Eurovegas: una hipótesis sentenciada por el tiempo.

Definitivamente Eurovegas no se construirá en Madrid. Esta noticia no ha pillado a nadie medianamente informado por sorpresa. Todo apuntaba a que la empresa no lograría financiación suficiente para el proyecto en condiciones que la satisficieran y a que no renunciaría a ninguna de las severas condiciones que quería imponer a las Administraciones españolas para invertir y garantizarse unos altos retornos de esa inversión. Fracasado el proyecto, se pueden sacar algunas conclusiones sobre lo que no se debe hacer.
 
Las negociaciones entre la empresa y los gobiernos, sobre todo el de la Comunidad de Madrid, han adolecido de la mínima transparencia y claridad, a pesar de que iban a tener consecuencias públicas y que implicaban cambios normativos singulares para el proyecto. En esas condiciones era imposible hacer un debate racional sobre el proyecto y era lógico temer una colusión de intereses públicos con intereses privados, que aunque puedan ayudar a una importante inversión inicial también pueden impedir o dificultar otras inversiones en nuestro país de calado ya que pondrían en duda la existencia de reglas claras e iguales para todos. Reglas que como se sabe son requisitos mínimos para conseguir que el dinero fluya hacia quienes tengan una iniciativa inversora rentable por sí y no por sus relaciones con el poder político.
 
Las negociaciones han sido confusas y opacas. Hemos asistido a una impúdica campaña de propaganda desde el gobierno de la Comunidad de Madrid sobre el proyecto. Desde el principio se ha dado prácticamente por hecho, y día sí y día también se ha vendido a todos los ciudadanos que gracias a él se crearían cientos de miles de empleos. El despropósito más picaresco quizás sea el del Alcalde de Alcorcón animando a sus vecinos a presentar curriculum ante la oficina de empleo de su ayuntamiento para trabajar en un complejo aún en fase de infografía a colorines. Según ciertas informaciones, 25.000 personas lo habrían presentado ya. De forma que la oficina de empleo del Ayuntamiento de Alcorcón ha estado dedicando su tiempo y presupuesto a un fin impalpable. Tanto la Comunidad como el Alcalde se han comportado como si fueran los dadores de trabajo, con unas formas que recuerdan a las del peronismo argentino, o mirando más cerca a las del clásico clientelismo español.
 
Quizás esa pulsión por sentir que son los gobiernos los que crean y dan el trabajo sea la que haya llevado a los de nuestro país, y especialmente en los últimos tiempos a los de Madrid, a apostar de forma desmesurada como motor económico y de crecimiento por la realización de grandes eventos y dudosos macrocomplejos de inversión foránea de los que se harían protagonistas ante los ciudadanos. Pero claro, ese tipo de crecimiento siempre esta condicionado a decisiones de terceros y olvida los fundamentos esenciales de un crecimiento sólido: educación, seguridad jurídica y reglas iguales para todos que se cumplen y hacen cumplir.
 
Volviendo al principio, es muy probable que en el fracaso de Eurovegas, además de los problemas de financiación y rentabilidad, haya tenido que ver la forma en la que la empresa ha valorado el comportamiento de nuestros gobiernos, porque por qué va la empresa a pensar que estos cumplirán en el futuro unos acuerdos si están dispuestos a incumplir sus propias leyes.
 
Decía Raymond Aron,refiriéndose el concepto de ideología,que son “hipótesis que esperan la sentencia del tiempo”. En este caso, la sentencia del tiempo ha enterrado un hipotético proyecto que desde el principio adolecía de claridad. Esperemos que las enseñanzas de esta aventura sirvan además para enterrar una forma de hacer política basada en la ideología del espectáculo y la propaganda.

Asalto a las instituciones. Tribuna publicada en el diario “El Mundo”

Cuando me preguntan mi opinión sobre la situación de crisis institucional en España a finales de 2013 suelo responder parafraseando una frase que el presidente Rajoy ha hecho famosa en relación con el escándalo de la contabilidad B de su partido «en las instituciones todo es de mentira… salvo alguna cosa». En particular, me refiero a las instituciones que debieran proteger nuestros derechos y libertades, velar por la separación de poderes, el cumplimiento de la Ley, impedir los abusos y arbitrariedades y en definitiva controlar al poder, ya sea económico o/y político.
Mientras que unas van camino de consagrar la arbitrariedad como forma de funcionar internamente -veáse la crisis en la AEAT como último botón de muestra- otras están instaladas en el incumplimiento de la Ley o en el puro y simple despropósito -las instituciones catalanas se llevan la palma, aunque las de otras Comunidades Autónomas como Valencia y Andalucía no les van a la zaga- y otras, la mayoría, van camino de la irrelevancia, dado que no sirven para lo que se supone que deberían de servir, aunque permiten colocar altos cargos y pagar miles de nóminas a cargo del contribuyente.
Probablemente por esa razón se percibe últimamente un cierto recelo frente a los ciudadanos, lo que se traduce en una creciente endogamia en los actos que organizan, ya se trate de tomas de posesión, foros, seminarios, premios o cualquier otro de los que tienen llena la agenda. Por ejemplo, el último grito en eventos institucionales es la «responsabilidad social corporativa» de las instituciones y administraciones públicas, dado que al parecer -esto lo he oído en uno de esos eventos- a los ciudadanos «ya no les basta con que cumplamos con los intereses generales» por lo que hay que perseguir metas más ambiciosas, como las que sugiere el mágico acrónimo RSC. Sinceramente, yo creo que a los ciudadanos vaya si nos bastaría con que las instituciones cumplieran con sus fines, es más, hasta les estaríamos agradecidísimos y eso que servir con objetividad los intereses generales definidos para cada institución en las leyes es precisamente para lo que se suponen que están.
Porque la causa del presente desastre institucional no proviene tanto de un mal diseño institucional (casi todas nuestras instituciones, con alguna excepción como el CGPJ, están copiadas de las Constituciones de otros países con democracias avanzadas, ya se trate del Tribunal Constitucional, del Defensor del Pueblo, del Tribunal de Cuentas, del Poder Judicial o de la AEAT), sino de su colonización y ocupación por los partidos políticos estatales, así como de su multiplicación en clones regionales que facilitan y agravan aún más su colonización por los partidos políticos regionales y locales.
Esta ocupación de las instituciones de la que empezamos a ser muy conscientes, quizá porque a estas alturas ya se están perdiendo las formas (como demuestran los nombramientos de los vocales del último CGPJ en el que se ha sustituido el reparto de vocalías por familias ideológicas por el reparto de vocales por familias a secas), ha sido posible también por la colaboración activa o pasiva de los que trabajaban en ellas y también, por qué no decirlo, por el desinterés de los ciudadanos. Muchas veces, lo que ha ocurrido sencillamente es que tanto funcionarios como ciudadanos han dado por sentado que una democracia con elecciones periódicas garantizaba por sí sola unas buenas instituciones. Que los políticos de turno iban a respetarlas sin que nadie se lo exigiera ni dentro ni fuera de ellas. Y las cosas lamentablemente no funcionan aquí, ni en España ni en ningún otro sitio.
Quizá por ser una democracia tan joven y sobre todo una sociedad con tan poca experiencia democrática, no hemos caído en la cuenta de que para que las instituciones se sostengan hace falta algo más que un conjunto de normas, por un lado, y otro de probos funcionarios o empleados públicos por otro. Lo mismo que una democracia digna de tal nombre no se reduce a votar cada cuatro años (de ésas hay varias en el Africa subsahariana) las instituciones no se reducen a realizar tareas burocráticas que nada tienen que ver con su fin último. El fin de las instituciones, su auténtica razón de ser, que son los intereses generales de los ciudadanos para cuyo servicio fueron creadas y que se concretan en las leyes que las regulan nunca se puede perder de vista, ni por sus trabajadores ni por los que las dirigen. Así la finalidad institucional de la Fiscalía es perseguir los delitos y hacer respetar el Estado de Derecho, la de la AEAT, gestionar nuestros impuestos y garantizar el cumplimiento de las lleyes fiscales respetando los principios de igualdad, generalidad y capacidad contributiva, la del CGPJ es garantizar la independencia de jueces y tribunales, la del Tribunal de Cuentas es el control de las cuentas públicas, etc., etc.
Si este fin y el espíritu de servicio público que exige su cumplimiento se desvanece o se prostituye la institución se debilita y se convierte en una cáscara vacía, por muchos edificios, empleados, escudos y coches oficiales que tenga. Los mejores trabajadores (en el sentido de más leales a los fines de la institución) la abandonarán activa o pasivamente, dejando el campo libre a los más venales o más acomodaticios, con lo que se consumará el desastre. Y los ciudadanos se preguntarán, con todo derecho, para qué les sirve un Tribunal de Cuentas que no controla las cuentas de nadie o un CGPJ que no ampara la independencia del Poder Judicial.
Y claro está, si ni siquiera en épocas de tranquilidad está asegurado que los fines de las instituciones coincidan necesariamente con los intereses del partido que en cada momento gobierna, qué decir en épocas extraordinarias como la que estamos viviendo. De hecho, en estos momentos puede llegar a ocurrir que los fines institucionales y los intereses de los partidos sean incompatibles, como ocurre con la investigación de los casos de corrupción que les afectan. Si por intereses del partido o de personas poderosas e influyentes (pertenezcan o no al partido) se manipula y se retuerce una institución para que no cumpla sus fines, se la priva de su razón de ser y se la deslegitima a los ojos de la ciudadanía. Si además se la convierte en brazo armado del partido de turno, o de todos los partidos que juegan a repartírsela, los resultados pueden ser todavía peores. Y si creen que exagero, piensen cuantos de los actuales escándalos de corrupción han sido descubiertos por las múltiples instituciones de control que hay en nuestro país o cuantas veces pequeños partidos o asociaciones ciudadanas están teniendo que suplir la inactividad de instituciones supuestamente encargadas de velar por el cumplimiento de la Ley.
NO SÓLO eso, es que además estas instituciones están dotadas de un enorme poder jurídico frente a los ciudadanos de a pie, reflejo de una concepción política propia del siglo XIX, según la cual si las instituciones están para defender intereses generales frente a los intereses particulares de los ciudadanos, hay que proteger sus decisiones y actos a través de una serie de prerrogativas jurídicas. Por eso sus actos tienen «presunción de legalidad» y son inmediatamente ejecutivos, es decir, se presume que son conformes a Derecho y tienen que cumplirse inmediatamente salvo que se consiga demostrar lo contrario, para lo que hay que acudir a la vía especializada para resolver conflictos con la Administración, que es la contencioso-administrativa. Y ahí la Administración juega en terreno propio. No sólo eso, para llegar hay que «agotar la vía administrativa» es decir, recurrir primero ante la propia institución y tener un «interés legítimo» en el asunto.
Es importante subrayar que la idea de que los gestores públicos conocen mejor que la sociedad a la que sirven cuáles son los intereses generales, porque están más cualificados y son más neutrales y objetivos, es la justificación última de la existencia de estos privilegios. Si eso ya no es así y los partidos ocupan las instituciones en provecho propio (ya sea el del partido o el de personas físicas y jurídicas concreta), resulta un modelo muy peligroso para nuestros derechos y libertades. Por tanto, urge liberar nuestras instituciones del control partitocrático y devolvérselas a los ciudadanos. En esto estamos.

La pensión de viudedad: una propuesta de cambio normativo

La pensión de viudedad se configura como una prestación por muerte y supervivencia destinada a compensar la pérdida de ingresos que tiene lugar como consecuencia del fallecimiento del cónyuge (o pareja de hecho) cuando éste cumpla con los requisitos de alta y cotización establecidos legal o reglamentariamente. En cuanto a su contenido, se traduce en una pensión vitalicia mensual a favor del cónyuge supérstite – salvo el caso de la prestación temporal de viudedad, contemplada en el artículo 174 bis de la Ley General de Seguridad Social – cuya cuantía se calcula al aplicar un porcentaje del 50, 52, 60 o 70 por cien a la base reguladora (aproximadamente los ingresos medios que percibía el causante) dependiendo de las circunstancias del causante y del beneficiario.
La primera vez que en España se reguló una prestación por muerte y supervivencia fue en la Ley de Accidentes de Trabajo de 30 de enero de 1900, que recogía en su artículo 5º una ayuda para los gastos de sepelio y una indemnización a tanto alzado para la viuda, hijos y otros familiares del trabajador fallecido en accidente de trabajo, cuya cuantía se establecía en relación con el salario medio del sujeto causante. Con la Ley de Accidentes de Trabajo de 10 de enero 1912 se convirtió esta indemnización en una renta de carácter vitalicio para la viuda y ascendientes y en una de carácter temporal para los descendientes y hermanos menores huérfanos. La prestación se amplió a la muerte causada por enfermedad profesional mediante  la Ley de Enfermedades Profesionales de 1936 y la protección por muerte común se recogió en 1938 con la aprobación de la Ley de Subsidios Familiares. El 16 de junio de 1954 se aprobó el Reglamento General de Mutualidades Laborales, cuyas prestaciones por muerte del trabajador tenían carácter complementario de las anteriormente citadas al reconocer el legislador la insuficiencia de las cuantías establecidas hasta el momento, y fue en 1956 cuando con la aprobación del Reglamento de Accidentes de Trabajo (aún vigente), se contempló por primera vez un mecanismo protector completo para la familia del fallecido en accidente de trabajo, al establecerse una prestación vinculada al salario perdido del causante. El gran cambio normativo de la prestación por muerte y supervivencia se dio con la Ley de bases de la Seguridad Social de 1963, que establecía una pensión de carácter asistencial para situaciones de necesidad (requería que la viuda fuese mayor de 40 años, que estuviera incapacitada para trabajar o que tuviera hijos menores a su cargo) y un subsidio de viudedad de carácter contributivo, pero es con la Ley 24 de 1972 con la que se establece definitivamente el carácter contributivo derivado de la pensión de viudedad, reconociéndose a toda mujer que quedara viuda con independencia de sus circunstancias, si el causante reunía los requisitos de cotización establecidos. Desde el año 1984 se establece por primera vez el derecho de los hombres (no incapacitados para el trabajo) a percibirla, después de la Sentencia 103/1983 del Tribunal Constitucional y en el año 2007 se incorporó a las parejas de hecho entre los beneficiarios de la misma.
Como hemos podido observar, la evolución de la regulación de las prestaciones por muerte y supervivencia se ha caracterizado por una paulatina ampliación tanto del elenco de beneficiarios de la prestación como por el de las situaciones protegidas. Sin embargo, apenas se ha restringido el acceso a la misma a pesar de los profundos cambios sociales que se dieron a partir de los años setenta, tales como la decadencia del modelo de familia patriarcal o la progresiva incorporación de la mujer al mercado laboral (7.597.600 de mujeres ocupadas frente a 9.037.100 hombres según la última EPA), y este, es el motivo de mi artículo, los cambios normativos que considero necesarios para amoldar la regulación de la pensión de viudedad a nuestra sociedad actual, restringiendo el acceso a aquellos sujetos que objetivamente no la necesitan, permitiendo así liberar recursos y concentrar el gasto en mejorar las prestaciones que reciben aquellos que realmente las precisan. A continuación, expongo las reformas que estimo necesarias a tal fin:
En primer, lugar, el artículo 179 de la Ley General de Seguridad Social establece que “la pensión de viudedad será compatible con cualesquiera rentas del trabajo”. Debido a ello, se da la poco deseable consecuencia de que existan sujetos que, percibiendo elevadas rentas, son, además, beneficiarios de una pensión de viudedad, lo que pervierte totalmente la finalidad asistencial de la prestación. En mi opinión, se debería limitar la compatibilidad de la pensión de viudedad en el caso de percibir rentas (de todo tipo) superiores a 2.438 euros, la cuantía máxima a la que puede ascender la pensión de viudedad, lo que supondría una primera medida que asegurara que sólo perciben la pensión de viudedad aquellos que efectivamente la necesitan.
En segundo lugar, la actual regulación no fija ningún límite inferior de edad para tener derecho a la pensión de viudedad, este hecho constituye una singularidad jurídica respecto a los países de nuestro entorno, y permite que pueda percibirse vitaliciamente desde los 18 años. En Bélgica se establece una edad mínima de 45 años, en Francia de 55, mientas que en Alemania se reconocen dos tipos de prestaciones, una del 55% de la potencial pensión de jubilación del causante para mayores de 45 años (o que tengan incapacidad permanente o hijos menores a su cargo) y otra del 25% durante dos años para aquellas viudas para menores de 45 años. Nuestro legislador podría basarse en alguno de estos modelos para establecer un límite. A mi juicio, sería preferible el modelo alemán, al combinar racionalidad en el gasto con prestaciones que cubren suficientemente la contingencia protegida.
La pensión de viudedad supone un gasto anual equivalente al 1,9% del PIB en España (19.000 millones de euros), frente al 1,7% de media en la UE-15, lo que en principio no parece una gran diferencia. Sin embargo, si lo comparamos con el gasto total en prestaciones sociales, el gasto medio en la UE-15 es del 25,9% su PIB, mientras que el de España es del 20,5 %, lo que supone que mientras que la UE-15 emplea sólo el 6,5% de su gasto en prestaciones sociales en pensiones de viudedad, este porcentaje sea del 9,26% en nuestro país.
Con las medidas propuestas se optimizaría el gasto, permitiendo (sin subir las cotizaciones sociales), elevar la cuantía de las pensiones – piénsese que la pensión por viudedad media en 2013 fue de 617,2 euros – mejorando así la calidad de vida de sus perceptores.
No parece que estas medidas hayan estado nunca en la agenda del legislador, a pesar de que ya en el año 2006 Jesús Caldera, cuando ocupaba la cartera del Ministerio de Trabajo se mostró partidario de limitar la compatibilidad de la pensión de viudedad con los perceptores de otras rentas.
Ahora, cuando es más necesario que nunca optimizar el gasto público, creo, por lo expuesto anteriormente, que se debería iniciar el debate sobre la reforma de las pensiones de viudedad.

¡Ay, Derecho!: el personal eventual del Ayuntamiento de Madrid

En un esfuerzo por sistematizar  y dar apariencia de rigor al siempre controvertido asunto del personal eventual,  el Ayuntamiento de Madrid ha aprobado el siguiente Decreto 
Es sabido que el personal eventual (art. 12.1 del Estatuto Básico del Empleado Público) es el que se contrata al margen de los principios de concurrencia, mérito y capacidad que rigen el acceso a la función pública, para realizar funciones de “confianza  o asesoramiento especial” para un cargo político.
En el citado Decreto, se observa que los puestos que pueden ser cubiertos por personal eventual van desde el Director del Gabinete del Alcalde, con un sueldo de 70.511 Euros, hasta un simple chófer o conductor de un concejal, con un muy respetable sueldo de 41.470 Euros.
Hace ya tiempo que los editores de este blog denunciaron  los sueldos excesivos que cobran algunos puestos de libre designación en el Ayuntamiento de Madrid, pero al menos estos puestos eran reservados a funcionarios de carrera que habían aprobado una oposición. Incluidos los de chófer, como se ve en el puesto  con número de orden “4” de la siguiente convocatoria
Ahora vemos que incluso los chóferes o los administrativos de un simple concejal no tienen que escogerse necesariamente entre los funcionarios de carrera de la plantilla municipal, aunque existan entre éstos varios candidatos que reúnan el perfil idóneo para el puesto, sino que lo serán entre los amigos del concejal pues, evidentemente,  esas tareas son “de confianza o asesoramiento especial”.
El problema del  personal eventual no consiste solo en el sueldo, sino que también  versa sobre la competencia y funciones y sobre la formación que suelen tener. Algunas personas pueden estar cualificadas, pero la mayoría no tanto como para cobrar sueldos que en la empresa privada serían inalcanzables para alguien con esa formación o/y experiencia . Ha habido asesores de concejales del Ayuntamiento de Madrid que no tenían aprobado más que el COU, pero cobraban más de 60.000 Euros. Y sigue habiendo asesores con sueldos similares de quienes se duda que tengan siquiera la carrera universitaria terminada.
Por todo ello, se puede concluir que este esfuerzo de transparencia del Ayuntamiento de Madrid respecto al personal eventual es solo parcialmente creíble. Sabemos lo que cobran, pero no sabemos si está justificado ese sueldo,  ni el número de eventuales ni la competencia específica de los mismos por sus méritos, y menos aún si sus tareas no podrían realizarse por funcionarios de la plantilla municipal. Transparencia formal, pero no material. Una vez más, transparencia de mentirijillas.
 

Flash Derecho: micro-mecenazgo para el documental “Corrupción: el organismo nocivo”

Se está desarrollando una campaña de captación de fondos para hacer un documental sobre la corrupción en España.  Nos gusta mucho la iniciativa, que estimamos muy necesaria.  Este es el tráiler:
http://www.youtube.com/watch?v=9apbyHl5p6s
 
Los que hablan en él retratan certeramente la verdadera naturaleza de la corrupción: no se trata de algo pasivo, inerte, de cuya influencia pudiera librarse el ciudadano que no quiera degradarse con estas prácticas, simplemente no participando en ellas. Por el contrario, la corrupción es, como bien dice el título del documental, un organismo nocivo, agresivamente vigilante, atento a su propia supervivencia, dispuesto a neutralizar a todo aquél que se oponga a ella. La corrupción es un enemigo viscoso,  informe, peligroso .
El sistema de obtención de fondos para la realización del documental es el de micro-mecenazgo, tal y como se explica en su web, de visita muy instructiva, en la cual se encuentra toda la información. Se puede colaborar económicamente desde 10 euros.  Los editores del blog hemos hecho nuestra aportación.
Una de las participantes del tráiler interventora municipal, dice que aunque le cueste muchos sinsabores, personales y profesionales, ella “no cruzará la línea”. En España se ha cruzado la línea tantísimas veces que hemos llegado a creer que no existía. Pero existe, está ahí y es el momento de repintarla.
Colaborar con lo que se pueda para la producción de este documental es ayudar a comprar un poco de pintura.
 

Entrevista al profesor de Harvard Michael Sandel

Michael Sandel con cuatro de los editores


 
Por fin podemos ofrecer a nuestros lectores, una vez debidamente editada, traducida y subtitulada, la entrevista que ¿Hay Derecho? ha realizado al profesor de filosofía política de la universidad de Harvard Michael Sandel, con motivo de la conferencia que pronunció en Madrid el 3 de diciembre, bajo los auspicios del Aspen Institute, que dirige nuestro colaborador Jose María de Areilza. La entrevista la dirigió David Blázquez, perteneciente al indicado Instituto y buen conocedor del entrevistado, y las preguntas fueron sugeridas por los editores de ¿Hay Derecho?.
 
 
 
Para quien prefiera leerla, ofrecemos el texto traducido a continuación del video.
 

 
Texto de la entrevista a Michael Sandel – ¿Hay Derecho?
David Blázquez: Muchas gracias, profesor Sandel, por estar aquí, con nosotros, en Madrid, y por conceder esta entrevista a ¿Hay Derecho?, que es el blog jurídico más importante de España. Es el más leído en España, es básicamente… Lo que queremos es luchar contra la resignación en España y proponer debate sobre cuestiones sociales y jurídicas. Así que gracias por estar aquí con nosotros y luego, invitado por el Aspen Institute España, dará una conferencia en unas horas. La primera pregunta que nos gustaría hacerle es muy fácil: ¿cuál es la tesis de su nuevo libro “Lo que el dinero no puede comprar: los límites morales de los mercados”?
Michael Sandel: Bueno, empieza con una pregunta, y la pregunta es: ¿cuál debería ser el papel del dinero y de los mercados en nuestras sociedades? Y la respuesta que doy en el libro es: menor de lo que normalmente es. En las últimas décadas, hemos pasado, casi sin darnos cuenta, de tener una economía de mercado a volvernos sociedades de mercado. La diferencia es la siguiente: la economía de mercado es una herramienta, una herramienta valiosa y efectiva para organizar la actividad productiva. Pero una sociedad de mercado es un lugar en el que todo es susceptible de venderse. Es un modo de vida en el que los valores del mercado y las relaciones comerciales alcanzan cualquier esfera de la vida, desde las relaciones personales hasta la sanidad, la educación, la vida cívica, la política… Así que lo que el libro dice es que necesitamos crear un debate sobre dónde el mercado debe servir al bien público y dónde a éste no le corresponde estar.
D: Bueno, muchas gracias. Sin embargo, muchos le han criticado, probablemente sin haber leído su libro, por atacar a las economías de mercado, así que… cuando uno lee su libro, se da cuenta inmediatamente de que no es ése el caso, pero, aun así: ¿por qué no está su libro en contra de las economías de mercado?
M: Cierto. Tiene razón, no es un libro en contra de las economías de mercado, y no ve el mundo como dividido en las economías de mercado, por un lado, y el gobierno, por otro. Ésas no son las únicas alternativas. Una economía de mercado es una herramienta valiosa para organizar la actividad productiva y las economías de mercado han traído consigo más paridad y riqueza a muchos países del mundo. Así que la pregunta no es, en mi opinión, si tener economías de mercado. Por supuesto que deberíamos tenerlas. La pregunta es: ¿cuál es el lugar y el papel apropiado de los valores de mercado y de las relaciones comerciales?
Lo que ha estado pasando en las últimas décadas es que el pensamiento económico, los valores de mercado y la lógica económica han comenzado a superar el límite de la zona de los bienes materiales, y han llegado hasta la vida personal, la vida familiar, la sanidad, la educación, la vida cívica, la política, de una forma que no nos es conocida hasta ahora. Y, sin embargo, el efecto es que, algunas veces, en esos límites, más allá de la zona de los bienes materiales, los valores del mercado pueden tener el efecto de desplazar o corromper los bienes inmateriales, sin haberse siquiera percatado. Ésa es mi preocupación.
D: Pero usted dijo en cierto momento que, a veces, los mercados cambian, y usó esta expresión: “La naturaleza de los bienes que están siendo intercambiados”. ¿Qué quiere decir con eso? ¿Podría ilustrarnos con un ejemplo?
M: Sí, claro. Y ése es un buen ejemplo de las diferencias entre los bienes materiales y los aspectos de la vida social que están siendo gobernados cada vez más por los mercados. Con los bienes materiales, la compra y la venta de los mismos no cambia el valor de la cosa que está siendo comprada y vendida. Por ejemplo, tanto si tú me vendes una televisión como si me la das como regalo, el bien será el mismo, funcionará igual  de cualquier forma. Pero eso no ocurre con los bienes immateriales. Coge un ejemplo sencillo: la amistad. Supón que quisieras tener más amigos…
D: Quiero tenerlos….
M: Pues bien, no se te ocurriría, o quizás sí, comprar algunos amigos. Pero ¿por qué no? Porque inmediatamente te darías cuenta de que comprar amigos no funciona en realidad. Un falso amigo no es lo mismo que uno de verdad. Es una cuestión filosófica interesante el porqué eso es cierto, pero, de alguna manera, el dinero que compraría ese amigo cambiaría el sentido de la amistad, disolvería los valores de la amistad. Y eso nos hace querer amigos antes de nada. Pues bien, estos casos, el de la televisión, por un lado, y el de la amistad, por otro, son casos claros, pero muchas de las áreas que los mercados han invadido en las recientes décadas están en algún lugar entre las televisiones y la amistad.
Los mercados pueden comprar muchos de esos bienes; la cantidad de incentivos que hay en el mercado puede conseguir personas que lo hagan. Por eso,  otra pregunta que cabría hacerse es si hay valores importantes que han sido invadidos. Cuando, por ejemplo, damos incentivos financieros a los jóvenes estudiantes para que lean libros o para que saquen buenas notas, cuando ofrecemos a la gente “sobornos” para que cuiden su salud, para que dejen de fumar, o para que pierdan peso… ¿Deberíamos tener un mercado para los transplantes de riñón? ¿Qué hay de otros mercados como el de pagar los embarazos? Está prohibido en la mayor parte de Europa, pero en India se permite y ahora se está creando una nueva industria, una nueva fuente de trabajo para las mujeres indias. En cada una de esas áreas, tenemos que preguntarnos: si introducimos valores de mercado en mecanismos de mercado, ¿existe el peligro de corromper o de desplazar ciertos bienes no comerciales, ciertos valores intrínsecos, sin tan siquiera notarlo?
D: Es una idea muy interesante. Ha hablado de corrupción, lo que significa que existe algo bueno y algo malo, algo correcto y algo incorrecto, pero, en su libro, usted parece no querer sacar el tema de estas distinciones. No sé si tengo razón, pero en una sociedad en la que estas distinciones son… al fin y al cabo, somos posmodernos, y nos esforzamos por… tenemos que lidiar con esos términos. ¿Qué quiere decir, entonces, con…? ¿Cómo abordaría ese debate en una sociedad que no está demasiado abierta a hablar sobre las cosas buenas y las malas, admitiendo que hay cosas que son mejores que otras?
M: Bueno, ésa es una muy buena pregunta. Y es cierto que, en estos días, en el discurso público evitamos comprometernos con los argumentos morales y políticos que alcanzan cuestiones éticas más profundas. Evitamos hacerlo. Y creo que una de las razones por las que lo hacemos es la que tú mismo has mencionado. Junto con el hecho de que conocemos a gente en sociedades, como la nuestra, que discrepa sobre los valores, sobre cómo los valores… bienes como el embarazo, el sexo, o el cuerpo humano, o la educación, la sanidad, o la vida cívica…, tenemos discrepancias sobre estas cuestiones.
D: Por supuesto.
M: Parte del atractivo del razonamiento económico está en que lanzar estas preguntas en el mecanismo del mercado parece librarnos de hacer el trabajo duro, que es el razonar todos juntos y debatir esas cuestiones en la vida pública.D: Déjeme entrar en eso, porque es un problema que me interesa mucho. Encuentro muy interesante su idea de la externalización del juicio moral. Recuerdo esa idea de T.S. Elliot, que fue a Harvard, donde usted trabaja: él criticaba a aquellos que soñaban con un sistema tan perfecto como para que nadie necesitara ser bueno. Y parece que ahora nosotros hemos elegido el mercado, con la ilusión de que ya no tenemos que pensar más en nuestras decisiones, como si fuéramos exonerados de la aventura, porque en realidad es una aventura, de juzgar y decidir. ¿Es éste el caso? ¿Qué piensa sobre ello?
M: Sí, y me gusta el término “aventura”, la aventura de juzgar, debatir y decidir. Lo que trato de hacer con este libro, y en general con mi trabajo, es estimular, e inspirar y provocar a los ciudadanos democráticos para que se comprometan con esa aventura, la aventura de razonar juntos, a veces discutiendo y discrepando, en público, sobre las grandes cuestiones éticas, incluyendo cuestiones sobre justicia, el bien común… En definitiva, lo que significa ser un ciudadano. Ésas son cuestiones que realmente no tienen presencia en nuestro discurso público. Creo que ésa es una de las razones que provocan la frustración que existe en estos días.
D: Probablemente, una de las mejores cosas de ¿Hay Derecho? es precisamente que queremos crear un espacio para ese debate. Pero parece muy difícil en España, porque nosotros… Probablemente usted no está familiarizado con la cultura española, y no quiero ser demasiado pesismista, pero creo que, aquí, en España, estamos intentando inútilmente crear esa discusión. El discurso público es casi inexistente. Tomamos posiciones; creo que hay una parte de España a la que simplemente no le interesa, o a la que no nos interesa, y la otra parte, tomamos una posición, pero, como no queremos oír a los demás, y tampoco queremos revisar nuestras ideas, acabamos por desligarnos de un debate abierto. Así que ¿qué recomendaría a una sociedad que parece estar tan cerrada a esa discusión? ¿Cómo podemos abrirnos y comprometernos con esos discursos que tratamos de promover, en consonancia con su libro?
M: Bueno, ahora hablo como un simpatizante externo de la cultura española. Lo que he encontrado a lo largo del mundo son dos cosas: en casi todas las sociedades democráticas, hoy en día, hay una gran frustración por la situación que usted acaba de describir, profunda. Veo poco razonamiento en general y poco esfuerzo por escuchar el uno al otro, en relación con esas grandes cuestiones.
D: Eso es España…
M: Pero veo eso en muchos lugares…
D: Lo sé, lo sé…
M: Así que hay, por un lado, frustración por esa situación, pero, a la vez, especialmente entre las generaciones más jóvenes, lo he notado en muchas universidades a lo largo del mundo, puede verse el hambre de algo mejor, de un tipo de discurso público que se comprometa con las grandes cuestiones, incluidas las cuestiones éticas sobre justicia, derechos, igualdad, desigualdad… sobre el papel de los mercados. Un hambre voraz por conseguirlo. Y es que nadie encuentra inspirador el tipo de discurso que rige hoy día: es estrechamente tecnocrático, por una parte, y muy partidista, por otra. Así las cosas, nadie se siente inspirado.
Me parece que los ciudadanos democráticos quieren algo mejor, y que hay esperanza para ello. Y parte de los objetivos de mi libro, y también de mis clases de Justicia en Harvard, que son de entrada libre, es tratar de fomentar que eso ocurra: razonar, pensar, discutir juntos sobre las grandes cuestiones éticas, y hacerlo en público.
D: Muchas gracias. Creo que necesitamos en España más lugares como ¿Hay Derecho?  y más formas de debate como las de Aspen Institute. Muchas gracias por haber estado con nosotros.
M: Gracias por invitarme.
(Traducido por Ignacio Gomá Garcés)

Flash Derecho: Presentación mañana en Madrid del libro “En alta mar” de nuestro colaborador Jesús López-Medel

Mañana miércoles 18 de diciembre se  presenta en el CEU el último libro de nuestro colaborador y amigo Jesús Lopez Medel “En alta mar”. La presentación será a las siete y media en el Aula Magna de la Universidad  CEU San Pablo, en la calle Julián Romea 23, y el autor invita desde aquí a los colaboradores y lectores del blog  que quieran acercarse en la convicción de que encontrarán un texto que les recordarán la linea editorial de este blog.
El libro recoge  variados artículos de opinión publicados en prensa nacional, contextualizados y actualizados en introducciones explicativas.  Desde que el autor, autocalificado como “hombre de paz” con ocasión de la guerra de Irak, puso rumbo mar adentro, asumió el valor y los riesgos de la libertad, dejando estela abundante de su personalidad; siendo calificado por “El País”, tras  abandonar la política, como “el diputado rebelde”.
Efectivamente,Jesús López-Medel Báscones (Santander, 15 agosto de 1959) es jurista de vocación y demócrata de convicciones,y cada vez más radical en ello. Además de Abogado del Estado y profesor univesitario fue Diputado del Congreso de los Diputados por el PP donde, al parecer,  no aplaudía lo suficiente, según nos contó en uno de sus artículos ya que al terminar el discurso del líder del partido se le acercó un compañero para recriminarle: “Jesús, aplaudes poco”. Creemos que solo por eso ya merece que todos nosotros le aplaudamos mucho.
La presentación la realizará Carlos Carnicer, residente de la Abogacía española, que es también autor del prólogo sobre la situación actual de España y que califica el libro como “un monumento a la honestidad, a la cordura, al valor, a la generosidad, a la crítica y a la autocrítica.
Desde aquí la enhorabuena al autor y esperamos que se siga animando a colaborar en el blog!

Una Fundación para la Claridad Jurídica y Financiera

Creo mucho en el poder de la claridad a la hora de exponer una idea, un concepto o cualquier otra cosa. Podría decirse incluso que es casi una obsesión. Cuando preparo algún escrito o una intervención oral –incluido este texto que tiene usted delante, amable lector-  uno de los criterios fundamentales que tengo en cuenta para dar el visto bueno a la última versión es si es suficientemente comprensible y preciso.
“Claro”, según la segunda acepción del diccionario de la Real Academia, significa que algo se distingue bien. Y que por tanto, tratándose de informaciones u opiniones es más fácil llegar a comprenderlas, a asimilar lo que se nos quiere transmitir. Y viceversa. En demasiadas ocasiones no se tiene en cuenta que si algo no está expuesto de manera adecuadamente clara es como si nos llegara con un molesto ruido de fondo, lo que provocará que algo de esa información se pierda sin remedio y que otra porción de ella se comprenda de modo defectuoso o erróneo.  Ello trae como consecuencia que parte del esfuerzo del autor haya sido, finalmente, baldío.
Un capítulo diferente lo forman los casos en los que esa falta de claridad es querida, provocada, sea para provocar una falsa sensación de complejidad intelectual, sea para difuminar la información, sea para ocultar la carencia de ideas que resistan su exposición a pleno sol, y que como se puede inferir de lo antes dicho, es una actitud que provoca en mí un automático rechazo. En este sentido, pocas anécdotas me parecen mas deshonestas intelectualmente que la probablemente apócrifa atribuida a Eugenio D´Ors, del que se dice que preguntó a su secretaria si un determinado texto suyo se entendía, y, al responder ella afirmativamente, concluyó: entonces, oscurezcámoslo.
Pero descendamos ya, y concretemos.  Si hay un ámbito donde la claridad puede ser un arma poderosa es en el de las relaciones de los consumidores con las entidades financieras. No parece necesario recordar que muchos de los grandes escándalos como la venta de preferentes o swaps han sido posibles precisamente por la absoluta falta de claridad en la información que se puso a disposición de los clientes. Verdades, medias verdades y mentiras se mezclaron para provocar un efecto indeseable: que el consumidor se declarara incapaz de entender la información y delegara su confianza en la entidad.  Ahora todos sabemos que debimos informarnos más, tener menos fe, y, como escribí en otra parte, decir “no” más a menudo, porque ahora todos sabemos también que los que nos ofrecían los productos no eran dignos de confianza, y no eran claros. Las preferentes y los swaps, por seguir con el ejemplo, pueden explicarse en términos simples, comprensibles para cualquiera. ¿Si se hubieran explicado así desde el principio para general conocimiento, tendríamos ahora los mismos problemas? No. La claridad puede ser, pues, un arma de protección al consumidor.
Claridad informativa no implica mucha información sino la adecuada en volumen y presentación para ser adecuadamente asimilada. Una de las reciente conclusiones de la subcomisión del Congreso sobre la transparencia en la información de los productos financieros e hipotecarios de las entidades de crédito, va en esa dirección: deberá facilitarse a los clientes la información precisa para conformar de forma correcta su voluntad de contratar o no el producto (financiero) de que se trate. Lo importante no es facilitar mucha información sino aquella necesaria para que el cliente pueda conocer el alcance de lo que firma. De hecho, la puesta a disposición de excesiva información, produce un efecto contrario al deseado, ya que la lectura de la misma se hace farragosa e incomprensible. Es la llamada “infoxicación”, intoxicación por efecto de información. Lo que dice la subcomisión es cierto, pero no va más allá, no señala acciones concretas para obtener este resultado, y deja –una vez más- el cumplimiento de este cometido a la voluntad de las propias entidades.
Dado que, en esta época de  “derecho líquido”, no espero que desde lo público se comprenda y valore suficientemente el enorme poder que tiene la exigencia radical de claridad en la información suministrada al consumidor, pido reflexionar sobre la posibilidad de una acción o más bien conjunto de acciones destinada a aplicarla desde la propia sociedad civil, y que condensé idealmente cuando lo expuse por primera vez en la creación de una Fundación para la Claridad Jurídica y Financiera.
No se trata de adoptar necesariamente esa forma jurídica, pero la menciono por ser una forma sencilla de visualizar la propuesta: un grupo de personas, juristas especialmente pero no sólo, también expertos en comunicación o protección al consumidor, por ejemplo, reunidos en torno a un fin fundacional muy concreto: hacer de la claridad la clave de bóveda en las relaciones entre las entidades financieras y los clientes, sean o no consumidores, como el medio más eficaz de protección de estos, porque al disminuir el déficit de información en la parte débil se produce un cierto reequilibrio en las posiciones de ambos.  A diferencia de lo que ocurre ahora, todos sabrían de lo que se está hablando. Tareas para esta fundación hay muchas:
Deconstruir y explicar productos de inversión o de financiación. Me refiero a productos reales concretos de los bancos. Es decir que si el Banco X saca al mercado un producto con nombre sugerente pero engañoso, por ejemplo “Depósito Tranquilidad” o “Bono Avanzamos Contigo”, que se explique exactamente qué es, respondiendo en lenguaje comprensible a las preguntas que verdaderamente interesan al que va a invertir:  rentabilidad real, riesgos, posibilidad o no de recuperar la inversión, letra pequeña, etc.
Acudir con frecuencia a los medios de comunicación para exponer esos informes, para explicar, para orientar sobre conceptos y actitudes, más allá de lo que hagan o dejen de hacer Banco de España y CNMV. Ser mediáticos en el mejor sentido de la palabra.
– Incluso hasta podría actuar como una agencia de calificación de los productos financieros, dándoles notas. Es verdad que los reguladores deben calificarlos, y que la subcomisión ha propuesto crear un semáforo financiero asignando colores en función de su peligrosidad, pero nada impide ir mucho más allá y darles una nota (que puede ser un “suspenso”, obviamente).
Proposiciones para mejorar los formatos en los que se traslada la información, pero no para ofrecer más sino probablemente menos información. No tiene sentido  que una simple póliza bancaria de préstamo de 3000 euros, por ejemplo, tenga una extensión de 15 folios, y que como ocurre con frecuencia, los datos fundamentales estén desperdigados en varias páginas. Mucho papel lo que hace es actuar como un sistema de minoración de responsabilidad de la parte fuerte, que siempre puede alegar que todo venía en el contrato. Esta proposición también debería incluir una mejora radical del insufrible formato de los folletos informativos de la CNMV, apto para técnicos pero puro veneno para la taquilla cuando de consumidores de a pie se trata, como puede verse con este ejemplo real de folleto de canje, cuyos destinatarios directos son los antiguos preferentistas de Caja Duero y Caja España, y cuyo formato es exactamente el contrario del que necesita el ciudadano medio en este momento del siglo XXI. Y es que la fundación, a la hora de planificar un formato adecuado, tendría que tener en cuenta que, como dice Nicholas Carr, como consecuencia de la utilización masiva y constante de las nuevas tecnologías y las redes sociales. El pensamiento lineal, calmado, concentrado y sin distracciones “está siendo desplazado por una nueva clase de mente que quiere y necesitar recibir y diseminar información en estallidos cortos, descoordinados, frecuentemente solapados –cuanto mas rápido mejor-“.  Según Carr, la web debilita la capacidad de concentración y contemplación, es una “máquina de interrumpir”. Guste o no este efecto de las tecnologías, de ser cierto –y yo creo que lo es, en gran medida- cualquier reflexión acerca de hacer que la información llegue de modo efectivo al destinatario debe tener en cuenta la menor disponibilidad de éste para un esfuerzo largo de concentración.
– Esta fundación podría ser también el soporte de otra propuesta novedosa que hace un año hice en este blog y que denominé el Registro de Autolimitación de Riesgo Financiero, y que fue acogida explícitamente por el PSOE en sus conclusiones a la subcomisión de transparencia, aunque finalmente no fue aprobada por ella, con este texto: “Creación de un Registro, Archivo o Listado de Auto limitación Voluntaria del riesgo en la contratación financiera. Se trata de autoconstruir, cada cliente, un perfil con carácter vinculante, mediante un Registro, para que no le ofrezcan determinados tipos de productos financieros. Este perfil se unirá a los contratos que firme con el Banco”.
 Y todas las demás funciones que se puedan añadir, con el atractivo añadido que sería una actuación desde la sociedad civil hacia la propia sociedad civil, con todo lo que tiene de saludable agitación del statu quo en esta materia.

Asalto a la independencia del Poder Judicial

Asistimos en estos días a la perversión de nuestro sistema democrático, ante una operación política de singular magnitud en la que los actuales responsables políticos en aras de controlar al Poder Judicial no han tenido reparo alguno en conculcar su pacto de legislatura con la ciudadanía.
Cuando un responsable político no respeta la Independencia Judicial, pretende influir en los nombramientos judiciales, incumple su propia promesa electoral y quebranta los derechos y garantías esenciales de la ciudadanía, reviste el ejercicio de su poder de una absoluta indignidad.
La calidad de un sistema democrático se mide por un pilar fundamental, la independencia plena de Jueces y Tribunales. Cualquier influencia directa o indirecta del poder político en el ámbito de la administración de justicia, erosiona el núcleo de una democracia y pone en grave riesgo los derechos y garantías de la ciudadanía frente a un ejercicio arbitrario del poder, que no estaría sujeto a método de control alguno.
En nuestro sistema constitucional el Consejo General del Poder Judicial en atención a las competencias que ejerce y a la facultad relativa a nombramientos judiciales, asume atribuciones que resultan sumamente sensibles para el ejercicio independiente de la jurisdicción y que deben estar a salvo de cualquier influencia política, so pena de afectar gravemente a la existencia de un Poder Judicial verdaderamente independiente.
El Partido Popular en su programa a las elecciones generales de 2011 prometía que en aras de despolitizar el órgano de gobierno de la Judicatura, promovería una modificación del sistema de elección de vocales del Consejo General del Poder Judicial que pasarían a ser elegidos por y entre los jueces y magistrados de todo el territorio nacional.
Se abría así una esperanza para el Estado de Derecho y para la carrera judicial, que terminaría con la politización de la Justicia y garantizaría por fin la plena separación de poderes y la autonomía del Consejo General del Poder Judicial, a salvo de las indeseadas injerencias políticas desarrolladas a partir de la Ley Orgánica 6/1985.
A partir de dicha Ley Orgánica, el PSOE modificaba el sistema de elección del órgano de gobierno de la judicatura sustituyendo la elección de los vocales judiciales por los jueces, por un sistema de elección parlamentaria. Se pretendía así controlar el órgano de gobierno de la judicatura, los nombramientos judiciales y las competencias relativas a la responsabilidad disciplinaria y estatuto profesional de Jueces y Magistrados. El poder político podría así interferir de lleno en el Poder Judicial, mediante la designación de los vocales que pudiesen resultar afines.
El Tribunal Constitucional en su Sentencia 108/1986 consideró que si bien el sistema de elección parlamentaria de los vocales judiciales del CGPJ no era el más acorde con el espíritu constitucional, el mismo no quebrantaba el artículo 122 de nuestra Carta Magna. Resaltaba el Tribunal no obstante, que sólo se garantizaba plenamente la Independencia Judicial mediante el sistema de elección judicial de los vocales del Poder Judicial. Así mismo disponía la meritada sentencia una premisa esencial, de forma que el sistema de elección parlamentaria no podía suponer un intercambio de cuotas partidistas y reparto de vocalías judiciales entre los distintos partidos políticos.
Pues bien la composición de los sucesivos Consejos del Poder Judicial, evidencia que la designación política se ha basado en un intercambio de cuotas partidistas en clara contravención del precepto 122 de la Constitución, al dejar en una mera entelequia las salvaguardas especificadas por el Tribunal Constitucional respecto al sistema de elección parlamentaria de vocales del CGPJ.
En concordancia con la promesa electoral efectuada en su día, ratificada por el Ministro de Justicia en su toma de posesión, el acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de Marzo de 2012 constituyó una comisión institucional para la elaboración de un texto articulado de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial. El acuerdo del Consejo de Ministros expresamente indicaba que para garantizar la Independencia Judicial debía procederse a modificar el sistema de elección de los vocales judiciales del Consejo General del Poder Judicial, garantizando que fuesen elegidos por y entre los Jueces y Magistrados de todo el territorio nacional.
Dicha comisión institucional estaba integrada por siete miembros, entre los cuales se encontraba el actual Presidente del Tribunal Supremo Don Carlos Lesmes Serrano, por aquel entonces Magistrado de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo.
El Ministro de Justicia Alberto Ruiz Gallardón presentó un primer informe de dicha comisión en el que se establecía la modificación del sistema de elección de vocales judiciales del CGPJ, que pasarían a ser designados por los Jueces.
Tras el caso Dívar suscitado a causa de la dudosa justificación de diversos gastos cargados al CGPJ por el entonces Presidente, después de las presiones ejercidas por el Ministro de Justicia Alberto Ruiz Gallardón sobre los vocales judiciales para lograr que apoyasen la continuidad de Carlos Dívar como Presidente del Tribunal Supremo, y ante la desobediencia de los vocales judiciales en un evidente ejercicio de responsabilidad y autonomía propia de su condición de jueces e integrantes del órgano de gobierno de la judicatura ; El Gobierno de la Nación a través del Ministro de Justicia decidió dar un giro copernicano en cuanto a la propuesta de modificación del sistema de elección de vocales del Consejo General del Poder Judicial.
En un contexto político en el que afloraban escándalos de corrupción que afectan de manera generalizada a los distintos partidos políticos, el Gobierno de la Nación sin justificación alguna, con traición a la palabra, dada decidió mantener el sistema de elección parlamentaria, reforzando la discrecionalidad en cuanto a la elección de vocales judiciales. La designación pasaba a ser una decisión exclusivamente política y partidista, que no se vería sometida siquiera al filtro relativo a la terna presentada por las distintas asociaciones judiciales. Bastaría con que un Juez o Magistrado presentase el exiguo número de 25 avales para que pudiese ser elegido por el poder político.
Correlativamente a lo anterior, la Comisión Institucional compuesta por 7 integrantes, el 3 de Noviembre de 2012 procedió a modificar su informe y a emitir otro proponiendo que la designación de los vocales judiciales sería por las Cortes Generales. Resulta evidente que el cambio de criterio de la Comisión Institucional nombrada mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de Marzo, obedecía a las instrucciones políticas del Ministro de Justicia y del Gobierno de la Nación.
Las anteriores consideraciones reflejan una evidente carencia de valores democráticos y un rechazo a uno de los pilares del Estado de Derecho. La actual clase política no concibe un Poder Judicial independiente. Es por ello que rechazan ,incluso traicionando su propia palabra, la elección de vocales judiciales por los jueces y magistrados. De éste modo perderían el control.
El Ministro de Justicia Alberto Ruiz Gallardón vino a justificar el cambio de criterio en la necesidad de buscar un gran consenso. Argumento que se reveló finalmente como una mera excusa falaz dado que la Ley Orgánica 4/2013 se aprobó exclusivamente con los votos del grupo parlamentario popular.
Incluso se llegó a suspender el proceso de renovación del Consejo General del Poder Judicial, para cambiar las reglas del juego una vez empezado el partido. ¿Se imaginan que en mitad de unas elecciones generales se alterasen las reglas del voto y como consecuencia se lograse una composición distinta y predeterminada de nuestro arco parlamentario o del signo del gobierno?. ¿No es lo anterior, más propio de regímenes totalitarios que no respetan las instituciones democráticas?.
En la Ley Orgánica 4/2013 de 28 de Junio, al margen del sistema de elección, se reducían de manera significativa las competencias del CGPJ, mermando la importancia del mismo y su capacidad de preservar la Independencia Judicial, y se instituían mecanismos que posibilitaban represalias por vías disciplinarias respecto a Jueces y Magistrados y disminuían de manera significativa las garantías de Jueces y Magistrados respecto a su estatuto profesional. El Gobierno de la Nación consagraba así un evidente ataque a la Independencia Judicial.
El dudoso talante democrático de la clase política no se circunscribió al Gobierno de la Nación, sino que se extendió a la oposición y en particular al Partido Socialista Obrero Español, el cual pese a recurrir ante el Tribunal Constitucional la Ley 4/2013, no impugnó los preceptos relativos al nombramiento de vocales judiciales por las Cortes. Como se demostraría posteriormente, también quería su parte en el pastel del Consejo General del Poder Judicial. Gobierno y oposición actuaban así como cómplices en un atentado continuo a la Independencia Judicial desde 1985, que alcanzaba su cénit en 2013.
Iniciado el proceso de renovación del CGPJ, conforme a la nueva Ley 4/2013, se presentaron 53 candidatos que obtuvieron un número de avales irrisorios. Paralelamente a ello se inició un proceso de elecciones alternativas en la carrera judicial, bajo fé notarial y con carácter simbólico, en el que los candidatos triplicaron los avales de los candidatos oficialistas.
La designación parlamentaria se fraguó como un mero intercambio de cuotas partidistas, donde ni tan siquiera se explicó a la opinión pública el motivo de la designación de los 12 vocales judiciales, quienes ni tan siquiera pasaron ante la comisión de nombramiento de las Cortes. No se informó en modo alguno por el motivo de la preterición de otros candidatos, que incluso habían conseguido más avales que los seleccionados o cuyas trayectorias profesionales en base a superación de pruebas de especialización en órdenes jurisdiccionales, contaban con una mayor prestigio profesional.
La designación se circunscribió a un mero reparto de cuotas partidistas. Cómplices de la ignonimia fueron PP, PSOE, IU, PNV y CIU. Constituía por otro lado un evidente ejercicio de nepotismo, dado que al margen de la cualificación profesional de los seleccionados (algo que este autor en modo alguno pretende poner en duda), algunos de los nuevos vocales tenían especiales vínculos personales incluso familiares con quienes ejercían o habían ejercido altos cargos del Estado.
Con carácter previo a la designación de los 12 vocales judiciales, se filtró en prensa que los principales partidos políticos habían acordado que Don Carlos Lesmes Serrano sería el próximo Presidente del Tribunal Supremo. Debe recordarse que la designación del mismo corresponde en exclusividad al Consejo General del Poder Judicial conforme al artículo 123 de la Constitución y al propio artículo 586.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
El nuevo Pleno del Consejo General del Poder Judicial propone sólo como candidatos a Presidente del Tribunal Supremo a Don Carlos Lesmes y Doña Pilar Teso. Hecho éste que no puede sino causar perplejidad por el exiguo número de candidatos propuestos, desconociéndose los motivos por los que ninguno de los nuevos vocales del Consejo General del Poder Judicial consideraron idóneo a otros Magistrados del Tribunal Supremo. No resulta creíble que ningún otro Magistrado del Tribunal Supremo no se considerase capacitado para ejercer el más alto cargo de la magistratura.
Lo anterior suscita serias dudas sobre la autonomía de los vocales del Consejo General del Poder Judicial, para proponer nombramientos judiciales y ejercer de forma autónoma sus funciones. Más si tenemos en cuenta que uno de los candidatos propuestos, finalmente el elegido, había sido el designado por el poder político con carácter previo a la elección de los propios vocales judiciales como nuevo Presidente del Tribunal Supremo.
Analizados los antecedentes a este autor se le suscitan dudas que no acierta a despejar :
¿Qué intervención tuvo Don Carlos Lesmes Serrano en la Comisión Institucional creada para proponer un texto para la reforma del sistema de elección del Consejo General del Poder Judicial?
¿Cuál fue su posición, teniendo en cuenta que dicha comisión varió radicalmente su informe en dicho extremo siguiendo una perfecta coordinación con el cambio de criterio del Gobierno de la Nación?.
¿Cuál fue el momento temporal exacto en el que se produjo la designación de los vocales judiciales y la del Presidente del Tribunal Supremo? ¿Finales de 2012? ¿2013? ¿Antes?.
Perdone el lector, la susceptibilidad de este autor pero teniendo en cuenta los antecedentes relatados, no puede quien subscribe albergar serias dudas sobre un proceso de reforma de nuestro órgano de gobierno, construido en base a una farsa y a la traición a la palabra dada, cimentado en definitiva sobre una mentira originaria.
No dudo en modo alguno de la excelente trayectoria y cualificación profesional del nuevo Presidente del Tribunal Supremo, pero sí resalto las serias incertidumbres que la sucesión de hechos relatados hacen surgir en torno al proceso de designación. Resaltar única y exclusivamente las cualidades profesionales del nuevo Presidente es decir la verdad, pero supondría también ocultar de forma interesada las circunstancias que han precedido a la designación.
Los actuales miembros del Consejo General del Poder Judicial,mediante el ejercicio independiente de su función tienen la ocasión de despejar estas dudas. Eso sí no se arroguen ninguna representación en nuestro nombre, no tienen derecho, no les hemos elegido.
Como verá el lector, estas líneas en modo alguno son fruto de la ira ni suponen un ejercicio de la libertad de expresión impropio de quien tiene la condición de Magistrado. Tampoco afectan al supremo valor de imparcialidad al que como Jueces y Magistrados nos debemos. En el ejercicio de mi jurisdicción en modo alguno veo apellidos de partes y ninguna vinculación tienen mis resoluciones, con el ejercicio de un derecho fundamental que ostento como ciudadano y mediante el cual me manifiesto. No puedo permanecer impasible ante reformas que merman de lleno la calidad de nuestro sistema democrático.
Las reflexiones precedentes son fruto de una honda preocupación por unas reformas que ponen en peligro los derechos de la ciudadanía. Cuando un juez se opone a reformas que ponen en peligro el ejercicio independiente de su jurisdicción cubre de prestigio y honor su toga.
Dignificar el ejercicio de nuestra profesión supone defender sin miedo la Independencia Judicial, aún a costa de frustrar la propia trayectoria profesional o arriesgar intereses personales. No obstante lo cual, la preservación de una justicia independiente para servir al ciudadano constituyen para mí un valor supremo, que en ningún modo merma ni mi responsabilidad ni mi imparcialidad como Magistrado.
Para mí los derechos y el futuro de ciudadanos de a pie, de jóvenes soñadores como Irene, Berta, Fernando, Marta, Oscar, Julián,Miriam,José Luis y otros tantos valen más que cualquier riesgo que con estas palabras puede que esté asumiendo. A esos principios, a esos sueños me debo. Y si un día eso me pasase factura, siempre ostentaré el orgullo de haber sido libre y fiel al juramento que presté en su día.
A veces sólo depende de una persona que las cosas cambien, a veces como en la más hermosa historia de amor todo empieza y todo acaba en ti.

Puedo prometer y prometo…un millón de puestos de trabajo. De la falta de una cultura cívica de evaluación de las políticas públicas.

Sin duda la inexistencia de responsabilidades políticas y jurídicas por parte de los gestores públicos que han desarrollado políticas públicas ruinosas durante los años del boom constituye una importante causa del desprestigio de la clase política y de los gestores públicos, dado que los ciudadanos son muy conscientes en este momento de que son ellos los que están pagando, en tanto que contribuyentes, los errores y los excesos derivados de una mala gestión, ya se trate de la mala utilización de recursos públicos, del despilfarro o de la corrupción.

En sentido, la transparencia debería de ser capaz de reforzar la labor de los políticos y gestores públicos más honestos y capaces. Obrar de forma transparente favorece siempre a aquellos que prefieren actuar con claridad y con respeto a la legalidad y a los procedimientos existentes, primando a los políticos responsables dispuestos a rendir cuentas públicas de su gestión frente a los políticos y gestores públicos que prefieren las “políticas de pasillo”, las componendas y la opacidad y que eluden sus responsabilidades. En definitiva, nada tiene que perder con la transparencia un político o un gestor honesto y eficiente y sí mucho que ganar, como intentaremos explicar en este post. Sobre todo si está dispuesto a contar con la participación y colaboración de la sociedad civil.

Existe en España además de falta de una auténtica cultura de la transparencia –de la que ya he hablado largo y tendido en otros posts- hay otra falta de cultura que suele destacarse menos pero que es igualmente muy grave: los españoles no estamos acostumbrados a evaluar o a exigir la evaluación de las políticas o actuaciones públicas y de sus consiguientes resultados (o falta de ellos). Lógicamente sin transparencia no es posible hacerlo porque falta información, de ahí la íntima conexión entre una y otra.

Pero es cierto que incluso disponiendo de datos públicos -porque muchas veces sí los hay aunque sea “en bruto”- en España no existe todavía esta cultura. No se suelen exigir los informes en los que supuestamente se fundamentan decisiones muy relevantes, como la de gestionar pública o privadamente un hospital público, por mencionar un caso reciente. No solo no tienen esa cultura los ciudadanos, tampoco la tienen los medios de comunicación (si bien la aparición del llamado “periodismo de datos” puede hacer que aparezca para bien de todos) y, lo que es mucho más preocupante, no la tienen los políticos y gestores públicos.

El reciente caso de la privatización de la gestión de los hospitales públicos de la Comunidad Autónoma de Madrid es un ejemplo muy interesante, porque probablemente es una de las primeras veces en que desde la sociedad civil se ha empezado a exigir disponer de datos e información relevante, más allá de la ideología un tanto simplista a la que nos tienen habituados nuestros viejos partidos (del tipo “privatizar siempre es bueno” o “privatizar siempre es malo”). La razón es que muchos contribuyentes madrileños usuarios de la Sanidad Pública simplemente lo que quieren es valorar si la decisión es o no la mejor desde el punto de vista de la calidad de los servicios y de la utilización de los recursos públicos. Un análisis coste-beneficio, vamos. Y si algo está demostrando este ejemplo es que nuestros gestores públicos no están preparados para este tipo de exigencias.

Este es un país donde los Presidentes de los Gobiernos de cualquier signo pueden prometer 800.000 o un millón de puestos de trabajo sin más fundamento que su palabra. Tienen claro que nadie les va a preguntar de donde han sacado esa cifra mágica. Cuentan con nuestra falta de cultura. Lo mismo sucede con tantas y tantos ejemplos de despilfarro, empezando por el plan E y terminando con los fastos de la Comunidad Autónoma de Valencia y pasando por cualquier aeropuerto, tele autonómico o AVE que se precie. Y lo curioso es que en la mayoría de estos casos hacer las cosas bien era relativamente sencillo, parece que se puede saber con mucha exactitud qué número de pasajeros, o de audiencia, o de consumidores, se necesita para hacer rentable un aeropuerto, una tele o un AVE. Por eso en algunos sitios estas cosas no  se hacen. No se las pueden permitir.

En definitiva, la evaluación de las políticas públicas es esencial si queremos exigir rendición de cuentas sobre cómo se gasta nuestro dinero. Pero es difícil si no sabemos qué datos justificaron una decisión, que otras alternativas había, etc, etc. SI no hay informes previos (evaluaciones “ex ante”) ni posteriores (evaluaciones “ex post”) ni indicadores o si los hay están muy cocinados para que salga lo que tiene que salir. Y además es un pilar fundamental de una democracia de calidad en la que no es suficiente la  fe en la palabra del político de turno, hay que demostrar que las cosas que se promete son razonables y se pueden cumplir.

Y por supuesto, si la cosa sale mal (con o sin informes y datos pero especialmente si ni siquiera ha habido informes y sin datos) no puede haber impunidad. Y hay impunidad si la solución es la de no volver a votar a los derrochadores e ineptos o corruptos o meterles en la cárcel, tengánlo claro. Porque si solo identificamos la rendición de cuentas con rendición de cuentas política, o penal, tenemos un problema muy grave, de eso ya hemos hablado otras veces en este blog, porque entonces tenemos un sistema que permite que se adapten decisiones de esta magnitud sin ningún tipo de control y de información por parte de los gestores públicos y sin ningún tipo de responsabilidad. Así que, cuando la cosa sale mal, les toca a los ciudadanos cargar con las consecuencias mientras que los políticos y los gestores públicos preparan el siguiente desastre con los mismos mimbres…¿Cuánta gente ha dimitido o ha sido cesada por haber emprendido políticas públicas ruinosas o desastrosas? Pues eso.

¿Van a cambiar las cosas con la nueva Ley de transparencia? Pues me temo que no mucho. Es verdad que el título dedicado al buen gobierno tipifica como sancionables administrativamente una serie de conductas en las que ningún gestor público serio y honesto debería  incurrir. La mayoría por no decir todas estas conductas ya estaban prohibidas en las leyes administrativas y presupuestarias pero se han incumplido y no ha pasado nada. Así que la pregunta del millón es siempre la misma ¿Se van a cumplir ahora? ¿van a sancionar gente de un partido a la gente de su partido por sus políticas absurdas, disparatadas o simplemente despilfarradoras ? Pues mientras piensen que las reglas del juego no han cambiado y que los ciudadanos no lo exigen sinceramente no creo.

La Ley también señala en su art.6.2 que  las Administraciones Públicas publicarán los planes y programas anuales y plurianuales en los  que se fijen objetivos concretos, así como las actividades, medios y tiempo previsto para su consecución. Muy bien, un paso en la dirección correcta. Pero el problema es que su grado de cumplimiento y resultados deberán ser objeto de evaluación y publicación periódica junto con  los indicadores de medida y valoración, pero solo “en la forma en que se determine por cada Administración  competente”. Es decir, un pasito atrás. Veremos que pasa. Por otra parte, la AEVAL (la Agencia estatal de evaluación de politicas públicas) ni se menciona, lo que da idea de su irrelevancia en este ámbito, que desde luego se ha ganado a pulso como dijimos aquí.

En todo caso, las buenas noticias son que la sociedad civil se está poniendo las pilas también en este asunto de valoración de las políticas públicas. Ya conocen a nuestros habituales de Fedea, la Fundación Civio, y muchos otros. También este blog en su modestia está intentando desmenuzar gracias a algunos colaboradores de ciencias asuntos tales como los presupuestos de las diputaciones provinciales o de las teles autonómicas. Lo más interesante es que estos ejercicios de evaluación se hacen a partir de datos públicos.

Así que la próxima vez que alguien prometa un millón de puestos de trabajo, un complejo de ocio en los Monegros, la llegada de Mr. Adelson, el AVE a Villaconejos o cualquier cosa que ustedes deseen ardientemente ya saben, no se fíen. Mantengan la cabeza fría y pidan los datos,  los informes y lo que haga falta para asegurarse de hay algo más que humo.  Se pierde en ilusión pero se gana en eficacia. Es como cuando se deja de creer en los Reyes Magos y lo que nos ponen en el zapato resulta que sale más barato y nos viene mejor.