¿Que vamos a hacer el domingo? La abstención como legítima opción democrática para denunciar el sistema

Como han podido leer en el post anterior, los editores somos firmemente partidarios de acudir a votar el domingo en las elecciones europeas. No obstante, no ignoramos que la opción abstencionista -que podríamos llamar activa o razonada-, y que no es la nuestra, está sin embargo en la calle, y por ello queremos ofrecerles también una reflexión favorable a ella por medio de las apasionadas razones de nuestro colaborador Jesús López Médel, esperando que provoque un saludable debate. Los editores. 

 
“Ensayo sobre la lucidez” es uno de los últimos libros que publicó Saramago. Contiene reflexiones sobre el desencanto en la participación electoral. Narra la ficción de unos comicios en que la abstención espontanea es inmensa, dando la espalda total tanto a los partidos más consolidados como a los alternativos. El desconcierto, la estupefacción y también la burla y el sarcasmo asolarían al país. La reacción de las autoridades es la de propagar que había un “complot contra la democracia” y que sus instigadores debían ser eliminados. Hasta aquí el relato novelesco, pero impregnado de consideraciones políticas y humanas de calado. Es una lectura muy recomendable.
La democracia es elegir. Pero no es sólo esto. Eso desearían los políticos para hacer con nuestro voto lo que quieran, incluso lo radicalmente contrario a lo que se comprometieron. El derecho a la libre elección entre alternativas políticas es consustancial en una democracia, pero también lo es es el derecho de disentir y expresar el rechazo a un sistema político que se está erosionando.
Que España está sufriendo un notable retroceso de su calidad democrática me parece evidente. Los indicadores de los organismos internacionales marcan esta tendencia con unanimidad y el sentir  de millones de españoles manifestado en las encuestas del CIS apunta en la misma dirección. El deterioro democrático tiene muchas manifestaciones. Acaso la principal sea el que las principales opciones políticas han ido colonizando las instituciones poniéndolas a su servicio y no al de la sociedad. Creo que se está produciendo el secuestro de la democracia por quienes han pervertido el sistema de partidos políticos transformando estos instrumentos de participación democrática en aparatos que funcionan en su exclusivo beneficio.
Es muy preocupante que desde varios años se ha consolidado en todas las encuestas del CIS la corrupción (solo detras del  desempleo) como el segundo problema de los españoles y la clase política en general como el cuarto problema (tras la situación económica). Ante esta situación, la pregunta es: ¿Qué están haciendo los dos principales partidos para atajar esta deriva? La respuesta a mi juicio es muy clara: absolutamente nada.
De los cuatro problemas, considero que el fundamental es el de la conversión de nuestra clase política en una “casta”. Sin la aparición de esta casta y del sistema que la ha engendrado no sería posible la corrupción sistemática e institucionalizada Y lo que es aún peor: no existiría todo el montaje para garantizar la impunidad de los corruptos, para lo que resulta esencial el incremento del control político de la Administración de Justicia y de la fiscalía). Sin esa corrupción y mal gobierno, dentro de la que en sentido amplio cabe englobar el despilfarro la negligencia y la irresponsabilidad de la gestión de fondos públicos, el nivel de deterioro de la economía y del paro no serían tan elevados Nuestros políticos, además de haber contribuido a generar esta situación demuestran todos los días su incapacidad para arreglarla.  Nuestra clase política actual no es la solución, es el problema.
Creo que la clase política es  principal cáncer de nuestro sistema, por lo que los que así lo pensamos hemos de aprovechar las elecciones del día 25 para  expresar,  nuestro rechazo total. Por eso personalmente propugno frente al vocerío de los que siguen con sus privilegios y el tratamiento versallesco de muchos medios de comunicación a los partidos poderosos la abstención como mejor opción política y más conforme con la conciencia cívica.
Ante todo, propongo la abstención para manifestar el rechazo que muchos sentimos hacia los dos partidos que han dominado nuestra política durante más de 30 años  PP-PSOE  que están neutralizando cualquier posibilidad de cambio real. Cierto es que también cabe -y esta opción la respeto mucho- la posibilidad de confiar en algún partido pequeño y emergente que puedan ser clave para condicionar el proceder de los grandes partidos. Pero pienso que es mejor reservar esta opción para la política nacional y las elecciones  del próximo año.
Ahora creo que tenemos la oportunidad de decir NO a esos dos grandes partidos que han pervertido el sistema democrático. Especial responsabilidad tiene el partido que ganó las elecciones hace dos y medio años y que ha actuado como si tuviera un cheque en blanco. Su prepotencia, su capacidad para la mentira, la insensibilidad social recortando todo tipo de derechos sociales mientras se protege a los poderosos, la inacción frente a la corrupción y el clientelismo que, se toleracomo forma habitualde funcionamientor han generado una enorme decepción en diversos sectores sociales y en particular en su propio electorado
Algunos que consideran inevitable e inalterable el sistema bipatidista, se resignarán a seguirles votando con la pinza en la nariz pero otros optarán por diversas opciones menores y acaso más coherentes pero que quedarán diluidas  en el Parlamento Europeo. Por eso, animo a quienes se sientan decepcionados con los grandes partidos que reserven ese voto de castigo  para otro momento, eligiendo  entonces otras opciones para que en el Congreso, en año y medio, puedan instalarse voces nuevas. Me parece que la mejor forma de sancionarles ahora es la abstencióncomo manera de visualizar nítidamente el rechazo a este sistema político que ha perdido sus valores. Lo mismo el partido del gobierno que el principal partido de la oposición se han convertido en una secta, cerrada y sin aire fresco. contrario. Tienen en común unas prácticas y hábitos que están pervirtiendo el sistema democrático. Pactan entre ellos el reparto de puestos en instituciones que deberían ser independientes o el mantenimiento de privilegios compartidos. Toleran la corrupción y no la combaten. Todo lo contrario, buscan la impunidad y muchas veces la consiguen. Me atrevo a pronosticar que ningún político será condenado por el Tribunal Supremo Están controlados por  burócratas del aparato y mantienen silenciados y apartados a la  gente honesta y crítica con estos hábitos
Entiendo que es un desastre para España la perpetuación de esta casta política con sus actuales dirigentes en los dos principales partidos. No olvidemos que que el partido gobernante se se le está prestando respiración asistida al dirigente del PSOE al que presentan en sus medios periodísticos como “hombre de Estado”, básicamente porque con él se pueden llegar acuerdos para repartirse el pastel y tapar sus vergüenzas. Rajoy y Rubalcaba se retroalimentan.
Esta Europa en su configuración actual, merece también nuestro rechazo. La UE de los intereses económicos y financieros de la enorme burocracia, de la falta de liderazgo y del abandono de los principios de la solidaridad, la igualdad y los derechos de los ciudadanos, es una razón más para la abstención. En las primeras elecciones europeas en 1979 votamos el 62% de los españoles. En las ultimas el 42%. En estas, seremos una gran mayoría quienes diremos: NO. Aunque algunos medios apenas lo destacarán, en una creciente y muy evidente pérdida de libertad de prensa escrita, cada vez más sumisa con el poder, queremos dar una lección democrática de aviso: se les acaba la excusa de la democracia como forma de vivir aprovechándose de los ciudadanos.
 

¿Qué vamos a hacer el domingo? Debemos votar

En este blog como bien saben los lectores compartimos el diagnóstico de los que consideran que estamos ante un fin de régimen y de una necesidad de cambio político para acabar con la partitocracia y el bipartidismo responsables de nuestro fallo “multiinstitucional” (por usar la acertada expresión de Andrés Ortega). Y sin embargo, a diferencia de lo que propone nuestro colaborador Jesús Lopez-Medel en el post siguiente, creemos que la mejor forma de conseguir que las cosas cambien no es la abstención –con la finalidad de poner de manifiesto la insatisfacción ciudadana con el sistema político que quedaría en buena medida deslegitimado por la falta de participación- sino el voto a los partidos minoritarios que proponen cambiar esta situación. Afortunadamente, hay para elegir.  Votemos a los nuevos partidos que quieren cambiar las reglas del juego.
En España, lamentablemente, las vías de participación política de los ciudadanos son muy limitadas. En realidad se reducen prácticamente al voto. Precisamente porque no tenemos muchas oportunidades de participar no dejemos pasar las pocas que tenemos.. No solo eso; la abstención en nuestra opinión beneficia directamente a los grandes partidos, a los que al día siguiente les preocupará bien poco que la abstención haya alcanzado un 60 o un 70%; ellos se llevan sus escaños igual y computarán sus resultados en función de los puntos que le saquen al partido rival y por supuesto a los pequeños partidos. Si queremos incentivar el comportamiento de nuestros partidos mayoritarios en la buena dirección institucional, no hay nada más efectivo que hacerles saber que estamos dispuestos a cambiar en favor de aquellos que nos prometen lo bueno desconocido, con independencia de su mayor o menor fiabilidad. Ahora eso da igual, porque ya llegará el momento de sancionarles si no están a la altura.
Para entender lo que significa la abstención, hay que tener en cuenta una imagen gráfica: el voto no emitido no produce un vacío de escaños en el hemiciclo que evidencie la desafección a los políticos; al contrario, esos escaños vacíos “acrecen” a los partidos mayoritarios que sí reciben votos sin que la abstención merme en absoluto su poder real; la única forma de evidenciar esa desafección y disminuir realmente su poder es votar a alguien que ocupe un puesto, el que sea, para que éste no acrezca a los mayoritarios.
Pero además de los argumentos para votar en general en cualquier elección democrática, existen razones muy particulares para votar precisamente en estas elecciones europeas. Dejemos al margen un dato tan relevante como que al menos el 90 % de todo lo que hace la Unión Europea requiere el consentimiento del Parlamento que vamos a elegir el domingo, y de que la mitad de la legislación que nos es aplicable tiene un origen europeo. Centrémonos ahora en un dato casi más interesante: se prevé que al menos la cuarta parte de los 751 eurodiputados que van a salir de estas elecciones sean radicales antieuropeos de izquierda y derecha, racistas, xenófobos, fascistas y nacionalistas de toda índole contrarios al proyecto europeo, al menos tal como fue concebido después de dos guerras mundiales absolutamente devastadoras. La duda es cuánto se van a acercar a la mitad. Los votantes que los apoyan no se van a quedar en casa, precisamente, y estarán encantados de que usted lo haga. Castigar al establishment de Bruselas por la vía de permitir que esa gente multiplique el valor de su voto es como pretender fastidiar al casero de mi casa negándome a apagar el incendio de la cocina.
Pero hay un argumento todavía más poderoso. Si usted quiere castigar con el látigo de su indiferencia a sus élites locales, esta elección no es precisamente la más adecuada para hacerlo. Porque sus élites locales, que nunca se dan por aludidas aunque el látigo caiga directamente sobre sus espaldas, van a decir además que lo que resulta deslegitimado es el proyecto europeo o el Parlamento europeo, no sus particulares chiringuitos políticos, que es lo que realmente les importa. En toda Europa la duda es si los votantes van a llegar al 40%, y si no llegan en España el titular en Alemania o en el Reino Unido será que hasta los españoles están desencantados con el proyecto europeo, y no que los españoles están hasta los pelos de su régimen partitocrático. No olvidemos tampoco que esta elección, con circunscripción única y sistema relativamente proporcional, nos ofrece una magnífica oportunidad para que el voto refleje de manera fiel el verdadero sentir del electorado, en igualdad de condiciones y sin distorsiones de ningún tipo.
En ese sentido, no nos parece casualidad que la Junta Electoral Central española sea la única en Europa que no deja hacer campaña activa a favor del voto.  Una vez más, somos el asombro de Europa. La razón, una curiosa interpretación jurídica que según algún Vocal de la propia Junta no se sostiene técnicamente. Ya pero ¿quid prodest? Desde luego, no a los nuevos partidos. Efectivamente, entre el anuncio danés incitando a votar de forma un tanto violenta (ver video aquí) que ha tenido que ser retirado y el patético anuncio emitido por el Ministerio del Interior en RNE “Si quieres, puedes participar en las elecciones europeas” hay bastante margen.¿ Que quiere decir “si quieres”?¿Que no hace mucha falta?
Por cierto, para los curiosos lectores unos apuntes sobre la composición de la Junta Electoral Central.   las Juntas electorales provinciales y las Juntas electorales de zona, todas ellas órganos regulados en la LO 5/1985 de 19 de junio de régimen electoral general  l con las importantísimas funciones de velar por la limpieza de los procesos electorales en España. Por ejemplo, UPYD ha presentado una reclamación por la aparición de papeletas con su logo defectuoso, porque o bien podrían inducir a confusión a los votantes o bien podrían ser anuladas si son utilizadas.
Pues bien, la más importante que es la Junta Electoral Central es un órgano permanente y está compuesta por:
A)      Ocho Vocales Magistrados del Tribunal Supremo, designados mediante insaculación por el Consejo General del Poder Judicial.
B)       Cinco Vocales Catedráticos de Derecho o de Ciencias Políticas y de Sociología, en activo, designados a propuesta conjunta de los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores con representación en el Consejo de los Diputados.
El caso es que además las designaciones a que se refiere el número anterior deben realizarse en los noventa días siguientes a la sesión constitutiva del Congreso de los Diputados y si no es así, la Mesa del Congreso de los Diputados, oídos los grupos políticos presentes en la Cámara, procede a su designación, en consideración a la representación existente en la misma.
 Los Vocales eligen, de entre los de origen judicial, al Presidente y Vicepresidente de la Junta en la sesión constitutiva que se celebrará a convocatoria del Secretario.
Por cierto, que la actual composición de la Junta, según su web, es la siguiente:
Presidente
Excmo. Sr. D. Carlos Granados Pérez
Vicepresidente
Excmo. Sr. D. Andrés Martínez Arrieta
Vocales Magistrados del Tribunal Supremo
Excmo. Sr. D. José Luis Calvo Cabello
Excmo. Sr. D. Pablo María Lucas Murillo de la Cueva
Excmo. Sr. D. Manuel Campos Sánchez-Bordona
Excmo. Sr. D. Antonio Salas Carceller
Excma. Sra. D.ª María Luisa Segoviano Astaburuaga
Excmo. Sr. D. José Antonio Montero Fernández
Vocales Catedráticos de Derecho o de Ciencias Políticas y de Sociología

Excmo. Sr. D. Pedro José González-Trevijano Sánchez (hasta 12/06/2013)
Excmo. Sr. D. Pablo Santolaya Machetti
Excmo. Sr. D. Joan Manuel Trayter Jiménez
Excma. Sra. D.ª Paloma Biglino Campos
Excmo. Sr. D. Alfonso de Esteban Alonso
Secretario

Excmo. Sr. D. Carlos Gutiérrez Vicén (desde 05/03/2014)
En fin, que en opinión de los editores de este blog, sobran los motivos para ir a votar el domingo. Aunque no sea ésta la opinión de alguno de los  colaboradores de este blog, como verán a continuación, por lo que el debate está servido.

RTVE necesita una salida: o por las buenas o por las malas

 
En las últimas semanas, la aparición en diferentes medios de comunicación sobre la penosa situación económica del ente público RTVE (acumula una deuda de 800 millones de euros y está al borde entrar en causa de disolución), ha vuelto a reavivar el debate sobre el modelo de televisión pública que deberíamos tener en nuestro país.
Es un debate recurrente que se produce cada vez que surge alguna noticia relevante sobre la cadena pública o por extensión sobre algunas de las televisiones autonómicas existentes (en este mismo blog comentamos hace unos meses por ejemplo el cierre de Canal 9). El problema es que el debate sobre el futuro de RTVE hasta ahora no ha llegado a ningún puerto y es que hasta la fecha, ni PP ni PSOE han mostrado mucho interés en dar una vuelta de tuerca a la cadena pública.
El actual presidente de la corporación, Leopoldo González-Echenique, achaca buena parte de los problemas a la falta de estabilidad de los ingresos del ente público. RTVE desde 2009 se financia a través de impuestos o tasas a las cadenas privadas de televisión y a los operadores de telecomunicaciones (se supone que para compensar los ingresos que se dejaban de ganar al desaparecer la publicidad), junto con las aportaciones que realiza el Estado al ente público. González-Echenique reclama un modelo de financiación más estable, ya que la continuidad de la tasa a los operadores de telecomunicaciones está pendiente de la decisión que adopte el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y las aportaciones del Estado se están reduciendo cada año en esta época de crisis (lógicamente).
De acuerdo en que el actual sistema de financiación no es el ideal (tampoco creo que la vuelta a la publicidad sea la solución), pero echo en falta una reflexión similar con los gastos de la corporación, que en mi opinión tampoco son muy estables. Solo hay que leer el informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas de la Corporación RTVE y sus sociedades, correspondiente a los ejercicios comprendidos entre el 1/1/2010 y el 31/12/2011 (publicado el 30 de enero de 2014). Encontramos de todo: irregularidades en retribuciones a directivos, gastos y contrataciones no justificadas en las corresponsalías del ente, ausencia total de control en contratos con productoras externas y en acuerdos con entidades de gestión de derechos, etc, etc. Aunque desde el PP nos dicen que todas estas cuestiones están solucionadas con la nueva gestión del ente realizada en la era “post Zapatero”, la realidad es que TVE cerró 2013 con un déficit de 113 millones y no creo que toda la culpa sea del famoso sistema de financiación actual.
La teoría dice que una televisión pública tiene razón de ser si se garantiza su independencia, pluralidad, calidad y por lo tanto desempeña adecuadamente su función de servicio público (a través de unos informativos rigurosos por ejemplo), apostando por la innovación y asegurando que todos los colectivos se encuentren bien representados dentro de la parrilla de contenidos. Este modelo de televisión pública no debería medirse por el share (o cuota de audiencia).
Lo que tenemos ahora no se parece en nada a la teoría y en mi opinión la razón principal es que los intereses políticos han primado sobre los intereses públicos. De todo lo que tendría que tener una televisión pública, el único aspecto en el que en mi opinión RTVE cumple con nota es el de la innovación (con bastantes iniciativas como lab RTVE, la aplicación para compartir y comentar las emisiones en tiempo real +TVE, etc), en el resto pincha por culpa de su politización y mala gestión (salvo alguna honrosa excepción).
Ahora parece que la solución que baraja el Gobierno es inyectar más de 100 millones de euros (a modo de rescate, palabra prohibida en nuestro diccionario) a cambio de “ajustes” (palabra mágica). Pero yo creo que llegados a este punto, no nos podemos conformar solo con ajustes en RTVE, sino que lo que toca ya de una vez es la reforma completa del ente público, una auténtica catarsis, que puede conseguirse por las buenas o por las malas.
Por las buenas, sería alcanzando un amplio acuerdo político (entre el mayor número posible de grupos con representación parlamentaria) para diseñar, articular y poner en marcha todos los cambios necesarios para transformar de verdad el ente público, tocando todos los palos: modelo de financiación, nombramiento del consejo de administración, ajuste de la estructura de costes del ente, mecanismos de control para las producciones propias y contratos que se firmen, etc.
La contención de los gastos y el control sobre los mismos es una asignatura pendiente en RTVE. Es el momento de ajustar su estructura y su parrilla televisiva, incluyendo una revisión de los canales actuales y el adiós a las costosas competiciones deportivas y cine de estreno de Hollywood.
Y es que por ejemplo RTVE (con su lastre de los 800 millones) se acaba de hacer con los derechos de los partidos oficiales de la selección española de fútbol para los encuentros clasificatorios para la Eurocopa de Francia de 2016 y para el Mundial de Rusia de 2018. La oferta de TVE se ha impuesto a la de Atresmedia y Mediaset, que también habían pujado para emitir en abierto los partidos de la selección. Aunque desde RTVE no han hecho públicas las cifras de este acuerdo (ole a la transparencia una vez más), el montante total parece que rondaría los 35 millones de euros por 20 partidos, así que cada partido nos saldría por 1,75 millones. Admito que soy el primero que disfruta viendo en televisión (en abierto) jugar a la selección española, pero al menos en mi caso yo disfruto igual viéndola en Telecinco, Cuatro, A3 o la Sexta, porque ver los partidos en TVE no me da un punto de motivación o ilusión extra la verdad. Y es que el coste de la retransmisión de eventos deportivos de primer nivel no se ciñe exclusivamente a la adquisición de los correspondientes derechos. Basta ver el séquito que RTVE va a desplazar a la final de la Champions League y eso que la señal del evento la proporciona la UEFA: 97 profesionales (150 si añadimos al personal externo / subcontratado del ente) se desplazarán a Lisboa: 17 de RNE y 80 de TVE, entre los que se incluyen una veintena de directivos… Contrasta esta cifra con los 5 profesionales de informativos que el ente público desplazó a Sochi para la retransmisión de los juegos olímpicos de invierno…
Las primeras medidas que necesitarían adoptarse son el establecimiento del modelo de financiación y el cambio del Consejo de Administración de RTVE. Actualmente, el Consejo está formado por cinco consejeros nombrados por el PP, uno por CiU, uno por PSOE, uno por IU y uno por ERC. El Consejo del ente púbico se conforma siguiendo el método tradicional del “reparto”, todo un clásico ya sea en cajas, órganos judiciales, tribunal de cuentas, etc, etc. Una televisión pública independiente necesita un Consejo de Administración compuesto por profesionales con experiencia contrastada en el sector y que no sean elegidos a través del reparto de puestos entre partidos políticos.
Si esta reforma no es posible, el plan B (o solución por las malas) sería echar el cierre definitivo o la solución griega (obligada por los hombres de negro): cierre y posterior reapertura en unas condiciones bien diferentes a las originales (un tercio de la plantilla, para empezar). Esta solución (el cierre definitivo o la alternativa griega) tendría efectos más inmediatos y es más fácil de poner en práctica, pero sería bastante más traumática y tendría un coste político mayor, solo hay que ver el proceso que nuestros vecinos griegos han atravesado.
Elijan ustedes la salida, pero creo que un rescate del Gobierno a RTVE a cambio de más ajustes no es la solución, nos merecemos más.
 
 
 
 
 

Las llamadas “cartas de patrocinio”: entre el derecho y la moral

Las cartas de patrocinio, también llamadas con su terminología anglosajona original comfort letters, letter of responsibility, letter of patronage, letter of support, letter of intention o, en español, “cartas de apoyo” o “cartas de conformidad”, constituyen una figura reciente en nuestro panorama jurídico, a pesar de lo cual son habituales en el tráfico ordinario.
Su origen se encuentra en el ámbito del Derecho Bancario y Financiero, ámbito del que se extienden más tarde a operaciones inmobiliarias, generalmente en aquellos casos en los que interviene una filial poco capitalizada que forma parte de un grupo (en muchas ocasiones, sociedades vehículo).
Estas cartas están generalmente destinadas a manifestar confianza en la capacidad de gestión de los administradores de una sociedad que aspira a obtener un crédito de una entidad financiera, o en la viabilidad del proyecto que esta sociedad acomete. Se pretende con ello dar seguridad a la acreditante sobre la solvencia de la sociedad patrocinada por su pertenencia a un grupo o, simplemente, asegurar al destinatario de la carta que la sociedad obligada seguirá perteneciendo a éste. Por ello, en general las cartas de patrocinio incluyen simples manifestaciones de hechos por parte de sus emisores, quienes habitualmente:
(i)              Declaran conocer el crédito que se ha concedido a su filial;
(ii)            Reconocen que la concesión de tal crédito trae causa de la emisión de la carta o del vínculo societario entre patrocinada y patrocinadora;
(iii)           Ponen de manifiesto una relación de control sobre la filial o que la emisora participa en la misma;
(iv)          Describen la política habitual de la sociedad matriz respecto al sostenimiento de sus filiales, y
(v)            Manifiestan confianza en la gestión de los administradores de la patrocinada.
Las cartas de patrocinio constituyen por tanto recomendaciones o declaraciones que aspiran a que la acreditante tenga conocimiento de la opinión de terceros sobre la sociedad a la que va a facilitar el préstamo. Por ello, en principio, no constituyen una garantía sobre cuál va a ser la gestión y el desempeño de la sociedad a futuro, ni sobre el cumplimiento de las obligaciones de aquélla.
De esta forma, la carta de patrocinio se presenta en nuestro ordenamiento como una figura que participa de la apariencia de una garantía pero que sin embargo inicialmente tiene un contenido más vinculado con la moral que con la configuración jurídica de ésta última.
Se trata por tanto de una figura atípica, al constituir una declaración unilateral de voluntad que, a pesar de que así ha venido reclamándolo algún sector doctrinal conforme ha aumentado su uso, no habrá de ser considerada una “nueva forma de garantía”. Conviene no obstante aclarar que esta última afirmación es del todo cierta en términos estrictamente jurídicos, pero que sin embargo en el ámbito de los negocios y, en particular, en el curso de las negociaciones para la obtención de financiación, estas cartas sí cumplen una función de garantía de tipo ético o moral.
En efecto, la crisis financiera iniciada ya hace unos años ha hecho que las cartas de patrocinio se hayan convertido en documentos de uso cada vez más frecuente, ya que permiten sacar adelante un proyecto mediante una “garantía” que por no ser tal en términos jurídicos no ha de constar en las cuentas anuales de la patrocinadora, lo que acarrea importantes ventajas fiscales y contables y permite al tiempo una adecuación de las garantías a las necesidades societarias que puede presentar el grupo en cuestión. Se trata sin embargo de una figura que hasta época reciente no ha encontrado en España una difusión tan amplia como en otros países de nuestro entorno, como puede deducirse de la hasta el momento escasa jurisprudencia en esta materia del Tribunal Supremo.
La realidad es que la manifestación de confianza del patrocinador admite muy variadas modalidades -tantas como emisores de la misma-, por lo que del texto de cada carta podrán derivarse consecuencias muy diferentes de manera que en ocasiones las mismas pueden recoger una evidente obligación de garantía mientras que, por el contrario, en otras, las declaraciones contenidas en la carta limitan sus efectos a la esfera unilateral de su emisor como manifestación de buenos deseos y prácticas.
Es por ello por lo que para distinguir entre uno y otro tipo de carta de patrocinio el Tribunal Supremo ha acuñado los términos “fuerte” y “débil”, los cuales son ahora comúnmente empleados para distinguir entre los diferentes tipos de cartas clasificados según el alcance de las obligaciones que se derivan de ellas.
Así, las cartas fuertes se configuran como un contrato de garantía personal y reflejan por tanto en su texto la asunción de obligaciones de contenido específico, susceptibles de ser exigidas.
Las débiles son aquéllas emitidas con el único objeto de declarar la confianza en la capacidad de gestión de los administradores de la sociedad que aspira al crédito o en la viabilidad económica de ésta. Esta clasificación incluye aquellas cartas de patrocinio de carácter meramente enunciativo, que recogen manifestaciones de buenas intenciones y declaraciones de confianza o una declaración de compromiso para la adopción de los mejores esfuerzos en una dirección determinada, configurándose como simples recomendaciones sin que de ellas se derive por tanto una obligación de garantía exigible a la patrocinadora. La responsabilidad derivada de ellas habrá de buscarse en todo caso en el contraste entre su falsedad o inexactitud y la confianza legítima creada en el destinatario.
Esta distinción ha llevado a sistematizar los presupuestos que han de llevar a considerar una carta de patrocinio como fuerte y por tanto vinculante para su emisor (esta sistematización se realiza por vez primera en la Sentencia del Tribunal Supremo de 30 de junio de 2005 (RJ 2005\5089)):
(i)              Que concurra una intención del patrocinador de asumir una obligación de prestar apoyo financiero a su patrocinada, o de contraer deberes positivos de cooperación para que ésta pueda cumplir sus compromisos frente al destinatario de la carta;
(ii)            Que exista una relación obligacional clara, sin expresiones equívocas;
(iii)           Que el firmante disponga de poder para obligar al patrocinador en un contrato análogo al de fianza;
(iv)          Que para la conclusión de la operación subyacente sean determinantes las expresiones vertidas en la carta; y
(v)            Que la relación de patrocinio tenga lugar en el ámbito propio de las relaciones sociedad matriz – sociedad filial.
Resulta ilustrativo constatar cómo se trasladan estos criterios a la práctica, ya que como es previsible a la luz de lo expuesto hasta ahora la diferencia entre una carta fuerte y una débil es en ocasiones de simple matiz, de ahí la relevancia de su adecuada redacción y consideración previa a su emisión.
La búsqueda de ejemplos, sin embargo, no siempre es sencilla. Buceando en las Sentencias del Tribunal Supremo sobre la materia pueden conseguirse algunas muestras -fragmentos de una débil y una fuerte completa- las que para mejor referencia del lector recojo enfrentadas en una única tabla con el objeto de intentar mostrar las diferencias de matiz mencionadas; lamentablemente, la limitada extensión de los extractos referidos a cartas débiles obliga a contrastar la dicción de la fuerte con escasas referencias a éstas. No obstante, entiendo que el ejercicio de contraste es útil:

 

Carta de Patrocinio Débil

(Sentencia del Tribunal Supremo  de fecha 13 de febrero de 2007 (RJ 2007/684)

Carta de Patrocinio Fuerte

(Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de marzo 2009 (RJ 2009/1656)

  “En carta fechada el mismo día que los contratos citados, D. Benjamín hace patente su conocimiento sobre el contrato anterior, así como el interés personal y de su grupo empresarial (que ostenta la mayoría del capital) de que la operación se resuelva con toda normalidad, comprometiéndose a informar al banco en caso de que desapareciera tal situación de mayoría de capital (…)(descripción de la carta incluida en la Sentencia arriba mencionada)”(…) en cualquier caso, pondremos por nuestra parte todos los medios y medidas necesarias para que la operación tenga buen fin(transcripción literal de la carta)“(…) la carta otorgada, (…) en los párrafos antecedentes contiene una expresión, para el caso de que el firmante de la misma junto con el grupo de empresas que le pertenece contemple la posibilidad de desprenderse de la posición mayoritaria en la sociedad patrocinada, del siguiente tenor literal: «nos comprometemos a informarles y a estudiar con ustedes las medidas pertinentes para que dicha operación crediticia pudiera llegar a feliz término“. (Subrayado añadido) Muy señores nuestros: Estamos informados de que ustedes tienen la intención de conceder un crédito de 100.000.000 pesetas (equivalentes a 601.012,10 Euros) a la firma SIERRACORK, S.L., al plazo de un año. Tenemos una participación del 48% en la citada firma, y seguimos muy de cerca las actividades de la misma. Por la presente nos comprometemos a mantener nuestra participación como mínimo en la citada firma, no sólo hasta la fecha de vencimiento de la operación de financiación que el Banco le concede, sino hasta la total cancelación de las deudas que por cualquier concepto, se pudieran haber derivado como consecuencia de las operaciones crediticias otorgadas por su Entidad.No obstante lo anterior, si decidiéramos variar nuestra participación en la firma, nos comprometemos a comunicar al Banco, con carácter previo, dicha variación, a fin de que nos comuniquen su conformidad expresa. En el caso de que el Banco no preste dicha conformidad nos comprometemos a abonar la totalidad de las obligaciones de pago pendientes, a cargo de la firma SIERRACORK, S.L., previamente a variar nuestra participaciónLes confirmamos por la presente que haremos todos los esfuerzos necesarios para que la firma Sierracork S.L.. disponga en todo momento de medios financieros que le permitan hacer frente a sus compromisos alcanzados con ustedes, por los créditos que le concedan.
Caso de que nuestra entidad participada fuese por cualquier razón incapaz de hacer frente a sus obligaciones respecto a su Banco, en virtud de la obligación financiera detallada en el párrafo primero, nosotros prestaremos a la misma todos los recursos necesarios de tipo financiero, técnico o de otra clase, que le permitan cumplir satisfactoriamente sus compromisos, tanto en lo que se refiere a nominal, intereses, costas y todos los gastos que conllevasen la presente operación.
(Subrayado añadido)

 
Puede apreciarse en los ejemplos expuestos que las cartas de patrocinio son, sencillamente, cartas, que a pesar de seguir generalmente una determinada estructura no exigen formalidad alguna para su consideración como tales.
Por ello, su caracterización como fuertes o débiles no viene determinada por el sistema elegido para su envío (generalmente, correo ordinario, si bien es de entender que no existe obstáculo para su envío por cualquier otro medio), ni requiere formalidad alguna. Se trata por tanto de un envío ordinario, en el que aparecen las figuras de emisor y receptor de la carta, sin necesidad de intervención de fedatario o depósito de copias.
Por su propia naturaleza, inicialmente las cartas de patrocinio son emitidas por entidades a las que se reconoce en el mercado tal capacidad de patrocinio o de presentación de una tercera -por tamaño, reputación o renombre-  que generalmente estará incluida en el entorno empresarial de la patrocinadora como “hermana menor”.
En definitiva, la realidad es que a pesar de que el Tribunal Supremo ha acuñado unos criterios objetivos para la determinación del alcance de una carta de patrocinio, ello no resulta fácil en la práctica. No es ajena a esta dificultad la propia voluntad tanto de las entidades emisoras como de las receptoras, las cuales buscan respectivamente “garantizar” pero sin compromiso expreso y dejar la puerta abierta a una potencial reclamación de cumplimiento de garantía.
Esta en ocasiones voluntaria indeterminación crea quizá un ámbito de inseguridad jurídica, pero como contrapartida en la práctica logra coadyuvar a que las partes en una negociación acerquen sus posturas y con ello, a que éstas culminen en la firma de un acuerdo.
Se trata en suma de una figura de indudable utilidad práctica y de empleo cada vez más frecuente, lo que sin duda habrá de permitir que los emisores de las cartas de patrocinio adecuen su contenido a su verdadera voluntad y a la ponderación que realicen entre el beneficio que obtienen de su emisión y el riesgo de que sus manifestaciones constituyan una obligación contractual de garantía.
 

La CNMC no quiere molestar…ni sancionar

 
Hace unos días se hicieron públicos unos datos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses que mostraban que cuatro de cada diez fallecidos en accidentes de tráfico habían consumido alcohol o drogas antes de ponerse en la carretera. Son cifras tan graves que es normal que la sociedad reaccione y reclame de los poderes públicos una acción contundente frente a comportamientos en la carretera que, como la ingesta de alcohol y drogas, pueden poner en peligro la vida de otros conductores o peatones.
La Dirección General de Tráfico tiene así como misión velar por el cumplimiento de las normas de circulación con el objetivo último de garantizar la seguridad del tráfico automovilístico. Las multas que la Guardia Civil impone o las retiradas de carnet que se ordenan no son (no pueden ser) decisiones discrecionales, sino que constituyen uno de los medios para garantizar el respeto a dichas normas.
[Siento aburrir a los esclarecidos lectores de ¿Hay Derecho? con estas consideraciones, dignas de una clase de educación vial para adolescentes, pero hay que hacerlas para entender lo que se dirá a continuación.]
Si de repente el Director General de Tráfico o el Ministro del Interior empezaran a decir que hay que ser comprensivos con los que dan positivo en los controles de alcoholemia, que no hay que poner tantas multas, que las multas son en definitiva “el fracaso del sistema” y que la Guardia Civil “no está para poner sanciones”, pues en ese caso todos pensaríamos que esos responsables políticos han perdido completamente el juicio…
Pues resulta que esto es precisamente lo que se está diciendo (y lamentablemente llevando a la práctica) desde la institución que, teóricamente, debería garantizar el respeto a esas normas de circulación de los mercados que es el Derecho de la Competencia. Efectivamente, desde la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) se está transmitiendo la idea de que las sanciones son el fracaso del sistema de defensa de la competencia. El otro día el Presidente de la CNMC, Marín Quemada, decía textualmente ante la Comisión de Economía del Congreso de los Diputados: “creo que la CNMC no está para poner sanciones…”.
Sí, queridos lectores de ¿Hay Derecho?, en el atribulado Estado de Derecho español a los fiscales que defienden a los acusados, a los órganos independientes de gobierno del Poder Judicial que dependen del Ministerio de Justicia, etc. hay ahora que añadir un nuevo animal monstruoso (en el sentido de contrario al orden de la naturaleza): el órgano sancionador que no quiere poner sanciones…
Y no se piense que estamos hablando sólo de retórica. No: los datos que tenemos hasta ahora muestran que, efectivamente, la CNMC se ha tomado muy en serio su tarea de dejar de poner multas. Hace unos días conocíamos por ejemplo, gracias a un artículo en El País, que la CNMC ha impuesto desde su creación 27,8 millones de euros en multas. Para hacernos una idea de la caída que supone esa cifra baste decir que, en el periodo de enero a septiembre de 2013, la CNC (el antecesor de la CNMC) impuso 203 millones de euros.
Eso por lo que se refiere al resultado de la actividad sancionadora en aplicación de la legislación de defensa de la competencia. Más grave es aun, si cabe, la espectacular caída en el número de incoaciones de nuevos expedientes desde que existe la CNMC. Si los cálculos no me fallan, la CNMC ha abierto siete expedientes nuevos desde que empezó a funcionar en octubre del año pasado. Esto supone un ritmo de apertura de expedientes de algo menos de uno al mes, lo que arrojará una actividad de unos 11 ó 12 expedientes al año. Para que nos sirva de término de comparación, la CNC abría en sus buenos tiempos unos 40 ó 50 expedientes cada año. Es decir, el ritmo de apertura de expedientes se habrá reducido a ¼ o a 1/5 en comparación con las cifras de hace apenas un año. ¡Tiene mérito…! Y eso que, según el Presidente de la CNMC, ahora el organismo “está ya a pleno rendimiento…”.
Siguiendo con el ejemplo de la Guardia Civil: no sólo es que hayan dejado de poner multas a los conductores imprudentes, es que han dejado sin más de patrullar las carreteras…!
También es verdad que, con esta nueva política de abstención en la aplicación de la Ley de Defensa de la Competencia, el Presidente de la CNMC no hace sino cumplir con las instrucciones del Gobierno que, a través del Secretario de Estado de Economía, ya hace un año advertía a todo aquel que quisiera escucharle que no eran partidarios de muchas multas en temas de competencia “porque complican la salida de la crisis”.
En poco tiempo, el sistema español de defensa de la competencia habrá retrocedido 15 ó 20 años, a los viejos tiempos en los que el Tribunal de Defensa de la Competencia sólo multaba a autoescuelas y panaderías…
¿Quiénes pierden con todos estos cambios? Pues todos nosotros como consumidores, dado que son los consumidores, en definitiva, los beneficiarios últimos de las acciones en defensa de la competencia en los mercados.
Bueno, y en general, toda la economía, que ve así reducido su potencial de crecimiento en el momento de salida de la crisis.
Felicidades a los autores de la reforma.

Algo que hacer el día de San Beda el Venerable. Sobre Europa y las instituciones europeas


 
 
 
(Proyección de escaños del Parlamento a 05/05/14. Fuente: Parlamento Europeo)
Confieso que nunca llevo encima numeral porque no me resulta de utilidad ya que casi nunca realizo transacciones económicas, por suerte para mí, pero he pedido a mi hijo que me preste unas monedas unos minutos y he visto que se llaman “Euros”. He ido entonces a una cajita donde guardo las monedas que me traía el “Ratoncito Pérez” que eran nada menos que duros de plata de Franco, de esos de 100 pesetas, que supongo valen bastante en el mercado numismático (“nomisma” era el nombre de moneda bizantina, por cierto, un Imperio que mantuvo una unidad monetaria idéntica en oro durante 7 siglos, algo que Carlomagno y sus hijos ni hubieran soñado) pero que facialmente vale menos que la moneda que me habían prestado (y ya he devuelto). Esta semana estuve reunido con europeos de tres nacionalidades y no hablamos de Europa ni un minuto, pero trabajamos juntos. Por cierto el Rey de España en el siglo XV era Emperador de los europeos de esas nacionalidades y cobraba impuestos a todos ellos. Dándole vueltas a la idea he pensado que tal vez, aunque “¿Hay Derecho?” es una bitácora de nivel, sería conveniente escribir unas breves reflexiones en el día de Europa (escribo esto un 9 de mayo) sobre las elecciones que se nos avecinan. Sobre todo porque los comentaristas, glosadores y postglosadores, como siempre digo, harán unas aportaciones estupendas, de verdadera altura.
Lo primero que me viene al caletre es que el 28 de julio de 2014, o sea, hace tan sólo un siglo y tras una larga “Paz Armada”, estalló en Europa la Primera Guerra Mundial, bien llamada Gran Guerra, que conmovió los cimientos de toda la sociedad europea y no europea.  El 1 de septiembre de 1939 se inició sobre el mismo solar la Segunda Guerra Mundial y, en total y en números redondos – aunque sólo redondear me parece una falta de respeto a cada víctima individual, que merecen memoria exclusiva y honor perpetuo como la que de las víctimas del Holocausto se conserva en el YadVashemmás de cien millones de muertos, sin incluir los del denominado Periodo de Entreguerras, entre los que debemos contar todos los de la Revolución de 1917 y los de nuestra Guerra Civil. Un efecto similar al de la Peste Negra en términos demográficos con el resultado de que, además, Europa se partió en dos mitades o “bloques”, el Occidental o “capitalista” y el Oriental o “comunista” que comienzan a recuperar lentamente la conciencia de tener unas similares tradiciones y raíces.
A día de hoy, de nuevo sobre el mismo solar, estamos asistiendo a una situación prebélica en Ucrania, con la misma pasividad individual y responsabilidad colectiva con la que asistimos a la guerra de lo que fue Yugoeslavia o en Chechenia, Osetia o cualquier otro rincón de nuestro Continente, con su Escuela de Beslán incluida, que tampoco se debería olvidar, ni siquiera por nuevas atrocidades como la de Nigeria.
No obstante todo lo anterior, entre el 22 y el 25 de este mes, todos los mayores de edad de entre 500 millones de ciudadanos de la Unión estamos convocados a la elecciones al Parlamento Europeo, que nos parecen mucho menos interesantes por estos lares el 24 de mayo en la capital portuguesa. Las primeras encuestas publicadas  (el 9 de mayo, precisamente el desapercibido día de Europa)  indican que sólo el 16,9% de los españoles saben qué día pueden ir a votar y se espera una abstención histórica, aunque el 67,8% de los encuestados considera que el Parlamento Europeo es importante en la vida de la Unión y el 80,9% cree que sus decisiones afectan mucho o bastante a los españoles. El 64,4% de los encuestados dicen que piensan ir a votar. Ya veremos.
Un vistazo a la historia de las elecciones europeas nos lleva a la conclusión de que, sobre un total (desde este año, tras la adhesión de Croacia, el Parlamento Europeo está compuesto nada menos que por 750+1 miembros (art.14 del Tratado de la Unión Europea, de los que los Españoles elegimos tan sólo a 54, si bien, ya que no se trata de una “cámara de representación territorial”, lo que importa a la postre es la influencia que los mismos tengan en los órganos internos y su nivel de actividad en la cámara, en los despachos y en los pasillos.
La función de este número ingente de eurodiputados de nuestro 18º Parlamento es triple: control de la Comisión, aprobación del enorme presupuesto comunitario e intervención en el proceso co-legislativo, tras las reformas de los Tratados de Ámsterdam y Niza ahora incorporadas el vigente de la Unión.
Para ello el Parlamento Europeo, conforme a su Estatuto, se organiza en Pleno y Comisiones ( a saber: Asuntos Exteriores, Derechos Humanos, Seguridad y Defensa, Desarrollo, Comercio Internacional, Presupuestos, Control Presupuestario, Asuntos Económicos y Monetarios, Empleo y Asuntos Sociales, Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria, Industria, Investigación y Energía, Mercado Interior y Protección del Consumidor, Transportes y Turismo, Desarrollo Regional, Agricultura y Desarrollo Rural, Pesca, Cultura y Educación, Asuntos Jurídicos, Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior, Asuntos Constitucionales, Derechos de la Mujer e Igualdad de Género y Peticiones ).
Los procedimientos legislativos recogidos en el art. 289 del vigente Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y el Reglamento del Parlamento son los siguientes:
–        De consulta: Aprobación, rechazo o enmienda de una propuesta legislativa del Consejo o de la Comisión, que se emplea en un número limitado de asuntos, aunque uno de ellos son los Tratados Internacionales que la propia Unión suscribe.
–        De aprobación (antes llamado “de dictamen conforme”): Para la aceptación o veto de determinadas propuestas legislativas o no en ámbitos restringidos
–        De iniciativa: Aunque la iniciativa legislativa en la Unión corresponde ordinariamente a la Comisión, el Parlamento puede solicitar que la Comisión presente una propuesta concreta, usualmente en el marco de su Programa de Trabajo que es, además, revisado por el propio Parlamento.
–        Procedimientos especiales: relativos a moneda única, diálogo social, acuerdos voluntarios, codificación del Derecho comunitario, y revisión de actos delegados y disposiciones de ejecución de la Comisión.
Ya se pueden Uds. imaginar la importancia de la Secretaría General del Parlamento (¿saben Uds., sin mirarlo en Internet, quién es actualmente?) y de las distintas direcciones generales, más de 6.000 empleados y unos 1.800 millones de euros de gasto anual. Imagínense sólo lo que debe ser la oficina de interpretación de lenguas y los servicios de traducción. Sería más barato (y mejor) que aprendiésemos todos latín.
En fin, si quiere Ud. saber más, tiene documentación para leer durante más de un año sabático o incluso el resto de su vida, o bien se da una vuelta por la Web del propio Parlamento o se acérquese dando un paseíto Castellana 46 en Madrid o Paseo de Gracia 90 en Barcelona, a las oficinas d e la Delegación del “Europarlamento” en España, donde podrá Ud. sacar una preciosa foto a todas las banderas de nuestra Unión, la que gobierna la mayor parte del territorio y las gentes cuyos abuelos y tatarabuelos se mataban inmisericordemente.
Dicho cuanto antecede, uno tiende a creer que lo relevante es el juego de los Grupos Parlamentarios y de los partidos políticos europeos (Partido Popular Europeo, Partido Socialista Europeo, Alianza de los Demócratas y Liberales de Europa, Verdes, Alianza de Europeos Conservadores y Reformistas, Partido de la Izquierda Europea, Movimiento por la Europa de las Libertades y la Democracia, Partido Demócrata Europeo, Alianza Libre Europea, alianza Europea por la Libertad, Alianza Europea de Movimientos Nacionales, Movimiento Político Cristiano Europeo y Demócratas de la Unión Europea), pero no votaremos a ninguno de ellos sino a los partidos y coaliciones de cada Estado Miembro que, curiosamente, no presentan programas comunes para el Parlamento, sino programas nacionales, al albur de los debates políticos de cada País.
Quienes creemos que estas superestructuras europeas son mastodónticas y poco operativas, que a la Unión le falta ante todo y más que nada simplicidad y que el Derecho europeo no puede ser de peor calidad jurídica (no diré técnico-jurídica, porque técnico es muchísimo pero claro, nada), más cercanos al denominado “euroescepticismo”, haríamos bien en pensar también que Europa (Εὐρώπη), además de una fenicia raptada por Zeus en forma de toro blanco (ya se sabe que las jóvenes en edad de merecer cuentan algunas extrañas mentiras a sus madres cuando vuelven de madrugada), una Historia y unos valores, es también o tal vez sobre todo un proceso que está “haciéndose”, in fieri, que diría ese europeo de apellido Hegel. Como me decían dos colegas de la Asociación Española de Derecho Europeo : “- Aceptamos que Europa no funciona bien, pero sería peor no tenerla”.
Y nuestro voto del 25 supone nuestro granito de arena en ese proceso para realizar una idea, la de que es posible que los mismos que es posible construir hogaño con nuestros más feroces enemigos de antaño.
Aunque sólo sea por la lista de Premios Andréi Sajárov, y aunque solo sea por Malala Yousafzai, creo que merece la pena ejercer la responsabilidad como ciudadano, que incluye según creo la abstención meditada y fundamentada, el voto nulo voluntario y el voto en blanco, en vez de quedarse en lo que de verdad se comenta por estos lares, que tiene que ver con Europa pero ocurre el día 24.
(P.S.: Con agradecimiento a Carmen Plaza y su equipo de documentalistas del CEYDE de la Universidad Politécnica de Madrid).

Los sueldos de los políticos

 
Como era de esperar, se ha levantado una pequeña polvareda a raíz de las recientes declaraciones realizadas por el Director General del CEPC en su comparecencia como experto ante la Comisión Constitucional del Congreso de los Diputados con ocasión de la tramitación del Proyecto de ley sobre control de la actividad económico-financiera de los partidos políticos y del Proyecto de ley regulador del ejercicio de alto cargo de la Administración General del Estado.Beningo Pendás defendió –entre otras medidas- la necesidad de elevar las retribuciones de los políticos con la finalidad de atraer “a los mejores” a la vida política, favorecer la apertura de la política a la sociedad, acotar el problema de las  “revolving door” o puertas giratorias entre política y empresas privadas y, en general, combatir la corrupción.
Es evidente que el momento actual puede no ser el más oportuno para debatir sobre lo relativamente altas o bajas que son las retribuciones de nuestros políticos en comparación con los de otros países o incluso en comparación con los CEOS de las empresas españolas, grandes, medianas y pequeñas. Esta última fue la comparación que utilizó el director del CEPC para concluir que los Ministros están peor pagados incluso que el directivo de una pyme. La falta de oportunidad se debe a que los ciudadanos españoles que trabajan en el sector privado han visto reducidas de forma muy significativa sus retribuciones salariales, los que tienen la suerte de conservarlas. El fenómeno de “devaluación interna” ha sido mucho menor en el sector público, aunque otra impresión subjetiva puedan tener los empleados públicos. Sin embargo los datos del INE (encuesta de estructura salarial) muestran que los empleados públicos cobran un 40% más de media que sus colegas en el sector privado, relación que se mantiene para todo tipo de trabajos excepto para puestos de gerencia y dirección que el sector privado paga mejor. Nada que los funcionarios no sepamos ¿cuantos auxiliares administrativos, por ejemplo, piden la excedencia para ir a trabajar al sector privado? Pues ninguno.
Pero además todos los españoles estamos soportando el incremento de la presión fiscal  para financiar no solo el Estado del bienestar (sanidad, educación, pensiones, desempleo) sino un importante gasto público estructural que parece imposible de recortar y que es generado por unas estructuras claramente sobredimensionadas tanto a nivel local como autonómico o estatal. En este apartado y de forma muy relevante hay que incluir el llamado  “gasto político” asociado tanto al consumo directo de recursos públicos por parte de los partidos políticos como al “indirecto”, en la medida en que se han convertido en auténticas “agencias de colocación” en expresión del profesor Gómez Yáñez, dedicados a engrasan su base clientelar proporcionando trabajo a una miríada de afiliados, simpatizantes y familiares con cargo a nuestros impuestos.
Pues bien, este y no otro es el contexto en el que se pretende abrir el debate sobre los sueldos de los políticos, que no afecta solo a los cargos electos, que son los menos. Es fácil comprender que resulte difícil de asumir una propuesta de subida de sueldos cuando si algo tenemos claro los ciudadanos es que nuestros políticos y sus redes clientelares no han compartido los sacrificios económicos que hemos hecho el resto de los españoles estos años. No solo eso, es más que dudoso que la capacidad, la experiencia y la formación de muchos de nuestros cargos públicos sea la más adecuada para desempeñar las importantes funciones que tienen encomendadas, en especial en época de crisis. Los casos recientes de “arreglos” de algunos cvs de políticos destacados ponen de manifiesto hasta qué punto ellos mismos son conscientes de su insuficiencia.
Con esto no quiero decir que no sea conveniente abrir un debate sobre los sueldos de los políticos. Todo lo contrario. Pero no puede abordarse con seriedad sin hacer previamente un ejercicio de rigor. Lo primero es definir que son “sueldos de los políticos”.  Porque no se trata solo de hablar de Ministros o diputados nacionales que pueden estar peor remunerados que sus homólogos de otros países o que los CEOS de las empresas (lo que es dudoso en el caso de las pymes). Recordemos que existen también en España cargos públicos relativamente bien pagados, particularmente en los organismos reguladores. La justificación era precisamente que había que atraer a estos organismos “a los mejores” (expertos independientes de fama internacional) pero al final muchos han sido ocupados por políticos.
Podemos hablar también de los sueldos de alcaldes y concejales de pueblos pequeños –que ya no se pagan en aquellos países donde se ha procedido a fusionar municipios- o de los Presidentes de las Diputaciones provinciales, con la posibilidad además de acumular varios sueldos,  o de los Senadores o de la miríada de directivos de entidades públicas de todo tipo que cobran más que el Presidente del Gobierno sin que sepa muy bien a qué se dedican exactamente.En la mayoría de los casos no es nada evidente que estas personas pudieran alcanzar un sueldo parecido en el sector privado a la vista de su formación y experiencia profesional. Al contrario, muchos tendrían muy difícil recolocarse fuera de la política no ya con retribuciones similares sino muy inferiores. No es casualidad que el Gobierno haya fracasado en su intento de limitar las retribuciones en el ámbito local o de poner orden en las entidades públicas.
Por tanto, antes de iniciar este debate hay que realizar un ejercicio de transparencia para responder algunas cuestiones importantes. La primera sería¿Cuál es el número de políticos que podemos razonablemente permitirnos? Puede ser una buena idea tener menos políticos pero de más nivel y mejor pagados. Habría que empezar por calcular su número, lo que no es tarea fácil. El profesor Andrés Ortega en su reciente libro “Recomponer la democracia” considera que tenemos unos 125.000 frente a los 29.000 por ejemplo del Reino Unido.
Una vez establecido el número, la segunda cuestión sería delimitar el concepto de “retribuciones”.De nuevo la transparencia brilla por su ausencia, dado que los boletines oficiales solo suelen recoger, en el mejor de los casos, una parte de las retribuciones salariales de los cargos públicos y no de todos ni muchísimo menos. Normalmente la publicidad se limita al sueldo base y a una serie de complementos establecidos legalmente. Pero a estas remuneraciones, además de las variables, hay que mencionar una serie de“ventajas”con un claro componente retributivo de las que gozan muchos cargos(indemnizaciones por cese, dietas por alojamiento, pensiones, beneficios fiscales, compatibilidades, etc, etc) por no referirnos a gastos de protocolo o los famosos coches oficiales. Incluso se podría hablar de “retribuciones diferidas” que son las que esperan a muchos políticos vía “puertas giratorias” en empresas o asociaciones dependientes del favor público, y que en la práctica suponen convertir el más que probable conflicto de intereses en una salida profesional muy bien remunerada.
La tercera cuestión a abordar sería la de quien decide sobre el sueldo de los políticos. Más allá de los formalismos, la respuesta ahora mismo es obvia: ellos mismos.El problema en España es que este sujeto, gracias a la descentralización política, es muy amplio lo que ha propiciado una disparidad de sueldos públicos enorme a lo largo y ancho del territorio nacional, sin que sea fácil encontrar un criterio que permita relacionar las retribuciones con las funciones o responsabilidades. Y no digamos ya con la preparación o la capacidad. Como hemos visto, cualquier intento de introducir una mínima racionalización tropieza con la feroz resistencia que oponen los posibles afectados.
Pero la última pregunta es quizá la más relevante ¿Sería útil de verdad una subida de sueldos públicos para atraer “a los mejores” a la política? Pues sinceramente, creo que sin otras reformas imprescindibles muy poco. Sin democracia interna en los partidos y sin depuración de los constantes casos de corrupción que les afectan considero improbable que personas con trayectorias profesionales –y vitales- sólidas den el paso a la política por muy buen sueldo que se les ofrezca y por mucha voluntad de servicio público que tengan. Y es que en política, como en la vida, el dinero no lo es todo.

Regulación de slots online y apuestas cruzadas

Sin lugar a dudas, la regulación de las slots online (máquinas de azar) y apuestas cruzadas que se encuentra en plena tramitación es una de las cuestiones que mayor interés ha suscitado en el sector en los últimos tiempos, con opiniones a favor (de profesionales del sector online que esperan esta regulación desde hace tiempo) y en contra (en general,del sector de juego presencial, que considera que perjudicará a la industria y que fomenta la ludopatía).
En noviembre de 2012 la Dirección General de Ordenación del Juego (“DGOJ”) ya anticipó a los operadores su intención de considerar la aprobación de la reglamentación básica de las slots online y apuestas cruzadas. Posteriormente, en febrero de 2013 convocó a administraciones, operadores, agentes e interesados a trasladar sus consideraciones.Tras dicho proceso, la DGOJ concluyó la oportunidad de abordar esta regulación en abril de 2013 y así se originaron los proyectos de órdenes ministeriales que están en tramitación.
La tramitación se inició con la puesta en conocimiento del Consejo de Políticas del Juego de los proyectos en su sesión de 19 de febrerode 2014, a la que ha sucedido el trámite de información pública abierto el pasado 10 de marzo. El plazo para realizar observaciones al contenido de dichos textos acaba el próximo 27 de marzo.
Estos proyectos normativos encuentran su fundamentación jurídica en la exigencia de regulación previa que para el otorgamiento de las licencias singulares de cada tipo de juego establece el artículo 11 de la Ley del Juego y han seguido la misma línea de enfoque que la reglamentación del juego desarrollada en otros países de nuestro entorno como Reino Unido (2007), Dinamarca (2012) o Italia (2012).
Entre los objetivos perseguidos con esta regulación, además de la reglamentación básica de estos juegos y, en consecuencia, la posibilidad de obtener la licencia singular correspondiente (además de la licencia general para “Otros Juegos”, para operadores que no la tuvieran) se incluye “la apertura del mercado a una pluralidad de operadores” y su “dinamización”.
La Administración justifica la regulación atendiendo, entre otros motivos, a la importancia que este juego tiene para el consumidor y también su peso en la oferta ilegal. La propia Administración reconoce que el juego de slots ha sido tradicionalmente percibido como el de mayor riesgo de ludopatía pero sostiene que canalizándolo hacia el mercado regulado, reforzando la política de prevención y tratamiento de juego patológico, se consigue el objetivo de proteger al jugador.
En este sentido, la reglamentación propuesta introduce determinadas medidas relacionadas con la protección del jugador y con la voluntad de favorecer el juego responsable.
En lo que respecta a las slots, dentro de las acciones preventivas del proyecto de ordense encuentra la obligación del operador de poner en conocimiento del jugador el tiempo transcurrido y el importe gastado en cada sesión de juego mediante un aviso a través de la interfaz del juego, aviso que se realizará en el intervalo de tiempo predeterminado por el participante al configurar la sesión de juego (con un límite máximo por defecto de 30 minutos).
El operador debe facilitar al jugador la posibilidad de configurar previamente al inicio del juego el tiempo y la cantidaddestinada a dicha sesión (además de la frecuencia del aviso sobre el tiempo transcurrido). Agotados el tiempo o la cantidad, la sesión finalizará automáticamente.
También se limita el tiempo de duración de la partida a 3 segundos y a 25 partidas en modo automático, para limitar la tendencia al automatismo o excesiva rapidez en la generación de partidas.
Como medida relativa al montante total de los botes, estos sólo pueden ser progresivos y financiados íntegramente por las participaciones de los jugadores en el juego de que se trate.
Finalmente, para reforzar la lucha contra el juego ilegal, se incluye una obligación de los operadores con licencia en España que cedan a terceros elementos de los sistemas técnicos de juegos, de adoptar las medidas necesarias para garantizar que tales elementos cedidos son puestos a disposición de jugadores localizados en territorio español exclusivamente por operadores en posesión de los títulos habilitantes correspondientes.
En el caso de las apuestas cruzadas, se prevé que iniciado el evento sobre el que realizar las ofertas de apuestas cruzadas, no podrán remitirse al operador ofertas de apuestas por importe superior al saldo de libre disposición de la cuenta del usuario en el momento de iniciarse el evento. Entre las obligaciones del operador se incluyen la de conservar los programas de acontecimientos y eventos durante un período de al menos 6 años;facilitar al usuario con anterioridad a la realización de la primera oferta de apuesta, un tutorial explicativo sobre las apuestas cruzadas; e informar del eventual beneficio o riesgo de pérdida que el participante asuma según su oferta de apuesta, el histórico de apuestas del participante y comisiones del operador, entre otros.
Esperemos que las medidas finalmente adoptadas sean suficientes para proteger a los sectores vulnerables.
 

Caso Isabel Carrasco, ¿un crimen político del siglo XXI?

Vaya por delante que siempre me ha chocado la reticencia de mucha gente a calificar ciertos crímenes como “políticos”, como si ese apelativo tuviese alguna virtualidad terapéutica capaz de paliar el gravísimo reproche moral que todo crimen implica. Más bien sería todo lo contrario. El crimen político “clásico” del siglo XX español fue el asesinato cometido por ETA de algún servidor del orden público, militar, funcionario, político, persona influyente o de los que pasaban por ahí, incluidos unos cuantos niños, por razones absolutamente políticas, entre las que se incluían la destrucción del orden constitucional que los españoles nos habíamos otorgado democráticamente.
Al asesinato de una persona, con todo lo que ello supone, se unía de manera inseparable la voluntad de imponer por la fuerza una decisión política, al margen de cualquier procedimiento legal y democrático. Otra cosa, claro, es que en España no haya “presos políticos”, pues éste es un término reservado para los supuestos crímenes cometidos por la simple expresión de ideas políticas que, además, no inciten al odio ni a la violencia. Pero crímenes políticos ha habido unos cuantos, y bastante jaleados, sin duda.  Todavía recuerdo siendo niño como tras informar la televisión del asesinato de un policía, una persona en el bar en el que me encontraba apostilló en voz alta: “uno menos”, ante el general jolgorio de la concurrencia. Y no soy tan viejo. La normal consecuencia de todo ello es que ante un crimen político y sus expresiones de complicidad, la clase política democrática y los ciudadanos de bien se manifiesten públicamente, no sólo en solidaridad con la víctima y su familia, sino en defensa de la libertad y del orden democrático. Los que lo hicieron repetidamente, a veces con un coste personal muy alto, al menos pueden tener la satisfacción de haber triunfado.
Por eso mismo, este frio y duro asesinato de la Presidenta de la Diputación de León por otros miembros de su propio partido, con todos esos mensajes de twitter jaleando el crimen e insultando a nuestros políticos, y la reacción de estos manifestando públicamente su repulsa, guardando minutos de silencio y suspendiendo su actos de campaña, nos fuerza a reflexionar si no estaremos ante una nueva y muy sorprendente versión del crimen político en estos turbulentos inicios del siglo XXI.
El Gobierno nos dice que este caso no tiene nada que ver con la “tensión social” y que obedece a “rencillas personales” entre miembros del PP de León. Un caso tan alejado de la política como si alguien se carga al jefe de la fábrica por haberle despedido. No sería algo distinto, entonces, del asesinato de un político con ocasión de un robo a mano armada cometido por delincuentes comunes. Pero que en nuestro caso hay algo diferente lo demuestra precisamente las reacciones que este concreto crimen ha suscitado: las malas de odio y las buenas de solidaridad, contra y entre la clase política, respectivamente, no previsibles en esos otros escenarios. ¿Qué hay entonces aquí de particular?
Nos enteramos a través de las reseñas de prensa que, en su condición de Presidenta del PP en León y Presidenta de la Diputación Provincial, Isabel Carrasco concentraba en su persona todo el poder político en la región. Y decir eso en España -como consecuencia de nuestro régimen partitocrático piramidal, de nuestro sistema clientelar y del derrumbe de los controles internos en las administraciones locales (tantas veces denunciados en nuestro blog)- es decir mucho, pero mucho. Isabel Carrasco ponía y quitaba, premiaba y castigaba, muchas veces con dinero público. Y eso no es noticia porque pasa exactamente en todas partes en nuestro país. A quién haya seguido la serie sobre Caja Segovia y las aventuras y desventuras de Atilano Soto y compañía poco hay que añadirle.
Conocemos ya muchos detalles del caso. Cómo la Sra. Carrasco acoge primero a Montserrat Triana Martínez –la hija cómplice- en la Diputación Provincial para ocupar una plaza de interina en un puesto técnico, con un buen salario, y cómo hace lo propio posteriormente en las listas del partido. Pero en un momento dado la hija cae en desgracia. No sabemos todavía la razón, quizás por negarse a firmar una decisión o informe técnico exigido por su valedora –como insinúa El País– o por otra causa. Pero el caso es que a partir de ahí la “persecución” es implacable: es expulsada de las listas -incluso cuando se produce una vacante en una concejalía que le correspondería por ser la siguiente en la lista ésta no se cubre- pierde su puesto laboral ante otra persona y, de la misma forma, cuando se produce una vacante en ese puesto nadie es llamado a cubrirla. Por último, se le reclama la devolución de ciertos ingresos indebidos.
Todos estos efectos podrían parecer normales si este fuese un país normal en donde los méritos objetivos tuviesen algún peso y en donde tanto jefes como subordinados fuesen responsables de sus errores. Pero sabemos que no lo es. Es decir, pese a que haya teóricos sistemas objetivos de selección, sabemos que los parientes de los políticos del PP obtienen la mayoría de las 40 plazas a auxiliar de la Diputación Provincial de León (como demuestra esta noticia que seguro que hace las delicias de Antonio Cabrales). Es decir, la asesina y su hija tenían la completa convicción de que las “desgracias” de la niña (olvidaron que también en su momento los premios) procedían de la libérrima voluntad de la Sra. Carrasco, de su “sirva mi voluntad como razón”. Y estaban en lo cierto (sin perjuicio de que eso no pueda justificar un asesinato, no hace falta ni decirlo), y también lo saben y están en lo cierto el resto de los españoles a los que tal cosa no le supone ningún descubrimiento (y de nuevo esa convicción no puede justificar esas malévolas expresiones de satisfacción ante tamaño crimen).
La cuestión, entonces, es si en el presente escenario en que estos fenómenos siguen produciéndose de manera generalizada, en el que el poder político al mando carece de cualquier límite efectivo, esta conducta mafiosa de las asesinas, con tiro en la nuca al más genuino estilo sicario-ajuste de cuentas, nos está anticipando un futuro de lucha cainita al margen de las reglas por el control de nuestros recursos públicos –quizás no tan sangriento como este crimen demuestra- pero muy poco agradable en cualquier caso, jaleado además cual espectáculo de circo romano. Porque no hay que olvidar que cuando el defectuoso funcionamiento de nuestro sistema político, y su triste ejemplo, incentiva la degeneración moral de la sociedad y se extiende la conciencia de que todo está corrupto y viciado y que cada uno debe buscarse la vida por su cuenta con total olvido de lo común, no somos los que criticamos públicamente su mal funcionamiento, pensando que el sistema todavía puede regenerarse, los contaminados por esa degradación, sino los que han perdido toda esperanza o, más bien, nunca han tenido ninguna, y solo acumulan odio por la política y los políticos.

Modernidad y Estado de Derecho vs. Secesión (Burr frente a Mas)

Aaron Burr (1.756-1.736), héroe militar de la revolución norteamericana y jurista descendiente de los fundadores de la Universidad de Princeton,  en la que se formó, ostentó la Vicepresidencia de los Estados Unidos de América entre los años 1.801 y 1.805, bajo el mandato del Presidente Thomas Jefferson. Personaje controvertido, a quien se suele recordar por su duelo con Alexander Hamilton, en el que éste perdió la vida.

 Sobre su figura se ha cernido largo tiempo una tenue sombra de malditismo que el escritor Gore Vidal neutraliza brillantemente en una espléndida novela histórica vindicativa de su figura, publicada en 1.973. En un pasaje del texto, VIDAL refiere un encuentro privado en Washington, con mesa y mantel, entre el sibilino Jefferson y su libérrimo Vicepresidente, en el que el primero inquiere directamente al segundo sobre cuál sea su franca opinión en torno a la naturaleza de la Constitución de los Estados Unidos. Burr responde a un contrariado Jefferson señalando como fundamental defecto constitucional “the so-called inherent rights of any state to dissolve its bonds with the union”. Y remachando: “– I merely point out that no constitution can be effective if each state thinks that it has the right to nullify any federal law it pleases. I also think that as long as each state believes it has the right to secede, eventually one or more states will secede and there will be no United States”.

El devenir del tiempo y la formación y consolidación de los estados liberales modernos acabó dando la razón a BURR. En Francia el contemporáneo NAPOLEÓN, con la promulgación de un Código Civil igual para todos los ciudadanos, eliminando privilegios y rémoras feudales, da un paso adelante en el camino de la unificación, ya transitado por Richelieu, Mazarino y Colbert. Y, por lo que respecta a países descentralizados, como los propios Estados Unidos, con Abraham Lincoln se va a llevar a cabo la transformación de la confederación en la federación desapareciendo el derecho a la secesión en favor de la consolidation. Y, tras la Segunda Guerra Mundial, en la República Federal Alemana el parágrafo 31 de la Ley Fundamental de Bonn proclama el principio Bundesrecht bricht Landesrecht – el derecho federal prevalece sobre el derecho de los estados.

En España desde hace tiempo ha sido defendida una tendencia de racionalidad, ilustración y progreso paralela a las apuntadas, bien en sentido unificador, tan legítimo como cualquier otro – recuérdese a los ilustrados de Cádiz y su artículo 258 de la Constitución de 1.812; o a los redactores del Proyecto de Código Civil de 1.851; bien en una razonable dirección descentralizadora, como la ensayada en la Constitución de 1.931 y, muy especialmente, la introducida por la vigente Constitución de 1.978, que ha permitido el reconocimiento y desarrollo de muy notables niveles de autogobierno y la protección de singularidades culturales y lingüísticas, especialmente en las denominadas nacionalidades históricas que integran la nación española.

A lo largo de este proceso evolutivo de la España moderna, frente a luces hubo guerras civiles, dictaduras y caciquismos en defensa del privilegio de clase o de parcela. Y hoy, en el siglo XXI, renacen y se recrudecen las sombras bajo el artefacto resultante de un Título VIII de la Carta Magna que, tras estimular una orteguiana redención de las provincias, en estas fechas se nos ha ido en gran medida de las manos. Como decía Ganivet, el ideal jurídico patrio es – sigue siendo – que todos los españoles llevasen en el bolsillo una carta foral con un solo artículo, redactado en estos términos breves, claros y contundentes: “este español está autorizado para hacer lo que le dé la gana”. Y en eso Artur Mas, supongo que a su pesar, es genuinamente español.

Burr subrayaba a Jefferson la necesidad de acabar con un derecho a la secesión que existía en la Constitución de una Unión que había nacido, precisamente, de la secesión de las colonias respecto de la metrópoli británica y del posterior acuerdo (compact) de todas ellas en una confederación. Y Lincoln, a partir de la crisis política ocasionada por la rebelión de los estados del Sur, elimina el privilegio de secesión y consolida la unidad nacional en forma de federación. No repetiremos en idéntico sentido los hitos y nombres de la unificación alemana como el Zollverein o Bismarck – ni siquiera el Tratado de Reunificación de Helmut Kohl y Lothar de Maziere, ya en 1.990.

Aquí, sin embargo, transitaríamos el camino inverso – y pulsaríamos el botón de autodestrucción – de una España surgida como Estado moderno antes de la teoría de la soberanía de Jean Bodin – hacia su desarticulación con base en un derecho de secesión – llámese de autodeterminación o de decidir – que no existe en nuestra Constitución.

El tour de force soberanista que el President Mas patrocina desde la Generalitat y desde el Parlament de Cataluña es un error peligroso, además de una deslealtad a la democracia y al Estado de Derecho. Una consulta o referéndum per se no convalida un ataque demagógico al imperio de la ley, como prueban los plebiscitos convocados en dictaduras, de los que en España aún se guarda recuerdo. Se trata de un desafío populista basado en lo que Rodrigo Tena califica como atributo, es decir, no en un modelo o ejemplo universal que promete una vida buena y al que se aspira sino un rasgo que se posee de modo particular y que da derecho – preferente, debe entenderse – a esa vida buena. Y ese atributo es la nación que, a juicio de Mas y de otros, no puede ser parte integrante de un entramado español, que no comparte tan preciosa esencia. Un Estado español que se califica como opresor y ladrón – que roba – pero que, sin embargo, permite que Cataluña tenga, por ejemplo, un Gobierno, un Parlamento y un Código Civil propios, entre otras muchas prerrogativas; o que el País Vasco y Navarra sean fiscalmente independientes – lo que sorprendería a un alemán y no menos a un francés, ciudadanos ambos de democracias de mayor recorrido y prestigio que la nuestra.

Otras voces catalanas, en cambio, son conscientes de que nunca Cataluña progresó  tanto – e hizo progresar y modernizarse al resto de España – como en los años posteriores a 1.978 en que prevalecieron otra cultura y otra sensibilidad, de pacto, de aprecio por el que piensa diferente o tiene otro origen, de progreso cultural y económico, de seny. Suena mucho mejor, por ejemplo, la metáfora de Josep Termes del catalanismo entendido como un río que va tomando en su recorrido afluentes de variadas procedencias.

Frente a las consultas, hechos consumados y otros subterfugios fuera de la ley y al margen de la prudencia y la responsabilidad que deben caracterizar a un gobernante democrático y con los mejores deseos para un nuevo año que comienza, parece más inteligente y sensato reconducir posiciones de concordia amojonando el campo con dos hechos tozudos e insoslayables que pone de relieve Juan-José Lopez Burniol, a saber, (i) que Cataluña es una comunidad con conciencia de poseer una personalidad histórica diferenciada y una voluntad firme de proyectar esta personalidad hacia el futuro mediante un autogobierno que lleve consigo la autorregulación de los propios intereses y el autocontrol suficiente de los propios recursos; y (ii) que Cataluña, como consecuencia de un proceso histórico multisecular e irreversible – no fatal ni ingobernable – está integrada histórica, política y jurídicamente dentro del España, en cuya estructura estatal, instituciones y centros de poder debe participar (el quehacer común español, compatible con el nacionalismo catalán, como afirmó Jordi Pujol en un discurso pronunciado en la Universidad de Salamanca en noviembre de 1.981).

Ignorar ambas certezas no llevaría sino a desastres. Que es a donde conduce esa secesión que nuestra Constitución, por mucho que se retuerza, no permite.