Justicia abierta, un reto de futuro
Desde que Chapman y Hunt pusieron sobre la mesa la necesidad de reducir la opacidad y abrir las ventanas de las Instituciones, Gobiernos y Parlamentos de diferentes sociedades democráticas han adoptado sin complejos patrones de cambio hacia el Estado abierto.
No así la Administración de Justicia, sobre la que ahora empieza a ponerse el foco. Lo demuestran los importantes eventos internacionales que empiezan a incluir la justicia abierta en sus agendas. El año pasado la Cumbre Mundial sobre Gobierno Abierto en la que participan 70 Estados, organizaciones no gubernamentales y representantes de la sociedad civil, alojó en su programa una sesión específica sobre Justicia abierta. Recientemente los Poderes Judiciales de México y Costa Rica han organizado sendos Congresos Internacionales sobre Justicia abierta. El próximo año 2018, la Conferencia Internacional de Datos Abiertos que tendrá lugar en Buenos Aires incluirá también un capítulo específico sobre esta cuestión.
¿Qué es y de dónde parte el concepto de justicia abierta? Empecemos por el final y fijémonos en algunos datos sobre lo que opinan ciudadanos y profesionales sobre la Administración de Justicia en España. Según el último informe de la Agencia Estatal para la Evaluación de Políticas Públicas sobre funcionamiento de los servicios públicos casi un 80% de los españoles están poco o nada satisfechos con el funcionamiento de la Administración de Justicia. Se quejan, no de la calidad jurídica del trabajo realizado que es apreciada, sino del funcionamiento de los juzgados (lentitud, uso mínimo de la tecnología, deficiente atención o escasa transparencia) y de no entender cómo funciona la Justicia. Todo ello sin duda contribuye a que los jueces sean considerados como la profesión pública peor valorada.
Como poder público fundamental la Justicia no puede permanecer al margen de estas consideraciones ni desconectarse de un entorno que hoy es especialmente complejo. Ese entorno convulso en el que se sitúa y la necesidad de cambio derivada del mismo parece ir en contraposición de la estabilidad, rutina y predictibilidad que son características en el funcionamiento centenario de la Administración de Justicia.
La Justicia, al igual que otros poderes, se ve también amenazada por una merma en su legitimidad. Muchos ciudadanos se preguntan si, por ejemplo, es preciso renunciar a la cercanía o a la empatía para preservar la independencia judicial, si no es posible reducir la brecha entre la sociedad civil y el Derecho, si la ingente cantidad de datos encerrados en los armarios de las sedes o derechos encriptados en un lenguaje para expertos no es un desperdicio de recursos públicos o si los diagnósticos formulados por los propios operadores están exentos de intereses particulares o corporativos. Cabe preguntarse, en definitiva, si la Justicia, al igual que otros Poderes del Estado, no necesita también su dosis de regeneración.
La OCDE ofreció hace ya algunos años una receta para frenar el proceso de alejamiento de los Poderes Públicos de la sociedad: la apertura. Un concepto -el de Poderes Públicos abiertos- político, ético o incluso filosófico, que aglutina ideas como la transparencia, accesibilidad, receptividad o la corresponsabilidad en la producción de valor.
Aplicado a la Justicia podríamos decir justicia abierta es un concepto que aún se está construyendo. Incluye medidas que permitan incorporar una visión más inclusiva que resitúe y conecte mejor la Administración de Justicia a la sociedad. Implica una concepción de especial sensibilidad ante las necesidades ciudadanas y el contacto con la realidad para comprenderlas. Se hace hincapié en que el ciudadano pase a ser el eje central del servicio público estando los operadores judiciales sujetos al cumplimiento de deberes y obligaciones en términos de calidad de servicio e integridad ética, como cualquier otro funcionario en el ejercicio de su función.
Entre dichas obligaciones está rendición de cuentas. La Administración de Justicia es una de las instituciones públicas menos sometidas al escrutinio público. La transparencia es condición necesaria, aunque no suficiente.
Parece lógico que jueces, magistrados, fiscales, etc. hayan de rendir cuentas sobre su desempeño. Aunque en su función jurisdiccional gocen de independencia y autonomía la sociedad tiene derecho a conocer cuáles son sobre sus decisiones, por qué y cómo han llegado a las mismas.
Las instituciones que los gobiernan deberían responder sobre su funcionamiento. La transparencia es exigible en aspectos como por ejemplo la selección y remoción de magistrados, el destino y ejecución del presupuesto o los procesos de adopción de determinadas decisiones administrativas.
Es necesaria transparencia en el funcionamiento de la Administración de Justicia, en cómo se desarrollan los procedimientos judiciales, por ejemplo, cuánto ha tardado cada hito del procedimiento o cómo están señalando los órganos las vistas. Los profesionales (abogado, procurador, graduado social) deben ser transparentes de su trabajo y rendir cuentas ante sus clientes y los colegios sobre su gestión ante sus colegiados.
Para allanar el camino empiezan a surgir instrumentos. La tecnología es uno de ellos: los datos abiertos, dotar de mayor accesibilidad al desarrollo de las vistas orales, el lenguaje fácil, o determinadas apps, redes sociales, etc. pueden ayudar a una mayor transparencia en la Administración de Justicia.
La participación y colaboración de diferentes actores, entidades de la sociedad civil o incluso ciudadanos son también elementos de apertura de los poderes públicos que pueden tener un encaje en la Administración de Justicia. Ambos conllevan un derecho y un deber cívico que se ejerce de forma voluntaria y autónoma para el cual es necesario el reconocimiento por parte de los operadores jurídicos de la ciudadanía como la razón de ser del sistema judicial.
Por participación se entiende una intervención transparente, desprovista de intereses, que involucra a sectores diversos de la sociedad civil en los espacios abiertos por la Administración de Justicia. Impulsar procesos participativos simples (aportación y votación de ideas para mejorar la Justicia), producir servicios a través de herramientas diseñadas por el propio actor privado, divulgar conocimiento a través de análisis de experiencias o contribuir a la evaluación o formulación de determinadas políticas públicas son algunos aspectos a considerar. También todos aquellos modelos de solución de conflictos donde las partes participan activamente en la búsqueda de soluciones: mediación, conciliación o arbitraje. Y en última instancia, más vinculado a la coproducción de servicios, se encuentra la participación de los ciudadanos en jurados.
Aunque son muchos los aspectos que abarca la idea de justicia abierta, todos ellos se pueden resumir en uno: pensar la Justicia desde el punto de vista del ciudadano. Los cambios sociales, económicos o tecnológicos que enfrenta nuestra sociedad nos van a empujar a movernos en esta dirección.