Pero… ¿la Ley de Emprendedores no era para quitar obstáculos?
Es pronto para hacer ni siquiera un juicio somero de la ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores. Lo impiden sus casi cien páginas de artículos, casi todos de inmediata entrada en vigor, pero muchos de ellos de difícil comprensión, y algunos de imposible armonización con el resto del ordenamiento jurídico.
Pero en estos poquísimos días de vigencia he tenido varias experiencias relacionadas directamente con el emprendimiento que nos pueden dar una idea del “apoyo” que pueden esperar de ella nuestros empresarios.
La primera es de un amigo que con otros dos socios va a poner en marcha una pequeña editorial, para la cual piensan constituir una Sociedad Limitada. La normativa anterior a la ley ya permitía la constitución prácticamente en 24 horas y, si se hacía con los estatutos tipo del Ministerio de Justicia, con un coste total de notaría y registro de 100 euros y con exención de pago de las tasas del BORME. Para evitar el desembolso del capital inicial de 3000 euros, les aconsejé aportar a la sociedad los ordenadores, impresoras y programas de software que tienen previsto utilizar en su actividad. Por tanto, con el sistema anterior, cualquier persona podía crear una sociedad en un tiempo y coste mínimos.
El sistema, tenía sin embargo algunos fallos de mero procedimiento pero importantes. El primero, que las sociedades que no se acogieran a los estatutos tipo no estaban exentas de las tasas del BORME (80 euros). El segundo, la absurda obligación de presentación a liquidación de documentos exentos impedía en la práctica la presentación telemática de estas escrituras, salvo que se hiciera a través de la plataforma CIRCE, lo que a su vez exigía acudir previamente a otra oficina (los puntos de asesoramiento empresarial o PAIT). Para solucionar estas cuestiones hubieran bastado unas reformas muy sencillas: dar a los notarios la condición de PAIT y suprimir la necesidad de previa liquidación de documentos exentos y la anacrónica y entorpecedora tasa del BORME (lo que agilizaría y abarataría además todas las presentaciones telemáticas al registro Mercantil).
¿Es esto lo que hace la ley? El art. 13 hace referencia a los notarios como PAIT (ahora llamado PAE) pero como el CIRCE todavía no ha habilitado la posibilidad de acceso a los notarios estamos igual que antes. Y en todo lo demás, estamos, increíblemente, mucho peor. En un alarde de bolchevismo, se ha preferido destruir el sistema anterior antes de construir el nuevo (el derecho transitorio, ¿qué era?): la ley 14/2013 ha derogado el Real Decreto-ley 13/2010 que regulaba la constitución telemática de sociedades, al tiempo que la nueva norma se remite a un posterior desarrollo de los estatutos “standardizados”, que no sabemos si son los mismos estatutos tipo de la orden 386/2010 u otra cosa (y la DA 10 a ulteriores desarrollos en relación con la escritura). La lógica y la responsabilidad nos indica que notarios y registradores deberíamos seguir aplicando los aranceles y los estatutos del procedimiento derogado a las nuevas constituciones telemáticas, pero desde luego la ley no lo hace, con la inseguridad jurídica que eso va a suponer. Pero lo peor es que no solo no se ha eximido de tasas del BORME a todas las sociedades nuevas, sino que al derogar la norma anterior se ha suprimido la exención que existía, por lo que el coste de la constitución super abreviada casi se va a duplicar. Tampoco parece que el registrador, hasta que se produzca el desarrollo reglamentario, esté obligado a calificar en los brevísimos plazos que prevé la ley, ni en los de la anterior ley derogada. Es decir que la con la nueva ley el procedimiento es ahora más largo, más caro, y con más incertidumbre que hace pocos días.
El segundo caso es el de una persona con empleo a jornada completa pero con grandes dificultades para pagar su hipoteca, que para completar su sueldo (y tras hacer un curso a su costa) va a dedicar vacaciones y fines de semana a encuadernar protocolos notariales con otra compañera de oficina. Uno de los problemas fundamentales es que es para ello tienen que darse de alta como autónomo con un coste mensual de 255 euros (cada una). Esto supone una duplicidad de cotización pues ya su empleador –y ellas- pagan por su trabajo, pero sobre todo absorbe una parte importantísima de los beneficios que van a obtener de este pluriempleo. Pero para eso está –en teoría- la Ley de Emprendedores, cuyo art. 28 justamente trata de evitar la excesiva penalización (palabras de la EM) de personas en situación de pluriactividad: personas trabajadoras y honestas que están dispuestas a hacer dos trabajos y a pagar impuestos y seguridad social por las dos en vez de cobrar en negro. En realidad las ventajas de la ley son más bien modestas: en vez de una cotización cuasi-nominal, que sería lo lógico ya que cotizan a tiempo completo en su trabajo, se concede una bonificación del 50% sobre la cuota. Menos da una piedra, dirán. Pues sí, pero poco menos, porque esa bonificación dura 18 meses, y después hay otros 18 meses con una reducción de solo el 25%. Pero si leemos con más cuidado resulta que una piedra le da a la trabajadora lo mismo que la ley: nada. Porque la ley exige que la trabajadora causa alta “por primera vez” en el régimen especial de autónomos. Como se trata –como dije- de una persona trabajadora y cumplidora de la ley, estuvo dada de alta hace años como autónomo para otra actividad, así que tiene pagar la cuota entera – o trabajar en negro…- .
Pero volvamos a mis amigos los editores, que parece que con la colaboración de notario y registrador van a conseguir inscribir la dichosa sociedad, aunque con mayor coste de tiempo de dinero que antes. Uno de los socios está en paro y va a ser su administrador y tratará de obtener financiación (de los propios escritores y a través de crowdfunding). Aunque no va a cobrar nada, como administrador ha de darse de alta como autónomo y pagar la cuota dichosa. Pero para él tiene la ley el art. 29 sobre “reducciones a la seguridad social aplicables a los trabajadores por cuenta propia”, ya que tiene la “suerte” de ser mayor de 30 años, como exige este artículo. Es cierto que las reducciones menguan más que el increíble hombre menguante pues en un año pasará la reducción del 80% al 30%, para desaparecer a los 18 meses, pero menos da una piedra. ¿Menos? No, de nuevo la piedra da exactamente lo mismo que la ley, porque ésta solo reduce la cotización a quién no haya estado cotizando como autónomo en los cinco años anteriores. Y da la casualidad que este señor creó otra empresa de la que fue administrador y que tuvo que disolver por no poder pagar, entre otras cosas, su cuota de autónomo…
La esperanzadora Exposición de Motivos de la Ley habla de la necesidad de un “cambio de mentalidad” en la sociedad, y de que “el fracaso no cause un empobrecimiento y una frustración tales que inhiban al empresario de comenzar un nuevo proyecto, y pase a ser un medio para aprender y progresar”. Pero está claro que la que no cambia la mentalidad es la administración, que niega la bonificación a quien ha fracasado en un proyecto en los cinco años anteriores. Parece que ha de purgar ese fracaso durante ese tiempo (condenado a trabajar en la economía sumergida, se supone) hasta poder hacerse acreedor de nuevo de la bonificación. No parece la manera de favorecer el emprendimiento ni de reducir el fraude, ni, por tanto, de aumentar la recaudación.
La prioridad de la administración evidentemente no es el apoyo al emprendedor sino mantener la asfixiante presión fiscal y administrativa sobre los contribuyentes. Basta ver el esquelético contenido del capítulo sobre “Simplificación de cargas administrativas”. Ocupa solo 2 paginas de las 96 de la Ley, y de sus seis artículos, solo hay tres que se dedican a simplificar -mínimamente- algunas de las infinitas obligaciones (riesgos laborales, libro de visitas de la autoridad laboral y estadística: lean lo de la estadística, da risa ). El primero (art. 36) es una simple declaración de intenciones, el último (art. 41) regula un incomprensible sistema de otorgamiento de poderes del que lo único bueno que se puede decir es que es inaplicable (ya comentado en este blog). Pero nada como el art. 37: bajo el título “simplificación de caras administrativas”, dice “que las administraciones que establezcan nuevas cargas administrativas eliminarán al menos una de coste equivalente”. Es decir, que para la administración simplificar cargas administrativas no es reducirlas sino no aumentarlas. Lo malo es la falta de respeto a la verdad y al lenguaje, lo peor que es otra norma programática que no se va a cumplir, y cuyo cumplimiento es imposible de exigir.
Aunque desde luego la ley merece un análisis más detallado, la primera depresión, perdón, impresión, es que el poder sigue estando lejos de las verdaderas necesidades de los emprendedores y que la ley se queda, como mucho, a medio camino. Es imposible favorecer el emprendimiento y reducir el fraude si no hay una verdadera decisión de reducir las cargas administrativas (tasas del BORME, autoliquidaciones inútiles) y el exorbitante coste de seguridad social de los autónomos. Esperemos que las reformas sigan.
Licenciado en Derecho en 1989 (ICADE- E1). Notario en la oposición de 1991. Doctor en Derecho. Patrono de la Fundación Hay Derecho. Autor de artículos en El País, ABC, Nueva Revista, y de diversas publicaciones de Derecho Mercantil y otras materias.
Repito lo que ya comenté en un post anterior: los legisladores están trasladando el lenguaje “político”, propagandístico, medias mentiras y medias verdades, al mismo texto de las leyes, que se esfuerzan por dar una apariencia de algo que no es verdad. Cuando parece que conceden algo, luego lo reducen en el 90% de los casos, pero además muchas veces esa reducción, ese corte, no es en el mismo artículo, sino en una disposición adicional que está 30 páginas después, a ver si cuando al día siguiente de publicarse en el BOE comenten las leyes los periodistas no se dan cuenta de eso y se quedan con la primera parte de la ley, y actúan esos artículos de propaganda. Y cuando se analiza a fondo y se ven los límites…bueno, ya entonces la ley no es noticia. Objetivo conseguido.
Por eso tiene sentido este blog. Para encontrar análisis independientes y medianamente profundos que permitan crear opinión.
Segismundo, me hago varias preguntas , una detrás de otra. La primera es ¿por qué? ¿Por qué se promete algo como facilitar la creación de empresas y luego no se cumple? Quedará muy bien en una rueda de prensa decir que han cumplido con uno de sus puntos del programa electoral (que a este paso sería el único que cumplen), pero es falso. Sin matices. No se facilita, en el mejor de los casos no se pone peor la cosa.
La siguiente es que cualquier cosa que se paga a la Administración es o bien para garantizar un derecho o para compensar el pago de un servicio ¿Alguien me puede explicar qué derechos se preservan o qué servicios se reciben a cambio de 100 euros? No estoy diciendo que no se reciba o proteja nada, simplemente que no queda claro.
Y por fin, para alguien que se enfrenta a todos esos trámites ¿dónde está el punto de inflexión donde el coste en tiempo y en dinero compensa? Vamos a ser pragmáticos, todo el mundo tiene que respetar la ley, pero a menos que vaya a ganar más dinero de lo que cuestan todos esos papeles, creo que es difícil convencer a alguien para que no trabaje en negro. A nadie le va a atraer emprender nada para que sus ganancias se vayan en pagar impuestos.
Alfonos,
La respuesta a la primera pregunta la das tú mismo y está en el comentario anterior al tuyo de Fernando Gomá.
En cuanto a la segunda no estoy seguro si te refieres a los 100 euros que se paga (se pagaba, porque ahora se paga más) por la escritura de constitución de sociedad y la inscripción de la misma. Ahí no se paga a la administración sino al notario y al registrador. El notario en este caso realiza un trabajo de preparación de la escritura, explicación de la misma y de los trámites posteriores, remisión de copias a diversos registros para su inscripción, emisión de copias, etc… cuyo coste es muy superior a los 60 euros que cobra. Y en este caso entiendo que hasta la simple inscripción por 40 euros no puede considerarse cara. No puedo aquí explicar todo lo que supone la constitución e inscripción de una sociedad mercantil, pero evidentemente si supone un gran valor añadido para los interesados y para la sociedad en su conjunto. Es decir que en este caso el coste beneficio sí que está justificado.
Todo lo contrario ocurre en relación a las cotizaciones sociales en situación de pluriactividad, injustificables desde el punto de vista lógico y económico, que no suponen más que un gravamen adicional que impide el trabajo y fomenta el fraude.
Perded toda esperanza: Los periodistas no se leen más que el paper para la prensa, es decir el comunicado aseadito preparado por el jefe de prensa de turno.
La realidad es que el poder ha determinado quién es el culpable de la crisis y cual es la solución y actúa en consecuencia:
Culpable: Falta de regulación.
Solución: Más regulación.
Poco importa que la realidad indique lo contrario, que la regulación sea asfixiante, extraña, inaplicable en sus propios términos, esto es, a la medida del poder que determinará cuándo, cómo, dónde y por qué se aplica o no. Se da nueva vuelta de tuerca a la regulación y salimos a la prensa con un lenguaje diferente.
Y el poder está consiguiendo triunfar. Su éxito no es la salidad de la recesión o de la crisis, sino apuntalar un estado de cosas que le permite perpetuarse. Y lo va a conseguir, por falta de espíritu crítico y la comodidad de la sociedad. En el fondo, las protestas son mínimas y limitadas a los sectores organizados que quieren mantener sus privilegios o minimizar los daños del ajuste para que sean otros quienes carguen con el mismo. Para eso es imprescindible mantener una propaganda nazi-bolchevique, propia de Un Mundo Feliz. Fácil en un entorno en que la prensa está en quiebra técnica y depende del poder para su subsistencia.
Algo tan sencillo, pero tan sencillo, como suprimir la necesidad de liquidar fiscalmente algo exento como es la constitución, que hubiera mejorado enormemente la tramitación, no se hace, quizá por no molestar a las CCAA, cuando carece de eficacia práctica presentar papelitos en un proceso del cual el resto es todo documento electrónico.
Pero ya se dice en el arttículo que de eso nada, y además reponemos gastos que se habían quitado en normas anteriores.
Totalmente de acuerdo, con una pequeña matización: como en La Galia de los tiempos de Astérix, no todo el Real Decreto- ley 13/2010 ha sido derogado. Subsisten, conforme a la disposición derogatoria de la Ley 14/2013, además del resto de su articulado (en particular, el art. 6 (reducción de cargas administrativas en actos societarios) los enunciados y letras g) del apartado Uno y c) del apartado Dos. Lo que ocurre es que se ha vaciado de contenido el proceso o reglas de constitución telemática, pr lo que habrá de estarse a lo que establecen los nueos artículos 15 y 16 de la Ley. peor, a mi juicio, el sitema de CIRCE sigue plenamente vigente y le resultan de aplicación (a pesar del crietrio contrario del CNM, del que discrepo abiertamente) las aún vigentes bonificaciones arancelarias. Además con ese sistema se obvian los problemas de presentación a liquidación y BORME, por lo que sigue resultando francamente atractivo.
En cuanto a lo de la prensa, es peor aún leer el articulo publicado por un tal Javier Gómez, al parecer, abogado del área de “corporate” de Pérez-Llorca (por qué no dirán sociedades o mercantil) en CINCO DÍAS, bajo el título “sociedaes en menos de 24 horas, ¿realidad o ficción?. Resulta enternecedor ese apoyo tan explícito al legislador y esa celebración de la norma y la ¿novedad?
Perdón por las erratas, pero hoy ando un poco torpe y era la tercera vez que escribía el comentario: evidentemente, donde dice peor debe decir Pero y las uves se las come el teclado. Gracias
Javier, gracias por las precisiones, estoy de acuerdo, debía haber precisado que la derogación es de ese procedimiento solo.
Creo que el sistema de CIRCE se puede seguir utilizando (lo estoy haciendo y sigo recomendando a pesar de la pesadez de ir al PAIT). Soluciona los problemas de liquidación y BORME, pero parece que ahora incluso las sociedades con estatutos tipo pagarán el BORME.
En cuanto a los aranceles, también creo que son aplicables aunque haya desaparecido el procedimiento al que se referían. La única manera de interpretar la no derogación es que la voluntad del legislador es que se sigan aplicando al procedimiento nuevo.
Segis a ver si tu me lo aclaras, por sí mañana, cosa improbable, viene alguien a mi despacho a constituir una sociedad. Entiendo que o se hace atraves del CIRCE o se hace la de toda la vida presentándola o no telematicamente pero no ya la express derogada.
Estando de acuerdo con lo dicho sobre los periodistas tampoco se les puede pedir un análisis sobre la ley pues no la entiende ninguno de los compañeros con los que la he comentado… Y la duda que te he expuesto es absolutamente generalizada
Por otra parte no creo yo que el problema del “emprendimiento” en España fuera el procedimiento de constitución de las mercantiles y si lo era el problema más absurdo que tenían y siguen teniendo los empresarios es la necesidad de liquidar un negocio exento
Yo creo que lo que tú dices es seguro, pero a lo mejor se puede ir un poco más allá: al no estar derogados los estatutos tipo ni los aranceles, yo creo que se pueden seguir constituyendo las sociedades con estos y aplicarles el arancel super reducido. Parece que los registradores las van a admitir (eso he hablado yo con algunos de Madrid) aunque sin aplicar los plazos abreviados de calificación.
Desde luego lo que piden los empresarios no es una constitución aún más rápida y económica. Lo que necesitan son menos cargas administrativas (licencias que tardan meses, etc..), y procedimientos sencillos de liquidación cuando las empresas no salen adelante y tienen deudas.
Toda constitución de sociedades a pasado a estar sujeta a la previa liquidación del ITPyAJD, y al pago de tasas de BORME (el BOE está cobrando los honorarios).
En los honorarios registrales y notariales han pasado a estar a merced de lo que interprete el fedatario correspondiente, pues no hay norma que le obligue a no aplicar la tabla arancelaria. Parece ser que por lo general intentan moderarse y seguir aplicando los 100 y 250 euros, más que nada para no levantar ampollas.
Hoy se pueden ver por la calle a muchos de dichos fedatarios paseando “conelculoalaire”, que es como los han dejado. A ellos y a otros cuantos.
Hombre FBR, “conelculoalaire” quizá es poco decoroso, pero su entrada me recuerda el chiste que se hace sobre nosotros a cuenta de la crisis:
Sale un notario de su despacho ya de noche y, al doblar la esquina de una oscura calle camino a casa, un hombre con un pasamontañas le asalta y le dice: dame todo lo que lleves de valor!. El notario, apesadumbrado, le contesta: apiádate de mi hombre, que soy notario y las cosas estan muy mal! En ese momento el hombre se descubre la cara y cambiando drásticamente de actitud, le dice: Y tú, ¿de que promoción eres?
Repito lo que ya comenté en un post anterior: los legisladores están trasladando el lenguaje “político”, propagandístico, medias mentiras y medias verdades, al mismo texto de las leyes, que se esfuerzan por dar una apariencia de algo que no es verdad. Cuando parece que conceden algo, luego lo reducen en el 90% de los casos, pero además muchas veces esa reducción, ese corte, no es en el mismo artículo, sino en una disposición adicional que está 30 páginas después, a ver si cuando al día siguiente de publicarse en el BOE comenten las leyes los periodistas no se dan cuenta de eso y se quedan con la primera parte de la ley, y actúan esos artículos de propaganda. Y cuando se analiza a fondo y se ven los límites…bueno, ya entonces la ley no es noticia. Objetivo conseguido.
Segismundo, me hago varias preguntas , una detrás de otra. La primera es ¿por qué? ¿Por qué se promete algo como facilitar la creación de empresas y luego no se cumple? Quedará muy bien en una rueda de prensa decir que han cumplido con uno de sus puntos del programa electoral (que a este paso sería el único que cumplen), pero es falso. Sin matices. No se facilita, en el mejor de los casos no se pone peor la cosa.
La siguiente es que cualquier cosa que se paga a la Administración es o bien para garantizar un derecho o para compensar el pago de un servicio ¿Alguien me puede explicar qué derechos se preservan o qué servicios se reciben a cambio de 100 euros? No estoy diciendo que no se reciba o proteja nada, simplemente que no queda claro.
Y por fin, para alguien que se enfrenta a todos esos trámites ¿dónde está el punto de inflexión donde el coste en tiempo y en dinero compensa? Vamos a ser pragmáticos, todo el mundo tiene que respetar la ley, pero a menos que vaya a ganar más dinero de lo que cuestan todos esos papeles, creo que es difícil convencer a alguien para que no trabaje en negro. A nadie le va a atraer emprender nada para que sus ganancias se vayan en pagar impuestos.
Perded toda esperanza: Los periodistas no se leen más que el paper para la prensa, es decir el comunicado aseadito preparado por el jefe de prensa de turno.
La realidad es que el poder ha determinado quién es el culpable de la crisis y cual es la solución y actúa en consecuencia:
Culpable: Falta de regulación.
Solución: Más regulación.
Poco importa que la realidad indique lo contrario, que la regulación sea asfixiante, extraña, inaplicable en sus propios términos, esto es, a la medida del poder que determinará cuándo, cómo, dónde y por qué se aplica o no. Se da nueva vuelta de tuerca a la regulación y salimos a la prensa con un lenguaje diferente.
Y el poder está consiguiendo triunfar. Su éxito no es la salidad de la recesión o de la crisis, sino apuntalar un estado de cosas que le permite perpetuarse. Y lo va a conseguir, por falta de espíritu crítico y la comodidad de la sociedad. En el fondo, las protestas son mínimas y limitadas a los sectores organizados que quieren mantener sus privilegios o minimizar los daños del ajuste para que sean otros quienes carguen con el mismo. Para eso es imprescindible mantener una propaganda nazi-bolchevique, propia de Un Mundo Feliz. Fácil en un entorno en que la prensa está en quiebra técnica y depende del poder para su subsistencia.
Por eso tiene sentido este blog. Para encontrar análisis independientes y medianamente profundos que permitan crear opinión.
Alfonos,
La respuesta a la primera pregunta la das tú mismo y está en el comentario anterior al tuyo de Fernando Gomá.
En cuanto a la segunda no estoy seguro si te refieres a los 100 euros que se paga (se pagaba, porque ahora se paga más) por la escritura de constitución de sociedad y la inscripción de la misma. Ahí no se paga a la administración sino al notario y al registrador. El notario en este caso realiza un trabajo de preparación de la escritura, explicación de la misma y de los trámites posteriores, remisión de copias a diversos registros para su inscripción, emisión de copias, etc… cuyo coste es muy superior a los 60 euros que cobra. Y en este caso entiendo que hasta la simple inscripción por 40 euros no puede considerarse cara. No puedo aquí explicar todo lo que supone la constitución e inscripción de una sociedad mercantil, pero evidentemente si supone un gran valor añadido para los interesados y para la sociedad en su conjunto. Es decir que en este caso el coste beneficio sí que está justificado.
Todo lo contrario ocurre en relación a las cotizaciones sociales en situación de pluriactividad, injustificables desde el punto de vista lógico y económico, que no suponen más que un gravamen adicional que impide el trabajo y fomenta el fraude.
Algo tan sencillo, pero tan sencillo, como suprimir la necesidad de liquidar fiscalmente algo exento como es la constitución, que hubiera mejorado enormemente la tramitación, no se hace, quizá por no molestar a las CCAA, cuando carece de eficacia práctica presentar papelitos en un proceso del cual el resto es todo documento electrónico.
Pero ya se dice en el arttículo que de eso nada, y además reponemos gastos que se habían quitado en normas anteriores.
Totalmente de acuerdo, con una pequeña matización: como en La Galia de los tiempos de Astérix, no todo el Real Decreto- ley 13/2010 ha sido derogado. Subsisten, conforme a la disposición derogatoria de la Ley 14/2013, además del resto de su articulado (en particular, el art. 6 (reducción de cargas administrativas en actos societarios) los enunciados y letras g) del apartado Uno y c) del apartado Dos. Lo que ocurre es que se ha vaciado de contenido el proceso o reglas de constitución telemática, pr lo que habrá de estarse a lo que establecen los nueos artículos 15 y 16 de la Ley. peor, a mi juicio, el sitema de CIRCE sigue plenamente vigente y le resultan de aplicación (a pesar del crietrio contrario del CNM, del que discrepo abiertamente) las aún vigentes bonificaciones arancelarias. Además con ese sistema se obvian los problemas de presentación a liquidación y BORME, por lo que sigue resultando francamente atractivo.
En cuanto a lo de la prensa, es peor aún leer el articulo publicado por un tal Javier Gómez, al parecer, abogado del área de “corporate” de Pérez-Llorca (por qué no dirán sociedades o mercantil) en CINCO DÍAS, bajo el título “sociedaes en menos de 24 horas, ¿realidad o ficción?. Resulta enternecedor ese apoyo tan explícito al legislador y esa celebración de la norma y la ¿novedad?
Perdón por las erratas, pero hoy ando un poco torpe y era la tercera vez que escribía el comentario: evidentemente, donde dice peor debe decir Pero y las uves se las come el teclado. Gracias
Javier, gracias por las precisiones, estoy de acuerdo, debía haber precisado que la derogación es de ese procedimiento solo.
Creo que el sistema de CIRCE se puede seguir utilizando (lo estoy haciendo y sigo recomendando a pesar de la pesadez de ir al PAIT). Soluciona los problemas de liquidación y BORME, pero parece que ahora incluso las sociedades con estatutos tipo pagarán el BORME.
En cuanto a los aranceles, también creo que son aplicables aunque haya desaparecido el procedimiento al que se referían. La única manera de interpretar la no derogación es que la voluntad del legislador es que se sigan aplicando al procedimiento nuevo.
Segis a ver si tu me lo aclaras, por sí mañana, cosa improbable, viene alguien a mi despacho a constituir una sociedad. Entiendo que o se hace atraves del CIRCE o se hace la de toda la vida presentándola o no telematicamente pero no ya la express derogada.
Estando de acuerdo con lo dicho sobre los periodistas tampoco se les puede pedir un análisis sobre la ley pues no la entiende ninguno de los compañeros con los que la he comentado… Y la duda que te he expuesto es absolutamente generalizada
Por otra parte no creo yo que el problema del “emprendimiento” en España fuera el procedimiento de constitución de las mercantiles y si lo era el problema más absurdo que tenían y siguen teniendo los empresarios es la necesidad de liquidar un negocio exento
Toda constitución de sociedades a pasado a estar sujeta a la previa liquidación del ITPyAJD, y al pago de tasas de BORME (el BOE está cobrando los honorarios).
En los honorarios registrales y notariales han pasado a estar a merced de lo que interprete el fedatario correspondiente, pues no hay norma que le obligue a no aplicar la tabla arancelaria. Parece ser que por lo general intentan moderarse y seguir aplicando los 100 y 250 euros, más que nada para no levantar ampollas.
Hoy se pueden ver por la calle a muchos de dichos fedatarios paseando “conelculoalaire”, que es como los han dejado. A ellos y a otros cuantos.
Yo creo que lo que tú dices es seguro, pero a lo mejor se puede ir un poco más allá: al no estar derogados los estatutos tipo ni los aranceles, yo creo que se pueden seguir constituyendo las sociedades con estos y aplicarles el arancel super reducido. Parece que los registradores las van a admitir (eso he hablado yo con algunos de Madrid) aunque sin aplicar los plazos abreviados de calificación.
Desde luego lo que piden los empresarios no es una constitución aún más rápida y económica. Lo que necesitan son menos cargas administrativas (licencias que tardan meses, etc..), y procedimientos sencillos de liquidación cuando las empresas no salen adelante y tienen deudas.
Hombre FBR, “conelculoalaire” quizá es poco decoroso, pero su entrada me recuerda el chiste que se hace sobre nosotros a cuenta de la crisis:
Sale un notario de su despacho ya de noche y, al doblar la esquina de una oscura calle camino a casa, un hombre con un pasamontañas le asalta y le dice: dame todo lo que lleves de valor!. El notario, apesadumbrado, le contesta: apiádate de mi hombre, que soy notario y las cosas estan muy mal! En ese momento el hombre se descubre la cara y cambiando drásticamente de actitud, le dice: Y tú, ¿de que promoción eres?
Las reformas del ejecutivo (actual y extensible al anterior) han tenido como misión drenar fondos públicos en beneficio priviado para ayudar a bancos y grandes empresas a adelgazar sus balances: Rescates bancarios, Sareb, Plan E, reforma laboral, ley de emprendedores… En fin, os dejo un elace donde doy más detalles.
Las reformas del ejecutivo (del actual y del anterior) han ido encaminadas a aliviar las deudas del hiperendeudado sector privado a costa de endeudar el sector público. En este marco hay que encuadrar la Ley de emprendedores
Las ayudas a la banca han trasvasado una ingente cantidad de recursos públicos para saldar o avalar deudas privadas. Con esto no se ha conseguido que vuelva el crédito a pymes y hogares, pero los bancos han conseguido equilibrar sus balances o impedir que se deteriorasen más como consecuencia de la quiebra de numerosas entidades que, una vez saneadas con la inestimable generosidad del contribuyente, han comprado por un euro. Gracias a ello nuestro sistema financiero goza de buena salud.
La creación de la SAREB ha sido una buena solución para poner a resguardo de nuevas pérdidas a la banca y el sector inmobiliario, garantizando bajadas de precios suaves, lentas y ordenadas. También ha sido un éxito la venta ordenada y dirigida de las acciones de grandes empresas en manos de la banca nacionalizada, permitiendo que no se produjeran alteraciones en las cotas de poder en el accionariado de esas empresas.
La reforma laboral y la ley de emprendedores no son éxitos menores. La primera permitirá a las grandes empresas soltar lastre de forma mucho más cómoda y barata que antes si el panorama pinta mal; y la segunda es un cajón lleno de nuevas formas jurídicas y posibilidades con las que poder conseguir, con un poco de imaginación y asesoramiento en materia de ingeniería fiscal, poner a salvo su dinero de la voracidad recaudatoria del Estado.
Es quizá en la reforma del estado del bienestar donde, aunque haya habido logros importantes, los resultados han sido más pobres. Cierto que la banca ha encontrado nuevas oportunidades de negocio en los créditos a estudiantes, en la venta de planes de pensiones y en la de seguros de salud; negocios de los que también han beneficiado las aseguradoras y fondos de inversión, que no solamente han conseguido ampliar el mercado (seguros de salud a inmigrantes o a quienes recelen del un sistema de salud en entredicho), sino que han entrado a gestionar hospitales sin tener que invertir un euro en construirlos. Pero, aun así, el Estado todavía gestiona una porción demasiado grande del ahorro ciudadano que no revierte todos los beneficios que podría revertir en manos de la banca, las aseguradoras o las grandes empresas.
http://unalatadegalletas.blogspot.com.es/2013/07/luis-barcenas-y-las-cincuenta-sombras.html
Aunque estoy de acuerdo en muchas cosas, en particular el trasvase del ahorro a los Bancos y en el error (?) de crear la SAREB – impuesta por Europa, por cierto – no creo que la Ley de Emprendedores forme parte de ese esquema o programa.
Sin perjuicio de que algunas de las muchas normas que contiene persigan esos mismos fines, en general es una ley en la línea que dice el post de Fernando Gomá: que parezca que hacemos algo, aunque importa poco si de verdad lo estamos haciendo.
Las reformas del ejecutivo (actual y extensible al anterior) han tenido como misión drenar fondos públicos en beneficio priviado para ayudar a bancos y grandes empresas a adelgazar sus balances: Rescates bancarios, Sareb, Plan E, reforma laboral, ley de emprendedores… En fin, os dejo un elace donde doy más detalles.
Las reformas del ejecutivo (del actual y del anterior) han ido encaminadas a aliviar las deudas del hiperendeudado sector privado a costa de endeudar el sector público. En este marco hay que encuadrar la Ley de emprendedores
Las ayudas a la banca han trasvasado una ingente cantidad de recursos públicos para saldar o avalar deudas privadas. Con esto no se ha conseguido que vuelva el crédito a pymes y hogares, pero los bancos han conseguido equilibrar sus balances o impedir que se deteriorasen más como consecuencia de la quiebra de numerosas entidades que, una vez saneadas con la inestimable generosidad del contribuyente, han comprado por un euro. Gracias a ello nuestro sistema financiero goza de buena salud.
La creación de la SAREB ha sido una buena solución para poner a resguardo de nuevas pérdidas a la banca y el sector inmobiliario, garantizando bajadas de precios suaves, lentas y ordenadas. También ha sido un éxito la venta ordenada y dirigida de las acciones de grandes empresas en manos de la banca nacionalizada, permitiendo que no se produjeran alteraciones en las cotas de poder en el accionariado de esas empresas.
La reforma laboral y la ley de emprendedores no son éxitos menores. La primera permitirá a las grandes empresas soltar lastre de forma mucho más cómoda y barata que antes si el panorama pinta mal; y la segunda es un cajón lleno de nuevas formas jurídicas y posibilidades con las que poder conseguir, con un poco de imaginación y asesoramiento en materia de ingeniería fiscal, poner a salvo su dinero de la voracidad recaudatoria del Estado.
Es quizá en la reforma del estado del bienestar donde, aunque haya habido logros importantes, los resultados han sido más pobres. Cierto que la banca ha encontrado nuevas oportunidades de negocio en los créditos a estudiantes, en la venta de planes de pensiones y en la de seguros de salud; negocios de los que también han beneficiado las aseguradoras y fondos de inversión, que no solamente han conseguido ampliar el mercado (seguros de salud a inmigrantes o a quienes recelen del un sistema de salud en entredicho), sino que han entrado a gestionar hospitales sin tener que invertir un euro en construirlos. Pero, aun así, el Estado todavía gestiona una porción demasiado grande del ahorro ciudadano que no revierte todos los beneficios que podría revertir en manos de la banca, las aseguradoras o las grandes empresas.
http://unalatadegalletas.blogspot.com.es/2013/07/luis-barcenas-y-las-cincuenta-sombras.html
Desgraciadamente los Registradores Mercantiles ya están interpretando que no hay exención de BORME nunca, que no rigen los plazos reducidos y que los aranceles tampoco se aplican hasta que se desarrolle la ley, lo que ocurrirá …tampoco estoy muy seguro que vayan a admitir el actual procedimiento de CIRCE…
Los registradores mercantiles no pueden decidir si hay o no exención de Borme. No es su competencia. Esto es un ejemplo de lo de “elculoalaire”, pues registradores y notarios son los que en definitiva dan la cara ante el usuario, y los que se llevan las críticas. A veces muy merecidas, eso sí.
Tampoco son quienes para decidir el arancel a aplicar, ni, por supuesto, aceptar o no el procedimiento del CIRCE.
Tendrán que decidir, eso sí, si los términos “sin capital mínimo” de la exposición de motivos o la de capital inferior a 3.000 euros del artículo, significa que puede haber sociedades sin capital, o tienen que tener capital por mínimo que sea. Entre otras muchas cosas.
“Vendedores de humo” es lo que tenemos en los escaños de las Cortes Generales. Alejados de la realidad social y cobrando de nuestros impuetos. Prometo no volver a votar al PP:PSOE_:IU en toda mi vida. Que les den.
Estoy algo mas que indignado…. A la guillotina con ellos (en sentido figurado).
Vengo propugnando aquí que es necesario que se deje de legislar, ya que no hay personas suficientemente preparadas para hacerlo, se hace a golpe de cabildeo y, como decís, con fines eminentemente propagandísticos como si el BOE fuera un periódico publicitario, pero generando siempre inseguridad jurídica. Esta ley es un caso más.
Aunque estoy de acuerdo en muchas cosas, en particular el trasvase del ahorro a los Bancos y en el error (?) de crear la SAREB – impuesta por Europa, por cierto – no creo que la Ley de Emprendedores forme parte de ese esquema o programa.
Sin perjuicio de que algunas de las muchas normas que contiene persigan esos mismos fines, en general es una ley en la línea que dice el post de Fernando Gomá: que parezca que hacemos algo, aunque importa poco si de verdad lo estamos haciendo.
Desgraciadamente los Registradores Mercantiles ya están interpretando que no hay exención de BORME nunca, que no rigen los plazos reducidos y que los aranceles tampoco se aplican hasta que se desarrolle la ley, lo que ocurrirá …tampoco estoy muy seguro que vayan a admitir el actual procedimiento de CIRCE…
Los registradores mercantiles no pueden decidir si hay o no exención de Borme. No es su competencia. Esto es un ejemplo de lo de “elculoalaire”, pues registradores y notarios son los que en definitiva dan la cara ante el usuario, y los que se llevan las críticas. A veces muy merecidas, eso sí.
Tampoco son quienes para decidir el arancel a aplicar, ni, por supuesto, aceptar o no el procedimiento del CIRCE.
Tendrán que decidir, eso sí, si los términos “sin capital mínimo” de la exposición de motivos o la de capital inferior a 3.000 euros del artículo, significa que puede haber sociedades sin capital, o tienen que tener capital por mínimo que sea. Entre otras muchas cosas.
“Vendedores de humo” es lo que tenemos en los escaños de las Cortes Generales. Alejados de la realidad social y cobrando de nuestros impuetos. Prometo no volver a votar al PP:PSOE_:IU en toda mi vida. Que les den.
Estoy algo mas que indignado…. A la guillotina con ellos (en sentido figurado).
Vengo propugnando aquí que es necesario que se deje de legislar, ya que no hay personas suficientemente preparadas para hacerlo, se hace a golpe de cabildeo y, como decís, con fines eminentemente propagandísticos como si el BOE fuera un periódico publicitario, pero generando siempre inseguridad jurídica. Esta ley es un caso más.
Casas, no es verdad que “no haya gente preparada para legislar”; el problema, básicamente, dicho de forma rápida y para que se entienda es que el sistema que hemos creado es una GRAN MIERDA que se come a sí misma una y otra vez. Nos creemos que podemos manejar una sociedad (un tren) con las herramientas de hace casi 40 años. Y no, no es así. A eso añádele que muchos de los juristas teóricos españoles -y también no teóricos- son de SEGUNDA DIVISIÓN (y con algunos me quedo corto), muchos de los cuales se dedican a escribir libros de cocina sin haber hecho un huevo frito en su vida -incluso teniendo ya una cierta edad-.
Por otro lado, para tener un sistema eficiente, efectivo y sostenible lo que no puedes hacer es seguir usando herramientas que funcionan con mecanismos similares a los de las empresas, porque entonces todo se acaba convirtiendo en mera ingeniería social, maquillada, chapucera y labrada en intereses privados que sin que nos demos cuenta van poco a poco carcomiendo los cimientos de lo que sea eso que llaman Estado (por cierto, vengo viendo en muchos legos escribir Estado con minúscula, lo cual tiene un pase por ser legos: Verlo en blogs de juristas es sencillamente lamentable).
Porque todos queremos que España funcione, pero por alguna razón, cuando hablamos de Estado lo hacemos con la boca pequeña, como si fuera una especie de coco que viene a expoliarnos. Sin embargo, como digo, cuando hablamos de España queremos que todo funcione. Lo primero que tenemos que hacer es aclararnos y entender lo que significa Estado, que ya adelanto que no tiene nada que ver con la selección nacional de fútbol, y luego, si acaso, ya podremos hablar de lo que sea España.
Un Estado es como una máquina, con sus bisagras, sus poleas y demás. Y cuando tienes unos ingenieros de esa máquina que están ahí por mecanismos pseudomafiosos, de dudosa efectividad práctica y que tienen que ver más con cómo se escogen los capos en Italia que con otra cosa, al final obtienes lo que obtienes, así que no sé de qué nos sorprendemos tanto.
Las leyes en España hace tiempo que están hechas como las rotondas, de cara a la galería y poco más, por personajes que se ponen una corbata y un traje y se creen que tienen algo de carisma cuando a ojos de otros hacen todo los días el ridículo más esperpéntico. Pero vamos, que yo veo todos los días gente muy preparada para lo que podría ser esa función y por alguna razón es gente que o bien se escabulle porque consideran la política como un jaleo o bien porque está en el sector privado y ven la opción pública como una pérdida de tiempo.
Uno analiza comparativamente la eficiencia legislativa de España con otros países y sólo le queda que reír o ponerse a llorar. Lo segundo es emocionalmente poco recomendable, así que a algunos sólo nos queda lo primero.
Lo que está claro es que a ningún agricultor honesto se le ocurre quejarse de la cosecha que ha recogido si es consciente que que lo que sembró era pura MIERDA. Así, como suena.
Casas, no es verdad que “no haya gente preparada para legislar”; el problema, básicamente, dicho de forma rápida y para que se entienda es que el sistema que hemos creado es una GRAN MIERDA que se come a sí misma una y otra vez. Nos creemos que podemos manejar una sociedad (un tren) con las herramientas de hace casi 40 años. Y no, no es así. A eso añádele que muchos de los juristas teóricos españoles -y también no teóricos- son de SEGUNDA DIVISIÓN (y con algunos me quedo corto), muchos de los cuales se dedican a escribir libros de cocina sin haber hecho un huevo frito en su vida -incluso teniendo ya una cierta edad-.
Por otro lado, para tener un sistema eficiente, efectivo y sostenible lo que no puedes hacer es seguir usando herramientas que funcionan con mecanismos similares a los de las empresas, porque entonces todo se acaba convirtiendo en mera ingeniería social, maquillada, chapucera y labrada en intereses privados que sin que nos demos cuenta van poco a poco carcomiendo los cimientos de lo que sea eso que llaman Estado (por cierto, vengo viendo en muchos legos escribir Estado con minúscula, lo cual tiene un pase por ser legos: Verlo en blogs de juristas es sencillamente lamentable).
Porque todos queremos que España funcione, pero por alguna razón, cuando hablamos de Estado lo hacemos con la boca pequeña, como si fuera una especie de coco que viene a expoliarnos. Sin embargo, como digo, cuando hablamos de España queremos que todo funcione. Lo primero que tenemos que hacer es aclararnos y entender lo que significa Estado, que ya adelanto que no tiene nada que ver con la selección nacional de fútbol, y luego, si acaso, ya podremos hablar de lo que sea España.
Un Estado es como una máquina, con sus bisagras, sus poleas y demás. Y cuando tienes unos ingenieros de esa máquina que están ahí por mecanismos pseudomafiosos, de dudosa efectividad práctica y que tienen que ver más con cómo se escogen los capos en Italia que con otra cosa, al final obtienes lo que obtienes, así que no sé de qué nos sorprendemos tanto.
Las leyes en España hace tiempo que están hechas como las rotondas, de cara a la galería y poco más, por personajes que se ponen una corbata y un traje y se creen que tienen algo de carisma cuando a ojos de otros hacen todo los días el ridículo más esperpéntico. Pero vamos, que yo veo todos los días gente muy preparada para lo que podría ser esa función y por alguna razón es gente que o bien se escabulle porque consideran la política como un jaleo o bien porque está en el sector privado y ven la opción pública como una pérdida de tiempo.
Uno analiza comparativamente la eficiencia legislativa de España con otros países y sólo le queda que reír o ponerse a llorar. Lo segundo es emocionalmente poco recomendable, así que a algunos sólo nos queda lo primero.
Lo que está claro es que a ningún agricultor honesto se le ocurre quejarse de la cosecha que ha recogido si es consciente que que lo que sembró era pura MIERDA. Así, como suena.
Este artículo me ha impresionado hasta el punto de citarlo en un artículo que he escrito en El Imparcial. es (http://www.elimparcial.es/nacional/mejorar-la-democracia-129904.html )
Lo cierto es que nuestro país vive una auténtica “diarrea” legislativa (publicamos más páginas de boletines oficiales que cualquier país europeo). Hay leyes como la de Economía Sostenible que predica en su página 4 la simplicación legislativa y que despues es una auténtico monumento al disparate normativo.
Leyes pocas, claritas y que se cumplan
Este artículo me ha impresionado hasta el punto de citarlo en un artículo que he escrito en El Imparcial. es (http://www.elimparcial.es/nacional/mejorar-la-democracia-129904.html )
Lo cierto es que nuestro país vive una auténtica “diarrea” legislativa (publicamos más páginas de boletines oficiales que cualquier país europeo). Hay leyes como la de Economía Sostenible que predica en su página 4 la simplicación legislativa y que despues es una auténtico monumento al disparate normativo.
Leyes pocas, claritas y que se cumplan
España, además de la grave crisis económica que arrastramos desde el año 2008, los empresarios y empresas tienen y sufren como nadie el problema de la inestabilidad de la legislación tributaria, económica, socio-laboral, administrativa, urbanística, mercantil, civil y jurídica en general del Gobierno de España y de las 17 Comunidad Autónomas, de la falta de integración de la normativa interna con la europea e internacional, al extremo de legislar para la galería…., con des-coordinación… total y absoluta entre Administraciones Públicas…., de lo que es un clarísimo ejemplo la VENTANILLA ÚNICA, que en Cataluña y en Galicia no funciona ni en otros niveles ni escalas de las Administraciones, por lo que lo mejor que podría y debería hacer el presidente Rajoy es nombrar un Vicepresidente para coordinar las administraciones, al propio gobierno y simplificar los trámites administrativos a empresas y ciudadanos.
La burocracia y falta de integración de los sistemas informáticos, a excepción de los que interesan a la AEAT, S.S. y Consejeros de Facenda de las CC.AA., el resto está TOTO, absolutamente todo por hacer, lo que es un obstáculo al emprendimiento, a la eficacia, al desarrollo de la actividad económica-empresarial, al empleo, a la investigación y a la internacionalización de la empresa española, contrariamente a lo que figura en la EXPOSICIÓN DE MOTIVOS de la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
Por las consultas y gestiones que realizamos diariamente desde nuestro despacho profesional, en ningún ámbito de los consultados de las diferentes Administraciones Públicas y organismos de ellas dependientes se organizaron cursos, seminarios ni jornadas para aplicar lo aprobado ni tampoco antes para detectar los problemas.
La llamada Ley de Emprendedores recibió calificativos como “Perversa” en la última revista del Notariado y en la que el catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad Autónoma de Madrid Jesús Alfaro Águila-Real que la calificó como una Ley “Que corrompe las costrumbres o el orden y estado natural de las cosas”, al introducir modificaciones significativas en nuestro Derecho del Empresario individual y de Sociedades de una finalidad elogiable pero utilizando medios muy criticables.” La calificación de <> se justifica para éste catedrático porque el legislador tenía a sus disposición, para lograr sus objetivos, otros instrumentos más eficaces y más simples que no hubieran distorsionado el Derecho en vigor ni lo hubieran hecho más complicado, desigual, particular e inseguro”.
Así, es probable que la recuperación y reactivación económica no llegue nunca y tengamos que mandar a la universidad a los que nos gobiernan, en línea con lo señalado por el catedrático de la Universidad de Pensilvania, Juan Fernández Villaverde, en un Encuentro Empresarial en Madrid en septiembre de 2012, cuya ponencia recomendamos leer a quienes quieran informarse de las causas, efectos y consecuencias de la crisis
Muy buen artículo, muchas gracias
Muy buen artículo, muchas gracias
Volviendo al artículo, tienes razón que la ley se ha quedado a medio camino, pero el hecho que aparezca una ley que alude a dichas problemáticas, es una prueba que los políticos son conscientes que van a tener que hacer cosas para ayudar a los emprendedores. Creo que es una buena noticia.
Volviendo al artículo, tienes razón que la ley se ha quedado a medio camino, pero el hecho que aparezca una ley que alude a dichas problemáticas, es una prueba que los políticos son conscientes que van a tener que hacer cosas para ayudar a los emprendedores. Creo que es una buena noticia.