Reproducción post en Lawyerpress: Independencia y nombramientos en el Poder Judicial ¿qué hacemos con el Consejo General del Poder Judicial?

Hace menos de un mes tuve ocasión de participar en una mesa redonda organizada conjuntamente por la Plataforma por la Independencia del Poder Judicial y la Fundación ¿Hay Derecho? sobre los nombramientos en la carrera judicial, a la que, lamentablemente, no acudió ningún representante del Consejo General del Poder Judicial a dar su punto de vista sobre tan importante cuestión. Por esa razón, y puesto que recientemente el propio CGPJ ha realizado una encuesta de satisfacción a jueces y magistrados que puede encontrarse en su página web en la que se  pregunta, entre otras cuestiones, por su grado de satisfacción con la labor del CGPJ, muy en particular en relación con los nombramientos en la carrera judicial. Teniendo disponibles estos datos que hablan por sí solos me pareció que lo más adecuado era ponerlos de manifiesto y abstenerme de dar una opinión –necesariamente menos informada- sobre el funcionamiento del actual CGPJ

Pues bien, el 67% de los jueces y magistrados en activo considera que en los nombramientos que realiza el CGPJ no prevalecen criterios de mérito y capacidad. Tan sólo el 6% piensa que mérito y capacidad son los criterios aplicados en dichos nombramientos. Por otra parte, un 27% no sabe o prefiere no contestar a esta cuestión. Este estado de opinión es mayoritario en todos los casos, si bien se observa que se encuentra más acentuado entre los hombres (70%) y los jueces y magistrados con mayor edad y años de experiencia. Si analizamos esta cuestión desde la perspectiva de los distintos órganos judiciales, se puede comprobar que la opinión de que en los nombramientos realizados por el CGPJ no prevalecen criterios de merito y capacidad, se acentúa entre los jueces y magistrados de los Juzgados de lo Contencioso Administrativo (79%) y los del Tribunal Superior de Justicia (77%).

No parece además que la nueva organización del Consejo merezca tampoco la aprobación de los encuestados. Entre los jueces y magistrados que conocen el nuevo modelo de organización del Consejo (49% del total), hay una valoración mayoritariamente negativa (mal + muy mal). El 54% de dichos jueces y magistrados valoran el modelo mal o muy mal, frente a 12% que lo hace en términos positivos (bien + muy bien). Una cuarta parte mantiene una opinión neutra al respecto.

En cuanto a las funciones de defensa por el CGPJ de la independencia de los jueces, una de sus labores fundamentales, el 75%% de los jueces y magistrados en activo cree que actualmente el CGPJ no defiende de manera suficiente y adecuada la independencia. Se trata de una opinión generalizada, que se mantiene por encima del 70% independientemente de la edad, el sexo, la antigüedad o el órgano de pertenencia. El 7% considera que sí lo hace, mientras que el 18% no sabe o prefiere no contestar

El 27% de los jueces y magistrados en activo considera que el CGPJ cuenta con mecanismos y procedimientos adecuados para defender la independencia judicial de manera adecuada, lo que representa 20 puntos porcentuales menos de quienes piensan que actualmente defiende de manera suficiente y adecuada la independencia judicial.

En cuanto al resto de las funciones que realiza el Consejo (formación, escuela judicial, etc) lo cierto es que según esta encuesta predomina el desconocimiento del Consejo (61%) y de sus actuaciones (58%), la mayoría de los jueces y magistrados en activo conceden poca o ninguna importancia al papel del CGPJ en su trabajo cotidiano. Por el contrario, algo menos de un tercio de los jueces y magistrados considera su papel muy o bastante importante. Las variaciones más relevantes respecto a la importancia otorgada al papel del Consejo y su influencia en la labor diaria de jueces y magistrados, la encontramos en función del órgano donde desarrollan su labor. En todos ellos predomina una valoración negativa respecto a la importancia que juega el CGPJ, pero es en los Juzgados de Primera Instancia donde en mayor medida (63%) se registra dicha opinión. Por el contrario, en los Juzgados de lo Penal y el Tribunal Superior de Justicia, es donde en mayor medida se reconoce la importancia de la labor del Consejo (36%)

La comparación con lo que contestan los jueces de otros países de nuestro entorno a preguntas similares (en encuesta también disponible en la estupenda web del CGPJ relativa a informes de la Red Europea de Consejos de Justicia) es sencillamente demoledora. Aunque solo han contestado a la encuesta un número relativamente bajo de jueces (el 23%) las contestaciones son muy preocupantes.

A la pregunta de si ha estado sometido durante los dos últimos años a alguna presión inadecuada, los jueces españoles son los que más responden en sentido afirmativo después de los de Albania y Letonia y por delante de países del Este como Bulgaria o Serbia y lejos de los países nórdicos y del Reino Unido. Las cosas mejoran un poco cuando se preguntan por jueces que reciben sobornos, pero aún así hay que tener en cuenta que mejoran también en el resto de los países y que de nuevo España se acerca a los países del antiguo Telón de acero.  Lo mismo sucede con respecto a la pregunta de si ha sido objeto de algún procedimiento disciplinario motivado por la forma en que han resuelto un asunto; aunque aquí las respuestas de los jueces italianos también los incluyen en este grupo de países o con las referentes a la de si sus decisiones se han visto afectadas por reclamaciones o amenazas de reclamaciones tendentes a exigirles responsabilidad patrimonial.

Este es el panorama, que en mi humilde opinión refleja con contundencia el fracaso del actual sistema de gobierno de los jueces.  Sin necesidad de explayarnos sobre las posibles causas, creo que lo que urge es sentarse a debatir un nuevo modelo en el que las contestaciones a esta encuesta cambien sustancialmente. En este sentido, ha irrumpido en el debate público la rompedora propuesta del partido político Ciudadanos, que opta por su supresión y su sustitución por un órgano de carácter unipersonal nombrado por el Congreso por una mayoría cualificada entre personas que en ningún caso hayan tenido vinculación o cargos en un partido político. Lógicamente este drástico cambio de modelo exige una reforma constitucional, mientras que otras propuestas de reforma han ido en la línea de modificar sencillamente la LOPJ, manteniendo idéntico el art.122 de la Constitución, lo que supone una diferencia significativa.

Pero me parece que el debate se ha centrado en exceso en ese punto (12 Vocales o 1 superpresidente), y no en el que a mi juicio resulta crucial: la supresión de las facultades discrecionales del antiguo CGPJ, que son las que al fin y al cabo han dado lugar básicamente a los problemas de politización; hablamos sencillamente de la capacidad de condicionar la carrera profesional de un Juez o maigstrado. Efectivamente, se trata de evitar que exista la capacidad de hacer favores (o de negarlos) a partir de la política de nombramientos discrecionales de los más altos puestos de la carrera judicial, de evitar la posibilidad de “presionar” de forma directa o indirecta desde las inspecciones o con la tramitación de expedientes disciplinarios, de acabar con la política de subvencionar a las Asociaciones judiciales (aunque es cierto se ha empezado a poner coto a una situación en el que estas Asociaciones llegaban a tener superávits gracias a las generosas subvenciones percibidas). Se trata en definitiva de eliminar ámbitos de discrecionalidad que en ocasiones se acercan  peligrosamente a los de arbitrariedad. Me parece que un órgano de gobierno de los jueces configurado de manera muy distinta, donde las responsabilidades que hay que asumir son mayores que las ventajas que se pueden conceder tiene posibilidades de sortear los problemas del modelo actual.

Conviene no olvidar que la responsabilidad colegiada es siempre, por definición, más difícil de determinar y de exigir y que el reparto por cuotas es más sencillo cuantos más puestos hay que repartir. En todo caso, me parece que lo esencial de este interesante debate es que por fin se ponga encima de la mesa el grave problema que supone tener un órgano de gobierno de los jueces en el que no confían no ya los ciudadanos, sino los propios jueces. Las respuestas a la encuesta son inequívocas.

 

 

 

 

5 comentarios
  1. Luisa
    Luisa Dice:

    Está claro que en España un juez que se dedique solamente a hacer bien su trabajo, sin entrar en compadreos y políticas de pasillo, nunca podrá aspirar a un cargo de altura, pues los puestos discrecionales se cubren por politiqueo y proximidad a los partidos que instrumentalizan el CGPJ como si de un cortijo se tratase.

    • O,Farrill
      O,Farrill Dice:

      Amiga Luisa: lo más triste es que eso ocurre en todas las funciones públicas y, lamentablemente, también en las privadas. La gestión callada y eficaz de los servicios públicos o será casi nunca reconocida (quizá en la jubilación te regalen un bolígrafo) y el sistema de ascensos no está en el trabajo, sino en otras vías más tortuosas. Es nuestra "cultura administrativa", desgraciadamente.

      • Luisa
        Luisa Dice:

        Está claro que en España un juez que se dedique solamente a hacer bien su trabajo, sin entrar en compadreos y políticas de pasillo, nunca podrá aspirar a un cargo de altura, pues los puestos discrecionales se cubren por politiqueo y proximidad a los partidos que instrumentalizan el CGPJ como si de un cortijo se tratase.

      • Jesús Casas
        Jesús Casas Dice:

        Ayer mismo, sin ir más lejos, uno podía contemplar a un Magistrado-Juez en activo participando en un programa de debate en una televisión. No me detuve apenas, pero creo que se comentaba el asesinato de la niña de Santiago de Compostela. Creo que ese mismo Magistrado ha publicado un libro sobre un asunto de su Juzgado (el robo del Codex Calixtinus) y bajo su competencia. Los jueces deben hablar sólo a través de sus Sentencias. Mientras no comprendamos como sociedad que el oficio de Juez debe estar dotado de "sacrosanctitas", ser intocable y exigir no sólo preparación jurídica sino especiales características personales, mientras no comprendamos que los jueces tienen mucho poder sobre "vidas y haciendas" y que, por ejemplo,el Juez de Guardia de cualquier pueblo puede tomar decisiones que no puede tomar nadie más en nuestro régimen constitucional, mientras no comprendamos el "peso de la toga", todo lo que suceda en el Consejo General, los Consejillos autonómicos (como el catalán, por ejemplo), Tribunales Superiores, Salas de Gobierno, Decanatos y demás, reflejará nuestra falta de respeto por el primer pilar de la "civitas", de la civilización. Para ello, reitero que si no comenzamos por la exigencia en el acceso y en la carrera en las Facultades de Jurisprudencia, no llegaremos muy lejos. Bueno, sí, a jueces de Podemos…o del PP o de cualquier otra cofradía. Sin embargo conozco jueces inmensamente probos, independientes y trabajadores a pesar de sus menguados sueldos y enormes responsabilidades.

      • David
        David Dice:

        El gobierno del poder judicial es un tema muy interesante sobre el que ya he comentado en este blog ( http://hayderecho.com/2015/11/23/serie-sobre-la-reforma-constitucional-vi-el-gobierno-de-los-jueces/ ).
        Además de remitirme a lo ya expuesto en aquel post, con el fin de no repetir lo ya dicho, quisiera hacer algunas consideraciones al hilo de lo expresado por doña Elisa por si en algo pudieran ser útiles para este debate:

        En primer lugar, en la encuesta realizada por el CGPJ sólo participaron 1285 jueces en activo. Un 23,8% del total. Es éste un dato revelador que, sin embargo, debe recibirse con cautela pues, con una participación tan baja, difícilmente puede obtenerse una imagen fidedigna del sentimiento de la carrera judicial en su conjunto.Huelga decir que en la encuesta llevada a cabo por la Red Europea de Consejos del Poder Judicial la tasa de respuesta en algunos de los países participantes ascendió a más del 50%. Es por tanto muy difícil hacer comparaciones rigurosas con tales datos e igualmente complicado cimentar cualquier propuesta sobre los mismos sin el riesgo de incurrir en meras conjeturas.
        En segundo lugar, se ha olvidado en la propuesta de Ciudadanos toda mención a las recomendaciones del Consejo de Europa o de la propia Red Europea de Consejos del Poder Judicial que aconsejan el modelo de consejo como forma de gobierno ( http://www.encj.eu/images/stories/pdf/workinggroups/independence/encj_report_independence_accountability_2014_disclaimer.pdf ) y, señaladamente, su declaración de Dublín de 2012 ( http://www.encj.eu/images/stories/pdf/GA/Dublin/encj_dublin_declaration_def_dclaration_de_dublin_recj_def.pdf ) que aborda con profusión el tema de los nombramientos.

        No he encontrado crítica alguna sobre tales documentos – muy certeros a mi juicio – en ningún foro.

        Como se ve, el problema no es tanto la existencia del Consejo como el de su correcto funcionamiento. Se pueden introducir mecanismos para corregir o reducir la discrecionalidad o el papel de las asociaciones sin que por ello se suprima el Consejo. No hay que olvidar tampoco que las asociaciones representan en torno al 50% de la carrera judicial y todas sin excepción han reprobado la propuesta de Ciudadanos. ¿Debe la justa y merecida crítica a las Asociaciones por sus antecedentes prejuzgar en sentido desfavorable sus pronunciamientos sobre la propuesta? Flaco favor haría eso a la Justicia, en mi opinión.

        Entiendo que la supresión planteada sea un corolario de la propuesta de Ciudadanos en materia de nombramientos, pero no tiene por qué ser una consecuencia inevitable, en la medida en que el Consejo ejerce muchas otras funciones y, entre ellas, la de representar al Poder Judicial en su conjunto. Basta recordar cómo muchos países que cuentan hoy día con un Consejo plural obtienen muy buenos resultados en sus encuestas en cuestiones relativas a su independencia o a la ponderación del mérito y capacidad en la selección y nombramiento de cargos.

        Toda propuesta de mejora del sistema judicial es bien recibida pero, siendo un tema tan complejo, el debate no debería centrarse en aspectos puntuales sino englobar todas las cuestiones que en su conjunto atañen al funcionamiento del Consejo. Una visión reduccionista del mismo puede conducir a formular propuestas beneficiosas para unas cuestiones concretas pero perniciosas para otras. De ahí que considero deseable que, al abordar la reforma del gobierno del Poder Judicial, se aúnen todos los puntos de vista, sin que ninguno de los participantes se enroque en sus propuestas como – al menos esa es mi impresión – sucede con los partidos políticos que, en definitiva, son quienes a través de la iniciativa legislativa podrán remediar esta situación.

        En cualquier caso, quiero agradecer la magnífica oportunidad de tratar estos interesantísimos temas y a todos los participantes en este hilo sus aportaciones. El debate está servido.

      • O,Farrill
        O,Farrill Dice:

        Totalmente de acuerdo Jesús. En los mismos términos vengo comentando otros artículos similares porque, como bien señalas, la función jurisdiccional es demasiado importante como para reducirla a cuestiones formales. Un saludo.

      • O,Farrill
        O,Farrill Dice:

        Amiga Luisa: lo más triste es que eso ocurre en todas las funciones públicas y, lamentablemente, también en las privadas. La gestión callada y eficaz de los servicios públicos o será casi nunca reconocida (quizá en la jubilación te regalen un bolígrafo) y el sistema de ascensos no está en el trabajo, sino en otras vías más tortuosas. Es nuestra "cultura administrativa", desgraciadamente.

  2. Jesús Casas
    Jesús Casas Dice:

    Ayer mismo, sin ir más lejos, uno podía contemplar a un Magistrado-Juez en activo participando en un programa de debate en una televisión. No me detuve apenas, pero creo que se comentaba el asesinato de la niña de Santiago de Compostela. Creo que ese mismo Magistrado ha publicado un libro sobre un asunto de su Juzgado (el robo del Codex Calixtinus) y bajo su competencia. Los jueces deben hablar sólo a través de sus Sentencias. Mientras no comprendamos como sociedad que el oficio de Juez debe estar dotado de "sacrosanctitas", ser intocable y exigir no sólo preparación jurídica sino especiales características personales, mientras no comprendamos que los jueces tienen mucho poder sobre "vidas y haciendas" y que, por ejemplo,el Juez de Guardia de cualquier pueblo puede tomar decisiones que no puede tomar nadie más en nuestro régimen constitucional, mientras no comprendamos el "peso de la toga", todo lo que suceda en el Consejo General, los Consejillos autonómicos (como el catalán, por ejemplo), Tribunales Superiores, Salas de Gobierno, Decanatos y demás, reflejará nuestra falta de respeto por el primer pilar de la "civitas", de la civilización. Para ello, reitero que si no comenzamos por la exigencia en el acceso y en la carrera en las Facultades de Jurisprudencia, no llegaremos muy lejos. Bueno, sí, a jueces de Podemos…o del PP o de cualquier otra cofradía. Sin embargo conozco jueces inmensamente probos, independientes y trabajadores a pesar de sus menguados sueldos y enormes responsabilidades.

    • O,Farrill
      O,Farrill Dice:

      Totalmente de acuerdo Jesús. En los mismos términos vengo comentando otros artículos similares porque, como bien señalas, la función jurisdiccional es demasiado importante como para reducirla a cuestiones formales. Un saludo.

  3. David
    David Dice:

    El gobierno del poder judicial es un tema muy interesante sobre el que ya he comentado en este blog ( http://hayderecho.com/2015/11/23/serie-sobre-la-reforma-constitucional-vi-el-gobierno-de-los-jueces/ ).
    Además de remitirme a lo ya expuesto en aquel post, con el fin de no repetir lo ya dicho, quisiera hacer algunas consideraciones al hilo de lo expresado por doña Elisa por si en algo pudieran ser útiles para este debate:

    En primer lugar, en la encuesta realizada por el CGPJ sólo participaron 1285 jueces en activo. Un 23,8% del total. Es éste un dato revelador que, sin embargo, debe recibirse con cautela pues, con una participación tan baja, difícilmente puede obtenerse una imagen fidedigna del sentimiento de la carrera judicial en su conjunto.Huelga decir que en la encuesta llevada a cabo por la Red Europea de Consejos del Poder Judicial la tasa de respuesta en algunos de los países participantes ascendió a más del 50%. Es por tanto muy difícil hacer comparaciones rigurosas con tales datos e igualmente complicado cimentar cualquier propuesta sobre los mismos sin el riesgo de incurrir en meras conjeturas.
    En segundo lugar, se ha olvidado en la propuesta de Ciudadanos toda mención a las recomendaciones del Consejo de Europa o de la propia Red Europea de Consejos del Poder Judicial que aconsejan el modelo de consejo como forma de gobierno ( http://www.encj.eu/images/stories/pdf/workinggroups/independence/encj_report_independence_accountability_2014_disclaimer.pdf ) y, señaladamente, su declaración de Dublín de 2012 ( http://www.encj.eu/images/stories/pdf/GA/Dublin/encj_dublin_declaration_def_dclaration_de_dublin_recj_def.pdf ) que aborda con profusión el tema de los nombramientos.

    No he encontrado crítica alguna sobre tales documentos – muy certeros a mi juicio – en ningún foro.

    Como se ve, el problema no es tanto la existencia del Consejo como el de su correcto funcionamiento. Se pueden introducir mecanismos para corregir o reducir la discrecionalidad o el papel de las asociaciones sin que por ello se suprima el Consejo. No hay que olvidar tampoco que las asociaciones representan en torno al 50% de la carrera judicial y todas sin excepción han reprobado la propuesta de Ciudadanos. ¿Debe la justa y merecida crítica a las Asociaciones por sus antecedentes prejuzgar en sentido desfavorable sus pronunciamientos sobre la propuesta? Flaco favor haría eso a la Justicia, en mi opinión.

    Entiendo que la supresión planteada sea un corolario de la propuesta de Ciudadanos en materia de nombramientos, pero no tiene por qué ser una consecuencia inevitable, en la medida en que el Consejo ejerce muchas otras funciones y, entre ellas, la de representar al Poder Judicial en su conjunto. Basta recordar cómo muchos países que cuentan hoy día con un Consejo plural obtienen muy buenos resultados en sus encuestas en cuestiones relativas a su independencia o a la ponderación del mérito y capacidad en la selección y nombramiento de cargos.

    Toda propuesta de mejora del sistema judicial es bien recibida pero, siendo un tema tan complejo, el debate no debería centrarse en aspectos puntuales sino englobar todas las cuestiones que en su conjunto atañen al funcionamiento del Consejo. Una visión reduccionista del mismo puede conducir a formular propuestas beneficiosas para unas cuestiones concretas pero perniciosas para otras. De ahí que considero deseable que, al abordar la reforma del gobierno del Poder Judicial, se aúnen todos los puntos de vista, sin que ninguno de los participantes se enroque en sus propuestas como – al menos esa es mi impresión – sucede con los partidos políticos que, en definitiva, son quienes a través de la iniciativa legislativa podrán remediar esta situación.

    En cualquier caso, quiero agradecer la magnífica oportunidad de tratar estos interesantísimos temas y a todos los participantes en este hilo sus aportaciones. El debate está servido.

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