Sobre sabios, expertos y…políticos

Ha venido ocupando un espacio importante en los medios de comunicación la entrega al Gobierno por la Comisión de Expertos, creada al efecto, de un Informe para la reforma del sistema tributario. Sin embargo, los resultados no han sido tan llamativos como la ocasión merecía. Para empezar, la palabra que designaba el objetivo de la Comisión, “reforma”, aunque en sí misma sólo significa innovación o mejora, sin más especificaciones sobre su profundidad, unida a la palabra “sistema” parecía augurar una transformación bastante notable en los diferentes impuestos existentes o en su forma de cálculo. Pero nada de eso aparece en un Informe que está preso de un notorio afán continuista, especialmente en lo que respecta al rechazo de cualquier modificación que pueda ocasionar una disminución de los ingresos públicos.

El Informe no cuestiona el nivel del gasto público en España y, así, la suficiencia recaudatoria para subvenir a unos gastos públicos anquilosados se convierte en la clave de bóveda del sistema, todo ello al servicio de los objetivos de déficit público conforme a las exigencias de la UE; lo cual, evidentemente, no es ninguna novedad respecto del estado de cosas actual. Por otro lado, es cuestión también digna de mención que la Comisión se desentienda totalmente de cualquier objetivo en términos de mejora de la “equidad vertical” de la sociedad española, aduciendo que eso es cosa del gasto público y no de los ingresos; y ello a pesar de la evidencia de deterioro de los índices de desigualdad en España en los últimos años (aquí).

Los objetivos secundarios de la propuesta reformista, tras el principal de mantener a toda costa los ingresos del Tesoro, pasan a ser, por un lado, la neutralidad impositiva, bajo la convicción de que la economía será más competitiva cuanto menos sesgadas sean las decisiones de los agentes privados por motivos tributarios, y, por otro lado, el crecimiento económico, mediante la movilización de dos factores principales: el fomento del ahorro (y la atracción de capitales) y la activación de la mano de obra actualmente desempleada. La contribución del sistema tributario a la estabilización de la economía sólo se apunta muy de pasada mediante los objetivos prioritarios de “consolidación fiscal” (es decir, reducción del déficit público, en los términos de los compromisos con la UE) y la opción por los estabilizadores automáticos que deberían sustituir, según la Comisión, a la acción discrecional del Gobierno.

Habrá tiempo para ir comentando con detalle algunos aspectos destacables del Informe. En este post me limitaré a comentar las cuestiones generales a mi entender más llamativas. Y la más de todas, especialmente tratándose de un Informe que procede de “expertos”, es que las propuestas del Informe no nacen de reflexiones teóricas sobre los tributos en el mundo de hoy, sino que las fuentes básicas de las que beben sus autores son las recomendaciones ya muy conocidas hechas por los Organismos internacionales (OCDE, Consejo Europeo, Comisión Europea y FMI), además de tomar acríticamente como modelo tributario lo que ocurre en el resto de países de la UE, diseñando la reforma más como una convergencia con esos estándares medios europeos que como un planteamiento novedoso en cuanto a sus fundamentos teóricos.

La Comisión ha apreciado dos diferencias fundamentales entre nuestro país y la media de la UE. La primera de ellas, que en España el peso recaudatorio del IVA e Impuestos Especiales es algo inferior a la media de la UE, por lo que en una primera proyección las propuestas del Informe van en la línea de incrementar un 1% del PIB el peso de los impuestos indirectos y disminuir el mismo 1% del PIB en los impuestos directos; como se ve, un trasvase realmente nimio en términos globales (aunque pueda llegar a ser relevante para algunos tipos de renta, los grandes beneficiarios de ese trasvase). En segundo lugar, se constata que en España hay un mayor peso de las cotizaciones sociales y, muy especialmente, la parte que va a cargo de la empresa; por ello, como segunda proyección, se propone una disminución de tres puntos en dichas cotizaciones (1% del PIB) y un correlativo incremento del 1% del PIB en imposición sobre el consumo. En ambos casos, con mantenimiento de la cuantía de los ingresos.

Una segunda cuestión llamativa del Informe es la tensión que se revela a lo largo de todo él entre la propugnada neutralidad impositiva y la cruda realidad de la necesidad de subvenir a la financiación del gasto público de la manera más cómoda y eficaz; y el pertinaz sesgo en resolver la tensión con medidas dirigidas recaudar la mayor cantidad de la manera más rápida y cómoda posible.

El juego combinado de los límites que imponen las posibles opciones de deslocalización de recursos económicos atraídos por los sistemas fiscales de nuestro entorno más benévolos y la mano de hierro de unos niveles intocables de gasto público y obligaciones de déficit, acaban por desviar la mayor parte del esfuerzo tributario hacia bienes y rentas “cautivos”: los inmuebles y las rentas del trabajo, de profesionales y de empresarios individuales, para liberar de carga tributaria a las rentas del capital y los beneficios empresariales.

Finalmente, el Informe parece que piensa ser aplicado por el Gobierno con la frivolidad con que se hace política en España: se usará como coartada para las medidas que interese tomar y se dejará en el cajón cuando las propuestas del Informe no convengan al momento político y a los intereses del grupo gobernante. Pongo un ejemplo clamoroso de lo que puede ser una práctica que me temo que va a ser habitual. En general, como he dicho, el Informe postula una mayor neutralidad fiscal. Así, en referencia a las cotizaciones sociales podemos leer: “De ahí que la Comisión proponga que, en lugar de continuar aplicándose bonificaciones poco discriminadas en las políticas de empleo, se deba establecer una definición muy estricta respecto a tales bonificaciones“.

Pues bien, pocos días antes de la presentación en sociedad del Informe, el Presidente del Gobierno, en un golpe sorpresa publicitario en el debate sobre el Estado de la Nación anunció una “tarifa plana” de cotizaciones sociales para nuevas contrataciones, claramente discriminatoria, pues distorsiona los costes de la mano de obra según un criterio tan arbitrario como es el momento de su contratación. ¿Tiene sentido implementar medidas en sentido contrario al que previsiblemente la Comisión va a proponer, en vez de esperar al Informe y seguir sus propuestas? La conclusión es evidente: el Gobierno va a seguir guiándose por la inmediatez del calendario político, en su provecho y beneficio electoral. Que es lo de siempre, pues la maraña de exenciones y bonificaciones distorsionadoras que la Comisión rechaza con tanto ahínco y propone desbrozar, no es producto tanto de un sistema tributario obsoleto que haya que reformar radicalmente, sino de las innumerables medidas discrecionales (y hasta muchas veces arbitrarias) a que tan aficionados son todos los Gobiernos que en el mundo han sido.

La Unión Europea y el nacionalismo: ¿el juego de la gallinita ciega?

Europa es uno de los continentes que más ha sufrido los estragos del nacionalismo. Precisamente las dos guerras mundiales, especialmente la segunda, fueron la consecuencia de este movimiento-sentimiento. Europa sabe en primera mano los altos costes que se unen al hecho nada baladí de mover fronteras o crearlas donde antes no estaban. Por ello, una de las principales razones que motivaron la creación de las Comunidades Europeas o “Unión” Europea, fue contraponer las ideas de “integración y cooperación” a las de “división y enfrentamiento”. Y ello, no solo para evitar un nuevo conflicto armado (o “guerra civil europea”), sino porque en términos tanto económicos como culturales era lo que más convenía a Europa, que veía como con su división era más débil, pues perdía cuotas de mercado y calidad de vida respecto a los EEUU que actuaban como un todo armónico. Quizás el grito que más se puede unir a la razón de ser de la UE es: ¡nunca más un conflicto por fronteras!

Hoy, sin embargo, algunas declaraciones de Comisarios/as europeos/as, respecto al caso catalán, y las estrategias adoptadas frente a la crisis ucraniana, nos hace temer que Europa haya olvidado su historia, su principal misión, y que corre el riesgo de perder toda legitimidad para marcar la senda de lo que debe ser el mundo globalizado. La profesora Araceli Mangas recuerda en un artículo en El Mundo (05/03/2014), que todo empezó con los errores cometidos por la UE en los Balcanes, cuando los países de la OTAN: “invadieron Serbia y programaron la ruta para romper deliberadamente la integridad territorial de Serbia y constituir en Kosovo un Estado fantasma bajo protectorado de la UE (2007). Al año siguiente, Rusia, bajo la coartada de la protección de los derechos humanos de los rusos, invadió la débil Georgia y creó dos estados de ficción en Osetia del Sur y Abjasia. La misma medicina, ni mejor ni peor”. Ya entonces la UE parecía no tener una idea clara de los principios que deben regir la organización de Europa y del mundo globalizado, y como consecuencia de esa línea de actuación política hoy Kosovo está en la ruina económica, y a pesar de ello, parece que los intentos de romper los Estados miembros que han venido marcando el paisaje de Europa desde hace siglos no ha hecho más que empezar. Hoy Europa tiene un problema hacia fuera que es el mismo que corre el riesgo de romperla por dentro: los excesos del nacionalismo y el poco respeto a las reglas, y su complacencia hacia ambos fenómenos. En Ucrania se ha apoyado un golpe de Estado, porque nos guste mucho o poco su presidente, éste había sido elegido con una elecciones legitimadas por observados internacionales.

Volvamos a casa; ¿es realmente, por ejemplo, el proyecto secesionista catalán un mero problema “interno” de España que no afecta a la UE? ¿Los proyectos rupturistas escocés, catalán y vasco realmente no inciden en el modelo de UE que representa, a su futuro, e incluso al mejor modo en que puede organizarse un mundo cada vez más interrelacionado? Cuando menos esta cuestión debería ser objeto de debate, y no lo está siendo. Seguidamente intentaremos hacer en este post una pequeña contribución, comparando las características del fenómeno nacionalista y los principios que se supone debe defender la UE.

Veamos. El nacionalismo de corte regional se suele estructurar en torno a cinco características o principios:

a)    La existencia de una lengua propia

Ya en el año 1994 el profesor Daniel J. Elazar, de la Universidad Temple de Filadelfia, estableció que pervivían en el mundo alrededor de 3.000 grupos humanos que presentaban una identidad colectiva, mientras que existían 185 Estados reconocidos por la ONU, de los cuales el 86 por ciento tenía ya una composición multiétnica. Hoy el número de Estados reconocidos son algunos más (192), mientras que los estudios lingüísticos muestran que en el mundo existen entre 3.000 y 5.000 lenguas, según los criterios de valoración que se utilicen. La pregunta resulta clara: ¿cualquier población con características propias debe tener derecho a crear su propio Estado?, ¿queremos un mundo con más 3.000 naciones?, ¿resultaría gobernable?, ¿sería eficaz para los ciudadanos?, ¿es lo que necesitan Europa y un mundo globalizado? ¿De verdad la UE quiere que triunfe el principio, una lengua-una nación? Entonces, comencemos a contar como chinchetas nuevos Estados, también en Europa. Por cierto pocos saben que el bávaro es más antiguo que el catalán, y hay muchos verdaderos idiomas que por razones políticas pasaron en un momento dado a considerarse dialectos (por ejemplo en Italia).

b) La existencia de un derecho a la libre determinación de los pueblos

Sostener esa posibilidad en Europa sería tanto como reconocer que existen colonias en Europa (lo cual por cierto es únicamente verdad para Gibraltar) o que sus Estados miembros incumplen los derechos humanos, lo cual debería llevar antes a la UE a aplicar el art. 7 del Tratado de la UE, e iniciar un proceso de sanción a ese Estado miembro con cara a la suspensión de sus derechos. Pero ¿es esto lo que está pasando en la UE?

Por lo que se refiere a España, ésta ya respeta plenamente el derecho a la libre determinación tal como lo reconocen las Resoluciones de la Asamblea General de la ONU nº 1514, del año 1960, y nº 2625 del año 1970, Aquí no existe ningún dominio colonial ni se discrimina a nadie en ninguna institución pública o privada por ser vasco, catalán o gallego. Antes al contrario, gran número de ministros e incluso presidentes del gobierno español han procedido históricamente de esas regiones (incluido por cierto el responsable de una dictadura centralizadora que duró casi cuarenta años que era “gallego”) que hoy poseen el mayor nivel de autogobierno de su historia. Incluso España es el país de la UE que aplica de forma más extensiva y generosamente, la Carta del Consejo de Europa para la protección de las lenguas minoritarias. Por cierto que en Alemania, Francia o Italia solo consideran como tales a las de otros Estados miembros que se hablan en zonas fronterizas (que se lo pregunten a los catalanes o vascos franceses)

c)    La existencia de una historia propia

En los casos vascos y catalán se ha abusado de una interpretación de su pasado histórico que interpretado de similar manera llevaría a que casi cualquier región en el mundo (y principalmente en Europa) pudiera reclamar el estatuto de nación. Hay incluso ciudades-estados, como Venecia o Florencia, que tendrían buenas razones “históricas” para independizarse mañana mismo, por no hablar de Alsacia, el Reino de Navarra o Valencia. ¿Y las (numerosas) islas? ¿Por qué no? Pero ¿es esto lo que necesita la UE?, ¿abrir la caja de Pandora de su historia pasada? Lo del RH vasco o su origen ancestral llevará a pedir el DNI íbero o celta para considerarse español. ¿Es este sentido de la modernidad el que patrocina Europa?

d)    Razones económicas (solos estaríamos mejor)

Si este epígrafe es cierto, esto haría que “solo” los ricos tendrían derecho a constituirse en nuevos Estados. ¿Es esto lo que defiende Europa? Aunque también sería posible, que después de todo, finalmente no fuera tan cierto eso de que solos se está mejor (véase la disminución de renta per cápita de Portugal en relación con España a partir de su independencia de ésta o la situación de Kosovo, a pesar de las generosas ayudas europeas).

Por otra parte, si hoy el discurso triunfante es “España nos roba”, es obvio que el discurso del día después de la independencia sería “¡Europa nos roba!”, porque igual o parecidas obligaciones de solidaridad se impondría a los ricos ya independientes respecto a los ciudadanos de otros países más pobres de la UE. O es que mola más financiar ayudas a letones o lituanos que a extremeños o andaluces. ¿Es esto la idea que Europa quiere promover?

e)    La importancia de las emociones, de “sentirse” de un sitio o de otro

Las emociones son todas muy respetables, pero también fácilmente sujetas a manipulación. Además donde más fructifican es en los extremismos, de los que Europa precisamente no está falta. ¿Es potenciar las emociones “de la diferencia” y no de “lo que nos une” lo que quiere promover  Europa?

Por último, a estos cinco elementos se añade un sexto que opera por lo menos en Cataluña, el de empeñarse en convocar una consulta aunque sea contra las normas que nos hemos dado entre todos. Sin embargo, ¿no es el respeto al Estado de Derecho lo que preconiza y representa Europa? Y de hecho, pocos comprenden hoy, cómo la UE se pronuncia pública y agresivamente sobre el referéndum ilegal de Crimea, un territorio de un Estado que nos es miembro de la UE y no dice nada, cuando el mismo o parecido problema se plantea en un estado que es miembro de la UE desde hace 29 años.

En resumen, la UE debe plantearse qué quiere ser de mayor, por ejemplo en torno a qué organización de continente es la que más respeta sus principios, su misión y garantiza su futuro. Mirando a otro lado, con dobles varas de medir, o con profunda ingenuidad, no se arreglan los problemas. Si se quiere tener la legitimidad necesaria para lanza un mensaje fuerte y claro de lo que la UE representa y quiere representar en el mundo, primero debería mirar en casa y arreglar los problemas que la acucian. Si no lo hace, no podrá quejarse cuando los partidos anti-europeos y extremistas ganen las encuestas. Quien siembra vientos….

¿Nepotismo en el Tribunal Supremo? La importancia de tener buenos contactos en España

Uno ya está curado de espanto, pero quizás un posible caso de nepotismo en el Tribunal Supremo todavía es susceptible de llamar la atención incluso en un país tan acostumbrado a los enchufes como el nuestro. Hace unos meses El Confidencial publicó una noticia (aquí) según la cual la hija (Carmen Fernandez-Montalvo García) y el yerno (de apellido Aparicio de Lázaro) del Presidente de la Sección II de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de lo contencioso-administrativo, el Magistrado Rafael Fernández-Montalvo, fueron designados letrados del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo. ¿Casualidad?
Cuando saltó la noticia los evaluadores y el coordinador general del proceso de selección (Ramón Castillo) se apresuraron a negar cualquier trato de favor a estos candidatos a consecuencia de sus conexiones familiares que, siempre según su versión, desconocían hasta que  superaron con éxito el proceso. Dado que el nepotismo ha sido -y parece que continúa siendo- un mal nacional, me ha parecido oportuno investigar si esta excusa es creíble; en definitiva, si contamos con procedimientos objetivos de selección para que cuando se produzcan acontecimientos de este tipo quede descartada cualquier duda al respecto. Y el que este caso afecte nada menos que al Tribunal Supremo, se supone que el sancta sanctorum de la objetividad impersonal y del respeto a las reglas, nos puede dar una pista bastante significativa de lo que puede estar pasando en otros sitios.
En primer lugar, que los evaluadores no supieran que se trataba de la hija del Magistrado no parece creíble, máxime cuando unió sus apellidos paterno y materno para hacerlos coincidir con los de su padre y, además, aportó como mérito un artículo jurídico escrito con él al alimón (aquí). Por otra parte, tampoco hay tanta gente en el Tribunal Supremo: en la Sala Tercera sólo seis magistrados son presidentes de sección. Negar ese conocimiento ya resulta extraño, pero no sería determinante si los procedimientos de selección fuesen a prueba de bomba. Vamos a comprobarlo.
Aclaremos antes que el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo, creado por Real Decreto 489/1985, de 2 de abril, se encuentra bajo la dependencia directa del Presidente del Tribunal Supremo (artículo 163 LOPJ) y  tiene como funciones la asistencia al mismo, a la Sala de Gobierno y a los Presidentes de Sala en el ámbito de sus respectivas competencias y en materia de relaciones institucionales, la asistencia técnico-jurídica a las diferentes Salas del Tribunal y a la Sala de Gobierno, la información pública de la actividad jurisdiccional o gubernativa del Tribunal, y aquellas otras que sean precisas para el buen funcionamiento del Tribunal Supremo, así como la realización de las tareas necesarias para posibilitar la elaboración de bases de datos de jurisprudencia.
La plantilla está integrada por el Magistrado Jefe y cinco Magistrados, nombrados por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial a propuesta vinculante del Presidente del Tribunal Supremo. Asimismo, forman parte de la plantilla del Gabinete un Secretario Judicial y 35 Letrados (también nombrados por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial por un período de tres años, prorrogables por otros tres) junto con el correspondiente personal funcionario y laboral. El trabajo de los letrados consiste en prestar apoyo a la Sala en las labores de admisión y decisión y sus retribuciones equivalen a las de un Secretario de Sala del TS, es decir, unos 50.000 euros al año. Por cierto, que en la propuesta de reforma de LOPJ se prevé aumentar las retribuciones para equipararlas a las de un Magistrado del TSJ. No está pero que nada mal. Conviene destacar además que, pese a los recortes y a las tasas, se amplió la plantilla originaria de 35 letrados a través de los planes de refuerzo aprobados por el Ministerio de Justicia. Curioso también que el yerno entrara dentro de esta “plantilla de refuerzo”.
Pues bien, en cuanto a la elección de los letrados, son nombrados por el Consejo General del Poder Judicial mediante convocatoria pública de concurso de méritos entre funcionarios de las Administraciones Públicas y de la Administración de Justicia pertenecientes a Cuerpos en los que hubieren ingresado en razón de su titulación como Licenciados en Derecho, resuelto a propuesta de la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo. Es decir, el requisito es ser funcionario del grupo A1 y licenciado en Derecho, y el procedimiento de selección es un concurso de méritos.
Al parecer,  la hija y el yerno no eran los que tenían ni más experiencia ni mejor cv. El Confidencial nos dice (aquí) que al puesto aspiraban más de un centenar de personas, según la relación definitiva de solicitantes admitidos que participó en el concurso. Entre los aspirantes había decenas de doctores, profesores de universidad, expertos juristas… Fernández-Montalvo García y su esposo son técnicos de la Comunidad de Madrid.
Sin embargo, lo más relevante y lo que facilita enormemente la opacidad del proceso de selección  es que -si bien las plazas se publican en el BOE (aquí)- los requisitos son siempre los mismos, y nunca se especifica (i) ni la valoración de cada mérito, (ii) ni los criterios de evaluación, (iii) ni se convocan plazas por especialidades; es decir, nunca se busca la idoneidad concreta de un candidato para un puesto. La opacidad es total. A la vista de ello podemos concluir que el TS no cumple su propia doctrina sobre la discrecionalidad técnica en la provisión de puestos de trabajo que impone a otros organismos.
En concreto, los méritos exigibles son los relativos a los servicios prestados en los Cuerpos de origen a los que pertenezcan los funcionarios, los títulos académicos, la superación de pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Secretarios Judiciales (o en otros Cuerpos funcionariales para cuyo ingreso se exija el título de licenciado en Derecho) la experiencia en tareas de investigación, organización y gestión administrativa, la experiencia en Informática general y especialmente en la aplicada a la gestión judicial, los conocimientos y experiencia en materias contencioso-administrativo y social, las publicaciones y los idiomas.
La gracia es que los candidatos no  saben cuántos puntos supone cada mérito, que sería lo mínimo necesario para poder participar en el proceso con ciertas garantías o incluso – de no reunirlos- para formarse y adquirirlos de cara a una convocatoria futura. En fin, falta transparencia, falta objetividad, y todo ello nos hace legítimamente preguntarnos si, además, falta honradez. Y si no falta, con estos incentivos tan perversos hay que concluir que sería un verdadero milagro.
Otro tema vinculado y muy interesante es la duración del nombramiento. Según las normas son 3 años prorrogables por otros tres. Pero ocurre que hay letrados que lleven más de veinte años en sus puestos, y que  siempre vuelvan a sacar la misma plaza, una y otra vez. Ejemplos hay para aburrir. Por elegir uno (aquí), el más reciente acuerdo de nombramiento de letrados al servicio del Tribunal Supremo, de 11 de julio de 2013, nombró siete letrados, seis de los cuales ya habían sido nombrados seis años atrás, por acuerdo de 13 de septiembre de 2007. Es decir, que lo se presentó públicamente como un proceso selectivo no era tal, pues para seis de las siete plazas ofertadas había otros tantos“tapados”.
Esta forma de funcionar tiene unos beneficiarios directos y unos perjudicados clarísimos: los ciudadanos y contribuyentes españoles.  Este tipo de conductas, además de recordar al artículo “Uno de los nuestros” de nuestra coeditora Elisa de la Nuez (mejor rodearse de gente “técnica” de confianza que te deba todo y que sepa mirar para otro lado cuando interese) suponen pura y simplemente una patrimonialización de la institución, aunque sea por los Magistrados del Tribunal Supremo. Pero el Tribunal Supremo no es de sus Señorías: sus Señorías sirven en el Tribunal Supremo, que es de los españoles, que lo pagan con sus impuestos y que, si les dejaran opinar, optarían sin dudarlo por los candidatos más brillantes y con mejor currículum. Pero, por supuesto, nadie va a preguntar a los españoles qué es lo que prefieren, ni siquiera parece que quien tiene que hacerlo vaya a  buscar la manera de que se hagan bien las cosas con el fin de evitar riesgos futuros.
En este sentido resulta muy reveladora la respuesta dada por el Gobierno a la pregunta sobre este tema formulada por un partido político de la oposición (el de siempre). Se limita a decir que el asunto no va con ellos, que el concurso de méritos lo resuelve la Sala de Gobierno del TS y que “no tienen  constancia de que se haya producido ninguna impugnación” con respecto a estos nombramientos. ¿Se imaginan ustedes alguien lo suficientemente cerril como para con este procedimiento de selección arriesgarse a poner su nombre en un escrito de impugnación? Tan cerril que, si lo hiciera, por solo ese motivo demostraría su completa incapacidad para desempeñar en el futuro cualquier cometido inteligente….
No se confundan, no afirmo que el Magistrado haya movido un dedo por su hija y su yerno. No es necesario. A estas alturas todo el mundo sabe a quién interesa hacer favores y a quién no, y qué nombramientos pueden resultar más convenientes. El problema es que cuenten con tantas facilidades procedimentales para hacerlo. Quienes pueden servirse de las instituciones con tanta comodidad también suelen encontrar fácilmente aliados circunstanciales, dispuestos a dar un empujoncito al yerno o a la hija, si hace falta. Y si en el inevitable proceso de convocatoria pública aparecieran mejores candidatos, pues qué se le va a hacer. Afortunadamente para ellos, los cvs y las puntuaciones no se hacen públicas.
Quizá la tolerancia de este tipo de prácticas tan arraigadas y extendidas en la sociedad española explique por qué al Tribunal Supremo le cuesta tanto condenar a alguien, aunque sea un político, por delito de tráfico de influencias, como ya comenté aquí con relación al caso Banco. Si el enchufismo, el amiguismo y las conexiones son una inveterada costumbre española para conseguir un trabajo, incluso en el sector público donde se supone que rigen los principios de mérito y capacidad, el que al final el ex ministro que quedaba en las gasolineras haga una gestión para solucionar el problema a un amigo no parece tan grave.
En cualquier caso y como conclusión de esta investigación, parece claro que dado el elevadísimo nivel de opacidad y discrecionalidad en el nombramiento de los letrados no es de recibo que se nombren como tales a la hija y al yerno de un Presidente de Sala. Sencillamente, porque frente a la acusación de nepotismo no cabe defensa sólida alguna, y el Tribunal Supremo sería el primero que debería mirar por su propio prestigio y reputación.
Pero no nos confundamos. No somos más corruptos que nuestros vecinos del Norte, simplemente no nos preocupamos por exigir procedimientos objetivos y transparentes sujetos a normas claras y verificables. Tampoco un riguroso régimen de sanciones para quien no los respeta. Y recordemos finalmente –parafraseando a Ortega- algo muy elemental que constituye la filosofía última de este blog: si no hay Derecho, no hay derecho.