HD Joven: Irlanda del Norte y matrimonio igualitario: ¿Qué podía hacer el juez O’Hara?

Para entender por qué la situación del matrimonio homosexual es diferente en Irlanda del Norte respecto al resto del Reino Unido, es preciso retroceder a 1920. Ese año el Parlamento británico aprobó el Acta de Gobierno de Irlanda que dividía la isla en dos territorios con gobierno local, Irlanda del Norte e Irlanda del Sur. En la última, de mayoría católica, el Acta tuvo poca fortuna y a los dos años el Reino Unido tuvo que dar su brazo a torcer reconociendo el Estado Libre Irlandés como reino de la Commonwealth.

En cambio la mayoría unionista de Belfast sí gustó de su nuevo estatus que ha mantenido hasta la actualidad. Los límites competenciales y funcionamiento de su autogobierno se recogen en la actualidad en el Acta de Irlanda del Norte (1998).

En semejante contexto constitucional, las leyes que regulan las pocas cuestiones que todavía agitan severas polémicas entre conservadores y progresistas, a menudo, difieren entre Irlanda del Norte y el resto del Reino Unido. Ocurre así, por ejemplo, en el aborto además de en la cuestión que nos ocupa. Tengamos en cuenta que en esta zona la población es muy conservadora.

Después de que el Parlamento de Westminster aprobara la Civil Partnership Act en 2004, la unión civil para parejas del mismo sexo se implantó en toda Gran Bretaña. Aunque no todos, esta concedía muchos de los derechos de los matrimonios tradicionales, sobre todo, en materia tributaria, derechos de propiedad, sucesión, pensiones, tutela preferente y sumaria etc. Un año más tarde esta ley entraba en vigor en Irlanda del Norte, si bien, no la posibilidad de que estas uniones fueran celebradas por organizaciones religiosas, a diferencia de Inglaterra, Gales y Escocia.

En Inglaterra y Gales el matrimonio igualitario entró en vigor en 2014, habiéndose aprobado la bill un año antes. El parlamento escocés hizo lo propio ese mismo año. Pero no ocurrió así en Irlanda del Norte.

En 2015, el mismo año en que Irlanda aprobó en referéndum el matrimonio igualitario, existía una mayoría favorable en el Parlamento norirlandés para su implantación. Sin embargo, el Partido Unionista Democrático se acogió a una herramienta constitucional del Acuerdo de Belfast de 1998, anacrónica en mi humilde opinión, la petiton of concern o cross community vote, que, para la aprobación de una ley, exige además de mayoría parlamentaria, que ésta se dé entre los partidos que representan a las dos comunidades de Irlanda del Norte: unionistas, defensores del actual estatus del territorio, y nacionalistas, partidarios de la reunificación política de Irlanda.

La bill fue rechazada. Por cinco veces votó el parlamento de Stormont sobre esta cuestión. La última el 2 de noviembre de 2015, cuando pese a haber 53 votos a favor y 51 en contra, el matrimonio homosexual no pudo aprobarse por la interposición de la petition of concern, una vez más por parte del Partido Unionista Democrático, ya que entre las filas unionistas la mayoría seguía estando en contra.

El pasado 17 de agosto el debate se reavivó con fuerza cuando la Judicial Communicación Office de Irlanda del Norte publicaba el fallo judicial dictado por el juez O’Hara, que desestimaban la demandada de reconocimiento del derecho al matrimonio homosexual. La demanda había sido promovida por dos parejas norirlandesas del mismo sexo que reivindican su derecho a contraer matrimonio y otra pareja casada en Inglaterra, pero que ante la ley de Irlanda del Norte se ve calificada “únicamente” como unión civil.

El razonamiento del juez O’Hara viene precedido de estas palabras: “It is not at all difficult to understand how gay men and lesbians who have suffered discrimination, rejection and exclusion feel so strongly about the maintenance in Northern Ireland of the barrier to same sex marriage. However, the judgment which I have to reach is not based on social policy but on the law (No es difícil de entender el sentimiento de los gays y lesbianas por la discriminación, el rechazo y la exclusión sufrida como consecuencia del mantenimiento de las barreras al matrimonio del mismo sexo en Irlanda del Norte. Sin embargo, la sentencia que tengo que dictar no está basada en política social, sino en la ley)”, que en mi opinión demuestran un gran ejercicio de profesionalidad, desvinculando su fallo de sus propias simpatías personales y reconociendo por escrito la discriminación sufrida por el colectivo LGTBI.

No me ha sorprendido la rabia con que se ha atacado el fallo del juez O’Hara, aunque no por ello me parece menos injusta. No sé exactamente los pormenores de la ley penal en aquellos lares, pero me aventuro a suponer que como ocurre en España, cuando un juez dicta una resolución judicial a sabiendas de que es contraria a derecho, comete un delito de prevaricación, por muy ética que pudiera parecernos la quiebra de la Ley.

¿Qué podía hacer atado de pies y manos como estaba? Su fallo se basa en dos puntos incontestables: 1º la autonomía de Irlanda del Norte para legislar exclusivamente en su territorio sobre esta cuestión; y 2º la no exististencia del matrimonio homosexual como derecho constituido en la esfera internacional.

Os dejo aquí el enlace por si queréis consultarlo: https://www.courtsni.gov.uk/en-GB/Judicial%20Decisions/Pages/default.aspx

Culpar al juez suele ser una forma de matar al mensajero

Recientemente, en 2016, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (c. Chapin y Charpentier v. Francia nº 40183/07) dictaminó que el matrimonio homosexual no es un derecho humano fundamental y que no puede equipararse a la libertad de elección matrimonial heterosexual. Respecto a la UE, ¿vamos a ignorar que el Protocolo 7 del Tratado de Lisboa que limita la aplicación de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea en Polonia y el Reino Unido, esconde, al menos en el caso polaco, la declarada voluntad de no verse obligados a reconocer nunca derechos civiles a los homosexuales contrarios a su legislación? Frente a su contexto nacional y semejante panorama internacional ¿qué podía hacer el juez O’Hara?

¡Pido qué no haya ninguna confusión! Soy un firme defensor del matrimonio igualitario y la adopción por parte de parejas del mismo sexo. Pero miro con preocupación este fenómeno cada vez más consolidado en nuestros días de esperar que los tribunales juzguen conforme a las convicciones de quien demanda.

Más inquietante resulta ver las expectativas depositadas en el Derecho internacional, desconociendo no sólo su escaso alcance y aplicación, sino su contenido. La rimbombancia de su nomenclatura, como sucede en la tan invocada Declaración Universal de Derechos Humanos, permite que el imaginario popular espere que contenga cualquier aspiración que crea justa. Pero el Derecho internacional se aleja mucho de las utopías y ya no digamos muchas de las sentencias de tribunales internacionales como los de la Haya, el de Estrasburgo o Luxemburgo.

Los derechos no dejan de ser aspiraciones políticas hasta que se convierten en Ley. Es cierto que en ocasiones puede deducirse un derecho de otro derecho en una sentencia. Influye mucho el modelo constitucional del país. Pero no podemos esperar que por sistema los tribunales nos den lo que nos niegue el parlamento.

Los derechos no son maná caído del cielo. Se ganan políticamente y, en una democracia, convenciendo a la mayoría de la población de que su existencia es buena y conveniente.

Nosotros, las generaciones de la postmodernidad, debemos afrontar el reto de legalizar muchos derechos llamados de cuarta generación: matrimonio igualitario, acceso a internet, acceso al agua, igualdad positiva entre hombres y mujeres, la eutanasia… Las generaciones que nos sucedan nos juzgarán por la capacidad que tuvimos para implantarlos en nuestro país y promoverlos en el resto del mundo y, sobre todo, por el modo en como lo hicimos y el contenido que les dimos.

9 comentarios
  1. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Estamos ante leyes no democráticas, es decir, leyes impuestas a la mayoría de la población por la presión de lobbies cuyos intereses coinciden con los de partidos que, en las mal llamadas Democracias Representativas, no representan ni los intereses ni la voluntad mayoritaria de sus ciudadanos.
    En el caso que nos ocupa ni siquiera se trata de dar “derechos” inmerecidos a costa de quienes de verdad sostienen y renuevan la sociedad. El Objetivo evidente es degradar instituciones cruciales como corresponde a las estrategias gramscianas de destruir el sistema y sus instituciones desde dentro.
    Es flagrante la injusticia distributiva que estas leyes provocan con los matrimonios hetero con hijos. La prueba es que el objetivo no es ni siquiera tratar de tener el mismo tratamiento fiscal y hereditario de un matrimonio normal –que cría con gravísimo costo y entrega de la propia vida a sus hijos.

    Tampoco es su objetivo permitir que dos personas cualquiera — por ejemplo, dos hermanos o un hermano y una hermana — accedan a esos derechos económicos y fiscales en las últimas décadas de sus vida sin que por ello deba producirse ninguna presunción de contacto sexual entre ellos. Esta gente lo tiene prohibido con estas leyes. Aquí o eres adicto a ciertas prácticas o no tienes derechos.

    ¿Por qué siendo parte esencial del matrimonio la crianza de los hijos se decide que deje de serlo y que lo que prime sea la existencia de determinado tipo de relaciones genitales?

    Porque el objetivo claro es privilegiar las conductas sexuales propias de lobbies poderosos y conniventes con el Poder en esta etapa.

    La pregunta es: ¿Por qué no ejercen los políticos occidentales semejante presión sobre los países musulmanes –por ejemplo Arabia Saudita– y esos mismos políticos se empeñan en la islamización de Europa y en elevar a los Sauditas a ser miembros clave del Comité de la ONU para el progreso de los derechos de la mujer. Con la ayuda de Bélgica. ¿Cabe mayor cinismo?

    La pretensión de que vivimos en Democracias se desvanece a pasos acelerados. Así retrocedemos, institucionalizamos la injusticia y cada día es más claro que las élites políticas están empeñadas en ello. Sin consultar, claro.

    Saludos

    PS. Ver “The strange death of Europe”

  2. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Estamos ante leyes no democráticas, es decir, leyes impuestas a la mayoría de la población por la presión de lobbies cuyos intereses coinciden con los de partidos que, en las mal llamadas Democracias Representativas, no representan ni los intereses ni la voluntad mayoritaria de sus ciudadanos.
    En el caso que nos ocupa ni siquiera se trata de dar “derechos” inmerecidos a costa de quienes de verdad sostienen y renuevan la sociedad. El Objetivo evidente es degradar instituciones cruciales como corresponde a las estrategias gramscianas de destruir el sistema y sus instituciones desde dentro.
    Es flagrante la injusticia distributiva que estas leyes provocan con los matrimonios hetero con hijos. La prueba es que el objetivo no es ni siquiera tratar de tener el mismo tratamiento fiscal y hereditario de un matrimonio normal –que cría con gravísimo costo y entrega de la propia vida a sus hijos.

    Tampoco es su objetivo permitir que dos personas cualquiera — por ejemplo, dos hermanos o un hermano y una hermana — accedan a esos derechos económicos y fiscales en las últimas décadas de sus vida sin que por ello deba producirse ninguna presunción de contacto sexual entre ellos. Esta gente lo tiene prohibido con estas leyes. Aquí o eres adicto a ciertas prácticas o no tienes derechos.

    ¿Por qué siendo parte esencial del matrimonio la crianza de los hijos se decide que deje de serlo y que lo que prime sea la existencia de determinado tipo de relaciones genitales?

    Porque el objetivo claro es privilegiar las conductas sexuales propias de lobbies poderosos y conniventes con el Poder en esta etapa.

    La pregunta es: ¿Por qué no ejercen los políticos occidentales semejante presión sobre los países musulmanes –por ejemplo Arabia Saudita– y esos mismos políticos se empeñan en la islamización de Europa y en elevar a los Sauditas a ser miembros clave del Comité de la ONU para el progreso de los derechos de la mujer. Con la ayuda de Bélgica. ¿Cabe mayor cinismo?

    La pretensión de que vivimos en Democracias se desvanece a pasos acelerados. Así retrocedemos, institucionalizamos la injusticia y cada día es más claro que las élites políticas están empeñadas en ello. Sin consultar, claro.

    Saludos

    PS. Ver “The strange death of Europe”

  3. G.P.
    G.P. Dice:

    Todo esto se basa en un error fundamental: que el Estado tenga algo que ver con el matrimonio. Como en el caso de las televisiones públicas, no hay razón de peso para que el estado tenga que “bendecir” uniones amorosas y regularlas. Ni homosexuales, ni hetero, ni tríos, ni historias parecidas. Todo esto no es más que pura continuidad civil de una superstición religiosa.

    El Estado debe mantenerse fuera de la vida privada de las personas. Y se acabó el problema.

    Pero, pero… de verdad: ¿qué hace el Estado metiéndose en estos berenjenales? Es tan absurdo…

    • Eduard Ariza
      Eduard Ariza Dice:

      Desde el más absoluto respeto a su opinión, el matrimonio civil es un negocio jurídico que concede unos derechos y deberes recíprocos a las personas que desean contraerlo. Nadie está obligado a contraer matrimonio si no lo desea.

  4. G.P.
    G.P. Dice:

    Todo esto se basa en un error fundamental: que el Estado tenga algo que ver con el matrimonio. Como en el caso de las televisiones públicas, no hay razón de peso para que el estado tenga que “bendecir” uniones amorosas y regularlas. Ni homosexuales, ni hetero, ni tríos, ni historias parecidas. Todo esto no es más que pura continuidad civil de una superstición religiosa.

    El Estado debe mantenerse fuera de la vida privada de las personas. Y se acabó el problema.

    Pero, pero… de verdad: ¿qué hace el Estado metiéndose en estos berenjenales? Es tan absurdo…

  5. Luis Sánchez García
    Luis Sánchez García Dice:

    Quisiera preguntar al autor qué motivos adujo el Tribunal Europeo de Derechos Humanos para rechazar la petición. Entiendo que un tribunal ordinario tenga que ajustarse a la Ley, tal como explicó con el caso del Sr. O’Hara, pero, el ¿Tribunal Europeo? ¿Acaso no es un derecho fundamental la Igualdad ante la Ley?

    • Eduard Ariza
      Eduard Ariza Dice:

      Al TEDH se le preguntó en el caso citado si “el derecho al matrimonio” abarcaba el derecho al matrimonio igualitario. ¿Qué ocurrió? Pues bien, el TEDH hizo una interpretación histórica.
      El derecho a contraer matrimonio más que como un derecho de contenido positivo, en sus orígenes históricos, se configuró en Europa como opuesto a nociones de matrimonio forzoso. EL TEDH consideró -se lo estoy resumiendo mucho- que no cabía interpretarlo sino desde este enfoque.
      A mi entender fue un error. Pj. en su génesis histórica, podría contraponerse el derecho a matrimonio con las leyes del Núremberg de 1938, que anularon y prohibieron todos lo matrimonios entre arios y judíos.
      Dicho esto, tampoco se puede negar que cuando se redactó el Convenio Europeo de Derechos Humanos nadie pensaba en esta modalidad de matrimonio. De una manera tácita, el TEDH considera que el Consejo de Europa debería pronunciarse políticamente antes de avanzar en otra dirección. También debemos recordar el aforismo británico “Hard cases bad law”. Pensemos que muchos países del Consejo de Europa: Polonia, Rusia, Ucrania, Moldavia, Rumanía, Bulgaria… lo habrían abandonado si el sentido del fallo hubiese sido otro. No descartemos, pues, cierta presión política. Esto no quita que su fallo ate de pies y manos al juez O’Hara, por desgracia.

  6. Luis Sánchez García
    Luis Sánchez García Dice:

    Quisiera preguntar al autor qué motivos adujo el Tribunal Europeo de Derechos Humanos para rechazar la petición. Entiendo que un tribunal ordinario tenga que ajustarse a la Ley, tal como explicó con el caso del Sr. O’Hara, pero, el ¿Tribunal Europeo? ¿Acaso no es un derecho fundamental la Igualdad ante la Ley?

  7. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Ayer se me quedó en el tintero el enlace de la referencia bibliográfica de “The Strange Death of Europe” y una observación importante que creo debe ser conocida por los lectores del blog.

    https://www.amazon.com/Strange-Death-Europe-Immigration-Identity/dp/1472942248

    En este dominio — .com — aparecen 259 recensiones o resúmenes del libro por parte de los lectores. El rating de satisfacción general es altísimo.

    Por contra si como es normal sale el dominio amazon.es los resúmenes de lectores que aparecen son solo 2 repartiéndose al 50% la opinión a favor y en contra. Ambos en inglés.

    Esto mismo muy agravado sucede casi siempre en temas políticos en la Wiki. La wiki en inglés y sobre cuestiones politizables tiende a ser más objetiva y en español suele estar manoseada por gente escasamente objetiva o poco amante de la verdad. Especialmente activos son los nacionalistas que llegan hasta alterar mapas de archivos históricos.

    • Eduard Ariza
      Eduard Ariza Dice:

      He leído con mucha atención su dos comentarios y le agradezco sinceramente el tiempo que se ha tomado en leer esta publicación mía y en comentarla. Por mi parte sólo puedo decirle, con todo el respeto que no comparto su postura.

      • Manu Oquendo
        Manu Oquendo Dice:

        Estimado Eduard, puedo imaginar que usted discrepa porque lo dice, pero exactamente en qué lo hace no me queda claro.

        Si vuelve a leer mi post habrá visto que explico por qué no coincido con su valoración del hecho de identificar (hacer idéntica) una unión de dos personas del mismo sexo con un matrimonio de hombres y mujeres heterosexuales entre cuyos fines principales está la crianza de sus hijos con entrega total de sus vidas y haciendas a ello.

        Sin embargo creo que su escrito realmente no expone las razones de su posición. Italia acaba de reconocer dichas parejas pero no como matrimonio. Lo mismo que hizo en su día Reino Unido y el Ulster. Sin embargo se busca lo imposible y el poder lo concede sin consultarnos. Como la Monsanto o la ERT.

        ¿Qué necesidad tienen dichos lobbies en pretender que se reconozca una “identidad” inexistente y a todas luces falsa? No, no se puede.
        Por tanto la única conclusión plausible es que el objetivo principal de la maniobra es la degradación del arquetipo familiar clásico de nuestra civilización: la familia de hombre y mujer con hijos. Esa familia odiada desde la Izquierda actual que se echa en brazos de Mahoma.

        Esta táctica se deriva de Gramsci, pasando por Marcuse (ver “A critique of Pure Tolerance”, Beacon Press, 1965) y llega a nuestros días perfectamente rodada tras haber asestado un golpe de muerte a la libertad de ciencia: como sabemos, estas leyes permiten que un hetero reciba tratamiento para convertirse en homo pero prohíbe el tratamiento inverso. ¿Es esto lo que se quiere?

        ¿Puede alguien explicarlo? ¿Hasta este punto hemos llegado que ya tenemos Ciencia Oficial Obligatoria? Es decir, No-Ciencia. Galileo de nuevo. Y ya hay Galileos sancionados injustamente.

        Estos mismos grupos de interés no mueven un dedo ni para comentar el arquetipo familiar propio del Islam pero para degradar el nuestro trabajan noche y día desde hace cuarenta años.

        La prueba, estimado Sr. Ariza, está en los colectivos que sin razón alguna son excluidos de las leyes que pretenden la barbaridad semántica de llamar Matrimonio a una pareja estable homo mientras se la prohíben a dos hermanos o a dos primos carnales del mismo o distinto sexo que se quieren, se necesitan, no sienten deseos carnales uno por otro pero les gustaría tener derecho a heredarse como esposos o a compartir la ridícula ayuda que por criar a sus hijos recibe una familia clásica.

        Estos temas han venido pasando desapercibidos y hay ya miedo de sacarlos a las luz del día y hablar de ellos sin tapujos.

        Acaba de llegar a las Cortes la Conocida como Ley Mordaza. Una Ley que arranca en la Comisión Europea y aprueba el Parlamento Europeo sin ruido en 2006, Febrero.

        Una ley que, so pretexto de proteger a minorías que no necesitan protección en la UE porque van sobrados, liquida los siguientes derechos de toda la Ciudadanía. Sin consultarnos, claro.

        Concretamente liquida la libertad de opinión, la de enseñanza, la de conciencia, la de expresión, de prensa, de igualdad. Ya hay víctimas.
        Por ejemplo esta excepcional autora:
        https://www.amazon.es/Cuando-prohibieron-mujeres-persiguieron-hombres/dp/8460896013/ref=sr_1_1?s=books&ie=UTF8&qid=1505987608&sr=1-1&keywords=alicia+rubio

        Un saludo cordial

    • G.P.
      G.P. Dice:

      “But perhaps Spengler was right: “civilizations like humans are born, briefly flourish, decay, and die.”

      ¿”Perhaps”? Pero si no hay nada más claro que eso. Lo único que está pasando es que desde la gente se mueve para encontrar lugares mejores para vivir y las cosas cambian. Como siempre desde que nuestra especie empezó a caminar erguida en Africa (bueno, que fuera en Africa empieza a ser cuestionado tras sorprendentes nuevas evidencias)

      https://phys.org/news/2017-08-fossil-footprints-theories-human-evolution.html

  8. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Ayer se me quedó en el tintero el enlace de la referencia bibliográfica de “The Strange Death of Europe” y una observación importante que creo debe ser conocida por los lectores del blog.

    https://www.amazon.com/Strange-Death-Europe-Immigration-Identity/dp/1472942248

    En este dominio — .com — aparecen 259 recensiones o resúmenes del libro por parte de los lectores. El rating de satisfacción general es altísimo.

    Por contra si como es normal sale el dominio amazon.es los resúmenes de lectores que aparecen son solo 2 repartiéndose al 50% la opinión a favor y en contra. Ambos en inglés.

    Esto mismo muy agravado sucede casi siempre en temas políticos en la Wiki. La wiki en inglés y sobre cuestiones politizables tiende a ser más objetiva y en español suele estar manoseada por gente escasamente objetiva o poco amante de la verdad. Especialmente activos son los nacionalistas que llegan hasta alterar mapas de archivos históricos.

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