Clínicas Jurídicas en EEUU, ¿un modelo para España?

Las solicitudes de admisión en las escuelas de Derecho en EEUU han caído en un 40% desde 2005, debido en parte a la recesión de los despachos de abogados, que en consecuencia han reducido el número de contrataciones de graduados en Derecho.  En este contexto, el modelo tradicional de enseñanza del Derecho en EEUU, basado casi en exclusiva en el método socrático, está actualmente bajo revisión, y las clínicas jurídicas constituyen una de las apuestas con mayor crecimiento y que más interés despierta entre los alumnos.

Las clínicas jurídicas surgen como una iniciativa innovadora en las metodologías de enseñanza del Derecho, con el apoyo de la Fundación Ford, que en 1959 patrocina al Council on Legal Education for Professional Responsibility.  Este método de enseñanza, que ha recibido el apoyo de diversas instituciones, incluidas la ABA (American Bar Association) y la muy relevante Fundación Carnegie, consiste en que los alumnos trabajen en pequeños grupos, junto a un profesor, ofreciendo asesoría jurídica gratuita a ONGs o Fundaciones, y a clientes sin recursos.  Esto permite ofrecer a los alumnos una experiencia académica a la vez que profesional; por una parte, trabajan en asuntos jurídicos con un cliente real, pero cuentan a la vez con la constante supervisión por parte de un profesor. Además, al asesorar a personas sin recursos y ONGs, se promueve uno de los valores fundamentales de la abogacía como es el compromiso con la sociedad.

El desarrollo de las clínicas jurídicas en España empieza a partir del año 2000 y hoy en día existen 17 Facultades de Derecho con clínicas jurídicas:

En EEUU, algunas de las clínicas jurídicas más interesantes, a las que podemos mirar para aprender de su experiencia, son las de Washington & Lee, William & Mary y Georgetown.  De ellas podemos aprender el funcionamiento y los beneficios que ofrecen a sus estudiantes, algunos de los cuales podrían replicarse en España.

  1. Washington & Lee University School of Law se centra en la enseñanza experiencial, diferenciándose de otras escuelas de Derecho por su metodología de enseñanza innovadora. Por una parte, potencia las clínicas jurídicas y, además ha introducido asignaturas impartidas con un método 100% activo.  Las diferentes clínicas que ofrece son: “Tax Clinic”, “The Community Legal Practice Center”, “Criminal Justice Clinic”, “Virginia Capital Case Clearinghouse”, “Black Lung legal clinic”, y “Inmigrants Rights Clinic”,  con 8 alumnos cada una de ellas.
  1. William & Mary, la primera facultad de Derecho de EEUU, fundada en 1779, tuvo entre sus estudiantes a Thomas Jefferson (cuarto Presidente de EEUU) y promueve un modelo de enseñanza jurídica con un foco en la ética de la abogacía, basado en la idea del abogado – ciudadano, “citizen lawyer”. Hoy en día, como parte muy importante de la docencia ofrece a sus alumnos, las siguientes clínicas jurídicas:  Domestic Violence ClinicFederal Tax Clinic, Innocence Project Clinic, Family Law Clinic, Special Education Advocacy Clinic, Lewis B. Puller, Jr. Veterans’ Benefits Clinic, Virginia Coastal Policy Center, Appellate and Supreme Court Clinic, y Elder & Disability Law Clinic.
  1. Georgetown Law School cuenta, entre sus 16 clínicas jurídicas, con una “Social Enterprise and Nonprofit clinic”, tiene 6 clientes con un número aproximado de 12 alumnos por cada cliente, y ofrece un servicio jurídico en el área del Derecho de los negocios. Este modelo, “business law clinics”, surge durante los años 70 y 80 como una nueva propuesta de especialización dentro de las clínicas jurídicas, es en la actualidad una tendencia creciente, en particular en las Law Schools con una orientación a la práctica profesional centrada en la abogacía de los negocios.

El posible desarrollo de las clínicas jurídicas en España, siguiendo el modelo de EEUU, encaja muy bien con el Espacio Europeo de Educación superior (conocido como el Proceso de Bolonia), del que España forma parte; ya que la orientación a los resultados del aprendizaje, más que al contenido, está totalmente alineada con el modelo de enseñanza propio de las clínicas, que es, además, un sistema participativo y activo donde se promueve el trabajo en equipo, y la enseñanza centrada en el alumno.

En España, las clínicas jurídicas serían un complemento al método de enseñanza extendido en la gran mayoría de las Facultades de Derecho, la lección magistral. La gran diferencia entre estos dos métodos (uno de ellos totalmente pasivo y otro totalmente activo), supone una dificultad para su implantación, por eso es tan importante conocer el funcionamiento de las clínicas jurídicas de otros países en los que se desarrollan.

Las Law Schools en EEUU han desarrollado su actividad clínica, profesionalizando su gestión, especializándose (como las business law clinics), perfilando el modelo de profesores que mejor encaja, ganando visibilidad y reputación dentro de sus universidades hasta llegar a estar extendidas por todo el país, incluidas las universidades de mayor reconocimiento y prestigio, razón por la que son un modelo al que miran muchas facultades de Derecho de otros países.  En España, en estos momentos de cambios en la formación jurídica (nueva regulación de acceso a la abogacía, nuevos programas de master de abogacía, Proceso de Bolonia …), las clínicas jurídicas no solamente tendrían cabida en las facultades de Derecho, sino que serían además una herramienta muy positiva para la innovación en los métodos de enseñanza del Derecho.