Transparencia y cálculo del cupo vasco o el secreto mejor guardado de la democracia española
En este blog hemos hablado del cupo vasco varias veces, como aquí, por ejemplo, criticando entre otras cosas, su esotérico cálculo y la opacidad en que se mueven las negociaciones para fijarlo. Porque sabido es que los tecnicismos aplicados para el cálculo de las cantidades que la Hacienda Foral tiene que aportar al Estado (que en eso consiste el cupo) suelen esconder la debilidad política del Gobierno nacional de turno al que le toca negociar con el partido nacionalista vasco cuyos votos le resultan cruciales para las mayorías en el Parlamento nacional.
Recordemos brevemente que por razones históricas muy largas de explicar y acogidas en nuestra Constitución en el País Vasco (y en Navarra) existe un régimen fiscal especial, que permite a las Comunidades Forales recaudar todos los impuestos en su territorio y con posterioridad realizar una aportación al Estado para sufragar el coste de los servicios que no son competencia de dichas Comunidades. Se trata del régimen de concierto económico según el cual la aportación del País Vasco al Estado consiste en un Cupo global, integrado por los correspondientes a cada uno de sus territorios, como contribución a todas las cargas del Estado que no asuma la comunidad autónoma tales como, por ejemplo, embajadas, defensa, pago de intereses de la deuda, etc.
Conviene insistir en que el cálculo -que se supone que obedece a unos parámetros objetivos, el importe de los servicios que el Estado presta en el País Vasco más una cuantía en concepto de solidaridad- es totalmente opaco y, nos tememos, absolutamente arbitrario. Y lo lleva siendo décadas. Nadie parece saber de donde salen las cifras para vestir el muñeco. Esto, que era un secreto a voces en nuestra vida política, y que arroja unos resultados increíblemente favorables para una de las Comunidad autónoma de las más ricas de España (según este artículo la financiación por persona del País Vasco duplica a la media española y además la sobrefinanciación no para de crecer) parece que por fin va a desvelarse gracias a la ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Efectivamente, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, el organismo encargado de velar por la transparencia en el ámbito estatal, estimó parcialmente la reclamación de un ciudadano que, con fines de investigación, había solicitado información al Ministerio de Hacienda y Función pública para acceder al contenido del acuerdo firmado entre el Gobierno de España y la Comunidad Autónoma del País Vasco sobre liquidación de cupos y fijación del cupo quinquenal hasta el año 2021, incluidos los importes de la financiación y los costes de las competencias transferidas y no transferidas. La estimación parcial se debe a que el investigador pedía también una información de carácter histórico (series de datos muy antiguas) que no fue estimada por el Consejo de Transparencia por entender que la normativa que la regulaba es la normativa vigente en materia de archivos y no la de transparencia.
Pues bien, el Ministerio se negó a facilitar la información requerida –todavía en tiempos del PP- invocando el socorrido art. 18 de la Ley 19/2013 de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTAIBG) que recoge las causas que permiten inadmitir una solicitud de información pública. En concreto, se alegó que la información solicitada estaba pendiente de una tramitación ulterior. El Consejo, sin embargo, consideró improcedentes estas alegaciones y estimó la reclamación. Ni corto ni perezoso el Ministerio recurrió la resolución ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en concreto ante los Juzgados centrales de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional que son los órganos competentes para conocer de estos recursos. Ya hemos comentado en otras ocasiones esta peculiaridad de que las resoluciones del organismo encargado de velar por la transparencia son recurridas por Administraciones, empresas públicas e instituciones que no están conformes con facilitar determinada información a los ciudadanos, por supuesto con dinero de los contribuyentes.
En todo caso, la sentencia del Juzgado central de lo contencioso-administrativo nº 7 de la Audiencia Nacional (que es firme al no haber sido recurrida por el Ministerio ahora ya con el Gobierno del PSOE) ha confirmado esta resolución del CTBG. La sentencia invoca el Preámbulo de la LTAIBG que señala que “que el acceso a la información pública y las normas de buen gobierno deben ser los ejes fundamentales de toda acción política. Sólo cuando la acción de los responsables públicos se somete a escrutinio, cuando los ciudadanos pueden conocer cómo se toman las decisiones que les afectan, cómo se manejan los fondos públicos o bajo qué criterios actúan nuestras instituciones podremos hablar del inicio de un proceso en el que los poderes públicos comienzan a responder a una sociedad que es crítica, exigente y que demanda participación de los poderes públicos” y concluye que debe de facilitarse la información solicitada al apreciar “un interés público superior en obtener dicha información, que debe prevalecer sobre la hipotética falta de virtualidad del acuerdo o la necesidad de otros trámites o actuaciones para la plasmación efectiva de lo acordado”. Recuerda además la doctrina del Tribunal Supremo sobre los límites del derecho de acceso a la información pública (arts. 14 y 15 de la LTAIBG) y las causas de inadmisibilidad (art. 18 LTAIBG) en cuanto a que la interpretación debe de ser “estricta, cuando no restrictiva” tanto de unos como de otras. La sentencia se puede consultar aquí
En definitiva, muy buenas noticias para los que defendemos la transparencia como mecanismo efectivo de obtener la rendición de cuentas de nuestros gobernantes y para los que consideramos que el cupo vasco no debe de calcularse desde una lógica política que tiene poco que ver con las necesidades de financiación tanto de las competencias transferidas al País Vasco como de las no transferidas. No es casualidad que el agravio comparativo para otras CCAA –empezando por Cataluña- sea cada vez más evidente, máxime cuando los responsables políticos del País Vasco venden como un modelo de gestión lo que tiene más de modelo de sobrefinanciación. Esperemos que estos resultados se hagan públicos en breve y que uno de los secretos mejor guardados de nuestra joven democracia sea por fin desvelado.