Primarias aparentes

En los últimos años, ha comenzado a extenderse en el mundo de la política española la idea de que son necesarias las primarias para poder regenerar los partidos políticos y, consecuentemente, la democracia. Este pensamiento ha impulsado la celebración de elecciones primarias, que tienen como finalidad garantizar que la estructura interna de los partidos políticos y su funcionamiento sean democráticos.
El problema es que es difícil decir si las elecciones primarias que se han realizado en los últimos años en la mayoría de las principales formaciones políticas han sido verdaderas procesos democráticos para que los militantes puedan elegir con precisión a los candidatos para los distintos procesos electorales. En algunos casos, han sido claras las circunstancias de distorsión jurídica y práctica de las primarias por haberse configurado para que solo hubiera candidatos de la corriente de la dirección del partido o para impedir que aquellas personas que no estén vinculadas a la cúpula de los partidos políticos puedan tener éxito en las votaciones internas.
En las primarias que ganó Alfredo Pérez Rubalcaba, por lo que pudo comprobarse, se intentó controlar el resultado, y en las últimas, que ha ganado Pedro Sánchez, se presentó solo él, siendo extraño este hecho por la cantidad de movimientos que hubo dentro de la formación socialista hace algunos meses, cuando se pudo saber que distintos dirigentes del partido estaban cuestionando la autoridad del economista. Además, Ángel Gabilondo, según indicó el diario El Mundo, había puesto como condición para presentarse a la presidencia de la Comunidad Autónoma de Madrid con el Partido Socialista Obrero Español que no se celebraran elecciones internas.
En el Partido Popular no se debe conocer el concepto de primarias, ya que no han celebrado ningún proceso electoral interno y se han limitado a designar a los componentes de las listas de las ultimas elecciones basándose en criterios jerárquico-políticos, de modo que se han elegido a los miembros de las listas de las candidaturas partiendo de la discrecionalidad de la sede central del Partido Popular y de los centros de control regional de la formación. Sin embargo, los miembros de la formación han criticado los modelos empleados en otros partidos y están pensando en crear otro que sea verdaderamente democrático.
Los últimos dos procesos electorales internos del Partido Socialista Obrero Español han servido para legitimar al candidato presentado por la formación a las elecciones generales, pero no han sido realmente útiles para ejercitar la democracia interna.
Las primarias de Izquierda Unida que se celebraron en la Comunidad de Madrid fueron un autentico espectáculo en el que salió a la luz la división interna de la agrupación. Se inició una verdadera batalla que terminó con la salida de Tania Sánchez y con el riesgo de que se produjeran escisiones en la formación.
Los líderes de Podemos, que siempre han defendido la necesidad de implantar una verdadera democracia, han organizado unas primarias que no le gustan a las bases, ya que establecen un sistema de elección que bloquea la posibilidad de que puedan ganarlas candidatos de la formación que no formen parte de la corriente impulsada por Pablo Iglesias. Ignacio Varela señala que “el método que Pablo Iglesias ha ideado para designar a su antojo a los candidatos de Podemos en las elecciones generales tiene cabida en la categoría política de bromas pesadas y tomaduras de pelo”. Finalmente, hubo una baja participación en el proceso electoral interno del partido político de Pablo Iglesias.
En el seno de Ciudadanos se celebraron primarias para elaborar las listas para las elecciones locales y autonómicas, pero Albert Rivera fue elegido de forma directa al ser el único candidato en el proceso electoral que recopiló los avales necesarios para participar en las primarias. Aunque todo parece adecuado, hace algunas semanas, varios miembros de Ciudadanos se quejaron por no existir una verdadera democracia interna y se canceló la militancia de un componente del sector crítico con la cúpula de la formación.
Siempre sucede lo mismo. Los dirigentes de los principales partidos políticos organizan primarias para mostrar que hay democracia en sus respectivas formaciones, pero como tienen miedo de los posibles resultados que puedan derivar de las elecciones internas, las manipulan en la medida de lo posible. Este hecho se debe a la percepción que de las primarias tienen los principales dirigentes, que las consideran un arma muy peligrosa para los enemigos que tienen en sus partidos, ya que pueden servir para cuestionar la autoridad del que tiene el control y para romper la unidad. Juan Carlos Monedero afirmó en una entrevista que “si las primarias no sirven para legitimar las decisiones, para aumentar la ilusión y para invitar a la movilización, las primarias son un instrumento que no sirve, y eso lo vamos a ver en las próximas semanas”.
Es curioso que el artículo 10 de la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos, señale que la disolución judicial de un partido político será acordada por el órgano jurisdiccional “cuando vulnere de forma continuada, reiterada y grave la exigencia de una estructura interna y un funcionamiento democráticos, conforme a lo previsto en los artículos 7 y 8 de la presente Ley Orgánica”. Si se aplicara este precepto de un modo riguroso serían escasas las formaciones políticas que continuarían existiendo.
Si se quieren celebrar primarias, deben hacerse adecuadamente y con garantías, para lograr el desarrollo del funcionamiento de la democracia interna en los partidos políticos, que debe existir según el artículo 6 de la Constitución Española, siendo importante destacar el artículo 7.1 de la Ley Orgánica de Partidos Políticos, que dice que “La estructura interna y el funcionamiento de los partidos políticos deberán ser democráticos, estableciendo, en todo caso, fórmulas de participación directa de los afiliados en los términos que recojan sus Estatutos, especialmente en los procesos de elección de órgano superior de gobierno del partido”. Organizar obras de teatro que pretendan asimilarse a los procesos electorales internos que, realmente, no sirvan para que los militantes puedan participar efectivamente en las actividades de la formación no repercutirá de forma positiva, ya que solo servirá para crear una realidad que no será auténtica en el panorama político español.

Seminario “El capitalismo español: competitivo o clientelar”

La Fundación ¿Hay Derecho? celebró ayer en la Fundación Rafael del Pino su seminario “El capitalismo español: ¿competitivo o clientelar?”. En él se abordaron diferentes cuestiones sobre nuestro sistema económico, empresarial, político y las interacciones entre ellos.

Contó con la presencia de figuras empresariales, políticas y académicas destacadas como José María Marín (Presidente de la CNMC), Jesús Fernández Villaverde (Catedrático Economía Universidad de Pennsylvania), César Molinas (Economista y ensayista), Álvaro Anchuelo (Catedrático Economía Aplicada de la URJC y ex diputado) o María Gutiérrez Urtiaga (Profesora Titular Economía de la Empresa de la UC3M).

Con recientes casos de corrupción que unían determinados cargos de la Administración Pública con empresas privadas o casos de puertas giratorias, el seminario contó con una nutrida participación de los asistentes, que entablaron debate con los ponentes con diversas posturas.

Desde la Fundación ¿Hay Derecho? quieren abordar todos los ámbitos de la vida social política que afecten a nuestro Estado de Derecho y a la calidad de la democracia en nuestro país, por ello continuarán celebrando este tipo de actos divulgativos en los que prime la pluralidad y la participación de los asistentes.

Puedes ver el vídeo completo del acto aquí.

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HD joven: el derecho a decidir. Un breve análisis comparado

Probablemente, en los últimos días no ha habido un tema de conversación más escuchado en España que el de la “posible” independencia de Cataluña. Sin embargo, no somos el único país del mundo que se ha topado con un debate de estas características.

El acceso pacífico a la independencia de los pueblos o naciones es un fenómeno relativamente reciente, que parte del reconocimiento de un derecho de carácter positivo recogido en una disposición internacional o nacional que lo defina y acote. Al margen del denominado “derecho de autodeterminación” que afirman las Naciones Unidas en la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General del 14 de diciembre de 1960, donde en su artículo segundo vincula dicho derecho a todos los pueblos coloniales, es cierto que en la inmensa mayoría de los Estados no se ha reconocido el derecho de una parte del país a decidir su futuro de forma expresa. Sin embargo, si existen precedentes donde su derecho constitucional ha reconocido este derecho de forma explícita. A continuación veremos algunos ejemplos, más allá del reciente referéndum escocés.

Un primer ejemplo de reconocimiento y aplicación del derecho a decidir puede ser la Constitución de Serbia y Montenegro de 2003, creada bajo la supervisión de Naciones Unidas para sustituir a la anterior Yugoslavia, donde en su artículo 5.3 se establece que “La frontera entre los Estados miembros es inalterable, salvo en caso de acuerdo mutuo” y su artículo 60 habla abiertamente de la “Salida de la unión estatal de Serbia y Montenegro”. Estos elementos suponían una clara puerta abierta a posibles movimientos secesionistas. De hecho, poco después, el parlamento de Montenegro aprobó una ley de referéndum cuyo objetivo principal era la independencia de esta parte del Estado. Aunque la idea inicial no era la que finalmente tomó forma, las presiones internacionales (que principalmente venían de la Unión Europea) obligaron al parlamento de Montenegro a establecer una serie de requisitos mínimos que cualificaban el referéndum de manera que produjese (en caso de decantarse por la secesión) el necesario reconocimiento internacional en general y Europeo en particular. Los requisitos de validez de dicho referéndum eran los siguientes: Un porcentaje mínimo de participación del 50%, que dotase de legitimidad al resultado, independientemente de que la victoria sea del “sí” o del “no”; y un umbral mínimo de “Síes” a la independencia que superase el 55%. De esta forma se da a entender que el carácter irreversible de sus consecuencias requiere una opinión verdaderamente mayoritaria pro independentista (a pesar de que el primer ministro de Montenegro, Milo Djukanovic, dejó clara su voluntad de seguir con su camino hacia la independencia con un 50,1% de los votos). Sin querer excederme en los detalles sobre el referéndum, este se realizó en Mayo de 2006, y en él se alcanzó un porcentaje increíblemente alto de participación (86.49%) ganando el sí por un estrecho margen (55,5%, solo 0,5% más del umbral mínimo necesario) lo cual es llamativo teniendo en cuenta el supuesto clivaje de origen que debía existir en Montenegro, donde alrededor de un 30% de la población es de origen serbio (y por tanto se entiende que votarían en contra de la secesión). El referéndum de Montenegro supuso su Independencia de manera legal y reconocida por la comunidad internacional.

Otro caso de estudio es el de Etiopía, el cual establece, también en su Constitución, que “Toda nación, nacionalidad o pueblo en Etiopía posee un incondicional derecho a la autodeterminación, el cual incluye un derecho a la secesión” (Art. 39.1)[1]. Además, la propia Constitución, en el apartado cuarto del mismo artículo, establece los mecanismos que debe seguir dicho pueblo o nacionalidad para alcanzar la secesión, entre los que se encuentran la aprobación por dos tercios del consejo del pueblo o nacionalidad de una demanda de secesión, la aprobación de la realización de un referéndum que deberá tener lugar en un plazo de tres años desde la demanda de secesión y la victoria de la secesión en el mismo y la posterior transferencia de poderes por parte del gobierno central. En este caso no son necesarias mayorías cualificadas en el referéndum, pero, por el contrario, sí que es necesaria en la demanda parlamentaria previa a dicho referéndum.

Debemos tener en cuenta a la hora de conocer este caso los antecedentes históricos de Etiopía. El país acababa de salir en 1993 (un año antes de la aprobación de su Constitución) de una cruenta guerra civil que duró 30 años y concluyó en la convocatoria de un referéndum en Eritrea (al norte de Etiopía) aceptado por Etiopía que se tradujo en un apoyo casi unánime de la población hacia la secesión y conllevó a la separación de Eritrea de Etiopía de manera más o menos pacífica y aceptada por la comunidad internacional, si bien tuvo algunos problemas con los países vecinos (entre ellos la propia Etiopía) después de su independencia por motivos económicos y de delimitación de fronteras que no vienen al caso.

Otro caso interesante, es el de San Cristóbal y Nieves. Lo llamativo de este precedente es que, al contrario de los dos primeros que hemos visto, este no ha dado lugar a la independencia de ninguna región. Para ponernos en contexto, San Cristóbal y Nieves (Saint Kitts & Nevis) en un país miembro de la Commonwealth situado en las caribeñas Antillas dividido en dos islas: San Cristóbal, la más grande, y Nieves; este país ostenta el “honor” de ser el más pequeño de América. Su Constitución, promulgada en 1983, estableció la posibilidad, para la isla de Nieves, de independizarse de San Cristóbal (convirtiéndose en un país aún más pequeño) si así lo declaraban dos tercios de su cámara de representantes y votaban a favor otros dos tercios de la población en un plebiscito posterior, necesitando además, tener un borrador de Constitución que establezca el modelo de Estado que tendría Nieves, siendo este accesible a la población de la isla al menos 90 días antes de participar en el referéndum.[2]

A raíz de este artículo, en 1998 se realizó un referéndum de autodeterminación, posterior a la necesaria aprobación de la cámara isleña, que rondó el nada desdeñable porcentaje del 62% de votos a favor. A pesar del resultado, este porcentaje no alcanzó los dos tercios necesarios para continuar con el camino a la independencia de la isla.

Sin duda el precedente más relevante y conocido -al que se ha hecho referencia varias veces en este blog-, es el de Canadá. Concretamente después del segundo referéndum de autodeterminación de Quebec de 1995 (En ambas consultas venció el no, aunque con resultados más ajustados en el segundo) El equivalente al tribunal Constitucional canadiense, con muchos más poder real que en nuestro país, sentó jurisprudencia en base a una reclamación realizada por el gobierno federal, dando lugar a la “Clarity Act” o “ley de claridad”. El tribunal estableció unos criterios mínimos de participación para dar como válido el resultado y declaró la necesidad de obtener una mayoría cualificada por parte de un hipotético sí a la secesión en la provincia para poder iniciar las negociaciones con el gobierno federal, además de tener en cuenta otra serie de factores o circunstancias también relevantes[3].

La ley de Claridad también rechaza de plano cualquier posibilidad de secesión unilateral, todo proceso de estas características debe ser negociado con el gobierno central, dado que afecta a todos los ciudadanos canadienses. También se deben tener en cuenta las voluntades individuales y la opinión de las minorías en la negociación, lo cual incita a pensar que en dicha negociación se deberían respetar las hipotéticas decisiones de algunas áreas de la región a seguir perteneciendo a Canadá, tal y como afirmaría Fernando Rodríguez Prieto en su post: “Cataluña tras el referéndum (II). Una perspectiva canadiense en el análisis de su resultado”.

Si bien es cierto que la mayoría de los países no han aceptado nunca el derecho a decidir como parte de su derecho doméstico, ha habido otros que sí lo han hecho, teniendo resultados muy distintos que en circunstancias como las nuestras es positivo conocer. La necesidad de buscar alternativas para solucionar tan importante reto como el que tenemos delante nos va a obligar tarde o temprano a salir del inmovilismo legal en el que nos encontramos y delinear un nuevo escenario con textos y políticas que permitan un encaje territorial más armónico y un proyecto de comunidad que resulte más atractivo a todos los españoles. Para ello no solo sería necesaria una “clarificación” del derecho a decidir, sino una reforma constitucional intensa que nos permita resolver las carencias de la actual y, de este modo, poder afrontar el futuro con la imagen de renovación y consenso que exige la ciudadanía.

[1] Artículo 39.1 de la Constitución de Etiopía: “Every Nation, Nationality and People in Ethiopia has an unconditional right to self-determination, including the right to secession.”
[2] Este y otros elementos que explican con más detalle y complejidad el proceso se encuentran en el artículo 113 de la Constitución de San Cristóbal y Nieves.
[3] Quebec Secession Reference S.C. 2000, c. 26

Gerentes de hospitales de quita y pon

Recientemente ha ocupado alguna portada  el nombramiento de un gerente de hospital público debido a que, sin poner en duda la capacidad de la persona nombrada, existen bastantes indicios que sugieren que en la elección han influido afinidades partidistas.

Que los partidos políticos se repartan los puestos en el Consejo General del Poder Judicial o los consejos de administración de televisiones y empresas públicas por desgracia ya casi no es noticia. Pero, ¿también las direcciones de los hospitales?

Entre el 40 y el 45% de los presupuestos de las comunidad autónomas se dedica a gasto sanitario, y la mayor parte del mismo se realiza en los hospitales. Los gerentes de hospitales manejan presupuestos mayores a los de muchos ayuntamientos y algunas consejerías. Por poner sólo un ejemplo, el Hospital Universitario La Paz  gastó 493 millones de euros en 2013 (1).

La figura del gerente hospitalario es poco conocida, muy poco valorada y casi nunca evaluada. Un gerente de hospital, para poder ejercer satisfactoriamente su función necesita una legitimación que le permita gestionar de forma eficiente los recursos disponibles conciliando los intereses de la administración, los profesionales sanitarios y, sobre todo, los pacientes.

La gestión sanitaria es un campo complejo en el que no siempre aumentar la actividad o la oferta genera beneficios en la salud de los ciudadanos y en el que atajar las bolsas de ineficiencia no sé consigue con un mero recorte o ajuste de los recursos disponibles, sino que con frecuencia requiere una reorientación para modificar el funcionamiento de los mismos. Dicho en román paladino: aunque una administración decida aumentar su gasto sanitario puede no conseguir mejoras en la salud de la población atendida y, a la inversa, cuando una administración necesita gastar menos debe procurar que los recortes no repercutan o repercutan lo menos posible en la salud de la población.

Por ello, para conseguir que tanto en épocas de bonanza como en épocas de austeridad los recursos públicos destinados a Sanidad sean utilizados de manera eficiente es imprescindible que los gerentes hospitalarios, que son una pieza clave en este objetivo, tengan la capacidad de liderazgo, autonomía de gestión e, insisto, legitimación que les permita llevar a cabo su función. Un gerente de hospital no debería cesar cuando cambia el partido del gobierno autonómico del que depende, ni tampoco debería ser una mera palanca de la consejería en el centro que gestiona. Nuestros hospitales tienen un problema que afecta al buen uso de los recursos públicos. Y ese problema está en sus direcciones.

La profesionalización y autonomía de la gestión es ya una reivindicación antigua de las asociaciones de gestores sanitarios . Sin embargo, en los nombramientos de gerentes de hospitales públicos en nuestro país se siguen observando dos tipos de fenómenos:
a)- la migración con el partido de turno: gerentes que emigran desde una comunidad autónoma en la que ya no gobierna el partido que les ha designado a otra en la que sigue gobernando. Suelen volver a su comunidad de origen si dicho partido recupera al gobierno porque la tierra (y el partido) tiran.
b)- los bailes de gerentes. Un gerente no cesa y se le sustituye por la razón que sea, sino que en algunas comunidades eso implica cambios en varias gerencias de hospitales a la vez  En una especie de dominó caprichoso, unos gerentes ascienden en el escalafón, otros bajan, alguno desaparecen… y no hay forma de saber por qué.

Una posible solución podría ser el establecimiento de una normativa estatal de obligado cumplimiento en todos los servicios autonómicos de salud para fijar unos criterios mínimos a cumplir para poder aspirar a dichos puestos, la duración mínima de su mandato (que debería ser mayor que una legislatura), las causas que justificarían un cese anticipado y un sistema de evaluación del desempeño de su cargo. Ya ha habido algunos intentos de modificar los procesos de selección de estos cargos directivos, pero los avances no han sido generalizados ni suficientes.

¿Se aplica la CNMV las normas de buen gobierno que exige a las empresas cotizadas?

La pregunta es claramente retórica. La respuesta es negativa y explicaremos a continuación las causas.

La CNMV publicó un Código de Buen Gobierno Corporativo de empresas cotizadas a principios de 2015, un texto con recomendaciones cuyo cumplimiento es voluntario, y que emana de diversos principios básicos. Uno de ellos señala: “… la política de selección de consejeros promoverá la diversidad de conocimientos, experiencias y género en su composición”. Otro menciona: “El Consejo de administración … composición equilibrada, con una amplia mayoría de consejeros no ejecutivos y una adecuada proporción entre consejeros dominicales e independientes, representando estos últimos, … al menos la mitad de los consejeros”. Pues bien, según el organigrama publicado en la web de la CNMV, el Consejo está compuesto por una Presidencia, una Vicepresidencia, y cuatro Consejerías. Y analizando el perfil de los miembros, no parece que se cumplan excesivamente los principios de buen gobierno asociados a conocimiento y experiencia, o a independencia.

Respecto a conocimientos de mercados de valores (el Organismo se denomina “Comisión Nacional del Mercado de Valores”), aparentemente sólo uno de los miembros del Consejo, Juan Manuel Santos-Suárez Márquez (según curriculums publicados en la web de la CNMV), muestra experiencia en el sector (Merrill Lynch AV, AB Asesores Bursátiles). Todos los demás miembros no ostentan en sus cvs ninguna reseña relativa a experiencia en empresas de servicios de inversión, gestoras de instituciones de inversión colectiva, departamento “Relación con inversores” o mercado de capitales de empresas no financieras, entidades financieras o compañías de banca de inversión. Todos ellos tienen buenos historiales, pero en general son más bien en puestos de funcionariado de prestigio (en algunos casos con sólida formación macroeconómica) o cargos políticos diversos. Pero aparentemente no han dominado nunca aspectos básicos del análisis bursátil o funcionamiento de mercados de valores en general (tipología de estilos de inversión e inversores institucionales, interacción contado-derivados, modalidades de intermediación de valores, etc).

Respecto al principio de independencia del Código de Buen Gobierno Corporativo de empresas cotizadas, los curriculums de los consejeros muestran nombramientos eminentemente políticos. Además, dos de los consejeros deben ser, por cumplimiento normativo, la Secretaria General del Tesoro y el Subgobernador del Banco de España. Y son precisamente estas dos figuras las que dificultan otro de los principios que emanan del Código de Buen Gobierno Corporativo: “Evitar conflictos de interés”. Y un ejemplo de cómo no se ha respetado éste es todo lo acaecido en España con la comercialización, en años previos a la crisis, de acciones preferentes por parte de entidades financieras.

El conflicto de interés y los incentivos perversos fueron evidentes para los dos consejeros de CNMV pertenecientes al Tesoro y al Banco de España, alineados ambos con el interés de sus respectivos Organismos, pero no con uno de los principales objetivos de la CNMV: la protección del pequeño inversor.

Así la CNMV no cumplió su función de protección del inversor, al permitir la incorrecta comercialización de unos instrumentos ofrecidos, de manera generalizada, como líquidos, exentos de grandes riesgos y con atractivas rentabilidades. La realidad es que su liquidez era reducida, los riesgos elevados (producto perpetuo con orden de prelación inmediatamente posterior al patrimonio neto) y las rentabilidades insuficientes para remunerar tales riesgos (de hecho, los mercados los cotizaban claramente por debajo del precio de colocación a inversores minoristas).

Por otro lado, los Organismos de los dos Consejeros de la CNMV antes mencionados (Tesoro y Banco de España) se beneficiaban de los efectos secundarios de la masiva comercialización de preferentes por parte de la banca. El Banco de España veía cómo la banca mejoraba su solvencia regulatoria en un periodo de fuerte deterioro de la misma y cumplía su función de salvaguardar la sostenibilidad del sistema financiero. El Tesoro, por su parte, se beneficiaba de menores tipos de interés en su deuda, al reducirse los montantes de posibles rescates del sistema financiero por parte del contribuyente (con una banca mejor capitalizada). De este modo cumplía su función de salvaguardar los intereses de los contribuyentes. El resultado de estos conflictos de interés es que el ahorrador preferentista, finalmente, asumió una pérdida muy significativa, en beneficio de una menor carga fiscal asociada al rescate de la banca.

Por todo lo anterior, el caso de las preferentes y  los conflictos de interés en la gobernanza de CNMV, podría solventarse si, de cara al futuro, se separan las responsabilidades de regulación y de protección al inversor y las de la solvencia bancaria. La CNMV asumiría todo lo relativo a mercados de valores (cotizadas, empresas de servicios de inversión, protección del inversor, etc), mientras el Banco de España lo haría con solvencia bancaria. Adicionalmente, los órganos de Gobierno de la CNMV, además de estar constituidos en mayor grado por personas independientes con experiencia relevante en mercados financieros y con criterio propio, deberían prescindir de la existencia de representantes del Banco de España y del Tesoro, para evitar conflictos de interés perversos.

Otra regeneración de la que urge hablar: la regeneración educativa

Ayer lunes fue el Día Mundial del Docente. Pocas cosas hay más importantes para una sociedad civil fuerte y sana que la educación, y a ella  dedicamos hoy los editores nuestro post.

 

El capital intelectual no cabe duda que está en la base del crecimiento de un país y por ello la universidad es un activo estratégico y decisivo como responsable del nuevo capital humano.

Gran parte de las irregularidades que vivimos hoy encuentran su causa en el nivel académico de nuestras universidades por lo que también procede hablar de “regeneración educativa”, hacia una universidad más transparente donde el mérito y la capacidad se erijan en criterios determinantes y únicos tanto en la selección del profesorado como de los alumnos. Estos principios de mérito y capacidad que se reclaman para todo el funcionariado deben ser evidentes en el ámbito universitario y que el alumno que se está formando perciba que, efectivamente, el mérito y la cultura del esfuerzo son el único camino para crecer profesionalmente.

Durante los últimos años en España se ha producido un deterioro grave de la educación. Primero en la etapa escolar y posteriormente en el ámbito universitario. El nivel del alumnado que accede a la universidad es cada vez más bajo y la excelencia brilla por su ausencia. Se parte de un error estratégico de base: que la mayor parte de la población tiene que acceder a la universidad, lo que ha provocado una devaluación del título universitario. En la actualidad el paro de los titulados universitarios españoles (14%) triplica el de la OCDE (5%). Hay un desajuste entre el nivel educativo y el nivel de competencias. Tanto en el ámbito de la educación secundaria obligatoria como en el universitario, el nivel de exigencia al alumno ha disminuido mucho. Hay muchos titulados y poca formación y eso evidencia el fracaso del sistema.

Especialmente llamativo es el bajo nivel en la Educación Secundaria Obligatoria (ESO), con el objetivo de que la mayor parte de los alumnos la superen, lo que supone una discriminación negativa a los alumnos brillantes que no dan todo lo que podrían dar porque “no se les pide”. Si se mantiene esa estrategia – equivocada- hay que aumentar los años de bachillerato con el objeto de que el alumno que quiera acceder a la universidad adquiera un nivel de competencias adecuado en un tiempo suficiente. En dos años no es posible suplir las carencias de una educación secundaria de bajo nivel.

Para tener una mejor universidad, hay que atraer a los mejores profesores y a los mejores alumnos. Ambas variables son imprescindibles. Sin un alumnado de calidad, no hay estímulo a una adecuada calidad docente. No es posible cambiar el país sin cambiar la educación. Cualquier cambio pasa necesariamente por enfrentarse de forma valiente a nuestro problema educativo para lograr una población fuerte mentalmente y no manipulable por mensajes populistas.

Es necesario adoptar medidas urgentes en este terreno. Creemos que es necesario que las universidades se financien en función de las actividades desarrolladas y sus resultados, de manera que se fomente la autonomía y la competencia. Ello supondrá un estímulo a la selección de los mejores profesores porque son los que “producen”, lo que mediatamente favorecerá la lucha contra la endogamia universitaria que es la manifestación más palpable de la corrupción que asola el sistema.

Hay también que mejorar la retribución del profesorado en función de sus resultados con una buena política de incentivos. Un mayor porcentaje de salario variable. La antigüedad debe dejar de ser un mérito que tenga impacto en el salario del profesor. Este principio, por lo demás, debe extenderse a todos los funcionarios públicos. “Llevar mucho tiempo” en la universidad no es un mérito en sí mismo. De hecho, puede considerarse un demérito cuando se lleva muchos años con una producción de bajo nivel.

Las encuestas de evaluación actividad docente obligatorias y sus resultados tienen que tener impacto en la retribución del profesorado. En la actualidad los quinquenios docentes se conceden de manera automática por el mero transcurso de tiempo.

La retribución del profesor activo, con buenos resultados debe ser atractiva porque hay que atraer talento. En la actualidad se está generalizando la dedicación a tiempo parcial. La universidad pierde a sus mejores profesores que acuden al mercado para obtener una retribución adecuada a su capacidad y preparación. Ello ha provocado un efecto nada deseable: muchos profesores han perdido la neutralidad al pasar a prestar sus servicios en grandes despachos o grandes empresas.

Así mismo, es necesario flexibilizar el régimen de incompatibilidades. Un profesor en dedicación exclusiva debe poder realizar actividades complementarias en el mercado. Ello facilita la transferencia de resultados de su investigación y favorece su actividad docente.

Es imprescindible una mayor inversión en la formación del profesorado de manera que el profesor ayudante que esté realizando la tesis doctoral pueda tener un sueldo digno que le permita dedicarse full time a su formación investigadora. En España el doctorado está devaluado y eso es un índice de “subdesarrollo”.

La movilidad del profesorado universitario debe convertirse en requisito esencial para la promoción universitaria. Todo profesor de universidad debe haber realizado estancias en universidades extranjeras dotándose recursos para ello.

Respecto al alumnado, consideramos que es importante que el primer curso en la universidad sea “selectivo”. El alumno que no supere las asignaturas en las dos convocatorias oficiales, debe abandonar la universidad. Este efecto no debe producirse solo para los alumnos con becas.

Criticar es fácil, proponer es más complicado. Necesitamos un sistema que estimule la excelencia de profesores y alumnos. El progreso de un país pasa necesariamente por mejorar su capital humano. Es la base de cualquier cambio: personas formadas y libres de pensamiento.

 

 

 

Maite Carol

PHOTO-09a35cbc7e3be922747bfd36fa855ebb-1442337994-59[1]Maite Carol era interventora del Ajuntament de Santa Coloma de Gramenet (Barcelona) en 2009 cuando en su informe utilizó la palabra “insolvente” para calificar la situación de la empresa municipal Gramepark. El Alcalde Bartomeu Muñoz (PSC) le ordenó tajantemente que nunca volviera a utilizar esa palabra, según relató Carol a la Guardia Civil.

Así, Maite Carol se convirtió en una denunciante del Caso Pretoria, en el centro del cual se encuentra la empresa pública que ella calificó de insolvente ejerciendo su trabajo como interventora municipal. Dicho caso suponía una trama de corrupción urbanística en la que se encontraban implicados ediles catalanes de diversos partidos y cuyo epicentro se sitúa en Santa Coloma de Gramenet.

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Proyección del documental “Corrupción: el organismo nocivo” junto a TI España

El pasado miércoles 1 presentamos el documental “Corrupción: el organismo nocivo” junto a Transparencia Internacional España. La proyección tuvo lugar en el Centro Cultural Puerta de Toledo (Madrid).

En dicho documental se muestran diversos testimonios de personas que han vivido la corrupción en las instituciones públicas de primera mano y han sufrido, en muchos casos, las represalias por denuciarla.

Tras la proyección tuvo lugar un coloquio en el que participó nuestra Secretaria General, Elisa de la Nuez, que habló de la labor de la Fundación ¿Hay Derecho? en su lucha contra la corrupción y en defensa de los denunciantes.

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Elisabeth Cueto

logoagenciatributaria[1]Elisabeth Cueto Faus, empleada de la Agencia Tributaria en Cataluña, recibió en 2011 por parte de sus superiores la orden de no devolver el dinero recaudado demás a los contribuyentes por parte de su superior, Gonzalo David García de Castro, “Si no lo piden, no se devuelve un euro”.

Fue la única funcionaria que se negó a acatar la orden, lo que le costó pasar de liderar un equipo de 43 personas a uno de apenas cuatro, lo cual recurrió al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya.

Por sentencia firme, Cueto ha sido restituida como Jefa de Equipo Regional de Recaudación de la Agencia Tributaria.

Propuesta por: Rodrigo Tena

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Fernando Urriticoechea

Fernando UrriticoecheaFernando Urritocoechea ha sido interventor municipal de diversos ayuntamientos de toda España, especialmente del Norte del país.

Defensor de la transparencia absoluta en la gestión pública, a lo largo de su carrera ha destacado por su lucha contra la corrupción imperante en la vida municipal, el nivel de la Aministración Pública donde más casos de corrupción se localizan. Ha sido protagonista de las denuncias de tramas como la del Ayuntamiento de Galdakao (Vizcaya) en 1990, y especialmente la del Ayuntamiento de Castro Urdiales (Cantabria) entre 2001 y 2006.

Actualmente ejerce su profesión en los consistorios de Crevillent y Orihuela (Alicante), habiendo denunciado la trama que tuvo lugar en el primero.

Propuesto por: Rodrigo Tena

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