La secular participación política (ciudadana) y nuestro diccionario

Acaban de conceder el Premio Príncipe de Asturias de Ciencias Sociales 2014 al historiador francés Joseph Pérez. Según consta en la página web de la Fundación Príncipe de Asturias, el hispanista premiado “ha contribuido a deshacer muchos prejuicios sobre las instituciones y conflictos de la época, enriqueciendo el análisis de la historia europea”.
Como expuso en su Historia de España (Editorial Crítica, 2ª edición. Abril 2001): «Junto a la cabecera de la España enferma se agolpaba un enjambre de médicos bienintencionados. Eran los arbitristas. En general tuvieron mala prensa. La literatura los ridiculizó o vilipendió… El arbitrista es presentado como un loco, un fracasado o un soñador alejado de la realidad. Esta sátira feroz es la caricatura de personajes complejos, que no siempre merecen esta reputación de falsarios y maniáticos. Hoy día a algunos de ellos se les considera economistas. Analizaron con lucidez los males que padecía España, describieron el estado de su agricultura, su industria y su comercio, y propusieron soluciones que no eran en absoluto necedades ni quimeras. (A finales del siglo XIX la política de obras públicas preconizada por Joaquín Costa tropezó con el mismo escepticismo. Sin embargo, llamaba la atención sobre las dificultades reales de España y proponía soluciones que se aplicaron cincuenta años después, como los embalses para tener reservas de agua y regar). Casi todos los arbitristas partieron de constataciones objetivas: la deuda pública recargaba el presupuesto, el endeudamiento de los particulares creaba multitud de parásitos, la competencia extranjera arruinaba el artesanado y las manufacturas, los campesinos, cargados de impuestos y deudas, abandonaban sus tierras, la producción agraria y la ganadería estaban en decadencia, había desempleo y las ciudades se llenaban de ociosos. De acuerdo en los diagnósticos, la mayoría de los arbitristas también lo estaban en las soluciones, con algunos matices. Recomendaban reducir los gastos públicos, sanear la fiscalidad, hacerla más equitativa, y relanzar la producción. Convencidos de que la demografía era la base de toda economía, propusieron medidas a favor de las familias numerosas. Querían reducir la cantidad de clérigos y estudiantes, y rehabilitar la agricultura, sin descartar los repartos de tierras».
Dichas palabras ponen en evidencia que la definición del término “arbitrista” que hace nuestro Diccionario, al utilizar el adjetivo disparatado, obedece a un claro prejuicio. Según el DRAE: “arbitrista” es la “persona que inventa planes o proyectos disparatados para aliviar la Hacienda pública o remediar males políticos”. Por ello, el 5 de febrero de 2010 propuse a la Real Academia que corrigiera dicha definición, pues, en mi opinión, el adjetivo disparatado debería desaparecer de la misma, dado que supone un juicio de valor, a mi modo de ver impropio, por parte de la Real Academia, dado que nos estamos refiriendo a un término de carácter histórico, que el Diccionario no debería adjetivar. Aporté un estudio que, entre otros, fue publicado por Actualidad Administrativa (nº 2, enero 2011): “Breve homenaje a los arbitristas, miembros activos de la “sociedad civil” de los siglos XVI y XVII”. Parece ser que la Academia está en ello respecto a la nueva edición que aparecerá en octubre.
Como se ve,  han tenido que ser destacados hispanistas foráneos los que pongan en su sitio este término, que tiene sucesivos epígonos (proyectistas, regeneracionistas, etcétera). Por poner algunos recientes ejemplos, considero que las  obras: del profesor  Muñoz Machado, “Informe sobre España. Repensar el Estado o destruirlo” (Editorial Crítica, 2012); de César Molinas,  “Qué hacer con España. Del capitalismo castizo a la refundación de un país” (Destino, 2013); de José Carlos Díez, “Hay vida después de la crisis” (Random House Mondadori, 2013); de los coeditares de este blog, “¿Hay derecho?” (Ediciones Península, 2014); Jaime Lamo de Espinosa, “La lucha contra el déficit: ¿una nueva desamortización?” (ABC, 27 de mayo de 2010), son de la mejor tradición arbitrista.
Para terminar con los abundantes  ejemplos, iniciativas como la de la Fundación Everis, del año 2010: “La iniciativa Transforma España lanzada por la Fundación Everis y respaldada por cien personalidades, entre líderes empresariales del país, expertos temáticos y emprendedores, fue entregada a S.M. El Rey en audiencia privada en el Palacio de la Zarzuela. Este documento, que pone de relieve la gravedad de la actual crisis económica, sus causas y consecuencias, propone una serie de soluciones y actuaciones en todos los ámbitos del sistema que deben producirse en los próximos años para generar un verdadero cambio”. El documento citado se titula: Un momento clave de oportunidad para construir entre todos la España admirada del futuro”.
También, por la determinación de sus opiniones, podemos citar al hispanista británico John H. Elliott, asimismo Premio Príncipe de Asturias (España y su mundo (1500-1700), Taurus, 2007) que dijo: «¿Qué medidas se podían tomar para revitalizar una economía famélica y aumentar la productividad nacional? Las ideas no escaseaban. Los arbitristas de principios del siglo XVII, hombres como González de Cellorigo, Sancho de Moncada o Fernández Navarrete, presentaron sensatos programas de reforma. Había que regular los gastos reales, detener la venta de cargos, frenar el crecimiento de la Iglesia; había que examinar el sistema de impuestos, hacer concesiones especiales a los trabajadores del campo, convertir en navegables los ríos y regar las tierras secas. Sólo de esta forma se podría aumentar la productividad de Castilla, restaurar su comercio y poner fin a la humillante dependencia respecto de los extranjeros, de holandeses y genoveses. Allí estaban las ideas…»
Y, perdón por citas tan largas, siendo más contemporáneos, podemos citar a la periodista Rosa Montero (Las 235 cartas de un hombre tenaz, El País Semanal, 17 de agosto de 2003): «los tenaces, en suma, son aquellos individuos fabulosos que ven algo que no les gusta, algo que no funciona en la sociedad, algo que no les parece equitativo, y dedican una asombrosa cantidad de tiempo, energías y a menudo dinero, para intentar cambiarlo. Y su manera de luchar es individual y civilista. Es decir, no son misioneros, no son trabajadores de campo, no son asistentes sociales ni miembros de oenegés. Los tenaces confían en la bondad final de las instituciones y creen en la eficacia de la palabra. Ellos repiten sus verdades, escriben cartas, a veces incluso presentan denuncias judiciales, sin desalentarse por el poco resultado, por las dificultades y el silencio.  Son incombustibles porque son grandes optimistas. Gracias a ellos, entre otras cosas, se va moviendo el mundo».
La actual definición de nuestro Diccionario, ¿no será fruto de una refractaria y perversa tradición oficial contraria a la participación ciudadana en la cosa pública?

Flash Derecho:Jornada sobre la Corrupción en Europa de Accors el 4 de junio

 
Para todos los colaboradores y lectores del blog preocupados por la corrupción, que imaginamos que son todos, la Asociación Accors contra la corrupción de la que ya hablamos aquí organiza la II Jornada “Estrategias contra la corrupción en Europa”, que tendrá lugar el miércoles 4 de junio, a las 09.30 horas, en el salón de actos de la sede de Representación de la Comisión Europea en España y que cuenta con la participación de nuestra coeditora, Elisa de la Nuez, y nuestro colaborador, Francisco de la Torre.
Aquí tienen disponible toda la información.
 

¿Por qué las instituciones públicas más valoradas son la Guardia Civil, la Policía y el Ejército?

En el último barómetro del CIS (07/04/2014, pregunta 9) ) se dice algo que ya se venía sosteniendo en otros anteriores (por ejemplo, en el barómetro del CIS de hace justo un año, abril de 2013) que las únicas instituciones públicas que aprueban en la valoración de los ciudadanos son, por este orden, la Guardia Civil, la Policía y las Fuerzas Armadas. ¿Por qué sucede esto? Otros podrán identificar otras razones (bienvenido el debate), pero intuyo que existen tres, algo incómodas para el imaginario colectivo, que justifican esta “singularidad” y que nos obligarían a poner en cuestión otros tantos “mantras” postmodernos que predominan en la gestión de lo público:

1. Que la disciplina y el cumplimiento estricto de las normas es propio del medievo y que atenta contra los derechos de los empleados públicos(ya que estos, por ejemplo, no tendrían forma de defenderse de la arbitrariedad de sus superiores). Qué curioso que las tres instituciones seleccionadas sean las únicas donde se aplica con rigor el régimen disciplinario. Han leído bien, no es que no exista en el resto de los órganos públicos, es que no se aplica, ni se puede aplicar, necesitando tener madera de héroe para intentarlo: ¿alguien ha visto alguna vez una estadística de cuántos procedimientos disciplinarios son tramitados (con éxito) por las inspecciones de servicios de los distintos ministerios (que como las meigas, existir, existen, aunque poco trascienda su actuación?). De hecho, la Administración General del Estado cuenta con un exigente y riguroso régimen disciplinario que contempla como conducta sancionable, entre otras, “la falta de rendimiento”. Así, cabe recordar que el vigente Real Decreto 33/1996 de 10 de enero establece en su art.6 f) como falta muy grave: “la notoria falta de rendimiento que comporte inhibición en el cumplimiento de las tareas encomendadas”. Y el art. 7 1, i) como falta grave: “La falta de rendimiento que afecte al normal funcionamiento de los servicios y no constituya falta muy grave”; y el 8 d) como falta leve: “El descuido o negligencia en el ejercicio de sus funciones”; todo ello además de considerar la falta de asistencia al trabajo no justificada, igualmente como infracción muy grave, grave o leve, según la duración.
El problema es que estas normas difícilmente se aplican en la prácticapor un criterio excesivamente legalista respaldado por los jueces de lo contencioso y por la intervención de algunos sindicatos que, equivocando su función, prefieren apoyar a los empleados públicos menos ejemplares en lugar de defender la calidad del servicio y a todos los ciudadanos que se benefician de sus prestaciones. Y sin embargo…, cuando se aplican regímenes disciplinarios, incluso más rigurosos, en policía, ejército y guardia civil, curiosamente o no, coinciden según el barómetro del CIS con los organismos públicos más valorados por los ciudadanos. ¿Pura casualidad?
Y, sin embargo, salvando las distancias cuantitativas y cualitativas, existen aspectos del régimen disciplinario de las fuerzas armadas que podrían extenderse a todo el personal civil, tanto en cuanto al procedimiento, bastante más flexible en las faltas leves, como en cuanto a las sanciones. Así, se podría prever una sanción económica de uno a siete días por falta leve y de ocho a treinta por falta grave, además de las lógicas suspensión de empleo y separación del servicio por las muy graves (vgr. art. 11 de Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas).
2. Que el papel de los sindicatos está tan justificado en el ámbito público como privado, siendo éstos además esenciales para mejorar la calidad de los servicios públicos y mantener su existencia.Qué curioso que las tres instituciones seleccionadas no cuenten con sindicatos sino con un régimen asociativo (mejorable sin duda) unido a un canal oficial para presentar quejas y reclamaciones. Y además no quepa en estos tres ámbitos el ejercicio de la huelga. Ello no les hace estar necesariamente peor protegidos: que se lo cuenten a los cientos de expedientes de responsabilidad patrimonial que soldados y oficiales ganan en los tribunales cada año al Ministerio de Defensa. Por el contrario, un papel excesivo de los sindicatos en el sector público tiende a olvidar que aquí no existe un empresario que persiga intereses privados sino un gobierno elegido por las urnas (nos guste o no), ignorando asimismo que el interés prioritario de los servicios públicos es servir a los ciudadanos y no a los propios “servidores” públicos. De esto se puede poner como ejemplo la actividad de los sindicatos en el sector de la educación, primer sector de lo público donde surgen los sindicatos por cierto. Según ellos los responsables de la baja calidad de la educación serían todos (gobierno, padres, la sociedad, falta de medios, de más profesores, de más salarios, de más vacaciones, de inversión), todos…, salvo los criterios de selección y formación de los propios profesores. ¿Será casualidad?
3. Que es antiguo premiar la antigüedad o la experiencia, y que lo moderno es que el político de turno elija libremente a “sus” directivos públicos. Qué curioso que las tres instituciones seleccionadas sean las únicas donde exista una carrera reglada para subir en el escalafón y poder ocupar así los puestos superiores de cada organización, aunque desgraciadamente la policía se esté viendo sometida a excesivas presiones políticas en los últimos ejercicios (lo que por cierto podría afectar a su valoración en el futuro). Podemos citar en este sentido el curso del alto estado mayor: un requisito imprescindible y selectivo para que los oficiales del ejército puedan pasar del grado de capitán, y entrar así en la carrera “directiva” para poder llegar a ser comandante, coronel y general.¿Será casualidad?
Obviamente las cosas no son blancas o negras, y todo es mejorable, pero estos datos del CIS nos obligan a pensar y cuestionar cosas: si los funcionarios deben tener mayores garantías de estabilidad en el empleo (por ejemplo, por la exigencia de neutralidad), deben aceptarse a cambio algunas contrapartidas, sin necesidad de volver al medievo. Para ello convendría mantener en la mente de todos (políticos, sindicatos, funcionarios y empleados públicos) que el criterio prioritario a la hora de valorar la reforma del sector público es pensar en el interés general y de los destinatarios de los servicios públicos (esto es los ciudadanos), y no en el interés particular de ningún grupo o colectivo. De hecho, no siempre los que más chillan son los que peor están o los que más razón tienen.

El tratamiento de los concursos y preconcursos en nuestro Ordenamiento. Un sistema ineficiente de tratamiento de la insolvencia empresarial. Quí prodest? (I)

El viernes tuvimos ocasión de ver este reportaje del Equipo de Investigación de la Sexta  . Sin entrar a analizar el rigor de la información ofrecida, en el mismo se puso de manifiesto con claridad que nuestro sistema de tratamiento legal de las insolvencias, de las crisis empresariales, deja mucho que desear. Con algunos jueces que se mueven entre la corrupción y la sospecha, administradores concursales haciendo fortuna con la agonía de las empresas, pícaros diversos sobreviviendo al margen de cualquier responsabilidad o acreedores resignados a la convicción de que les habían tomado el pelo el reportaje refleja todo un fresco del mejor esperpento valleinclanesco.
Cuando España tuvo que ser auxiliada (o intervenida) por los organismos internacionales, una de las preocupaciones de lo que se llamó “la Troika”, de los conocidos “hombres de negro”, fue lo inadecuada que resultaba nuestra legislación para promover algo de lo que andamos tan escasos como el espíritu empresarial.Dentro de esos lastres legales estaba el tratamiento, verdaderamente cruel, que el legislador dispensaba al emprendedor fallido que había actuado de buena fe (tema tratado por Rodrigo Tena y Matilde Cuena), a quien se privaba de una “segunda oportunidad”al excluir cualquier liberación del pasivo pendiente tras la liquidación de su patrimonio en el concurso. Ese tratamiento riguroso sin excepciones resultaba una anomalía en el mundo occidental y no suponía beneficio para nadie, ni para el propio deudor, abocado a la economía sumergida, ni para la sociedad, que perdía la posibilidad de beneficiarse con futuras iniciativas empresariales de éste, ni siquiera para los acreedores, que muy raramente conseguían en realidad recuperar algo de esa deuda pendiente.
Otra preocupación de esas instancias internacionales era la enorme mortandad de empresas en nuestros procesos concursales dado que en más de un 90% de los casos concluyen con su disolución. Es cierto que el mercado resulta un juez implacable en su condena a las empresas inviables. Y que esa condena tenía que ser necesariamente extensa en un tiempo de crisis y cambio de modelo, en el que la supervivencia, por ejemplo, de muchas empresas de promoción inmobiliarias estaba fuera de lugar tras el estallido de la burbuja. Pero también lo es que en nuestro sistema concursal no se diferencia entre tirios y troyanos y empresas perfectamente viables, y como tales creadoras de valor y que sólo sufrían un mero problema de liquidez, acaban también en liquidación. Y con ellas se destruye también innecesariamente una inmensa cantidad de riqueza y de puestos de trabajo.
Ante la presión recibida, nuestro Gobierno hizo algo que sabe hacer bien. Hacer como que hacía algo al respecto, sin verdaderamente hacer nada. Promovió unas reformas en la Ley de Emprendedores que parecía que afrontaban esos problemas… ¡Cuando en realidad no servían absolutamente para nada! Se ejercitó así, de nuevo, en un verdadero “uso alternativo del Derecho”: el uso cosmético o con fines de mera propaganda de una ley que ha conseguido bonitos titulares sin ninguna sustancia real detrás. Con posterioridad, con el Decreto Ley que da nueva regulación a los acuerdos de refinanciación, ha conseguido seguir sin resolver los problemas fundamentales, pero sí al menos disimular su gravedad durante un tiempo. Una verdadera patada hacia adelante.
Dos documentos recientes han puesto en evidencia tanto a nuestro sistema legal de tratamiento de las crisis empresariales como a los pretendidos esfuerzos reformadores de nuestro legislador.
Por una parte, la Recomendación de la Comisión Europea de 12 de marzo de 2014 sobre un nuevo enfoque a la insolvencia y al fracaso empresarial, que persigue que las empresas viables con dificultades financieras dispongan de procesos que les permitan reestructurarse en fase temprana. Y también que se dé una segunda oportunidad a los empresarios que lo merezcan. La recomendación contiene todo un catálogo de instrumentos que resultan útiles para alcanzar esos fines. Y que son precisamente los que despreció y desestimó en su día nuestro legislador para montar un sistema preconcursal casi perfectamente inútil. Y no sería porque no se les avisó. En este mismo blog lo hicimos.
Por otra parte, el informe del FMI sobre nuestro sistema concursal. Éste considera que, después de los esfuerzos cosméticos del legislador, se sigue en España sin ayudar a PYMES ni a autónomos en dificultades, sin ofrecerles soluciones eficaces. El informe se centra en el caso de los pequeños empresarios, que encuentran tan pocos incentivos en nuestra legislación concursal que la rehuyen con pavor. Y es especialmente crítico con el rigor que ésta exhibe en el tratamiento de los créditos públicos, básicamente Hacienda y Seguridad social, que condenan a muerte injusta e innecesaria a muchas microempresas en una matanza que no beneficia en definitiva a nadie.
La situación de nuestra legislación de crisis empresarial es hoy, por tanto, tan reconocidamente deficiente que ha sido incluso denunciada por los organismos internacionales y señalada como un factor importante de nuestra crisis. Y no falta un sector de nuestra doctrina que se ha esforzado también en una crítica constructiva que pide a gritos reformas legales efectivas de verdad.
Sin embargo la impresión es que a nuestro estáblisment político, financiero, judicial y hasta educativo el tema parece preocuparle bastante poco. La mortandad de empresas viables en el país campeón del paro es una verdadera tragedia que no parece conmoverles. En esa tragedia muchos parecen haber encontrado además entre los despojos buenas fuentes de recursos. En la administración de la ruina, en los masters de las Escuelas de Negocios, o en los múltiples congresos y jornadas en que se debate de temas concursales con sospechosa sobreabundancia de jueces mercantiles y administradores concursales.
Se trata, por tanto, de un campo abonado de problemas para conseguir malos resultados. Problemas que merecen ser tratados con más detalle en un blog como éste.

Fraude en la formación para el empleo: llueve sobre mojado

Durante los últimos meses estamos viendo un goteo de noticias acerca de fraudes y descontrol en materia de formación para el empleo que afectan a Comunidades Autónomas dirigidas por gobiernos de distinto signo y a organizaciones empresariales, sindicatos y empresas de formación de toda índole. Incluso, recientemente, se informaba por la prensa de que, en relación con el fraude en los cursos de formación en Andalucía, el Ministerio Fiscal se estaba planteando concentrar las diversas investigaciones en el seno de la Audiencia Nacional para que ésta se encargue de instruir la investigación judicial sobre la presunta malversación de las partidas multimillonarias para formación entregadas entre 2007 y 2013 al Gobierno de la Junta de Andalucía por la Unión Europea.
Lo cierto es que, de una manera u otra, nos encontramos ante situaciones en las que -tanto por la complejidad de las actuaciones, como por el manto de silencio de los implicados y su entorno así como, en ocasiones, por la falta de cooperación de las instituciones-, el esclarecimiento de estas tramas y el descubrimiento de los responsables resulta muy difícil de concretar antes de que se cumplan los plazos establecidos para que los delitos prescriban. La tarea de policía, fiscales, letrados de las administraciones públicas perjudicadas, jueces y magistrados se convierte en algo ímprobo y frustrante teniendo en cuenta los precarios medios con los que cuentan y la saturación de asuntos que colapsan sus despachos.
Sin embargo, el que estas actuaciones terminen siendo merecedoras de un reproche penal auténtico y real que trascienda la mera exhibición pública en los medios de comunicación o una mera sanción administrativa parece un requisito casi imprescindible para evitar que se sigan reiterando en el tiempo. Como señala este estudio de Transparencia Internacional la percepción de impunidad es uno de los factores que más inciden en el crecimiento de las conductas corruptas.
Precisamente la materia que ahora nos ocupa es un ejemplo práctico de cómo esta teoría se encuentra bien fundada pues, efectivamente, el asunto éste del fraude en los cursos de formación para el empleo, es un antiguo conocido de los más veteranos del lugar y no está de más recordar que pasó con lo precedentes para intentar evitar que ahora nos vuelva a pasar lo mismo.
En este sentido, no resulta ocioso repasar en que quedó aquel otro “presunto” fraude de la Fundación para la Formación Continua (FORCEM), constituida en 1992 por CCOO, UGT, CEOE, CIG y CEPYME para la gestión de las subvenciones para la formación de los trabajadores concedidas por el INEM con fondos de la Unión Europea.
Según se conoció entonces, algunas de las empresas receptoras de fondos en realidad carecían de actividad, empleados y alumnos. La Fiscalía pidió el procesamiento de 6 cargos de UGT por el fraude de 100 millones de euros, y el informe del Tribunal de Cuentas remitido al Congreso para el periodo 1996/98, detectó responsabilidades penales y civiles en dos de sus máximos responsables.
Asimismo, la Comisión Europea descontó a España 105 millones de euros de las subvenciones que el Fondo Social Europeo iba a dar para la formación continua en las empresas durante el periodo 2000-2006, para compensar lo que se calificaron de “desviaciones”, tal vez para evitar tener que entrar en valoraciones poco diplomáticas.
La prensa del momento recogió con cierto interés la noticia (ABC, El País) y, ante esta presión, el gobierno resolvió que la precedente Fundación se transformara en la actual Fundación Tripartita  y se reformaron las regulaciones normativas sobre la materia para introducir nuevos controles y cautelas que en su momento describimos en nuestro anterior post “La formación de los trabajadores como política de empleo y su gestión externalizada”.
Sin embargo, la impunidad penal de la inmensa mayoría de los autores de esas irregularidades se mantuvo y el dinero perdido no puedo ser recuperado. Así, en uno de los pocos casos cuya instrucción llegó a poder ser culminada, el Tribunal Supremo, en su sentencia de 29 de diciembre de 2009, caso y anuló la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz de 31 de marzo de 2009, que condenaba a la Secretaria de Administración de la Comisión Ejecutiva Provincial de FETE-UGT (el otro acusado había fallecido en el ínterin), como autora criminalmente responsable de un delito continuado de falsedad en concurso ideal con un delito de malversación con la concurrencia de las circunstancias atenuantes de dilaciones indebidas y prescripción, a la pena de dos años y tres meses de prisión más las accesorias de inhabilitación por unos hechos que se habían producido en 1997. El Alto Tribunal procedió a absolver a la acusada por considerar que, al no tratarse de una funcionaria pública no podía incurrir en el tipo de malversación de caudales públicos aún cuando  gestionara fondos procedentes de subvenciones públicas. Curiosa teoría que desconoce el carácter de poder adjudicador que el derecho comunitario otorga a las entidades privadas que gestionan contratos subvencionados.
En realidad y a pesar de la gran dimensión aparente del fraude, pocas fueron las sentencias que llegaron a condenar estas prácticas. Podemos citar la sentencia 7/2013, de 1 de febrero de la Audiencia Provincial de Murcia (Sección 3ª), que condena por apropiación indebida a un organizador de los cursos -a través de una asociación de empresarios-, que no devolvió la cantidad de 168.000 cuando los cursos para los que se adelantaron se cancelaron y no llegaron a llevarse a cabo; o la  sentencia 152/2004, de 5 mayo, de la Audiencia Provincial de Asturias (Sección 2ª), que condenó por un delito continuado de falsedad en documento oficial y de un delito contra la hacienda pública, reconociendo la sentencia la falsedad de los documentos remitidos por los condenados durante la tramitación de los expedientes incoados para la concesión de las ayudas por acciones formativas, así como la distracción del dinero objeto de las ayudas, dinero que fue destinado a fines distintos de los acordados, ascendiendo la cantidad defraudada a 747.973,83 euros que, al menos en este caso, fueron devueltos por los implicados para beneficiarse de un atenuante en la condena; también la Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 2ª) de 25 de octubre de 2004, condenó a los acusados, como autores de sendos delitos de apropiación indebida, porque como presidentes sucesivos, de la Asociación de Fabricantes y Manipuladores de Vidrio Hueco (AFYMAV), dispusieron irregularmente de los fondos recibidos del “FORCEM”, a través de la Confederación Empresarial Española del Vidrio y la Cerámica, destinados a subvencionar cursos de formación a impartir por empresas asociadas.
Sin embargo, las dificultades ya apuntadas para poder instruir adecuadamente este tipo de delitos ha motivado que en la mayoría de los casos las diligencias previas terminaran archivándose en los propios juzgados de instrucción o concluyeran en sentencias absolutorias como las dictadas por la Audiencia Provincial de Sevilla (Sección 1ª) Sentencia 689/2006, de 12 de diciembre o por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 8ª), Auto núm. 167/2006 de 26 abril. Al final, muy pocas de las irregularidades detectadas llegaron a tener un reproche penal firme y muy poco del dinero defraudado pudo devolverse a las arcas públicas. Aparentemente, desde el punto de vista judicial, las “desviaciones” de más cien millones de euros que constató la Unión europea se debieron a circunstancias ajenas a los ilícitos penales o que, en su caso, habían prescrito.
Ante estos antecedentes, viendo al cálculo de consecuencias, no hace falta ser Jeremías Bentham para prever que este tipo de conductas tan provechosas para quienes las cometen se van a seguir reiterando cada vez con mayor intensidad y menos disimulo, mientras no se perciba de manera evidente que esa actuación supone un riesgo cierto a ser castigado.
La experiencia, pues, indica que hay que hacer un esfuerzo para facilitar a los órganos administrativos de control su tarea para impedir que estas actuaciones puedan darse y, a las autoridades judiciales, los instrumentos para poder investigar de manera exitosa estas prácticas y, salvo en lo relativo a la revisión de los plazos de prescripción  no tanto mediante la introducción de reformas legales que terminan convirtiéndose en papel mojado, como dotándoles de medios y de respaldo político para afrontar con éxito esta función.
 
 

La copia privada: uno de los aspectos mas criticados de la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual en ciernes

Desde el 1 de enero de 2012 el Gobierno -mediante el Real Decreto Ley 20/2011- eliminó el sistema de compensación por copia privada e instauró un novedoso y original sistema de financiación con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. La reacción en contra no se hizo esperar y de manera generalizada los más diversos medios de comunicación se hicieron eco de las críticas unánimes que, con la única excepción de las industrias tecnológicas, plantearon las entidades de gestión, expertos juristas, asociaciones de usuarios de internet y consumidores.
Lejos de enmendar tal situación, el Gobierno ha incorporado este sistema a la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, cuyo Proyecto –aprobado por el Consejo de Ministros de 14 de febrero de 2014- se tramita en la actualidad en sede parlamentaria.
A pesar de la relevancia de las materias afectadas por esta reforma, cuyo análisis excede de las posibilidades de este post -como son el régimen de transparencia y control de las entidades de gestión; los criterios, metodología y régimen transitorio de tarifas; las medidas frente a las vulneraciones de derechos de propiedad intelectual en el entorno digital (lucha contra la piratería en Internet)-, lo cierto es que el comúnmente denominado “canon  por copia privada”, que se incorpora en la nueva redacción del artículo 25 de la LPI del Proyecto, quizá sea el aspecto más criticado y criticable, desde un punto de vista jurídico, de toda la reforma proyectada.
La adecuación del sistema de financiación a través de los Presupuestos Generales del Estado con el Derecho comunitario y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea –en los términos en que en su recientes sentencias ha delimitado los contornos de este concepto de derecho autónomo comunitario, cuya interpretación ha de ser uniforme en todos los Estados-, ha sido cuestionada por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Consejo de Consumidores y Usuarios y el propio Consejo de Estado, en los informes emitidos sobre la reforma de la LPI. A la par de la lógica reprobación por parte de las entidades de gestión, que han visto reducida la compensación de los titulares que representan de unos 115 millones de euros a una cifra que no alcanzó los 9 millones para el ejercicio 2012. La cuantificación de la compensación queda sometida a limitaciones presupuestarias, de modo que no queda garantizada la adecuada compensación por el perjuicio causado por las copias privadas.
El principal escollo al que se enfrenta el pago con cargo a Presupuestos es su carácter indiscriminado. La obligación de pago se hace extensiva a todos los contribuyentes y no a quienes realizan las copias privadas, o las industrias fabricantes o importadoras de equipos y materiales destinados a las realización de copias privadas, que repercutían las cantidades pagadas al usuario final. Este es el sistema instaurado prácticamente de manera unánime en todos los países de la Unión –y hasta fecha recientes en nuestro ordenamiento-, que prevén en su legislación el límite por copia privada, y es el que avalan hasta la fecha las sentencias del TJUE, las conclusiones del mediador europeo -Antonio Vitorino, de fecha 31 de enero de 2013-, y el reciente informe de la eurodiputada Françoise Castex, aprobado por la Resolución del Parlamento Europeo, de 27 de febrero de 2014. En contra del TJUE, este sistema prescinde de la necesaria vinculación entre la aplicación del canon en relación con los equipos, aparatos y soportes de reproducción digital y la utilización de éstos para realizar reproducciones privadas.
El Proyecto no sólo consolida el sistema de pago con cargo a los PPGGE. También reforma del límite por copia privada, de modo que restringe la posibilidad de los ciudadanos de realizar copias privadas de manera lícita (no piratas): la copia privada solo será legal si el dueño del soporte original comprado (por él mismo) hace una copia, o cuando la reproducción individual provenga de un acto legítimo de comunicación pública mediante la difusión de la imagen, del sonido o ambos, siempre que la fijación no se haya realizado en un establecimiento o espacio público no autorizado.
El Proyecto opta por el criterio de “efectiva” realización de la copia para uso privado por una persona física y se aparta de los requisitos del anterior sistema de compensación, basado en el potencial daño que ocasiona la puesta a disposición los equipos y materiales idóneos para realizar las reproducciones para uso privado.
Como evidencia el Consejo de Estado esta reforma puede situar a un importante número de ciudadanos ante una situación en la práctica de ilicitud, sin las suficientes medidas dirigidas a evitarla a través de la concesión de una autorización o licencia del titular del derecho, que ni sabe, ni puede, ni dispone de los medios para conceder esas autorizaciones en cada caso concreto. Este nuevo sistema -nos recuerda el citado órgano consultivo- no va a producir un cambio de hábitos inmediato en los ciudadanos que tienen que asumir que lo que era una actividad habitual y legal de realización de copias de obras y prestaciones protegidas en el marco de la P.I, socialmente arraigada en 25 años de regulación estable, pasaría a ser, si se realiza sin la correspondiente autorización, una reproducción ilícita.
En definitiva, el Consejo de Estado considera que debe efectuarse una profunda revisión de la proyectada configuración del límite por copia privada, ajustada a la jurisprudencia del TJUE, y acorde con la realidad social sobre la que se proyecta aplicar, que solvente las dudas sobre su capacidad para garantizar una adecuada retribución del perjuicio causado a los titulares de los derechos de propiedad intelectual.
El carácter provisional que el Ejecutivo confiere a esta reforma no evitará que se cause un perjuicio a los creadores, desprovisto de la adecuada compensación, cuya responsabilidad corresponde, en todo caso, al Estado.

“Lecturas” postelectorales: caída del bipartidismo, pero…

La “lectura” que se suele hacer después de las elecciones por los medios de comunicación parte siempre de un equívoco: que el pueblo manda un mensaje concreto y unificado. La realidad es que, igual que ocurre con la voluntad de los órganos colectivos de las personas jurídicas, la voluntad que se atribuye al pueblo es la voluntad unificada de muchísimas personas, cada una de ellas con sus propios intereses y necesidades. Por eso, la interpretación de lo que ha ocurrido es siempre muy compleja y la predicción de lo que pueda ocurrir a partir de ahora, equiparable a los dictámenes de los arúspices romanos que leían las entrañas de los animales.
Pero, sin duda, hay algunos datos tremendamente significativos. El primero de ellos, el tremendo batacazo de la suma de PP y PSOE que, de tener un 80 % en 2009, pasan a representar un 49 %, no obstante lo cual el PP se vanagloria de haber ganado las elecciones. Cabe pensar razonablemente que la explicación de este hecho es la poca credibilidad del PSOE tras el fiasco de Zapatero, el incumplimiento flagrante del PP de su programa sin que la recuperación sea demasiado visible y el evidente deterioro institucional y enorme corrupción imputable a ambos partidos.
Parece que se empieza a superar el “más vale lo malo conocido” que durante tantos años ha sustentado al bipartidismo en  España y el electorado busca políticos con ideología y principios huyendo de políticos “profesionales” que se pasan las carteras unos a otros con las mismas corruptelas. El fin del bipartidismo es una señal de madurez del pueblo que por fin reacciona, en un sentido o en otro, pero ha despertado y eso es una buena noticia que creo debe celebrarse y va en la línea de lo que postulábamos aquí  Queda la duda de si lo que ha pasado se queda “un aviso a navegantes” en unas elecciones que muchos consideran poco importantes (a pesar de ser trascendentales visto el papel que la UE tiene en la toma de decisiones a nivel nacional) o se reproduce y consolida en elecciones nacionales. Aquí pensamos que las elecciones de ayer marcan un punto de inflexión y que es poco probable que la gente recupere la confianza en los grandes partidos salvo que éstos realmente hagan algo para merecérselo. Desde luego, las lecturas complacientes de los resultados tipo “el pueblo recuperará la cordura en las autonómicas o generales” no parecen el camino adecuado para conseguirlo.
Pero, aunque lo sucedido podría alentar esperanzadamente la necesaria regeneración del sistema mediante la atribución de la representación a partidos reformistas pero dentro del sistema, parece que lo que puede ocurrir no es exactamente eso. Tenemos como siempre la dificultad de leer la abstención ¿cuanta es voluntaria y crítica y cuanta pasota y acrítica? Probablemente el enorme castigo impositivo a las clases medias y las graves incumplimientos de las promesas electorales, unidos al descubrimiento asombrado de una corrupción generalizada sin dolor de los pecados ni propósito de la enmienda, ha producido desánimo y decepción, más que indignación, y ello alienta a quedarse en casa.
Pero ¿a cuantos exactamente? Los indignados sí que se han movilizado, pero no precisamente a favor de las opciones moderadas, sino de las más radicales. Cabría decir que el fenómeno es paralelo al de otros países de Europa, si bien la movilización se produce hacia la ultraderecha en aquellos países en los que gobierna la izquierda o tienen algunas características sociales diferentes de la nuestra (Francia y los países del norte de Euorpa) mientras que en los países del Sur de Europa se movilizan hacia la izquierda radical.
El extraordinario éxito de Podemos y su capacidad de canalizar a una masa ingente de indignados con el sistema lo demuestra. Lo que parece invadir al electorado europeo es un desencanto generalizado acerca de la eficacia de las instituciones europeas -pero también nacionales- que no afrontan los problemas con valentía, sino con normas propias de un “quiero y no puedo” que no son más que parches. Buena prueba de ello es la falta de criterio claro a la hora de hacer frente a una crisis financiera que se ha dejado por el camino a la clase media y que ha rescatado entidades financieras que no han pagado ningún peaje por sus excesos. Lo peor es que no se han sentado bases firmes para evitar lo sucedido y no se han sancionado a los culpables. El buen ciudadano aguanta, pero tiene sus límites y éstos se han traspasado con creces. Es hora de renovar a favor de quienes parecen tener proyectos sólidos, aunque quizá las “caras nuevas” han pesado más que los proyectos nuevos.
En todo caso la radicalidad de algunos de los partidos que más han subido en estas elecciones es preocupante. La conclusión de todo esto no deja de ser inquietante, en definitiva. La importante caída de los partidos principales no ha dado paso en España a una opción moderada clara, tendente a regenerar el sistema desde dentro (en esto quizá ha jugado la falta de acuerdo entre Ciutadans y UPYD, tan lamentable a ojos de su electorado) sino a una miriada de pequeños partidos y en particular a una subida muy importante de los partidos antisistema. Aunque a estas alturas de la película muchos dirán, con razón, que casi todos  somos “antisistema”. Pero la diferencia es desde dónde queremos reformar el sistema y en qué dirección.

Un recordatorio histórico con ánimo de desenredar el debate de las redes sociales

La difusión de palabros, groserías o exabruptos tras el asesinato de la Presidenta de la Diputación de León ha eliminado la sordina a un sentimiento de desprotección existente en muchos ciudadanos ante el mal uso que otros hacen de las redes sociales. Nadie cuestiona las innumerables ventajas de la rápida expresión y el más amplio acceso a la información. Pero también aprovechan esa trepidante comunicación algunos cobardes anónimos que se creen originales por ir enmascarados y, así estimulados, profieren amenazas, insultos, realizan agobiantes acosos, suplantan la personalidad, multiplican campañas de desprestigio y difamación, se dedican a robar datos personales y a traficar con ellos… En fin, sobre la mesa de la actualidad nos han colocado el plato del debate de “regular las redes sociales”.
Habría que evitar que la discusión quedara a su vez enredada por la simplicidad de un falso esquema cuyos ecos empiezan ya a repetirse. A saber, contraponer libertad y seguridad o que una posible regulación signifique el “control de los Gobiernos”.
Mantener una sociedad viva y democrática exige garantizar los derechos fundamentales y las libertades públicas. Pero también, parece mentira que haya que recordarlo, otros derechos fundamentales como el honor, el derecho a la intimidad, la libertad y seguridad reclaman igual atención. ¡Cuánto hemos retrocedido cuando hay que mencionar los palotes tan básicos de nuestra civilización! A veces pienso que en el uso de las redes sociales, en el universo de Internet, casi nos encontramos en el año mil de nuestra era. Por ello me permito recordar una institución jurídica capital que surgió en aquella época.
Los historiadores nos han explicado cómo el desmoronamiento del Imperio Carolingio fue aprovechado en muchas zonas de las marcas por señores que discutían y rompían la fidelidad al rey y que querían consolidar su señorío. Manifestaciones de poder que generaban la ocupación de fincas de los agricultores, la recolección de sus frutos, la reclamación de derechos sobre sus cosechas, constantes luchas entre los señores feudales por tratar de imponerse… Época de gran violencia y de venganza, de muchas zozobras ante los abusos de poder en esas zonas fronterizas.
En medio de ese violento ambiente, la paz de un monasterio acogió en el año 1027 el Sínodo de Toulouges. Allí, la historia atribuye al abad benedictino Oliba, quien iba de peregrinación, la proclamación de la primera “tregua de Dios”, esto es, la obligación de que durante unos días, primero de sábado a lunes y, luego, desde el miércoles al lunes, no hubiera agresiones, ni se practicara la violencia, ni ataque bélico alguno contra personas ni bienes. Declaración de “paz y tregua” que también proclama ese mismo abad ya siendo obispo de Vich en esa diócesis en 1033 y que se reitera de manera sucesiva en los territorios colindantes extendiéndose por muchas zonas de la Marca. “Paz y tregua” que se imponía primero para proteger a los clérigos y monjes. Luego otras declaraciones de paz “especial” se propagaron enarbolando a quienes la transgredieran la pena de excomunión.
La paz se respetaba, en principio, ante los temores de quedar apartado, repudiado.
Paz para los monasterios, paz para las iglesias y su entorno, los sacraria, paz para quienes se acerquen a lugares de culto, paz para los peregrinos y, también, paz para las ferias y mercados…Y para conseguir llegar en paz, que se desenvolviera el comercio y que se nutrieran las arcas feudales, surge la paz del camino. Porque es en el camino donde se necesita más sosiego, seguridad y paz.
Esa paz del camino supuso una importante novedad. Hasta entonces las declaraciones se dirigían a proteger a determinadas personas, a los clérigos, a quienes portaban “conductus” por dirigirse a la Corte, a los peregrinos, a los extranjeros, a los mercaderes… Frente a esas declaraciones personales, la paz del camino suponía una protección objetiva. Se atendía a los propios senderos, a las veredas y vías de comunicación, a esos serpenteantes y largos trayectos. Es el suelo que espera los pasos el objeto específico de consideración. Un singular avance en el pensamiento jurídico medieval.
A partir de ahí, los Usatges acogen las primeras previsiones y luego los Fueros establecen las penas, las caloñas, que se impondrán a quienes quebranten la paz, a los salteadores y ladrones; y también en aquellos tiempos lejanos la muerte para aquellos que también mataren.
Y es que el tránsito exige seguridad. Alrededor de esa paz del camino creció la comunicación y, con ello, el Derecho: había que mantener y cuidar los caminos; surgieron privilegios de portazgo; había que dar sentido a las cosas pérdidas en el camino; los caminos permitían alcanzar los pueblos y ciudades que crecieron, multiplicaron las relaciones y los negocios y con ello el pensamiento se extendió, abatió prejuicios, limpió miradas…
Tal es la importancia de la paz del camino y esa paz es la que ahora, mil años después, ha de reconquistarse para los caminos virtuales, para las redes, para las comunicaciones y servicios de Internet.
Hoy día no contamos todavía con un símil laico al abad Oliba. Es cierto que científicos, como los grandes impulsores de Internet y de la web, y otros muchos, siguen trabajando para conseguir unas comunicaciones seguras defendiendo su esencia, porque la web nació libre y abierta y así debe mantenerse.
Sí es cierto que se está avanzando en protecciones específicas del mismo modo que, en los inicios del primer milenio, se posaba la mirada sobre los monjes o algunos lugares. Por ejemplo, la protección a las infraestructuras “críticas”, lugares que podrían considerarse como los sacraria medievales; así como la posibilidad de que algunas comunicaciones se desenvuelvan totalmente encriptadas (como si contaran con un salvoconducto especial, volviendo a la analogía con la época medieval) o se mantengan en redes internas o reservadas. Algunos pasos se han dado también en la precisión de los delitos informáticos tras el Convenio del Consejo de Europa sobre cibercriminalidad que se suscribió en Budapest el 23 de noviembre de 2001.
En el ámbito público, una labor importante desarrolla el organismo público INTECO y, además, se ha aprobado un “esquema nacional de seguridad” con el fin de que las redes y los sistemas de información que utilizan las Administraciones públicas relativos al ejercicio de derechos por los ciudadanos, el cumplimiento de sus deberes por medios electrónicos, así como el acceso a la información y procedimiento administrativo electrónico ofrezcan la suficiente confianza, resistan acciones ilícitas y garanticen la confidencialidad y la autenticidad de las comunicaciones. Una especie de “tregua” en las relaciones con las Administraciones públicas. (Real Decreto 3/2010, de 8 de enero).
Sin embargo, ese esquema de seguridad no debe trasladarse a las comunicaciones privadas. Tal control permanente nos trasladaría al panopticón de Jeremy Bentham o a la novela 1984 de Georg Orwell. Resulta imposible facilitar el libre desarrollo de la personalidad si se vigila la libre expresión, comunicación o información.
De nuestros actos privados, de nuestras expresiones y comunicaciones debemos responder. Ahí demostramos nuestra personalidad y madurez.
Por ello, para garantizar la paz de los caminos en las redes sociales, deberíamos avanzar, a mi modesto entender, en varios aspectos.
En primer lugar, y lo más importante, en la educación y en la formación de ciudadanos responsables, de conscientes usuarios de las redes. Del mismo modo que se enseñan las normas de circulación vial, debería promoverse una buena educación cívica para el responsable comportamiento en Internet. En segundo lugar, en la propia autorregulación que promuevan esas redes sociales privadas. Son ya muchas las condiciones que “aceptamos” los usuarios al suscribirnos, de ahí que no sería complejo incluir códigos de conducta, mínimas reglas de comportamiento cívico y responsable. Es el reto que tienen ahora muchas empresas de servicios de Internet: saber qué quieren ser y a quién quieren atraer. En tercer lugar, insistir en los medios jurídicos, especialmente penales con los que ya contamos. Las difamaciones, injurias, calumnias, amenazas.., deben perseguirse de manera similar en la calle pública y en las redes sociales. Y del mismo modo que existe la agravante de “disfraz” también debe agravarse la pena a los cobardes que se enmascaran. E igual que se confiscan las armas del delito, las sanciones deben impedir a los delincuentes el acceso a Internet. Ya un juez penal ha incluido esa medida en una sentencia condenatoria. En cuarto lugar, a mi juicio, debería promoverse una identificación personal, resulta insuficiente el IP de la conexión. Cada usuario debe demostrar que es una persona, un ciudadano que responde de sus actos.
Urge aprestar las técnicas con las que contamos para mantener la paz de los caminos de Internet. De ello depende el correcto desarrollo de una sociedad libre y participativa.
 
 

La perspectiva alemana: el movimiento independentista catalán frena sobre todo el futuro de Catalunya

 
Alemania es el socio económico más importante para España a nivel europeo. Es por esa razón por la que que los empresarios alemanes  están muy preocupados con la intención del Gobierno de la Generalitat de separar esta región industrial del resto de España. Los miembros del Circulo de ejecutivos alemanes en Barcelona (KdF) se han decidido a decirlo en voz alta, renunciando al silencio que caracteriza a muchos círculos económicos y políticos catalanes en relación con la política de Artur Más. Publicaron a finales de Enero una declaración como personas privadas en la que manifestaban su miedo ante una evolución en Catalunya que consideran peligrosa no solo económicamente o  por la salida de Catalunya de la Unión Europea sino también porque es anacrónica y muy peligrosa a secas. Dicen textualmente: “Alertamos de los peligros de un fervor nacionalista, que en el último siglo ha traído sufrimientos inmensurables sobre Europa y que tampoco traerá nada bueno para Catalunya.”
Está declaración valiente, promovida entre otros por el abogado Carlos Wienberg, que reside en Barcelona, dice lo que muchas empresas extranjeras y políticos extranjeros piensan pero no quieren expresar en voz alta. Y se publicó en muchos medios importantes en Alemania. Wienberg sobre todo quería dejar claro que Catalunya tendrá que salir de la UE en caso de independencia: “ Van Rompuy, Barroso, Redding y Junckers lo han confirmado varios veces”, dice el abogado.
Wienberg  cree que lo que se hace es clara propaganda por el Círculo Catalán de Negocios cuando señala en un comunicado a la prensa extranjera que no está claro que Catalunya tenga que salir de la UE, que no hay nada escrito para que esto tenga que ser así. Este Circulo de empresarios catalanes se ha propuesto -según sus informes de prensa- hacer pedagogía del proceso independentista con los alemanes “rebeldes” (como escriben en su nota de prensa). Pero parece que hasta ahora este acercamiento pedagógico no ha dado a muchos frutos. “A mí nunca me han contactado”, confirma Wienberg.
Pero el caso es que la “declaración de Barcelona”  ha sensibilizado a la opinión pública alemana en relación con la existencia de un problema real que muchos catalanes prefieren no ver: la independencia no aporta Catalunya más que problemas. Y no solamente se trata de una cuestión económica, lo que es de sentido común dado que la ruptura de un mercado común nunca es buena. Es que sobre todo tiene consecuencias políticas para los catalanes. Consecuencias que no consideran o que ni se pueden imaginar.
Muchos de los extranjeros que viven en Barcelona, una ciudad maravillosa y que siempre ha sido muy cosmopolita, están hartos de las conversaciones independentistas y del catalanismo. Han venido a España para aprovechar la movilidad de la UE y intentar suerte en otro país. Y ahora tienen que luchar contra el extremismo con que se enseña la lengua catalana y se impone una cultura que debería ser de libre elección, por que vivimos en un Estado democrático. Más critica al Gobierno central de ser “imperial y intolerante”, pero es exactamente eso en lo que pretende convertir Catalunya que fue siempre un lugar de encuentro de muchas culturas.
Aunque las inversiones en curso no se han detenido por el tema de la consulta (ya declarada ilegal por el Tribunal Constitucional) lo cierto es que estas cuestiones dañan la imagen de esta importante región de España para la economía alemana, donde tienen sede Seat, ya filial de Volkswagen, igual que por ejemplo Lidl o Allianz.  “A los alemanes nos gusta tener seguridad en nuestras planificaciones. Este proceso de independencia genera mucha inseguridad” explica Georg Abbeg del despacho Roedl & Partner en Madrid .
La consulta catalana está prevista para el 9 de noviembre de este año. Fecha clave para los alemanes y también para Europa por múltiples razones: el 9 de noviembre de  1938  fue la noche “Reichskristallnacht” en la que el nacionalismo feroz  de los nazis enseño su cara más fea al resto de Europa. El 9 de noviembre de 1989 fue la caída del muro de Berlín, un día de mucha alegría que ponía fin a una Alemania separada. Pero la mayoría de los alemanes sabía también que a partir de este momento nunca jamás podrían dejarse llevar por el nacionalismo. Pero tampoco debería dejarse llevar España, que ha vivido una terrible guerra civil. Ni el nacionalismo español ni el nacionalismo regional deberían dirigir la política española. Nos tiene que dirigir un sentido europeo que nos ha salvado hasta ahora a todos de un futuro oscuro. Porque onviene recordar que nunca hemos sido tan ricos y hemos vivido en paz tanto tiempo como ahora.

El triunfo del esfuerzo y de la fe (a propósito de la victoria en Liga del Atlético de Madrid)

Ya saben ustedes, queridos amigos seguidores del blog, que he escrito en ¿Hay Derecho? varias entradas sobre materias relacionadas con el fútbol, en las que me he mostrado, en general, bastante crítico con las actuales estructuras, vicios y gobernantes del futbol profesional el cual, más que un deporte, ha derivado en un negocio multimillonario y un espectáculo de masas regido por organismos que gozan de un poder omnímodo y extraterritorial, casi ajeno a todos los demás poderes mundiales.
Pero hoy, a raíz de la victoria del Club Atlético de Madrid en el Campeonato Nacional de Liga de Primera División, quiero también, como viejo aficionado, ex directivo y aún practicante de este deporte maravilloso, exigente y realmente único, rendir homenaje a sus mejores virtudes que también las tiene, y son muchas e importantes.
En el fútbol de competición, aparte de algunas cosas poco edificantes que ya hemos comentado largamente en el blog, se adquieren también una serie de hábitos fundamentales, que resultan muy útiles para el desarrollo personal, y más en estos tiempos de tantas comodidades y vida hedonista y complaciente: el esfuerzo y la generosidad, el trabajo en equipo, la solidaridad con los compañeros, la conciencia de que tú solo no ganas nada ni a nadie, la capacidad de sufrimiento, la superación positiva de los dolores y las lesiones físicas, la competitividad sana, la aptitud para sacar el mejor rendimiento de uno en una situación de máxima presión… No saben ustedes lo educativo que puede resultar para un chaval chulito y algo “crecido”, como hay muchos en la edad adolescente, que un día tu entrenador te siente en el banquillo y ponga a jugar en tu puesto a otro compañero que esa semana se ha esforzado más que tú en los entrenamientos. Y hay que aguantarse y encima apoyar y aplaudir a los tuyos para que ganen. Yo lo he vivido muchas veces, desde muy pequeño, y es una cosa que te pone en tu lugar de verdad. Hay pocas lecciones mejores que esa para la educación de un chaval. Luego la vida de cada uno está llena de trampas y dificultades que, con esas enseñanzas aprendidas practicando deporte, pueden ir superándose con mayor éxito, generosidad y destreza. Y también existe otra cuestión muy importante: las amistades. Los mejores amigos de la vida se hacen sufriendo juntos por un objetivo común. El fútbol, y el deporte en general, crean amistades imperecederas. Yo, que llevo casi 23 años ejerciendo como notario, trabajo y me relaciono a diario con un montón de amigos a los que he conocido, en diferentes épocas de mi vida, jugando al fútbol, y que hemos mantenido una amistad sana e indestructible a lo largo de los años. Es totalmente cierto que la práctica conjunta de un deporte como éste crea una camaradería difícil de encontrar en otros ámbitos de la vida.
Pues bien, en una Liga como la española dominada por dos equipos archimillonarios, Real Madrid y Fútbol Club Barcelona, que imponen la dictadura implacable de su inalcanzable poder económico, la victoria de un equipo con un presupuesto que es una quinta parte de cada uno de los otros dos es una verdadera hazaña. Y una preciosa lección para la vida. Un grupo de jugadores que hace escasamente cuatro años peleaban por salir de las posiciones bajas de la Primera División encuentra de repente a un guía -ex jugador del equipo- llamado Diego Pablo Simeone, que se pone al frente del grupo y le da la vuelta como a un calcetín, convirtiendo a aquella banda de futbolistas desmotivados en un equipo ganador, paradigma de la lucha, la solidaridad y el máximo esfuerzo colectivo hasta la extenuación. Y de la fe tremenda de un colectivo en su líder. Yo he vivido desde dentro el complejísimo mundo del fútbol profesional, como directivo de otro equipo de Primera División, y no pueden ustedes imaginar el enorme mérito que tiene el trabajo que ha realizado este entrenador. Y de los directivos que le dieron, en un momento muy delicado para su Club, las riendas del equipo. Es realmente impresionante.
Cuando uno maneja diariamente un grupo de futbolistas que ganan sueldos millonarios, y que tienen el ego bastante subido a sus veintipocos años, resulta muy, pero que muy complicado lograr que todos corran y luchen como posesos durante todos los partidos de una temporada tan larga. Sin relajarse. Ni unos minutos. Ninguno de ellos. Ni siquiera los más técnicos del equipo y los que no habían corrido antes nunca tanto. Ni un miércoles de febrero ni un domingo de abril. Ni contra el Elche ni contra el Barcelona. Esto, queridos amigos, tiene un mérito enorme, y constituye un auténtico milagro futbolístico. Y lo ha conseguido el Cholo Simeone, aunque -señas de identidad de ese entrañable Club- sufriendo hasta el minuto final del último partido, con sus dos mejores jugadores lesionados antes del minuto 20, y en el campo abarrotado de su rival por el título. A partir de junio se lo van a rifar. Es realmente único. La gente que entiende de verdad de este deporte comprenderá mejor que bien lo que estoy diciendo. Como dijo él mismo recientemente, “no ganan los mejores jugadores, sino los que luchan mejor”. Por ello se ha pasado estas últimas dos semanas poniendo en vídeo a sus futbolistas imágenes de todos sus esfuerzos y sufrimientos de este año, especialmente de la terrible pretemporada a la que les sometió. Su mensaje: “sufrir da resultados”.
Por ello, esta victoria del Atleti me parece realmente bonita. Y edificante. Por lo que significa y por los valores que transmite a todos nuestros jóvenes -con independencia de su amor a unos u otros colores- necesitados hoy en día de referencias de este tipo. Como ha comentado el profesor Luis Cazorla refiriéndose a sus clases universitarias, los ejemplos -aun explicando Derecho mercantil- resultan con el fútbol más fáciles de poner, y llegan a todos ya que todo el mundo los entiende. Pues cuando en una competición tan difícil como la Liga española triunfan la fe, el esfuerzo y la solidaridad de un colectivo hay que destacarlo. Incluso en un blog jurídico como éste. Gracias al Cholo y a sus muchachos por su magnífico ejemplo. Gran parte de España quería vuestra victoria por todo lo que aquí he contado. Ahí la tenéis… ¡A disfrutarla! No siempre gana el más guapo ni el que más cobra o más camisetas vende. Algunas veces en la vida ganan los que se esfuerzan…..