Fiscalía, grupos de presión y reforma procesal

Hay pocas instituciones que necesiten tanto una reforma en su diseño estatutario como la Fiscalía. El art. 124.2 de la Constitución dice: “El Ministerio Fiscal ejerce sus funciones por medio de órganos propios conforme a los principios de unidad de actuación y dependencia jerárquica y con sujeción, en todo caso, a los de legalidad e imparcialidad.” Para actuar “en todo caso” conforme a los principios de legalidad e imparcialidad la Fiscalía no está debidamente provista de garantías, debido a que el peso de su histórica dependencia del Gobierno se sigue haciendo notar. En primer lugar, porque al Fiscal General lo nombra el Gobierno sin una intervención decisiva de otros poderes del Estado.  De manera que recayendo en la persona que el Gobierno decida por razones de confianza, lo normal es que desde la misma cabeza del Ministerio público la imparcialidad de la actuación del Fiscal ya pueda generar alguna duda al menos en ciertos casos de naturaleza política o económica. En el Estado de derecho deben existir garantías y no puede dejarse el funcionamiento correcto de las instituciones exclusivamente en la buena intención de las personas. Un órgano en el cual se deposita la defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, con capacidad para incidir de manera extraordinaria en muchos derechos constitucionales de los ciudadanos, no debe ser elegido exclusivamente por el Gobierno por razones de confianza. No es suficiente. Además, se anuncia para la Fiscalía un cambio en sus funciones procesales que llevarían a la sustitución del juez de instrucción respecto del Gobierno. No tenemos dudas de que los fiscales pueden asumir potencialmente esa función, su formación es idéntica en origen a los jueces. Pero creemos que, con el actual diseño del Ministerio Fiscal, la sustitución de los jueces en la investigación de los delitos por el Fiscal, por las razones técnicas que se esgriman, no parece viable. La reforma del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, la del Reglamento franquista de la institución son reformas necesarias, naturalmente. Pero mientras el Gobierno siga pudiendo elegir a personas de su confianza para dirigir el Ministerio Fiscal, creemos que la reforma que se apunta no es posible.

Estos días estamos asistiendo a un torrente de noticias muy graves sobre el modo en que algunas personas imputadas consiguen influir en la renovación de los altos cargos de la Fiscalía. Esas noticias tienen sin embargo la virtud de poner de manifiesto algo que no se había visto antes con tanta claridad. Se suponía que ocurría, claro.  Pero ahora está delante de nosotros. Se interceptan y publican conversaciones entre imputados y altos cargos políticos y judiciales sobre cómo influir en el nombramiento del Fiscal General del Estado; en controlar –ilegalmente, porque esos nombramientos no pueden ser diseñados desde el Gobierno- las dos fiscalías clave del ministerio público, la Jefatura de la Audiencia Nacional y de la Fiscalía Anticorrupción; se promueven nombres y finalmente y eso es lo dramático y que más llama la atención, sus preferidos son elegidos.  Así tenemos un grupo de personas que, en contacto con políticos en el Gobierno, consiguen que se impulsen desde éste unos nombramientos que han de realizarse legalmente con criterios profesionales y previos los requisitos establecidos en el EOMF (art. 13.1).  Para ello ese lobby debía influir para para que el Gobierno estuviera de acuerdo en nombrar a un Fiscal General “bueno y serio”; que ese Fiscal General estuviera de acuerdo en proponer a los candidato propuestos por ese grupo; que se obtengan algunos votos de apoyo para los candidatos del FGE en el Consejo Fiscal, que en este caso se obtuvieron por el apoyo de la mayoritaria Asociación de Fiscales –cuyo anterior Portavoz está actualmente adscrito al Gabinete del Ministro Catalá, y cuyo Portavoz actual ha sido elegido como Fiscal Jefe de una de esas dos Fiscalías. Y todo esto ha sido realizado tras haber sido necesaria la no renovación de la anterior Fiscal General del Estado con quienes los finalmente elegidos no hubieran obtenido en ningún caso esos puestos porque Consuelo Madrigal tenía otros candidatos diferentes, de manera que no es difícil asociar su no continuidad con la necesidad de elegir el candidato que consideraban adecuado para la ocupación de las dos Fiscalías más importantes de España en la lucha contra la corrupción. Todo apunta pues a que ese grupo político-judicial tiene una fuerza enorme en el Ministerio de Justicia quizá con otras personas más cuyos nombres van apareciendo. Si la mera existencia de ese lobby, llamémosle así, formado en parte por investigados por corrupción que consigue relacionarse con quienes tienen firma en el BOE es muy grave, la lectura de sus conversaciones y sobre todo el resultado de sus gestiones son cosas pavorosas. El Estado, al final, ha terminado confiriendo la defensa de la legalidad, desde los más altos cargos de la Fiscalía, a personas recomendadas por investigados por corrupción, sabiéndose además por el Fiscal General la realidad de esas recomendaciones porque le fueron puestas de manifiesto por sus subordinados antes de los nombramientos. Ese hecho pone en cuestión la misma continuación del Fiscal General en su puesto, si bien las causas de cese previstas en la Ley (art. 31 del EOMF) parece que han de ser apreciadas por el propio Gobierno, de manera que la remoción es en este caso materialmente imposible. No son solo los nombramientos lo que les preocupa a los investigados integrantes de ese grupo de presión, según las conversaciones interceptadas y hechas públicas: no les gusta tampoco la acción popular, que permite a cualquier ciudadano constituirse en parte penal en los procesos. Y comentan haberle pedido al Ministro de Justicia la supresión de la misma, con el sorprendente resultado de que hace muy pocos días el Ministro de Justicia defendía la supresión de esa acusación en el contexto de la reforma procesal. Controlada la Fiscalía, si se deshacen de la acción popular las cosas se simplificarían muchísimo para ciertos delincuentes protegidos por el poder.

Muchas instituciones españolas de control requieren urgentemente de un saneamiento al haberlas alcanzado la infección de males como la politización o la corrupción, en el contexto de la indispensable regeneración democrática en España.   Haciendo un esfuerzo por aislar el caso de la Fiscalía, resulta necesario proceder a su despolitización y para ello es imprescindible en primer lugar desvincular la figura del Fiscal General del Gobierno obligando a que el candidato no pueda ser propuesto sin un amplísimo consenso parlamentario. Vista la influencia de grupos político-judiciales en la elección de altos cargos en la Fiscalía; visto que al Gobierno –no solo el del PP, tampoco lo consiguió el Partido Socialista- le cuesta elegir un Fiscal General realmente “del Estado”; y apreciando que no es esta una cuestión que deba quedar en el terreno de la voluntad gubernamental, es preciso que el Parlamento le ayude a hacerlo. Es necesario además dotar de transparencia a la Fiscalía, tomar las medidas necesarias para despolitizar su funcionamiento interno, atribuir garantías a los fiscales, restringir el uso de órdenes directas sobre asuntos concretos, y potenciar todo aquello que redunde en que al final la ley se aplique “en todo caso” (es decir sin excepciones) conforme a los principios de legalidad e imparcialidad. Y cuando se compruebe que el sistema funciona, que la jerarquía está despolitizada, que los fiscales no promocionan por razones políticas o ideológicas sino por su competencia y valía profesional, podrán discutirse las reformas técnicas procesales que se quieran.