La prevención del blanqueo de capitales y el pánico de muchos profesionales

Hace escasos días se ha publicado en el BOE el nuevo Reglamento que desarrolla la Ley 10/2.010, de 28 de abril, de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo. En él, nuestra cada vez más amable Administración, siguiendo recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional, continúa en su línea de delegar sus facultades investigadoras de los más complejos delitos económicos en los profesionales que trabajamos día a día, con muchos menos medios que ella y a cara descubierta, en la frágil trinchera de nuestros despachos, amenazándonos a todos con las más terribles responsabilidades. Y, la verdad, es que la prevención del blanqueo constituye en la actualidad un importante problema para trabajar, ya que muchos profesionales y entidades financieras están siendo afectados por una verdadera psicosis, bastantes veces lindante con el pánico, hasta el punto de que está resultando complicado formalizar operaciones de cierta cuantía con ciudadanos y entidades extranjeras. Y ello en un mundo totalmente globalizado, especialmente en las zonas turísticas o costeras como en la que vive y trabaja quien esto escribe, está convirtiendo el trabajo de cada día en una auténtica pesadilla.
Hace pocos días tuve enormes problemas para que una importante entidad financiera española, que actuaba en representación de la Sareb -a la que se había cedido el crédito- aceptara el dinero para cancelar una hipoteca sobre una vivienda que se vendía al Consejero Delegado de una conocidísima multinacional, sólo por el hecho de que, aunque el importe procedía de un banco español, el comprador y su enorme empresa estaban domiciliados en Suiza. Y eso que basta poner su nombre en Google para conocer al dedillo su cargo y su actividad, con decenas de fotografías incluidas.
Para que no se malinterprete la intención de este post, quiero dejar bien claro que no voy a criticar aquí en absoluto la actual la normativa de prevención del blanqueo de capitales ni la necesidad de adoptar medidas para luchar contra la alta delincuencia económica. Como tantas otras normas recientes que no me gustan, y en las que aprecio una increíble imprecisión técnica y un cierto tufo oportunista e incluso demagógico, la acato y trato de cumplirla lo mejor posible dentro de mis limitadas posibilidades, como es mi obligación. Los notarios no tenemos la posibilidad -que sí parecen tener algunos otros profesionales jurídicos- de decidir que si una Ley no nos gusta, o nos parece inapropiada al caso concreto, no la aplicamos, y ello sin incurrir en responsabilidad alguna. Pero, aclarado todo lo anterior, voy a reflexionar de forma crítica sobre algunos aspectos concretos que, sin tener que ver directamente con la normativa de prevención del blanqueo, sí se derivan de la política que, en esta materia, están desarrollando los diferentes Gobiernos españoles de los últimos tiempos:
1) En primer lugar, me parece muy sospechosa la transformación de este tipo delictivo experimentada en los últimos años. De ser un delito casi marginal, creado para castigar exclusivamente el lavado de dinero procedente del narcotráfico o del terrorismo, se ha convertido en un delito omnipresente en toda la actividad financiera del país, casi en el eje sobre el que giran las preocupaciones y las obsesiones de todos los operadores jurídicos y económicos. Con todos los respetos, esto me parece ciertamente extraño y desproporcionado. De repente no pueden haberse convertido todos los inversores extranjeros, y también muchos españoles, en potenciales blanqueadores masivos de dinero. Es materialmente imposible. ¿No tienen ustedes la impresión de que, habiendo disminuido la recaudación tributaria de muchos Estados como consecuencia de la crisis económica, se está tratando de conseguir (por la vía penal!) un medio “recaudatorio” alternativo sobre los miles de millones de euros que circulan entre los diferentes Estados occidentales? Dejo en el aire la respuesta….
2) En segundo lugar, y estrechamente conectado con el anterior, y como ya comenté en otra entrada (“Los peligros de un uso ejemplarizante del Código Penal: la hiperexpansión de algunos tipos delictivos”) publicada en este mismo blog, sospecho que los Gobiernos nos están haciendo trampas en el solitario. Tengo la convicción personal, contrastada largamente con muchos otros profesionales del Derecho, de que se está utilizando la figura del blanqueo de capitales como una especie de “comodín” o de “delito trampa” para realizar intervenciones espectaculares y ejemplarizantes en algunos lugares concretos de España, especialmente en zonas turísticas y costeras para, al final, conseguir recaudar bajo presión importantes cantidades a ciudadanos extranjeros pudientes vía Impuesto sobre la Renta de No Residentes, IVA, Impuesto de Sociedades, etc, aunque no siempre esté demasiado claro que las tuvieran que pagar. Es decir, al modo de cierto “chantaje legal” o de macroinspección tributaria salvaje con la amenaza de cárcel desde el primer minuto a personas que notoriamente tienen dinero y están dispuestas a soltarlo para evitar problemas penales. Y no hablo a humo de pajas. La mayoría de casos anunciados a bombo y platillo hace unos años han acabado así. Y en las Sentencias definitivas, si las leen ustedes, no aparece el blanqueo prácticamente por ningún lado…. porque, sencillamente, no lo había.
3) En tercer lugar, la tremenda e interesada manipulación informativa de muchos casos, totalmente mediatizada por las Autoridades públicas de nuestro país, por la que está creando en muchos lugares de España una auténtica prevención contra los “ricos” a los que, por el mero hecho de serlo, estamos convirtiendo en presuntos delincuentes. Conozco a multitud de profesionales liberales y directores de oficinas bancarias que viven actualmente aterrorizados con este tema, y que no quieren recibir dinero ni atender clientes sólo por tener determinada nacionalidad, o porque sus adquisiciones sobrepasan determinadas cantidades que se consideran “normales” y pasan desapercibidas en su actividad ordinaria.  ¿Significa esto, con todos los respetos y en tono jocoso, que sólo podemos trabajar con “pobres”?, ¿o sólo con ciudadanos occidentales despreciando a todos los del Este, las Islas, el Caribe, Iberoamérica, Oriente Medio y demás zonas “malditas”?, ¿debemos rechazar como clientes a las personas que tienen o mueven mucho dinero, aunque nos demuestren que lo han ganado honradamente?  Pues parece que en España,  de forma creciente, esto es así…. Para que vean como está últimamente el patio sepan que, hace pocos días, una encantadora y cultísima ciudadana rusa, directora de un importante museo de Moscú para más señas, tuvo que comprar un apartamento en Mallorca de 200.000 euros a nombre de una hija suya porque ningún banco local quería abrirle una cuenta corriente ni recibir sus ahorros enviados desde Rusia. La razón: una funcionaria del Gobierno de un país considerado de riesgo que compra una vivienda en España es persona non grata para la banca española. La pobre señora no salía de su asombro pero todos los empleados de entidades bancarias españolas con los que contactó para enviar su dinero la rechazaron presas del pánico. ¿Les parece esto normal, amables lectores?
4) Y en último lugar, last but not least, quiero comentar el aspecto que me parece más indignante de todo este asunto, también conectado con todo lo anterior. No entiendo bien por qué, el delito de blanqueo de capitales parece ser en este país, en los últimos tiempos, y a efectos de su persecución, el más grave de todos, más incluso que los asesinatos terroristas. No pueden ustedes imaginarse el despliegue policial o mediático que se ha empleado, por ejemplo en Mallorca, para ir a registrar despachos de abogados, asesorías, oficinas bancarias o alguna notaría. Decenas de agentes con chalecos antibalas, cascos con visión nocturna y ametralladoras, corte de calles con furgones policiales blindados, prensa y televisión avisadas con anterioridad, detenciones espectaculares y apurando el límite temporal legal… Y todo ello en oficinas normales y corrientes donde sólo hay profesionales, sus pobres empleados, ordenadores y documentos. Nada más. Ni armas, ni dinero, ni personas peligrosas ni, al final, y en la inmensa mayoría de los casos, culpables. ¿A qué viene toda esta absurda parafernalia? ¿Quién ha diseñado en España el protocolo de actuación policial antiblanqueo? ¿Saben ustedes que, tras la última intervención de este tipo, realizada en un despacho de abogados de Palma de Mallorca que atendía a algunos clientes rusos, los investigadores pidieron a la notaría donde se había firmado la escritura de la inversión sospechosa una copia simple de la misma una semana después de la mediática intervención? ¿No hubiera sido más lógico pedirla y estudiarla bien antes? ¿A qué viene todo este espectáculo? ¿No podría evitarse el “show mediático” y hacerse los registros discretamente, como exige por cierto la vigente Ley de Enjuiciamiento Criminal, hasta determinar si existen o no culpables?  ¿Paga alguien luego por los numerosos errores cometidos y por los impresentables atentados al honor de muchos profesionales? Dejo también estas respuestas, una vez más, en sus manos, amables lectores del blog…. Sólo les pido para terminar que, como personas con criterio demostrado, juristas o no, se paren unos minutos a reflexionar sobre todo esto. Verán en qué clase de Estado policial, lamentablemente, nos estamos convirtiendo.
 

18 comentarios
  1. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Europa está en crisis, tiene miedo y reacciona según la ley de Ashby. El neurólogo, de inicios del siglo XX que observó que para controlar eficazmente un sistema, el Controlador debe siempre dominar más situaciones que las que la diversidad espontánea del sistema produce.
    Si no puede hacerlo porque no alcanza, por ejemplo, a captar la propia complejidad de lo que tiene entre manos se produce la sobrerreacción. Estamos en ella y no somos apenas conscientes de sus consecuencias.
    Lo que señala el excelente artículo de Alvaro Delgado –también sucede en otros países y en cada transacción importante– es un aspecto de este fenómeno.
    Es la ira del sistema y reflejo de su impotencia culposa porque se sabe autor del desastre.
    Uno de los efectos de esta conducta es que el sistema mismo entra en Rendimientos Decrecientes porque el coste y los efectos negativos del control son superiores al producto real del sistema.
    Hasta ahora nadie se atreve a abordar esto porque es un ataque directo a los “fundamentos aceptados” del poder y como todos dependemos de él en una u otra forma, –y la academia tanto o más–, pues se pasa de puntillas sobre el asunto y Santas Pascuas.
    Lo vemos en muchas cosas, desde el reciente parón de los “Drones” por Aviación Civil –luego se quejan de la poca Innovación– a la histeria de control sobre nuestra ya inexistente intimidad o a la imposibilidad de generar tu propia energía “si no te lo aprueban y tasan previamente” o a los miles de limitaciones que bajo diversos disfraces y raciocinios ideológicos se imponen a la libertad de los componentes del sistema, es decir…. nosotros.
    Un corolario de esta Ley es que la forma más socorrida de controlar situaciones de complejidad creciente es
    1. O bien Reducir los grados de complejidad, es decir de libertad, o…
    2. Reducir el Control y arriesgarse a ello.
    Elija usted mismo cuando está al timón.
    Además, en una situación constatable de pérdida de Soberanía estatal , dependencia externa, etc. el Poder es supervisado de cerca, (BCE, Merkel, FMI, Tribunales Europeos, ONU, Casa Blanca, etc, etc, etc) y pasa a ser controlado y en esta situación su propia labor de control se hace un tanto histérica porque se saben monitorizados de cerca, algo muy incómodo si no se tiene costumbre.
    Es lo que está sucediendo, quizás de modo inconsciente, como un acto reflejo de los gobiernos, pero sus consecuencias se manifiestan en forma de crisis de sistema como en la que estamos inmersos.
    Las sociedades también tienen subconsciente colectivo, nacen y mueren.
    La nuestra, –a pesar de las sospechosas loas hiperbólicas a nuestras instituciones–, se degrada a ojos vista y muy probablemente no quiere ser consciente de ello en otro gesto de Disonancia Cognitiva tan propio de nuestra especie en manada.
    El caso es que la UE hoy día promulga 18 textos legales de diferente rango Cada Día. No hay organismo vivo que resista esto porque, simplemente, es enfermizo.
    Vamos a toda máquina.
    Saludos

  2. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Europa está en crisis, tiene miedo y reacciona según la ley de Ashby. El neurólogo, de inicios del siglo XX que observó que para controlar eficazmente un sistema, el Controlador debe siempre dominar más situaciones que las que la diversidad espontánea del sistema produce.

    Si no puede hacerlo porque no alcanza, por ejemplo, a captar la propia complejidad de lo que tiene entre manos se produce la sobrerreacción. Estamos en ella y no somos apenas conscientes de sus consecuencias.

    Lo que señala el excelente artículo de Alvaro Delgado –también sucede en otros países y en cada transacción importante– es un aspecto de este fenómeno.
    Es la ira del sistema y reflejo de su impotencia culposa porque se sabe autor del desastre.

    Uno de los efectos de esta conducta es que el sistema mismo entra en Rendimientos Decrecientes porque el coste y los efectos negativos del control son superiores al producto real del sistema.

    Hasta ahora nadie se atreve a abordar esto porque es un ataque directo a los “fundamentos aceptados” del poder y como todos dependemos de él en una u otra forma, –y la academia tanto o más–, pues se pasa de puntillas sobre el asunto y Santas Pascuas.

    Lo vemos en muchas cosas, desde el reciente parón de los “Drones” por Aviación Civil –luego se quejan de la poca Innovación– a la histeria de control sobre nuestra ya inexistente intimidad o a la imposibilidad de generar tu propia energía “si no te lo aprueban y tasan previamente” o a los miles de limitaciones que bajo diversos disfraces y raciocinios ideológicos se imponen a la libertad de los componentes del sistema, es decir…. nosotros.

    Un corolario de esta Ley es que la forma más socorrida de controlar situaciones de complejidad creciente es
    1. O bien Reducir los grados de complejidad, es decir de libertad, o…
    2. Reducir el Control y arriesgarse a ello.
    Elija usted mismo cuando está al timón.

    Además, en una situación constatable de pérdida de Soberanía estatal , dependencia externa, etc. el Poder es supervisado de cerca, (BCE, Merkel, FMI, Tribunales Europeos, ONU, Casa Blanca, etc, etc, etc) y pasa a ser controlado y en esta situación su propia labor de control se hace un tanto histérica porque se saben monitorizados de cerca, algo muy incómodo si no se tiene costumbre.

    Es lo que está sucediendo, quizás de modo inconsciente, como un acto reflejo de los gobiernos, pero sus consecuencias se manifiestan en forma de crisis de sistema como en la que estamos inmersos.

    Las sociedades también tienen subconsciente colectivo, nacen y mueren.

    La nuestra, –a pesar de las sospechosas loas hiperbólicas a nuestras instituciones–, se degrada a ojos vista y muy probablemente no quiere ser consciente de ello en otro gesto de Disonancia Cognitiva tan propio de nuestra especie en manada.

    El caso es que la UE hoy día promulga 18 textos legales de diferente rango Cada Día. No hay organismo vivo que resista esto porque, simplemente, es enfermizo.

    Vamos a toda máquina.
    Saludos

  3. Ramón Garcia
    Ramón Garcia Dice:

    Estoy con el autor, se recurre al tema del blaqueo de capitales como un unicornio de una recaudación fiscal que sencillamente no existe.
    No es fácil explicar a un país que con una deuda exterior de 1 billón de euros la salida necesita sacrificios. Que hay que hacer reformas difíciles de aceptar para los establecidos (como eliminar atribuciones exclusivas a colegios profesionales, establecer rendición de cuentas en la Administración, en la educación y sanidad).
    Pienso que hay mucho fraude fiscal (lo vemos cerca si nos fijamos), pero tanto en actividades grandes como pequeñas.

  4. Ramón Garcia
    Ramón Garcia Dice:

    Estoy con el autor, se recurre al tema del blaqueo de capitales como un unicornio de una recaudación fiscal que sencillamente no existe.

    No es fácil explicar a un país que con una deuda exterior de 1 billón de euros la salida necesita sacrificios. Que hay que hacer reformas difíciles de aceptar para los establecidos (como eliminar atribuciones exclusivas a colegios profesionales, establecer rendición de cuentas en la Administración, en la educación y sanidad).

    Pienso que hay mucho fraude fiscal (lo vemos cerca si nos fijamos), pero tanto en actividades grandes como pequeñas.

  5. Alberto
    Alberto Dice:

    Gracias Álvaro, se echaba de menos una reflexión de la reciente aprobación del Reglamento. No obstante, entendiendo el fondo de lo que expones, estoy en parcial desacuerdo contigo. Traslado las siguientes ideas y consideraciones para abrir el debate, pues creo que hay cosas que también debieran de discutirse:
    1.- La aprobación del reglamento (cuatro años después de la Ley 10/2010, de 28 de Abril), no hace más que desarrollar y actualizar la actual situación normativa Europea. Recuérdese que tenemos otra Directiva antiblanqueo a la vuelta de la esquina. Es decir, no es sólo un empeño de la Administración Española, sino que deriva del esfuerzo normativo europeo.
    2.- Por fin, y atendiendo precisamente a la idea de no cargar al administrado con el cumplimiento de las obligaciones que establece, se impone la realización de un informe de exposición al riesgo, que cada sujeto obligado debe realizar y que será el eje de las medidas de control que ha de desplegar. Además se atiende a un criterio de volumen y tamaño de las entidades obligadas, eliminando obligaciones para las de menor tamaño.
    3.- Se excluyen los actos notariales y registrales de contenido no económico, así como los que se definan mediante Orden Ministerial. Esta cuestión anteriormente no se encontraba regulada. Entiendo que tiene una lógica incuestionable.
    4.- No debemos olvidar las cifras que se manejan globalmente respecto a este tipo de actividades delictivas y las ingentes cantidades de dinero que se blanquean a través del sistema financiero. Tampoco debemos olvidar que la planificación fiscal a veces, también, se pasa de frenada.
    5.- Está claro que un cliente no es sospechoso por el mero hecho de ser ruso o chino, pero tampoco podemos olvidar que muchas veces, son estos clientes los que recelan de la entrega de información al sujeto obligado, precisamente escudándose en la idea de que antes no se la pedían o que en otra entidad no le piden tanta.
    6.- Los macroprocesos y mega intervenciones, si bien acarrean la consecuente repercusión mediática (para que ahora está de moda el blanquear), existen casos flagrantes que han determinado la extinción de redes de blanqueadores colombianos, chinos y rusos, con las consecuentes sanciones a remesadoras, bancos y alguno más.
    Si bien, como toda norma es técnicamente mejorable, y más después de haberla estado esperando tanto tiempo, me gustaría dejar estas ideas también en el blog, pues creo que completan el espíritu de tu artículo.
    Gracias de nuevo.

  6. Alberto
    Alberto Dice:

    Gracias Álvaro, se echaba de menos una reflexión de la reciente aprobación del Reglamento. No obstante, entendiendo el fondo de lo que expones, estoy en parcial desacuerdo contigo. Traslado las siguientes ideas y consideraciones para abrir el debate, pues creo que hay cosas que también debieran de discutirse:

    1.- La aprobación del reglamento (cuatro años después de la Ley 10/2010, de 28 de Abril), no hace más que desarrollar y actualizar la actual situación normativa Europea. Recuérdese que tenemos otra Directiva antiblanqueo a la vuelta de la esquina. Es decir, no es sólo un empeño de la Administración Española, sino que deriva del esfuerzo normativo europeo.

    2.- Por fin, y atendiendo precisamente a la idea de no cargar al administrado con el cumplimiento de las obligaciones que establece, se impone la realización de un informe de exposición al riesgo, que cada sujeto obligado debe realizar y que será el eje de las medidas de control que ha de desplegar. Además se atiende a un criterio de volumen y tamaño de las entidades obligadas, eliminando obligaciones para las de menor tamaño.

    3.- Se excluyen los actos notariales y registrales de contenido no económico, así como los que se definan mediante Orden Ministerial. Esta cuestión anteriormente no se encontraba regulada. Entiendo que tiene una lógica incuestionable.

    4.- No debemos olvidar las cifras que se manejan globalmente respecto a este tipo de actividades delictivas y las ingentes cantidades de dinero que se blanquean a través del sistema financiero. Tampoco debemos olvidar que la planificación fiscal a veces, también, se pasa de frenada.

    5.- Está claro que un cliente no es sospechoso por el mero hecho de ser ruso o chino, pero tampoco podemos olvidar que muchas veces, son estos clientes los que recelan de la entrega de información al sujeto obligado, precisamente escudándose en la idea de que antes no se la pedían o que en otra entidad no le piden tanta.

    6.- Los macroprocesos y mega intervenciones, si bien acarrean la consecuente repercusión mediática (para que ahora está de moda el blanquear), existen casos flagrantes que han determinado la extinción de redes de blanqueadores colombianos, chinos y rusos, con las consecuentes sanciones a remesadoras, bancos y alguno más.

    Si bien, como toda norma es técnicamente mejorable, y más después de haberla estado esperando tanto tiempo, me gustaría dejar estas ideas también en el blog, pues creo que completan el espíritu de tu artículo.

    Gracias de nuevo.

  7. Álvaro Delgado
    Álvaro Delgado Dice:

    Muchas gracias por los acertados comentarios. Me parece memorable la exposición de Manu Oquendo sobre el hipercontrol enfermizo de los Estados. Lo clava. En cuanto a Ramón, no hay que mezclar el blanqueo con el fraude fiscal. Ahí está el error de muchos, incluidos medios de comunicación. Son temas a veces confluyentes, pero muy diferentes en origen. Y en cuanto al comentario de Alberto, que me parece muy bueno, quiero aclarar que no estoy criticando la normativa, sino la APLICACIÓN SOBREAACTUADA QUE DE ELLA SE HACE EN ALGUNAS ZONAS DE ESPAÑA. Los que no lo viven de cerca no pueden hacerse una idea real de ello. Da la impresión de que España pretende APARENTAR frente a Europa y a EEUU que ejerce un gran control y persigue mucho a la delincuencia económica, como si tuviera que purgar sus múltiples pecados de todo tipo con estas actuaciones teatrales, no siempre justificadas. Un saludo a todos.

  8. Álvaro Delgado
    Álvaro Delgado Dice:

    Muchas gracias por los acertados comentarios. Me parece memorable la exposición de Manu Oquendo sobre el hipercontrol enfermizo de los Estados. Lo clava. En cuanto a Ramón, no hay que mezclar el blanqueo con el fraude fiscal. Ahí está el error de muchos, incluidos medios de comunicación. Son temas a veces confluyentes, pero muy diferentes en origen. Y en cuanto al comentario de Alberto, que me parece muy bueno, quiero aclarar que no estoy criticando la normativa, sino la APLICACIÓN SOBREAACTUADA QUE DE ELLA SE HACE EN ALGUNAS ZONAS DE ESPAÑA. Los que no lo viven de cerca no pueden hacerse una idea real de ello. Da la impresión de que España pretende APARENTAR frente a Europa y a EEUU que ejerce un gran control y persigue mucho a la delincuencia económica, como si tuviera que purgar sus múltiples pecados de todo tipo con estas actuaciones teatrales, no siempre justificadas. Un saludo a todos.

  9. Fernando Gomá Lanzón
    Fernando Gomá Lanzón Dice:

    Quiero añadir a lo expuesto por Alvaro unos comentarios relacionas: da la sensación de que el legislador y la administración que tiene que aplicar las leyes de blanqueo, trata con una enorme desconfianza a esos profesionales y funcionarios, como los notarios, a los que se les impone unas obligaciones muy importantes en manera de prevención. En realidad, más que tratarles como un importante colaborador en esta lucha, muchas veces parece que somos tan sospechosos como los propios delincuentes, y que si no hacemos algo en la forma que elllos estiman correcta las consecuencias no son las propias de un funcionario que ha cometido un error, sino la de un colaborador en el blanqueo, un medio delincuente, etc. Mal camino me parece ese, provocar el pánico, que dice Alvaro, no es una buena forma de que se vayan mejorando las disfunciones. Como he comentado en alguna otra ocasión hablando de las cuestiones fiscales, dar solamente palos es ineficaz, de lo que se trata también es de animar al que quiere hacerlo bien y se ha equivocado sin malicia, porque esta actitud hará que esa persona esté más inclinada a seguir colaborando no por miedo, sino por convicción.

  10. Fernando Gomá Lanzón
    Fernando Gomá Lanzón Dice:

    Quiero añadir a lo expuesto por Alvaro unos comentarios relacionas: da la sensación de que el legislador y la administración que tiene que aplicar las leyes de blanqueo, trata con una enorme desconfianza a esos profesionales y funcionarios, como los notarios, a los que se les impone unas obligaciones muy importantes en manera de prevención. En realidad, más que tratarles como un importante colaborador en esta lucha, muchas veces parece que somos tan sospechosos como los propios delincuentes, y que si no hacemos algo en la forma que elllos estiman correcta las consecuencias no son las propias de un funcionario que ha cometido un error, sino la de un colaborador en el blanqueo, un medio delincuente, etc. Mal camino me parece ese, provocar el pánico, que dice Alvaro, no es una buena forma de que se vayan mejorando las disfunciones. Como he comentado en alguna otra ocasión hablando de las cuestiones fiscales, dar solamente palos es ineficaz, de lo que se trata también es de animar al que quiere hacerlo bien y se ha equivocado sin malicia, porque esta actitud hará que esa persona esté más inclinada a seguir colaborando no por miedo, sino por convicción.

  11. Alberto
    Alberto Dice:

    Gracias por tu respuesta Álvaro. Es dificíl como siempre encontrar una aplicación adecuada de este tipo de normas. O no se hace nada o se sobreactúa. En ello entiendo que también influye de forma directa la repercusión mediática que este tipo de delitos tiene. Estando de acuerdo que ahora parece que nos hemos enterado del fenómeno y parece que queremos siempre sacar pecho de “cumplidores”, no puedo dejar de mencionar que:
    Barcelona tiene un importante número de inmigrantes de orígen Pakistaní, a los que es casi imposible pedirles un documento identificativo para hacer un envío de dinero. En Valencia sucede lo mismo, pero con Colombia. No me refiero a las nacionalidades en concreto, sino las redes que están detrás. Si observamos los corredores de destino por zonas, créeme que es sorprendente.
    También tenemos los casos de Marbella, el Algarrobico…etc… Está claro que las zonas costeras han sido las que más han sufrido este tipo de delitos. Estoy contigo en que la sensación es de aplicación sobreactuada, pero sucede un poco parecido siempre, a mayor repercusión mediática, más sobreaplicación. Si añadimos la falta de información-coordinación directa del Órgano Supervisor con los sujetos obligados, el desconcierto y el pánico están servidos.
    Un afectuoso saludo.

  12. Alberto
    Alberto Dice:

    Gracias por tu respuesta Álvaro. Es dificíl como siempre encontrar una aplicación adecuada de este tipo de normas. O no se hace nada o se sobreactúa. En ello entiendo que también influye de forma directa la repercusión mediática que este tipo de delitos tiene. Estando de acuerdo que ahora parece que nos hemos enterado del fenómeno y parece que queremos siempre sacar pecho de “cumplidores”, no puedo dejar de mencionar que:

    Barcelona tiene un importante número de inmigrantes de orígen Pakistaní, a los que es casi imposible pedirles un documento identificativo para hacer un envío de dinero. En Valencia sucede lo mismo, pero con Colombia. No me refiero a las nacionalidades en concreto, sino las redes que están detrás. Si observamos los corredores de destino por zonas, créeme que es sorprendente.
    También tenemos los casos de Marbella, el Algarrobico…etc… Está claro que las zonas costeras han sido las que más han sufrido este tipo de delitos. Estoy contigo en que la sensación es de aplicación sobreactuada, pero sucede un poco parecido siempre, a mayor repercusión mediática, más sobreaplicación. Si añadimos la falta de información-coordinación directa del Órgano Supervisor con los sujetos obligados, el desconcierto y el pánico están servidos.
    Un afectuoso saludo.

  13. ENNECERUS
    ENNECERUS Dice:

    El sobrecontrol jamás evita otra cosa que no sea un sobrecoste para los ciudadanos honrados normales y corrientes. Vivimos en un estado de excepción no declarado donde el primer derecho humano es el del estado a la recaudación fiscal y a eso se supedita todo lo demás.
    Nos tragamos sin pestañear la prohibición que hace el estado, titular del monopolio de emisión de dinero legal fiduciario de curso forzoso, de hacer pagos en efectivo en ese mismo dinero que emite contra no se sabe muy bien qué activos. O mejor dicho, contra activos que no existen. Y conste que a pesar del euro, el monopolio sigue siendo estatal, pues es el único que puede decidir si seguimos en el euro o creamos una nueva moneda legal, fiduciaria, etc.
    No me cansaré de repetir que el blanqueo de capitales es justo lo contrario al fraude fiscal. El fraude fiscal implica distraer del control de la hacienda pública dinero ganado legítimamente procedente de actividades legítimas. El blanqueo de dinero consiste en simular actividades legales, pagando los correspondientes impuestos, para colocar en el circuito dinero obtenido de actividades ilícitas.
    Pero el estado lo ha conseguido: Si consideramos al fraude fiscal como una actividad ilícita asimilable a cualquier otra típica (tráfico de armas, drogas, proxenetismo, emigración ilegal, etc.), que no lo es, la simple utilización de cualquier cantidad de dinero que debería haberse ingresado en el fisco, comporta automáticamente un delito de blanqueo de capitales.
    Todo lo que estudiamos en la carrera del derecho penal como ultima ratio, del derecho administrativo sancionador inspirado y limitado por los mismos principios garantistas del derecho penal, todo eso ha saltado por los aires, ante la complacencia general.
    Hace más de 4 años detuvieron en una redada policial, a un conocido empresario del sector de la hostelería en la ciudad donde resido, junto con otra veintena de empresarios, acusados de un delito de fraude a la Seguridad Social por importe que según las distintas versiones, oscilaba entre los 180 y los 400.000 euros, lo que en el peor de los casos implicaba unos 20.000 euros por empresario. El delito había sido presuntamente cometido mediante una red de sociedades “interautonómica” y el notorio empresario de mi ciudad hacía más de tres años que no tenía ninguna relación con las sociedades investigadas. Fue portada en el periódico local pero del tema nunca más se supo.
    Lo siento pero esto no es un estado de derecho. Es un estado de excepción. Las conductas criminales por parte de los ciudadanos jamás puede justificar la conducta criminal del estado. Y los hechos que denuncian con extraordinario acierto y precisión tanto Álvaro como Manu Oquendo son criminales y delictivos.
    Puede parecer exagerado lo que digo pero da la impresión de que la presunción de inocencia ha quedado reservada para la autodefensa de una muy corrupta casta político-económica que nos la ha robado a los ciudadanos.

  14. ENNECERUS
    ENNECERUS Dice:

    El sobrecontrol jamás evita otra cosa que no sea un sobrecoste para los ciudadanos honrados normales y corrientes. Vivimos en un estado de excepción no declarado donde el primer derecho humano es el del estado a la recaudación fiscal y a eso se supedita todo lo demás.
    Nos tragamos sin pestañear la prohibición que hace el estado, titular del monopolio de emisión de dinero legal fiduciario de curso forzoso, de hacer pagos en efectivo en ese mismo dinero que emite contra no se sabe muy bien qué activos. O mejor dicho, contra activos que no existen. Y conste que a pesar del euro, el monopolio sigue siendo estatal, pues es el único que puede decidir si seguimos en el euro o creamos una nueva moneda legal, fiduciaria, etc.
    No me cansaré de repetir que el blanqueo de capitales es justo lo contrario al fraude fiscal. El fraude fiscal implica distraer del control de la hacienda pública dinero ganado legítimamente procedente de actividades legítimas. El blanqueo de dinero consiste en simular actividades legales, pagando los correspondientes impuestos, para colocar en el circuito dinero obtenido de actividades ilícitas.
    Pero el estado lo ha conseguido: Si consideramos al fraude fiscal como una actividad ilícita asimilable a cualquier otra típica (tráfico de armas, drogas, proxenetismo, emigración ilegal, etc.), que no lo es, la simple utilización de cualquier cantidad de dinero que debería haberse ingresado en el fisco, comporta automáticamente un delito de blanqueo de capitales.
    Todo lo que estudiamos en la carrera del derecho penal como ultima ratio, del derecho administrativo sancionador inspirado y limitado por los mismos principios garantistas del derecho penal, todo eso ha saltado por los aires, ante la complacencia general.
    Hace más de 4 años detuvieron en una redada policial, a un conocido empresario del sector de la hostelería en la ciudad donde resido, junto con otra veintena de empresarios, acusados de un delito de fraude a la Seguridad Social por importe que según las distintas versiones, oscilaba entre los 180 y los 400.000 euros, lo que en el peor de los casos implicaba unos 20.000 euros por empresario. El delito había sido presuntamente cometido mediante una red de sociedades “interautonómica” y el notorio empresario de mi ciudad hacía más de tres años que no tenía ninguna relación con las sociedades investigadas. Fue portada en el periódico local pero del tema nunca más se supo.
    Lo siento pero esto no es un estado de derecho. Es un estado de excepción. Las conductas criminales por parte de los ciudadanos jamás puede justificar la conducta criminal del estado. Y los hechos que denuncian con extraordinario acierto y precisión tanto Álvaro como Manu Oquendo son criminales y delictivos.
    Puede parecer exagerado lo que digo pero da la impresión de que la presunción de inocencia ha quedado reservada para la autodefensa de una muy corrupta casta político-económica que nos la ha robado a los ciudadanos.

  15. ENNECERUS
    ENNECERUS Dice:

    Obviamente quería decir que “El sobrecontrol jamás consigue otra cosa que no sea un sobrecoste para los ciudadanos honrados normales y corrientes.” Perdón por el error.

  16. ENNECERUS
    ENNECERUS Dice:

    Obviamente quería decir que “El sobrecontrol jamás consigue otra cosa que no sea un sobrecoste para los ciudadanos honrados normales y corrientes.” Perdón por el error.

  17. Jesús Casas
    Jesús Casas Dice:

    Quisiera apuntar una idea adicional: muchas de estas normas administrativas, que son jurídicas sólo porque se publican en diarios oficiales, pero van contra la más elemental noción de Derecho en el que el control no corresponde a los particulares sino a las administraciones, provienen de grupos de “expertos” que juegan en los dos lados de la mesa: en los grupos, proponiendo las “normas” y asesorando sobre su aplicación a los “operadores”, todo lo cual genera pingües ingresos y posición dominante. Verán, un Notario o Registrador es un funcionario público en España y eso da pie a que les impongan ciertas cargas de prevención. A fin de cuentas la fe pública tiene mucho de “cavere”, pero abogados, bancos y empresas tengan que tramitar más papel que la administración al inicio de cada relación profesional y mantener vivos los expedientes, no tiene un pase. Dos meses llevamos para un Nif de una sociedad Noruega para declarar la unipersonal idas de la filial española, y eso que los noruegos estaban sorprendidos por haberla constituido originariamente en un día (sociedad telemática), actas de titular último, registrador que pide in NIE a una persona jurídica, Consulado que lo niega (con razón) y mientras tanto, que quieren que les diga, pues ya van cinco puestos de trabajo en biotecnología, pero registralmente la sociedad sigue como si fuera de un socio español, los que ni es jurídicamente real, al menos hasta que el ultra neoplatonismo registral establezca que sólo es real lo que consta en el Registro, y si no se han seguido todos los procedimientos de profilaxis establecidos para lo que interese, a parar. A este paso cada empresa va a tener, por cada trabajador un abogado, un auditor, un consultor y un “compliance manager”. Los mismos “expertos” que diseñan este barullo los venden externos por unos miles de euros al mes y no veas el poder que da decir qué procedimiento debe seguirse y formularios rellenarse, además de guardar el “e-filing” de todo esto “securizado” en el “server”, perdón, en la nube. Entiendan que hay muchas comillas en mi comentario para destacar el absurdo. Vivimos en una época antijurídica…

  18. Jesús Casas
    Jesús Casas Dice:

    Quisiera apuntar una idea adicional: muchas de estas normas administrativas, que son jurídicas sólo porque se publican en diarios oficiales, pero van contra la más elemental noción de Derecho en el que el control no corresponde a los particulares sino a las administraciones, provienen de grupos de “expertos” que juegan en los dos lados de la mesa: en los grupos, proponiendo las “normas” y asesorando sobre su aplicación a los “operadores”, todo lo cual genera pingües ingresos y posición dominante. Verán, un Notario o Registrador es un funcionario público en España y eso da pie a que les impongan ciertas cargas de prevención. A fin de cuentas la fe pública tiene mucho de “cavere”, pero abogados, bancos y empresas tengan que tramitar más papel que la administración al inicio de cada relación profesional y mantener vivos los expedientes, no tiene un pase. Dos meses llevamos para un Nif de una sociedad Noruega para declarar la unipersonal idas de la filial española, y eso que los noruegos estaban sorprendidos por haberla constituido originariamente en un día (sociedad telemática), actas de titular último, registrador que pide in NIE a una persona jurídica, Consulado que lo niega (con razón) y mientras tanto, que quieren que les diga, pues ya van cinco puestos de trabajo en biotecnología, pero registralmente la sociedad sigue como si fuera de un socio español, los que ni es jurídicamente real, al menos hasta que el ultra neoplatonismo registral establezca que sólo es real lo que consta en el Registro, y si no se han seguido todos los procedimientos de profilaxis establecidos para lo que interese, a parar. A este paso cada empresa va a tener, por cada trabajador un abogado, un auditor, un consultor y un “compliance manager”. Los mismos “expertos” que diseñan este barullo los venden externos por unos miles de euros al mes y no veas el poder que da decir qué procedimiento debe seguirse y formularios rellenarse, además de guardar el “e-filing” de todo esto “securizado” en el “server”, perdón, en la nube. Entiendan que hay muchas comillas en mi comentario para destacar el absurdo. Vivimos en una época antijurídica…

  19. Isidro Elhabi
    Isidro Elhabi Dice:

    La verdad es que siempre es bueno conocer la opinión de un notario en un tema como el blanqueo de capitales, en el que debe intervenir como colaborador en la prevención. Y además es que se trata de la experiencia del Sr. Delgado, quien tiene la mala suerte de encontrarse en el ojo del huracán. Notario (las malas prácticas de algunos donde toleraban o toleran operaciones en B en sus propias oficinas han hecho mucho daño), en zona costera, en un país vigilado, donde hay el mayor fraude fiscal de Europa y uno de los mayores blanqueos de capital del mundo. De ahí, esas anécdotas. Y a que se les está yendo en ocasiones con una norma que parece bloquear operaciones de inocentes mientras los de siempre parecen escaparse. Ya que no se trata de la importancia del blanqueo de capitales en sí, lo que apunta en su comentario sobre la intención del artículo y una aplicación sobreactuada de la norma creo que es la clave.
    Es que Sr Delgado es eso. Se pretende dar una imagen y a ver si redimimos algo esos pecados múltiples y reincidentes. A lo mejor creen que así conseguirán que les perdonen la normativa anti blanqueo y los políticos no tengan que incluirse a sí mismos.
    ¿Por qué? Porque estamos en vigilancia por un lado y porque los del GAFI, igual que antes la UE nos han calado. Y es que en España las normas han sido bastante laxas, por no decir otra cosa. El mismo SEPBLAC ha reconocido no haber sido suficientemente diligente. El Reglamento del que habla se ha tardado 3 años en desarrollar cuando el máximo era un año. Y hay quien dice que se ha desarrollado con una ley obsoleta. El que España tuviera el mayor numero de “bin laden” (500€) no era casualidad. Somos el país con mayor economía sumergida de Europa. España ha sido la lavadora de oligarcas rusos, de mafias italianas, criminales de Europa del Este y todo tipo de delincuentes. Y a somos la mayor puerta de droga a Europa, y algunos como Roberto Saviano aseguran que la burbuja inmobiliaria en la Costa del Sol (La Costa Nostra la llaman), Costa Brava, Levante o Baleares fue fruto del dinero del narcotráfico y crimen organizado, blanqueando. Son las zonas calientes donde se afincan los extranjeros de mala conducta. Medidas como la reforma de la Justicia Universal, la amnistía fiscal o el permiso de residencia al comprar una casa ayudan a Hacienda a recaudar pero no a crearnos una buena fama en la lucha contra el blanqueo. Más cuando la contabilidad del partido del Gobierno, del PP estaba/está en dinero B y ante Merkel, Rajoy dice que “todo era falso salvo alguna cosa”. Uno de los puntos de las recomendaciones del GAFI era las PEPS “personas con responsabilidad pública”. Aquí imputados y presuntamente corruptos o incluso condenados hay unos cuantos y va la ley 10/2010 y deja fuera a los políticos nacionales, cosa que tendrá que cambiarse por presiones internacionales pues nuestra corrupción política patria es archiconocida.
    http://sevilla.abc.es/economia/20140425/rc-gafi-visita-espana-para-201404251710.html
    Y por otro lado, USA se está tomando bastante en serio este tema. Los bancos británicos HSBC y Standard Chartered han sido multados por el Gobierno de EEUU con una sanción récord de más de 2.500 millones de dólares (1.925 millones de euros) por tolerar operaciones de blanqueo. Y otro pico para el banco libanés. El Department of the Treasury ha dicho que si hay que meter a un banquero en la cárcel por blanqueo se le mete. Y allí no hay Elpidios ni chorradas. Y Credit Suisse se está jugando una multa de 1600 mill $, el doble de la que pagó UBS en 2009. Bromas con los yankis ni una.
    http://www.expansion.com/agencia/efe/2012/12/11/17886601.html
    http://www.abc.es/internacional/20130627/abci-banco-hizbola-multado-eeuu-201306261947.html
    http://www.oroyfinanzas.com/2014/05/ee-uu-amenaza-credit-suisse-multa-1-600-millones-dolares-ayudar-blanquear-dinero/
    Y España ha multado recientemente al Banco Espirito Santo, al Banco de Gibraltar o al HSBC.
    Así creo que cuidado con relativizar la importancia de este delito en nuestro país, ninguna broma es. Sin embargo, es verdad que el autor ha sufrido casos absurdos y que se están dando con demasiada frecuencia y hacen mucho daño a quien los sufre. Por lo visto los reportes de actividades sospechosas saltan automáticamente y algunos como los que explica por consecuencias injustas. No es una presunción contra los ricos, es que sus clientes eran rusos y suizos e hicieron operaciones de mucho dinero. O a lo mejor a la rusa por ser funcionaria USA la tenía entre los bloqueados a cuenta de lo de Ucrania. Creo que hemos de ver la importancia del blanqueo pero también escuchar a quien ve sus fallos y no restringir absurdamente operaciones.
    http://www.ondacero.es/audios-online/la-brujula/opinion/manhattan/cien-millas-manhattan-seguridad-eeuu_2013070200132.html
    Otra cosa son las absurderces de fuegos artificiales que tanto gustan a ciertos mandos políticos-policiales, y tanto dinero nos cuestan. Donde se busca más la foto del telediario que la eficacia contra el delito.

  20. Isidro Elhabi
    Isidro Elhabi Dice:

    La verdad es que siempre es bueno conocer la opinión de un notario en un tema como el blanqueo de capitales, en el que debe intervenir como colaborador en la prevención. Y además es que se trata de la experiencia del Sr. Delgado, quien tiene la mala suerte de encontrarse en el ojo del huracán. Notario (las malas prácticas de algunos donde toleraban o toleran operaciones en B en sus propias oficinas han hecho mucho daño), en zona costera, en un país vigilado, donde hay el mayor fraude fiscal de Europa y uno de los mayores blanqueos de capital del mundo. De ahí, esas anécdotas. Y a que se les está yendo en ocasiones con una norma que parece bloquear operaciones de inocentes mientras los de siempre parecen escaparse. Ya que no se trata de la importancia del blanqueo de capitales en sí, lo que apunta en su comentario sobre la intención del artículo y una aplicación sobreactuada de la norma creo que es la clave.

    Es que Sr Delgado es eso. Se pretende dar una imagen y a ver si redimimos algo esos pecados múltiples y reincidentes. A lo mejor creen que así conseguirán que les perdonen la normativa anti blanqueo y los políticos no tengan que incluirse a sí mismos.

    ¿Por qué? Porque estamos en vigilancia por un lado y porque los del GAFI, igual que antes la UE nos han calado. Y es que en España las normas han sido bastante laxas, por no decir otra cosa. El mismo SEPBLAC ha reconocido no haber sido suficientemente diligente. El Reglamento del que habla se ha tardado 3 años en desarrollar cuando el máximo era un año. Y hay quien dice que se ha desarrollado con una ley obsoleta. El que España tuviera el mayor numero de “bin laden” (500€) no era casualidad. Somos el país con mayor economía sumergida de Europa. España ha sido la lavadora de oligarcas rusos, de mafias italianas, criminales de Europa del Este y todo tipo de delincuentes. Y a somos la mayor puerta de droga a Europa, y algunos como Roberto Saviano aseguran que la burbuja inmobiliaria en la Costa del Sol (La Costa Nostra la llaman), Costa Brava, Levante o Baleares fue fruto del dinero del narcotráfico y crimen organizado, blanqueando. Son las zonas calientes donde se afincan los extranjeros de mala conducta. Medidas como la reforma de la Justicia Universal, la amnistía fiscal o el permiso de residencia al comprar una casa ayudan a Hacienda a recaudar pero no a crearnos una buena fama en la lucha contra el blanqueo. Más cuando la contabilidad del partido del Gobierno, del PP estaba/está en dinero B y ante Merkel, Rajoy dice que “todo era falso salvo alguna cosa”. Uno de los puntos de las recomendaciones del GAFI era las PEPS “personas con responsabilidad pública”. Aquí imputados y presuntamente corruptos o incluso condenados hay unos cuantos y va la ley 10/2010 y deja fuera a los políticos nacionales, cosa que tendrá que cambiarse por presiones internacionales pues nuestra corrupción política patria es archiconocida.

    http://sevilla.abc.es/economia/20140425/rc-gafi-visita-espana-para-201404251710.html

    Y por otro lado, USA se está tomando bastante en serio este tema. Los bancos británicos HSBC y Standard Chartered han sido multados por el Gobierno de EEUU con una sanción récord de más de 2.500 millones de dólares (1.925 millones de euros) por tolerar operaciones de blanqueo. Y otro pico para el banco libanés. El Department of the Treasury ha dicho que si hay que meter a un banquero en la cárcel por blanqueo se le mete. Y allí no hay Elpidios ni chorradas. Y Credit Suisse se está jugando una multa de 1600 mill $, el doble de la que pagó UBS en 2009. Bromas con los yankis ni una.

    http://www.expansion.com/agencia/efe/2012/12/11/17886601.html

    http://www.abc.es/internacional/20130627/abci-banco-hizbola-multado-eeuu-201306261947.html

    http://www.oroyfinanzas.com/2014/05/ee-uu-amenaza-credit-suisse-multa-1-600-millones-dolares-ayudar-blanquear-dinero/

    Y España ha multado recientemente al Banco Espirito Santo, al Banco de Gibraltar o al HSBC.

    Así creo que cuidado con relativizar la importancia de este delito en nuestro país, ninguna broma es. Sin embargo, es verdad que el autor ha sufrido casos absurdos y que se están dando con demasiada frecuencia y hacen mucho daño a quien los sufre. Por lo visto los reportes de actividades sospechosas saltan automáticamente y algunos como los que explica por consecuencias injustas. No es una presunción contra los ricos, es que sus clientes eran rusos y suizos e hicieron operaciones de mucho dinero. O a lo mejor a la rusa por ser funcionaria USA la tenía entre los bloqueados a cuenta de lo de Ucrania. Creo que hemos de ver la importancia del blanqueo pero también escuchar a quien ve sus fallos y no restringir absurdamente operaciones.

    http://www.ondacero.es/audios-online/la-brujula/opinion/manhattan/cien-millas-manhattan-seguridad-eeuu_2013070200132.html

    Otra cosa son las absurderces de fuegos artificiales que tanto gustan a ciertos mandos políticos-policiales, y tanto dinero nos cuestan. Donde se busca más la foto del telediario que la eficacia contra el delito.

  21. ENNECERUS
    ENNECERUS Dice:

    Isidro: Es que en este país la transparencia siempre se predica para los demás y la administración española es la menos transparente del mundo,. Un ejemplo gtomado al azar: El expediente secreto del Presidente del Gobierno en el Ministerio de Justicia, hace meses reclamado por un diputado. ¿Es normal que un señor diputado, representante del pueblo para controlar al gobierno, no tenga un acceso directo a cualquier expediente administrativo, restrinigiéndose los datos confidenciales a razones de estricta seguridad nacional, previa clasificación visada por una comisión tipo de conflictos jurisdiccionales? Si se alegan cuestiones de protección de datos, ¿no deberían minizarse los datos obrantes en la administración a los estrictamente necesarios?
    En realidad, vivimos instalados en una mentira gigantesca que hace mucho ya superó todos sus límites.

  22. ENNECERUS
    ENNECERUS Dice:

    Isidro: Es que en este país la transparencia siempre se predica para los demás y la administración española es la menos transparente del mundo,. Un ejemplo gtomado al azar: El expediente secreto del Presidente del Gobierno en el Ministerio de Justicia, hace meses reclamado por un diputado. ¿Es normal que un señor diputado, representante del pueblo para controlar al gobierno, no tenga un acceso directo a cualquier expediente administrativo, restrinigiéndose los datos confidenciales a razones de estricta seguridad nacional, previa clasificación visada por una comisión tipo de conflictos jurisdiccionales? Si se alegan cuestiones de protección de datos, ¿no deberían minizarse los datos obrantes en la administración a los estrictamente necesarios?

    En realidad, vivimos instalados en una mentira gigantesca que hace mucho ya superó todos sus límites.

  23. Álvaro Delgado
    Álvaro Delgado Dice:

    Señores, tengo que descubrirme ante el nivel de los comentaristas de este blog. Es realmente impresionante. Mejoran y completan ustedes enormemente nuestras entradas! Y ya que estamos reflexionando juntos sobre el tema, y para los no juristas, que nos leen también bastantes, quiero ahondar en que, por muy grave que pueda ser este delito y la posición estratégica de España, legislar y, sobre todo, actuar así, no es propio de una democracia del siglo XXI. Imaginen ustedes que, para evitar que algunos cafres conduzcan bebidos por nuestras ciudades, el Gobierno decretara la “ley seca”, o un toque de queda militar por las noches. Que no beba nadie y problema resuelto. Y si pillamos a alguien, aunque sea sin coche, pero con una cerveza en la mano lo condenamos penalmente por imprudencia. Pues eso es lo que nos están haciendo en materia de blanqueo! Buscando al criminal como pepita de oro en un enorme cedazo por el que pasamos todos bajo amenazas de prisión, seamos los delincuentes o simples asesores o documentadores. Vamos hombre! Tantos años de búsqueda de la democracia y las libertades para esto! Y lo de discriminar a la gente por nacionalidades en el siglo de la información y de internet es bastante burdo, por no decir impresentable. En lugar de actuar como un bulldozer que arrambla con todo, los Estados occidentales tienen la obligación de afinar mucho más. Por mucho criminal que ande suelto y le guste España, la inmensa mayoría de la gente y de los profesionales no nos merecemos una presunción de criminalidad. Y menos por parte de jueces y fiscales, que suelen tratar por este delito a los profesionales con mucha menos moderación y equidad que la que suelen demostrar en otras materias. Les reitero a todos mi agradecimiento por sus estupendos comentarios. Nos hacen ustedes mucho mejores.

  24. Álvaro Delgado
    Álvaro Delgado Dice:

    Señores, tengo que descubrirme ante el nivel de los comentaristas de este blog. Es realmente impresionante. Mejoran y completan ustedes enormemente nuestras entradas! Y ya que estamos reflexionando juntos sobre el tema, y para los no juristas, que nos leen también bastantes, quiero ahondar en que, por muy grave que pueda ser este delito y la posición estratégica de España, legislar y, sobre todo, actuar así, no es propio de una democracia del siglo XXI. Imaginen ustedes que, para evitar que algunos cafres conduzcan bebidos por nuestras ciudades, el Gobierno decretara la “ley seca”, o un toque de queda militar por las noches. Que no beba nadie y problema resuelto. Y si pillamos a alguien, aunque sea sin coche, pero con una cerveza en la mano lo condenamos penalmente por imprudencia. Pues eso es lo que nos están haciendo en materia de blanqueo! Buscando al criminal como pepita de oro en un enorme cedazo por el que pasamos todos bajo amenazas de prisión, seamos los delincuentes o simples asesores o documentadores. Vamos hombre! Tantos años de búsqueda de la democracia y las libertades para esto! Y lo de discriminar a la gente por nacionalidades en el siglo de la información y de internet es bastante burdo, por no decir impresentable. En lugar de actuar como un bulldozer que arrambla con todo, los Estados occidentales tienen la obligación de afinar mucho más. Por mucho criminal que ande suelto y le guste España, la inmensa mayoría de la gente y de los profesionales no nos merecemos una presunción de criminalidad. Y menos por parte de jueces y fiscales, que suelen tratar por este delito a los profesionales con mucha menos moderación y equidad que la que suelen demostrar en otras materias. Les reitero a todos mi agradecimiento por sus estupendos comentarios. Nos hacen ustedes mucho mejores.

  25. Álvaro Delgado
    Álvaro Delgado Dice:

    Y una cosa más, muy importante, que se me olvidaba… Se supone Isidro que las “absurdeces de fuegos artificiales que tanto gustan a ciertos mandos político-policiales, que tanto dinero nos cuestan, y donde se busca más la foto del telediario que la eficacia contra el delito”, con lo que estoy 100% de acuerdo, están solicitadas por algún Fiscal, y controladas por algún Juez, que es el que autoriza la entrada y registro. Pues bien, que ciertos mandos policiales busquen el numerito fácil, con el que además hacen méritos para medrar, puedo entenderlo. Que algunos Fiscales soliciten o algunos Jueces autoricen, o no persigan o sancionen después de producirse, algunos excesos que se saltan con pértiga lo que dispone el vigente artículo 552 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal lo entiendo mucho menos. Para los que no lo conozcan o lo tengan a mano lo reproduzco aquí: “Art. 552. Al practicar los registros deberán evitarse las inspecciones inútiles, procurando no perjudicar ni importunar al interesado más de lo necesario, y se adoptarán todo género de precauciones para no comprometer su reputación, respetando sus secretos si no interesaren a la instrucción”. Su sola lectura desata las carcajadas de todos los profesionales que vivimos y trabajamos en Mallorca. ¿Por qué a mi me tratan de delincuente si se me ha pasado no se qué notificación de una escritura, y decenas de funcionarios se saltan ese precepto una y otra vez y a ellos no les pasa nunca nada? Ni les pasa ni nadie mueve un dedo para investigarlo ni castigarlo. Lo siento pero las leyes para unos son mucho más leyes que para otros. Esta es otra muestra de cómo está España. Reciba mi más cordial saludo.

  26. Isidro Elhabi
    Isidro Elhabi Dice:

    Por distinguir, mi referencia era a casos donde los altos mandos políticos-policiales o simplemente políticos han vendido “macro-operaciones” o “súperdelitos” que luego no son tales o simplemente las ansías políticas han perjudicado más que otra cosa. Estos días mismo se nos está vendiendo por ejemplo, que hay que legislar contra los maleducados, el malgusto, o las faltas de respeto en twitter. Poco menos son “twitterroristas”. Cuando ya hay suficientes tipos penales. O cuando por twitter anunciaron una operación antiterrorista antes que se produjera y les dio tiempo a borrar archivos. Y más que todos conocemos…
    Sobre lo que comenta, pues no conozco los casos ni me voy a poner a defender cosas que desconozco, también imagino que se hacen maniobras innecesarias, claro que sí. Y se cometen errores. Por supuesto. Sí que unas puntualizaciones. Eso de que los fiscales o jueces “autoricen o no sancionen los excesos” del Art. 552 pues mire, con todos los respetos, creo que no. Lo primero, porque el Juez acuerda la entrada y registro pero no la practica por regla general, no prepara el operativo ni los medios. Un juez escribe un auto argumentando la medida, y se encomienda la práctica al Secretario Judicial, siendo auxiliado por la Polícia Judicial, con levantamiento del acta y cumplimiento de la normativa aplicable. Y es en esa normativa aplicable donde se deberá cumplir ese 552, y si no se hace deberá reflejarlo el Secretario Judicial, o el interesado podrá denunciarlo o para eso imagino que se podrá pedir la responsabilidad patrimonial por anormal funcionamiento adm justicia. Y entonces se decidirá. Pero ni el Secretario ni el Juez suelen hacer funciones de dirección policial. Y es la Brigada Policial la que suele solicitar la orden del registro que ya tiene preparado. La Policía Judicial tiene la esquizofrenia de que trabajan para la Justicia sin depender del MJ ni del PJ ni de la Fiscalía.
    Por otro lado, decir que operaciones de estas, a lo mejor se hacen varios registros simultáneos y por lo tanto son medidas excepcionales. Y por mucho que sean oficinas o despachos si se trata de una operación con delitos graves o redes criminales creo hay que ponerlo en contexto. También le digo que la gente más insospechada y donde menos uno se lo espera a veces se han encontrado sorpresas. Y creo que las FFCC de SSEE tienen derecho a adoptar las medidas de seguridad que consideren convenientes. De todas formas lo normal no son visores de visión nocturna, ni chalecos ni metralletas, lo normal son coches policiales que se caen de viejos, furgones sin aire acondicionado y quien tiene chaleco es porque se lo ha comprado él. Como se nota que en Baleares hay dinero… (irónic mode).
    Por último, creo que no puede pedir que la Justicia y la Policía dejen de usar su cierto poder psicológico-intimidatorio. Un tribunal infunde respeto a la mayoría de la gente, incluso cuando no han hecho nada y son testigos, y no son más que varias personas, que van de negro, que tienen un cuadro del Rey al fondo y están un poco más elevados. Si un guardia le para le entra el gusanillo aunque no haya hecho nada. ¿Ha visto D. Álvaro el Cristo de Alonso Cano que preside la Sala 2a del TS? Es realmente imponente… Todo este mundo creo tiene una parte psicológica importante y parte de “teatro”, y eso se utiliza claro.
    Todo ello, como decía, desconozco las actuaciones de las que habla, si se hicieron bien o mal. Y si pudieron ser desproporcionados. Aunque también decirle que sé de una anécdota que me contaron bastante peliculera. 4 coches, 10 agentes, se cortó la calle, gente aglomerada… Resulta que 2 coches eran para cargar todo. La calle era estrecha y era un follón mantener el tráfico. Y tanta gente era para cargar unas 20 y pico cajas de papeles. De unas oficinas. En un tercero. Sin ascensor. Mudanzas Benemérita.

  27. Isidro Elhabi
    Isidro Elhabi Dice:

    Por distinguir, mi referencia era a casos donde los altos mandos políticos-policiales o simplemente políticos han vendido “macro-operaciones” o “súperdelitos” que luego no son tales o simplemente las ansías políticas han perjudicado más que otra cosa. Estos días mismo se nos está vendiendo por ejemplo, que hay que legislar contra los maleducados, el malgusto, o las faltas de respeto en twitter. Poco menos son “twitterroristas”. Cuando ya hay suficientes tipos penales. O cuando por twitter anunciaron una operación antiterrorista antes que se produjera y les dio tiempo a borrar archivos. Y más que todos conocemos…

    Sobre lo que comenta, pues no conozco los casos ni me voy a poner a defender cosas que desconozco, también imagino que se hacen maniobras innecesarias, claro que sí. Y se cometen errores. Por supuesto. Sí que unas puntualizaciones. Eso de que los fiscales o jueces “autoricen o no sancionen los excesos” del Art. 552 pues mire, con todos los respetos, creo que no. Lo primero, porque el Juez acuerda la entrada y registro pero no la practica por regla general, no prepara el operativo ni los medios. Un juez escribe un auto argumentando la medida, y se encomienda la práctica al Secretario Judicial, siendo auxiliado por la Polícia Judicial, con levantamiento del acta y cumplimiento de la normativa aplicable. Y es en esa normativa aplicable donde se deberá cumplir ese 552, y si no se hace deberá reflejarlo el Secretario Judicial, o el interesado podrá denunciarlo o para eso imagino que se podrá pedir la responsabilidad patrimonial por anormal funcionamiento adm justicia. Y entonces se decidirá. Pero ni el Secretario ni el Juez suelen hacer funciones de dirección policial. Y es la Brigada Policial la que suele solicitar la orden del registro que ya tiene preparado. La Policía Judicial tiene la esquizofrenia de que trabajan para la Justicia sin depender del MJ ni del PJ ni de la Fiscalía.

    Por otro lado, decir que operaciones de estas, a lo mejor se hacen varios registros simultáneos y por lo tanto son medidas excepcionales. Y por mucho que sean oficinas o despachos si se trata de una operación con delitos graves o redes criminales creo hay que ponerlo en contexto. También le digo que la gente más insospechada y donde menos uno se lo espera a veces se han encontrado sorpresas. Y creo que las FFCC de SSEE tienen derecho a adoptar las medidas de seguridad que consideren convenientes. De todas formas lo normal no son visores de visión nocturna, ni chalecos ni metralletas, lo normal son coches policiales que se caen de viejos, furgones sin aire acondicionado y quien tiene chaleco es porque se lo ha comprado él. Como se nota que en Baleares hay dinero… (irónic mode).

    Por último, creo que no puede pedir que la Justicia y la Policía dejen de usar su cierto poder psicológico-intimidatorio. Un tribunal infunde respeto a la mayoría de la gente, incluso cuando no han hecho nada y son testigos, y no son más que varias personas, que van de negro, que tienen un cuadro del Rey al fondo y están un poco más elevados. Si un guardia le para le entra el gusanillo aunque no haya hecho nada. ¿Ha visto D. Álvaro el Cristo de Alonso Cano que preside la Sala 2a del TS? Es realmente imponente… Todo este mundo creo tiene una parte psicológica importante y parte de “teatro”, y eso se utiliza claro.

    Todo ello, como decía, desconozco las actuaciones de las que habla, si se hicieron bien o mal. Y si pudieron ser desproporcionados. Aunque también decirle que sé de una anécdota que me contaron bastante peliculera. 4 coches, 10 agentes, se cortó la calle, gente aglomerada… Resulta que 2 coches eran para cargar todo. La calle era estrecha y era un follón mantener el tráfico. Y tanta gente era para cargar unas 20 y pico cajas de papeles. De unas oficinas. En un tercero. Sin ascensor. Mudanzas Benemérita.

  28. Trebeli
    Trebeli Dice:

    Cuesta entender (o no) que el nuevo Reglamento exija, para la identificación formal de las personas jurídicas, la documentación fehaciente que acredite la identidad de los administradores y los estatutos (art. 6), documentos de los que, por supuesto, habrá de guardar copia el Notario (art. 28). Sabemos que si el representante es el administrador, sus facultades son ilimitadas ex lege frente a terceros, y si es el apoderado, habrá sido nombrado por un administrador, cuya condición de tal habrá sido comprobada por el Notario. Por tanto, no siempre -no habitualmente- ese representante va a presentar la escritura de nombramiento de administradores y la o las que contengan los estatutos, porque ordinariamente no van a hacer falta.
    Quizá para salvar ese inconveniente, la norma (art. 6.1) recuerda -gracias a Dios- que “será admisible certificación del Registro Mercantil provincial” (ojo: no la mera nota simple, que es más rápida y barata) aportada por el cliente u obtenida mediante consulta telemática. Y por si a alguien se le ha escapado, lo repite en el número 2 del mismo artículo.
    Si los datos demandados constan, y seguirán constando el día que la Administración quiera comprobarlo, en el Registro Mercantil, y si exigirlos a la hora del otorgamiento de la escritura va a resultar de difícil explicación al cliente, y más si no se quiere asumir el “riesgo de revelación” en caso de indicio de blanqueo, ¿a quién se le ha ocurrido esta genialidad? Yo no lo sé, pero si fuera Registrador Mercantil estaría muy agradecido a mis compañeros, el señor Presidente del Gobierno y el señor Director General de los Registros y del Notariado.

    • Trebeli
      Trebeli Dice:

      Cuesta entender (o no) que el nuevo Reglamento exija, para la identificación formal de las personas jurídicas, la documentación fehaciente que acredite la identidad de los administradores y los estatutos (art. 6), documentos de los que, por supuesto, habrá de guardar copia el Notario (art. 28). Sabemos que si el representante es el administrador, sus facultades son ilimitadas ex lege frente a terceros, y si es el apoderado, habrá sido nombrado por un administrador, cuya condición de tal habrá sido comprobada por el Notario. Por tanto, no siempre -no habitualmente- ese representante va a presentar la escritura de nombramiento de administradores y la o las que contengan los estatutos, porque ordinariamente no van a hacer falta.
      Quizá para salvar ese inconveniente, la norma (art. 6.1) recuerda -gracias a Dios- que “será admisible certificación del Registro Mercantil provincial” (ojo: no la mera nota simple, que es más rápida y barata) aportada por el cliente u obtenida mediante consulta telemática. Y por si a alguien se le ha escapado, lo repite en el número 2 del mismo artículo.
      Si los datos demandados constan, y seguirán constando el día que la Administración quiera comprobarlo, en el Registro Mercantil, y si exigirlos a la hora del otorgamiento de la escritura va a resultar de difícil explicación al cliente, y más si no se quiere asumir el “riesgo de revelación” en caso de indicio de blanqueo, ¿a quién se le ha ocurrido esta genialidad? Yo no lo sé, pero si fuera Registrador Mercantil estaría muy agradecido a mis compañeros, el señor Presidente del Gobierno y el señor Director General de los Registros y del Notariado.

  29. Borja Criado
    Borja Criado Dice:

    Muy interesante el artículo Álvaro. Una vez un notario me dijo una frase que viene al caso: somos un país comunista, con trámites “burrocráticos” comunistas (reitero lo de burro) e impuestos comunistas. Y añadía, ¿a que no sabes cuál es el país capitalista por excelencia? Y yo contesté: EEUU; pero la respuesta correcta era China… No podía tener más razón

    • Borja Criado
      Borja Criado Dice:

      Muy interesante el artículo Álvaro. Una vez un notario me dijo una frase que viene al caso: somos un país comunista, con trámites “burrocráticos” comunistas (reitero lo de burro) e impuestos comunistas. Y añadía, ¿a que no sabes cuál es el país capitalista por excelencia? Y yo contesté: EEUU; pero la respuesta correcta era China… No podía tener más razón

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