¿Realmente se ha reconocido la dación en pago por vía judicial? – Entrevista a Ignacio Gomá
«El notario Ignacio Gomá, presidente de la Fundación Hay Derecho, discrepa de la resolución. Entiende que los bancos han cometido abusos, que han de ser anulados, y reconoce que los tribunales están realizando una labor importantísima de expurgación de cláusulas abusivas y mecanismos perjudiciales para el consumidor. Sin embargo, cree que se corre el riesgo de que esa Justicia, “a la que el imaginario común refleja con los ojos tapados para no hacer distinciones por la persona”, se deje llevar por el clima popular reivindicativo y no distinga unos casos de otros.
“El juez Ruiz de Lara (titular del Juzgado de lo Mercantil número 10 de Barcelona) me merece respeto personal, su sentencia es extensa y documentada, y los jueces están trabajando mucho para evitar la abusividad, pero la anulación de una cláusula que sólo repite lo que dice la ley –la responsabilidad patrimonial universal- es tanto como dispensar al consumidor de la obligación de conocer las leyes que impone el artículo 6 del Código Civil (LA LEY 1/1889) si no le han hecho unos diagramas explicativos”, apunta Gomá.
Según explica, “el razonamiento de la sentencia parte del segundo control de transparencia o comprensibilidad real, creado por la sentencia del Tribunal Supremo de 2013 sobre cláusulas suelo en una acción de cesación -y en mi opinión muy criticable- que ahora se extiende a supuestos que no deberían exigir esa transparencia expresa porque no son, en principio, negociables”. Y añade que, “si se hubiera limitado a anular la renuncia de los beneficios de excusión y otros, que no se presumen en la ley para el aval que también contenía el préstamo, quizá la opinión sería diferente”.
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