LexNet y el caos de la Justicia

A estas alturas la gran mayoría de los lectores conocerá, aunque sea por las quejas de algún conocido que sea profesional de la Justicia, que LexNet está siendo uno de los mayores quebraderos de cabeza del Ministerio que encabeza el señor Catalá. La razón no es otra que los continuos fallos que están produciéndose en la plataforma desde hace varios meses. El último, sin ir más lejos, el pasado 1 de septiembre, en plena “rentrée” del nuevo curso judicial.

Para quién no esté familiarizado con LexNet, recordaremos que se trata de una herramienta de intercambio de información (demandas, escritos de cualquier clase, resoluciones judiciales, etc.) entre los órganos judiciales y los operadores jurídicos (entre otros, órganos judiciales, abogados y procuradores). A la vista del contenido de la herramienta y de los operadores que participan de su uso, no es difícil intuir la enorme importancia de la seguridad y el extremo cuidado con que deben ser tratados los datos residenciados en la plataforma.

El problema es que, desde que comenzó a andar la plataforma, los problemas se han sucedido de manera ininterrumpida, como ya se denunció oportunamente en este blog. El más frecuente ha sido la imposibilidad de acceder durante un tiempo a LexNet por errores del sistema, ocasionando, entre otros, la imposibilidad de poder presentar escritos o acceder a las notificaciones del Juzgado, con las nefastas consecuencias que tales situaciones tienen en un mundo en el que los plazos son tremendamente importantes. Y ello por no hablar del enorme tiempo de espera que uno ha de soportar en innumerables ocasiones para acceder a la aplicación o de que, cuando los archivos superan un determinado tamaño, es necesario ir al Juzgado a presentarlos a la vieja usanza, físicamente.

Pero el fallo más grave fue quizás el ocurrido a finales del pasado julio cuando, de resultas del enésimo error de la plataforma, todos los expedientes quedaron abiertos a cualquier usuario, independientemente de que fuera parte o no del mismo. Ello supone que cualquier autorizado a entrar en LexNet podía acceder a la información de cualquier caso, lo cual es gravísimo, porque dejaba al albur de la conciencia individual de los profesionales el acceso a datos confidenciales y protegidos por la Ley de Protección de Datos. Y todavía es más grave que no se sepa desde cuándo exactamente se podía acceder a todos los expedientes, ni qué se ha hecho con ellos. No se trata ya de los plazos o del inconveniente de no poder presentar un recurso y tener que presentarlo al día siguiente -fuera de plazo, recabando la pertinente certificación de que el retraso tenía causa justificada-, sino de la inseguridad y el sentimiento de caos que se han ocasionado como consecuencia del fallo de seguridad, impropio de un país desarrollado.

Por si estos problemas no fueran de suficiente trascendencia como para ocasionarnos asombro, es preciso traer a colación un dato más: el Ministerio de Justicia era conocedor de trece “cuestiones relevantes” que afectaban directamente a la implementación de LexNet, así como del modo en que debía resolverlas, desde hace más de un año. En concreto, el 29 de abril de 2016 el Ministerio recibió un dossier de la Subdirección de General de Nuevas Tecnologías de la Justicia, denominado “Plan de mejora de LexNet” (pueden consultar el contenido íntegro del mismo aquí), que prueba que el Ministerio era plenamente consciente entonces de que LexNet aún adolecía de serias imperfecciones. En dicho informe, se hace especial hincapié en algunos de los elementos con mayor potencial para comprometer la totalidad del sistema (que, como hemos podido comprobar, iban a tener importantes consecuencias), a saber: lentitud, pérdida de información, imposibilidad de presentar escritos, parada técnicas, falta de sincronización, etc.

A la vista de lo anterior, cabe plantearse no tanto si fue una buena idea la implementación de LexNet, sino si estábamos verdaderamente preparados para la misma, o fue más bien un ejemplo más del “quiero y no puedo”. Nadie duda de la falta de medios materiales de las diferentes Administraciones, y, especialmente la de Justicia, pero, si no existía una voluntad política decidida de dotar por fin a la Administración de Justicia de los medios presupuestarios necesarios, ¿por qué se decidió entonces implantar esta plataforma?

Otra de las cosas que definitivamente completan la ya de por sí kafkiana situación en la que nos encontramos es que hay varias Comunidades Autónomas que no han implementado LexNet, sino otras plataformas. Así, en Navarra existe Avantius, en Cataluña Justicia.cat, en Cantabria Vereda y en País Vasco JustiziaSip y, para completar el puzzle, en la Comunidad Valenciana aún no se pueden presentar escritos electrónicamente. Por lo que, como ven, ni la Justicia se libra de los males derivados del tantas veces denunciado Reino de Taifas.

Por otro lado, el deseado objetivo del papel cero en la Justicia no se está acabando de conseguir; más bien al contrario: en muchas ocasiones, lo único que se ha conseguido es trasladar a la propia Administración el coste de impresión de los documentos de los diferentes expedientes, del cual antes se encargaban las partes. De hecho, es frecuente leer noticias que se hacen eco del incremento de gastos en papel y tóner que está soportando el erario público desde la implantación de LexNet. Y no solo se trata de la “manía” de algunos jueces de imprimirlo todo, sino que, en muchas ocasiones, es la limitación de medios de que sufre la propia Administración la que provocan que no les quede otro remedio que imprimirlos, tal y como narra Roberto Esteban, el juez decano de Zaragoza.

Sin lugar a dudas, y en primer lugar, la situación ha de resolverse de manera rápida por parte de Ministerio de Justicia, pues no es de recibo que cualquier ciudadano o empresa que se encuentre involucrado en un procedimiento judicial deba estar continuamente temiendo por la privacidad de sus datos, por no hablar de otros problemas como los continuos inconvenientes que ocasiona el no poder acceder a la plataforma durante horas, o el incremento del gasto público que ha generado la informatización de la Justicia.

Ya pensando en el medio y largo plazo, creemos que los próximos Presupuestos Generales del Estado deberían contener, por fin, un claro compromiso con la modernización de la Administración de Justicia y, a estos efectos, un plan realista y detallado para llevar ésta a cabo. No hay que obviar que el modo en que funciona la Administración de Justicia es un reflejo de cómo funciona la Justicia misma de nuestro país, que es uno de los pilares del Estado de Derecho, por lo que es preciso afrontar este problema con la seriedad que requiere.

En tercer lugar, tampoco sería capricho nuestro exigir una mayor transparencia por parte del Ministerio en lo que al uso de esta plataforma se refiere. En la mayoría de las ocasiones, suele ser más recomendable reconocer antes un error que tratar de mirar para otro sitio y culpar a otro, ya sean los hackers, los abogados inmorales o el sunsucorda.

Por último, y en relación con lo anterior, consideramos necesario recalcar que, por el momento y pese a la evidente gravedad de lo sucedido, nadie en el Ministerio de Justicia ha asumido ningún tipo de responsabilidad. Tras el mencionado incidente de finales de julio, la práctica totalidad de los grupos parlamentarios en el Congreso (socialista, Unidos Podemos, Ciudadanos, Esquerra Republicana y mixto) solicitó la comparecencia urgente del Ministro en la Comisión de Justicia a efectos de explicar las causas y consecuencias de este desastre. Lo curioso es que, pese a la polémica generada, el Ministro decidió registrar también una solicitud de comparecencia, a instancia propia, para explicar el asunto, como restándole importancia al mismo.

Y es que, en efecto, la respuesta del Ministro no fue otra que la de escurrir el bulto, limitándose a hablar de las bondades de la plataforma y llamando la atención sobre el hecho de que únicamente medio centenar de profesionales habrían hecho un uso irregular de la plataforma durante el tiempo en que se produjo el fallo. Pese a que estamos en este país acostumbrados a que no haya dimisiones, lo cierto es que un hecho tan grave como el sucedido el pasado julio exigía una respuesta política a la altura de los acontecimientos. El Ministerio no sólo ha sido responsable de innumerables errores, sino que, además, nos los ha ocultado y, por si fuera poco, descubiertos los anteriores, no se ha dignado a asumir responsabilidad alguna. Muy ejemplar, ¿verdad?

No, no es ésta la modernización que queremos. No es ésta la Administración de Justicia que queremos. Y tampoco son éstos los responsables públicos que queremos. Otra evidencia más de que la (des)inversión en Justicia no da votos. Si los ciudadanos fueran conscientes de su importancia…

Últimos días para presentar ideas para desarrollos tecnológicos al concurso JustiApps-#HackTheJustice

MADRID – 05/09/2017.- El pasado 1 de julio se abrió el plazo para presentar ideas al Concurso #HackTheJustice. Durante todo el verano, se han ido recibiendo ideas de ciudadanos de España y Latino América. Las ideas premiadas se transformarán en aplicaciones informáticas durante el hackathon que tendrá lugar durante el mes de noviembre. A través de este concurso se desea fomentar la participación ciudadana en la mejora de la Justicia a través de soluciones tecnológicas. Quienes deseen participar pueden presentar sus ideas hasta el día 30 de septiembre. En esta edición se ha organizado además un concurso dirigido al ámbito universitario que permite participar a dos estudiantes y un profesor presentar ideas en equipo.

Las ideas propuestas deben pertenecer a alguna de estas categorías: justicia inclusiva, accesibilidad y comprensión de las normas, mejora del funcionamiento de la Administración de Justicia, herramientas de apoyo al trabajo de los juristas, ciberseguridad, resolución de conflictos, protección de datos, lucha contra la violencia de género, seguridad jurídica en el e-commerce.

Aparte de los premios en especie, los concursantes podrán aspirar a participar en el hackathon #HackTheJustice.

Para participar, hay que leer detenidamente las bases del concurso, aceptarlas y rellenar antes del 30 de septiembre el formulario incluido en la página web del Instituto de Innovación Legal: http://institutodeinnovacionlegal.com/justiapps2017/concurso-de-ideas/.

Los criterios para la votación serán la originalidad de la idea, la importancia del problema que resuelve, las posibilidades de éxito del desarrollo tecnológico, etc. El jurado que elegirá las mejores ideas, estará compuesto por expertos en los distintos campos mencionados y patrocinadores.

Además se ha abierto ya el plazo para formar parte de uno de los equipos del Hackathon (acceder al formulario para inscribirse aquí).

Justiapps #HackTheJustice es un programa de actividades impulsado por el Instituto de Innovación Legal y dirigido a promocionar el emprendimiento legaltech, crear un ecosistema donde convivan la tecnología y el Derecho e involucrar a la ciudadanía en el fortalecimiento del Estado de Derecho y en la construcción de una mejor Justicia. Se compone de una serie de eventos y trabajos como los debates Innotech; un encuentro sobre Justicia y Datos abiertos; los concursos de ideas a la ciudadanía y el universitario; el hackathon, y la incubación de los proyectos de Legaltech resultantes.

Patrocinan el programa Justiapps #HackTheJustice, el Ministerio de Justicia, Thomson Reuters, Everis, Amazon, Ilunion, KPMG Abogados, Asociación Española de Ingenieros de Telecomunicación, tuAppbogado, Docxpresso y BBVA, y lo apoyan varias instituciones como Novagob, Fide, ICAM y el Centro Universitario Villanueva.

Para más información consultar: www.institutodeinnovacionlegal.com/justiapps2017/

La venta centralizada de derechos de televisión: ¿un caso de éxito para aplicar a otros ámbitos?

Me atrevo a escribir esta entrada principalmente por dos razones. En primer lugar, porque me siento intelectualmente obligado a modificar unas conclusiones publicadas por mí en este blog. En segundo lugar, porque creo que el éxito de la comercialización y reparto centralizados de los derechos de televisión puede servir de reflexión y ejemplo para otras políticas necesarias en otros ámbitos.

El 9 de junio de 2015 publiqué en este blog “El nuevo reparto de los derechos televisivos. Una decepción” tras la aprobación del Real Decreto-ley 5/2015, de 30 de abril, “de medidas urgentes en relación con la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional”.

Tras señalar algunas ventajas del nuevo sistema, expresé que el principal inconveniente era el de la consolidación de la desigualdad. Real Madrid y Barcelona no perdían ni un euro y los auténticamente beneficiados eran los otros “equipos grandes”. Y es cierto que se ha configurado un grupo de siete grandes. Pero creo que todos han salido ganando y, sobre todo, los más pequeños. A ver si soy capaz de explicarlo.

Reconozco que estoy ahora escribiendo bajo la influencia del estupendo libro de Víctor Lapuente “El retorno de los chamanes”, que ya fue recomendado aquí por Rodrigo Tena el 31 de octubre de 2015 y que me sirve para desarrollar los argumentos de esta nueva entrada.

La tesis central del libro, según explica el propio autor en el primer capítulo, es que existen dos grandes retóricas políticas: la del chamán y la de la exploradora. La retórica del chamán se basa en la indignación, en soñar con lo imposible, en las grandes expectativas de cambio. La retórica de la exploradora se basa en la solidaridad, en el consenso, en soñar con lo posible, en las pequeñas expectativas, en la política incrementalista. La retórica del chaman divide a las sociedades y paraliza el progreso, es más cerrada e intolerante. La de la exploradora une a las comunidades políticas y estimula los avances, consiste en comparar la política actual con alternativas factibles. En definitiva, un libro que encaja perfectamente en el espíritu de este blog.

Leyendo el libro he pensado que la venta centralizada de los derechos de televisión ha constituido un éxito y que se puede poner como ejemplo de política incrementalista. Se ha reformado un sistema respetando “los privilegios de los poderosos” pero beneficiando a todos, sobre todo a “los más débiles”.

Los primero que llama la atención sobre la nueva situación es el enorme incremento en solo dos años del tamaño de la “tarta” a repartir (la típica cuestión económica y política de si centrarnos más en repartir la “tarta” o en aumentar su tamaño). De unos ingresos totales de 785,6 millones de euros antes del Real Decreto (784,6 millones de euros la temporada anterior, es decir, cierto estancamiento), pasamos a 1.270,7 millones presupuestados para la temporada 2016-17, el primer año de venta centralizada (la temporada 2015-16 se puede considerar de transición). Un 62% más.

Si entramos en detalles, vemos como este incremento del 62% no es igual para todos los equipos. Así, mientras el primer equipo crece solo un 7% (los dos primeros partían de una situación de privilegio sin parangón en el resto de las principales ligas europeas) el último equipo crece un 158%, pasando de 15,3 millones a casi 40 millones de euros. Es decir, actualmente el equipo que menos recibe ya ingresa 40 millones por televisión. Ya puede competir un poco mejor con el resto de equipos. Por sí mismo, con 40-50 millones de euros de presupuesto ya es una gran empresa de tamaño considerable.

Insistiendo algo más en los aspectos positivos:

  1. Vemos como con el anterior sistema el primer equipo recibía más de 10 veces lo que el último, en el primer año del nuevo sistema la relación baja hasta 4,4; el Real Decreto-ley establece que “esa diferencia entre quien ingrese más y menos irá disminuyendo progresivamente hasta un máximo de 3,5 veces, que se alcanzaría con un ingreso igual o superior a mil quinientos millones de euros”.
  2. Real Madrid y Barcelona acaparaban conjuntamente el 41% de los ingresos hasta la temporada 2014-15, en la 2016-17 el porcentaje baja hasta el 27%.

Los dos equipos grandes tenían asegurados sus ingresos con el nuevo reparto, lo que no dejaba de ser una imposición bastante injusta considerando la extrema desigualdad en el momento de negociar, pero el resultado final ha resultado beneficioso para todos.

Creo que la experiencia de la venta centralizada de los derechos de televisión impuesta por ley, no lo olvidemos, ha resultado positiva para todos y se ha podido llevar a la práctica gracias a un diseño que garantizaba el poder de los grandes, con lo cual no hubo boicot y pudo ser aceptado por ellos.

Ahora, solo dos años después, con la mejor posición de todos, se puede pensar en la mejora del sistema.  La relación de fuerzas parece haber cambiado. Los pequeños ya no son tan “pequeños” como para tener que aceptar indefinidamente unos criterios de reparto manifiestamente mejorables.

Según el último Informe Económico Financiero del La Liga, el impacto económico del futbol profesional en España equivale a un 0,8% del PIB, generando empleo (directo e indirecto) para más de 82.000 personas. La asistencia a los estadios durante la temporada 2015-16 ascendió a 14 millones de espectadores.

En relación a esta importancia económica y social del futbol, entiendo que es procedente hacer referencia a otro éxito de La Liga: las normas para la elaboración de presupuestos, con el consiguiente control de ingresos y gastos y el establecimiento de topes salariales que garanticen el equilibrio presupuestario.

Podríamos profundizar en los beneficios de este control a nivel “macroeconómico”. Por  ejemplo, evitando crisis “sistémicas” de sobreendeudamiento como consecuencia del descontrol en los gastos, es decir, la situación de hace unos años. O el riesgo moral de que los todos los ciudadanos tengan que asumir la quitas ante Hacienda o Seguridad Social de clubs en concurso de acreedores por su mala gestión. O sociedades anónimas deportivas generosamente financiadas por cajas rescatadas por el Estado. Etc. Pero prefiero quedarme en un nivel “microeconómico”, con la tranquilidad que deben tener los aficionados (otra vez la parte más débil) de que sus equipos podrán estar mejor o peor deportivamente, pero ya no en peligro de desaparición gracias a los mayores ingresos y al tope salarial.

Ojalá alguien fuera capaz de imponer controles efectivos y disciplina real a las administraciones públicas españolas, que siguen con sus déficits incontrolados (digan lo que digan) y una deuda tan enorme que nos ha condenado a todos a vivir pagando intereses (y no mejorando los servicios públicos e infraestructuras) durante el resto de nuestras vidas, como ya expusimos aquí José María López y yo el 8 de julio de 2014 en La deuda pública española: Saturno devora a sus hijos”.

En resumen, por todo esto me he atrevido a escribir este artículo, se pueden hacer grandes reformas que beneficien a todos sin necesidad de revoluciones que, siempre, generan bandos de vencedores y vencidos difícilmente reconciliables. Pero para ello hace falta imaginación y voluntad. La utilidad de la retórica de la exploradora frente a la frustrante retórica del chamán. Utilizar el BOE en caso necesario para resolver inteligentemente los problemas, no para perpetuar privilegios.

 

 

La PDLI impulsa un debate sobre innovación, periodismo responsable y el papel de los medios en la sociedad

El próximo 14 de septiembre, la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI), va a celebrar en Madrid la I Jornada Internacional sobre Periodismo responsable, innovación y libertad de información, en la que participarán periodistas prestigiosos y multipremiados como Giannina Segnini, de la Universidad de Columbia y una de las figuras más destacadas del periodismo de investigación de datos de todo el mundo (Premio Ortega y Gasset); Eva Belmonte, de Civio (Premio Gabriel García Márquez) o Alejandro Laso, de El Confidencial (Premio Pulitzer con ‘Los Papeles de Panamá’), entre otros ponentes.

Puedes consultar toda la información en este enlace.

FinTech, Crowdlending y burbuja crediticia.

Los lectores de este blog ya conocen mi afición por explorar remedios legales que puedan evitar otra crisis financiera que tan graves consecuencias en todos los órdenes ha tenido. Hoy me voy a limitar a alertar del riesgo que para el sistema puede suponer una insuficiente e ineficiente regulación de las denominadas FinTech, a las que ya dedicó atención en este blog F. Zunzunegui

Una de las consecuencias de la crisis financiera ha sido la desconfianza generalizada del ciudadano en la banca tradicional y la necesidad de buscar fuentes alternativas de financiación, dadas las restricciones crediticias que han emergido tras los nuevos requerimientos de capital exigidos a las entidades financieras reguladas.

Así han aparecido las FinTech (Financial Technology), que son empresas que emplean la tecnología y la innovación en la oferta y prestación de servicios financieros, desde préstamos hasta los seguros, fondos de pensiones, asesoramiento en materia de inversiones, servicios de pagos e infraestructuras del mercado.

Estas entidades prestan, pues, servicios de todo tipo, si bien no siempre pueden desligarse del concepto de banca tradicional pues en muchos casos lo que existe es colaboración. Las empresas FinTech pueden ofrecer productos y servicios no sólo directamente al usuario de servicios financieros, sino también pueden dar soporte a instituciones financieras tradicionales.

La tecnología digital a través de la cual prestan sus servicios implica abaratamiento de costes operativos (no son necesarias las sucursales), se automatiza la solicitud y concesión del préstamo. Si algo caracteriza este servicio es la celeridad con la que se realizan las operaciones. La disminución de costes, favorecida también por la ausencia de específicos requerimientos regulatorios, permitiría una eventual disminución de tipos de interés aplicados a los prestatarios. Por lo tanto, el fenómeno FinTech presenta potencialmente indudables ventajas para los consumidores.

La novedad y complejidad de las nuevos productos y servicios financieros utilizando tecnología digital contribuye a ampliar la oferta y a mejorar el acceso a este tipo de productos y servicios, pero también añaden un factor de riesgo que es al que me voy a referir en este post.

Me voy a centrar en las FinTech que se dedican a conceder directamente financiación a empresas y particulares. La clave es, pues, la desintermediación con las instituciones financieras tradicionales. Ejemplo de ellas son las plataformas P2P (crowdlending), plataformas de financiación participativa (PIP) que cuentan ya con alguna regulación (insuficiente) contenida en la Ley 5/2015, de 27 de abril de Fomento de la Financiación Empresarial (en adelante LFFE).

Tal y como se definen en dicha norma, las PIP son empresas autorizadas cuya actividad consiste en poner en contacto, de manera profesional y a través de páginas web u otros medios electrónicos, a una pluralidad de personas físicas o jurídicas que ofrecen financiación a cambio de un rendimiento dinerario, denominados inversores, con personas físicas o jurídicas que solicitan financiación en nombre propio para destinarlo a un proyecto de financiación participativa, denominados promotores.

Por lo tanto, las partes son el prestamista (inversor) y el prestatario (promotor de la financiación). La PFP no presta, sino que actúa como intermediario en un préstamo concedido por otro.

Lo curioso de este sistema es que es el futuro prestatario el que lo pone en marcha presentando un “proyecto de financiación participativa” en el que es el propio prestatario el que describe su situación financiera y nivel de endeudamiento”. Es decir, es el prestatario el que dice si el solvente o no. Cuando le llega este informe a la PFP ningún precepto exige que deba dicha plataforma comprobar que el promotor es solvente y aquélla no es responsable de que la información que dio el prestatario sea veraz o no. Por lo tanto, el prestatario puede mentir sobre su situación financiera y la PFP no responde de ello, entre otras cosas, no tiene derecho de acceso a los datos de solvencia del prestatario. La PFP debe comprobar que, efectivamente, en el proyecto, el promotor (prestatario) ha incluido los datos que acreditan su solvencia, pero la PFP no responde de la veracidad de los mismos!

¿Y esto qué consecuencias tiene?

La más importante es el posible riesgo sistémico a la banca tradicional. Me explico.

Estas entidades no prestan dinero de los depositantes, como sucede en la banca tradicional. Los inversores arriesgan su dinero de acuerdo a su perfil de riesgo y cargan directamente con las pérdidas potenciales derivadas de los impagos de los prestatarios. Las plataformas no asumen el riesgo crediticio y ni siquiera valoran la solvencia del prestatario futuro.

Cierto que en este tipo de plataformas no se puede producir el descalce de plazos, pues los prestamistas y prestatarios están sincronizados, pero puede suceder que como la plataforma no asume el riego de crédito, tenga tendencia a fomentar operaciones a deudores de alto riesgo con altos costes, transfiriendo el riesgo de pérdida al inversor. En parte fue lo que sucedió en el pasado con los préstamos hipotecarios de alto riesgo titulizados que suponían una transferencia del riesgo a terceras entidades.

El problema de la evaluación de la solvencia del cliente adquiere en este contexto un valor relevante y el diseño de estas plataformas puede suponer, como he dicho, un incentivo a favorecer la concesión de préstamos de alto riesgo. De hecho, con frecuencia se alega como una de sus principales ventajas la inclusión financiera, permitiendo el acceso a clientes que serían excluidos del sistema bancario tradicional. Estas plataformas permitirían que personas no solventes puedan obtener financiación y esto es, como hemos visto en esta crisis, sumamente peligroso.

El aumento de competencia que para la banca tradicional pueden suponer estas plataformas también pueden ser un incentivo a que aquélla incremente su propia asunción de riesgos. Así sucedió en el pasado cuando las cajas de ahorro empezaron a prestar “a lo loco”. Los bancos también lo hicieron porque no podían, de lo contrario, competir. Esta situación se puede volver a repetir dada que la regulación del préstamo responsable sigue siendo ineficiente en el Derecho español. Una regulación que vengo reclamando, pero ni existe ni se la espera…

Hay que tener presente que el endeudamiento de los particulares a través de estas plataformas permanece opaco en los ficheros de solvencia patrimonial y en la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE). Particulares ya endeudados a través de estas plataformas pueden acudir posteriormente a la banca tradicional y su ratio de endeudamiento no podrá ser valorada por las entidades financieras, pudiendo suceder que se concedan préstamos a personas ya sobreendeudadas. Existe, pues, riesgo sistémico a la banca que gestiona recursos de los depositantes.

Resulta imprescindible una regulación en materia de datos de solvencia que evite un aumento del riesgo de información asimétrica en el mercado de crédito por la irrupción de estas entidades que prestan fuera del sistema tradicional. Estas PFP deben poder acceder al historial de crédito y cotejar los datos de solvencia que aporta el promotor (potencial prestatario).

A su vez, debe diseñarse un sistema de intercambio de información financiera para que la banca tradicional pueda acceder a datos de endeudamiento de los particulares a través de estas plataformas y, a su vez, que las FinTech puedan acceder a datos de solvencia de los potenciales clientes de forma que puedan tener conocimiento de la ratio de deuda pendiente ya asumida por cada solicitante.

En España, a diferencia de otros países, no fluyen los datos de solvencia positivos salvo los proporcionados por la CIRBE a las que no tienen acceso las FinTech. Aunque la CIRBE es incompleta, debe abrirse el acceso a sus datos.

Cierto es que el incremento del comercio electrónico, permite que los historiales de pago e incluso los datos presentes en redes sociales sirvan para la elaboración del perfil del riesgo de los potenciales clientes. De hecho, existen Fintech dedicadas al procesamiento de big data para evitar la brecha de información que tienen las Fintech dedicadas a la concesión de préstamos y que incluso prestan este servicio a la banca tradicional. Así, por ejemplo, First Access hace uso de una combinación de información demográfica, geográfica, financiera y social de los teléfonos móviles, contratos de servicios y otras fuentes para crear calificaciones de riesgos y recomendaciones crediticias en tiempo real. Aunque con big data pueda obtenerse un perfil de riesgo, es necesario conocer el nivel de endeudamiento del deudor y este dato no aparece en redes sociales que es la fuente de la que se están nutriendo estas entidades para evaluar la solvencia.

Estas posibilidades tecnológicas y el manejo de datos están huérfanas de tratamiento legal específico. Lo que parece claro es que un aspecto que requiere la protección del consumidor y cliente de servicio Fintech es precisamente evitar su sobreendeudamiento masivo y esta regulación debe tener presente la necesidad de flujos de datos financieros fiables respetándose la normativa europea en materia de protección de datos personales. Así se sugiere en el Libro Verde sobre los Servicios Financieros al por menor publicado el 10/12/2015 (COM 2015, 630 final) que pretende favorecer el crédito transfronterizo, a su vez, facilitado por la digitalización de los servicios financieros.

Las carencias regulatorias que en este ámbito se evidencian en la LFFE deben ser corregidas. De lo contrario, el riesgo de otra burbuja crediticia fuera del sistema es evidente, pudiendo incluso contaminar a la banca tradicional por la presencia de efecto sistémico, tal y como ya se ha denunciado en un reciente informe del Financial Stability Board.

El Estado de Derecho amenazado en Cataluña: La ley de transitoriedad jurídica y fundacional de la república

Ante el ataque frontal a nuestro Estado de Derecho que supone la inminente aprobación por el Parlament de Catalunya de la denominada “Ley de desconexión “ (el nombre completo es  “Ley de transitoriedad jurídica y fundacional de la  república”) cuyo texto se puede consultar aquí   algunos lectores se han dirigido a nosotros para pedirnos un post de los editores.

Lo cierto es que nuestro blog desde sus inicios en diciembre de 2010 y después nuestra Fundación han nacido precisamente para defender a la ciudadanía de los ataques al Estado de Derecho. Y fundamentalmente de los ataques por parte de quienes deberían ser sus primeros garantes: las instituciones y los gobernantes. Por supuesto que también nos preocupan los ataques al Estado de Derecho por parte de personas físicas y de empresas; pero los más graves suelen ser los que se realizan desde el Poder, especialmente cuando se invocan grandes principios o ideas que supuestamente dan una coartada a los gobernantes para cometerlos. A lo largo de estos años nuestros lectores han podido comprobar que no hemos cejado en nuestro empeño de denunciar los abusos del Poder, lo ejerza quien lo ejerza y se invoquen los fines que se invoquen. Porque en Derecho, como en la vida, creemos que el fin nunca justifica los medios y que los objetivos por legítimos que sean nunca se pueden perseguir sin respetar las reglas del juego. Que no son otras que las reglas del Estado democrático de Derecho.

Nosotros, como nuestros conciudadanos, no sabemos lo que va a suceder en los próximos días. Pero lo que sí sabemos es que toca defender nuestro Derecho. Ya decía el jurista alemán Ihering que la piedra de toque para juzgar a un pueblo es su reacción frente a una vulneración de su derecho. A lo largo de estos años hemos visto muchas vulneraciones y hemos intentado alertar y concienciar a la ciudadanía sobre su existencia; hemos escrito innumerables artículos y dos libros para que los no especialistas entiendan que nadie está a salvo cuando el Estado de Derecho se desmorona.

Al Poder (a quienes lo detentan) nunca le gustan los límites y siempre intentará reducirlos o controlarlos; por eso necesitamos reglas que nos defiendan. No siempre es fácil explicar por qué la separación de Poderes o la existencia de una Administración neutral son tan importantes, o por qué la libertad de expresión hay que defenderla sobre todo cuando lo que se expresa nos molesta o no nos gusta, o por qué la transparencia y la rendición de cuentas son esenciales en una democracia, o por qué las instituciones no pueden estar al servicio de unos pocos sino al servicio de los intereses generales. Es una tarea ingente, porque no son conceptos sencillos y porque no se enseñan en los colegios o en las universidades. Pero son cruciales si queremos seguir viviendo en un Estado democrático de Derecho.

Quizás la diferencia de lo que está sucediendo en Cataluña con respecto a tantos y tantos casos que hemos comentado y denunciado en nuestro blog y en nuestros dos libros es que por primera vez se hace explícito el desprecio al Estado de Derecho (y consiguientemente a la democracia), dado que se subordina a la construcción nacional. Se denomina ley a un instrumento normativo que vulnera frontalmente las reglas materiales y formales de elaboración de las leyes, empezando por principios básicos como la transparencia, la jerarquía normativa, el respeto a las minorías o el pluralismo político. Se recogen artículos de contenido imposible, a sabiendas de que lo tienen. Por eso no vamos a analizar desde un punto de vista técnico este texto; sencillamente creemos que no lo merece.

Por otro lado, tampoco estamos ante un caso aislado; lamentablemente proliferan los ejemplos de las llamadas “democracias iliberales” (eufemismo para referirse a democracias que se van vaciando desde dentro hasta para convertirse en autocracias) incluso dentro de la Unión Europea. Países como Polonia o Hungría –por no hablar de Turquía- están demostrando que el modelo de pervertir y vaciar un Estado de Derecho desde los propios Gobiernos elegidos en unas elecciones libres está a la orden del día. Es inevitable que venga a la mente el recuerdo de las últimas elecciones democráticas de la República de Weimar, que ganó el partido nazi,  aunque no con mayoría absoluta y perdiendo escaños respecto a las  elecciones anteriores.  Cuando alcanzaron el poder, se ocuparon de desarticular todos los mecanismos democráticos.

Pues bien, nuestro blog y nuestra Fundación han nacido precisamente para denunciar este tipo de engaños. No hay democracia posible sin Estado de Derecho. Desde este blog, con independencia de las ideologías y de la postura personal de cada uno de nuestros editores y colaboradores siempre se defenderán las reglas del juego que nos protegen a todos del Poder, de la arbitrariedad y de la fuerza. No podemos permitirnos retroceder ni un paso.

Por eso es hoy preciso hacer un llamamiento a detener este ataque anunciado. Los poderes públicos legítimos no pueden seguir haciendo como si no pasara nada, ni seguir  delegando en el Tribunal Constitucional y en los órganos judiciales toda la responsabilidad de hacer frente al descomunal desafío, como si los demás agentes, empezando por nuestros representantes políticos, no estuvieran involucrados. Existen instrumentos de protección y restablecimiento de la legalidad, y su utilización en un caso como éste no es una opción, sino una obligación por darse los presupuestos legalmente previstos. El Parlamento debe también hacerse consciente de la realidad y dar ya algún tipo de respuesta. Y los partidos que creen en nuestro Estado de Derecho deben reunirse, ganar las complicidades necesarias, y proyectar una imagen de unidad en apoyo a las respuestas que inevitablemente van a ser necesarias.

La lenidad en la sanción del incumplimiento de la norma, aparte del daño generado por el mismo incumplimiento, lleva inherente en este caso unos efectos colaterales muy graves: por un lado, el sentimiento de abandono de un gran número de españoles no nacionalistas que pueden sentir la tentación  de plegarse a la presión de quien demuestra ser capaz de cumplir sus amenazas; por otro, el desafío no afrontado sitúa para el futuro el marco de las reivindicaciones mucho más allá del tradicional tira y afloja económico, político e identitario y anima a las élites de otras Comunidades Autónomas a seguir un camino que, aunque a medio plazo quizá les pase factura, a corto les ha permitido conservar el poder y recibir cuantiosas dotaciones económicas. Quizá, precisamente, la aplicación oportuna del artículo 155 de la Constitución, aunque quizá hubiera generado ese victimismo que tanto se teme, también habría marcado claramente los límites, como si de un niño malcriado se tratara, a los gobernantes díscolos catalanes pero también a los posibles aventureros de diferentes Comunidades que de otra manera pudieran pensar razonablemente que todo el monte es orégano.

Frente a ello, gran parte de la ciudadanía, la más consciente, contempla con cierto estupor la pasividad de nuestras instituciones y fuerzas políticas ante el autogolpe anunciado por la Generalitat para convertir a Cataluña en una República independiente. Ha visto, como preludio, las humillaciones sufridas por nuestros símbolos constitucionales y por la Jefatura del Estado incluso en los momentos menos propicios, como en la manifestación de Barcelona que se pretendía de unidad en la repulsa de los atentados. Recuerda con preocupación cómo la consulta, también ilegal, de 2014 acabó celebrándose pese a que previamente Rajoy había asegurado que no se celebraría. Lo mismo sucede ahora: desde el mismo dontancredismo el Presidente del Gobierno prefiere no ver, no oír y no saber.

Efectivamente, parece que presidente Rajoy ha decidido jugar la peor estrategia de todas, la que mejor casa con su carácter: buscar que se pudra el asunto por si solo, eludiendo una reacción firme del Estado que pueda generar un victimismo populista y terminar así provocando una incrementada mayoría independentista en unas probables elecciones autonómicas. Pero todo eso, además, sin poner nada nuevo sobre el tablero político que ayude a desactivar la situación. Se trata de una estrategia suicida llamada a provocar una crisis constitucional sin precedentes a corto, a medio y a largo plazo.

Como hemos reiteradamente defendido en este blog es necesario unir, a la firmeza jurídica para hoy, una respuesta política para mañana. Y ésta solo puede consistir en una oferta de reforma constitucional que incorpore una solución a la canadiense (en su espíritu, porque no puede ser idéntica): solicitud de referendum por un parlamento autonómico por mayoría cualificada, mayoría reforzada en la votación popular, posibilidad de permanencia para las comarcas o provincias donde esa mayoría no se obtenga, imposibilidad de repetir el referéndum en un plazo prolongado, etc. No solo es una solución en si misma razonable, sino que además es la única posible para desactivar el problema a medio plazo. Es razonable porque, nos guste o no, cuando una mayoría parlamentaria en una Comunidad Autónoma apoya directamente la independencia, y una gran mayoría parlamentaria el referendum de manera persistente, no encauzar jurídicamente ese anhelo, por muy equivocado y populista que nos parezca, presenta a la larga muchos más inconvenientes que ventajas para la salud de nuestra democracia. Pero es que, además, es la única solución para desactivar la hinchazón populista-independentista que padecemos, hasta tal punto que su principal enemigo serían los líderes políticos independentistas que se están beneficiando del mismo con la finalidad de ocultar sus terribles carencias, cuando no sus graves corruptelas. Saben perfectamente que sin fiebre victimista no habrá independencia. Y, además, que serán desalojados del poder.

Rajoy no tiene ni la capacidad ni el liderazgo para atreverse a algo así y sacarlo adelante. Pero es su legítima opción y por eso la respetamos. Pero lo que no es en absoluto su opción es activar o no todos los recursos del Estado (incluido el art. 155 CE) para parar el autogolpe, según la conveniencia político-electoral del momento. No ofrecer la reforma constitucional es un error político, pero no actuar con firmeza contra este ataque a la Constitución pone al borde del precipicio al Estado de Derecho y a la democracia en nuestro país. Algo que, sinceramente, no entra dentro de sus facultades discrecionales. Está obligado a actuar, y si considera que esa reacción firme puede ser contraproducente desde el punto de vista electoral, que piense una propuesta política mejor que la que le proponemos para acompañarla. Para eso se le paga.

Pero ahora mismo, ante la amenaza inminente, lo que necesitamos con urgencia son gestos de autoridad que nos permitan tener esperanza en la prevalencia del Estado de Derecho, no solo por parte del Gobierno, sino de todos los actores políticos, empezando por los más importantes: los ciudadanos. Efectivamente, conforme a lo que Ihering nos enseñó, aquí y ahora el problema es de tal magnitud que no incumbe sólo a los responsables políticos. De toda la sociedad española ha de partir una exigencia de respeto y protección a nuestro Estado de Derecho como fundamento de nuestra subsistencia como nación. Es preciso que dentro y fuera de Cataluña la mayoría haga oír su oposición a comulgar con semejantes ruedas de molino, con la imposición a las bravas de una secesión liberticida y empobrecedora con un apoyo social minoritario, aunque ruidoso y extremista. Los liderazgos sociales en este caso son tan necesarios como los políticos. Y a todos nos concierne evitar que, frente a un plan golpista minuciosamente explicado, sólo se escuche ese silencio de los corderos que precede a los hechos consumados.

 

 

Dos ejemplos veraniegos de capitalismo clientelar (o dos excusas veraniegas para recomendar un libro)

Los episodios veraniegos de la muerte de Miguel Blesa y de la entrada en prisión de Ángel María Villar y sus secuaces sirven de excusa para que desde Lado Oscuro hagamos una encarecida recomendación.

Magnífico y muy valiente. Nos referimos al libro titulado «Contra el capitalismo clientelar (o por qué es más eficiente un mercado en el que se respeten las reglas del juego)», publicado hace escasos meses por los editores de este blog bajo el pseudónimo transparente Sansón Carrasco. Ha sido de nuevo en Ediciones Península, y en alguna medida viene a ser una continuación del que ya publicaron en 2014 con el título «¿Hay Derecho? La quiebra del Estado de Derecho y de las instituciones en España».

Magnífico libro, como magnífico era su predecesor. Ambos aportan con una prosa muy atractiva y a veces no exenta de ironía, un diagnóstico del estado comatoso en el que se encuentran las instituciones del Estado de Derecho en nuestro país, profundizando en sus orígenes y sugiriendo lo que podrían ser los primeros pasos para iniciar una cura o remedio.

Y libro valiente, pues si este post ve la luz con el pseudónimo El Lado Oscuro es, querido lector, porque sus varios autores, ciertamente cobardes, han preferido ocultar su identidad, pues una cosa es tener un desahogo en forma de artículo periodístico y otra poner en peligro las economías familiares o tener miedo a encontrar un día, al despertar, el célebre cadáver del caballo de carreras en el interior de la cama, como en aquella grandiosa escena que nos regaló Coppola en El Padrino. En cambio, el pseudónimo Sansón Carrasco con el que ambos libros se presentan es completa y absolutamente transparente, pues los autores (varios Notarios, una profesora de Universidad y una Abogada del Estado) son profesionales que pueden permitirse el lujo de no tener los pelos en la lengua que otros sí tenemos que conservar. Y por ello aparecen en las solapas debidamente identificados: Segismundo Álvarez, Matilde Cuena, Elisa de la Nuez, Fernando Gomá, Ignacio Gomá, Fernando Rodríguez Prieto y Rodrigo Tena. Su pseudónimo es una licencia puramente literaria, pues lo que siempre quiso Sansón Carrasco (o si se prefiere, “El Caballero de la Blanca Luna”), es lograr la victoria sobre Don Quijote y, con sus mismas armas, obligarle a retirarse de sus actividades inspiradas en la caballería, aunque fuese con el riesgo de que ello terminara causando su decadencia y posterior muerte.

Como le pasó al personaje cervantino, se trata de que el Estado de Derecho regrese a sus caballerías. Y que lo haga también con sus mismas armas. Que comience a ser una realidad, con normas transparentes, y con leyes que no estén hechas a medida de unos pocos. Que no existan poderosos que primero logran que las normas digan unas cosas y no digan otras –a pocos se les escapó, por ejemplo, la insoportable presión que Repsol hizo sobre los Partidos más representativos durante la elaboración de la Ley 8/2015, de 21 de mayo, que modificó la Ley del Sector de los Hidrocarburos de 1998–. Y que si alguna cosa quedara en las leyes que no acaba de gustar, son sujetos que se refocilan en sus monopolios, conscientes de que ello no importa, pues también han logrado capturar las voluntades de los órganos de las Administraciones que han de velar por el cumplimiento de las mismas, y pueden exhibir sin pudor sus conexiones políticas con los Ministros convenientes, sean del signo y del color que sean (hasta el momento, o azules o colorados, pero ya veremos en el futuro si hay que decir lo mismo de los naranjas o de los morados), y ya sea en el palco del Santiago Bernabéu o en el del Teatro Real.

El verano de 2017 ha presentado dos casos ciertamente paradigmáticos. Uno es el de Miguel Blesa y el otro, el de Ángel María Villar. En fin, las Cajas de Ahorros y las Federaciones deportivas. Capitalismo clientelar de los buenos, aunque cabría también hablar de Bancos y de energía eléctrica y energías renovables, y del mercado del petróleo y sus oligopolios, y del sector farmacéutico. No se trata de resumir aquí de manera apretada los múltiples ejemplos que se ofrecen en el libro de Sansón Carrasco, pero sí cabe escoger algunos, añadir otros y agrupar unos y otros para poner de manifiesto que la putrefacción del capitalismo clientelar se encuentra presente en el poder legislativo, en el ejecutivo, en el judicial y también en la prensa, ése que Balzac calificaba como cuarto poder. El común denominador es que los poderes de un Estado de Derecho deberían estimular la competencia, la innovación y la productividad, en vez de coaligarse en beneficio de unos pocos sujetos presentes en cada uno de los sectores vitales de la economía, causando con ello unos perjuicios que pueden no ser demasiado grandes para cada uno de los ciudadanos pero que, sumados, significan un grave perjuicio de la sociedad en su conjunto al tiempo que un gran beneficio para las personas o grupos favorecidos. Que entre Repsol y Cepsa se controle más del 80 por ciento del petróleo de este país no tiene un pase. Que se calcule que la corrupción en la contratación pública supone una desviación de 48.000 millones de euros (casi el 4,5 del PIB), no tiene un pase. Que el Estado no reclamara de las empresas eléctricas los 3.000 millones de euros que debían devolver como consecuencia de un mal cálculo de los Costes de Transición a la Competencia no tiene un pase. Pero debe saberse también que hay cuarenta y tres ex Ministros presentes en los Consejos de Administración de las compañías relacionadas con la energía. Y a día de hoy, España es el cuarto país de Europa en el que la energía es más cara.

Así, el poder legislativo se pudre cuando el legislador olvida (o desprecia, que es peor), el básico principio de la generalidad. Los alumnos de las Facultades de Derecho escuchan en las aulas desde que el mundo es mundo que las leyes establecen reglas generales, porque están llamadas a aplicarse a la generalidad de los ciudadanos, o, para ser más exactos, a los ciudadanos que se encuentren dentro de su ámbito de aplicación. Pero cuando la Ley Concursal se modifica más de veinte veces en sus catorce años de vigencia, no es difícil apreciar en más de la mitad de las reformas la presencia de un destinatario concreto, con nombre y apellidos. El más destacado, Fernando Martín, protagonista inesperado de una comida entre las directivas del Real Madrid y el Fútbol Club Barcelona, previa a un partido entre ambos clubes, cuando estaba a punto de expirar el primer mandato de Florentino Pérez. Sacaba pecho el presidente merengue elogiando a cada miembro de su directiva. «¿Y qué decir de Fernando Martín? Sabéis cuántos pisos vendió el año pasado? Ante el asombro de los dirigentes barcelonistas, Florentino desveló la incógnita: “¡Nada menos que 10.000!». Pues bien, a este genio inmobiliario, creador del grupo Martinsa Fadesa y protagonista del concurso de acreedores más importante de nuestra historia (qué bonito era cuando se llamaba quiebra), vino el Gobierno de Mariano Rajoy a sacar con cariño las castañas del fuego: la Ley Concursal se modificó tres veces en 2014 a gusto del consumidor, y una de ellas, exclusivamente con la finalidad de que se pudiera cerrar el ansiado acuerdo de refinanciación con la banca que le permitiera digerir sus 3.600 millones de deuda y, sobre todo, salvarse del abismo de la liquidación. Leyes con destinatario concreto, sí, y lo difícil es escoger un ejemplo mejor que otro. La historia condenará a la vergüenza perpetua al Gobierno central y a la Generalitat de Cataluña por el infausto Real Decreto 2346/1998, de 23 de octubre, que premiaba los calamitosos incumplimientos de ACESA, sociedad concesionaria de las autopistas catalanas, con una prórroga de la concesión. Pero, claro, es que había que hablar catalán en la intimidad.

Y también se pudre el legislativo cuando, aunque no se piense en un señorito concreto cuando se redacta la norma, sí se diseña una determinada manera de funcionar. Ahí está el caso de las Cajas de Ahorros, relatado con gracia por Sansón Carrasco. Fue con un Gobierno de Felipe González –aquí no se libra nadie– cuando se dictó la Ley 31/1985, de 2 de agosto –acaso la fecha no es casual, pues el BOE no lo mira mucha gente durante el mes más fuerte del verano–, que abrió la puerta a que casi el 40 por 100 de los directivos fueran nombrados por los partidos políticos. Desde entonces, los concejales, alcaldes, sindicalistas, altos cargos de gobiernos autonómicos han marchado en amigable procesión hacia las Cajas, que se convirtieron en la Meca de las financiaciones de obras faraónicas o innecesarias de ciudades, pueblos, aldeas, villas, pedanías, lugares y lugarejos. Y si hizo falta en su momento conseguir apoyos para nombrar Presidente a una persona tan absolutamente carente de experiencia en el mundo financiero como era un buen amigo de José María Aznar llamado Miguel Blesa, pues se pactaba con Izquierda Unida para colocar a José Antonio Moral como vicepresidente. Y a Jaime Terceiro, que venía siendo Presidente de Caja Madrid hasta 1996, se le defenestraba, si bien un Vicepresidente del Gobierno llamado Rodrigo Rato le ofrecía en compensación –sin éxito, eso sí– la presidencia de Iberia.

Se pudre el poder ejecutivo, como segundo poder, cuando las grandes empresas se esmeran en mantener conexión directa con los puntos neurálgicos de las tomas de decisiones gubernamentales. También este verano se ha sabido que Susana Díez ha colocado muy bien en empresas públicas a los Consejeros del Gobierno andaluz que salieron en la última crisis cuando ella perdió las primarias en el PSOE: a uno, como director gerente de la Agencia Andaluza de la Energía, a otra como Presidenta de la Autoridad Portuaria de Almería, a otra como Presidenta de la Corporación Tecnológica de Andalucía. Es el siguiente capítulo del conocido serial Puertas Giratorias. Episodios anteriores son los de los altos cargos del Ministerio de Defensa que, una vez dejaron de serlo, fueron autorizados a ocupar puestos de secretario general o director general en empresas de armas, o en empresas que eran habituales contratistas del Ministerio, y ello a pesar de la incompatibilidad legal. O el de Elena Salgado, pasando de Ministra de Economía con Rodríguez Zapatero a consejera de la compañía eléctrica Chilectra, filial de Endesa. Con un par. O el de Ángel Acebes en Iberdrola o el de Trinidad Jiménez en Telefónica

Pero más allá de las puertas que giran, ahí está el libro de Luis de Guindos relatando con naturalidad, ¡¡como si fuera lo más normal del mundo!!, que Emilio Botín le llamó un día por teléfono para pedirle la cabeza del Gobernador del Banco de España… Y ahí están el Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores mirando para otro lado con la salida a Bolsa de Bankia. Y sepa el lector que es la propia CNMV quien ha elaborado el listado de expolíticos que se sientan en empresas del IBEX 35, ¡que solamente son setenta y cinco!, y que casi todas ellas son empresas sometidas a control de los organismos reguladores o son habituales en los contratos públicos.

Se pudre, en fin, el poder judicial cuando, estando en buena medida el nombramiento de los Magistrados del Tribunal Supremo (y de los cargos más importantes de la Audiencia Nacional o los Presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia) en manos de los políticos, suceden cosas como la ocurrida en 2012: en el turno de juristas de reconocido prestigio (tradicionalmente reservado a Catedráticos de Universidad de largo recorrido), el Consejo General del Poder Judicial pasó por encima de legendarios profesores de Derecho y nombró Magistrado de la Sala Primera del Tribunal Supremo a Sebastián Sastre, que había sido durante un cuarto de siglo el jefe de los servicios jurídicos de La Caixa. Y ello poco tiempo antes de que el Alto Tribunal tuviera que deliberar acerca de las participaciones preferentes que a tantas personas han arruinado por engaño de la entidad financiera o, cuando menos, por no saber bien qué estaban comprando. Quedó feo. Había también pendientes de resolver en la Sala muchas cosas en materia de cláusulas abusivas en las hipotecas, cosas que tocan de lleno a las familias y al mismo tiempo, a las cuentas de resultados de los Bancos y las Cajas.

El otro episodio veraniego tiene distinta tipología, aunque no tan distinta. Si Ángel María Villar no hubiera terminado en la cárcel, habría logrado la vida eterna. Pues eterna iba a ser la vida de quien llevaba 29 años en el cargo de Presidente de la Federación Española de Fútbol pero aspiraba al menos a 32. De quien certificó falsamente por escrito que los 1,2 millones de euros aportados por el Consejo Superior de Deportes para apoyar cuatro proyectos educativos en África y en Haití (país devastado en aquella época por un terremoto), habían sido efectivamente destinados a ese fin, cuando lo cierto es que nada se había hecho ni en África ni en Haití. De quien estuvo durante años diciendo que los países pobres tienen también derecho a jugar contra España (tratando de acallar las quejas del seleccionador Vicente del Bosque, que prefería que no fueran tantos los partidos), aunque –según dice la Fiscalía– todo formaba parte de una operativa continuada de apropiación de fondos que acababan en manos de la empresa del hijo de Villar (562.000 fueron los euros cobrados por Sports Advisers por su labor de intermediación entre la Federación y otras Federaciones internacionales). De quien despidió a la secretaria general de la Federación indemnizándola con 300.000 euros para contratarla de nuevo a continuación con el mismo sueldo de 200.000 euros anuales. De quien resolvió los contratos publicitarios con el Grupo Santa Mónica (del amigo Jesús Samper) por incumplimiento de esta empresa, pero que no quiso ejercer la cláusula de penalización de más de 30 millones de euros, con el consiguiente perjuicio a la Federación. De quien prolongó el contrato con Adidas, que vencía en 2018, hasta 2026 por 10 millones de euros, pese a que las renovaciones de estos contratos de patrocinio jamás se convienen para períodos tan largos.

Y sobre todo, y en lo que interesa más al objeto de este post, de quien cuando se aproximaban épocas electorales, lograba con el uso indebido del dinero de la Federación los apoyos incondicionales de determinados dirigentes de las Federaciones territoriales (alguno también ha entrado en prisión) de cara a conseguir su anhelada reelección. Son las cosas que pasan con las Federaciones deportivas, personas jurídicas que, por expresa calificación legal, son entidades asociativas privadas, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica y patrimonio propios, pero que al mismo tiempo ejercen por delegación funciones públicas de carácter administrativo, actuando como agentes colaboradores de la Administración Pública. O lo que es lo mismo, entidades que se encuentran a caballo entre lo público y lo privado y que con frecuencia toman lo peor de un sector y lo peor del otro.

Pero a todo esto, tampoco se libra la prensa como cuarto poder. ¿Imagina alguien que habría pasado si quien hubiera formado parte de la Asamblea de Caja Madrid en la época de Miguel Blesa y las preferentes no se hubiera llamado Pedro Sánchez sino José María Aznar o José María Michavila o Eduardo Zaplana? Se abrirían muchos telediarios con la noticia durante una semana, y sería portada de periódicos, y habría anuncios colgados en las farolas. Y no harían las televisiones una aclaración elemental a los manifestantes de la calle Génova 13 cuando gritaran preguntando cuánto dinero sacó del cajero un señor del PP. ¿Qué aclaración? Pues muy sencillo: Pedro Sánchez era miembro de la Asamblea, y no del Consejo de Caja Madrid, y por ello, él no usaba tarjeta black. Sirva la pregunta, pues, para encarecer la importancia de la propaganda, y muy especialmente la magnífica propaganda de los Partidos de izquierda y la deplorable y chusca propaganda de los otros. Porque mientras escribimos esto, hemos podido ver la otra noticia del verano: el PSOE ha ganado casi 5 puntos en intención de voto.

Blesa y Villar. Dos excusas veraniegas, en fin, para hablar de cosas más gordas… y para recomendarte, amable lector, que compres el libro de Sansón Carrasco. Y sobre todo, que lo leas. El Lado Oscuro lo ha hecho ya.

 

HD Joven: ¿El PSOE sabe qué es el federalismo? Declaraciones de Granada y Barcelona

Cuando uno oye hablar a Pedro Sánchez y otros líderes del PSOE de la Declaración de Granada y la Declaración de Barcelona es tentador imaginarse que efectivamente contienen las bases políticas de una reforma federal del Estado. Ábalos, portavoz en el Congreso, hasta se refirió a ellas hace poco como “documentos concretos”. Desengáñese quien no las haya leído.

Están escritas en la misma jerga vacía e inconcreta de los programas electorales. En las seis páginas de la Declaración de Granada hasta se evita hablar de “reforma federal”. En su lugar, “avanzar hacia el federalismo”, “Estado de corte federal” y “[Estado de] vocación federal” se entrelazan en un rosario de eufemismos. Aprobada tras la vuelta al poder de Sánchez, Barcelona si dedica, la media página final (!) a La reforma Federal de la Constitución. Eso sí, Cataluña monopoliza la visión federal de la socialdemocracia, pues dicha reforma:

  • Reconocer las “aspiraciones nacionales de Cataluña”,
  • Establecer “un reparto competencial que mejore el autogobierno de la Generalitat”,
  • Un nuevo acuerdo de “financiación autonómica” [sic.], sí, autonómica para el Estado Federal (!),
  • Y un “Senado federal”.

Quitando estos y algún otro tópico indefinido el resto de las Declaraciones es una letanía de alabanza a la Constitución de 1978, disculpándola por haberse quedado obsoleta. No es que la retórica no cuente, pero es legítimo exigir un poco más cuando llevamos años hablando de reformar la constitución.

La descuidada redacción de ambas Declaraciones muestra cuánto tiempo y esfuerzo se les invirtieron. No se cita ningún estudio de campo y no es que falten trabajos de gran calidad sobre la reforma territorial de este país. Por no referenciar ni se alude al brillante Informe de 16 de febrero de 2006 del Consejo de Estado encargado por el Gobierno de Zapatero en que se abordan la reforma del senado, la inclusión en la constitución de la denominación de las CCAA, la integración en Europa y la sucesión al trono.

Eso sí, proponen subcomisiones y mesas de diálogo… Muy en la línea de la política profesional.

¿Para qué aprovechar el trabajo hecho durante décadas (!) por los mejores expertos? Podríamos llegar a iniciar el debate serio, descafeinado de ideología, quizás hasta constructivo y útil.

En este país los políticos viven tanto de la imagen y las encuestas que valoran más los titulares que generan sus propuestas que su contenido. No hay derecho, para los ciudadanos.

Si espera ser tomado en serio, cualquiera que proponga una reforma federal de España debe, al menos, exponer, aunque sea esquemáticamente, el marco competencial de sus Estados, el tipo de cámara territorial y el papel de los Estados en la reforma constitucional.

Dicho así, en abstracto, puede sonar muy complejo. Sin embargo, no se trata de pedirle al PSOE una propuesta de texto articulado, sino unas líneas maestras para que el su federalismo no quede reducido a la semántica de mudar “autonomía” por “Estado Federado” en la Constitución. Pues sería ridículo embarcarse en una compleja reforma constitucional, esperando que por cambiar de palabras, cambiara España.

La mayoría de Estados Federales parten de un reparto competencial que asigna por defecto a los Estados Federados todas las competencias que la Constitución no atribuya a la Federación, sin perjuicio de que estas últimas tengan fundamental importancia y exclusividad. Así lo hacen la constitución de Argentina (art. 121), Austria (art. 15.1), Australia (art. 107), Brasil (art. 25.1), México (implícitamente arts. 117 y ss.) y, por supuesto la Ley Fundamental de Bonn (art. 30), en contraste con el art. 149.3 de nuestra constitución donde se establece:

“Las materias no atribuidas expresamente al Estado por esta Constitución podrán corresponder a las Comunidades Autónomas, en virtud de sus respectivos Estatutos. La competencia sobre las materias que no se hayan asumido por los Estatutos de Autonomía corresponderá al Estado, cuyas normas prevalecerán, en caso de conflicto, sobre las de las Comunidades Autónomas en todo lo que no esté atribuido a la exclusiva competencia de éstas. El derecho estatal será, en todo caso, supletorio del derecho de las Comunidades Autónomas.”

Cabe además pensar en la conveniencia de introducir una enumeración de los Estados integrantes de la Federación en la constitución -como Austria (art. 2.2), México (art. 43) o el Preámbulo de la Ley Fundamental de Bon. Esto no garantiza su inmutabilidad, ya que los Estados Federados pueden modificarse por medio de una reforma constitucional, lo que nos lleva a nuestro siguiente punto.

Un Estado Federal suele establecer procedimientos para que la Ley Suprema no pueda ser reformada sin que los Estados participen o asientan en las modificaciones. Estados Unidos, Alemania entre otros exigen que una reforma constitucional sea ratificada por una mayoría de sus parlamentos territoriales para que se apruebe -no se contempla el voto popular. En otras palabras, a diferencia de España, donde por el procedimiento de reforma agravada (art. 168 CE) podrían suprimirse las CCAA y sus cuerpos normativos sin que estas pudiesen intervenir como instituciones, en un Estado Federal, la reforma de la constitución debería pasar por las Asambleas de los Estados, o bien, por el que además de ser aprobada en referéndum, el “sí” venciera en un mínimo de territorios.

En Barcelona se nos habla del “senado federal”. Podrían haber concretado si esto se refiere a un modelo de senado como el norteamericano o de Bundesrat alemán. En el primero sus integrantes son elegidos por Estados, pero directamente por los ciudadanos. La cámara alta se distingue de la baja, porque en esta todos los Estados tienen los mismos representantes al margen de su población. En Alemania, los legisladores del Bundesrat son elegidos por los gobiernos de cada Estado y votan en bloque según sus dictados. Ergo, el Gobierno Federal precisa de tener una mayoría gubernamental favorable a su línea política entre los Estados para sacar adelante ciertas leyes en ambas cámaras.

Por supuesto, como se señala en el citado Informe del 15 de Febrero, nada impide buscar un modelo mixto de cámara territorial entre los dos anteriores. En todo caso, cabe adherirse a la afirmación del Consejo de Estado de que incluso manteniendo la preeminencia del Congreso, sería bueno dotar al Senado de mayor capacidad decisoria, especialmente en las leyes que tuvieran impacto territorial. De otro modo, cualquier reforma de la cámara se socavaría por su percepción, justa percepción, de órgano inútil a ojos de la ciudadanía.

¿Exijo mucho? Ni siquiera pido elencos de competencias, saber cómo los territorios podrían participar de la integración Europea, la financiación… Si el PSOE cree que el federalismo es la respuesta constitucional para resolver la cuestión catalana y la cuestión territorial en general debería demostrar que se la toma en serio… O al menos, que sabe de lo que está hablando.