Las deficiencias de nuestro procedimiento legislativo

Si nos preguntásemos cómo calificar el procedimiento legislativo vigente en España, habría que examinar la situación desde un doble punto de vista, democrático o participativo, por un lado, y jurídico, por otro.

En cuanto a lo primero, resulta que la inmensa mayoría de los parlamentarios tienen vedado expresarse y formular iniciativas. Solo los portavoces de los grupos pueden hacerlo y en tiempos y ocasiones muy tasados: la presentación de iniciativas está reservada a los grupos y  no existen más turnos de palabra que los de los portavoces. Consecuencia de lo anterior es que se empobrece el debate al impedir la expresión de puntos de vista que podrían resultar enriquecedores. Al tiempo, la presencia obligadamente pasiva de los parlamentarios  lleva a presionar para que los trámites se compriman al máximo, con lo que también se merma la reflexión que debía acompañar a algo tan importante como la elaboración de las leyes. Este escenario también es buscado por el gobierno, pues de esta forma ve disminuidas las ocasiones para que la oposición realice su función de crítica y alternativa, y se asegura la pronta aprobación de sus proyectos de ley. Encima, el recurso al debate agrupado de enmiendas, y no artículo tras artículo, permite que disposiciones importantes se puedan quedar sin la debida consideración.

Por otra parte, la participación social y la de expertos están virtualmente excluidas,al revés de lo que se hace en otros Parlamentos. De este modo el procedimiento se priva de voces y opiniones que podrían arrojar luz sobre las futuras leyes. Pero tal vez lo más significativo es que se favorece la ignorancia social de lo que se discute o aprueba por el Parlamento. La institución representativa se aleja así de la sociedad, con daño para su prestigio y aceptación.

Todo lo anterior conduce a una conclusión no muy estimulante desde el punto de vista democrático.

Desde el punto de vista jurídico, el procedimiento está plagado de formalismos y contradicciones: diversos procedimientos alternativos, lo que contribuye a la confusión, y muchos trámites, pero muy poco sustanciosos cada uno. Así, los llamados informes de ponencia o dictámenes de comisión no son lo que cabría deducir de su nombre: explicación razonada de lo que se aprueba y de lo que no se aprueba. Estos documentos se limitan a incorporar las enmiendas aceptadas por la mayoría sin más, eso sí, engrosando los expedientes.

De otra parte, proyectos importantes están dormitando largos meses a través del subterfugio de las prórrogas del plazo de enmiendas, para después despacharse precipitadamente, con poquísimas horas de debate y sin consideración medianamente atenta a los distintos artículos  o enmiendas.

El pleno vota sobre las enmiendas a la totalidad, sin trascendencia política o jurídica, y sin embargo no lo hace en la mayoría de los proyectos sobre el texto definitivo, el que se va aplicar a los ciudadanos. Esto último ha sido consecuencia de la generalización del procedimiento de competencia legislativa delegada en las comisiones. Puede parecer un detalle sin importancia, pero no lo es, por cuanto diputados y fuerzas políticas no presentes en la comisión dictaminadora se ven privados del derecho a expresarse sobre la iniciativa legislativa correspondiente. Y sobre todo, actuando de este modo, no es el pleno que representa a toda la ciudadanía el que aprueba las leyes, sino una facción de la cámara la que lo hace. Todo ello en abierto contraste con la práctica de los parlamentos democráticos más acreditados.

Otro aspecto: en un tiempo de profusión de leyes ómnibus, con regulaciones sobre muy variados sectores, resulta que solo se tramitan y debaten por una comisión, sin los beneficios que podría derivarse de la intervención de otras comisiones que se supone especializadas. Esto dificulta la mejora técnica de las leyes y contribuye a desestimular el trabajo y dedicación de los parlamentarios.

Al tiempo, el carácter abierto de las sesiones de las comisiones impide la negociación y la consideración de los aspectos técnicos, arrojando como resultado un debate eminentemente político, centrado en los aspectos con impacto electoral. Estos últimos son imprescindibles, pero debían de dejarse para el debate final en pleno, permitiendo que las comisiones asuman la función que les es propia, técnica y negociadora.

Por tanto, la conclusión desde la perspectiva jurídica tampoco es muy optimista.

En un librito que después citamos analizamos estas cuestiones y otras parecidas con un poco más de detenimiento. Tras examinar las soluciones de otras democracias consolidadas (Alemania, Francia, Italia y Reino Unido) proponemos una serie de reformas que mejoren la vertiente política y la jurídica del procedimiento legislativo.

En concreto, se trata de: Por un nuevo procedimiento legislativo, 113 p., Editorial Dykinson, colección Dykinson constitucional, Madrid, 2015.

El caso Volkswagen y el capitalismo de amiguetes

Hace unos días a mi hijo pequeño le encargaron en clase de ética que reflexionara sobre qué haría si tuviese un anillo de invisibilidad. Cuando me lo comentó le pedí que escribiese un texto con sus ideas al respecto y que me lo enseñase. Sé que todo padre tiene la sensación de haber fracasado como tal varias veces al día. Bien, esta fue otra más de ellas.

Allí estaba, blanco sobre negro, un conjunto amplio de actividades éticamente dudosas: desde colarse en el cine hasta viajar en avión gratis a todos los países del mundo, pasando por ahorrarse la espera para sacarse el abono transportes de la Comunidad de Madrid. Comprendí inmediatamente el sentido de la expresión free rider, que tanto les gusta a los economistas. Cuando intenté reconvenirle me contestó asombrado: “pero si todo el mundo haría lo mismo, papá, (y cosas peores)”.

Pese a todo, ese golpe a mi ingenuidad -imperdonable en el padre de un adolescente- no tuvo parangón con el que recibí unos días después al leer en la prensa el caso Volkswagen. Una de las multinacionales más importantes del mundo -además alemana, por si fuera poco- había colocado un anillo de invisibilidad en once millones de vehículos con la finalidad de engañar a los reguladores, obteniendo así de manera fraudulenta una ventaja competitiva al más puro estilo free rider, y con el pequeño daño colateral de emponzoñar nuestra atmósfera bastante más de lo que ya estaría de haber respetado las normas. Menos mal que los jóvenes no leen hoy la prensa, porque me hubiera tenido que disculpar.

Lo curioso es que otra vez mi ingenuidad vuelve a ser imperdonable. Si hay algo que los informes y estudios repiten hasta la saciedad, ya vengan de expertos como Hernando de Soto o de instituciones como el Banco Mundial, es que ni la cultura, ni la religión, ni la educación, influyen apenas (al menos de manera directa)[1] en el respeto a las normas. Acaso algo (poco) sobre el de  las personas físicas, pero prácticamente nada sobre el de las jurídicas, menos aun si son mercantiles. Ya sean calvinistas, islámicas o renanas, para ellas solo existen dos parámetros a considerar: el hábitat y la cuenta de resultados.

El hábitat hace referencia al entorno de costes y riesgos en el que operan. Cuando una empresa llega a un nuevo hábitat lo primero que pregunta es: ¿Aquí cómo se entra? ¿Cuáles son las reglas de juego? ¿Se respetan las normas formales? ¿Por qué? En definitiva: ¿Dónde están los límites reales? Si el hábitat es corrupto (por ejemplo, se pagan comisiones, se coloca a ex políticos o se “captura” al regulador) porque resulta rentable hacerlo, la empresa estándar pagará comisiones y hará lo que haga falta, no tengan ninguna duda. Aunque pueda comportarse de forma muy diferente en otros hábitats.

Es perfectamente lógico, porque el incentivo derivado del segundo factor (la cuenta de resultados) mueve la máquina hasta donde ésta encuentra un freno. Exactamente igual que los gases en expansión. Por tanto, la pregunta clave es: ¿qué tipo de restricciones puede encontrar en un hábitat concreto?

Los expertos señalan dos tipos de frenos (constraints): Legal constraints y normative constrains, sin desconocer la interesante conexión que hay entre ellos y a la que luego volveremos. Los primeros (legal) hacen referencia a las normas jurídicas formales (legales y reglamentarias) y por supuesto a su implementación (enforcement). Un país puede tener normas formales muy bien diseñadas, pero si no tiene mecanismos efectivos de implementación (Tribunales, organismos reguladores, vigilancia administrativa, etc.) es como si no tuviese absolutamente nada. De la misma forma, puede tener un buen sistema de ejecución, pero si tiene normas mal diseñadas tampoco existirá ningún legal constraint digno de ese nombre. Esto se conoce bien desde el famoso caso de Lucio Veratius que ya relató Aulo Gelio en sus “Noches Áticas”, y que hoy reviven continuamente todas las grandes compañías.[2]

Por eso, como es bastante difícil conseguir un legal constraint eficaz, el segundo freno es absolutamente imprescindible. Los normative constraints hacen referencia a la opinión pública, a los medios de comunicación, a la sociedad civil, a los consumidores, etc. Lo que podríamos llamar los costes reputacionales (aunque no solo eso) derivados de ciertos estándares socialmente compartidos, a veces mucho más importantes que los legales. No es de extrañar que las grandes compañías tengan tanto interés en desactivar estos frenos allí donde puedan. Un ejemplo interesante son los acuerdos publicitarios a los que llegan en España los grandes del IBEX con los más influyentes medios de comunicación.

El corolario es bastante sencillo: si en un determinado hábitat las normas están bien diseñadas, se vigilan y se cumplen, y encima existe una sociedad civil potente, el capitalismo no será de amiguetes (oligopólico, anticompetitivo, rapaz, clientelar, como quieran ustedes calificarlo), sino verdaderamente competitivo y productivo, aunque esté integrado por los mismos animales (compañías) que pueblan hábitats muy diferentes. Es decir, el Banco de Santander no se comporta igual en España que en el Reino Unido. Pero por favor, por ello no le echen ustedes la culpa a esa entidad. La culpa la tenemos nosotros (al menos principalmente).

Ahora bien –me podría alegar algún lector- a Volkswagen (VW) le han pillado haciendo trampas en EEUU. Se supone que se trata de un hábitat bastante exigente, ¿no? Es cierto, pero esto no refuta la tesis, sino que más bien la confirma, y además nos pone sobre la pista de un dato muy interesante que no gustará a los campeones de la antiglobalización: pese a lo que se piensa, si hoy tenemos una buena oportunidad de luchar de manera mucho más eficaz contra el capitalismo de amiguetes, es precisamente gracias a la globalización.

Vayamos por partes. Lo primero que hay que indicar es que en EEUU, donde le han pillado, VW solo ha comercializado una pequeña parte de los once millones de vehículos trucados. Lo presumible es que la compañía estuviese tan segura de la invulnerabilidad que le proporcionaba su anillo de invisibilidad, después de haberlo testado a plena satisfacción en Europa, que se arriesgó a utilizarlo en un hábitat en principio bastante más hostil a estas estrategias. En segundo lugar, es interesante destacar que a VW le ha pillado en EEUU una combinación bastante singular de legal and normative restraints. Es decir, si el asunto lo termina investigando la agencia medioambiental estadounidense (EPA) es porque existe una ONG interesada en promover el transporte limpio que contacta con un equipo universitario para realizar un estudio sobre emisiones contaminantes en vehículos diesel (aquí). Estamos hablando de pura sociedad civil. Es en el momento en el que este equipo comprueba que los datos no le cuadran es cuando la información llega a la EPA, al regulador.

Vamos a analizar estos dos factores por separado porque tiene su importancia para nuestro tema. En primer lugar, analicemos las malas prácticas aprendidas en un hábitat degenerado. Con ocasión de este escándalo hemos conocido que en Europa el control de las emisiones, especialmente de nitrógeno, es bastante lamentable (aquí). Son varios los factores que han concurrido para producir este efecto tan típico del capitalismo de amiguetes: en primer lugar la presión del lobby automovilístico, tanto a escala nacional como comunitaria, entorpeciendo al máximo cualquier intento de regulación; en segundo lugar, el interés europeo por hacer competitiva a escala mundial una tecnología –la diesel- en el que Europa es puntera; y, en tercer lugar, un sistema de controles ejercitado por compañías privadas que compiten entre sí y cuyo lógico objetivo principal es tener contentos a sus clientes directos –las empresas automovilísticas- y no a los teóricos interesados finales –los ciudadanos europeos- realizados sin apenas supervisión. Una vez maleado en este ambiente, el animal necesitado de ganar nuevo espacio –como lo estaba VW- siente la irresistible tentación de probar suerte sin necesidad de cambiar sus pautas de conducta, algo que además le hubiera supuesto un enorme coste e imposibilitado por ello competir a escala global.

Pasemos ahora a EEUU. Por supuesto este hábitat tampoco es una bicoca. Lo hemos comprobado hace poco con el escándalo General Motors, moralmente tan repugnante o más que el actual renano (aquí). Pero en el caso VW había tres factores añadidos que cambiaban la ecuación. En primer lugar, nos encontramos ante una sociedad civil mucho más movilizada y potente que la europea, no digamos la española (normative constraints). En segundo lugar, una autoridad regulatoria (la EPA) también más potente, por unificada, por blindada y también por intrusiva[3] (legal constraints). Y en tercer lugar –aun reconociendo en este caso su indiferencia ante el diesel- una ausencia total de interés por eso que se llama capitalismo de Estado; es decir, por ese deseo por fomentar desde el poder público determinados sectores o compañías que se supone que son “de interés nacional”. En definitiva, una comprensión más adecuada de lo que debe ser una economía de mercado.

A la vista de lo anterior, comencemos ahora el apartado de conclusiones sobre las enseñanzas que este caso nos ofrece en relación a nuestro tema del capitalismo de amiguetes.

El primer dato que me parece muy interesante y que apuntaba antes, es que gracias a  la globalización VW va a encontrar ahora en el hábitat europeo constraints que antes no tenía, tanto legales como reputacionales. Las autoridades europeas se van a poner las pilas, adelantado y endureciendo la regulación prevista, VW va a tener que pagar multas e indemnizaciones a escala global, y el coste reputacional es formidable, desde Figueras a Riga. Si VW hubiera renunciado a jugar en las grandes ligas esto no hubiera ocurrido y nos hubiera seguido envenenando impunemente. Pero la globalización, cuando eres una compañía como esa, no te permite quedarte en casa, lo que ha sido una suerte en nuestro caso. Es cierto que en determinados supuestos es posible realizar adaptaciones en función del hábitat (como comentaba antes, cumplir en Londres y no hacerlo en Madrid), pero a medida de que el mundo se haga más pequeño esto será cada vez más difícil, no solo por los costes regulatorios, sino también por los reputacionales. Recordemos que si las grandes compañías han dejado de hacer guarradas en África no ha sido por la vigilancia regulatoria allí, sino por la presión aquí, primero reputacional y luego regulatoria.

La segunda conclusión que me parece fundamental es que necesitamos un poder público fuerte, pero no a nivel mundial, sino a nivel local. Por supuesto hay que tener en cuenta las economías de escala y por local entiendo Europa y no España, y menos aun sus CCAA. Pero se precisa un Estado o un Supraestado blindado frente a las presiones y con suficientes instrumentos a su servicio para imponer su regulación. Y esos instrumentos no pueden quedar al albur del mercado que pretenden regular, sino que deben estar sujetos a una inspección pública constante que les fuerce a considerar prioritariamente los intereses generales. Entre esos instrumentos resulta imprescindible actuar jurídicamente contra las personas físicas, y no solo contra las jurídicas. No tiene sentido que las sinvergonzadas de los directivos las paguen solamente los accionistas (en la mayor parte de los casos meros inversionistas en bolsa), máxime cuando resulta tan difícil un diseño de gobierno corporativo capaz de asignar adecuadamente las responsabilidades en la empresa. No niego que las multas que va a pagar VW serán bastante disuasorias, pero lo serían mucho más si los directivos estuviesen amenazados por algo más que por un retiro dorado: por multas personales e, incluso, por la cárcel en casos extremos, tanto por comisión como por omisión. Quizás así no fuese tan fácil escurrir el bulto personal como pretende hacer ahora la dirección de VW, culpando a unos pocos empleados descarriados.[4] Menuda cara.

La tercera conclusión es la importancia de los normative constraints, tanto en su vertiente de sociedad civil vigilante como en la del coste reputacional. Retomando la idea formulada anteriormente, si determinadas empresas se comportan en España peor que en el extranjero, no solo se debe a nuestra regulación, sino también a nuestros medios de comunicación. Si el escándalo VW no hubiera sido replicado por la prensa española, VW seguiría contaminando en nuestro país protegidos por sus anillos de invisibilidad. Y entre ellos el de la prensa es el más poderoso (el anillo que controla a todos los anillos). Es cierto que la dimensión de este asunto lo hacía imposible, pero bien que conocemos otros ejemplos donde el anillo ha funcionado como un tiro.

Y la última conclusión que quisiera extraer de este caso es, en definitiva, la necesidad de evitar el riesgo de arrojar al niño con el agua sucia del barreño. El capitalismo de amiguetes es un cáncer, pero el capitalismo competitivo es posible y es, además, lo único capaz de pagar nuestro Estado del Bienestar. Pero lo que el capitalismo no es, desde luego, es una mera máquina providencialista de la que podamos desentendernos tras poner en marcha. Si no la vigilamos de cerca va a contaminar, y mucho. Reaccionar frente a los abusos y desigualdades amenazando con romperla y tirarla a la basura es caer en otro tipo de providencialismo, hoy muy de moda entre populismos de toda laya, en este y en el otro lado del Atlántico. No por ingenuos menos catastróficos.

Recordémoslo: Frodo arrojó el anillo por el Monte del Destino. Porque, ya sea en Gondor o en Mordor, en un sistema capitalista o en uno socialista, la naturaleza humana es siempre la misma (como bien me enseñó mi hijo pequeño) y el anillo inevitablemente destructivo. No se puede utilizar para el bien. Por ese motivo, concedérselo a Sauron –es decir, al que maneje el Estado en cada momento- en vez de destruirlo, no me parece la mejor solución. Ya la conocemos.

Para debatir más sobre este tema les convoco al seminario que la Fundación ¿Hay Derecho?  ha convocado para el próximo día 7 en la Fundación Rafael del Pino con el título: “El capitalismo español: del capitalismo clientelar al capitalismo competitivo”.

 

[1] De manera indirecta sí lo hacen a través de los normative constraints a los que luego hago referencia.

[2] Lucio Veratius era un patricio del siglo III a.C. que solía pasear por Roma abofeteando a la gente con la que se cruzaba. Detrás de él caminaba un esclavo con una bolsa de dinero que procedía a pagar 25 ases a cada víctima. Esa era la multa que había instituido para esos casos la Ley de la XII Tablas casi dos siglos antes, pero que por la devaluación había quedado reducida a una suma casi ridícula. Hoy muchas compañías cometen abusos semejantes, desde copiar ilegalmente diseños ajenos hasta cobrar comisiones ilegales, pasando por vender coches defectuosos con plena conciencia. Pese a ser ocasionalmente condenadas, los beneficios obtenidos compensan sobradamente las indemnizaciones. Para solucionar el caso Veratius, el pretor instituyó la acción por injuria. ¿Cómo podemos solucionar hoy nuestro problema? Desengáñense, solo hay un camino: actuar no solo contra la persona jurídica sino también contra la física (los directivos), civil e incluso penalmente, si fuera necesario.

[3] Las compañías que realizan los controles en EEUU también compiten entre sí, pero están mucho más vigiladas, y además la EPA conserva facultades autónomas de inspección que realiza de manera aleatoria.

[4] En una especie de “teoría del fusible” que recuerda a la estrategia del PP en el caso Bárcenas.

Elecciones en Cataluña

SeñeraAntes del 27-S

A la hora de escribir estas primeras líneas (el viernes 25), no sabemos qué ocurrirá el 27-S. Y creemos que es interesante escribir este post así –antes y después- para evidenciar que el mensaje no debe cambiar, ocurra lo que ocurra ese día. Y el mensaje es este: ya se trate de una consulta ilegal, de unas elecciones plebiscitarias o de cualquier reivindicación justa o injusta, fundada o no fundada, habida y por haber, en un país que se dice democrático, de baja o de alta calidad, es preciso como mínimo respetar los procedimientos, las normas y, sobre todo, los derechos de los demás y la paz social, en cuya garantía se establecen esas formas y procedimientos. No hay democracia sin Estado de Derecho. Las declaraciones unilaterales y las vías de hecho son antidemocráticas, aunque puedan responder a inquietudes y aspiraciones totalmente legítimas e incluso mayoritarias. Ningún accionista asaltará la sede social, haciéndose con la dirección, aunque se le haya hurtado el derecho de información o su legítimo dividendo: deberá ir a la junta general o a los tribunales.

No son los más adecuados, por ello, aunque sean ciertos e importantes, los argumentos que apelan a los perjuicios económicos que la secesión podría producir, a la pérdida de la ciudadanía o a la salida de la UE o a la marcha de bancos y otras empresas ¿Es que si fuera de otra manera la cosa cambiaría? No, el único argumento que debería usarse en este momento, por mucho que sea haya sido devaluado como cantinela repetitiva, es que el procedimiento no es legal, partiendo del concepto mismo  de elección plebiscitaria que, al socaire de auscultar la voluntad popular con relación a una supuesta independencia, lo que hace es hurtar a la ciudadanía el debate sobre la gestión del gobierno catalán en las que cuestiones que, estas sí, legalmente le competen, llegando al despropósito de que el responsable de todo ello no va de cabeza de lista, confundiendo así al votante en cuanto al objeto mismo de su decisión.

Desde nuestro punto de vista, todo esto no debe aceptarse no por una cuestión de conveniencia, sino de principios. Decía Voltaire “no estoy de acuerdo con lo que dices, pero defenderé con mi vida tu derecho a expresarlo”; parafraseándolo en estos tiempos posmodernos, habría que añadir: “defenderé con mi vida tu derecho a que tu opinión se respete si se aprueba democráticamente, y a que no se imponga si no se aprueba; y ello con todos los medios que la Constitución y las leyes nos otorguen”.

Hoy, en tiempos de flexibilidad y pacto, es mal vista toda imposición y coacción, pero hay que recordar que, a veces, si no se opone la resistencia necesaria el más burdo, intolerante y poco respetuoso puede llevarse el gato al agua. Ello no significa, por supuesto, que debamos confiarlo todo al BOE. Sería ilusorio pensar que sin verdadera política puedan las cosas solucionarse. Pero cabe decir, y esto también es política, que este no es el momento para hablar de reformas de la Constitución, de encajes de Cataluña en España, de reconocimiento de peculiaridades nacionales y, mucho menos, de sistemas tributarios especiales o de cesión económica de ningún tipo. Deberían nuestros gobernantes comprender que aceptando este tipo de concesiones se viola el principio de igualdad de todos ante la ley y se consienten coacciones y amenazas que para el ciudadano normal –pues el que coacciona ve culminadas sus aspiraciones-  significa llevarle a la certeza de que para conseguir algo lo que hay que hacer es ejercer la suficiente presión para que a los gobernantes les sea más cómodo ceder que enfrentarse. Y eso es el caos.

¿Quiere eso decir que la respuesta al problema catalán se soluciona manteniendo la letra actual de la Constitución a marchamartillo y hasta el final de los tiempos? En absoluto. Lo hemos dicho reiteradamente. El problema autonómico y en concreto el catalán exigen un debate amplio y libre, que sin duda pasaría por una reforma constitucional en la que deberían abordarse todas las brechas que tiene el título VIII de la Constitución y buscar entre todos la solución más adecuada, que podría ir desde una recentralización, pasando por una simple mejor definición de competencias o una solución federal, hasta, incluso, si se aprueba por todos los españoles, el establecimiento de una consulta con posible independización, pero, eso sí, en unos términos tan rigurosos como los que se estableció para Quebec en la ley de la Claridad canadiense.

Pero eso, hay que dejarlo claro, no es el momento de tratarlo ahora. Por un lado, porque no se pueden tolerar soluciones unilaterales en situaciones de tensión emocional cocidas en el caldo de cultivo de una educación y unos medios de comunicación teledirigidas durante años, y con fondos públicos; por otro, porque la debilidad de nuestras instituciones estatales y autonómicas –sin olvidar ninguna- impiden tratar cuestiones tan trascendentales sin riesgo de que la solución sea, también una vez más, un apaño de las élites políticas y económicas para salvar sus respectivos intereses. Es, pues, imprescindible una regeneración a fondo para que podamos enfrentar nuestros graves problemas políticos y económicos de tal manera que la solución que se adopte sea buena para la mayoría de los ciudadanos.

Esperemos que la votación del 27-S y la que nos espera a final de año supongan un impulso de esta idea.

Después del 27-S

Pues hoy domingo, a las 23 horas, como no podía ser de otra manera, de nada nos desdecimos. Pero, claro, ello no significa que no haya pasado nada. La primera lectura es que el supuesto voto independentista ha ganado en escaños pero no en votos, tal y como se preveía. O sea, que los catalanes no quieren independizarse pero están profundamente divididos. Pero, eso sí, Junts pel sí (o la suma de sus componentes) ha perdido 9 escaños. Quizá Mas debería pensar cuál es el límite de pérdida de escaños, elección tras elección, antes de replantearse si su estrategia es la correcta; salvo que se considere que la estrategia correcta era huir hacia adelante para evitar enfrentarse a su gestión, y que lo que hay que hacer ahora es estirar todo lo que sea posible el procès para que la inercia separatista le permita seguir gobernando en condiciones similares a la actual. Habrá que ver si las CUP quieren entrar en ese juego o si de nuevo nos encontramos en un complicado tripartito de nefastas consecuencias, siempre en perjuicio del ciudadano que, es de prever, va a ver frustradas tanto sus ansias independentistas como las que pudiera tener de una gestión política y económica eficiente y democrática.

Pero esta situación de inestabilidad no es tampoco halagüeña para España en general, porque va a ser enorme la tentación de nuestros pusilánimes gobernantes nacionales de realizar concesiones que les permitan quitarse este problema de encima o, al menos, procrastinar hasta la siguiente legislatura. Este sería casi el peor de los escenarios, porque profundiza en los errores que nos han conducido a la situación actual: desigualdades, excepciones, concesiones bajo mano, soluciones cortoplacistas que no impedirán que el problema se vuelva a plantear tarde o temprano. Y no hay que excluir que este escenario sea precisamente el que se encuentra en la mente de muchos votantes del independentismo, que pueden haber llegado a la conclusión, bastante realista por otro lado, de que lo peor que le pueda pasar a Cataluña es que le den algo y no le quiten nada, porque la reacción las conductas poco institucionales -por no decir otra cosa- en nuestro actual Estado clientelar no es frecuentemente la aplicación de la ley, sino prebendas y concesiones que quiten al gobernante el problema de enmedio y no le quiten demasiados votos.

Con todo, hay un par de rayos de esperanza. Por un lado, la caída de los grandes partidos nacionales (o medio nacionales), ahogados por contradicciones internas nacidas de una actitud reiterada querer de contentar a todos para seguir gobernando ellos; y que con su inepcia y lenidad han tenido un porcentaje muy alto de la culpa de todo lo que está pasando. Sus cosméticas de última hora han servido para poco: se puede engañar una vez a todo el mundo; muchas a muchos, pero no siempre a todos. Tampoco el franquiciado de Podemos en Cataluña ha tenido buen resultado, al ser perjudicado por la CUP, que además de ser de radical, es independentista, lo que le añade un plus de glamur en ciertos ámbitos.

Finalmente, Ciudadanos ha tenido un éxito arrollador pasando de 9 diputados a 25, casi lo mismo que suman PSC y PP. Si debemos entender con ello que su mensaje regenerador ha prendido, no podemos sino congratularnos. De momento, en su alocución en la noche electoral Inés Arrimada ha dicho dos cosas muy sensatas: que Mas debería dimitir y que serían precisas otras elecciones en las que lo que se discuta sea lo que se discute en las elecciones autonómicas: las necesidades de los catalanes. Esperemos que sepan usar esa confianza en esa regeneración que ya nos está faltando; pero han de saber que la confianza se tiene pero es muy fácil perderla.

Recomendaciones de lecturas: Acabar con el paro ¿Queremos? ¿Podremos? de Pilar García Perea y César Molinas

De nuevo debemos recomendar un texto imprescindible de Cesar Molinas, esta vez muy bien acompañado por Pilar García Perea,  para ciudadanos inquietos por el futuro de nuestra sociedad más allá de las siguientes elecciones.  En un formato un poco distinto del habitual (se trata de un estudio de la Fundación de Estudios Financieros) Cesar Molinas y Pilar García Perea bajo el título “Acabar con el paro ¿Queremos? ¿Podremos?”  presentan una propuesta analítica sobre la ocupación y el empleo en España, publicado por esta Fundación en la colección Papeles de la Fundación con el nº 55. No hay justificación para no leerlo porque se puede descargar aquí.

La lectura es exigente por la cantidad de datos y de propuestas que contiene, pero merece la pena para todo aquel que quiera saber por dónde va a ir el futuro inmediato en el mundo del empleo y de la ocupación, de los que ya tenemos atisbos en esta segunda década del siglo.  La primera parte se dedica precisamente a estas tendencias globales de la ocupación, analizando con rigor la que se nos viene encima en los ámbitos de la demografía, la globalización, la digitalización y el previsible “estancamiento secular”. Nos guste o no, estos fenómenos ya están aquí y no se van a marchar porque decidamos cerrar los ojos a los riesgos que plantean desde el punto de vista del empleo y la ocupación, sobre todo en un país como el nuestro, con un mercado laboral disfuncional y una educación muy mediocre. No se trata de derrotismo o de falta de orgullo patrio: sencillamente se trata de analizar la realidad y de intentar formular propuestas muy concretas y a nuestro juicio muy sólidas de lo que había que reformar antes de que sea demasiado tarde.

La segunda parte se dedica precisamente a indagar en la génesis de la anomalía laboral española, que tiene su origen –como tantas cosas- en nuestra historia reciente, en el franquismo y su prohibición de despedir y en la Transición y su necesidad de “paz social”. Se analiza también el fenómeno de los sindicatos verticales felizmente reconvertidos en sindicatos y organizaciones empresariales “institucionales”, dotados de una sobrerrepresentación y un peso que no concuerda con el de su afiliación efectiva, pero que tenía sentido en un momento histórico concreto. En este punto, la historia se parece mucho a la de los partidos políticos creados de arriba abajo en un tiempo récord por necesidades obvias pero que, transcurridos casi 40 años, se han fosilizado y han ocupado ámbitos muy alejados de su espacio propio de decisión. En todo caso, estas razones históricas perfectamente comprensibles y justificables en un momento dado han llevado a lo que los autores denominan  la acumulación de un capital humano disfuncional, con sus lógicas consecuencias de falta de empleabilidad y de insatisfacción vital para muchas personas, especialmente los jóvenes. Los datos hablan por sí solos: mientras que la distribución de niveles educativos en España es para los jóvenes 35% educación básica, 25% educación media y 40% educación superior en Alemania la distribución es respectivamente 15%. 60% y 25% (tanto para jóvenes como para mayores).

La tercera parte se ocupa de las reformas necesarias en España para abordar de una vez por todas este problema. Lógicamente se trata de reformar el mercado de trabajo en España aún más y reducir el activismo judicial, que también tiene un origen histórico muy concreto, introduciendo mecanismos de mediación para solucionar los conflictos laborales. Pero se trata de avanzar aún más en la reforma laboral (no, no se trata de abaratar el despido) que debe enfocarse de una manera global, liberando la negociación colectiva de la cláusula “erga omnes” que afecta a tirios y troyanos aunque no estén representados por ninguno de los sindicatos firmantes de los Convenios colectivos, racionalizar el despido y unificar los tipos de contrato (aquí la propuesta es un poco diferente de la ya famosa del “contrato único” del manifiesto de los 100), conceder un carácter finalista a la indemnización por despido y fomentar de verdad las políticas activas de empleo, evitando de paso el fraude y la corrupción en un sector tan sensible para que los numerosos parados de nuestro país puedan de verdad conseguir un empleo gracias a mejorar su formación. Como puede verse, hay que tocar muchos palos. Los autores “se mojan” y ofrecen propuestas muy concretas, que sin duda pueden ser discutidas, pero que tienen el valor de estar apoyadas en datos y en lo que se ha hecho con éxito en otros países. Mejor no reinventar la rueda cuando se trata de empleo.

Y por supuesto, el informe habla de la educación, la gran asignatura pendiente en nuestro país, no tanto porque las demás no lo estén también sino porque probablemente es el único gran problema para el que no hay una auténtica demanda social. La sociedad española sigue convencida, o eso parece, de que su sistema educativo no tiene problemas, o por lo menos no distintos de los de otros países de nuestro entorno. Y no es verdad. Como dicen los autores, ya está bien de hablar de meter dinero en una cesta llena de agujeros. Primero la gestión, luego el dinero. Es fundamental recuperar la idea de excelencia, o como bien dicen, aumentar la competencia y la meritocracia en el sistema educativo. Es fundamental fomentar la formación profesional de calidad, adaptada a las necesidades de la empresas y dotarla de prestigio. No todos podemos ser universitarios como no todos podemos ser deportistas de élite. Hay otras salidas y laboralmente pueden ser no solo muy gratificantes sino también muy rentables. Y hay que saber también que en el mundo que viene la mayoría de los trabajos rutinarios, ya sean físicos o intelectuales no los van a hacer seres humanos. Ignorar esto es suicida.

Conseguir una educación de calidad y de excelencia no es un imposible, ya se ha hecho en el deporte y en las escuelas de negocio. Convincentemente demuestran que la existencia de centros de excelencia “tira para arriba” del resto del sistema educativo, al contrario de lo que ocurre con la “igualación a la baja” que es el principio que explícito o implícito rige en la actualidad, normalmente por razones ideológicas y con escaso apoyo empírico. Lo que se ha hecho con el deporte o las escuelas de negocio y en general con toda la educación en otros países, debe y puede hacerse con el resto de la enseñanza, primaria, secundaria y superior. Los autores reconocen –y en eso creo que tienen razón- que el problema mayor es la Universidad, donde el bunker de intereses creados se opone a cualquier reforma que vaya en la dirección adecuada: competencia por alumnos, profesores y financiación. A la Universidad se le ha dado toda la autonomía del mundo y no se le ha exigido nada a cambio, ni calidad, ni rendición de cuentas, ni formación adecuada para el empleo. Va a ser difícil que los que han conseguido esta maravilla institucional toleren reformas que pongan en riesgo una situación ideal para el gestor aunque ruinosa para el contribuyente y desastrosa para el país. Pero el caso es si no hacemos estas reformas, estamos condenando a las nuevas generaciones a no estar preparados para un mundo que está cambiando muy deprisa y que no se va a detener a esperarles.

Encuentre las diferencias: la corrupción política catalana y la española, reproducción de la Tribuna de EM de nuestra coeditora Elisa de la Nuez

Encontrar diferencias entre la corrupción política catalana y la española recuerda un poco a esos juegos infantiles de “busca las diferencias” entre imágenes que son muy similares salvo en algún detalle muy menor, de manera que solo con mucha concentración es posible advertirlas. Efectivamente, la corrupción política catalana se parece a la española casi como una gota de agua a otra. De manera que la financiación irregular de CDC es sospechosamente similar a la del PP con su modelo de adjudicaciones de contratos públicos a empresas afines en Administraciones gobernadas por el partido a cambio de comisiones, de las que una parte importante acaba en los bolsillos de los intermediarios que para eso se arriesgan. Se parecen  también asombrosamente en sus tesoreros imputados mantenidos con nómina, despacho y ordenador en las oficinas del partido hasta que alguien lo descubre y se ven obligados a echarles, pero siempre teniendo cuidado de no enfadarles mucho para que aguanten el tirón (“Luis, se fuerte”). Se parecen también en su voluntad de obstaculizar las investigaciones policiales haciendo desaparecer documentación comprometida, ya sea triturando papeles o destruyendo discos duros. Y qué decir de los respectivos jefes políticos que durante décadas han controlado todo pero lo han ignorado todo, del trasiego de maletines, de las sedes registradas y de las comparecencias en los Parlamentos para dar explicaciones más o menos obligados por la oposición y/o la opinión pública, comparecencias que se convierten en espectáculos no aptos para ciudadanos adultos por el grado de desprecio a la inteligencia que muestran.

El epicentro de la corrupción suele estar también en los Ayuntamientos, dado que los controles preventivos administrativos son mucho más débiles en el nivel local y los cargos políticos pueden adjudicar contratos y concesiones con más libertad a quienes les parezca bien. Conviene no olvidar que en muchos municipios es frecuente que los cargos electos formen parte de las mesas de contratación, es decir, de los órganos técnicos que van a decidir las adjudicaciones. La correlación entre corrupción política municipal y debilidad de controles preventivos no es una casualidad, como ha puesto de manifiesto el reciente estudio de la Fundación ¿Hay Derecho? sobre corrupción institucional y controles administrativos preventivos http://www.fundacionhayderecho.com/wp-content/uploads/2015/05/Estrudio-corrupci%C3%B3n1.png

La resistencia a asumir responsabilidades políticas por escándalos de corrupción es  idéntica. Una vez establecido el sacrosanto principio de toda democracia de baja calidad según el cual no hay necesidad de asumir ninguna responsabilidad política hasta que un juez te meta en la cárcel o casi las presiones, lógicamente, se trasladan al ámbito judicial para evitarlo. Aquí tenemos un gran abanico de posibilidades: se pueden poner palos en la rueda de la instrucción judicial -recordemos que los presuntos corruptos institucionales disponen de importantes recursos públicos para su defensa- cambiar al juez que resulte incómodo, interferir en los nombramientos de órganos colegiados “sensibles”  vía CGPJ o Parlamento autonómico (Sala de lo Penal y Civil de Tribunales Superiores de Justicia, Presidencia Audiencia Provincial, Audiencia Nacional, Tribunal Supremo), regatear recursos humanos y materiales a los juzgados colapsados por los macroprocesos de corrupción, o si nada de lo anterior funciona se puede acortar el plazo de las instrucciones o eliminar la “pena de banquillo”. Como última medida si no se consigue detener la maquinaria judicial –lo que a veces ocurre- queda siempre la posibilidad de indultar a los corruptos.  Se trata de asegurar la impunidad y el “business as usual” .

En definitiva, las prácticas de la clase política para eludir la responsabilidad penal son muy parecidas idénticas en Cataluña y en el resto de España, con la única salvedad de las respectivas competencias en la materia, dado que el Gobierno catalán todavía no puede indultar a nadie ni modificar la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Pero sin duda son posibilidades muy interesantes para un Estado independiente con una clase política con problemas graves de corrupción.

En cuanto a los empresarios que pagan las comisiones,  la verdad es que tampoco se advierten grandes diferencias; gente próxima al partido que sabe cómo funcionan las cosas y que no las cuestiona, dispuesta a callar y a defender su honorabilidad y, de paso, de sus intereses.  Gente que dona cantidades muy importantes a los partidos o mejor todavía a sus Fundaciones (más resguardadas) por “patriotismo” o por afinidad ideológica, por pura bondad, vamos.  De hecho, algunas empresas particularmente locales han nacido y crecido al amparo del poder político al que le deben todo, aunque en un país donde predomina el capitalismo de amiguetes incluso en grandes empresas cotizadas no resulte sorprendente. Quizá la pequeña diferencia es que los empresarios catalanes parecen más diligentes con la contabilidad de sus mordidas, y se molestan en anotarlas por cada adjudicación pública en un documento guardado en un lugar seguro, no vaya a ser que luego haya problemas a la hora de hacer las cuentas. Una bendición para los investigadores.

Aún así, es posible si prestamos mucha atención percibir elementos distintos, que se  convierten en ventajas claras a favor de los partidos nacionalistas. Así CDC puede sostener sin ruborizarse que la investigación de su financiación irregular procede del Estado opresor –aunque la denuncia partiese de su actual socio, ERC- mientras que el PP o el PSOE en parecidas circunstancias se tuvieron que conformar con denunciar una “causa general” contra sus respectivos partidos. En todo caso, nuestra clase política tiene claro que hay que intentar convencer al votante de que la culpa de la corrupción propia es del adversario político, o al menos de que el adversario político es todavía más corrupto que uno y que para eso siempre será mejor votar a “tus” propios corruptos. De nuevo, la ventaja para CDC es que algunos de sus adversarios políticos ya no lo son tanto gracias al prodigio de la lista única: al parecer la cuestión nacional permite dejar aparcada la cuestión de la corrupción, al fin y al cabo siempre será mejor un corrupto de la tierra que uno de fuera.

De la misma forma, otro punto para CDC es que el “pacto de silencio” reinante en Cataluña sobre el cobro generalizado de comisiones ha sido hasta ahora bastante más espeso que en el resto de España: al fin y al cabo Maragall optó por callarse después de su famoso exabrupto inicial mientras que sus compañeros en el Parlamento nacional –aún a riesgo de enseñar sus vergüenzas, especialmente en Andalucía- optaron por una línea más combativa con el PP lo que nos ha proporcionado cumbres dialécticas inefables del “y tú más”.

Por último, no hay que olvidar las diferencias en la cobertura de la corrupción por parte de los medios de comunicación. En el resto de España –con honrosas excepciones- los medios tienden a enfatizar la corrupción política de los antagonistas y a minimizar la de los afines, pero lo cierto es que los grandes escándalos de corrupción acaban llegando al público. Los medios catalanes dependen mucho más del favor político por lo que los escándalos de corrupción son más fáciles de acallar. Conviene no olvidar que la excesiva cercanía se traduce en un incremento de la autocensura cuando no de la censura a secas.

Pero sin duda donde la clase política catalana nacionalista ha superado con creces a la española es en el hallazgo de evitar la asunción de responsabilidad política incluso cuando hay elecciones. Efectivamente, en la democracia española la única posibilidad real que tienen los electores de depurar responsabilidades políticas a la vista de que nadie dimite y a nadie se le cesa es, sencillamente, votando por otros partidos o por otros políticos. Pues bien, el señor Mas y CDC han conseguido que no haya que responder ni siquiera en unas elecciones de la gestión, de los recortes, del nepotismo, del despilfarro, del 3%  y de la corrupción generalizada en las instituciones. Mejor todavía, con un poco de suerte ya no habrá que responder de ningún posible delito ante los jueces y tribunales del Estado español. La impunidad total. El sueño de cualquier caudillo que prefiera responder ante la Historia que ante los ciudadanos.

 

Presentación de la “Evaluación del funcionamiento del Tribunal de Cuentas español. Comparativa europea”

El próximo viernes, 2 de octubre, la Fundación ¿Hay Derecho? presentará su informe Evaluación del funcionamiento del Tribunal de Cuentas español. Comparativa europea. 

El objeto del estudio es comparar el funcionamiento de nuestro Tribunal de Cuentas español con el de otras instituciones similares de la Unión Europea, como son los Tribunales de Francia, Italia y la República Federal Alemana o las Oficinas de Auditoría del Reino Unido y Finlandia. Con este estudio la Fundación ¿Hay Derecho? inicia una serie de trabajos sobre el desempeño de nuestras instituciones.

Su financiación se ha llevado a cabo por parte del Grupo Parlamentario Europeo Alianza de los Liberales y Demócratas por Europa (ALDE), en el cual se integran los eurodiputados de UPyD, Ciudadanos, Convergència Democrática de Catalunya y el PNV.

El acto estará presentado por Fernando Maura, Vicepresidente del Grupo ALDE, y en él intervendrán Elisa de la Nuez (Secretaria General de la Fundación ¿Hay Derecho?), Carlota Tarín (Responsable de Estudios), Eduardo Ruiz García (Secretario General del Tribunal de Cuentas de la Unión Europeo) y Boris Melmoux-Eude (Conseiller référendaire de la Cour des Comptes).

Tendrá lugar en la Sala Europea de la Representación en España de la Comisión Europea y el Parlamento Europeo (mapa) El acto comenzará a las diez de la mañana.

Las solicitudes de inscripción pueden dirigirse a info@fundacionhayderecho.com

Si te interesa la regeneración de nuestras instituciones, no dejes de acudir.

Flash Derecho: I Premio Fundación ¿Hay Derecho?

Desde la Fundación ¿Hay Derecho? queremos premiar a aquellas personas de la sociedad civil (juristas o no juristas) que hayan destacado por defender nuestros mismos valores de lucha contra la corrupción, defensa del Estado de Derecho y fortalecimiento de nuestras instituciones.

Queremos hacerlo con la entrega del I Premio Fundación ¿Hay Derecho?. Lo que pedimos a lectores y colaboradores es que nos propongáis candidatos y que votéis al que mas os guste. Todo se puede hacer desde la web de la Fundación. De entre los cinco finalistas nuestro Jurado, compuesto por miembros de la Fundación y representantes de las entidades con las que hemos firmado convenios, elegirá al ganador. Para que este premio de la sociedad civil y para la sociedad civil sea un éxito necesitamos que haya mucha participación. ¡Animaos que merece la pena!

Desde ka web de la Fundación y desde las redes sociales iremos dando a conocer las candidaturas y los votos.  Para enviar las candidaturas hay que hacerlo a través de a info@fundacionhayderecho.com hasta el 30 de octubre.

BASES DE LA CONVOCATORIA

HD Joven: En busca de la democracia perfecta

Año 2015, año electoral. Elecciones locales, autonómicas y generales. Elecciones en Grecia (¡2!), Polonia, Suecia, Reino Unido… Elecciones everywhere.

Las elecciones son el único momento en que un ciudadano de a pie puede ejercer la democracia. Digo “democracia” a falta de un término mejor, y no incluyo manifestaciones, protestas y huelgas como ejercicio democrático ya que más bien me parece que son un necesario parche a una grotesca carencia del sistema de participación que permite a los gobernantes no rendir cuentas ante el resto de ciudadanos.

En este artículo voy a intentar resumir todo lo que pienso sobre eso que llamamos “Democracia” y por qué pienso que no es el término más adecuado para definir el actual sistema de participación, ya que comparar lo que tenemos con la democracia real es como comparar a tu tía con el móvil grabando el bautizo de tu sobrino con Steven Spielberg (guarda relación, sí, pero no es lo mismo)

Comencemos desde el principio, lo que siempre hemos considerado como el origen de la democracia, o al menos su origen etimológico. Como todos sabemos, en la Grecia clásica se desarrolla una especie de fenómeno asambleario en el que los ciudadanos toman decisiones tras haber debatido las cuestiones en el ágora. A esto se le dio el nombre de “Democracia” o “Gobierno del Pueblo” (Demos = pueblo, Kratos = gobierno). Tampoco es que por aquel entonces fuera un concepto realmente representativo de la realidad, teniendo en cuenta que solo quienes tenían la condición de ciudadanos podían ejercer este derecho, y no eran ni siquiera la mayoría de la población de cada polis. Los metecos (extranjeros residentes), los esclavos y las mujeres estaban excluidos del sistema participativo. Aun así, para aquel entonces era todo un logro.

Mucho tiempo más tarde, en la segunda mitad del siglo XVIII, la independencia americana y la revolución francesa trajeron los derechos del hombre y del ciudadano, que venían a otorgar la condición de ciudadano a quienes hasta entonces eran vasallos. Los ideales de Libertad, Igualdad y Fraternidad recorrieron el mundo en una oleada revolucionaria que derrocó monarquías y obligó a otras a crear parlamentos en los que se expresase la voluntad del pueblo, lo que dio origen al sistema de monarquía parlamentaria que aún perdura en numerosos estados.

No obstante, analizando las sociedades occidentales en la actualidad podemos observar que estos tres ideales se ven aún limitados por contradicciones que no hemos sabido superar. La libertad está viéndose comprometida por las nuevas “leyes de seguridad” y las políticas autoritarias relacionadas con las migraciones. La igualdad sigue siendo una utopía en sociedades en las que el sexismo y el racismo perduran y donde n siquiera se ha superado la monarquía (que contradice la igualdad de los ciudadanos ante la ley y la igualdad de oportunidades). Por su parte, el sentimiento de fraternidad brilla por su ausencia ante el auge del nacionalismo y de un sistema económico que premia la competición y castiga la cooperación.

Con este análisis no quiero decir que nada se haya conseguido. Echando la vista atrás es evidente que en los últimos siglos se han conseguido cosas que a priori parecían imposibles, desde la abolición de la esclavitud hasta el sufragio universal, pasando por las conquistas sociales del movimiento obrero. Pero cuando analizamos la situación política internacional, con el belicismo como principal método de solución de conflictos, y cuando analizamos la economía mundial, cada vez más financiarizada, deslocalizada y basada en la idea de consumo infinito y eterno, es indudable que aún nos queda mucho por andar y, sobretodo, por desandar, ya que parece evidente que llevamos un tiempo avanzando en la dirección equivocada (ejem, cambio climático, ejem). Sin ir más lejos, la política exterior norteamericana (con la complicidad de Europa) ha dinamitado la frágil estabilidad de Oriente Medio y Oriente Próximo, derrocando regímenes totalitarios de una manera tan grotesca que lo único que han conseguido ha sido empeorar el problema y favorecer el crecimiento de grupos extremistas, terroristas y terroríficos, que se han hecho con el poder en extensos territorios. Ahora estas políticas nos dejan como legado una oleada de refugiados sin precedentes, a quienes tenemos la obligación moral de apoyar ante el fracaso de la política exterior de los gobiernos que hemos votado.

“Que hemos votado”.

Esta frase lo dice todo. Es perfecta para entender la conexión entre las carencias del sistema de participación y las consecuencias de la mala praxis política.

El voto es la herramienta que tiene un ciudadano para legitimar su apoyo a “algo”. Este algo podría (y debería) ser muchas cosas, pero en nuestro imperfecto sistema se limita a una: el apoyo temporal (4 años en España) a un partido político para sumar poder en las cámaras de representación legislativas y en los gobiernos ejecutivos. El sistema de participación es tan limitado que ni tan siquiera permite el control ciudadano a sus representantes durante el periodo que dura la legislatura, permitiendo, como hemos visto, que los representantes puedan incumplir la totalidad de sus programas electorales (aquello por lo que se les votó). Es decir, que como si Rousseau jamás hubiera nacido, nuestras constituciones no blindan el contrato social, por lo que los ciudadanos no tenemos ninguna herramienta para controlar a nuestros gobernantes una vez estos han sido elegidos (al menos hasta las siguientes elecciones).

En resumen, el concepto que de acuerdo con la etimología debería significar “el gobierno del pueblo”, en realidad se está utilizando para nombrar algo que más bien se traduce en “el gobierno temporal de aquellos elegidos y legitimados por el pueblo para llevar a cabo unas políticas concretas determinadas en sus compromisos electorales que podrán o no ser cumplidos, lo cual no les deslegitimará para hacer lo contrario”. O sea, que en lugar de que la sociedad decida, que sería lo correctamente denominado Democracia, en el actual sistema la sociedad elige a un partido político para que decida lo que le dé la real gana (dentro de los márgenes de la ley), con la única garantía de que no querrán incumplir demasiadas promesas para asegurarse un buen resultado en futuros procesos electorales.

Bien, hasta aquí todo está bastante claro: dentro de las posibilidades de la democracia representativa, se ha generalizado la “partitocracia”, un sistema político donde el sujeto central son unas asociaciones de profesionales de la política (y algún outsider de vez en cuando) agrupados según su ideología. Esto tiene una gran ventaja, tan grande que es de hecho su principal valedora. La partitocracia facilita mucho la vida al ciudadano elector, quien de otra manera tendría que dedicar más tiempo a conocer las diferentes opciones, a los diferentes candidatos, sus propuestas y la viabilidad de estas, etcétera. Y claro, ¿quién saca tiempo para tan nimia actividad después de pasar diez horas en el trabajo y cuatro frente al televisor (viendo la última americanada de Stallone, la serie adolescente de moda, el Gran Hermano 27 o ese show donde diez neandertales ciclados y tatuados cortejan a una dama con más plástico en el pecho que materia gris en el cerebro)? Pues poca gente: parados, ninis y jubilados. Supongo que los primeros invertirán mucho tiempo en la búsqueda activa de empleo y en intentar llevar algo que comer a casa, los segundos probablemente lo harán en jugar a la consola o a fumar sustancias psicotrópicas en el parque, y los terceros en el centro de salud o cuidando a los nietos ya que los padres no tienen tiempo entre sus dos empleos a jornada parcial.

Por último están aquellos que sí hacen cosas. Algunos los llaman perroflautas y vienen a ser ninis (o estudiantes de ciencias políticas, historia o alguna de esas carreras de rojos) que como no tienen parque cerca de casa donde consumir drogas (o porque ya las han consumido), se van de acampada al centro de la ciudad a exigir cosas sin demasiado sentido, por vicio más que nada. Otros los llaman activistas, y recibirían este nombre porque de hecho sí hacen algo, concretamente aquello que, como no es lucrativo, nadie más está interesado en hacer, desde protestar por la implantación de alguna ley injusta a manifestarse por los derechos sociales, pasando por organizar conferencias y debates o ¿quién sabe? Quizá boicotear algún evento a pecho (femenino) descubierto y pintado con algún mensaje reivindicativo.

Llegados a este punto, quiero terminar no con una conclusión final sino con unas preguntas que, creo, todo ciudadano conocedor de la responsabilidad que esta condición confiere debería hacerse.

  1. ¿Es posible crear (y mantener) un sistema político más representativo y democrático que funcione?
  2. De ser posible, ¿Estarían los ciudadanos dispuestos a asumir el coste personal que esto implica y la responsabilidad de informarse a un nivel superior al que están acostumbrados?
  3. En caso de que consigamos responder afirmativamente a las dos preguntas anteriores, ¿Qué margen de maniobra le queda a una nación tras haber cedido gran parte de su soberanía a instancias supranacionales y en el marco de una economía de mercado?

Que cada uno saque sus propias conclusiones, yo me limito a agitar un poco el avispero, que falta nos hace. Me he dejado alguna idea en el tintero pero espero darle salida próximamente.

Para terminar, quiero felicitar al blog HD Joven por sus últimas publicaciones, algunas de las cuales me han parecido brillantes y de obligada lectura. Espero que el nivel no deje de aumentar como ha estado haciéndolo hasta ahora.

El “efecto Hansel y Gretel”: discriminación legal contra los divorciados vueltos a casar

Nunca me gustó el padre de Hansel y Gretel. Sigo sin entender por qué, nada más enviudar de su segunda mujer, que le había convencido para abandonar a los hijos de su primer matrimonio en el bosque, no se lanzó enseguida a buscarlos, y tuvieran ellos que arreglárselas solitos para volver a casa con el tesoro de la bruja que había querido comérselos. ¿Remordimientos de conciencia?, o ¿se había acostumbrado a estar sin sus hijos?

Tampoco me gusta el art. 1362.1.2 del Código Civil: “Serán de cargo de la sociedad de gananciales los gastos que se originen por alguna de las siguientes causas (…): La alimentación y educación de los hijos de uno solo de los cónyuges correrá a cargo de la sociedad de gananciales cuando convivan en el hogar familiar. En caso contrario, los gastos derivados de estos conceptos serán sufragados por la sociedad de gananciales, pero darán lugar a reintegro en el momento de la liquidación.

Ese párrafo regula la repercusión de los gastos originados por los hijos de uno sólo de los cónyuges, vuelto a casar, en la relación interna con su segunda pareja. O sea, en qué medida los padrastros y madrastras terminan pagando los gastos de sus hijastros e hijastras. Nos confirma que, en nuestro derecho común, la del cuento tendría todos los motivos para echar de casa a Hansel y a Gretel. Lo que dice es que, si los dos progenitores del hijo alimentista se han vuelto a casar en gananciales, la segunda pareja del progenitor que tiene la custodia de sus hijos está por ley obligado a pagar parte de los gastos del hijastro que tiene metido en casa, pues además de abonarse a cargo a los gananciales constante el consorcio, esta segunda pareja nunca tendrá, como coparticipe de la sociedad, un derecho de reintegro de tales gastos al tiempo de la liquidar sus propios gananciales. Por el contrario, la segunda pareja del progenitor que no convive con su hijastro nunca soportará a su costa nada de esos mismos gastos alimenticios, porque, aunque la pensión alimenticia dineraria se sufrague a cargo de los gananciales (es decir, lo pague en parte la nueva pareja), siempre podrá resarcirse de su importe actualizado cuando se liquiden estos gananciales. El agravio es sangrante si los dos excónyuges se han vuelto a casar y lo han hecho en gananciales, pero la discriminación aflora en todo caso en función de que el hijastro – da igual que sea menor de edad o mayor no independiente- viva o no en el nuevo domicilio familiar del casado en segundas nupcias.

El artículo, releído años después de su aparición en el Código, resulta asombroso. Se introdujo en la Ley 11/81 de 13 de mayo, norma tradicionalmente valorada por su elevado nivel técnico en comparación con otras chapuzas perpetradas en sede parlamentaria contra nuestro Derecho de Familia (sobre todo, la abominable ley 15/2005…), y en una materia que el legislador acaba de volver a retocar en la Ley de Jurisdicción Voluntaria, sin acordarse siquiera de que el precepto existe. De los debates legislativos resulta que la finalidad del párrafo fue por entonces eliminar la discriminación entre hijos legítimos e ilegítimos, que antes recibían en esta materia un tratamiento diferenciado.

La norma parece presumir que el progenitor que convive con su hijo no paga nada de alimentos, sin duda porque en la situación normal del año 81, el no conviviente era el único que abonaba pensiones dinerarias periódicas al otro, y que por eso nada procedía compensar a la segunda pareja. Pero eso, además de sociológicamente desfasado, es falso en todas las hipótesis, y no justifica un trato diferenciado por razón de la convivencia: aunque sólo el conviviente reciba pensión del otro, esa prestación no está configurada legalmente para cubrir todas las necesidades del hijo, sino que siempre habrá esfuerzo alimenticio de orden económico además de personal, a cargo del progenitor conviviente, adicional a la prestación habitacional. Y esto se da tanto respecto a hijos menores de edad, como de mayores no independientes que siguen conviviendo con uno solo de sus progenitores. La norma es aún más disfuncional en los casos, cada vez más frecuentes, de pensiones y de convivencia repartidas entre los dos progenitores, antes o después de la mayoría de edad de los hijos.

Sobre todo, el precepto introduce un fortísimo factor de disuasión a la normalización de la convivencia familiar del hijo con la familia reconstituida por aquel de sus dos progenitores que paga pensión dineraria al otro, y por tanto, no convive de continuo con él: se estimula el interés personal del padrastro o madrastra en que el hijo de su pareja siga fuera de casa.  Si los hijos son menores de edad o incapacitados, el padrastro o madrastra preferirá que su pareja desista de pedir judicialmente o acordar amistosamente la custodia exclusiva o compartida de los hijastros. Si son mayores de edad pero económicamente dependientes, preferirá que se larguen, al proceloso bosque o “a la otra casa”, pero siempre sin piedrecitas que les indiquen el camino de vuelta.

El precepto contradice de frente principios básicos del derecho patrimonial. Quien se aprovecha de los frutos de un patrimonio debe sufragar las cargas de ese mismo patrimonio.  Es manifestación de esa regla el art 508 CC: El usufructuario universal deber pagar por entero el legado de renta vitalicia o pensión de alimentos; el usufructuario de una parte alícuota de la herencia debe pagarlo en proporción a su cuota; en ninguno de los dos casos quedará obligado el propietario al reembolso. En contraste, el padrastro que no convive con su hijastro se aprovecha de todo lo que produzcan los gananciales y de todo lo que produzcan los bienes privativos de su cónyuge bínubo, (art 1349 CC), pero al revés no: las cargas de los hijos no comunes, nunca son a cargo de esos mismos gananciales.

Efectos todavía más absurdos pueden darse extrapolando la norma a otras situaciones familiares, por ejemplo, respecto de los padres del casado de segundas, suegros de su segundo cónyuge. Estos suegros pueden convivir o no en casa de su hijo o hija y de su segundo yerno o nuera. Cabe imaginar que el hijo se vea obligado a sufragar parte de los gastos de sus padres, por ser insuficientes sus propios medios. En tal caso, puede entenderse que estos gastos son una obligación “familiar”, por encajar en la regla general del párrafo 1º del mismo artículo 1362, y por tanto, que son a cargo de los gananciales. La mayoría de la doctrina piensa por el contrario que exceden de tal concepto, y que, incluso concurriendo en los padres un estado de necesidad que les cualifique como acreedores alimenticios del art. 142 CC, se trata de obligaciones privativas del hijo que, de ser abonadas a cargo de los gananciales, darían derecho de reembolso. Lo que nadie defiende es que el deber de asistencia a los padres tenga distinta naturaleza jurídica según se materialice en pagarles el geriátrico o atenderles en casa; el de los hijos, sí, por el 1362.1.2 CC.

Otro ejemplo: el art. 1363 CC establece una presunción del carácter de carga ganancial de las donaciones realizadas por los dos, constante la sociedad de gananciales. O sea, que el padre le regale un coche o le pague la entrada del piso al hijo con el que no convive, es a cargo de los gananciales si la madrastra no dice nada; pero la pensión que le paga todos los meses por sentencia judicial al progenitor con el que hijo convive, NO es carga de la sociedad de gananciales, aunque la madrastra no diga nada, por obra y gracia del art 1362,1.2 CC.

Para eliminar la discriminación bastaría con suprimir entero el inciso que hemos trascrito al principio. Se aplicaría siempre la regla general del párrafo primero: los gastos de los hijos de la nueva pareja son “cargas de la familia” y por tanto, siempre se pagan de los nuevos gananciales, durante su vigencia, y sin derecho de reembolso en la liquidación. O sea, sería regla lo que hoy sólo se aplica a las nuevas parejas que viven con sus hijastros, y que, incluso con la actual regulación, debe aplicarse a todos los casos de custodia compartida con los hijos menores, o de convivencia alternada con los hijos mayores no independientes. Las partes podrán barajar la posibilidad de no casarse, no hacerlo en gananciales, o mandarse al cuerno, pero la bruja del bosque se quedará siempre sin niños que comerse.

También es posible pactar expresamente este efecto en capitulaciones matrimoniales anteriores al segundo matrimonio, o en cualquier momento anterior a la liquidación: el párrafo primero del art 1.362 contempla un contenido mínimo de cargas gananciales, que en todo caso puede ampliarse por pacto. Los derechos de los acreedores, que siempre son preferentes, no quedan afectados. Teóricamente, también podría el cónyuge del bínubo no exigir la compensación a favor del patrimonio común con ocasión de la liquidación de los gananciales, pero esa actitud implica una renuncia abdicativa de carácter gratuito, que, caso de existir hijos del segundo matrimonio, podría afectar a sus propios derechos como herederos forzosos.

El cuento de los hermanos Grimm dejaba una incógnita muy inquietante: ¿cómo murió la madrastra…?

Flash Derecho: “El capitalismo español: del capitalismo clientelar al capitalismo competitivo”

Capitalismo2[1]

¿Cuándo: 7 de octubre de 2015
¿Dónde?: Auditorio Fundación Rafael del Pino (C/ Rafael Calvo, 39- Madrid) [Mapa] 

Primera mesa redonda: El capitalismo español. Del capitalismo clientelar al capitalismo competitivo: diagnóstico, efectos y soluciones.

(De 9.30 a 11.30, incluido coloquio)

– José María Marín Quemada (Presidente de la CNMC)

– Jesús Fernández Villaverde (Catedrático Economía Universidad de Pennsylvania y Patrono d ela Fundación ¿Hay Derecho?)

– César Molinas (Economista y ensayista, Patrono de la Fundación ¿Hay Derecho?)

– Modera: Ignacio Gomá (Notario y Patrono de la Fundación ¿Hay Derecho?)

(11.30 a 12.00. Pausa café) 

Segunda mesa redonda: El capitalismo clientelar y su articulación político-jurídica

(De 12.00 a 14.00, incluido coloquio)

– Álvaro Anchuelo (Catedrático Economía Aplicada Universidad Rey Juan Carlos, ex diputado)

– Rodrigo Tena (Notario, Patrono de la Fundación ¿Hay Derecho?)

– María Gutierrez Urtiaga (Profesora Titular Economía de la Empresa  Universidad Carlos III)

– Modera: Matilde Cuena (Catedrática acreditada Derecho Civil Universidad Complutense de Madrid  y Patrona de la Fundación ¿Hay Derecho?)

Se ruega confirmación a info@fundacionhayderecho.com