10 Claves para gestionar mejor las puertas giratorias en la Administración

Las puertas giratorias se han convertido en un elemento que anima muchas conversaciones presenciales y de redes sociales. Con este término coloquial se indica la situación en la que un alto público se marche a trabajar a una empresa privada, obteniendo beneficio de su anterior ocupación pública y produciendo conflictos de interés entre la esfera pública y la privada, en beneficio propio casi siempre.

En España, el fenómeno lejos de contenerse sigue creciendo. Solo haciendo un análisis de los gobiernos de Felipe González, José María Aznar y José Luis Rodríguez Zapatero, tres de cada diez ministros dejaron la política al cesar en sus cargos y se embarcan en actividades en la empresa privada, del Consejo de ministros al consejo de administración. En algunos casos en tareas de representación y en otras de lobby.

La Fundación Hay Derecho, entidad basada en la regeneración democrática de nuestro país, dedicó su última jornada al estudio de las puertas giratorias. El decálogo que Elisa de la Nuez, su secretaria general, comentan no es sino colofón a dicho estudio que el lector de CONFILEGAL puede consultar en dicha web http://hayderecho.com/estudios/

Para Elisa de la Nuez, pese a existir una ley de incompatibilidades:  la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado “faltan medios para hacer el seguimiento de la situación de cada alto cargo  y saber si cumple ese periodo de dos años donde se limitan sus responsabilidades en empresas privadas”.

Puedes consultar el decálogo completo: