La disolución de ETA: una victoria del Estado de Derecho español
Las reacciones al anunciado fin de ETA y los artículos y reportajes periodísticos dedicados a su triste historia han sido muchos y variados, algunos de una gran calidad. No ha faltado, como debe de ser, la perspectiva de las víctimas ni las llamadas de atención sobre los crímenes que faltan por resolver. De hecho, nuestro premio Hay Derecho del año pasado fue para una víctima del terrorismo, Pablo Romero, que decidió impulsar por su cuenta la investigación sobre el asesinato de su padre a manos de ETA, todavía sin resolver. Su historia la tienen aquí.
Y por supuesto no han faltado tampoco las reacciones de los partidos políticos, desde las más complacientes a las más críticas. En todo caso, de lo que no puede dudarse es de que es una muy buena noticia. Para las personas de nuestra generación, que crecimos y vivimos muchos años con el temor a los atentados de ETA que se sucedían año tras año es también una prueba de que la sociedad española, pese a sus muchos problemas, puede abordar los graves retos que se le plantean con optimismo.
Las razones de este optimismo es que el Estado de Derecho español es el triunfador absoluto de esta lucha de décadas y sin más armas que las jurídicas que tenía a su disposición. Salvo en el caso del episodio de los GAL y algún otro -que se quedaron en excepciones, afortunadamente- las instituciones españoles, con todas sus imperfecciones y debilidades, utilizaron los instrumentos que en cada caso el legislador fue poniendo a su disposición, como debe de suceder en cualquier Estado democrático de Derecho. No hubo ni amnistías, ni cambios de paz por presos, ni negociaciones que acabaran entregando el Derecho a cambio de que ETA dejara de matar. En definitiva, no hubo nada parecido a la garantía de inmunidad que tuvo que ofrecer Tony Blair a los fugitivos del IRA para que no colapsara el proceso de paz en Irlanda del Norte. Y no será porque no se pidió hasta la saciedad por los partidos nacionalistas.
No solo eso; la sociedad española en general y vasca en particular -sobre todo su avanzadilla conformada por movimientos ciudadanos como Basta Ya- tuvieron un protagonismo muy destacado en hacer comprender a los terroristas que les podía ir peor electoralmente si mataban que si no lo hacían. Este es otro triunfo indiscutible de una democracia digna de tal nombre. Muchas de las ideas nacionalistas -al menos en nuestro caso- pueden parecer poco razonables y sobre todo premodernas y antiilustradas, pero eso no quita que defenderlas desde las instituciones y no con violencia sea un enorme triunfo de las instituciones. Conviene no olvidarlo.
En cuanto a la cuestión de la dispersión de los presos, la solución debe de venir también de la mano del Estado de Derecho. Aunque la Audiencia Nacional se ha pronunciado señalando que la dispersión “per se” no vulnera ningún derecho fundamental de los presos (aquí) lo cierto es que la lógica y la finalidad de reinserción que cumplen las penas en nuestro ordenamiento jurídico apuntan a que es más razonable que los presos -todos- cumplan condena en prisiones cercanas a sus lugares de domicilio para evitar el desarraigo. Cierto es que las instituciones penitenciarias cuentan con un amplio grado de discrecionalidad siempre que no se lesionen derechos fundamentales de los internos; pero no lo es menos que este criterio debe de tenerse presente y así hay que interpretar el art. 12,1 de la Ley Orgánica General Penitenciaria cuando establece que “ La ubicación de los establecimientos penitenciarios será fijada por la administración penitenciaria dentro de las áreas territoriales que se designen. En todo caso se procurará que cada una cuente con el número suficiente de aquellos para satisfacer las necesidades penitenciarias y evitar el desarraigo social”.
Conviene no olvidar que la dispersión en el caso del colectivo de presos etarras obedecía a determinados propósitos muy comprensibles en su momento -separar a los presos “duros” de los “blandos”, facilitar la aparición de “arrepentidos” y la colaboración de determinados presos etarras- que hoy no parece que sigan teniendo el mismo sentido. No solo eso, de acuerdo con este interesante artículo, las reglas internacionales apuntan en la dirección de que los presos deben de cumplir la condena cerca de su lugar de domicilio. Pero, claro está, no se trata de una concesión a cambio de dejar de matar -como es más que probable que intente trasmitir el PNV a su electorado, en pugna por los votos de la izquierda abertzale-: se trata simplemente de aplicar las reglas generales del Estado de Derecho con generosidad, precisamente porque el Estado de Derecho español ha vencido en toda regla y se lo puede permitir. Lo que no debe hacerse es “bajo mano” y en los pasillos a cambio de apoyos presupuestarios o políticos.
A la vista de lo que se avecina en Cataluña con un President supremacista de corte lepenista, creemos que no está de más recordar que si el Estado de Derecho se impuso a una banda terrorista con 829 crímenes a sus espaldas desde la muerte de Franco a 2011 (Wikipedia ofrece todo el listado aquí) y un amplio respaldo social y político. podrá hacerlo también ahora, siempre, claro está, que la ciudadanía estemos a la altura. De lo que no tenemos ninguna duda, porque ya lo hicimos una vez en circunstancias mucho más difíciles.
Editores del blog “¿Hay derecho?”