¿Puede existir un Estado de Derecho sin verdadera democracia?
Tanto en nuestro libro ¿Hay Derecho?, firmado por Sansón Carrasco, como en algún post (por ejemplo este) hemos estudiado el caso contrario: si el posible hablar de verdadera democracia allí donde no hay Estado de Derecho. Y hemos llegado a la conclusión de que no. Pero mucho más interesante que la conclusión son los argumentos que nos llevan a ella, porque nos ponen sobre la pista de algunas deficiencias importantes que experimentamos hoy en nuestro país. Por eso me parece interesante plantear ahora el caso contrario: ¿Puede haber Estado de Derecho sin democracia? Precisamente porque, con independencia de la conclusión (y les anticipo que mi opinión es negativa), lo interesante de nuevo es el camino.
Tradicionalmente se citan algunos ejemplos históricos y actuales de sociedades no democráticas (o no plenamente democráticas) con Estados de Derecho de nivel elevado o incluso muy elevado. Vamos a prescindir ahora de los ejemplos históricos, que suscitan muchos asuntos colaterales que nos pueden despistar (como la Inglaterra de finales del XIX o la España tardo franquista, aunque al final los traeremos a colación) para limitarnos a los actuales. El ejemplo por antonomasia es el de Singapur. Si acudimos a los rankings internacionales sobre rule of law, como por ejemplo este del world justice project , comprobaremos que Singapur está situado en el puesto 9 del mundo, por delante del Reino Unido (12), Canadá (14), Estados Unidos (19) y España (24). Sin embargo, Singapur no es una verdadera democracia. El PAP ha ganado todas las elecciones desde la independencia, y tanto la libertad de expresión como ciertas libertades civiles (derecho de asociación y a la privacidad) están sumamente restringidas. ¿Cómo se explica entonces esa posición? Y, una vez explicada, ¿cómo se atreve usted a decir que no es posible un Estado de Derecho de calidad sin democracia?
La posición se explica fácilmente porque estos rankings eligen primero una serie de factores a ponderar y luego hacen una media de los mismos, realizando así de manera inevitable una cierta asimilación cualitativa entre unos y otros. En el caso de Singapur, este país obtiene unas notas extraordinariamente altas en factores tales como ausencia de corrupción en la Justicia y la Administración, sanciones a los abusos de poder, seguridad jurídica, no discriminación, ejecución de las decisiones en un tiempo breve, etc., que compensan sus bajas calificaciones en otros como derecho de asociación, participación pública, control no oficial del poder, etc. Si estas últimas fueran un poquito mejores adelantaría a Nueva Zelanda o a Suecia.
Pero para comprender adecuadamente el problema debemos profundizar un poquito más. Para ello hay que comenzar por entender que el Estado de Derecho es una realidad bidimensional. Por así decirlo, tiene altura y anchura. La atura se refiere precisamente al nivel de fortaleza que presenta el sistema. Como afirma Jeffrey Winters, un Estado de Derecho tiene un nivel elevado cuando es más fuerte que el más fuerte de sus ciudadanos. Es decir, cuando enfrentado con cualquier oligarca que pretenda echarle un pulso en un asunto sometido a su decisión, el sistema siempre le dobla el brazo. En este aspecto el Estado de Derecho en Singapur es mucho más fuerte que el nuestro. Allí sería impensable un solo caso semejante a los muchos que hemos tratado en este blog, como los casos Alierta, Botín, Sáenz, etc., y eso que los oligarcas de Singapur son varios factores más poderosos que los nuestros. Todos los que han pretendido echarle un pulso al sistema han sido derrotados y humillados, incluidos algunos próximos al clan Lee.
Pero lo que no podemos olvidar es que el Estado de Derecho también tiene anchura, que se define por la amplitud de los derechos que protege. Singapur defiende de manera muy eficaz los derechos económicos (civiles, mercantiles y administrativos), pero muy poco los políticos. Y lo curiosos es que protege y no protege a través del mismo sistema legal y judicial, ferozmente meritocrático e independiente (porque, obvio es decirlo, en el ámbito político no decide el Presidente como le venga en gana sin sujeción a norma alguna). Pongamos dos ejemplos para que se entienda mejor.
En sus memorias, el Presidente Lee (el fundador del Estado) afirma que la reforma legal más decisiva de su mandato para acabar con la corrupción fue considerar como prueba de cargo para condenar penalmente al funcionario sospechoso el que no pudiese justificar los ingresos que sostenían su nivel de vida. Vamos, que para condenar al Sr. Ignacio González bastaría con que no pudiese acreditar puntualmente de donde salieron sus ingresos para alquilar a precio de mercado el famoso ático, o al Sr. Pujol que no pudiese demostrar la cuantía de la célebre herencia de su padre. Inversión de la carga de la prueba y punto final.
Vayamos con el segundo ejemplo. En Singapur aquél que se atreva a dudar de la honorabilidad de algún político en activo del PAP, ejerciendo una crítica que sería perfectamente admisible en cualquier país democrático, cómo afirmar públicamente que no se entiende por qué una determinada investigación se llevó a cabo por un órgano y no por otro (como sugiriendo ciertas presiones al efecto) se arriesga a una catarata de pleitos por difamación que con total seguridad le llevarán primero a la ruina y luego al exilio, como le ocurrió al crítico Tang Liang Hong. De hecho, si alguien se atreviese a afirmar de algunos altos cargos del PAP que seguramente han cobrado algún sobresueldo en negro, sin probarlo, aunque fuese en base a las declaraciones del Tesorero del partido, sería absolutamente aniquilado. Pero lo sería aunque se hubiese limitado a decir que la fiscalía o la abogacía del Estado no han acusado en determinado caso importante por razones políticas más que jurídicas. Y los que triturarían al funcionario marbellí, al rico hereu y al bloguero frívolo, serían esos mismos jueces independientes e insobornables que adjudican los casos privados, eso sí, aplicando las leyes políticas y penales del Estado y no las puramente mercantiles.
Por eso, para apreciar la calidad de un Estado de Derecho, también tenemos que fijarnos hasta qué punto las leyes reconocen o consagran determinados derechos o libertades que hemos convenido en denominar fundamentales (definiendo así la anchura del sistema) porque de otro modo deberíamos llegar a la conclusión de que para definir un Estado de Derecho tanto valen las Leyes Fundamentales del franquismo como la Constitución española. Y si ese fuera el caso, quizás tendríamos que reconocer que no salimos muy bien parados en la comparación.
Precisamente, tras la terrible experiencia del nazismo, este es el gran salto adelante que realiza la Ley Fundamental de Bonn y, con ella, el Tribunal Constitucional alemán, marcando el camino al resto de Tribunales Constitucionales continentales. El Estado no solo debe respetar la propiedad de los ciudadanos, sino que debe comprometerse con la dignidad del ser humano y con el libre desarrollo de la personalidad, que alcanza de una manera directa o indirecta todos los ámbitos del Derecho. Por eso, si hubiera que destacar en la actualidad alguna diferencia de matiz entre el concepto anglosajón del rule of law y el continental del “Estado de Derecho” quizás descansaría precisamente en el énfasis en esta dimensión (en su “anchura”) que tras el fin de la contienda bélica quiso añadirse expresamente al concepto clásico (y que a los anglosajones les ha preocupado bastante menos). En cualquier caso sobre este tema recomiendo un magnífico post de Jesús Fernandez Villaverde (aquí).
La conclusión final, entonces, es que las leyes no escritas, los derechos fundamentales, el Derecho natural o la Justicia –como queramos llamar a esa realidad jurídica superior- tienen un peso fundamental a la hora de definir un Estado de Derecho. No solo cuenta la fortaleza del sistema (su altura), sino también la anchura con la que protege a la Justicia y a su hermana gemela, la libertad.
Rodrigo Tena Arregui es Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Notario de Madrid por oposición (OEN 1995). Ha sido profesor en las Universidades de Zaragoza, Complutense de Madrid y Juan Carlos I de Madrid. Es miembro del consejo de redacción de la revista El Notario del siglo XXI.
La respuesta a la pregunta del titular de Rodrigo no puede ser más que afirmativa. El Derecho o conjunto de normas por las que se rige una sociedad, no supone necesariamente que exista democracia tal como la entendemos, sin adjetivar, en esa sociedad. Es un tema ya muy debatido en este blog (entre otros foros) pero que conviene repetir sin descanso.
(El "meollo" del comentario sobre "leyes" y "democracia" ha sido impedido por el "patrón" impuesto de 2.000 caracteres. Otra vez será.)
Para terminar: las leyes (el Derecho positivo) suelen restringir libertades; la democracia las equilibra con el Derecho Natural. Las constituciones son democráticas, las leyes en general no. Un saludo.
2000 caracteres es un "twitter",…, no es coherente con la propia acción comentar.
La media de los comentarios que comentan ronda los 3000 caracteres, y 3500 o 4000 para comentarios "extensos".
El primero extrañado he sido yo cuando he visto la cartela de "comentario demasiado largo"….. Nunca me había pasado antes y, efectivamente, tuve que borrar la mayor parte para que me permitiera "publicar". Eran unos quince o veinte renglones más. Ya se aclarará el asunto. Un saludo.
Sí existe Estado de Derecho sin Democracia. Es lo que tenemos ahora en España. Los partidos políticos no son sinónimo de democracia y el sufragio indirecto y las listas cerradas tampoco. Por otra parte, impera el Estado de Derecho, mucho de él injusto, anacrónico, inútil cuando no contrario a la Constitución y a la normativa de la UE
La respuesta a la pregunta del titular de Rodrigo no puede ser más que afirmativa. El Derecho o conjunto de normas por las que se rige una sociedad, no supone necesariamente que exista democracia tal como la entendemos, sin adjetivar, en esa sociedad. Es un tema ya muy debatido en este blog (entre otros foros) pero que conviene repetir sin descanso.
(El "meollo" del comentario sobre "leyes" y "democracia" ha sido impedido por el "patrón" impuesto de 2.000 caracteres. Otra vez será.)
Para terminar: las leyes (el Derecho positivo) suelen restringir libertades; la democracia las equilibra con el Derecho Natural. Las constituciones son democráticas, las leyes en general no. Un saludo.
2000 caracteres es un "twitter",…, no es coherente con la propia acción comentar.
La media de los comentarios que comentan ronda los 3000 caracteres, y 3500 o 4000 para comentarios "extensos".
El primero extrañado he sido yo cuando he visto la cartela de "comentario demasiado largo"….. Nunca me había pasado antes y, efectivamente, tuve que borrar la mayor parte para que me permitiera "publicar". Eran unos quince o veinte renglones más. Ya se aclarará el asunto. Un saludo.
Sí existe Estado de Derecho sin Democracia. Es lo que tenemos ahora en España. Los partidos políticos no son sinónimo de democracia y el sufragio indirecto y las listas cerradas tampoco. Por otra parte, impera el Estado de Derecho, mucho de él injusto, anacrónico, inútil cuando no contrario a la Constitución y a la normativa de la UE
Me ha alegrado leer el último párrafo de Rodrigo: "La conclusión final, entonces, es que las leyes no escritas, los derechos fundamentales, el Derecho natural o la Justicia –como queramos llamar a esa realidad jurídica superior- tienen un peso fundamental a la hora de definir un Estado de Derecho"
Cuando el derecho de las Personas precede al Estado tenemos un Demos de personas Libres y Autónomas. Cuando no es así tenemos un Demos de Cautivos Dependientes.
En los actuales estertores del sistema –quizás por grave enfermedad del "Demos"– es posible que nos estemos agarrando al mito de la palabra Democracia como a un salvavidas. Todos los estados se llaman a sí mismos "de Derecho y Democráticos". Pero entre ambos mundos hay………. un mundo. En el último libro de Dalmacio Negro, el profesor cuenta que de "Democracia" se han llegado a registrar 650 definiciones.
Por otra parte Estado de Derecho es una cosa y People's Law es otra. Uno surge del Poder y se impone al Demos, el otro es destilado por la Sociedad de individuos acostumbrados a ser libres y se impone al Poder de de forma natural. Tocqueville 1.0.
El concepto mismo de Derechos Protegidos por el Estado suena mal. Garantista y preocupante. Invasivo y falso. Scruton lo explica bien. https://www.youtube.com/watch?v=l5BXyvMU80Q
Los derechos de verdad son evidentes y la Justicia para con unos no depende de la Injusticia ejercida contra otros miembros del Demos.
Los falsos derechos son moneda para compra de voto. No son Derechos. Son intereses, aspiraciones, necesidades, privilegios. No Derechos Naturales en el sentido descrito.
Las actuales Constituciones Garantistas son instrumentos de "Captura del Constituyente por el Constituido".
Imaginemos que somos Negros y que un Estado dice que protege nuestro "Derecho a la Negritud". ¿Somos o no somos negros? ¿Qué tipo de estado va a "autorizarnos" a ser lo que somos?
Saludos
El Estado actual "autoriza" a ser lo que no somos,…… De ahí toda la normativa protectora de los derechos homosexuales…. "Tengo derecho a ser mujer"…. Y yo a ser más guapo, más alto, pero no lo soy.
Me ha alegrado leer el último párrafo de Rodrigo: "La conclusión final, entonces, es que las leyes no escritas, los derechos fundamentales, el Derecho natural o la Justicia –como queramos llamar a esa realidad jurídica superior- tienen un peso fundamental a la hora de definir un Estado de Derecho"
Cuando el derecho de las Personas precede al Estado tenemos un Demos de personas Libres y Autónomas. Cuando no es así tenemos un Demos de Cautivos Dependientes.
En los actuales estertores del sistema –quizás por grave enfermedad del "Demos"– es posible que nos estemos agarrando al mito de la palabra Democracia como a un salvavidas. Todos los estados se llaman a sí mismos "de Derecho y Democráticos". Pero entre ambos mundos hay………. un mundo. En el último libro de Dalmacio Negro, el profesor cuenta que de "Democracia" se han llegado a registrar 650 definiciones.
Por otra parte Estado de Derecho es una cosa y People's Law es otra. Uno surge del Poder y se impone al Demos, el otro es destilado por la Sociedad de individuos acostumbrados a ser libres y se impone al Poder de de forma natural. Tocqueville 1.0.
El concepto mismo de Derechos Protegidos por el Estado suena mal. Garantista y preocupante. Invasivo y falso. Scruton lo explica bien. https://www.youtube.com/watch?v=l5BXyvMU80Q
Los derechos de verdad son evidentes y la Justicia para con unos no depende de la Injusticia ejercida contra otros miembros del Demos.
Los falsos derechos son moneda para compra de voto. No son Derechos. Son intereses, aspiraciones, necesidades, privilegios. No Derechos Naturales en el sentido descrito.
Las actuales Constituciones Garantistas son instrumentos de "Captura del Constituyente por el Constituido".
Imaginemos que somos Negros y que un Estado dice que protege nuestro "Derecho a la Negritud". ¿Somos o no somos negros? ¿Qué tipo de estado va a "autorizarnos" a ser lo que somos?
Saludos
Un Estado de Derecho no es otra cosa que un Estado regido por las Leyes. Por supuesto que no tiene por qué ser democrático: de hecho puede ser completa y perfectamente antidemocrático sin dejar de ser un modélico Estado de Derecho en el que las Leyes se respetan y los ciudadanos, carentes por completo de derechos, saben exactamente a qué atenerse si incumplen sus obligaciones. Lo que enturbia nuestra visión es que damos por hecho que las Leyes y el Legislativo tienen que estar al servicio de unos determinados ideales pero no de otros. La falta de democracia no implica la falta de un orden.
Un Estado de Derecho no es otra cosa que un Estado regido por las Leyes. Por supuesto que no tiene por qué ser democrático: de hecho puede ser completa y perfectamente antidemocrático sin dejar de ser un modélico Estado de Derecho en el que las Leyes se respetan y los ciudadanos, carentes por completo de derechos, saben exactamente a qué atenerse si incumplen sus obligaciones. Lo que enturbia nuestra visión es que damos por hecho que las Leyes y el Legislativo tienen que estar al servicio de unos determinados ideales pero no de otros. La falta de democracia no implica la falta de un orden.
<<Por otra parte Estado de Derecho es una cosa y People's Law es otra.>>
Ambos son lo mismo. Las diferencias que usted expone son pura literatura fantástica. No hay más que leer lo que escribe a continuación (<<es destilado por la Sociedad de individuos acostumbrados a ser libres y se impone al Poder de de forma natural>>) para darse cuenta de que no es más que un simple "vamos a hacer como si…" hubiera ocurrido algo que no ha ocurrido nunca ni ha existido nunca porque no es más que producto de la fantasía humana.
<<Uno surge del Poder y se impone al Demos>>
Pero en una democracia se supone que el pueblo es el poder. ¿Lo ve? ya son lo mismo. Esto es como debatir el sexo de los ángeles: perder el tiempo. Al final todo es lo mismo: el que tiene la fuerza decide las normas. Por eso el liberalismo económico quiere debilitar al estado (que es la máxima fuerza posible): sabe que una persona no puede cambiar nada, pero muchas juntas lo pueden cambiar todo, y la única forma de juntarse tanta gente a la vez es en forma de estado (con una verdadera democracia).
<<El concepto mismo de Derechos Protegidos por el Estado suena mal>>
Hay dos clases de derechos:
-los derechos que usted quiere que paguemos todos con impuestos porque usted los necesita pero usted solo no puede pagárselos (por ej. una policía que le permita ejercer su derecho a la vida o carreteras para ejercer su libertad de movimiento).
-los derechos que no quiere pagar con impuestos porque podría pagárselos usted solo, aunque otros sí los necesiten (por ej: derecho a una vivienda o sanidad gratuitos).
A los primeros una corriente política sociópata llamada neo-liberalismo los llama "verdaderos derechos", y a los otros "falsos derechos". Todo esto sería muy gracioso y nos reiríamos todos si no fuera porque no va de nada más que de egoísmo de los más favorecidos de la sociedad, y desprecio por la vida de los menos favorecidos.
Se me olvidadba: Sobre Roger Scruton, el filósofo "de cámara" de los tory al que usted enlaza un video dando lecciones de moral:
https://en.wikipedia.org/wiki/Roger_Scruton
"In 2002 it emerged that Scruton had been receiving a fee of £54,000 p.a. from Japan Tobacco International without declaring interest (…) He wrote articles for The Wall Street Journal and a 65-page pamphlet (…) criticized the World Health Organization's (WHO) campaign against smoking. The payments became public when a letter to Japan Tobacco International signed by Professor Scruton's wife was leaked, in which they were asked to increase the payments to £66,000 p.a., in exchange for which "We would aim to place an article every two months in one or other of the WSJ (Wall Street Journal), the Times, the Telegraph, the Spectator, the Financial Times, the Economist, the Independent or the New Statesman""
Lecciones de moral…
''una corriente política sociópata llamada neo-liberalismo los llama "verdaderos derechos", y a los otros "falsos derechos''.
Una sociopatía de manual pero hegemónica y legal a día de hoy. Unos ideólogos tan sociopatas-antisociales que ya también aplauden a las policías privadas (en España), y a los ejércitos y guerras en manos de multinacionales (USA, y en Siria,p.ej).
<<Por otra parte Estado de Derecho es una cosa y People's Law es otra.>>
Ambos son lo mismo. Las diferencias que usted expone son pura literatura fantástica. No hay más que leer lo que escribe a continuación (<<es destilado por la Sociedad de individuos acostumbrados a ser libres y se impone al Poder de de forma natural>>) para darse cuenta de que no es más que un simple "vamos a hacer como si…" hubiera ocurrido algo que no ha ocurrido nunca ni ha existido nunca porque no es más que producto de la fantasía humana.
<<Uno surge del Poder y se impone al Demos>>
Pero en una democracia se supone que el pueblo es el poder. ¿Lo ve? ya son lo mismo. Esto es como debatir el sexo de los ángeles: perder el tiempo. Al final todo es lo mismo: el que tiene la fuerza decide las normas. Por eso el liberalismo económico quiere debilitar al estado (que es la máxima fuerza posible): sabe que una persona no puede cambiar nada, pero muchas juntas lo pueden cambiar todo, y la única forma de juntarse tanta gente a la vez es en forma de estado (con una verdadera democracia).
<<El concepto mismo de Derechos Protegidos por el Estado suena mal>>
Hay dos clases de derechos:
-los derechos que usted quiere que paguemos todos con impuestos porque usted los necesita pero usted solo no puede pagárselos (por ej. una policía que le permita ejercer su derecho a la vida o carreteras para ejercer su libertad de movimiento).
-los derechos que no quiere pagar con impuestos porque podría pagárselos usted solo, aunque otros sí los necesiten (por ej: derecho a una vivienda o sanidad gratuitos).
A los primeros una corriente política sociópata llamada neo-liberalismo los llama "verdaderos derechos", y a los otros "falsos derechos". Todo esto sería muy gracioso y nos reiríamos todos si no fuera porque no va de nada más que de egoísmo de los más favorecidos de la sociedad, y desprecio por la vida de los menos favorecidos.
Creo que los comentarios anteriores vienen a demostrar que, como muy bien se apunta en ellos, una cosa es "orden" o reglas y otra su procedencia legítima (del "demos") o ilegítima (impuestas al "demos") que ya señala Manu Oquendo. El principio de "legalidad" queda subordinado en el primer caso a la soberanía popular a través de representantes con mandato imperativo concreto en el Parlamento; el segundo caso se daría por la imposición de normas surgidas del ejecutivo (gobierno) aunque lo haga formalmente a través del Parlamento. En todo caso, si el poder constituyente de la soberanía popular establece la norma-marco superior, en ningún caso ésta puede ser violada, sesgada o alterada por las leyes posteriores.
Duverger (Instituciones políticas y derecho constitucional) lo señala claramente: "El principio de la legalidad implica una jerarquía entre los actos jurídicos en la cual, los actos de los grados inferiores, deben conformarse a los de los grados superiores…. son actos legislativos por naturaleza los realizados por el Parlamento, mientras que son reglamentarios (de desarrollo) los del gobierno…. la superioridad de la ley así definida sobre los actos de gobierno y de las autoridades administrativas, coloca a éstos bajo la dependencia del Parlamento; la la jerarquía de los actos, lleva así consigo una jerarquía de los órganos: la superioridad de las leyes son los límites que el Parlamento coloca a la actividad gubernamental".
Como vemos, nada que ver con la supuesta "democracia consolidada" con que nos adornamos en la mayor parte del mundo occidental. A pesar de eso hay un "orden" (Derecho) impuesto a partir de las "trampas" jurídicas de nuestra Constitución, cuya génesis y circunstancias no pueden olvidarse. Saludos.
Creo que los comentarios anteriores vienen a demostrar que, como muy bien se apunta en ellos, una cosa es "orden" o reglas y otra su procedencia legítima (del "demos") o ilegítima (impuestas al "demos") que ya señala Manu Oquendo. El principio de "legalidad" queda subordinado en el primer caso a la soberanía popular a través de representantes con mandato imperativo concreto en el Parlamento; el segundo caso se daría por la imposición de normas surgidas del ejecutivo (gobierno) aunque lo haga formalmente a través del Parlamento. En todo caso, si el poder constituyente de la soberanía popular establece la norma-marco superior, en ningún caso ésta puede ser violada, sesgada o alterada por las leyes posteriores.
Duverger (Instituciones políticas y derecho constitucional) lo señala claramente: "El principio de la legalidad implica una jerarquía entre los actos jurídicos en la cual, los actos de los grados inferiores, deben conformarse a los de los grados superiores…. son actos legislativos por naturaleza los realizados por el Parlamento, mientras que son reglamentarios (de desarrollo) los del gobierno…. la superioridad de la ley así definida sobre los actos de gobierno y de las autoridades administrativas, coloca a éstos bajo la dependencia del Parlamento; la la jerarquía de los actos, lleva así consigo una jerarquía de los órganos: la superioridad de las leyes son los límites que el Parlamento coloca a la actividad gubernamental".
Como vemos, nada que ver con la supuesta "democracia consolidada" con que nos adornamos en la mayor parte del mundo occidental. A pesar de eso hay un "orden" (Derecho) impuesto a partir de las "trampas" jurídicas de nuestra Constitución, cuya génesis y circunstancias no pueden olvidarse. Saludos.
Sigo citando a Duverger por aquello del número de caracteres: "Si la ley está colocada de esta manera por encima de los actos del Gobierno y de las autoridades administrativas, es porque el Parlamento es el representante de los ciudadanos que lo han elegido, los cuales son titulares de la soberanía. El principio de legalidad es el reflejo de la soberanía popular y la superioridad de la ley arranca del hecho de ser la expresión de la voluntad general" (no mayoritaria). Es porque las leyes son democráticas en definitiva.
Sigo citando a Duverger por aquello del número de caracteres: "Si la ley está colocada de esta manera por encima de los actos del Gobierno y de las autoridades administrativas, es porque el Parlamento es el representante de los ciudadanos que lo han elegido, los cuales son titulares de la soberanía. El principio de legalidad es el reflejo de la soberanía popular y la superioridad de la ley arranca del hecho de ser la expresión de la voluntad general" (no mayoritaria). Es porque las leyes son democráticas en definitiva.
Muy estimado GP. Gracias por la información.
Para evaluar ideas, algo de lo que no andamos muy sobrados, es mejor escucharlas despacio, pensar sobre ellas y llegar a conclusiones siendo capaces de argumentar a favor o en contra.
El tratar de crear una Huella Neuronal Pavloviana sobre ideas que no queremos escuchar o que no nos gustan es un recurso usado por ideologías totalitarias o por los virtuosos de la pereza que normalmente son gente muy inteligente.
Antes los tildábamos de herejes, –cuando yo era niño de "protestantes"– hoy se ha puesto de moda pretender que su dinero no es de ellos sino del Estado y les acusan de tener cuentas donde libremente decidan. ¡Qué horror, está en un consejo de admón. en Panamá!………………….. ¿Y?
A mi me parece que la gente tiene derecho a lo suyo y que ni yo –ni Estado alguno– tenemos derecho a quitárselo. Ni a meter las narices en sus vidas.
Y lo creo porque me consta que no hay Justicia si el Bien de uno depende de la Extorsión a otro.
Por otra parte, Scruton puede no gustar pero lo difícil es Rebatir lo que dice con su notable Moderación y Equilibrio.
Por ejemplo, en esta charla en Australia dice alguna cosa con la que no estoy de acuerdo porque históricamente es incierta a pesar de que es tenida por cierta por personas doctas pero que solo conocen superficialmente la historia de nuestra religión.
Pero aún así Scruton sigue siendo una de las cabezas más interesantes de la actualidad.
https://www.youtube.com/watch?v=INKsy_vujTg
Un saludo cordial
Muy estimado GP. Gracias por la información.
Para evaluar ideas, algo de lo que no andamos muy sobrados, es mejor escucharlas despacio, pensar sobre ellas y llegar a conclusiones siendo capaces de argumentar a favor o en contra.
El tratar de crear una Huella Neuronal Pavloviana sobre ideas que no queremos escuchar o que no nos gustan es un recurso usado por ideologías totalitarias o por los virtuosos de la pereza que normalmente son gente muy inteligente.
Antes los tildábamos de herejes, –cuando yo era niño de "protestantes"– hoy se ha puesto de moda pretender que su dinero no es de ellos sino del Estado y les acusan de tener cuentas donde libremente decidan. ¡Qué horror, está en un consejo de admón. en Panamá!………………….. ¿Y?
A mi me parece que la gente tiene derecho a lo suyo y que ni yo –ni Estado alguno– tenemos derecho a quitárselo. Ni a meter las narices en sus vidas.
Y lo creo porque me consta que no hay Justicia si el Bien de uno depende de la Extorsión a otro.
Por otra parte, Scruton puede no gustar pero lo difícil es Rebatir lo que dice con su notable Moderación y Equilibrio.
Por ejemplo, en esta charla en Australia dice alguna cosa con la que no estoy de acuerdo porque históricamente es incierta a pesar de que es tenida por cierta por personas doctas pero que solo conocen superficialmente la historia de nuestra religión.
Pero aún así Scruton sigue siendo una de las cabezas más interesantes de la actualidad.
https://www.youtube.com/watch?v=INKsy_vujTg
Un saludo cordial
“El Estado … la dignidad del ser humano y con el libre desarrollo de la personalidad, que alcanza de una manera directa o indirecta todos los ámbitos del Derecho.”
El artículo carece de hilo conductor lógico.
El Estado, es y ha sido una organización conformada por mercenarios (podemos empezar por los 5000 de Sargón). Cómo estos mercenarios han accedido a la función de orden (funcionarios; los que hacen que funcione) ha variado (afinidad, virtud, mérito, etc) pero el principio rector es el mismo (merces = de pago).
“Ni quito ni pongo Rey, pero ayudo a mi señor” Bertrand du Guesclin
Como tal, el Estado se define –-por la acción hegemónica y violenta—; reflejo de una corporación de intereses alineados. Por ello, atribuir conceptos tan evanescentes, –-fuera de la cadena de orden— que impera dentro del Estado es totalmente absurdo.
Más aún, con conceptos tan volátiles como “dignidad del ser humano”; algo ha suscitado y suscita los debates más intensos y enconados de la historia.
Para que, pretenda meterse el “Auctoritas” dentro del “Potestas”; algo que incluso los romanos distinguían.
España tiene calado histórico e intelectual: Liberalismo, Anarquismo,…,
Para caer en el regocijo de la propaganda extranjera, …, muchos de los cuales no están para dar lecciones de nada. Sólo se deben ver los antecedentes históricos; prácticos. Por ejemplo del “Estado Social”, lo anglosajón* y las tan dadas “soluciones finales”.
*:youtube.com/watch?v=JwytoxMuk4U (potestas = mercenarios “defendiendo la propiedad”)
“El Estado … la dignidad del ser humano y con el libre desarrollo de la personalidad, que alcanza de una manera directa o indirecta todos los ámbitos del Derecho.”
El artículo carece de hilo conductor lógico.
El Estado, es y ha sido una organización conformada por mercenarios (podemos empezar por los 5000 de Sargón). Cómo estos mercenarios han accedido a la función de orden (funcionarios; los que hacen que funcione) ha variado (afinidad, virtud, mérito, etc) pero el principio rector es el mismo (merces = de pago).
“Ni quito ni pongo Rey, pero ayudo a mi señor” Bertrand du Guesclin
Como tal, el Estado se define –-por la acción hegemónica y violenta—; reflejo de una corporación de intereses alineados. Por ello, atribuir conceptos tan evanescentes, –-fuera de la cadena de orden— que impera dentro del Estado es totalmente absurdo.
Más aún, con conceptos tan volátiles como “dignidad del ser humano”; algo ha suscitado y suscita los debates más intensos y enconados de la historia.
Para que, pretenda meterse el “Auctoritas” dentro del “Potestas”; algo que incluso los romanos distinguían.
España tiene calado histórico e intelectual: Liberalismo, Anarquismo,…,
Para caer en el regocijo de la propaganda extranjera, …, muchos de los cuales no están para dar lecciones de nada. Sólo se deben ver los antecedentes históricos; prácticos. Por ejemplo del “Estado Social”, lo anglosajón* y las tan dadas “soluciones finales”.
*:youtube.com/watch?v=JwytoxMuk4U (potestas = mercenarios “defendiendo la propiedad”)
“A mi me parece que la gente tiene derecho a lo suyo y que ni yo –ni Estado alguno– tenemos derecho a quitárselo. Ni a meter las narices en sus vidas.”
O la mayoría podemos decidir que se pueden cobrar impuestos e imponer leyes a los demás desde el estado (democracia), o no, que no se puede imponer absolutamente nada sobre nadie. A ver si nos aclara qué es lo que defiende usted. Lo que no puede ser es defender el “solo la puntita”, decidir usted dónde acaba la “puntita” y encima querer hacernos creer que eso deja intacta la virginidad. O el estado manda o no.
“Pero aún así Scruton sigue siendo una de las cabezas más interesantes de la actualidad.”
Cuando lleva sombrero, porque pensar piensa con la billetera. Este sujeto en 1986, ya cuarentón y en plena “revolución conservadora” que aún sufrimos gracias a tipos como él (que la inventaron), defendía que los homosexuales eran pervertidos y ese año publicó un libro sobre el asunto. ¡En los años 80! Sin duda un experto en moral. En el año 2010 (¡en el 2010!) dijo que ya no pensaba lo mismo. Eso da una idea de lo "interesante" que es su cabeza.
He visto que en HD se anunciaba por un instante la versión española de un libro que hemos citado aquí casi desde "los albores del estertor": "The Grand Chessboard". Subtitulado en ambas lenguas………… "La supremacía americana y sus imperativos geoestratégicos".
Es un libro de 1997. En realidad son los apuntes de clase del profesor Brzezinski y resulta imprescindible para entender mínimamente casi todo lo que nos está sucediendo.
Desde la conveniente crisis moral, cultural y educativa, a la necesidad de burbujas financieras para dar la apariencia de vigor económico, hasta un gasto militar obsesivo por parte de algunos y unas políticas de pactos comerciales –obligatorios y secretos– cuya función es, esencialmente, la reafirmación del imperio………..como sea.
Es decir, viene a cuento hasta en la cuestión de la Corrupción a pesar de que tratamos de circunscribirla al pequeño delito ocultando la naturaleza moralmente corrupta de gran parte de los actos del Poder por mucho que se trate de Sacralizarlos vistiéndolos de ritual democrático:
Por cierto: Democracia es un término con 650 definiciones registradas y que más nos valdría analizar críticamente para mejorar sus cada vez más deficientes rendimientos marginales.
Todo ello aderezado con las reflexiones de Raymond Plant (socialdemócrata) https://www.youtube.com/watch?v=m43P9Gj22UI y Roger Scruton (conservador) https://es.search.yahoo.com/search?p=Scruton&fr=yfp-t-777
Saludos