De nuevo sobre la politización de la Justicia: a propósito del Tribunal del caso Gürtel
Uno de los temas fundamentales que hemos tratado en este blog desde sus inicios es el de la politización de la Justicia en España. También le dedicamos un capítulo en nuestro libro ¿Hay Derecho? recordando algo que parece muy obvio, y es que un Poder Judicial que no es independiente no puede garantizar el cumplimiento de las leyes, ni ser el último garante del Estado de Derecho. Ha costado que esta sencilla verdad llegue a los medios de comunicación. Pero al final la curiosa composición de la Sección de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que va a enjuiciar la trama Gürtel ha hecho sonar todas las alarmas. Ya era hora.
Como es sabido la Presidenta de la Sala, Dª Concepción Espejel, parece ser muy próxima a la ex Presidenta de Castilla-la Mancha y todavía Secretaría General del PP, Dolores de Cospedal. Ya le dedicamos en su momento un post de Nacho Gomá que pueden consultar aquí Pero es que también tenemos en la Sección a D. Enrique López, a cuya figura y circunstancias también dedicamos otro post, y hasta unas páginas en el libro, porque sinceramente lo merece. Probablemente si hay un juez que ha hecho una buena carrera profesional –hasta el día del famoso incidente con la moto- sobre la base de sus méritos extrajudiciales, es este magistrado.
Efectivamente, (si juzgamos por los informes que publica la Plataforma por la Independencia del Poder Judicial sobre los nombramientos de libre designación que realiza el Consejo General del Poder Judicial) lo mejor para alcanzar un buen puesto en el Poder Judicial no es precisamente atender bien los juzgados y dictar buenas sentencias, ni siquiera tener mucha antigüedad como juez. Hay otros méritos muchos más relevantes.
Porque conviene aclarar que los mejores cargos en los Tribunales de Justicia son de libre designación, entre ellos el de Presidente de la Audiencia Nacional. Y la libre designación –digan lo que digan las normas- se basa en la confianza, no en los méritos profesionales. Dicho de otra forma, se puede tener la confianza del órgano que designa sin especiales méritos profesionales o teniéndolos en menor medida que otro candidato. O por lo menos así lo viene interpretando el Consejo General del Poder Judicial, como otros tantos organismos patrios, por otra parte. Hasta la jurisprudencia lo venía entendiendo así en la medida en que dejaba tan amplio margen para la discrecionalidad que en la práctica suponía pura y simplemente una falta de control de este tipo de nombramientos. Afortunadamente esta interpretación ha empezado a cambiar hace unos años en relación precisamente con los nombramientos judiciales a dedo. No parece casualidad que la lucha contra la arbitrariedad en los nombramientos haya empezado precisamente por los de los jueces. .
Es cierto que otros puestos (como el de Magistrado de las Salas o secciones de la Audiencia Nacional) no se nombran por libre designación, sino por concurso de méritos, que es un sistema mucho más objetivo, puesto que los méritos que se van a evaluar se conocen “a priori”. Dicho eso, el problema es que también computa como antigüedad el tiempo que un Juez se ha pasado haciendo política ya sea oficialmente como en el caso del ex Alcalde Juan Alberto Belloch o del ex Consejero de Justicia de la Generalitat Valenciana Fernando de la Rosa o extraoficialmente, como Enrique López particularmente durante su etapa como Consejero del CGPJ a propuesta del PP tal y como comentó Elisa de la Nuez en este post.
Lo cierto es que esta apariencia tan preocupante de falta de neutralidad y de proximidad a un partido político en dos de los Magistrados de la sección que va a juzgar el caso Gürtel no parece haber hecho especial mella en los interesados. La Presidenta al menos según informaciones de la prensa no piensa abstenerse, y lo cierto es que esta negativa debe, en nuestra opinión, ponerse en relación con el hecho de que ella ha variado las reglas de juego, de modo que con las nuevas va a presidir este juicio (con el sistema anterior la presidencia era rotatoria). Por su parte, Enrique López, que sepamos, no se ha manifestado todavía. Y el problema es que formalmente hasta puede tener razón la señora Espejel: si se echa un vistazo a las causas de abstención (y de recusación) del art. 219 de la LOPJ hay que reconocer que la de estar muy próximo a un partido político cuya trama de corrupción se va a enjuiciar no figura entre las enumeradas. Es más, recordemos que las personas jurídicas en nuestro ordenamiento jurídico solo pueden delinquir desde hace poco tiempo.
Creemos que sencillamente al legislador no se le pasó por la cabeza que pudiera darse una situación como la que denunciamos. Pero la realidad es que el fundamento de estas figuras, tanto de la abstención (que se produce cuando el mismo juez aprecia espontáneamente que concurre una de las causas del art. 219 LOPJ) como de la recusación (que se produce cuando se aprecie esta misma concurrencia pero a instancia de parte) es nada menos que el derecho al juez imparcial que consagra el art.24.2 de la Constitución.
El problema es que para muchos ciudadanos (pese a la dificultad de encuadrar esta relación con el PP con una causa formal concreta de abstención y recusación) va a ser poco creíble que estos Magistrados, a la vista de su trayectoria, puedan mantener su imparcialidad cuando decidan sobre la trama de corrupción del partido que tanto hizo por sus carreras profesionales. Y el solo hecho de que no sea sencillo encontrar un acomodo técnico y formal a esta relación no es suficiente, a nuestro juicio, para despejar estas dudas. Lo que quiere decir esto es que, con independencia de la sentencia que finalmente recaiga, para muchos españoles el juicio estará siempre bajo sospecha. Para empezar, ya hay un par de recusaciones anunciadas.
No podemos exagerar el descrédito que esto supone para el Poder Judicial con la consiguiente pérdida de legitimación que conlleva en un caso de tantísima gravedad. Sinceramente, los editores de este blog pensamos que no nos lo podemos permitir. Y argumentos como los manejados en este artículo por el Presidente de la Asociación Profesional de la Magistratura (que es la Asociación «conservadora») en el sentido de que los jueces «están acostumbrados a actuar con independencia» se reducen a reclamar una confianza que la gente sinceramente ya no siente.
¿Cual sería entonces la solución? A nuestro juicio solo puede haber una a corto plazo, y otra a medio plazo. La primera es sencillamente que estos Magistrados se aparten del proceso voluntariamente, puesto que la interpretación de las causas de abstención les compete a ellos en primer lugar. Con esto no se trata –como a veces se dice equivocadamente- de reconocer la posibilidad de algo así como una “futura prevaricación”. Es mucho más sencillo; lo que se reconoce es que existe una sombra de duda sobre una cuestión sobre la que, en un Estado de Derecho serio, no puede existir nunca ninguna: la imparcialidad de un Juez. Muchos jueces de base lo entienden perfectamente así en asuntos de mucha menor trascendencia; se trata de evitar cualquier sospecha de parcialidad y de guardar las apariencias porque en la Justicia las apariencias importan, y mucho.
A medio plazo, obviamente la solución pasa por evitar que puedan llegar a producirse este tipo de situaciones. Es imprescindible cambiar la forma de designación de los miembros del Consejo General del Poder Judicial, y, por ende, de los puestos de libre designación existentes en la Carrera Judicial y que dependen de las decisiones del CGPJ. Sobre este asunto hemos escrito también largo y tendido en este blog y lo seguiremos haciendo. Ya hace 30 años del primer cambio de la LOPJ en el sistema de designación de los Vocales (originariamente los doce procedentes de la Judicatura eran nombrados por los propios jueces). En el año 1985 el PSOE decidió que había demasiados jueces “conservadores” y se decidió que los 20 vocales fueran elegidos por el Parlamento, aceptando el Tribunal Constitucional el sistema en una famosa sentencia de 1986 pese a las advertencias sobre los peligros que para la independencia judicial podía suponer.
El sistema empeora todavía más con la reforma del ex Ministro Gallardón del año 2013, que va además en sentido contrario a lo prometido en el programa electoral sobre garantizar la independencia del Poder Judicial. Hoy, tres décadas más tarde, podemos decir que se cumplieron las peores expectativas del Tribunal Constitucional. Hemos tocado fondo, y el Tribunal de la Gürtel no es sino un ejemplo paradigmático de hasta donde hemos llegado con estas promociones partidistas de jueces «conservadores” y jueces «progresistas”, asociaciones judiciales «conservadoras» y asociaciones judiciales «progresistas», por usar la terminología acuñada por la prensa y que no parece molestar a nadie, empezando por los así calificados. Claro que aquí no estamos hablando tanto de ideología como de pertenencia a un equipo bien colocado. Quizá por esa misma razón no tienen problema en señalar a qué asociación pertenecen cuando envían sus cvs al CGPJ: sin duda lo consideran como un mérito relevante a efectos de promoción.
Y es que pensamos que con las reglas de juego originariamente previstas en nuestra Constitución es poco probable que se hubiera dado este caso. Claro que tampoco era previsible entonces que un partido en el Gobierno (nacional o autonómico) torpedease por tierra, mar y aire la instrucción de una trama de corrupción que le afecta de lleno, o que la falta de asunción de responsabilidades políticas que ha caracterizado hasta hoy a nuestra clase política y su interesada identificación con las responsabilidades penales llevase la necesidad de presionar a los jueces hasta extremos inimaginables y a idear todo tipo de triquiñuelas para minimizar los daños políticos ya en vía judicial. Que para eso haya hecho falta llevarse por delante la independencia del Poder Judicial –o al menos intentarlo porque siempre hay jueces que resisten- no ha parecido preocupar mucho a nadie, ni a la clase política ni, para ser sinceros, a la ciudadanía. Esperemos que el Tribunal de la Gürtel nos abra los ojos y a partir de ahora sea una preocupación de todos el exigir que nuestros jueces sean (y parezcan) imparciales.
Ante un caso análogo, aunque menos importante, un magistrado y comentarista de este blog, Juan Ciudadano, nos explicó que no cabría abstenerse porque las causas de abstención son de interpretación restrictiva.
Una magistrada que había sido asesora de varios ministros del Psoe enjuiciando un escrache a un ministro del gobierno del PP…
http://hayderecho.com/2014/02/16/escrache-y-educacion-a-proposito-del-escrache-en-el-domicilio-de-la-vicepresidente-del-gobierno/
Yo sigo pensando lo contrario.
Ante un caso análogo, aunque menos importante, un magistrado y comentarista de este blog, Juan Ciudadano, nos explicó que no cabría abstenerse porque las causas de abstención son de interpretación restrictiva.
Una magistrada que había sido asesora de varios ministros del Psoe enjuiciando un escrache a un ministro del gobierno del PP…
http://hayderecho.com/2014/02/16/escrache-y-educacion-a-proposito-del-escrache-en-el-domicilio-de-la-vicepresidente-del-gobierno/
Yo sigo pensando lo contrario.
Muy bien hasta los dos últimos párrafos.
Ya es cansino insistir en que el nombramiento corporativista arregla la Justicia.
No: lo esencial es que exista un sistema institucional donde no haya que basarse en la ciega y mera confianza en las personas que son jueces, supuestamente ungidas de un carácter que los transustancia en el cuerpo viviente de la justicia por el mero del nombramiento.
Ejemplo: en EE.UU. los nombramientos y carrera judiciales NUNCA dependen de los propios jueces, es más, cuanto más alto el tribunal más mano meten los políticos, y precisamente su Tribual Supremo es paradigma de la más feroz independencia judicial.
Muy bien hasta los dos últimos párrafos.
Ya es cansino insistir en que el nombramiento corporativista arregla la Justicia.
No: lo esencial es que exista un sistema institucional donde no haya que basarse en la ciega y mera confianza en las personas que son jueces, supuestamente ungidas de un carácter que los transustancia en el cuerpo viviente de la justicia por el mero del nombramiento.
Ejemplo: en EE.UU. los nombramientos y carrera judiciales NUNCA dependen de los propios jueces, es más, cuanto más alto el tribunal más mano meten los políticos, y precisamente su Tribual Supremo es paradigma de la más feroz independencia judicial.
El problema de fondo y que es el origen de que la justicia se encuentre politizada es el que todos sabemos, el sistema de designación: supeditar el nombramiento de todos los miembros del CGPJ a la voluntad del Parlamento, puesto que supone dividir el órgano en bloques coincidentes con los intereses de los partidos mayoritarios. Y es que la politización del CGPJ nada tiene que ver con la integridad de sus componentes, sino con un asunto de control. Una relación de dependencia a fin de que el modo de desempeño de la labor judicial no esté desligada de la filosofía y propuestas de los grupos políticos, permitiendo orientar la función jurisdiccional hacia el programa y líneas políticas de los distintos partidos. Es decir, con la designación parlamentaria de los vocales judiciales se trata de crear un entorno de lealtad entre la acción de la magistratura y judicatura con la política de partidos, nombrando para los puestos clave del estamento judicial a colaboradores que sean fieles a las directrices generales de actuación emanadas de los grupos políticos. Circunstancia que se deja notar especialmente en procesos judiciales que tienen una marcada naturaleza y relevancia política, como es el caso Gürtel.
Hay que recuperar la división de poderes, para lo cual es indispensable que la designación de los vocales se haga a través de los propios jueces. Y posteriormente que las funciones básicas que tiene atribuidas el CGPJ, como son los nombramientos y ascensos, se instrumenten por el sistema de concursos de méritos, al ser el sistema que garantiza que en la actuación gubernativa del CGPJ priorice el criterio técnico sobre la estrategia política.
Ahora bien, lo que ya no es controlable es la propia creencia o ideología que, como cualquier otro ciudadano, pueda tener el juez en cuestión. Ya que esa es una cuestión puramente subjetiva o interna no fiscalizable desde el exterior. En ese caso el órgano jurisdiccional ha de ser lo suficientemente objetivo en su fuero interno y valorar éticamente si, en el caso concreto, su conciencia le puede jugar una mala pasada al existir el peligro de que enjuicie el asunto sin prescindir de su ideología particular, en cuyo caso debería abstenerse de intervenir ante la probabilidad de emitir un juicio distorsionado y parcial.
El problema de fondo y que es el origen de que la justicia se encuentre politizada es el que todos sabemos, el sistema de designación: supeditar el nombramiento de todos los miembros del CGPJ a la voluntad del Parlamento, puesto que supone dividir el órgano en bloques coincidentes con los intereses de los partidos mayoritarios. Y es que la politización del CGPJ nada tiene que ver con la integridad de sus componentes, sino con un asunto de control. Una relación de dependencia a fin de que el modo de desempeño de la labor judicial no esté desligada de la filosofía y propuestas de los grupos políticos, permitiendo orientar la función jurisdiccional hacia el programa y líneas políticas de los distintos partidos. Es decir, con la designación parlamentaria de los vocales judiciales se trata de crear un entorno de lealtad entre la acción de la magistratura y judicatura con la política de partidos, nombrando para los puestos clave del estamento judicial a colaboradores que sean fieles a las directrices generales de actuación emanadas de los grupos políticos. Circunstancia que se deja notar especialmente en procesos judiciales que tienen una marcada naturaleza y relevancia política, como es el caso Gürtel.
Hay que recuperar la división de poderes, para lo cual es indispensable que la designación de los vocales se haga a través de los propios jueces. Y posteriormente que las funciones básicas que tiene atribuidas el CGPJ, como son los nombramientos y ascensos, se instrumenten por el sistema de concursos de méritos, al ser el sistema que garantiza que en la actuación gubernativa del CGPJ priorice el criterio técnico sobre la estrategia política.
Ahora bien, lo que ya no es controlable es la propia creencia o ideología que, como cualquier otro ciudadano, pueda tener el juez en cuestión. Ya que esa es una cuestión puramente subjetiva o interna no fiscalizable desde el exterior. En ese caso el órgano jurisdiccional ha de ser lo suficientemente objetivo en su fuero interno y valorar éticamente si, en el caso concreto, su conciencia le puede jugar una mala pasada al existir el peligro de que enjuicie el asunto sin prescindir de su ideología particular, en cuyo caso debería abstenerse de intervenir ante la probabilidad de emitir un juicio distorsionado y parcial.
La Ley ya prohíbe que los jueces estar afiliados a partidos políticos (artículos 127 de la Constitución y 395 de la Ley Orgánica del Poder Judicial), ya que la militancia política sí que es una circunstancia que puede impedir la imparcialidad judicial, puesto que va más allá de la esfera puramente ideológica, dado que puede provocar una presión indirecta sobre la conciencia del juez y sobre su modo de interpretar la norma en el caso concreto. Ya que si quien debe juzgar la controversia está afiliado a un partido implicado en la cuestión debatida existe el peligro de que, inconscientemente, actúe como agente ejecutor de las líneas ideológicas propias de la opción política en la que milite. Con lo cual el juez, lejos de ser intérprete respetuoso de una norma, se estaría sirviendo de la jurisdicción para alumbrar una determinada concepción política. Y es que es muy difícil ser auténticamente libre para enjuiciar tales asuntos si se tienen profundas y muy marcadas convicciones sobre los mismos, lo que le ocurre a la mayoría de las personas que se encuentran afiliadas a un partido político.
Pero, insisto, si no hay militancia o afiliación de por medio, la ideología del juez no puede ser objeto de control.
La Ley ya prohíbe que los jueces estar afiliados a partidos políticos (artículos 127 de la Constitución y 395 de la Ley Orgánica del Poder Judicial), ya que la militancia política sí que es una circunstancia que puede impedir la imparcialidad judicial, puesto que va más allá de la esfera puramente ideológica, dado que puede provocar una presión indirecta sobre la conciencia del juez y sobre su modo de interpretar la norma en el caso concreto. Ya que si quien debe juzgar la controversia está afiliado a un partido implicado en la cuestión debatida existe el peligro de que, inconscientemente, actúe como agente ejecutor de las líneas ideológicas propias de la opción política en la que milite. Con lo cual el juez, lejos de ser intérprete respetuoso de una norma, se estaría sirviendo de la jurisdicción para alumbrar una determinada concepción política. Y es que es muy difícil ser auténticamente libre para enjuiciar tales asuntos si se tienen profundas y muy marcadas convicciones sobre los mismos, lo que le ocurre a la mayoría de las personas que se encuentran afiliadas a un partido político.
Pero, insisto, si no hay militancia o afiliación de por medio, la ideología del juez no puede ser objeto de control.
Gran cantidad de jueces con historial político están destinados en la Audiencia Nacional. ¿Por qué se dan cita en este tribunal tantas personas que han estado en los aledaños de los partidos, que han ocupado cargos al calor de su proximidad (exteriorizada y patente) con partidos políticos?
En otros ámbitos de la judicatura esto no es normal. La generalidad de los jueces viven para celebrar juicios y dictar sentencias. No se meten en política, no tienen contactos ni chalaneos con los partidos, no se ofrecen al presidente del gobierno para que lo nombre ministro del ramo. Son profesionales del Derecho, honestos y técnicos, situados al margen de la pendencia política.
Pero en la Audiencia Nacional no ocurre así, sino que gran parte de ellos son pasillistas que han convivido día a día con el poder, comprometiéndose ideológicamente, chalaneando con los políticos y mostrando un historial de cercanía a uno u otro partido.
Creo que esto obliga a repensar y cuestionar, una vez más, la función y los caracteres de la Audiencia Nacional.
Gran cantidad de jueces con historial político están destinados en la Audiencia Nacional. ¿Por qué se dan cita en este tribunal tantas personas que han estado en los aledaños de los partidos, que han ocupado cargos al calor de su proximidad (exteriorizada y patente) con partidos políticos?
En otros ámbitos de la judicatura esto no es normal. La generalidad de los jueces viven para celebrar juicios y dictar sentencias. No se meten en política, no tienen contactos ni chalaneos con los partidos, no se ofrecen al presidente del gobierno para que lo nombre ministro del ramo. Son profesionales del Derecho, honestos y técnicos, situados al margen de la pendencia política.
Pero en la Audiencia Nacional no ocurre así, sino que gran parte de ellos son pasillistas que han convivido día a día con el poder, comprometiéndose ideológicamente, chalaneando con los políticos y mostrando un historial de cercanía a uno u otro partido.
Creo que esto obliga a repensar y cuestionar, una vez más, la función y los caracteres de la Audiencia Nacional.
La politizacion de la justicia, a mi modo de ver, ha quedando patente con la creación de la asociación "Jueces para la democracia". Se trata de la izquierda, que genéticamente tiene impresa la revolución, la lucha de clases, y la lleva a cualquier terreno. Para ellos no se trata de mejorar o perfeccionar lo existente, se trata de acabar con los sistemas establecidos para imponer, valiéndose de la democracia, los suyos. Es decir, aquellos que derivan de la ideología comunista.
Si hasta ahora hemos tenido una justicia, al menos en altas esferas, y tribunales que pueden despachar asuntos políticos y de políticos, con la llegada del partido Podemos, en comandita con el Psoe, se puede alcanzar la apoteosis de intromisión de los políticos en la justicia. Es probable que en el futuro haya menos casos de corrupción, pero no tanto porque disminuyan, sino porque los jueces y también fiscales sean más reactivos a los deseos de la clase política.
La politizacion de la justicia, a mi modo de ver, ha quedando patente con la creación de la asociación "Jueces para la democracia". Se trata de la izquierda, que genéticamente tiene impresa la revolución, la lucha de clases, y la lleva a cualquier terreno. Para ellos no se trata de mejorar o perfeccionar lo existente, se trata de acabar con los sistemas establecidos para imponer, valiéndose de la democracia, los suyos. Es decir, aquellos que derivan de la ideología comunista.
Si hasta ahora hemos tenido una justicia, al menos en altas esferas, y tribunales que pueden despachar asuntos políticos y de políticos, con la llegada del partido Podemos, en comandita con el Psoe, se puede alcanzar la apoteosis de intromisión de los políticos en la justicia. Es probable que en el futuro haya menos casos de corrupción, pero no tanto porque disminuyan, sino porque los jueces y también fiscales sean más reactivos a los deseos de la clase política.
No deja de ser irónico, con este asunto de la ocupación de los órganos judiciales por el poder polìtico ya no falta mucho para parecerse al típico y manido ejemplo de Venezuela…; cuando lleguen los de Podemos al Gobierno, ese trabajo ya se lo habran dejado hecho los anteriores.
No deja de ser irónico, con este asunto de la ocupación de los órganos judiciales por el poder polìtico ya no falta mucho para parecerse al típico y manido ejemplo de Venezuela…; cuando lleguen los de Podemos al Gobierno, ese trabajo ya se lo habran dejado hecho los anteriores.
No deja de ser curioso como hasta en un post impecable como este y de tan gran importancia (y así lo refleja el que sea firmado por todos los editores en su conjunto), algunos comentarios intentan llevar el asunto a su terreno y de una forma totalmente descarada intentar defender lo indefendible, mantener el status quo y la politización de la Justicia. Así, algunos socialistas de carné defienden la muerte de Montesquieu trayendo a colación modelos totalmente opuestos, conservadores hablan de la politización de la asociación progresista, y de paso otros traen a colación a Podemos. ¡¡Qué grandes son los intereses de todos en controlar a la Justicia y de que manera tan descarada así lo demuestran que ningún partido ha cumplido su compromiso de respetar la separación de poderes y la independencia judicial!!
Aquí y ahora os digo: ¡¡Sacad vuestras sucias manos de la Justicia de una p… vez!!
Porque si no lo hacéis, los ciudadanos con sus votos y los jueces haciendo su trabajo, os las cortarán de cuajo.
Totalmente de acuerdo, Isidro.
Pero he podido comprobar que no todos los jueces quieren "cortar de cuajo" esas manos…
Hay no pocos jueces que defienden que en casos así no se practique la abstención. Que si las causas son tasadas, que malamente los supuestos comentados encajan en el supuesto del "interés directo o indirecto", que no cabe la interpretación extensiva o analógica, etc.
Y lo digo sorprendido porque, si yo fuera juez, tomaría la iniciativa de abstenerme (como dije en 2014 y dice también el post de hoy). Y, si de primeras no me fuese aceptada, recurriría la decisión hasta donde fuera posible.
Y tu eres tan tan neutral que sólo te dedicas a criticar a los demás en vez de dar tu opinión, que es lo esperable en zona de comentarios. Anda ! bájate del Olimpo.
Es que al artículo no tengo nada que criticar porque lo comparto plenamente.
Pero si quiere crítico su comentario, ¿Qué quiere que diga? ¿Qué igual de criticables me parecen JD que la APM? ¿Qué igual de vergonzoso me parece la demagogia, las ocurrencias y el excesivo tinte político de los "progresistas" que el servilismo y la sumisión que han demostrado los "conservadores" ante el partido del Gobierno en esta legislatura dejando de lado hasta a sus propios asociados en momentos clave? El grueso de la carrera judicial no está asociado, y después la asociación mayoritaria no es ni la "conservadora" ni la "progresista" sino los "vitorinos".
¿Le vale con eso?
No discuto el hecho de que haya las asociaciones que tengan que haber. Lo que discuto es la siempre injerencia del progresismo en todas las facetas, incluyendo la judicial. La APM ha representado siempre los intereses de sus asociados. Sobrevino JD pero ya con un gran cariz político.
En definitiva, JD representa la lucha de clases llevada nuevamente a un sector, en este caso el judicial. La estrategia de la izquierda de siempre: crear división: etimológicamente diabólico. Y así ha sido la forma de actuar de la progresía desde antes de 1917 y ahí continuan enfangando ideológicamente cuantos más sectores mejor, para ellos.
No deja de ser curioso como hasta en un post impecable como este y de tan gran importancia (y así lo refleja el que sea firmado por todos los editores en su conjunto), algunos comentarios intentan llevar el asunto a su terreno y de una forma totalmente descarada intentar defender lo indefendible, mantener el status quo y la politización de la Justicia. Así, algunos socialistas de carné defienden la muerte de Montesquieu trayendo a colación modelos totalmente opuestos, conservadores hablan de la politización de la asociación progresista, y de paso otros traen a colación a Podemos. ¡¡Qué grandes son los intereses de todos en controlar a la Justicia y de que manera tan descarada así lo demuestran que ningún partido ha cumplido su compromiso de respetar la separación de poderes y la independencia judicial!!
Aquí y ahora os digo: ¡¡Sacad vuestras sucias manos de la Justicia de una p… vez!!
Porque si no lo hacéis, los ciudadanos con sus votos y los jueces haciendo su trabajo, os las cortarán de cuajo.
Para tener una justicia independiente aquí y en este momento histórico no se me ocurre otra fórmula: que los miembros del CGPJ y del TC sean nombrados por un poder al margen de los partidos y con garantía de total neutralidad porque en ello le va su crédito. Y ese poder es el Rey.
Naturalmente es condición necesaria que sea irreprochable en sus actitudes éticas y que no se limite a firmar lo que otros le propongan.
Eso si que seria liderar la regeneración.
Para tener una justicia independiente aquí y en este momento histórico no se me ocurre otra fórmula: que los miembros del CGPJ y del TC sean nombrados por un poder al margen de los partidos y con garantía de total neutralidad porque en ello le va su crédito. Y ese poder es el Rey.
Naturalmente es condición necesaria que sea irreprochable en sus actitudes éticas y que no se limite a firmar lo que otros le propongan.
Eso si que seria liderar la regeneración.
Difícil cuestión la planteada en el artículo. Compleja y polémica. Un juez, en tanto que ciudadano, es político. Lo que no debe ser "política" es la función de administrar Justicia (que no Derecho). Mientras sigamos confundiendo ambos términos de forma más o menos interesada, siempre habrá "politización" de la Justicia pues, la mera aplicación de normas dictadas por una ideología gobernante, es ya una "politización" de la función de impartir Justicia. Parece que cuesta abrir un debate sobre esta cuestión e invito a los editores a preparar una mesa redonda o unas jornadas sobre ella, contando además con otras asociaciones jurídicas pero también ciudadanas.
Resultará interesante conocer unas posiciones y otras. En todo caso la única posibilidad de "independencia" es que la función de juzgar nunca tenga, ni antes ni después, ningún tipo de "puerta giratoria".
Difícil cuestión la planteada en el artículo. Compleja y polémica. Un juez, en tanto que ciudadano, es político. Lo que no debe ser "política" es la función de administrar Justicia (que no Derecho). Mientras sigamos confundiendo ambos términos de forma más o menos interesada, siempre habrá "politización" de la Justicia pues, la mera aplicación de normas dictadas por una ideología gobernante, es ya una "politización" de la función de impartir Justicia. Parece que cuesta abrir un debate sobre esta cuestión e invito a los editores a preparar una mesa redonda o unas jornadas sobre ella, contando además con otras asociaciones jurídicas pero también ciudadanas.
Resultará interesante conocer unas posiciones y otras. En todo caso la única posibilidad de "independencia" es que la función de juzgar nunca tenga, ni antes ni después, ningún tipo de "puerta giratoria".
Es alarmante que en un blog jurídico se desconozca la jurisprudencia constitucional sobre la "Falta de imparcialidad objetiva", que es el género, del que una especie serían las causas de abstención/recusación de Jueces y Magistrados.
No, no se agota el derecho al Juez Imparcial en las causas de recusación y abstención.
Por otra parte, la Audiencia Nacional, tanto en la Jurisdicción Penal, como en la Contencioso administrativa, es un Tribunal de carácter político, que juzga, principalmente, cuestiones que implican al Gobierno. Que es quien, por delegación a sus cómplices en el Consejo General del Poder impudicial, nombra a sus "servidores". Luego nos extraña el componente festivalero-mediático de sus resoluciones …
Cuando se crearon los TSJ's, sus primeros integrantes salieron de los Parlamentos, muchos eran parlamentarios, miembros de PArtidos Políticos. Nos creamos la ilusión de que dándose de baja de "sus" partidos, recuperaban la imparcialidad (la independencia solo es un medio de asegurar la imparcialidad). Es tan tierno e inocente …
Es alarmante que en un blog jurídico se desconozca la jurisprudencia constitucional sobre la "Falta de imparcialidad objetiva", que es el género, del que una especie serían las causas de abstención/recusación de Jueces y Magistrados.
No, no se agota el derecho al Juez Imparcial en las causas de recusación y abstención.
Por otra parte, la Audiencia Nacional, tanto en la Jurisdicción Penal, como en la Contencioso administrativa, es un Tribunal de carácter político, que juzga, principalmente, cuestiones que implican al Gobierno. Que es quien, por delegación a sus cómplices en el Consejo General del Poder impudicial, nombra a sus "servidores". Luego nos extraña el componente festivalero-mediático de sus resoluciones …
Cuando se crearon los TSJ's, sus primeros integrantes salieron de los Parlamentos, muchos eran parlamentarios, miembros de PArtidos Políticos. Nos creamos la ilusión de que dándose de baja de "sus" partidos, recuperaban la imparcialidad (la independencia solo es un medio de asegurar la imparcialidad). Es tan tierno e inocente …
Por si es de interés, esta "Carta abierta al magistrado Enrique López", de Ernesto Ekaizer.
http://politica.elpais.com/politica/2015/06/23/actualidad/1435071132_551821.html
Por si es de interés, esta "Carta abierta al magistrado Enrique López", de Ernesto Ekaizer.
http://politica.elpais.com/politica/2015/06/23/actualidad/1435071132_551821.html
Solo una puntualización. Dice el artículo que "otros puestos (como el de Magistrado de las Salas o secciones de la Audiencia Nacional) no se nombran por libre designación, sino por concurso de méritos"
No, no es cierto, no hay concurso de méritos que valga. Especialidad, antigüedad en la jurisdicción y en la carrera.
Solo una puntualización. Dice el artículo que "otros puestos (como el de Magistrado de las Salas o secciones de la Audiencia Nacional) no se nombran por libre designación, sino por concurso de méritos"
No, no es cierto, no hay concurso de méritos que valga. Especialidad, antigüedad en la jurisdicción y en la carrera.
Decía doña Elisa en un post de 27 de abril de 2014 que la juez Elsa Puig debía abstenerse en un asunto porque consideraba que había sospechas de parcialidad por sus supuestas simpatías nacional-catalanistas que podían ser decisivas a la hora de sentenciar, que luego se vio que eran infundadas, y le contestaba en un comentario que: muy interesante es lo que dice la STEDH de 22 junio 2004, caso Pabla Ky c. Finlandia, que cita el AUTO del TC nº 180/2013, de 17 de septiembre de 2013, en la que ha tenido la oportunidad de pronunciarse sobre la incidencia de la afiliación política en la imparcialidad de los miembros de tribunales. En la demanda que origina el mencionado proceso fue alegada la falta de imparcialidad de uno de los Jueces del Tribunal de Apelaciones de Helsinki, del que formaba parte en condición de especialista por razón de la materia, y que, simultáneamente, ostentaba la condición de miembro del Parlamento finlandés, situación permitida por el ordenamiento nacional. La demandante destacaba, además, la filiación política socialdemócrata del Juez afectado, coincidente con la del Presidente y la del Primer Ministro de la República en el momento de los hechos, señalando que los socialdemócratas tenían interés en la materia juzgada (§§ 22 y 24 y 33). Pues bien, para el Tribunal Europeo de Derechos Humanos “aunque la demandante señala la filiación política de M. P., el Tribunal no encuentra ninguna indicación en este caso de que su pertenencia a un partido político concreto tuviera ninguna conexión o vínculo con ninguna de la partes en el procedimiento o con la sustancia del litigio presentado ante el Tribunal de Apelación” (§ 33), excluyendo así la vulneración del art. 6.1 del convenio (§ 35).
Como se puede ver no es tan fácil abstenerse y es poco probable que las recusaciones contra Enrique López prosperen.
A mí me parece que no es tan importante las suspuestas simpatías o favores recibidos por Enrique López del PP, como lo que dice Soledad Gallego-Díaz aquí http://elpais.com/elpais/2013/06/14/opinion/1371221016_623813.html
Decía doña Elisa en un post de 27 de abril de 2014 que la juez Elsa Puig debía abstenerse en un asunto porque consideraba que había sospechas de parcialidad por sus supuestas simpatías nacional-catalanistas que podían ser decisivas a la hora de sentenciar, que luego se vio que eran infundadas, y le contestaba en un comentario que: muy interesante es lo que dice la STEDH de 22 junio 2004, caso Pabla Ky c. Finlandia, que cita el AUTO del TC nº 180/2013, de 17 de septiembre de 2013, en la que ha tenido la oportunidad de pronunciarse sobre la incidencia de la afiliación política en la imparcialidad de los miembros de tribunales. En la demanda que origina el mencionado proceso fue alegada la falta de imparcialidad de uno de los Jueces del Tribunal de Apelaciones de Helsinki, del que formaba parte en condición de especialista por razón de la materia, y que, simultáneamente, ostentaba la condición de miembro del Parlamento finlandés, situación permitida por el ordenamiento nacional. La demandante destacaba, además, la filiación política socialdemócrata del Juez afectado, coincidente con la del Presidente y la del Primer Ministro de la República en el momento de los hechos, señalando que los socialdemócratas tenían interés en la materia juzgada (§§ 22 y 24 y 33). Pues bien, para el Tribunal Europeo de Derechos Humanos “aunque la demandante señala la filiación política de M. P., el Tribunal no encuentra ninguna indicación en este caso de que su pertenencia a un partido político concreto tuviera ninguna conexión o vínculo con ninguna de la partes en el procedimiento o con la sustancia del litigio presentado ante el Tribunal de Apelación” (§ 33), excluyendo así la vulneración del art. 6.1 del convenio (§ 35).
Como se puede ver no es tan fácil abstenerse y es poco probable que las recusaciones contra Enrique López prosperen.
A mí me parece que no es tan importante las suspuestas simpatías o favores recibidos por Enrique López del PP, como lo que dice Soledad Gallego-Díaz aquí http://elpais.com/elpais/2013/06/14/opinion/1371221016_623813.html
Cierto, en parte, lo que dice angry, porque desde la reforma pactada por los dos grandes partidos en el año 2011, cuenta la antigüedad como si fuera de juez el tiempo pasado en puestos ajenos en la judicatura, como en la política.
Cierto, en parte, lo que dice angry, porque desde la reforma pactada por los dos grandes partidos en el año 2011, cuenta la antigüedad como si fuera de juez el tiempo pasado en puestos ajenos en la judicatura, como en la política.
Quizás el problema sea "de perspectiva".
El Derecho Fundamental de los ciudadanos representados, se ve como el Derecho Fundamental de las autoridades.
El Derecho a un Juez Imparcial no es el derecho del Juez, sino el de todos. Luego, el supuesto derecho del Juez, habría de ceder ante las dudas acerca de su imparcialidad.
El antiguo dogma ha cedido tiempo atrás. Ya no necesitamos proteger la independencia de los jueces frente al Estado, sino nuestros derechos fundamentales frente a los jueces del Estado.
El Tribunal Constitucional es una farsa a la que se ha caído la máscara (no tengo claro si la de tragedia o la de comedia). El Parlamento -los Parlamentos- se han quedado mudos por voluntad propia. triunfan los partidos sin programa ni ideología. El caos esta aquí. Para quedarse.
Lo de la "nueva política" arrastra un tufo a rancio que ya empieza a contaminar la atmósfera; sobre todo en las grandes ciudades.
Me pregunto. ¿Como se garantiza que en el ámbito del Poder Judicial no sea vulnerada la prohibición del Derecho Fundamental enunciado en el artículo 26 de nuestra Constitución (“Se prohíben los Tribunales de Honor en el ámbito de la Administración civil y de las organizaciones profesionales”).
Porque estamos -en el mejor de los casos- ante una colisión entre el "honor de hombres de Estado" y la efectividad de nuestro Ordenamiento Jurídico. Yo no conozco ninguna garantía al respecto; al contrario, la ausencia de trasparencia es absoluta; solo cede a la voluntad de los honorables hombres de estado que nos juzgan sin atención a la norma, sino al resultado.
Me pregunto si el Consejo General del Control Judicial funciona según procedimientos oscuros propios de aquéllos Tribunales de Honor (que han sido prohibidos por Ley Orgánica también en el ámbito militar – Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, artículo 21)?
Quizás el problema sea "de perspectiva".
El Derecho Fundamental de los ciudadanos representados, se ve como el Derecho Fundamental de las autoridades.
El Derecho a un Juez Imparcial no es el derecho del Juez, sino el de todos. Luego, el supuesto derecho del Juez, habría de ceder ante las dudas acerca de su imparcialidad.
El antiguo dogma ha cedido tiempo atrás. Ya no necesitamos proteger la independencia de los jueces frente al Estado, sino nuestros derechos fundamentales frente a los jueces del Estado.
El Tribunal Constitucional es una farsa a la que se ha caído la máscara (no tengo claro si la de tragedia o la de comedia). El Parlamento -los Parlamentos- se han quedado mudos por voluntad propia. triunfan los partidos sin programa ni ideología. El caos esta aquí. Para quedarse.
Lo de la "nueva política" arrastra un tufo a rancio que ya empieza a contaminar la atmósfera; sobre todo en las grandes ciudades.
Me pregunto. ¿Como se garantiza que en el ámbito del Poder Judicial no sea vulnerada la prohibición del Derecho Fundamental enunciado en el artículo 26 de nuestra Constitución (“Se prohíben los Tribunales de Honor en el ámbito de la Administración civil y de las organizaciones profesionales”).
Porque estamos -en el mejor de los casos- ante una colisión entre el "honor de hombres de Estado" y la efectividad de nuestro Ordenamiento Jurídico. Yo no conozco ninguna garantía al respecto; al contrario, la ausencia de trasparencia es absoluta; solo cede a la voluntad de los honorables hombres de estado que nos juzgan sin atención a la norma, sino al resultado.
Me pregunto si el Consejo General del Control Judicial funciona según procedimientos oscuros propios de aquéllos Tribunales de Honor (que han sido prohibidos por Ley Orgánica también en el ámbito militar – Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, artículo 21)?
Excelente artículo de José Luis Requero que recomiendo
http://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1142341
El problema a solucionar no se puede ocultar ya. Las Asociaciones judiciales son actores de la lucha política partidista. Son minoritarias frente a los jueces no asociados, pero tienen el absoluto control del Poder Judicial.
Muy acertado el artículo del Magistrado, Sr. Requero, cuya lectura he de agradecerle, Isidro.
Saludos cordiales.
El PSOE va a recusar a Enrique López, según consta en este escrito https://drive.google.com/file/d/0B6-f0i1Su8wsUkpYUTVyZEpsR00/view