¿Es razonable no reconocer la eutanasia hoy en España?

El pasado 28 de marzo el Congreso votó a favor de la toma en consideración de una proposición de ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos de derechos y garantías de la dignidad de la persona ante el proceso final de su vida, cuyo texto puede consultarse aquí.

Sobre el tema de la eutanasia escribimos un post en 2012 poniendo de manifiesto la necesidad perentoria de una regulación (aquí). Pues bien, pese a que la propuesta de Cs supone un avance importante respecto de la situación actual, al menos en teoría, cabe dudar de si es suficiente o debería haberse intentado ir más lejos (aunque todavía hay tiempo durante el trámite parlamentario).

La propuesta de Cs da carta de naturaleza a lo que en ocasiones se ha denominado eutanasia pasiva, aunque muchos rechazan reconocer esa denominación.  El art. 8 señala que “toda persona tiene derecho a rechazar el tratamiento, intervención o procedimiento propuestos por los profesionales sanitarios, incluyendo las medidas de soporte vital, tras un proceso de información y decisión libre, voluntaria y consciente, así como a revocar el consentimiento informado emitido respecto de una intervención concreta, lo que implicará necesariamente la interrupción de dicha intervención, aunque ello pueda poner en peligro su vida (…).El rechazo al tratamiento, intervención o procedimiento, o la decisión de interrumpirlos, en ningún caso supondrá menoscabo alguno en la atención sanitaria de otro tipo que se le dispense, especialmente en lo referido a la destinada a paliar el sufrimiento, aliviar dolor y otros síntomas, y hacer más digno y soportable el proceso final de su vida.”

Con ello se consagra el principio de no actuar para prolongar la vida de una persona que está en situación terminal (según el art. 2, que es el que determina su ámbito de aplicación) a solicitud de ésta, o de las personas legitimadas para tomar esa decisión cuando el enfermo no pueda hacerlo por sí mismo. Ahora bien, sin perjuicio de que efectivamente se trata de una regulación muy completa y detallada -intentando cubrir todas las facetas, desde el paciente menor e incapacitado, tratamientos paliativos, personal sanitario, centros e instituciones y también sanciones- cabe dudar si en el fondo supone un gran avance respecto de lo que ya existe en la actualidad. De hecho, el rechazo al tratamiento está reconocido en España (aquí) desde hace mucho tiempo (art. 2.4 Ley 41/2002 de autonomía del paciente), aunque es verdad que dentro de las medidas de soporte vital que pueden ser rechazadas la proposición incluye la nutrición forzada (art. 4 g), lo que ya ha suscitado voces pidiendo una mayor aclaración en este punto concreto (aquí).  Sin duda, es necesario detallar mejor la regulación vigente, así como el protocolo de aplicación de medidas paliativas a los enfermos terminales cuando puedan acelerar la muerte (por otra parte un protocolo bastante desarrollado en el ámbito de las CCAA) pero lo cierto es que el verdadero debate social está en otro lado.

Concretamente, en si se va a permitir, no simplemente rechazar un tratamiento, sino solicitar una actuación activa y directa para causar la muerte (eutanasia en sentido estricto), y ello respecto solo de los enfermos terminales, o también de otros que, sin estarlo, reúnan determinadas condiciones  objetivas y expresen claramente su voluntad en esos términos.

De entrada, el concepto mismo de enfermo “en el proceso final de su vida”, al que se limita el ámbito de aplicación de la proposición de ley, es impreciso. En el artículo dedicado a las definiciones se dice que ese enfermo es el que tiene “un pronóstico de vida limitado a corto plazo”. Pero hay que tener en cuenta que determinados pacientes sin práctica posibilidad de recuperación no tienen un pronóstico de vida limitado a corto plazo, especialmente si se les aplica determinados tratamientos, como la nutrición e hidratación artificial. En algunos casos extremos (comas duraderos) algunos especialistas en bioética consideran que el retirar esos tratamientos de soporte vital ni siquiera se incluiría en el concepto de eutanasia, pero lo cierto es que tal actuación quedaría al margen de esta ley (por su ámbito de aplicación definido en el art. 2). En otros casos cabe dudar, efectivamente, si estamos ante la vida “limitada a corto plazo” a la que se refiere la proposición (distrofia muscular progresiva, esclerosis lateral) pero, en cualquier caso, lo que está meridianamente claro es que no procede retirar ningún “soporte vital” ni aplicar medidas paliativas, por lo que no cabe más que la eutanasia o el suicidio asistido (que se diferencia de la anterior en que simplemente facilita al enfermo que se suministre el mismo el fármaco), también fuera del ámbito de la ley.

Pero además, en el momento en el que el rechazo al tratamiento va asociada a la sedación “terminal” (art. 8), las fronteras entre lo pasivo y lo activo empiezan a desdibujarse. Aunque la frontera teórica entre sedación paliativa terminal y eutanasia parece teóricamente clara (la sedación se suministra con la intención de paliar el dolor y no para causar la muerte) en la práctica las cosas son mucho más complejas. Sencillamente, porque el concepto de “intención”  es tremendamente elástico en función de las circunstancias y de los efectos del medicamento suministrado. Así,  más de la mitad de los especialistas médicos confirman que la sedación paliativa es una forma de eutanasia que se suministra en gran parte de casos con la finalidad de acelerar la muerte. Para muchos de ellos el conflicto ético es evidente (sobre las complejidades de este asunto puede consultarse este artículo: “Palliative Sedation Versus Euthanasia: An Ethical Assessment”). Sumemos a ello la subjetividad del dolor y hasta del propio concepto de enfermo “terminal”, como hemos indicado. Precisamente, el hecho de que la eutanasia, pese a estar prohibida en muchos países, es una práctica clandestina en la mayoría, ha sido reconocido expresamente por el Consejo de Europa (Doc. 9898/2004).  Por todo ello, una regulación que se queda solo en el concepto cuidados paliativos sin mojarse en estos asuntos, no va a resolver esos conflictos, para desgracia de médicos y pacientes.

Aquello casos que quedan claramente fuera del ámbito de la proposición de Ley, por no ser terminales y/o no implicar ningún tratamiento de soporte vital que quepa retirar, merecen también una reflexión y un debate parlamentario. Hoy existe una abundante experiencia internacional sobre la materia (Bélgica, Holanda, Suiza, Oregón) que permite descartar cualquier riesgo de pendiente resbaladiza. Consentimiento informado, periodo de espera, cumplimiento de requisitos objetivos por enfermedades o dolencias graves, segunda opinión facultativa… son todas ellas garantías existentes en otros Ordenamientos que se han manifestado eficaces para evitar el abuso. Lo que procede es abandonar todo tipo de demagogias y debatir sobre todo ello de una manera franca y abierta. Ser liberal también es eso.

 

10 Claves para gestionar mejor las puertas giratorias en la Administración

Las puertas giratorias se han convertido en un elemento que anima muchas conversaciones presenciales y de redes sociales. Con este término coloquial se indica la situación en la que un alto público se marche a trabajar a una empresa privada, obteniendo beneficio de su anterior ocupación pública y produciendo conflictos de interés entre la esfera pública y la privada, en beneficio propio casi siempre.

En España, el fenómeno lejos de contenerse sigue creciendo. Solo haciendo un análisis de los gobiernos de Felipe González, José María Aznar y José Luis Rodríguez Zapatero, tres de cada diez ministros dejaron la política al cesar en sus cargos y se embarcan en actividades en la empresa privada, del Consejo de ministros al consejo de administración. En algunos casos en tareas de representación y en otras de lobby.

La Fundación Hay Derecho, entidad basada en la regeneración democrática de nuestro país, dedicó su última jornada al estudio de las puertas giratorias. El decálogo que Elisa de la Nuez, su secretaria general, comentan no es sino colofón a dicho estudio que el lector de CONFILEGAL puede consultar en dicha web http://hayderecho.com/estudios/

Para Elisa de la Nuez, pese a existir una ley de incompatibilidades:  la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de los conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado “faltan medios para hacer el seguimiento de la situación de cada alto cargo  y saber si cumple ese periodo de dos años donde se limitan sus responsabilidades en empresas privadas”.

Puedes consultar el decálogo completo:

Fiscalía: la clave no son las órdenes verbales

 

El Ministro de Justicia Sr. Catalá anunció en el Parlamento eldía 6 de abril que se prohibirían las órdenes verbales como método para reforzar la autonomía del Ministerio Fiscal, al tiempo que afirma que los fiscales nunca han recibido órdenes del Gobierno.  Estas afirmaciones hay que encuadrarlas en el contexto de una reforma procesal de máximo alcance, como es la sustitución del sujeto protagonista de la investigación criminal, que pasará del juez de instrucción al Ministerio Fiscal.  Es decir, de un órgano independiente como son los jueces al Ministerio Fiscal.  Si se quiere conferir algún tipo de credibilidad a esta reforma, y no exponerse a ser considerada como un enorme fraude nacional para dominar la instrucción criminal a través de la Fiscalía, hacen falta muchas más garantías que la de prohibir las órdenes verbales.  Hoy día cualquier fiscal puede exigir que una orden se le dé por escrito.    La tramitación del art. 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal parte de esa consideración:  “Si el superior se ratificase en sus instrucciones (ante la objeción del subordinado)  lo hará por escrito razonado…”.  Eso que ofrece el Sr. Ministro es muy poco más que nada.   La clave a mi juicio no está ahí, sino en otro tipo de órdenes: las órdenes particulares, referidas a asuntos específicos.   Ahí está el problema, y la nota diferencial con el estatuto de los jueces.   Todo lo que sea permitir que el Gobierno, a través de un nombramiento de confianza como es el FGE pueda eventualmente tener influencia sobre la investigación de asuntos concretos hace la reforma no creíble y supone un enorme riesgo en términos de garantías.   Recordemos hace unas semanas al Ministro de Justicia pidiendo desde la radio “acciones” en la Fiscalía contra dos fiscales que querían actuar contra un aforado perteneciente al mismo partido que el Sr. Ministro, sin que la Fiscalía General manifestara protesta alguna ante ese hecho.  El hecho de que para una reforma de este calibre haga falta una amplia mayoría en el Parlamento, como reconoció también el Sr. Ministro, es sin embargo muy importante.   Nuestros legisladores han de saber muy bien los detalles de cómo se organiza y funciona la Fiscalía antes de tomar una decisión sobre una reforma que supongo se afronta para mejorar el proceso penal confiriéndole más garantías, para incrementar la eficacia del Estado en la depuración de las responsabilidades de cualquiera, al tiempo quebuscará no incrementar el poder del Gobierno en la Justicia del caso concreto.  Porque si por una vía u otra se consigue por algunos ese último objetivo, no lucharemos jamás eficazmente contra la corrupción y nuestra democracia seguirá perdiendo calidad.

Debemos pensar que el principio de jerarquía en la Fiscalía existe con la finalidad de que los fiscales reclamen la aplicación  de la ley de manera uniforme en toda España.  Para eso existen las Circulares y las Instrucciones generales que se dictan por el Fiscal General.   Además, hay otro mecanismo unificador que son las Consultas particulares en las que un fiscal sobre un asunto particular solicita una aclaración sobre el modo de proceder en relación a una dificultad de interpretación de la ley.   Los fiscales estamos obligados a actuar respetando el mandato general de las Circulares, de las Instrucciones y de la interpretación de la ley que la Fiscalía ofrece en las Consultas.   Y actuar contra esas órdenes generales puede generar responsabilidad disciplinaria para nosotros.   Pero las “órdenes particulares” no responden a esa finalidad de aplicación unitaria y general de la ley, sino a que la jerarquía imponga su criterio en el caso concreto.  A estos efectos poco importa que la orden sea verbal o escrita.   Si uno está obligado a no acusar, a no investigar, a no pedir una indemnización, a mantener una acusación o a cualquier otra conducta semejante simplemente porque la jerarquía –como nos enseñó el Sr. Catalá el otro día- tiene razón sobre el fiscal “de base”, la clave no es evidentemente la oralidad de la orden.   La cuestión de la oralidad tiene que ver con la seguridad en la indemnidad del fiscal afectado, pero en términos de no perder garantías en la independencia del instructor, lo importante es revestir de garantías o la prohibición de la orden particularnegativa y ello especialmente en asuntos políticamente sensibles.  Pensemos que con la reforma procesal que se anuncia, toda actuación del Fiscal pasara por el juicio y criterio de un Juez pero ese Juez de Garantías podrá proteger al investigado si la acusación es incorrecta, pero podrá hacer muy poco si lo que le dice el Fiscal es que archive el asunto por una orden particular negativa de no investigar.   Hoy día el hecho de que la Fiscalía “no vea delitos” por instrucciones de la jerarquíacuando el juez a cargo del asunto razona sobre la existencia de múltiples infracciones en temas de corrupción, es para mí–fiscal de muchos años de ejercicio-, muy triste.Pero hoy al menos el control de la instrucción la lleva el Juez que se puede apoyar en otras acusaciones.   Si realmente se quiere conferir autonomía al Ministerio Fiscal para asumir un cambio procesal que insisto, creo necesario por razones técnicas, son precisas algunas cosas más que la prohibición de las órdenes verbales.

Es preciso por una parte garantizar que la decisión sobre la persona que ha de dirigir el Ministerio Fiscal no ha de recaer únicamente en el Gobierno, sino que ha de ser una decisión políticamente muy compartida.   Eso ahuyentará desconfianzas y le daría seguridad al elegido.

Además hay que garantizar que los fiscales no somos personas “de confianza” del Fiscal General, sino funcionarios leales a la ley y a la Institución y que actuamos en su beneficio.   Hoy día, el tema de la confianza ha sustituido al mérito y la capacidad en los nombramientos.  Esa cultura dominante aquí de “la confianza” favorece actuaciones acríticas alineadas con el poder en la Fiscalía, así seguro que no se pierde esa confianza y se posibilitan nuevas promociones.   Y llega un momento en que quien manda cree que puede hacer más de lo que en realidad puede y lo hace, encontrando siempre aliados que se benefician de la situación.  Es la ley y no la confianza lo que debe prevalecer en la Fiscalía.

Por otra parte, es preciso regular la ley electoral del Consejo Fiscal, un sistema diseñado por el PP y el PSOE para mantener siempre unas proporciones invariables (6 vocales de la AF, 3 de la UPF) en el Consejo desde hace 30 años, de manera que se busca que solo las asociaciones profesionales afines tengan representación en el órgano, asociaciones que se han encargado en este periodo de crear una jerarquía mayoritariamente afín a las mismas con un peso en la Carrera fiscal de menos del 30 por ciento de asociados.   Esa es seguramente la razón por la que una mayor atribución de responsabilidades al Consejo Fiscal no le molesta al Sr. Ministro, el Consejo Fiscal no le incomoda en absoluto, al contrario.   Cámbiese la norma electoral de elección de manera que haya la posibilidad real de que exista una representación proporcional de toda la carrera en el órgano –ayudando así a despolitizar a esas asociaciones- y entonces se podrá hablar de dar mayores poderes al Consejo Fiscal.

Es preciso además regular las relaciones entre el Gobierno y el Fiscal General del Estado.   Deben investigarse de manera independiente las filtraciones que desde la Fiscalía puedan salir hacia el Gobierno y considerarse si no delictivas, si causa de remoción en el supuesto de acreditarse la responsabilidad incluso in vigilando del FGE.    Y lo que siempre ha de constar por escrito son las comunicaciones que se hagan entre el Fiscal General y el Gobierno.    El Fiscal General ha de tener esa garantía frente al Gobierno.

Por último, es preciso regular algo que desde hace 10 años no se cumple en la Fiscalía a pesar de que está establecido por la ley: la valoración de los méritos profesionales.   En la Fiscalía no se bareman los méritos profesionales, de manera que sin llegar a ser como en el célebre tango Cambalache, que valga lo mismo “un burro que un gran profesor”, desde luego el ser un gran profesor importa demasiado poco.    Y como no importa para la promoción profesional, cada vez hay menos esfuerzo colectivo en ser grandes profesores.   Se elige y promociona muchas veces por afinidades ideológicas o asociativas, como decía antes, de confianza.   Sin olvidar que la pieza clave para la elección –el Fiscal General- es designadotambién por razones de confianza por el Gobierno.   Es preciso baremar los méritos a través de un criterio público en el que la antigüedad, las publicaciones, el desempeño profesional y otras cosas relevantes tengan algún peso.    Recuerdo que el art. 13.2 inciso segundo del EOMF dice desde el año 2007:

En la Inspección Fiscal se creará una Sección Permanente de Valoración, a los efectos de centralizar toda la información sobre méritos y capacidad de los Fiscales, con la finalidad de apoyar al Consejo Fiscal a la hora de informar las diferentes propuestas de nombramientos discrecionales en la Carrera Fiscal.

Esa Sección Permanente de Valoración no se ha creado, no ha funcionado jamás, nunca vocal alguno del Consejo Fiscal (siempre pertenecientes a las asociaciones afines a PP y PSOE) ha sentido la necesidad de pedir que se centralizara la información sobre méritos y capacidad de los Fiscales para acertar sobre los candidatos a cualquier puesto, y tampoco ningún Fiscal General ha querido crear la citada Sección, por la razón que sea aunque tal vez porque su creación limitaría su discrecionalidad en los nombramientos.   No hay por tanto sistema de baremación de méritos –como tienen, por ejemplo, los jueces- y por ello todo el mundo sabe cuáles son los “méritos” que en realidad cuentan.

Así que si hoy el Fiscal General se elige por razones de confianza por el Gobierno, con una intervención inane de los demás poderes del Estado; si los puestos más importantes de la Carrera se eligen por razones de confianza y afinidad ideológica o asociativa, sin valoración de méritos y con motivaciones que solo se refieren al elegido; si el Gobierno y el Fiscal General pueden mantener una relación informal y exenta de control y no se impiden, investigan y en su caso sancionan las filtraciones internas de datos desde la Fiscalía hacia el Gobierno; y si además no se prohíben las órdenes particularesnegativas en asuntos concretos, me encantaría conocer las razones por las cuales puede afirmarse que la autonomía de la Fiscalía puede sustituir sin menoscabo de garantías para el ciudadano la independencia judicial en la investigación criminal.

Los héroes de nuestro tiempo: reproducción de la Tribuna en EM de Elisa de la Nuez

Para los que piensan que nada ha cambiado sustancialmente en España en lo que se refiere a la tolerancia con la corrupción política, conviene recordar el fenómeno natural de la pseudomorfosis: se trata de un proceso por el que el aspecto superficial de un mineral permanece invariable pese a que sus estructuras internas han cambiado por completo. Algo parecido está ocurriendo con nuestra sociedad y la lucha contra la corrupción. Aparentemente todo sigue igual, pero hay muchos indicios de que la ciudadanía ya no tolera ciertos comportamientos de nuestros políticos que hasta hace poco eran habituales. Como ejemplo, recientemente el Congreso de los Diputados ha votado a favor (prácticamente por unanimidad) de la toma en consideración de la Proposición de Ley Integral de Lucha contra la Corrupción y Protección de los Denunciantes, presentado por Ciudadanos. Hace no tanto tiempo, el entonces fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, afirmaba que en España no hacía falta proteger a los denunciantes de la corrupción. Parece que ahora todos los partidos políticos, incluido el PP, piensan que sí que es necesario. O quizá simplemente piensan que votar en contra de la tramitación de una ley que protege a los denunciantes de la corrupción supone un coste político inasumible. Probablemente con razón.

Claro está que, mientras tanto, siguen aflorando las tramas de corrupción y se ha instalado en la opinión pública la percepción de que las instituciones anteponen la protección de los suyos -especialmente si se trata de altos cargos bien relacionados políticamente- a los intereses generales representados demasiadas veces por sufridos funcionarios o empleados públicos que ponen en riesgo su carrera profesional y su tranquilidad personal para denunciar los casos de corrupción de los que han sido testigos. Porque indudablemente quienes mejor conocen lo que sucede en nuestras administraciones y empresas públicas son los que trabajan en ellas, ya se trate de adjudicaciones amañadas, de obras fantasma, de sobrecostes no justificados, de servicios con precios astronómicamente hinchados o de tantas y tantas otras ilegalidades y corruptelas que cuestan mucho dinero a los contribuyentes.

Como es habitual, la conciencia ciudadana de la necesidad de proteger a denunciantes de la corrupción ha surgido a partir de historias particulares de héroes y heroínas de nuestro tiempo que ejemplifican perfectamente el calvario laboral, judicial, mediático e incluso personal que amenaza a quien decide defender los intereses de todos frente a unos altos cargos interesados en mirar para otra parte, bien por complicidad con los corruptos, bien por temor a ser salpicados por los escándalos o por comodidad y cobardía. Probablemente, el primer caso que llamó la atención de la opinión pública fue el de Ana Garrido Ramos, empleada pública del Ayuntamiento de Boadilla y denunciante de la trama Gürtel, que ha llegado a ser portada de medios internacionales. La campaña que iniciamos en Hay Derecho para solicitar al Ministerio de Exteriores la Orden del Mérito Civil para ella alcanzó nada menos que 150.000 firmas, aunque por supuesto nunca se obtuvo ni una respuesta expresa ni mucho menos una condecoración.

Pero hay muchas más historias y no todas ni mucho menos ocurren en el ámbito local. Tampoco se trata siempre de asuntos antiguos que afloran ahora, lo que nos permitiría consolarnos pensando que “eso ya no pasa”. Para demostrarlo, ahí tenemos el caso reciente de los ingenieros denunciantes de Acuamed, empresa pública estatal dependiente del Ministerio de Agricultura y Medio Ambiente. Los directivos a los que denunciaron están siendo investigados por la Audiencia Nacional e incluso algunos (empezando por el que era director general de la empresa, Arcadio Mateo) han llegado a estar encarcelados y están en libertad bajo fianza. Pero lo que es menos conocido es que los ingenieros denunciantes fueron despedidos y, aunque van obteniendo sentencias favorables en los Tribunales de Justicia de la jurisdicción social, la empresa las recurre sistemáticamente. Por supuesto, ellos se pagan su defensa jurídica mientras que los contribuyentes pagamos la de la empresa pública. También pagaremos, en su día, el importe de la indemnización que previsiblemente recibirán al menos si se confirma la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (que a su vez confirma la del Juzgado de lo Social) recurrida ahora casación en el caso de una de las denunciantes, Gracia Ballesteros. Su compañera, Azahara Peralta, no ha tenido tanta suerte; su juicio se encuentra todavía pendiente y ella ya ha agotado el derecho al paro.

No está de más recordar que el despido disciplinario de los denunciantes se acordó en un Consejo de Administración de Acuamed que está lleno de altos cargos y presidido por el entonces secretario de Estado de Medio Ambiente, Pablo Saavedra, número dos de la Ministra Isabel García Tejerina. Tampoco está de más recordar que los investigados (antaño imputados) continúan trabajando en la empresa y, al parecer, no les va nada mal aunque están siendo investigados por delitos de corrupción en relación con la contratación pública de la empresa donde siguen trabajando, y algunos están en libertad bajo fianza. Al parecer, para ellos rige la presunción de inocencia en todo su esplendor; mientras que para los denunciantes rige la presunción de culpabilidad y, de entrada, se les pone en la calle.

¿El mundo al revés? Sin duda, al menos si el mundo estuviera al derecho. Pero, como bien dice una denunciante de la corrupción en el documental Corrupción, un organismo nocivo (realizado con medios muy modestos gracias a un crowfunding entre ciudadanos concienciados) si el sistema expulsa a gente como ella cuando defiende los intereses generales y lucha contra la corrupción cabe preguntarse por qué tipo de sistema tenemos. La respuesta es evidente para quien quiera verla: un sistema que protege a los corruptos que puedan generar problemas políticos o/y jurídicos a personas importantes del ámbito público o privado y que persigue a los funcionarios y empleados públicos honestos. El sistema también incentiva la aparición de cómplices voluntarios o involuntarios que, como en el caso del bullying, agravan la situación de las víctimas que se sienten aisladas e incomprendidas por sus propios compañeros de trabajo e incluso por familiares y amigos que les reprochan el haberse metido en líos y les hacen responsables de las consecuencias. La mafia no lo haría mejor pero el problema es que estamos hablando de instituciones y de dinero público.

Ante esta injusta y paradójica situación -muchas veces, no lo olvidemos, muy desconocida para la ciudadanía por la complejidad técnica característica de los procedimientos de contratación administrativa, terreno abonado para la corrupción-, la sociedad civil y la ciudadanía de bien tiene que reaccionar. La tramitación de esta ley supone un importante paso en la buena dirección y una esperanza para muchas personas que se han jugado su carrera profesional y su bienestar personal por defender lo que es de todos. Es imprescindible evitar el riesgo de aprobar normas cosméticas o descafeinadas, lo que puede ser una tentación en particular para el PP y el PSOE en la medida en que serían los principales afectados si más empleados públicos se animasen a denunciar lo que saben que ha ocurrido y sigue ocurriendo especialmente en la contratación pública. Pero también es importante que la Ley tenga en cuenta la experiencia de Derecho comparado disponible ya en muchos países de nuestro entorno -Francia acaba de aprobar una ley hace dos meses para luchar contra la corrupción proteger a los denunciantes- y que introduzca normas que ya han dado buen resultado en otros países.

Ante todo, conviene ser rigurosos para diagnosticar primero y remediar después la persecución que sufren muchas personas honestas por querer hacer bien su trabajo. Se trata de un fenómeno que pone de relieve, como pocos, una peligrosa inversión de los valores predominantes en una sociedad. Por eso es imprescindible que reaccionemos de forma decidida para defender los valores de la honestidad, la justicia, el mérito y la verdad, que son los valores de la civilización y los que nos separan de la barbarie. No podemos limitarnos a ser meros espectadores de este combate tan desigual y en el que tanto podemos ganar o perder. Ya decía Burke que para que el mal triunfe sólo hace falta que los buenos no hagan nada.

Entrevista a Nicolás M. Sarriés, autor de ‘Ajuste de cuentas’: “La administración tiene cierta tendencia a quedarse y manejar una información que en realidad nos pertenece a los ciudadanos”

Nicolás M. Sarriés (Gijón, 1981) es periodista y ha trabajado en medios como 20 minutos, Sabemos, El Comercio y Voz Pópuli. Actualmente escribe en la sección de Banca y Finanzas del diario Expansión. Su pasión por la economía le llevó a sumergirse en una investigación sobre el caso Bankia de la que nacería su primer libro, ‘Bankia Confidencial’, al que cariñosamente se refiere como “mi pequeño”. Ahora presenta ‘Ajuste de cuentas’, un libro que arroja luz sobre las malas actuaciones de algunas entidades bancarias y que se publicará mediante una campaña de crowdfunding. Sarriés cree que, aunque quedan muchas puertas por cerrar, lo peor de la mayor crisis financiera de nuestra historia ya ha pasado y nos permite analizarla en perspectiva. En Hay Derecho hemos hablado con él para conocer más de cerca su proyecto y profundizar en algunas de las cuestiones que trata en el libro.

Hay Derecho: La sinopsis de ‘Ajuste de cuentas’ se inicia con una pregunta: ¿Qué parte de culpa tiene la Banca en la vida precaria de millones de ciudadanos españoles? ¿Cómo resumirías en un par de frases la respuesta a esta pregunta?

Nicolás M. Sarriés: La Banca tiene la responsabilidad de haber forzado demasiado los límites que tenía marcados por la regulación y los mercados. Quien está detrás y es responsable final es el regulador y la administración que ha creado el marco, pero las propias entidades fueron, quizás, demasiado allá. Además de que frecuentemente se saltaron la ley, como hemos visto en todas las sentencias y condenas, cuando no se la saltaban directamente sí llegaban hasta el límite. Y a veces corres el riesgo de que, si estás jugando en el límite, puedes caerte.

HD: ¿Crees que los ciudadanos tienen alguna responsabilidad en esta crisis?

N. M. S.: En el libro intento contar la historia de la manera más ecuánime, realista y ajustada posible. En mi opinión, claro que los ciudadanos tienen, tenemos, responsabilidad. No puedes firmar el contrato más importante de tu vida, que es una hipoteca, desentendiéndote completamente del proceso y pensando que es cosa de los demás. Tenemos que empezar a tomar responsabilidad de nuestros actos y a empezar a leer y entender bien las cláusulas que firmamos. Debemos exigir a nuestro notario, a nuestro abogado o a nuestra entidad que nos explique bien las consecuencias. Es verdad que ha habido abusos, pero también situaciones en las que no se ha producido un abuso y sin embargo uno quiere quejarse. Para quejarte tienes que hacer tu parte, y la parte del consumidor es la de ser un consumidor responsable.

HD: ‘Ajuste de cuentas’ pretende ofrecer información, datos y análisis para que los ciudadanos estén más protegidos frente a los abusos y los excesos de la banca. ¿Crees que una crisis del sector bancario como la vivida en España podría volver a repetirse en el corto o medio plazo?

N. M. S.: Estoy seguro de que en el corto plazo no, porque ahora todos los ojos de reguladores y supervisores están puestos en la banca, casi de una manera excesiva. En el medio plazo lo veo difícil, pero en el largo plazo es seguro que se repetirá porque el sistema funciona de forma cíclica. Hoy no somos capaces de imaginar por qué lado va a llegar la próxima crisis financiera, pero sabemos que llegará, y lo que puede hacer el regulador es prever y tener paracaídas preparados para cuando ocurra. La clave es esa, tener salvavidas porque sabes que va a acabar habiendo otra crisis.

HD: ¿Consideras que ha faltado transparencia en el sector bancario (salarios de directivos, indemnizaciones…)? Y en caso afirmativo, ¿hasta qué punto crees que la opacidad ha afectado de forma determinante a la crisis financiera?

N. M. S.: Obviamente ha afectado, sí. Yo me pongo en el papel de, por ejemplo, familiares míos que son accionistas de bancos, y no menores, y tienen poco conocimiento de este tipo de cosas tan sensibles: cuánto cobra la gente a la que ellos pagan, cuánto se les va a retribuir en función de sus éxitos o de sus fracasos… Reconozco que hay muy poca información, aunque se está mejorando en eso. La CNMV y las nuevas regulaciones están apretando mucho en este sentido: ahora tienen que aportar una información extensísima, y los medios debemos aportar traduciendo informes larguísimos en información que el ciudadano de a pie pueda digerir.

HD: ‘Ajuste de cuentas’ analiza también la labor de autoridades, supervisores y organismos reguladores. ¿Qué valoración haces sobre ella en el libro? ¿Qué controles han fallado?

N. M. S.: Fallaron todos y ninguno. Es decir: hubo un fallo general porque se dejó asumir demasiados riesgos al sector financiero español, sobre todo en el tema del ladrillo y el negocio inmobiliario, que llegó a tener unos crecimientos espectaculares. Ciertas voces alarmaban sobre ello, y realmente no se tomaron medidas hasta que el estallido de la burbuja fue un hecho. Luego, en salidas a bolsa de entidades con problemas y ampliaciones de capital que han hecho perder muchos recursos a ahorradores pequeños y medianos… ahí fallaron los reguladores. Quizás la CNMV no haya estado a la altura exigiendo todas las garantías y la información adecuada para esos pequeños accionistas, pues no me parece normal que en el plazo de un año o un año y medio puedas perder todos tus ahorros. No digo que haya un delito ahí, sino que puede haber una responsabilidad in vigilando, de tipo más político o administrativo. Creo que habría una reflexión interesante en este punto.

HD: ¿Crees que autoridades y partidos políticos han aprendido la lección de la crisis? Y los ciudadanos, ¿hemos aprendido algo?

N. M. S.: No. (Ríe)

HD: Eres pesimista…

N. M. S.: Hemos mejorado un poquito, hay gente más concienciada y políticos que han tomado medidas muy interesantes, pero no creo que esto haya sido una catarsis en la que todos nos hemos concienciado. Los ciudadanos seguimos firmando contratos con letra pequeña que no miramos, y los gobiernos y los políticos siguen teniendo tendencia a dar patadas hacia delante y no afrontar problemas financieros en toda su magnitud. Esto no va a pasar del negro al blanco de un día para otro, y creo que estamos mejorando progresivamente pero todavía lejos del punto de llegada.

HD: En el libro hablas sobre las fusiones de cajas. Hace un par de meses, en un artículo que publicaste en Voz Pópuli, contrastabas la opinión de MAFO respecto a las fusiones (llegó a afirmar que si Bankia y La Caixa se hubieran fusionado en 2012 no habría pasado nada) con la de Luis de Guindos (él cree, en su libro, que esto hubiera agravado el problema). Como periodista especializado en economía, ¿qué opinión te merece esta cuestión?

N. M. S.: Partamos de la base de que yo tengo información limitada como periodista, y quizás no toda la información que sí tiene un gobernador del Banco de España o un ministro de Economía. Pero creo que lo que hizo el Banco de España fue aplicar las recetas que habían funcionado hasta entonces en el pasado. En el pasado, cuando una entidad entraba en problemas, se la juntaba con otras entidades y había unas sinergias, a veces inyecciones de capital… y ¡plas!, tiraba hacia delante y se reestructuraba; pero ahora no tuvieron en cuenta que estamos en un mercado global, no como en los años setenta y ochenta, y quizás esas soluciones no eran las adecuadas como hemos podido comprobar. Hemos tenido que destinar una cantidad inmensa de recursos después de las fusiones, y no antes, por lo tanto no fue una buena medida. ¿Que quién tiene la razón? Yo creo que ninguno de los dos. El modelo de reestructuración español ha costado y está costando un dineral, ha carecido de mucha transparencia y no sé cómo lo evaluaremos dentro de veinte años, pero me da la impresión de que no seremos muy positivos. Hasta ayer se nos decía que el banco malo iba a retribuir a sus accionistas y contribuyentes; hoy mismo hemos sabido que ha cambiado el chip y tenemos que hacernos la idea de que el escenario base es que vamos a perder dinero ahí; algo que, por otro lado, mucha gente ya sabía, pero que lo confirme el propio banco malo es un poco desalentador.

HD: En ‘Ajuste de cuentas’ tratas también las cláusulas suelo. Esta semana hemos conocido una sentencia del Tribunal Supremo por la que se rechaza revisar los casos cerrados antes del fallo europeo que obligó a devolverlo todo. ¿Consideras que esta sentencia es una victoria de las entidades financieras?

N. M. S.: Claramente es una pequeña victoria porque ha habido varias entidades a las que ya se les ha juzgado por muchísimas sentencias, decenas de miles, y que de repente el máximo organismo judicial español diga “no, esas ya juzgadas dejémoslas como están”… Sí, ha sido una victoria porque las cláusulas suelo han sido una sangría para los bancos, han supuesto muchos millones. Es cierto que se comercializaron sin transparencia, posiblemente de manera muy equivocada, pero si ya hubo un juicio y ya hubo una retribución en su momento a los afectados quizá no tenga sentido volver atrás, en la medida en que aportas una inseguridad jurídica que no ayuda al conjunto del sistema. Sobre el tema de las cláusulas suelo, creo que juzgar y rejuzgar constantemente no aporta seguridad a los agentes económicos.

HD: Comenzaste publicando tus pesquisas sobre Bankia en un blog, del que surgió tu anterior libro ‘Bankia Confidencial’. ¿Cuáles fueron las mayores trabas que encontraste a lo largo de esa investigación? ¿Qué instituciones te fallaron?

N. M. S.: Aclarando que no valoro a las personas que están en una institución , sino que hablo de la institución en sí… no me ayudaron absolutamente nada ni en el Banco de España, ni en el FROB, ni en la Sareb… Los contactos, tanto oficial como extraoficialmente, no te lo ponen fácil. Por eso soy crítico con el proceso de reestructuración financiera, porque me parece que se ha hecho con una opacidad muy preocupante y estábamos jugándonos el dinero de todos los contribuyentes. Yo era el autor de un libro, pero interesa al contribuyente general saber qué ha pasado con algo que ha supuesto el desembolso de unos recursos públicos como no ha existido jamás. Me da la impresión de que se ha intentado mantener todo en una cierta opacidad, tenerlo recogido sin que se supiera prácticamente nada. Básicamente las instituciones públicas me lo pusieron más complicado que las privadas. Una de las herramientas que manejamos los periodistas son las conversaciones informales, pero no te facilitan ni el background… Hay veces que corres el riesgo de estar en un limbo porque no sabes si seguir por donde vas tiene sentido. La gente sabe las fórmulas que tiene que aplicar para no romper ellos su compromiso de confidencialidad, que comprendo, pero deben colaborar con el esclarecimiento y con la labor periodística. Esto no funciona como en otros países, por ejemplos anglosajones, donde estas reglas están mucho más claras sobre cómo puedes acceder a las fuentes y cómo ellas te pueden ayudar o no.

Hay una cierta patrimonialización de una información que en realidad nos pertenece a los ciudadanos, pero que la administración siempre tiene cierta tendencia a quedarse y manejar a su antojo; pero la información no es suya, es nuestra, sólo que no la podemos manejar. Anglosajones y nórdicos han llegado a la conclusión de que la mejor forma de afrontar esa lucha, de corregir ese fallo de mercado de la información, que es que sólo la manejan unos pero todos tenemos derecho a ella, es a través del secreto profesional, a través de la obligación de los periodistas de no revelar fuentes. Son mecanismos hechos para que todos podamos conocer las cosas, para que si trabajas en la administración y sabes que tienes un deber de confidencialidad pero crees que algo se debe saber, me lo puedas contar en confianza sabiendo que no voy a revelar la fuente. Aquí eso no acaba de funcionar del todo; a veces sí, pero no está del todo regulado ni tan cerrado como en otros países.

HD: Cada vez hay más asociaciones en la sociedad civil, como PDLI, que intentan que esta idea vaya calando…

N. M. S.: Estoy de acuerdo, es clave y lo necesitamos. Sin información no puedes tomar decisiones, no sólo económicas sino incluso democráticas. Necesitas información para tomar una decisión correcta.

HD: Tu libro tiene un enfoque analítico y hace hincapié en el manejo de datos. ¿Echas en falta datos y rigor en nuestro debate público?

N. M. S.: Creo que hay un montón de datos pero se pueden utilizar de manera espuria. El dato por sí solo está muy bien, hace falta, pero no ayuda. Hace falta contextualizarlo y que haya interlocutores como blogs, Hay Derecho es un buen ejemplo, que aunque no formen parte del medio periodístico sean herramientas que sirvan a traducir los datos a un lenguaje entendible para la gente. El dato aislado puede servir más para confundir que para ayudar. Por ejemplo: todo el tema de las balanzas fiscales es puro dato, pero unos los utilizan para sacar unas conclusiones y otros extraen conclusiones completamente distintas. Es el contexto el que marca el sentido de esa información.

Recuerda que puedes apoyar la publicación de ‘Ajuste de cuentas’, de Nicolás M. Sarriés, en la web de Libros.com.

Imagen: Libros.com

 

Presentación del Informe de Evaluación de los órganos constitucionales y entes reguladores y del ranking oficial del cumplimiento de la Ley de Transparencia

El próximo miércoles 19 de abril tendrá lugar la presentación del Informe de Evaluación de los órganos constitucionales y entes reguladores y del ranking oficial del cumplimiento de la Ley de Transparencia. El evento, organizado por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG), se celebrará en el salón de actos de la residencia de estudiantes del CSIC.

En la presentación intervendrá Elisa de la Nuez, secretaria general de Hay Derecho.

Se ruega confirmación de asistencia en el correo ctbg@consejodetransparencia.es antes del lunes 17 de abril.

El Círculo de Empresarios lidera el ranking de transparencia financiera de Think Tanks

El Círculo de Empresarios lidera el Índice de transparencia financiera de los Think tanks españoles (2016) elaborado por el Observatorio de Think Tanks (oett.es), quien lo acaba de hacer público en su tradicional Informe “La financiación de las Ideas”. El Círculo ha obtenido la puntuación máxima de cinco estrellas.

Puedes encontrar la noticia completa en este enlace.

 

Presentación de la web Calidad Institucional

Te presentamos la web Calidad Institucional impulsada por el profesor Carlos Sebastián. Es autor de, entre otros libros, ‘España estancada. Por qué somos poco eficientes’ y ‘Subdesarrollo y esperanza en África’, ambos publicados por Galaxia Gutenberg.

En ella podrás encontrar material relacionado con la calidad institucional en España y también en el mundo. Hay ya algunas novedades, que se irán ampliando con aportaciones del mismo autor y de otros. También puedes encontrar vínculos relacionados con bases de datos y estudios relevantes, con comentarios sobre unas y otros.

 

HD Joven: El procedimiento único de concesión de patentes, ¿acierto o error?

El pasado 1 de abril de 2017 entró en vigor la nueva Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes. Los principales objetivos de esta ley son, por una parte, la equiparación de la normativa nacional a la de los países de nuestro entorno y, por otra parte, el fortalecimiento del sistema nacional de patentes.

Para lograr el primero de los objetivos, se refunden en la nueva ley las normas básicas que permitan aplicar las vías europea e internacional de protección de las invenciones; además, se desarrolla el Derecho de la Unión en estas materias, por ejemplo, en lo que respecta a las invenciones biotecnológicas y la creación de los certificados complementarios de protección para los medicamentos y para los productos fitosanitarios, materias que, pese a tener lugar en la parcheada Ley 11/1986, eran merecedoras de una redacción propia.

El segundo de los objetivos es fortalecer el sistema nacional de patentes estableciendo un procedimiento de concesión que garantice la novedad y la actividad inventiva de las creacionesque alcancen protección por esta vía. Para lograrlo, la nueva ley ha introducido la mayor reforma en nuestro sistema de patentes desde 1986: el establecimiento de un único procedimiento de concesión de patentes.

Hasta ahora, el denominado sistema opcional o «a la carta» (introducido en la reforma llevada a cabo por el Real Decreto-ley 8/1998, de 31 de julio, de medidas urgentes en materia de propiedad industrial), permitía que aquellos que querían conseguir la concesión de una patente pudieran optar libremente por uno de los dos procedimientos que establecía el Titulo V de la ya derogada ley del 86: el «Procedimiento general de concesión» del Capítulo II, o el «Procedimiento de concesión con examen previo» del Capítulo III.

 

 

 

 

 

 

 

 

Esta preferencia tiene su lógica, sobre todo considerando que una patente, aun sin examen que asegure su validez, tiene una serie de ventajas jurídicas, económicas y comerciales que sitúan a su titular en una posición privilegiada con respecto a la competencia.

La tendencia de los solicitantes españoles ha estado siempre fuertemente marcada hacia el primero de los procedimientos. Por mostrar algunos datos:

Sin embargo, hablando en términos de intereses generales, este procedimiento no cumplía plenamente la función de promover las invenciones, ya que debido a la baja exigencia de sus requisitos, llega a reconocer una protección a invenciones que realmente no suponen innovación alguna, lo que en consecuencia desincentiva el I+D en nuestro país. Por decirlo de otro modo, esos títulos que se concedían por la vía del procedimiento general, al no haber pasado el examen previo de los requisitos sustantivos de patentabilidad, eran en su mayoría invenciones con una vaga o incluso carente actividad inventiva y/o carácter novedoso. A veces, incluso, con un Informe sobre el Estado de la Técnica (IET) negativo, lo cual, ni era beneficioso para la innovación española en general ni era realmente útil para el titular, puesto que si quería impedir que un tercero colisionara con su «monopolio», este solo tenía que reconvenir la demanda solicitando la nulidad de la patente con sustento en un IET negativo, tal y como ya constaba en el correspondiente expediente.

Por contra, la nueva ley suprime el sistema opcional de concesión de patentes, eliminando definitivamente el procedimiento general y estableciendo como única vía un procedimiento que hace preceptiva la realización de un examen de los requisitos sustantivos de patentabilidad previamente a la concesión. Sin embargo, este procedimiento, lejos de lo que alguno podría pensar, mantiene importantes diferencias con el que sería su homólogo, el antiguo procedimiento del Cap. III del Título V de la Ley 11/1986. A modo de síntesis, las reformas más relevantes radican en dos grandes puntos:

  1. El nuevo procedimiento integra la realización del IET dentro de la fase de examen de requisitos formales, trámite que en la anterior redacción se realizaba con posterioridad.
  1. Las oposiciones de terceros se realizan después de la concesión de la patente, a diferencia de la antigua Ley donde se realizaban antes del examen de requisitos sustantivos y por supuesto antes de la concesión.

De modo esquemático los procedimientos transcurrirían de la siguiente manera:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

(Si quiere puede ver todas las modificaciones del procedimiento, consulte el siguiente PDF: Modificaciones en el proceso de concesión_Carlos Vera)

No se puede negar que la adopción del sistema único de examen previo sea una reforma arriesgada dada la preferencia de los solicitantes durante la vigencia del sistema de la Ley 11/1986. Sin embargo, como ya apuntaba el Foro de Innovación y Patentes, en su Informe sobre el examen de fondo (aquí), parecen ser varias las ventajas que este modelo unitario aporta, por ejemplo: la mayor seguridad jurídica que adquiere el concepto de patente, una mayor presunción de validez para las concedidas, la reducción del número de solicitudes presentadas sin fines comerciales (como las presentadas por los profesores de universidad o por instituciones públicas), o la mayor homogeneidad de nuestro sistema y las posturas de las principales organizaciones internacionales en las que España se integra y algunas de las posiciones de los países de nuestro entorno, evitando la particular situación de sistema opcional de examen.

No obstante, la reforma también presenta una serie de inconvenientes, tales como el incremento de costes, el prolongamiento de plazos y la duplicidad de exámenes. Siendo este último el que más preocupaba a la hora de aprobar la Ley pues según la opinión de algunos de los expertos participantes en el Grupo de Trabajo del Foro de innovación y Patentes de la OEPM, la realización de un examen sustantivo en la solicitud nacional sería redundante, ya que si se solicita la solicitud prioritaria española pero se extiende vía patente europea habría una diversidad de exámenes que pueden ser reiterativos y encarecen los costes de la patente. Lo cual podría traer consigo un comportamiento no deseable: que los solicitantes españoles dejen de solicitar patentes por vía nacional.

Teniendo en cuenta estos factores podríamos esbozar tres hipótesis sobre el comportamiento futuro de los innovadores españoles respecto al nuevo procedimiento:

Una primera hipótesis sería la realizada por el Foro de innovación y patentes de la OEPM, que presumía que <<La obligatoriedad del examen no debería afectar al número de solicitudes de patentes, que es de unas 3.000-3.600 al año, que corresponde en su gran mayoría a solicitantes residentes>>, <<entre los cuales>> añade el Foro <<el 13% son universidades, que no pagan ninguna tasa –aunque a partir de la Ley 24/2015, el sistema de bonificaciones se ha modificado-, y el 8% son el CSIC y otros OPIS. El número de concesiones sí que se vería afectado negativamente por este proceso>>. Podríamos encontrarnos un segundo escenario en el que debido a la duplicidad de exámenes y el consecuente aumento de costes y alargamiento del tiempo de los trámites, los solicitantes españoles dejen de solicitar patentes por vía nacional, pues los requisitos y costes para lograr la concesión serían tan similares a los de la patente europea, que la nacional perdería interés.

Y una tercera hipótesis que consistiría en presumir que el aumento del nivel de exigencia de los requisitos del procedimiento de concesión supondría un incentivo para el I+D. Dada la dificultad para lograr la concesión de una patente, los solicitantes que antes acudían al procedimiento general ahora se verían obligados a pulir y mejorar sus invenciones, esto aumentaría la competencia e incentivaría a las empresas que quieran situarse en esa posición privilegiada a invertir un mayor capital en I+D.

Por tanto, la cuestión es si importan las cifras o la calidad de las mismas.

A ese respecto, el Foro de innovación y patentes de la OEPM, afirma que los objetivos del sistema de patentes <<no son solo que se soliciten muchas o pocas patentes, es que estas estén bien concedidas, sean analizables y tengan los límites bien definidos>>. No obstante, me gustaría añadir que la eficacia de un sistema de patentes no debería medirse tampoco por la validez de sus patentes, sino que un sistema solo será eficaz, si además tiene por sí mismo la aptitud para promover el desarrollo tecnológico en un país.

En conclusión, la adopción del sistema único de examen previo, dados los mejorables índices de desarrollo tecnológico e innovación en España (así lo atestiguan las estadísticas de la OMPI, aquí), parece una valiente opción legislativa (pues asumir un descenso de las cifras de solicitudes no es una fácil decisión política) y aun considerados los inconvenientes expuestos y pese a la tremenda asunción de riesgo que supone, creo que merece la pena intentar un cambio radical que acerque nuestra legislación a la de los países de nuestro entorno, exija superar efectivamente los requisitos de patentabilidad y fomente la inversión en I+D entre las empresas.

HD entrevista a la sociedad civil tunecina: hablamos con Al Bawsala

En diciembre del 2010, la inmolación del joven vendedor ambulante tunecino Mohamed Bouazizi comenzaba la oleada de protestas que desembocarían en la Primavera Árabe. Seis años después, el país de la revolución de los jazmines es el único en el que las manifestaciones que sacudieron gran parte del mundo árabe han tenido un final feliz.

La joven democracia representativa que es hoy Túnez se enfrenta tanto a problemas económicos como a la amenaza del terrorismo. Los atentados del Museo del Bardo y la playa de Susa de 2015 golpearon fuertemente la industria del turismo, que empieza a remontar este año. Túnez es también el país que más combatientes ha mandado al Estado Islámico, y el Gobierno se enfrenta ahora a la difícil pregunta de qué hacer con los cientos de yihadistas que quieren regresar.

A pesar de estos problemas, Túnez ha resultado ser excepcional, y no sólo en su transición a la democracia. Ennahda, la formación islamista que ganó las primeras elecciones democráticas de 2011, ha demostrado que es posible incorporar un partido islamista a la política democrática. Tras las protestas de miles de ciudadanos por la situación económica del país, el partido dejó el poder en manos de un gobierno tecnocrático y aceptó la nueva Constitución que en 2014 declaraba Túnez un estado laico.

Hay Derecho ha entrevistado a una de las organizaciones de la sociedad civil que trabaja para garantizar el estado de Derecho en Túnez. Al Bawsala (brújula en árabe) se dedica a monitorizar la actividad parlamentaria y gubernamental y a ofrecer consulta y ayuda al Gobierno tunecino. La dirige Chaima Bouhlel, una joven tunecina de 27 años graduada en Harvard. En esta entrevista Al Bawsala explica el objetivo de su organización, los obstáculos a los que se enfrentan y las razones por las que la Primavera Árabe parece haber sido un éxito en Túnez.

Hay Derecho: ¿Qué es Al Bawsala?

Al Bawsala: Al Bawsala significa “brújula” en árabe. Somos una organización tunecina fundada en 2012, al mismo tiempo que tenían lugar nuestras primeras elecciones libres y democráticas en octubre de 2012. Después de la revolución la mayor parte de los tunecinos no sabía lo que estaba pasando ni con las elecciones ni con la Asamblea constituyente, que eran los encargados de elaborar nuestra nueva Constitución. La idea de Al Bawsala era abrir la Asamblea a las personas, para que pudiesen entender qué es lo que estaba ocurriendo. Así que hicimos dos cosas. Primero, conseguimos los curriculums de los encargados de redactar la Constitución y los pusimos online. Lo segundo que hicimos fue tuitear live todo lo que estaba pasando en la Asamblea. En aquel entonces éramos dos. ¡Y digo dos pero yo todavía ni siquiera formaba parte de la organización!

Hay Derecho: ¿Cuántos miembros tenéis ahora?

Al Bawsala: Ahora somos 25. Pero en aquel entonces había sólo dos personas en la ONG, más voluntarios. Comenzamos a trabajar por una mayor transparencia en la Asamblea. Gracias a nuestra presión los encargados de elaborar la Constitución introdujeron el artículo que garantiza el derecho de los tunecinos a acceder la información. Esto es algo de lo que estamos muy orgullosos y que utilizamos en nuestro trabajo a diario.

Hay Derecho: ¿Qué proyectos tiene ahora Al Bawsala?

Al Bawsala: La constitución se votó el 26 de enero de 2014. Este mes comenzamos otros dos proyectos: además de monitorizar la actividad parlamentaria creamos dos observatorios para inspeccionar la actividad de las municipalidades tunecinas y el presupuesto del gobierno central. Así que ahora monitorizamos la actividad de la rama ejecutiva, legislativa y local.

También llevamos a cabo labores de “fact checking”. No siempre lo publicamos pero se lo entregamos a los ministros. Por ejemplo, Túnez ha creado más de 86 municipalidades desde la revolución, y no paramos de oír que ya casi no falta nada para que estén plenamente establecidas. Así que solicitamos información de todas las nuevas municipalidades y ahora sabemos lo que realmente significa “casi no falta nada”. Tenemos información sobre las nuevas municipalidades que no tiene ni el primer ministro. Hace poco me reuní con él y cuando mencionó que “casi no falta nada” y le informé de algunos de los problemas a los que se enfrentan las municipalidades, no tenía ni idea. Así que de alguna manera también ejercemos de consultores.
Mucha gente piensa que estamos aquí solo para monitorizar a los miembros del parlamento, para ver cuánto se ausentan, cual es su rendimiento en el proceso legislativo, etc. Pero también ofrecemos consultoría incluso sobre temas sobre los que no somos necesariamente expertos. Ahora mismo se está debatiendo una ley sobre la gestión de contratos de petróleo y gas en Túnez. Los miembros del Parlamento no tienen necesariamente las habilidades técnicas para abordar esta cuestión, así que les ponemos en contacto con expertos independientes, que elegimos muy cuidadosamente.

Hay Derecho: ¿Cuál es vuestra misión?

Al Bawsala: Nuestro objetivo es colocar a los ciudadanos en el centro del proceso de toma de decisiones. Y la única manera de poder hacer esto es haciendo visible este proceso, sea una ley, un presupuesto, o un decreto gubernamental. Así que intentamos entender dónde empieza este proceso, cómo está siendo aplicado, y dónde puede influir el ciudadano. Cojamos un proyecto de ley. Si el ciudadano es consciente de este proyecto cuando está siendo desarrollado probablemente pueda influir en él mucho más que si se entera cuando ya está en el Parlamento. Hacemos lo mismo con las municipalidades. Hay 352 municipalidades en Túnez. Intentamos monitorizar cómo se toman las decisiones, ya que es un ambiente muy politizado y todavía no hemos tenido elecciones municipales.

Hay Derecho: ¿No ha habido elecciones municipales desde la revolución?

Al Bawsala: No, no ha habido voluntad política. Los partidos políticos no están preparados. Necesitan tener presencia local, y eso requiere mucha financiación y mucha organización, algo que no todos los partidos en Túnez tienen. Y el status quo es bueno para todos. Es un tema bastante controvertido porque nos estamos acercando cada vez más a las siguientes elecciones legislativas. Y el resultado de las elecciones municipales obviamente influenciará el resultado de las legislativas.

Tras la revolución todos los gobiernos municipales fueron disueltos. Ahora hay unas delegaciones especiales, asignadas por el gobierno. Tienen las mismas responsabilidades que los gobiernos municipales pero son asignados, no elegidos, y cambian con cada nuevo Gobierno. Hemos publicado recientemente una hoja de ruta sobre todo lo que hay que hacer antes de que se convoquen las elecciones municipales.

Hay Derecho: ¿De dónde viene la financiación de Al Bawsala?

Al Bawsala: Nuestra financiación es 100% internacional. Nadie en Túnez nos financia. Y eso no es porque no queramos, sino porque la legislación tunecina no permite contribuciones a menos que seas miembro de la organización. Solo puedes contribuir a la organización si eres miembro, no desde fuera.

De todas maneras necesitamos proteger la independencia de la organización, somos muy jóvenes. Este es nuestro quinto año, no queremos que nos intente influenciar ningún partido político. De momento nos financian donantes internacionales: la UE, instituciones alemanas como el German Foreign Office… preferimos optar por múltiples donantes para diversificar cualquier riesgo de influencia. Aunque sólo aceptamos donantes que no interfieran en nuestro trabajo o funcionamiento interno.

Hay Derecho: ¿Cuáles diríais que han sido los grandes logros de vuestra organización?

Al Bawsala: Para empezar, contribuimos a algunos artículos en la Constitución, principalmente el de transparencia y acceso a la información. Y los miembros del parlamento nos piden ayuda constantemente. Por ejemplo con la ley anticorrupción que aprobó recientemente el Parlamento. Esta ley incita a las personas a denunciar casos de corrupción cuando los ven y protege a los whistleblowers. Algunas de las enmiendas que sugerimos fueron incluidas en esta ley. Nuestro mayor logro es probablemente poner al ciudadano en el centro del proceso de toma de decisiones. Ahora tenemos voluntarios en municipalidades de todo el país. Van todos los días a las reuniones, hacen preguntas, escriben informes meticulosamente y nos los mandan. Hacen esto gratis porque quieren ser parte del proceso.

Hay Derecho: ¿Cómo está reaccionando el gobierno y parlamento de Túnez a vuestro trabajo? ¿Os están poniendo las cosas fáciles?

Al Bawsala:: Depende. Los miembros del parlamento nos piden recomendaciones muy a menudo, especialmente sobre asuntos que son muy técnicos. Cuando publicamos algo que evalúa su rendimiento entonces ya no les caemos tan bien. Con el gobierno es prácticamente lo mismo. Te daré un ejemplo: cuando publicamos la hoja de ruta a las elecciones municipales recibimos varias llamadas de ministros que querían reunirse con nosotros y discutir algunos aspectos. También nos han pedido nuestra opinión sobre varios proyectos de ley. Por supuesto esto es una espada de doble filo: si nos piden nuestra opinión podemos influenciar el proceso, pero esto también significa que nos quieren poner como ejemplo de que la sociedad civil aprueba sus acciones. Por eso nosotros siempre decimos que no representamos a la sociedad civil, solo nos representamos a nosotros.

Está claro que es una buena señal que el gobierno quiera trabajar con nosotros. Muchos de los encargados de tomar decisiones se encierran en sus oficinas y no tienen ni idea de lo que está pasando en el mundo real, es como si no vivieran en Túnez. Intentamos traerles la realidad a sus despachos.

Hay Derecho: ¿Cómo calificaríais el estado de la sociedad civil aquí en Túnez?

Al Bawsala:: Desde luego hemos visto un boom desde la revolución. Antes no había nada, solo organizaciones internacionales como Human Rights Watch o Amnistía Internacional y algunas organizaciones nacionales como la Asociación Tunecina de Mujeres Democráticas que sufrían mucho acoso de la policía. Pero ahora hay 12.000 organizaciones. Todavía existe cierta falta de profesionalidad, pero hay razones para sentirse optimista, ya que cada vez hay una mayor especialización. Hace tres años todo el mundo trabajaba en todo. Ahora tienes organizaciones que trabajan en transparencia, otras en temas de corrupción, etc.

Sin embargo la existencia de la sociedad civil en Túnez está ahora en peligro. El marco legal que nos permitió abrir estas asociaciones tuvo lugar a raíz de un decreto que se formuló en 2011, justo después de la revolución. Los primeros meses después de la revolución se aprobaron varios decretos muy revolucionarios. Uno de estos es el que permite formar una asociación, recaudar fondos, etc. Ahora quieren cambiarlo, quieren introducir una nueva ley. Y el borrador del que hemos tenido noticia no es muy alentador.

Hay Derecho: ¿A qué se debe este cambio de parecer?

Al Bawsala: El argumento que están utilizando es que quieren limitar la financiación extranjera debido al riesgo de terrorismo. Este es el mismo razonamiento que usaron en Egipto, y como podemos ver es una pendiente resbaladiza que puede llevar a una situación muy peligrosa. Ya no somos tan revolucionarios como después de la revolución. Ahora el Gobierno está más preocupado por los problemas de seguridad y económicos..

Hay Derecho: ¿Diríais que el tunecino medio está interesado en la política del país y en formar parte del proceso democrático?

Al Bawsala: Absolutamente. Esto lo podemos ver en los comentarios que nos hace la gente por la calle. También cuando la policía nos para por alguna razón, cuando nos preguntan en qué trabajamos y les decimos que formamos parte de una organización de la sociedad civil se muestran muy interesados y muy convencidos de que lo que hacemos es para mejorar el país. En nuestros canales de redes sociales raras veces tenemos comentarios negativos.

La gente empezó a tener interés en la política el día que Ben Ali se marchó. Somos el resultado de este creciente interés. Pero cada vez más y más gente está desilusionada con los partidos políticos, por lo que se ve más atraída por la sociedad civil. De hecho mucha gente culpa a la sociedad civil por la falta de jóvenes en partidos, porque la sociedad civil está absorbiendo a los jóvenes. En general la gente ahora desconfía mucho de los partidos políticos.

Hay Derecho: Esta desilusión con la política y los partidos políticos prevalece también en Europa y Estados Unidos.

Al Bawsala: Exacto, esta desilusión es un fenómeno global. Y la sociedad civil puede contribuir a recuperar esta confianza en el proceso. Si nosotros dialogamos con los responsables de tomar decisiones, los ciudadanos pueden sentirse animados a hacer lo mismo.

Hay Derecho: En Túnez esta desilusión con la política también parece haberse traducido en apoyo a grupos terroristas. Túnez es uno de los países que más yihadistas manda al Estado Islámico.

Al Bawsala: Yo creo que esto tiene mucho que ver con las décadas de dictadura. Aquí en la capital puedes ver restaurantes, calles relativamente limpias y muchas opciones de entretenimiento, pero en muchas partes del país no hay nada que hacer. No hay espacios culturales ni lugares donde tus hijos pueden hacer deporte. Tampoco hay casi trabajo, la única opción para muchas personas es ir a sentarse a un café. Y ese es el resultado de las políticas de Ben Ali, porque sólo fomentó las regiones costeras del país, dejando al resto de la población sin nada y sin perspectivas de futuro. Eso no se puede solucionar en solo cinco años.

Además ahora existe un rechazo a la ideología que Ben Ali nos impuso de que todos somos homogéneos, de que todos necesitamos pensar de la misma forma (exactamente lo que vemos en la televisión), que todos debemos tener el mismo enfoque hacia la religión, que no podemos cuestionar nuestra identidad religiosa, ni ningún tipo de identidad. Una vez remueves esta idea de que todos somos iguales se abre el espectro a todo tipo de ideas. Y te expones a todo, empezando por el extremismo en ambos lados. Creo que es muy fácil hacer generalizaciones sobre la gente que se une a ISIS. Yo conozco personas que eran artistas y que también se fueron a Siria. Eso fue un shock.

Lo que pasa es que durante la revolución había unas expectativas enormes de que todo iba a cambiar muy rápido, y una vez se disipó la euforia y llegó la hora de comenzar el trabajo de verdad, muchos se sintieron desilusionados. Así que se fueron. Ahora tenemos el problema de qué hacer con los que vuelven. Son tunecinos, la Constitución garantiza que todos los tunecinos tienen el derecho de regresar y de tener un juicio justo, pero al mismo tiempo han estado expuestos a ideas extremas y brutales.

Hay Derecho: Túnez es un país excepcional en muchos sentidos. Para empezar, es el único país donde la primavera árabe parece haber sido un éxito.

Al Bawsala: Creo que históricamente no somos muy violentos, y en el momento de la revolución no había un gran acceso a las armas, al contrario que en Libia, Yemen, Siria… ¡menos mal! También hay que tener en cuenta que la gente estaba muy unida en contra de Ben Ali, que no era el caso en otros países. Ben Ali era realmente el símbolo de todo lo que había que cambiar. El problema con tener un símbolo es que ahora que el símbolo se ha ido, se ha perdido un poco este sentido de unidad. En Siria y en Yemen la revolución se convirtió en un problema sectario. En Túnez también fue todo muy rápido. Lo inteligente y estúpido que hizo Ben Ali fue abandonar el país rápidamente

Hay Derecho: En 2014, el partido islamista que gobernaba Túnez abandonó el poder voluntariamente tras el descontento de los ciudadanos. Esto también es excepcional.

Al Bawsala: Yo creo que simplemente abandonaron el poder para prepararse para unas nuevas elecciones. Pero sí, es muy positivo que no intentaran dominar la escena política, a pesar de que claramente eran el partido más poderoso.  

Creo que también se dieron cuenta de que las cosas se les estaban yendo de las manos, y que sería peor para su imagen si se mantuvieran en el poder. La situación económica era bastante mala.

Hay Derecho: En general, ¿cómo calificaríais el estado de la nueva democracia tunecina?

Al Bawsala: La gente dice que aún somos el feto de la democracia, puede que ahora hayamos pasado de feto a niño. Estamos aprendiendo. Y el desafío más grande es convencer a la gente de que lo mejor está todavía por llegar.

Hay Derecho: ¿Cuáles son los retos a los que se enfrenta ahora Túnez?

Al Bawsala: Todavía no podemos juzgar realmente la democracia en Túnez porque todavía hay muchas instituciones que no están propiamente establecidas. No tenemos una corte constitucional, aún no han habido elecciones municipales… tengo muchas ganas de ver cómo será Túnez una vez tengamos un sistema democrático al completo. El mayor reto es crear estas instituciones.

Hay Derecho: ¿Por último, cómo veis los derechos de la mujer en Túnez?

Al Bawsala: Puede mejorar, eso está claro. Pero creo que no debemos hablar sólo de las mujeres tunecinas, tenemos que hablar de todos los ciudadanos tunecinos. La Constitución establece la igualdad entre hombres y mujeres, pero todavía podemos ver mucha desigualdad. Está muy bien que en Túnez exista la posibilidad del divorcio, pero el padre es el único que está obligado por ley a pagar la manutención de los niños. No puedes decir que existe la igualdad hasta que se requiera que la mujer haga lo mismo, porque a menos que existe la igualdad en este ámbito tampoco existirá la igualdad en la ley de herencia, que ahora privilegia a los hombres.

Pero estas cuestiones no son muy atractivas y los legisladores prefieren fijarse en otros asuntos. Ahora se está discutiendo mucho sobre medidas contra la violencia a las mujeres, incluyendo la violencia económica, que está muy bien. Así que creo que vamos por el buen camino, aunque haya mucho que mejorar.