Flash Derecho: Debate sobre el régimen de “segunda oportunidad” con el Subsecretario de Economía y Competitividad.

FOTO FORO

El pasado 23 de abril la Fundación ¿Hay Derecho? organizó un foro en la Facultad de Derecho Universidad Complutense sobre el nuevo régimen de segunda oportunidad introducido por el RDL 1/2015 de 27 de febrero.

Para ello contamos con la presencia de don Miguel Temboury, Subsecretario del Ministerio de Economía y Competitividad, departamento del que ha partido la iniciativa de esta regulación.

En este blog hemos escrito sobre esta reforma y sus defectos y por eso hemos considerado oportuno debatir con uno de los máximos responsables del ministerio que ha liderado esta iniciativa, con objeto de que nos explicara las razones por las que se optó por un régimen restrictivo, prolijo y muy alejado de lo que sucede en países de nuestro entorno y de las recomendaciones internacionales al respecto. Desde aquí agradecemos la presencia y disponibilidad de don Miguel Temboury para participar en un debate sobre un tema que despierta tanta sensibilidad social y cuya falta de adecuada solución ha sido caldo de cultivo para el nacimiento de otras fuerzas políticas que pretenden terminar con el bipartidismo hasta ahora existente. El ciudadano no percibe su recuperación económica y no parece que se hayan sentado las bases para prevenir una crisis que ha atacado a los más débiles.

Contamos además con la presencia de uno de los mejores concursalistas de este país, el profesor don Ángel Rojo, Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad Autónoma de Madrid, con don Enrique García García, Magistrado de la Audiencia Provincial de Madrid (sección 28), especialista en materia concursal y con la editora y profesora Matilde Cuena que lleva muchos años estudiando el problema de la segunda oportunidad para la persona física insolvente.

Como se pueden imaginar, tanto por el tema como por los ponentes, el debate fue intenso y enriquecedor. Se discutieron “principios” y deficiencias técnicas, poniéndose de relieve que en algunos aspectos la voluntad del Gobierno no quedó adecuadamente plasmada en el texto definitivamente aprobado. Dado que todavía son posibles cambios en esta materia (pues se está tramitando el texto como proyecto de ley), a lo mejor del resultado del debate emerge un nuevo texto más correcto técnicamente y sobre todo un sistema eficaz para atender las necesidades de los deudores de buena fe que por circunstancias imprevisibles y sobrevenidas, han llegado a la situación de insolvencia.

A juicio de don Miguel Temboury, “la reforma de la insolvencia personal supone una novedad en nuestro ordenamiento jurídico que equilibra los intereses de acreedores y deudores. El principio de cualquier reforma concursal tiene que ser que no puede estar mejor el deudor que incumple que el que cumple sus obligaciones de pago. Bajo este principio, hemos articulado un procedimiento de insolvencia personal flexible y eficaz que permite, en último término, la exoneración de deudas evitando así los rigores de la responsabilidad patrimonial universal y permitiendo la recuperación de los deudores para la economía productiva”.

El profesor don Ángel Rojo se mostró favorable a un sistema de insolvencia de persona natural basado en un modelo de responsabilidad, de rehabilitación del deudor, en el que a éste le fuera exigible un periodo de buena conducta. Fue crítico con la falta de exoneración del crédito público en la reforma y se refirió al tratamiento de este tema que él mismo llevó a cabo en el Anteproyecto de Ley Concursal de 1995.

El magistrado don Enrique García puso de relieve las dificultades que se planteará si prospera la idea del Gobierno de derivar la competencia judicial sobre los concursos de consumidor a los juzgados de Primera Instancia, tal y como se prevé en el Proyecto de Ley Orgánica de reforma de la LOPJ

La profesora Cuena se centró en las deficiencias técnicas del texto del art. 178 bis LC, particularmente en la revocabilidad del beneficio de la exoneración por mejora de la situación económica del deudor, que contradice la esencia de un régimen de segunda oportunidad que pretende precisamente que el deudor se recupere. Así mismo, recalcó la necesidad de establecer mayores filtros de entrada al sistema, de forma que se evite que se beneficien del mismo deudores oportunistas alterándose la cultura de pago, y menores filtros de salida: acortar el periodo para la exoneración definitiva a tres años y no supeditar la exoneración de las deudas al pago efectivo de las no exonerables. Obligar al deudor a un plan de pagos tras la liquidación de su patrimonio, cuando ya no tiene nada, es una pretensión poco razonable que hace ineficiente el sistema.

Uno de los fines de la Fundación ¿Hay Derecho? es “la mejora nuestro ordenamiento jurídico” y esperemos que este tipo de debates contribuyan a ello.

Todos aquellos que quieran colaborar con este proyecto pueden hacerlo aquí

2 comentarios
  1. EB
    EB Dice:

    Sorprende que no se invite a un economista a discutir estos temas porque en definitiva todo depende de los incentivos que tiene el deudor (a) para renegociar a partir del momento crítico en que su situación de liquidez se deteriora y la insolvencia es posible, y (b) para no cometer fraude una vez que la insolvencia es probable.

  2. EB
    EB Dice:

    Sorprende que no se invite a un economista a discutir estos temas porque en definitiva todo depende de los incentivos que tiene el deudor (a) para renegociar a partir del momento crítico en que su situación de liquidez se deteriora y la insolvencia es posible, y (b) para no cometer fraude una vez que la insolvencia es probable.

  3. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Enhorabuena.

    Para conseguir un cambio lo mejor suele ser hablar directamente con quien puede conducirlo o ayudar a acelerarlo. Si se hace desde una Fundación transparente y neutra creo que es mucho mejor que si se hace desde un Lobby.

    A nadie le gusta hacer mal su trabajo y menos si es tan visible como una Ley. Tendemos a crucificar a muchos políticos y cargos relevantes también es verdad que muchos de ellos no quieren hacerlo mal.
    Este tipo de iniciativa con su correspondiente publicidad merece aplauso.

    Hablando sobre Cambio basado en Leyes ayer se presentó en Madrid "Lo que yo viví" de J. M. Otero Novas que fue un actor políticamente importante —y menos conocido de lo que debiera–durante los críticos años de la Transición.

    En la obra hay muchos ejemplos prácticos de cómo influenciar y promover cambios sin tener que organizar una mani, una protesta o un cirio. Claro que hay que estar a las duras y a las maduras y no siempre te escuchan.
    .

    Felicitaciones por la iniciativa.

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