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¡Ay, Derecho! el Ministerio del Interior, los Comisarios Honoríficos y la Cultura de la Transparencia

 La Fundación ¿Hay Derecho? realizó con fecha 20 de abril de 2016, al amparo de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, al Ministerio la siguiente pregunta:

Desde la Fundación ¿Hay Derecho? nos gustaría saber qué personas han sido nombradas comisarios honorarios en la última legislatura.

La respuesta del Ministerio fue la siguiente:

Comisarios Honorarios nombrados en la última Legislatura (X legislatura)

  1. a) 148 personas pertenecientes a la Policía Nacional.
  2. b) 7 personas ajenas a la Policía Nacional

El 13 de junio de 2016 realizamos una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, ya que la respuesta del Ministerio fue claramente insatisfactoria, y que ahora nos ha dado la razón en una Resolución de fecha 8 de septiembre de 2016, que da 5 días al Ministerio para que nos facilite el nombre de las 7 personas ajenas a la Policía Nacional que han sido nombrados Comisarios Honorarios en la X legislatura.

Lo respuesta que el Ministerio dio al Consejo al revisarse el Recurso es muy representativa de cómo es la cultura de la transparencia en nuestra Administración, y en particular en el Ministerio del Interior. En primer lugar alega que al analizar nuestra solicitud

“(…) entendiéndose que lo que se solicitaba era el número de personas”.

Teniendo en cuenta que la pregunta era “a qué personas” y no “a cuántas”, es difícil de entender esta interpretación. Pero va más allá y alega que :

“En base a lo anterior y una vez analizada la reclamación, el Ministerio del Interior entiende que la nueva información solicitada contiene datos personales de personas físicas identificadas o identificables que se encuentran garantizados y protegidos por el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter personal, por lo que se debe denegar el acceso a los mismos tal y como han sido reclamados, conforme al artículo 15 de la Ley de Transparencia.”

La distinción como comisario honorario de la Policía Nacional está regulada por la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional. Esta, en su artículo 86.2 estable que “La distinción de miembro honorario de la Policía Nacional podrá otorgarse a aquellas personas que, no habiendo pertenecido al citado Cuerpo, se hubieran distinguido por los merecimientos contraídos en virtud de la labor realizada a favor del mismo”.

Se trata de una distinción puramente honorífica, es decir, un reconocimiento público a una cierta labor de apoyo a la institución y que, según establece el artículo 85.2 de dicha Ley no conlleva contraprestación económica de ningún tipo: “En ningún caso, los ascensos concedidos con carácter honorífico llevarán consigo efectos económicos, ni serán considerados a los efectos de derechos pasivos.”

Este tipo de reconocimientos tienen valor en la medida en la que constituyen un agradecimiento público a una persona, y obviamente perderían todo su sentido si su otorgamiento no fuera conocido por nadie, es decir, si fuera un reconocimiento “de tapadillo”. Salvo que, claro está, se estén reconociendo méritos a quien no corresponde, por razones de amistad, afinidad o por cualesquiera otras que no tengan nada que ver con los merecimientos contraídos a favor del Cuerpo de Policía Nacional. A lo mejor, entonces, el Ministerio del Interior prefiere que no se haga público el reconocimiento.

Pues eso es exactamente lo que ocurre en este caso, que el Ministerio del Interior considera que dar el nombre de quienes han sido agraciados con esta distinción vulnera la protección de datos de carácter personal. Entendemos que seguramente el próximo reconocimiento será secreto e informado exclusivamente al interesado que no podrá divulgar este reconocimiento, lo que le llenará de orgullo y satisfacción (puramente personal).

Claro que, siendo malpensados, a lo mejor todo esto tiene que ver con la polémica sobre el nombramiento por parte del Ministro del Interior de Francisco Marhuenda, director del periódico de “La Razón” y adalid del PP en general y de Mariano Rajoy en particular como Comisario honorífico. No solo el ministro estaba en funciones sino que además, siempre según esta noticia  había sido condenado por intromisión al honor de un policía. La pregunta es entonces muy sencilla ¿se le ha nombrado Comisario honorífico por servicios al Cuerpo Nacional de Policía o por servicios al PP? Porque aunque así parecen creerlo nuestros gobernantes no es lo mismo. Y la pregunta sería ¿a cuantas más personas se ha condecorado de la misma manera? El Ministerio del Interior no nos lo cuenta.

La buena noticia es que el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno  ha aplicado el sentido común, y la Ley, estimando nuestro recurso. Esperamos que el Ministerio del Interior no lleve hasta el paroxismo su defensa de la protección de datos recurriendo a la vía judicial y nos proporcione en el plazo estipulado el lista de Comisarios Honorarios no pertenecientes al Cuerpo de la Policía Nacional. Veremos si la reacción del Ministerio es seguir recurriendo ante los Tribunales de Justicia la resolución del CTBG  o si nos entrega la lista. Se admiten apuestas.