Anulación judicial de ventas a fondos buitre de viviendas sociales del IVIMA
En la Comunidad de Madrid existe un organismo llamado IVIMA, Instituto de la Vivienda de Madrid (ahora denominado Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid). Sus funciones son el fomento de la construcción de Viviendas de Protección para el acceso a la misma de los colectivos con mayores riesgo de exclusión social, como los jóvenes o las personas con una renta económica especialmente baja, mediante compra o arrendamiento con opción de compra.
En el año 2013, este organismo vendió, de una manera bastante opaca, parece ser, 2935 viviendas a un fondo buitre llamado Azora-Goldman Sachs, muchas de ellas viviendas arrendadas con rentas bajas. No se entiende bien la justificación de esa venta porque desde luego no fue para que esos inquilinos estuvieran más protegidos. Lo mismo ustedes se malician algo de la causa real de que el gobierno de Ignacio González hiciera esta operación…
El fondo buitre, de manera nada sorpresiva, empezó a presionar a los inquilinos para subirles la renta, reducirles el plazo, y, en general, para hacerles la vida imposible hasta conseguir que se fueran. Tarea en la cual tuvo bastante éxito por lo que se ve, pero no con todos, hubo inquilinos que se negaron a irse y que impugnaron la venta porque la misma iba a cambiar las condiciones de sus contratos de arrendamiento sin su consentimiento. Lo que (según denunciaron esos inquilinos, son alegaciones de parte, por tanto), sí parece que sucedió, dado que dejaron de poder acceder a las subvenciones para el pago de la renta a las que podían acceder en tanto en cuanto sus viviendas eran públicas, han dejado de verse beneficiados por las prórrogas obligatorias de los contratos, y muchos inquilinos se vieron también afectados por el aumento de las cuotas de la comunidad, la obligación del pagar el IBI o la tasa de basuras como si fueran propietarios o la expulsión de sus viviendas si no podían pagarlas a partir del séptimo año de contrato.
El camino judicial de estas impugnaciones ha sido largo, y aun no ha terminado. El juez de lo contencioso-administrativo negó legitimación a los inquilinos para impugnar ventas de vivienda pública, siendo confirmada esta posición por el TSJ de la Comunidad de Madrid, en 2016. Pero en el año 2017 el Tribunal Supremo sentencia lo contrario, que los inquilinos sí tienen legitimación para impugnar (Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo STS 1792/2017, de 22 de noviembre, Rec. 191/2017). Y ordena que se retrotraigan las actuaciones de nuevo al juzgado número 29 de lo contencioso administrativo, que era quien conocía del caso.
Seguimos. Ese juzgado número 29 dicta en mayo de este año 2018 una nueva sentencia, en la que al admitir legitimación de la inquilina impugnante entra en el fondo del asunto, y anula la venta de su vivienda. Y, ¿cuáles son las razones que alega el juzgado para la anulación? Pues, en esencia, que como era de esperar el proceso de venta fue una chapuza jurídica en el que no se respetaron las normas legales obligatorias. Se hizo por las bravas y porque lo digo yo:
Del expediente administrativo resulta que el IVIMA quiere desprenderse de las 32 promociones que contienen las 2935 viviendas porque, alega, “ya no son necesarias” (¿?) y pueden venderse (esta declaración de no necesariedad está exigida por el art. 49 de la Ley de Patrimonio de la Comunidad de Madrid, 3/2001). Es decir, que el IVIMA, que tiene como función proteger a los menos favorecidos y permitirles el acceso a una vivienda digna, estima que para el cumplimiento de sus fines le sobran claramente 3000 viviendas que ya tiene y que están totalmente ocupadas por inquilinos que ya viven en ellas. Debe ser que esos inquilinos no contaban para los dirigentes del instituto, porque cualquier persona con un mínimo de sensibilidad y raciocinio sería capaz de figurarse que el fondo buitre iba a tener muchas menos contemplaciones con los arrendatarios que una administración pública. Pero hay más. Esa afirmación de que ya no eran necesarias y que se supone que cumple un requisito previsto en la ley se hace según la sentencia sin apoyo de ningún informe o estudio técnico, económico, financiero o legal. Se dice sencillamente que el vender estos miles de viviendas le permite al IVIMA cumplir mejor sus fines. Y punto.
Además, la sentencia indica que una venta de tal envergadura altera de hecho el programa de actuación del propio IVIMA,cuya modificación es competencia del consejo de administración de la entidad, y la venta se hace por parte del gerente sin que conste autorización de ningún tipo del consejo de administración.
Muy recientemente se ha dictado una segunda sentencia, en este caso del juzgado de lo contencioso número 2, en la que anula la venta de otras siete viviendas, por las mismas razones que exponía la primera resolución, que de hecho cita literalmente de manera bastante extensa.
Parece bastante posible que se produzca un proceso de impugnación masiva de las ventas de estas 32 promociones y que al menos en estos juzgados se resuelva en el mismo sentido, si bien cabe interponer recursos a las mismas. Y desde luego estas resoluciones ponen en el ojo de mira a otras ventas de viviendas públicas a fondos buitre por parte de diferentes administraciones. Da la impresión de que hay historia para rato. Y no solamente contenciosa sino quizá también penal.
El actual presidente de la Comunidad de Madrid, Angel Garrido, declaro hace unos meses que esta venta masiva “no fue un acierto”. Como pueden comprender, está hablando en lenguaje político, suave, pero bastante claro en el fondo: no lo ve nada claro. Y tampoco lo debe ver nada claro la justicia penal, porque el juzgado de instrucción número 48 de Madrid está investigando en la actualidad esta venta por considerarla posiblemente fraudulenta, un proceso que, según el fiscal que lo investiga, «está trufado de irregularidades» y podría constituir un delito de prevaricación y malversación. En él, la Fiscalía explica que si bien los indicios “analizados individualmente podría llegar a cuestionarse el carácter delictivo, en su conjunto ofrecen una imagen fiel y exacta de una conducta malversadora o defraudatoria”, añade que hubo “un vacío de explicaciones evidente” sobre la decisión de venta y constata la “entrada oculta y artificiosa” de Goldman Sachs en la enajenación de los bienes a través de la sociedad Encasa Cibeles, “lo que viene a aumentar el secretismo y escasa transparencia y abona el camino a la más absoluta arbitrariedad”.
La autoría de estos delitos correspondería a dos exdirectivos de la entidad: Ana Gomedio, que era directora del IVIMA en el momento de la venta y Juan Van-Halen, que dimitió de su cargo como director general de Arquitectura y Vivienda del Ministerio de Fomento cuando comenzó a ser investigado.
Notario desde el año 1991, actualmente con plaza en Madrid.
Patrono fundador de la Fundación Hay Derecho y coautor bajo el nombre colectivo de Sansón Carrasco de los libros “¿Hay Derecho?” y “Contra el capitalismo clientelar.”
Es presidente de honor de la plataforma cultural y educativa Qué Aprendemos Hoy (queaprendemoshoy.com)
Es vicepresidente de la Fundación Toro de Lidia.