Uds. cómo están. Las naciones que dimiten de su historia tienen muchas bazas para perder el futuro: nadie innova desde cero sino desde muchas generaciones de esfuerzo que se concentran y producen si Uds. quieren, un “equilibrio puntuado”, como diría Gould. Desde ese punto de vista, es bien cierto que el marasmo legislativo marítimo español refleja la triste ventura de la realidad económica de nuestro sector marítimo. Algunos pensamos que el cuarto del siglo XXI es un buen momento para trazar un ambicioso plan que vuelva a poner en su sitio nuestra economía marítima. Pedir que se apruebe por fin una Ley de Navegación Marítima a la altura de los tiempos, tras diez años de debates parlamentarios, no parece pedir demasiado.

¿Una sociedad y una democracia hitlerianas?

 
Como seguimos en verano, quiero recomendar la lectura de un libro que me ha resultado muy interesante y revelador: Laurence Rees, El oscuro carisma de Hitler. Cómo y por qué arrastró a millones al abismo, ed. Crítica, Barcelona, 2013. Algunos dirán que se trata de un periodo oscuro de la historia que es mejor olvidar, o que ya está muy estudiado. Pero la lectura del libro aporta al menos dos cosas: un análisis psicológico de cómo un personaje tímido y marginal pudo transformarse en un líder carismático que arrastró a la guerra más mortífera que se recuerda a un país que estaba en contra de ella (en agosto de 1939 antes de la invasión de Polonia el sentimiento antibélico de los alemanes, contrarios a una segunda guerra mundial, era abrumador); y nos revela también aspectos de su actuación y estrategia como candidato y como gobernante que pueden suponen importantes alertas para problemas que estamos viviendo en la actualidad. Para los aspectos psicológicos me remito a la lectura del libro, pero en un Blog como ¿Hay Derecho? creo que puede ser interesante detenernos un poco en algunas lecciones para impedir  que ciertas situaciones puedan repetirse o vayan a mayores. Y es que contra lo que pudiera pensarse por algún observador bienintencionado existe más de una reminiscencia del nazismo en nuestra sociedad y políticas actuales, reminiscencias que podrían ir a más si no se atajan a tiempo. Para esto sirve mirar al pasado.
 
Vayamos por partes:
 

a) La (posible) influencia hitleriana en algunas prácticas políticas y de gobierno

 
Quien inventó las campañas electorales maratonianas con viajes en avión y mítines cara a cara en múltiples pueblos y ciudades fue Joseph Goebbels en 1932. Lo hizo en la campaña por la presidencia que enfrentó a Hitler contra Hinderburg. Igualmente la escenografía y la utilización de carteles con la cara del candidato, y otras técnicas de mercadotecnia política vienen de ahí (L Rees: 64). Hasta entonces, a los candidatos sólo se les veía en noticiarios en el cine o se les leía en periódicos. Teniendo en cuenta que el objetivo de Goebbels era claramente el de manipular a las masas, y sustituir el juicio crítico por las impresiones sensoriales, ¿no sería tal vez el momento de volver a campañas más austeras y sobrias? Hoy además contamos con la televisión y las redes sociales. Esto no sólo ahorraría tentaciones a la financiación ilegal de los partidos políticos, sino además afectaría al perfil del candidato (más fondo, menos forma) y humanizaría la política.
 
Otra técnica que proviene del nazismo y que sobrevive en la actualidad en algunos gobernantes es la tendencia a puentear a los ministros, consejeros o secretarios de estado, cuyo poder se quiere controlar o minimizar, despachando en su lugar directamente con sus subordinados. Hitler utilizó esta técnica, en uno de sus primeros gobiernos, con Alfred Hugenberg, Ministro de Economía, Alimentos y Agricultura y lorepetiría muchas veces más en el fututo (L. Rees: 84).
 
Del mismo modo, otra actitud que se observa en la actualidad es que el líder político pide objetivos imposibles a sus colaboradores y que estos compiten por otorgar “como sea” los deseos del líder. Esto es lo que hizo Hitler, de forma cada vez más intensa, conforme avanzaba la guerra (por ejemplo a Heinz Guderian le pidió que llevara su ejército a 320 km al este de Moscú desconociendo o considerando irrelevante la realidad del terreno) o realizando peticiones logísticas imposibles. Esta negación de la realidad acabó por provocar su derrota, así como la enfermedad, depresión, locura y el suicidio de varios de sus generales (como Udet, el jefe de equipo de la Lutwaffe), algunos de los cuales eran mariscales de campo con muchos años de experiencia y heridas de guerra a sus espaldas (p. 217). La tendencia era entonces y es ahora la de rodearse de colaboradores cada vez más aduladores (“Síndrome de la Moncloa) y con menos ideas propias y personalidad. Esto es lo que pasó al final de la guerra y determinó que el fracaso fuera total y humillante para Alemania (p. 240). Hitler era un líder que escuchaba poco o nada. Presumía de seguir sus instintos y “no” leer los informes y memorandos que les pasaban sus colaboradores (p. 107).
 
Por último, los nazis perdieron también la guerra porque no tenían ni tiempo, ni recursos, ni intención de innovar. Mientras los aliados mejoraban sus técnicas de contraespionaje (e.g. descifrando el sistema “Enigma”), sus sistemas de radares, o las comunicaciones, los alemanes seguían confiando especialmente en la superior capacidad de visión de su líder carismático (p. 246). En muchos gobiernos y muchasempresas, pasa hoy lo mismo.
 

b) La (posible) influencia hitleriana en la estrategia nacionalista

 
Más allá de que sea políticamente correcto o no el plantearlo, siendo Hitler el dirigente nacionalista por excelencia resulta lógico que se encuentren más de una similitud con la actitud y estrategia de los líderes de los partidos nacionalistas tanto en Cataluña como el País Vasco, pues comparten al menos un objetivo común: cambiar la sociedad para que el sentimiento nacionalista sea asumido por todos y con la mayor intensidad posible.
 
Lo primero que hizo el nazismo fue instrumentalizar la educación (atacando así el frente más vulnerable: los niños y los adolescentes) al servicio de la causa, glorificando el pasado del Reich y sus héroes, así como la superioridad de la raza aria. En este sentido, conviene recordar que fueron los partidos nacionalistas vascos y catalanes los que no quisieron que se restablecieran los Estatutos de autonomía  aprobados en la República (verdadera causa del “café para todos”) porque no transferían la educación a Cataluña y País Vasco, tal como sí hicieron los nuevos Estatutos: necesitaban tener la competencia de la educación si querían cambar la sociedad y convencer a los remisos a una aventura secesionista. Esta ha sido de hecho la estrategia (confesada en privado por Pujol): ir ganando poco a poco nuevos apoyos “a la causa”, ante la mirada complaciente de los gobiernos “de Madrid”, a través de una educación ideologizada que ensalzara un imaginado pasado glorioso de cada territorio, así como unos medios de comunicación y de promoción cultural subvencionados y controlados por el poder local de turno.
 
Hitler escribía en el Mein Kampf sobre la importancia de los enemigos. Para él, sedebían combinar varios enemigos en uno solo para que los ojos de las masas pudieran concentrar su visión en un solo objetivo: ”esto fortalece su fe en sus derechos y acentúa su enconamiento contra quienes los atacan” (citado en p. 99). Hitler intentó crear un único enemigo (la confabulación judeo-bolchevique) resultado de unir al comunismo y los judíos. Los nuevos nacionalistas han encontrado en “el gobierno de Madrid” ese enemigo responsable de todos los males. Y se tacha de ajeno, traidor o colaboracionista a todo lo que suene a español, o a España y su historia.
 
También es revelador a este respecto cómo se trataba a los judíos: con perjuicio psicológico, insultos y ostracismo, causando un estado de miedo permanente (p. 100). En la cuestión judía Hitler expuso su estrategia en 1937 ante líderes nazis: “Mi máxima preocupación siempre es evitar dar un paso del que más tarde pueda arrepentirme y no tomar ninguna medida que pueda perjudicarnos en ningún sentido. Deben comprender que siempre voy lo más lejos que puedo, pero no más. Es vital poseer un sexto sentido que te diga: ¿Qué puedo hacer todavía? ¿Qué no puedo hacer?” (p. 125). Es decir, el nazismo fue en su estrategia contra los judíos paso a paso, lo que hizo que muchos ingenuos pensaran que no se atreverían a traspasar determinadas barreras. Cuando lo hicieron ya era muy tarde para pararlos. Aquí, hemos asistido a una presión creciente sobre amplias capas de la población para que opten entre el exilio y el “acomodamiento”. No hemos tenido cámaras de gas, pero sí hemos tenido cartas bombas, bombas lapa, tiro en la nuca o en las piernas. Se puede decir que esa violencia y estrategia de terror no ha sido en nuestro caso institucional, no ha tenido origen en instancias oficiales. Pero también es verdad que desde esas instancias y desde el mundo nacionalista no ha habido suficiente reacción, y que se ha menospreciado y tratado de hacer invisibles a las víctimas. El conocido comentario de Arzallus sobre el árbol y las nueces es muy significativo.
 
El objetivo de aislar al disidente requiere sembrar la cizaña en la sociedad, entre vecinos e incluso dentro de la misma familia, con una estrategia de endurecer el corazón de sus correligionarios, trasladando poco a poco la idea de que “los que no son como nosotros son inferiores y por ello merecen lo que les pasa” (ver, p. 153). Es una estrategia de deshumanizar al no nacionalista, considerándolo no adversario, sino enemigo interno y traidor. El asalto creciente a sedes de Ciudadanos en Cataluña es muy significativo. Hitler usó esa estrategia frente a los judíos, y también sino sobre todo frente a los pueblos eslavos y rusos a los que se consideraba subhumanos, y a los que por tanto se podía destruir y matar sin compasión. Lo malo es que mucha gente tiende a creer lo que dice la propaganda porque es más cómodo que pensar por sí mismo y enfrentarse a la mayoría.
 
Por último, cuando se trata de atraer al mayor número posible de adeptos a la causa nacionalista es importante no dar muchos detalles sobre cómo será el supuesto nuevo mundo feliz. Decía a este respecto Joseph Goebbels el 5 de abril de 1940, en una reunión confidencial con la prensa alemana: “Si alguien os pregunta hoy en día cómo concebimos la nueva Europa, tenemos que decir que no lo sabemos. Está claro que tenemos una idea. Pero si la expresamos con palabras, eso creará enemigos al instante e incrementará la resistencia…. Hoy decimos “Lebensraum”. Cada cual puede imaginarse lo que quiera. Sabremos lo que queremos cuando llegue el momento” (p. 194). “Lebensraum”, o “el sueño catalán o vasco” donde todo será bello, no habrá ya paro ni corrupción, ni déficit o deuda, todos serán felices sin españolistas que molesten, pues se habrán convencido o marchado. Pero ¿cómo sucederá ese milagro? ¿Qué precio habrá que pagar? (pues en la vida todo tiene un precio). Eso se omite. Lo importante es sumar el mayor número de gente al proyecto, lo otro vendrá después, cuando ya no haya marcha atrás.
 
El nacismo no fue propiamente un partido político sino un “movimiento” con componentes irracionalistas y tintes pseudoreligiosos. Se ofrecía a millones de ciudadanos perdidos y deprimidos, en un momento de fuerte crisis económica, política y espiritual (¡como hoy!), un sentido a sus vidas: luchar por un ideal que superara el valor de uno mismo a través de ensalzar supertenencia a una comunidad “nacional” que se pretendía superior a las demás. Pero con esta concepción es inevitable caer en el fanatismo y en los excesos, con nefastas consecuencias. Los experimentos de manipular emociones sin evaluar las consecuencias suelen provocar funestos resultados…, cuando es ya demasiado tarde para repararlos.
 
 

La roca de Dover

Acaso no mucha gente conozca la Roca de Dover, el minúsculo territorio alrededor del castillo y el puerto de esta ciudad costera. En apenas unas hectáreas, los descendientes de católicos ingleses y de los soldados españoles que los apoyaron en las guerras contra los protestantes, han resistido las siempre un tanto desdeñosas invitaciones británicas y han recreado un curioso mestizaje identitario hispano-inglés.

Dover es un enclave estratégico en el Canal de la Mancha, un gobierno autónomo que aspira a convertirse en un micro-Estado y funciona como puerto franco, con un régimen fiscal muy ventajoso. Ha demostrado una capacidad inusitada para atraer tráficos e inversiones de todo tipo y, últimamente, empresas de apuestas on-line. El diminuto territorio cedido por la corona británica a los defensores españoles de los renegados católicos fue ampliado por vía de hecho durante la segunda guerra mundial, gracias a la participación entusiasta de los habitantes de Dover, que ocuparon la playa adyacente so capa de instalar algunas defensas antiaéreas. Años después, los siempre belicosos católicos del Canal llegaron a levantar sobre las dunas nada menos que la única  plaza de toros en el norte de Europa.

España teóricamente ampara los derechos de las ya hoy diez mil almas del olvidado rincón y permite a su gobierno local expedir pasaportes, pero en realidad no sabe qué hacer con una reliquia histórica, que ha sabido escapar a la dudosa condición de museo para turistas. Con sentido práctico. utiliza de forma intensiva el puerto como base militar, pero a cambio tiene que subsidiar a la población en épocas de carestía y dar la cara cuando los distintos negocios que emprenden los locales llaman demasiado la atención.

La visita a la villa de Dover no tiene desperdicio: guardias civiles con tricornio, tabernas andaluzas, una sucursal de El Corte Inglés y fotografías del rey de España en todas las casas. Arriba del castillo, ondean la bandera española y el pendón de los Estuardo, contestados por los ladridos de la última colonia de focas monjes a los pies del acantilado, un símbolo de la resistencia numantina de este paraje insólito.

Sin embargo, para escándalo de  bien pensantes ingleses, la gran mayoría de los doverianos procuran vivir en el vecino condado de Kent, donde no pagan impuestos. Eso sí, emplean la mano de obra local en los negocios de la roca. Un buen ejemplo es el alcalde-presidente, Manolo Evans, con casa de campo en Canterbury, aficionado a la caza de faisanes y socio de un pujante despacho de abogados.

Después de intentarlo de mil maneras, Londres ha dado con un firme aliado para retomar la soberanía de Dover o Duvres, en el español de siglos atrás, a la que considera una mera colonia, como le reconocen en repetidas ocasiones las Naciones Unidas. Inquieta por la reciente solicitud de un referéndum de independencia en las Hébridas, prepara con las poderosas casas de apuestas de la capital, muy irritadas por  la competencia de las empresas on-line, la construcción de una réplica de la villa, New Dover, justo en la frontera, con sus mismas ventajas fiscales, con el fin de hundir este floreciente emporio bilingüe.

 

Los enemigos (internos) de España

Ya en diciembre de 2012, escribía un post con el título “¿Quiénes son los enemigos de lo público?”, donde alertaba del peligro (ignorado) de los enemigos internos. Ahora, la lectura del libro de Tzvetan Todorov, Los enemigos íntimos de la democracia (ed. Galaxia Gutenberg/Círculo de Lectores, Barcelona, 2012), me ha reafirmado en la necesidad de depurar esta tesis. Todorov menciona como enemigos “íntimos” de la democracia al mesianismo, el ultraliberalismo y el populismo. Pero creo que se puede ir más allá y sostener que todos los sistemas acaban fracasando o entrando en fase deterioro, no tanto por la presión o ataque de los enemigos o competidores externos cuanto por los elementos internos a esas organizaciones o sociedades (incluso en cada persona o familia) pues suelen pillar desprevenidos, frente al enemigo externo al que se suele tener más controlado e identificado.

Por ejemplo, si miramos a la Iglesia católica el enemigo más preocupante para su propia supervivencia no sería tanto el ateísmo, el relativismo o la mayor pujanza de otras confesiones, sino que su mayor amenaza surgiría de los curas pederastas, la permisividad interna a este fenómeno o la corrupción a gran escala que se ha adueñado del IOS y el Vaticano. Si nos fijamos en la dialéctica derecha-izquierda o PP-PSOE, podemos observar igualmente que la mayor amenaza de estas ideologías-partidos no proviene de su posible alternativa, sino de la escandalosa presencia dentro de sus filas de dirigentes incompetentes, aprovechados o simplemente corruptos. Algo semejante ocurre en la economía, donde un aparente éxito del propio capitalismo, como se consideró hasta hace poco que eran el acceso fácil al crédito y la inmediatez del consumo, se ha convertido en causa directa de una de las mayores crisis económicas que se recuerdan. ¿Por qué?  Porque destruyeron valores culturales muy importantes del propio liberalismo como eran la disciplina de la gratificación diferida, la capacidad de ahorro o el trabajo duro (ver, N. Berggruen y N. Gardels, Gobernanza inteligente para el siglo XXI: una vía intermedia entre occidente y oriente, ed. Taurus, Madrid, 2012, pp. 70, 71). Siguiendo esta línea de pensamiento puede sostenerse que el mayor enemigo del capitalismo no es quien quiere someterlo a reglas sino quien lo quiere absolutamente salvaje (pues esto lo llevaría a su auto-destrucción).

Del mismo modo, cabe afirmar que el enemigo más peligroso de lo público en general y del Estado (social) en particular, no son tanto los que proponen reducir su tamaño (pues estos al menos enseñan sus cartas) cuanto quienes, incluso bajo la bandera de su defensa, caen en el gasto excesivo y la mala gestión de las políticas públicas encomendadas, dando así argumentos complementarios a los ‘minimalistas’”. En este sentido, a veces se olvida que algunos de los que más perjudican la imagen de lo público trabajan dentro de él, pudiendo diferenciarse entre servidor público y quien intenta servirse de lo público.

¿Y qué pasa con España? Pues lo mismo. Curiosamente nuestras mayores amenazas no provienen en la actualidad de los países con los que competimos económica o políticamente, o con los que mantenemos disputas territoriales, sino de los españoles que no creen en España. De hecho, cabe afirmar que cuando nuestros competidores se atreven a atacarnos (o a expropiar nuestras empresas) es porque previamente se aprovechan de un estado de debilidad interno, que ya es público y notorio. Y ¿quiénes son los que no creen en España? La primera respuesta obvia sería los partidos y grupos nacionalistas que abiertamente proponen la secesión y por tanto la ruptura del proyecto de vida en común, pero probablemente estos grupos no hubieran podido tener tanto éxito si no hubieran contado con la complicidad directa o indirecta de muchos otros españoles que no viven en Cataluña o el País Vasco, pero que poco a poco se han ido acomodando a una situación de deterioro y de mirar a otro lado, y estos ¡ay!, probablemente se encuentran tanto en los grandes partidos supuestamente nacionales, en el profesorado de supuestas universidades de prestigio sufragadas con fondos públicos, como (incluso) en los miembros y representantes de las principales instituciones del Estado. Hace poco hablaba con un profesor catalán que había tenido que abandonar su Universidad en Barcelona, por el creciente acoso personal y profesional que estaba sufriendo a partir de declarar que había votado a Ciudadanos. Me decía que para él, como catalán resistente, le resultaba tanto o más indignante, incomprensible y sorprendente que la figura del “charnego agradecido”, la del “madrileño complaciente”, entendiendo madrileño como aglutinador del resto de españoles. Añadía que, para él, si España un día desaparecía del elenco de naciones europeas no sería tanto por la habilidad de los nacionalistas en presentarse como víctimas ajenas a todos los males españoles (que también) como por la actitud banal, displicente o complaciente del resto de los españoles.

Pero volvamos a Todorov para introducir un elemento de esperanza. César Molinas en un libro reciente sobre Qué hacer con España sostiene que el mundo de la historia de las ideas ha llegado a su fin porque occidente se muestra incapaz de superar la oferta de la Revolución francesa ─libertad, igualdad y fraternidad─ y el resto del mundo se mira al ombligo. Sin embargo de la lectura del libro de Todorov cabe sacar dos nuevos componentes a esa tríada: la responsabilidad y la ética del límite. La necesidad de asumir la responsabilidad de todos los ciudadanos respecto a lo que pasa en su sociedad y la aceptación de la mesura frente al exceso (ver sobre este aspecto: Tzvetan Todorov/Louis Valsa, “El eterno retorno de la ‘Hybris’”, Claves de la Razón Práctica, nº 229, 2013, pp. 98-105). De hecho, si miramos a España su crisis multipolar derivaría principalmente de haber incumplido esos dos principios. Volviendo al nacionalismo, por ejemplo (pero podría extenderse sin dificultades al resto), sus presupuestos se fundamentan en dos axiomas: sus problemas son culpa de España y no la responsabilidad de los  propios gobiernos nacionalistas con más de 30 años de presencia ininterrumpida, y la autonomía o el auto-gobierno debe conceptuarse sin límites, optando por romper la baraja antes que por el compromiso (que tan bien representaba el pacto constituyente).

Por último, termino con una referencia a otro libro de Todorov (El miedo a los bárbaros: Más allá del choque de civilizaciones, ed. Galaxia Gutenberg/Círculo de Lectores, Barcelona, 2008), donde se diferencia entre sociedades y culturas marcadas por el miedo y las que lo son por el resentimiento. Creo que podemos afirmar que España es una sociedad marcada por el miedo y Cataluña está guiada (crecientemente) por el resentimiento. Ambas emociones nos llevan al fracaso por lo que conviene sentarnos al diván, superar nuestros complejos, y mirar juntos al futuro.

 

Recomendaciones de lectura para regeneracionistas de vacaciones (I). ¿Qué hacer con España? de César Molinas

 

Tiempo de verano, tiempo de lecturas. Y para no dejar de lado nuestras preocupaciones regeneracionistas, porque todos y cada uno de los problemas que tiene España estarán esperándonos a la vuelta de las vacaciones, pueden llevarse a la playa el libro de Cesar Molinas “Qué hacer con España” (del capitalismo castizo a la refundación de un país) : les garantizo que les ayudará a mantener viva la llama de la preocupación y de la indignación. Porque ya les adelanto que Cesar Molinas no tiene contemplaciones con las (pocas) ilusiones que todavía alguno pueda conservar sobre el funcionamiento real de las instituciones y la economía en España, especialmente si no es lector habitual de ¿hay derecho?. Lo que quiere contarnos Cesar Molinas, desde su perspectiva de profesional ilustrado, es como funciona este país, más allá de las apariencias, la retórica y las medias verdades. Y el resultado no es apto para todos los públicos, dado que el autor sabe de lo que habla y no tiene pelos en la lengua. Cesar Molinas tiene una amplia experiencia tanto en el sector público como en el privado, amplísimas lecturas y criterio, independencia y talento de sobra tanto a la hora tanto de hacer un diagnóstico (como el que se ha hecho famoso sobre el comportamiento de nuestra clase política, calificado de “élite extractiva” pura y dura) como a la hora de proponer soluciones.

 

Vaya por delante de que, a pesar de que me considero amiga personal y admiradora de Cesar Molinas no estoy de acuerdo con todo lo que escribe, aunque sí en líneas generales con el diagnóstico que realiza, por demoledor que resulte. Y también con gran parte de las posibles reformas.

 

El libro se estructura en tres partes, bien diferenciadas incluso en el estilo. La primera titulada ¿Hacia donde va el mundo? (subtitulada “una reflexión sobre la tríada liberté, égalité, fraternité”)  contiene ideas e intuiciones brillantes y es resumen de múltiples y bien asimiladas lecturas, aunque a mi juicio mezcla demasiadas cosas: historia, política,  sociología, economía cada una de las cuales requeriría un tratamiento mucho más extenso. En todo caso, facilita una perspectiva global muy interesante, particularmente en la parte económica, que nos permite situar en un contexto más amplio los problemas de España y sus posibles soluciones, de los que trata en la segunda y la tercera parte del libro.

 

La segunda parte se titula ¿De donde viene España? Contiene las ideas más novedosas y es, a mi juicio, la más conseguida. Aquí se encuentra el famoso capítulo sobre la clase política española, muy esclarecedor, pero también lo es el que dedica al capitalismo castizo, siguiendo la estela del libro de Mariano Guindal dedicado al mismo tema, “El declive de los dioses”, muy recomendable y que el autor cita. Aunque puestos a poner pequeñas pegas quizá yo, como madrileña, sería menos generosa con la periferia y menos crítica con “Madrid”. Efectivamente (como buen catalán Cesar Molinas) convierte la indudable singularidad geográfica de Madrid en la causa última de la aparición de esta peculiar modalidad del capitalismo cuya quintaesencia es el famoso “palco del Bernabéu”. Sinceramente, capitalismo castizo sin duda, pero ¿solo en Madrid? ¿solo en España? Basta echarle una ojeada a los boes regionales –empezando por el de Cataluña- para darse cuenta de que es un mal bastante extendido. Vamos, que hay muchas empresas españolas que prefieren competir por obtener favores en el BOE que competir en el mercado, y esto se aplica tanto a las de Madrid como a las de cualquier otra parte de España e incluso a las de otros países..

 

En esta parte se encuentra también el capítulo dedicado a la crisis española “una y trina”. Los lectores del blog ya están familiarizados con este concepto: tenemos la crisis perfecta, una crisis económica y financiera combinada con una crisis política e institucional y con la crisis moral y de valores. Si alguien dudaba de la profundidad de esta última, la comparecencia del sr. Rajoy el pasado 1 de agosto no deja lugar a dudas. En todo caso, aún para los familiarizados con estas ideas, el capítulo resulta duro de leer. Pero soy de los que piensan que si no somos capaces de ver las cosas como son, nunca seremos capaces de arreglarlas. En particular, al contrario de lo que pretende este Gobierno, no veo posible ninguna recuperación económica digna de tal nombre que no pase por una completa regeneración institucional, política y moral.

 

La tercera parte está dedicada a las propuestas de reforma y se titula, como el libro ¿Qué hacer con España? Molinas toca todos los “palos”, si bien de una forma un tanto esquemática y a veces las soluciones (como en el caso de la propuesta para acabar con la politización de la Administración de Justicia, una especie de lotería judicial) pueden ser discutibles. Pero esta parte del libro tiene el indudable mérito de poner negro sobre blanco la ingente tarea de regeneración que tenemos por delante. Aunque yo, como Cesar, pienso que lo fundamental sería acometer de una vez por todas lo que él llama “un plan Marshall” en educación, aún siendo conscientes de que es tarea para un par de generaciones.

 

En definitiva, un libro imprescindible para cualquier español sensato, preocupado, ilustrado, y con ganas de echar una mano en esto de regenerar España y detener la evidente deriva hacia la argentinización  (o algo peor) del país.  Visto que nadie más se va a (pre)ocupar, incluidos los intelectuales orgánicos (cuyo silencio ante lo que está ocurriendo es clamoroso por cierto), es el turno de las clases medias profesionales, liberales e ilustradas de las que Cesar es un brillante exponente. Asumo que todos los lectores del blog entran en estas categorías así que no dudo en recomendarlo. Y, además, se lee de un tirón.