Una oportunidad para la justicia

Artículo proporcionado y originalmente publicado por www.contigosomosdemocracia.es

En el momento de escribir estas líneas se debate sobre la conveniencia -o no- de seguir prorrogando el estado de alarma que, como pasó con el resto de sectores sociales y económicos, paralizó la actividad jurisdiccional. Cabe la posibilidad de que, si no hay acuerdo parlamentario, el estado de alarma termine antes de lo previsto. 

Mientras ello llega, el Ministerio de Justicia ha presentado un plan de reactivación que, entre otras medidas, prevé la manera en la que tendrá lugar la reincorporación al trabajo -priorizando medidas de protección a los trabajadores y operadores jurídicos-, el reinicio en el cómputo de los plazos procesales y la creación de un nuevo procedimiento preferente, especial y sumario para tramitar determinadas cuestiones en materia de familia, por señalar solo las medidas más significativas.

En los foros se está discutiendo si la medida de declarar hábil parte del mes agosto es acertada y si servirá de algo. Como todos, tengo mi opinión personal. Está claro que estamos hablando del “chocolate del loro”, puesto que serían hábiles y, por tanto, “aprovechables”, tan solo 15 días de todo el mes (los que van del 11 al 31 de agosto, sin contar sábados, domingos o festivos, que seguirán siendo inhábiles).

Creo que se vendería muy mal a la sociedad que, llegadas las últimas fases de la “desescalada”, algo que se prevé será por el mes de julio, cierre la Administración de Justicia y el personal se vaya de vacaciones a la playa. El mensaje sería demoledor.

Se dice que las medidas propuestas por el Ministerio no van a contribuir a mejorar en nada cómo está el asunto. Y a lo mejor tienen razón. Quizá sea bueno que termine de colapsar un sistema que está regulado a base de parches, leyes y procedimientos ideados hace ya dos siglos, cuando apenas existían carreteras ni vehículos a motor, por no hablar de ordenadores, teléfonos inteligentes o internet.

Para cuando el vetusto edificio se venga abajo y una vez limpiados los escombros, apunto cuatro ideas:

1.- Apostar por la digitalización, adoptar el sistema del teletrabajo y minimizar el “presentismo”.

Idea: Hay que pasar de verdad al papel cero, a los expedientes digitales y a celebrar vistas y comparecencias por medios telemáticos. Si ello ya se hace, por ejemplo, para dar clases de yoga, ¿cómo no va a ser posible para celebrar una vista? De paso, todos seríamos puntuales y, si hay retraso, en lugar de “hacer pasillo”, podríamos aprovechar el tiempo muerto y la espera para trabajar otros expedientes.

Recursos: Necesita dinero, para invertir en formación, medios y recursos materiales; chocará con la inevitable resistencia al cambio, pero tiene que hacerse, puesto que en el resto de sectores económicos ya es una realidad desde hace años.

2.- Trabajo por la tarde.

Idea: Es inaudito que los cuarteles, los hospitales, las universidades, las fábricas… todos tengan un sistema rotatorio de turnos y, en cambio, en la Administración de Justicia no se aprovechen mejor los ya de por si magros medios materiales. Establezcan -de una vez- turnos de tarde, doblen las plantillas… Al menos hasta que se pongan al día, si es que eso es posible alguna vez.

Recursos: Para eso se necesita dinero, para pagar más sueldos y ampliar plantillas. Los edificios y los ordenadores ya están. 

3.- Aprovechar las capacidades, formación y experiencia de los Letrados de la Administración de Justicia (LAJs) y los Procuradores.

Idea: La potestad jurisdiccional (artículo 117.3 de la Constitución Española de 1978) consiste en “juzgar y ejecutar lo juzgado”. Dejen que sean jueces y abogados los que, previa discusión, determinen lo que “es justo” y que sean los LAJs y los Procuradores los que lo ejecuten, en los estrictos términos que recoja cada resolución judicial. Ello no supone merma de garantías: si surge cualquier discusión durante el proceso ejecutivo, se devuelve el expediente para que vuelvan a decidir jueces y abogados y vuelta a empezar.

Recursos: No necesita dinero ni inversión; solo voluntad de reformar la ley.

4.- Mejora de la gestión de la cuenta consignaciones y depósitos judiciales.

Idea: Según la estadística que publica el Consejo General del Poder Judicial, el saldo de todas las cuentas judiciales de España fue, a diciembre de 2019, de 4.418.769.045,7 €. Es decir, que ese dinero está fuera de circuito, sin atender necesidades y lejos de las manos de sus legítimos propietarios. El número de entradas (ingresos) fue de 5.976.936 mientras que el número de salidas (pagos) fue de 4.193.272. Por tanto, vamos mal: cada vez se acumula más dinero inactivo, sin generar riqueza puesto que no está en el circuito económico, lo que supone otra ineficiencia más del sistema.

Recursos: Esto no necesita ni dinero ni reformas legales. Solo enfoque y priorizar.

No creo que esté planteando ideas muy utópicas. Como he dicho, puede que estemos ante una buena oportunidad para reflexionar y avanzar hacia una Administración de Justicia moderna y acorde con las necesidades de la sociedad a la que sirve y que, de verdad, sea acorde con el S XXI.

¿Juicios telemáticos? Sin garantías procesales, no hay juicio

Llevamos más de dos meses de estado de alarma y los juzgados siguen vacíos. Más allá de los llamados “servicios esenciales” y actuaciones judiciales que no requieren de presencia, como las deliberaciones de los órganos colegiados, los juzgados de España están a la espera de que se levante el veto que impide celebrar juicios y que mantiene los plazos procesales suspendidos. Decenas de miles de profesionales de la justicia atraviesan una situación crítica ante tan prolongada situación.

Llevamos semanas denunciando la situación de la Justicia que, por su histórico abandono por parte de los poderes públicos, ya se encontraba en una situación poco halagüeña antes del 14 de marzo de 2020. Durante este tiempo, escuchamos a juristas, políticos y ciudadanos hablar de los juicios telemáticos como la solución milagrosa al colapso post-pandemia que se producirá en los tribunales. Unos juicios telemáticos que no han sido desarrollados técnicamente de ninguna manera.

Una abogada me decía el otro día que le preocupaba que se pretendiera “agilizar” la dramática situación actual de la justicia a costa de pasar por encima de los derechos de los justiciables o mediante la práctica de actuaciones judiciales con pocas garantías. A mí también. Pero me preocupa aún más la falta de conciencia de esta amenaza por parte de los operadores jurídicos que, en aras a demostrar su particular predisposición a adaptarse a la nueva situación –como si los demás no la estuviéramos-, consideran accesorios elementos que, en realidad, son tan relevantes que constituyen la razón por la cual el procedimiento judicial tiene garantías y sirve al fin pretendido. Los atajos en Justicia son siempre malas soluciones a medio plazo.

El artículo 19 del Real Decreto Ley 16/2020 de 28 de abril, de medidas organizativas en materia de Justicia para hacer frente a la pandemia, establece que, «durante la vigencia del estado de alarma y hasta tres meses después de su finalización, constituido el Juzgado o Tribunal en su sede, los actos de juicio, comparecencias, declaraciones y vistas y, en general, todos los actos procesales, se realizarán preferentemente mediante presencia telemática, siempre que los Juzgados, Tribunales y Fiscalías tengan a su disposición los medios técnicos necesarios para ello». Y excluye, como no podía ser de otra manera, el enjuiciamiento de delitos graves en el orden penal. Le queda ahora al Consejo General del Poder Judicial elaborar una guía que acote cuáles juicios y en qué condiciones se pueden celebrar. En ello están.

Los juicios telemáticos pueden constituir una herramienta accesoria que permita la agilización de determinados trámites procesales, vistas y comparecencias, pero han de garantizar la seguridad jurídica.

Las declaraciones a distancia de detenidos en sede policial, por ejemplo, ya practicadas durante estos días de confinamiento por los juzgados de guardia, cuentan con la adveración de la identidad del detenido efectuada por la policía y con la garantía de defensa del abogado defensor, que vela por la integridad del testimonio y por que sea prestado sin vicio. Este tipo de actuaciones no dejan de ser videoconferencias semejantes a las practicadas por los órganos judiciales antes del confinamiento: un funcionario del juzgado transcribe o graba la declaración prestada como si el detenido y su abogado estuvieran en sede judicial.

Las comparecencias penales que no conlleven práctica de prueba (de prisión, de adopción de órdenes de protección y otras medidas cautelares, etc) llevan años realizándose de forma telemática por parte del representante del Ministerio Fiscal cuando no puede asistir presencialmente. La absoluta insuficiencia de efectivos en fiscalía obliga a estos a multiplicarse, motivo por el cual el legislador recogió la posibilidad de que utilizasen medios telemáticos para poder atender las distintas diligencias. La rácana administración de justicia nos ha obligado a acostumbrarnos a administrar miserias, asumiendo como idóneo un parche que, en realidad, supone una disminución de la calidad de atención a las víctimas y victimarios. Que exista la posibilidad de la presencia a distancia del fiscal no puede llevar a conformarnos. Se deben crear más plazas de fiscales, no saturar a los ya existentes.

La videoconferencia, por tanto, debe ser concebida como algo excepcional, prevista únicamente para casos en los que no pueda realmente realizarse la actuación judicial de manera presencial o que esta no esté aconsejada (situación actual de riesgo de contagio, por ejemplo). Mantener que lo telemático “ha venido para quedarse” es poner a la Justicia en bandeja tanto a este como a futuros gobiernos que fácilmente optarán por no crear nuevos efectivos y saturar aún más a los ya existentes. Por ello, considero indispensable que seamos los propios operadores jurídicos los que prestigiemos nuestra función. De lo contrario, nos veremos reducidos a un número o a un eslabón en la cadena de producción. No podemos olvidar que nuestro trabajo afecta a derechos fundamentales. Un busto parlante no puede meter a nadie en prisión.

Pasando de las comparecencias y diligencias judiciales expuestas a la propuesta de generalizar los  juicios telemáticos mientras dure el estado de alarma, debe aceptarse su implementación de manera temporal y excepcional y siempre partiendo de la base de un sistema cifrado que preserve el contenido de lo actuado, la protección de datos personales y la identidad de los actuantes. Así, las conformidades con el fiscal, los actos de conciliación, las mediaciones, arbitrajes, las audiencias previas civiles, los juicios documentales o las conclusiones orales, por ejemplo, pueden ser celebrados íntegramente de forma telemática con mínimos medios técnicos que garanticen la fe pública judicial y permitan la grabación. De hecho, la aportación de prueba documental puede realizarse por los mismos medios técnicos, compartiendo en pantalla los documentos. Pero veo inviable la práctica de prueba testifical y pericial de parte en juicios telemáticos. Únicamente, cabría la posibilidad de que los profesionales asistieran telemáticamente desde sus respectivos despachos -contemplando incluso la posibilidad de que las partes les acompañen, dada la tasada valoración de la prueba de interrogatorio- y, el resto de deponentes (testigos y peritos), lo harían en sede judicial ante el juez, garantizando tanto la identidad como la integridad de la declaración. Una testifical prestada en lugar donde no haya funcionario público que identifique al declarante y verifique la ausencia de vicio no puede ser valorada como tal.

Por otra parte, la inmediación judicial es imprescindible para poder valorar correctamente la prueba, por lo que excluiría de la posibilidad de celebrar juicios telemáticos los de la jurisdicción penal. La inmediación se ve gravemente afectada en el contacto telemático, al igual que no es igual tomarse un café con un amigo que dialogar con él por Zoom. La videoconferencia te hace perder detalles del entorno y del lenguaje corporal. En determinadas actuaciones como las exploraciones de menores, los procesos de familia o la protección de derechos fundamentales, la cercanía humana es imprescindible. Si no aceptamos que un internista nos diagnostique a distancia, ¿Por qué aceptamos una decisión judicial así?

Aunque es cierto que existen supuestos legales en los que se compromete la inmediación, como la preconstitución de prueba en el ámbito penal, se trata de casos excepcionales en los que se prima la evitación de la victimización secundaria de quien ha sufrido un delito traumático o la garantía de la prueba en casos de víctimas extranjeras que se marchan a su país (ius puniendi del Estado) frente a la inmediación judicial y, por ello, la ley ha permitido la excepción.

Finalmente, quiero resaltar que los juicios telemáticos impiden la publicidad de los juicios, en contra de lo establecido por el legislador. Además, permiten dejar en manos de los intervinientes el buen desarrollo de la vista, ya que, ante la eventualidad de un juicio desfavorable, se puede caer en la tentación de desconectar y apelar a la nulidad de lo actuado por fallos de conexión.

En definitiva: sí a los medios telemáticos con garantías técnicas de protección de datos, de identificación de los intervinientes y de integridad del contenido de lo actuado, pero como instrumento accesorio que permita reducir la presencia de personas en sede judicial en actuaciones sencillas. No podemos aceptar burocratizar la justicia bajo la excusa de una epidemia. La adopción de decisiones razonables que permitan la contención de los contagios siempre deben estar iluminadas por la conciencia de servicio público de calidad, que debe volver al contacto personal una vez pasen las restricciones. Y determinadas actuaciones nunca deberían celebrarse de forma telemática. Los derechos de los ciudadanos están en juego.

Presentación de la Fundación Independiente sobre “El Derecho y la Justicia en tiempos del Coronavirus”

De nuevo en la Fundación Hay Derecho seguimos examinando con lupa los eventos virtuales que se siguen celebrando y que desgraciadamente, en algunas ocasiones, siguen prescindiendo de la presencia de mujeres. Es el caso del evento organizado por la Fundación Independiente sobre el derecho y la Justicia durante la pandemia del COVID-19, el próximo viernes 22 de mayo. El evento contará con siete ponentes, entre presentadores, moderador e intervinientes. De nuevo desde Hay Derecho queremos señalar que realizando eventos en los que únicamente participan hombres no solo no se contribuye a lograr la igualdad en nuestra sociedad, sino que además se pierde el análisis de grandes profesionales.

Pandemias en cacerola

Como ya hemos tenido oportunidad de señalar en otros editoriales, los tremendos errores de gestión, las muchas ineficiencias y los problemas políticos derivados de la actual situación de emergencia sanitaria por pandemia no son algo que en sí mismo haya de atribuirse al actual gobierno -por mucho que sea cierto que su peculiar nacimiento y conformación no ayuden a una respuesta sólida y equilibrada- sino que más bien hay que entender que son las disfunciones institucionales que arrastramos desde hace mucho tiempo en nuestro país las que han agravado las consecuencias de la pandemia y han exacerbado la confrontación política. Como está ocurriendo en otros países del mundo que han entrado también en esta pandemia con instituciones muy débiles y con una tremenda polarización política.

Las malas instituciones provocan que las soluciones adoptadas tiendan más al beneficio (de poder o económico) de las personas o grupos de personas que las ocupan e instrumentalizan que al de los intereses generales del país a cuyo servicio se encuentran. El caso del CIS tantas veces tratado en este blog es paradigmático. Esto no es una novedad ni un patrimonio exclusivo de nuestro país, pero las inercias y la resistencia al cambio que se han enseñoreado de nuestro hábitat político se ven magnificadas en situaciones extraordinarias como la presente.

Quizá entre ellas cabría resaltar el tic autoritario y la polarización política, con la consiguiente exclusión del pacto y la negociación incluso en circunstancias tan excepcionales en las que vivimos, donde los acuerdos transversales son absolutamente indispensables para salir de esta situación. En cuanto al tic autoritario, conviene recordar siempre lo que decía Benjamin Constant: es inherente al poder traspasar sus propios límites, desbordar los cauces establecidos para su ejercicio y usufructuar parcelas individuales de libertad que deberían estarle vedadas. Y las circunstancias vienen que ni pintadas para el descontrol y el abuso de poder: una situación de emergencia real que exige la concentración de poder y actuar rápidamente no favorece la transparencia, el respeto al Estado de Derecho, la rendición de cuentas y el control del Poder Ejecutivo, máxime cuando ya antes teníamos carencias en todos estos ámbitos. La regulación por Real Decreto-ley lleva siendo la norma y no la excepción como debería desde hace al menos la moción de censura, pero ya antes el gobierno de Rajoy utilizaba este instrumento normativo a destajo, lo que supone sencillamente laminar el Parlamento en sus tareas legislativas y de paso empeorar todavía más la calidad de nuestra regulación.

De esta forma, cada vez tenemos más presidencialismo, precipitación, falta de acuerdos, liderazgos autoritario,  “legislación para la foto” y en general, todo tipo de abusos de poder empezando por algunos casos muy llamativos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que también hemos comentado en este blog. Sin pretender hacer un análisis exhaustivo, cabría mencionar las dudas surgidas en torno al vehículo jurídico empleado -el estado de alarma, considerado por algunos insuficiente para el nivel de limitación de derechos sufrido y por su excesiva duración-, el juego tramposo de transmutar la debida y verdadera transparencia y el rigor en los datos públicos por interminables comparecencias insustanciales, los intentos de limitar la libertad de expresión (el amago nunca bien explicado de control por la guardia civil de los ataques al gobierno en las redes) la nula disposición a llegar a acuerdos con la oposición y el aliento de la falsa premisa de que en esta situación no cabe crítica política y de que esta es ilegítima y poco patriótica. De manera que el papel de la oposición se reduce, según esta tesis, a la ratificación sin chistar de las prórrogas del estado de alarma y de los decretos-leyes promulgados. Son tics que se aproximan peligrosamente al iliberalismo.

No ayuda a la necesaria confianza en el Gobierno y en las instituciones que se siga con una política de opacidad extrema en torno a extremos tan sensibles para la ciudadanía como los criterios y los nombres de los expertos que valoran el proceso de desescalada, haciendo de menos la famosa máxima de Bentham de que “cuando más te observo mejor te comportas”. La tendencia -también otro tic autoritario- a tratar a la ciudadanía como menores de edad a los que no se puede dar toda la información y que tienen que confiar ciegamente en sus dirigentes también es muy preocupante. Si tratas a los ciudadanos como menores de edad, luego no te sorprendas de que se comporten como tales.

La opacidad -y el desbarajuste- con el proceso de desescalada ha agravado todavía más el escenario político, porque, como es bien sabido, el agravio comparativo es el agravio más grave. El hecho de que algunas Comunidades Autónomas hayan sufrido un retraso en sus expectativas, como la de Madrid, politizado por ambas partes (tanto el Gobierno central para afear la gestión del PP en la CAM como por parte de su Presidenta, para acusar de autoritario y arbitrario al Gobierno central) ha generado últimamente movimientos populares iniciados en barrios acomodados como el de Salamanca de Madrid, alentados por los dirigentes autonómicos que ponen de manifiesto la injusticia del tratamiento a esa comunidad, dejando caer que esta discriminación obedece a razones políticas y no técnicas, concretamente a que en el gobierno central domina un partido y en la comunidad otros. El que otras CA como el País Vasco, gobernado por el PNV accedan a fases cortadas a medida sin que se expliquen muy bien las causas avala este tipo de suspicacias.

Se trata de un proceso de deterioro que parece no tener fin y que resulta muy preocupante. Estos procesos callejeros -ya se trate de escraches a políticos de uno u otro signo,  de movimientos de rodear instituciones democráticas o de cualquier otro que desborde las instituciones representativas- son muy difíciles de encauzar en una democracia representativa liberal. Claro que el Gobierno  central ha cometido infinidad de errores de gestión; también muchos gobiernos autonómicos por cierto. Pero para encauzar el legítimo malestar de la ciudadanía tenemos cauces de sobra, incluidos los judiciales y los electorales.  Pretender que solo podemos protestar con caceroladas porque nuestro Gobierno es autoritario y despótico no ayuda mucho, porque la realidad es que seguimos viviendo en una democracia aunque conviene, eso sí, no bajar la guardia.  Pero recordemos que este tipo de protestas refuerza a los Gobiernos estatal y autonómico en su estrategia de polarización, que es muy cómoda para ocultar la mediocridad de nuestros políticos y su lamentable gestión.  También refuerza la idea de los bandos, de manera que no se puede ya criticar a los nuestros cuando hacen lo mismo que los adversarios. De esta forma,  los ciudadanos quedamos privados de toda racionalidad y reducidos a meros comparsas de unos y otros, manejados fácilmente por las emociones. En definitiva, un escenario ideal para los populismos y los iliberalismos. No caigamos en la trampa.

El desconfinamiento sin mascarilla obligatoria es como saltar de un avión sin paracaídas

Solo hay dos cosas infinitas, el Universo y la estupidez humana, y no estoy muy seguro de lo primero (Albert Einstein)

Entorno epidemiológico y repercusión económica del coronavirus

España ha sufrido una terrible epidemia causada por un virus muy contagioso y letal. Se estima que un 5% de la población, 2.300.000 personas, se ha contagiado y alrededor de 30.000 han muerto. El confinamiento estricto, en su momento necesario, ha causado graves daños a la economía, destruyendo empresas y empleos y ha supuesto una limitación drástica de los derechos individuales y del bienestar de la población. En este artículo propongo que sea obligatorio el uso de mascarilla para la población general.

Metodología científica: la inversión de la carga de la prueba

Cuando se utiliza el método científico experimental fuera de su ámbito natural de aplicación, el resultado puede ser grotesco. En los 90, hubo una fiebre por la mal llamada medicina basada en la evidencia. En 2003 G. Smith publicó en British Medical Journal un trabajo con una divertida conclusión: “Como muchas otras intervenciones que pretenden prevenir la enfermedad, la eficacia de los paracaídas no ha estado sujeta a una evaluación rigurosa utilizando ensayos clínicos aleatorizados. Los defensores de la medicina basada en la evidencia han criticado que se adopten intervenciones basadas solo en datos observacionales. Pensamos que todo el mundo podría beneficiarse si los protagonistas más radicales de la medicina basada en la evidencia organizaran y participaran en un estudio doble ciego, aleatorizado, controlado con placebo y con entrecruzamiento para estudiar la eficacia de los paracaídas[1] Por supuesto, no quiero invitar a nadie a que se tire desde un avión sin paracaídas; pero sí diré qué la “falta de evidencia” no es un argumento válido para descartar medidas de prevención lógicas. El método experimental está diseñado para contestar preguntas científicas cuando la respuesta se desconoce y es posible obtenerla sin vulnerar principios éticos. Cuando la respuesta a la pregunta es “evidente”, (certeza clara y manifiesta de la que no se puede dudar, RAE) el experimento es innecesario y no cumple los principios éticos. La lista de afirmaciones que no necesitan, pueden ni deben ser demostradas con un experimento es interminable. Creo que ni siquiera los más fanáticos defensores de la medicina basada en la evidencia estarían dispuestos a llevar a cabo un experimento para demostrar que tirarse de un avión sin paracaídas mata o que respirar sin mascarilla al lado de un paciente infectado por un virus respiratorio altamente contagioso y letal, aumenta el riesgo de contagio. Descartamos, por tanto, la posibilidad de obtener evidencia experimental de la utilidad de las mascarillas y nos conformaremos con la evidencia basada en datos observacionales y en la lógica.

En relación con lo anterior, es importante destacar que las agencias reguladoras, cuando evalúan la seguridad de medicamentos o dispositivos, aplican de forma prudente el principio de que la ausencia de evidencia de eficacia no es lo mismo que evidencia de ausencia de eficacia[2] e invierten la carga de la prueba. Por tanto, con datos observacionales que sugieren la efectividad de la mascarilla para prevenir contagios, en ausencia de una demostración en contra, la interpretación científico-técnica y regulatoria es que debe utilizarse y no lo contrario.

Nociones básicas sobre el coronavirus y su mecanismo de transmisión

El coronavirus es un virus respiratorio que se transmite al toser, estornudar o hablar, porque puede viajar por el aire en pequeñas gotas hasta unos 2 metros de distancia. En determinadas circunstancias, las partículas con virus podrían viajar hasta 8 metros[3], aunque se desconoce hasta qué punto estas partículas pueden resultar infecciosas. Además, sabemos que el virus puede permanecer en forma de aerosoles en suspensión durante minutos y que las mascarillas disminuyen de forma muy importante las partículas que se expulsan al hablar[4]. Como los sujetos asintomáticos pueden ser contagiosos, es lógico considerar que cualquier sujeto puede estar infectado salvo prueba en contra, al menos en aquellos lugares donde la epidemia está muy extendida. Además sabemos, por innumerables datos científicos, que el coronavirus se puede transmitir por contacto directo o a través de superficies contaminadas.

De acuerdo a estos datos, concluimos que los tres principios básicos de autoprotección son: 1) Utilización de mascarilla en lugares públicos 2) Mantener una distancia de seguridad mínima de 2 metros y 3) Lavado de manos. Estas medidas son complementarias y no excluyentes. Utilizar mascarilla no significa que se pueda obviar la distancia de seguridad y, mucho menos, el lavado de manos.

Objeciones al uso generalizado de mascarilla

Derechos individuales: En un entorno regulatorio en el que se están limitando libertades individuales básicas, hay un daño económico tan grave y un crecimiento del desempleo sin precedentes, objetar el uso obligatorio de mascarilla alegando derechos individuales es un argumento débil, sobre todo porque el derecho de los sujetos vulnerables a no ser infectados debe prevalecer sobre el derecho a no llevar mascarilla.

Intolerancia o futilidad de las mascarillas: hay sujetos que no toleran la mascarilla, por ejemplo, porque tienen una reserva respiratoria resulta insuficiente. Estas situaciones deben ser contempladas en la norma, y estos individuos ser dispensados del uso de mascarilla. Además, cuando un individuo está solo en un espacio público abierto y las personas más cercanas  a decenas de metros el uso de mascarilla no aporta nada. Lo más importante, en mi opinión, es establecer que, por defecto, los ciudadanos están obligados a llevar mascarilla en espacios públicos y establecer todas las excepciones razonables.

Argumentos psicológicos y sociales e importancia de la educación: Se ha argumentado que el uso de mascarillas puede relajar otras medidas esenciales como el respeto de la distancia de seguridad o del lavado de manos. Los datos científicos sugieren lo contrario: aquellos sujetos que usan unos mecanismos de protección, son más cuidadosos en otras medidas de seguridad y el uso generalizado de mascarillas podría favorecer también el uso simultáneo de otras medidas. [5] [6] [7] [8] [9] [10]  También se dice que el mal uso de las mascarillas puede ser contraproducente y, aunque esto es verdad para casi cualquier cosa, es razonable acompañar el uso de la mascarilla obligatoria de una campaña de educación extensa y sistemática para evitar su mal uso la relajación de las otras medidas.

Argumentos económicos, sanitarios y segunda ola.

Está claro que el confinamiento no puede prolongarse indefinidamente. En el momento oportuno (no es objeto de este artículo sugerir cuándo) habrá que normalizar la situación para que la economía no colapse generando una ola irreversible de paro y miseria. En este escenario el uso de mascarilla obligatorio (junto al testeo y trazado de contactos) será aún más importante que ahora. Sin uso obligatorio de mascarillas [11] [12] [13] en Reino Unido podría haber 1 millón de muertos en una segunda oleada. Aunque el equivalente en España serían 700.000 muertes, esta cifra probablemente se basa en una sobrestimación de la letalidad. Corrigiendo para una letalidad del 1,15 % (según datos de un reciente estudio de seroprevalencia) el equivalente en España serían 270.000 muertes. En todo caso, una tragedia inasumible.

¿Qué tipo de mascarilla se debe utilizar?

Simplificando distinguiré tres tipos de mascarillas: con válvula de exhalación, ffp2 sin válvula y quirúrgicas. Con las primeras, ya sean ffp1, 2 ó 3 con válvula de exhalación (una pieza de plásico fácilmente reconocible) se puede contagiar a otros (baja heteroprotección o protección a otros) y no son apropiadas para la población general. Las ffp2 sin válvula confieren notable auto y heteroprotección, (aunque ningún dispositivo es completamente eficaz ni excluye guardar la distancia de seguridad). Las quirúrgicas proporcionan una autoprotección limitada (siempre mayor que no usar mascarilla) y una aceptable heteroprotección.

Ha habido mucho debate sobre qué mascarillas son mejores para la población general. Para aclarar este aspecto tan importante, intentaré distinguir los aspectos técnicos, logísticos, políticos y normativos. Desde el punto de vista técnico (y siento contradecir a algunos colegas y medios que han publicado cosas diferentes) las ffp2 sin válvula (las habituales) son más adecuadas para autoprotegerse y proteger a los demás, de acuerdo a los datos disponibles (12). De hecho la ffp2 sin válvula es un dispositivo diseñado específicamente para evitar contagios, mientras que la mascarilla quirúrgica está diseñada para evitar que el cirujano contamine el campo quirúrgico. Eso no significa que sea mala idea utilizar la mascarilla quirúrgica para la población en general. Sólo que, ante la escasez se ha decidido utilizar un dispositivo aceptable como sustituto del idóneo. Hay una ventaja adicional y es que, cuando todos utilizan la mascarilla quirúrgica, cada uno protege a los demás y el grado de protección global es alto, lo cual refuerza la necesidad de que la mascarilla sea obligatoria. En un entorno de escasez, y más con la altísima prevalencia de contagios entre los sanitarios, como es lógico, debe darse toda la prioridad al suministro de los dispositivos ffp2 a los sanitarios[14] [15]. Pero esto ni quita ni añade nada al hecho de que la ffp2 sean mejores para proteger de contagios que las mascarillas quirúrgicas. Pasaré de puntillas sobre los aspectos ideológicos o políticos, simplemente diciendo que, el hecho de que un determinado partido apoye más o menos un tipo de mascarilla, tampoco altera el hecho de que técnicamente la ffp2 (sin válvula) cumple la función de proteger de contagios mejor que la quirúrgica. Sería conveniente separar bien los aspectos científico-técnicos de los ideológicos o logísticos para evitar confundir a la población.

En cuanto al aspecto normativo, creo que la norma no debería especificar si la mascarilla utilizada debe ser ffp2 sin válvula, quirúrgica o casera, simplemente decir que es obligatoria. Sí creo que debería aclarar que, en el caso de las mascarillas con válvula de exhalación deben cubrirse con una mascarilla quirúrgica o casera en un entorno público para evitar contagiar a otros. La obligatoriedad de la mascarilla, debería ser revisada eventualmente según cómo sea el progreso de la epidemia, aunque sería raro que pudiéramos prescindir de ella en los próximos meses.

Conclusión: Los datos científicos y técnicos avalan que la mascarilla debe ser obligatoria fuera de casa. El desconfinamiento sin mascarilla obligatoria podría contribuir a provocar, el próximo otoño, una nueva oleada de decenas de miles de muertes en España.

[1] Gordon C S Smith et al Parachute use to prevent death and major trauma related to gravitational challenge: systematic review of randomised controlled trials BMJ. 2003 Dec 20; 327(7429): 1459–1461. doi: 10.1136/bmj.327.7429.1459

[2] Feng S et al Lancet Respir Med https://doi.org/10.1016/S2213-2600(20)30134-X1

[3] Coronavirus can travel twice as far as official ‘safe distance’, study says (2020) [Online; accessed

  1. Apr. 2020].

[4] Neeltje van Doremalen, Ph.D. Aerosol and Surface Stability of SARS-CoV-2 as Compared with SARS-CoV-1 N Engl J Med 2020; 382:1564-1567 DOI: 10.1056/NEJMc2004973

[5] RE Watson-Jones, CH Legare, The social functions of group rituals. Curr. Dir. Psychol. Sci. 25, 42–46 (2016).

6] R Van Houten, L Malenfant, B Huitema, R Blomberg, Effects of high-visibility enforcement on driver compliance with pedestrian yield right-of-way laws. Transp. research record 2393 41–49 (2013).

 [8] Ji-Ming Chen et al Potential utilities of mask wearing and instant hand hygiene for fighting SARS-CoV-2

ORCID iD: 0000-0002-0404-0830

[9] MA Riva, M Benedetti, G Cesana, Pandemic fear and literature: observations from jack londons

the scarlet plague. Emerg. infectious diseases 20, 1753 (2014).

[10] R BliegeBird, et al., Signaling theory, strategic interaction, and symbolic capital. Curr. Anthropology 46, 221–248 (2005).  W Van Damme, W Van Lerberghe, Editorial: Epidemics and fear. Trop. Med. Int. Heal. 5, 511–514 (2000)

[11] Monica Gandhi  The Time for Universal Masking of the Public for Coronavirus Disease 2019 Is Now USA Open Forum Infectious Diseases perspectives

[12] Jeremy Howard  Face Masks Against COVID-19: An Evidence Review doi:10.20944/ preprints 202004.0203.v1

[13] De Kai et al Universal Masking is Urgent in the COVID-19 Pandemic: SEIR and Agent Based Models, Empirical Validation, Policy Recommendations

[14] S Feng, et al., Rational use of face masks in the COVID-19 pandemic. The Lancet Respir. Medicine 0 (2020).

[15] Martina Ferioli Protecting healthcare workers from SARS-CoV-2 infection: practical indications

Eur Respir Rev 2020; 29: 200068

 

¿Cuánta (ir)racionalidad permitimos a nuestros gobernantes en la elaboración y aprobación de los presupuestos públicos en tiempos de coronavirus?

La Constitución española prohíbe la arbitrariedad de los poderes públicos (art. 9.3), proscribiendo así toda norma cuyo contenido carezca de toda explicación racional.

Durante la vigencia del estado de alarma, algunas corporaciones locales y comunidades autónomas han aprobado normas presupuestarias elaboradas sobre la base de unas previsiones de ingresos públicos que no cuentan con la más mínima previsión del impacto que la pandemia COVID-19 ocasionará en las cuentas de todos los poderes públicos de nuestro país. Así, por ejemplo, destacan la Región de MurciaCataluña.

¿No es irracional la actuación de los gobernantes que deliberadamente ignoran  el impacto de un riesgo cierto como la pandemia COVID-19 en las normas presupuestarias que elaboran y cuya aprobación pretenden? Al fin y al  cabo, dicho riesgo ya no es incierto sino que a lo sumo se desconoce el alcance exacto de sus consecuencias. De hecho, de acuerdo con las previsiones del Fondo Monetario Internacional (FMI) de mediados de abril, el Producto Interior Bruto (PIB) de la zona del euro podría contraerse un 7,5% en 2020, lo que supone una revisión de casi 9 puntos porcentuales con respecto a las previsiones previas al Covid-19.Por tanto,el impacto económico del coronavirus es inevitable, generalizado, sustancial, relevante y directo.

Las normas presupuestarias son el principal vehículo de dirección y orientación de la política económica de los ejecutivos (vid. STC 44/2018).

La estructura de estas normas, con vigencia a priori  limitada al año para el que se elaboran y aprueban, está basada en dos partes diferenciadas. Por un lado, contienen una previsión de los ingresos públicos y por otro, contienen una propuesta de autorización del gasto público que las correspondientes cámaras legislativas o corporaciones locales pueden rechazar o aprobar definitivamente.

La aprobación definitiva vincula al gobierno encargado de la ejecución presupuestaria tanto en el quantum  máximo de gasto permitido como en las finalidades previstas para el mismo. En idéntico sentido, la aprobación definitiva implica una aprobación implícita del procedimiento y del resultado seguido para la estimación de ingresos públicos.

El mantenimiento de la autonomía financiera y presupuestaria de las corporaciones locales y de las comunidades autónomas durante el estado de alarma

La declaración y vigencia del estado de alarma por el Gobierno de la Nación no implica necesariamente la suspensión de la autonomía financiera y presupuestaria de las corporaciones locales o de las comunidades autónomas.

Por tanto, en abstracto no hay impedimento jurídico para que los mismos elaboren y, en su caso, aprueben sus normas presupuestarias para este año, las cuales constituyen la mayor expresión de su autonomía.

El ejercicio concreto de la potestad presupuestaria conforme a los principios constitucionales aplicables

El ejercicio concreto de la autonomía presupuestaria deberá ser conforme no solamente con los principios constitucionales específicamente aplicables a los instrumentos presupuestarios y con a las normas y principios técnicos que los desarrollan sino también con los principios constitucionales generalmente aplicables como el de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

En consecuencia, toda norma presupuestaria debe ser conforme con el principio de unidad presupuestaria (art. 134 CE)—los Presupuestos Generales del Estado tendrán carácter anual, incluirán la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal y en ellos se consignará el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado— y con el principio de estabilidad presupuestaria (art. 135 CE),el cual viene definido en el artículo 2 de la Ley Orgánica 2/2012 de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (en adelante, la “LOEPSF”) como la situación de equilibrio o superávit estructural.

Elaboración y aprobación de normas presupuestarias: margen de discrecionalidad de los gobiernos y límites constitucionales y comunitarios 

La necesaria inclusión del gasto público y de los previsibles ingresos permitirá a los miembros de las asambleas legislativas o de las corporaciones locales el ejercicio de tres facultades en relación con las proyectadas normas presupuestarias: (i) la de modificar el gasto público propuesto (ii) la de evaluar el resultado y el procedimiento de estimación de ingresos públicos realizado por el gobierno y (iii) la de evaluar y, en su caso, aprobar o rechazar la norma presupuestaria en su conjunto.

Respecto al quantum del gasto público, los gobiernos deben respetar el límite máximo de gasto no financiero, coherente con el objetivo de estabilidad presupuestaria y la regla de gasto (art. 30  LOEPSF).

En relación con la estimación de los ingresos públicos, los ejecutivos disponen de un amplio margen de discrecionalidad y deferencia en el control de su racionalidad. Así, en ningún caso puede el Tribunal Constitucional examinar si las estimaciones de crecimiento económico que sirvieron de base a la elaboración del presupuesto fueron técnicamente correctas, o políticamente pertinentes, sino únicamente si la norma (y la estimación de ingresos ) que se impugna es irracional (vid.  la STC 206/2013).

Y es que no es exigible a los gobiernos que garanticen que las previsiones de crecimiento (o decrecimiento) económico que sirven como base para la elaboración de los presupuestos […] se vean cumplidas debido a la incertidumbre de las variables macroeconómicas habitualmente empleadas.

No obstante, la discrecionalidad de los gobiernos viene limitada por su vinculación positiva a determinados principios constitucionales, legales y comunitarios en la estimación de los ingresos públicos, los cuales sirven de criterios integradores de su actuación.

Consecuentemente, los presupuestos técnicos empleados para la estimación de ingresos contenida en los presupuestos deben permitir una abstracta y liminar valoración del previsible cumplimiento del principio constitucional de estabilidad presupuestaria y del principio de sostenibilidad financiera o capacidad para financiar compromisos de gasto presentes y futuros dentro de los límites de déficit, deuda pública y morosidad de deuda comercial […] (art. 4 LOEPSF).

De hecho, así lo recoge explícitamente la LOEPSF, la elaboración, aprobación y ejecución de los presupuestos y demás actuaciones que afecten a los gastos o ingresos de los distintos sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Ley se realizará en un marco de estabilidad presupuestaria (art. 3.1).

Adicionalmente, es indispensable que las previsiones macroeconómicas y presupuestarias se basen en el principio de prudencia ínsito en el artículo 4 de la Directiva UE 2011/85/ sobre los requisitos aplicables a los marcos presupuestarios de los Estados miembros y según el cual los Estados miembros velarán por que la planificación presupuestaria se base en previsiones macroeconómicas y presupuestarias realistas, utilizando la información más actualizada. La planificación presupuestaria se basará en el escenario macropresupuestario más probable o en un escenario más prudente. 

El cumplimiento de estos principios por los gobernantes está íntimamente ligado con la evaluación de la discrecionalidad empleada en la estimación de los ingresos públicos y con las limitadas facultades que los miembros de las cámaras legislativas o las corporaciones locales tienen sobre dicha estimación pues solamente pueden aprobarla o rechazarla, quedando precluida cualquier iniciativa de enmienda tanto del resultado como de los presupuestos económicos de los que trae causa.

Por todo ello, solamente gozarán de una presunción de racionalidad y, por tanto, de constitucionalidad aquellas estimaciones de ingresos públicos que vengan objetivamente respaldadas por antecedentes (memorias o informes económicos y financieros, etc.) que colmen suficiente y objetivamente la carga del cumplimiento de los principios anteriormente mencionados.

La pandemia COVID-19 y la ruptura de la presunción de racionalidad de las normas presupuestarias que no prevén su impacto a pesar de su acaecimiento

La pandemia COVID-19 está generando un impacto negativo simultáneo en las principales potencias económicas del mundo.

La generalizada correlación de riesgos que caracteriza a este tipo de pandemias imposibilita o dificulta muchísimo el aseguramiento privado ante los daños económicos que las mismas ocasionan.

Además, las medidas para evitar la mayor propagación de la pandemia, como la restricción de la libertad de movimientos de ciudadanos o la suspensión temporal de actividades económicas, implican necesariamente una ruptura generalizada y sustancial de los presupuestos habituales sobre los que se elaboran las previsiones de ingresos públicos. Por ejemplo, desde la incorporación de España a la Unión Europea no tenemos precedentes de cierres de fronteras como el actualmente vigente.

No estamos pues ante una simple contingencia cuyos catastróficos efectos puedan ser compensados por su restricción a determinadas áreas geográficas o su limitación subjetiva  a damnificados directos. Su impacto negativo en la actividad económica es seguro aunque de alcance incierto y desconocido. Circunstancia esta que es plenamente trasladable a las estimaciones de ingresos públicos contenidas en las normas presupuestarias que no hubiesen previsto siquiera el acaecimiento del COVID-19 durante su elaboración y aprobación.

Por ello, una vez declarado el estado de alarma por la virulenta expansión del coronavirus y siendo conocido por todos los poderes públicos el seguro impacto que el mismo tendrá sobre los ingresos públicos, cualquier norma presupuestaria cuya previsión de ingresos omitiese la más mínima evaluación de dicho impacto muy difícilmente gozaría de la presunción de racionalidad y, por tanto, de constitucionalidad.

Partiendo del impacto económico inevitable, generalizado, sustancial, relevante y directo apuntado, la omisión de la más mínima previsión en los presupuestos que los gobiernos elaboren y, en su caso, aprueben sobre su impacto implica necesariamente una presunción de irracionalidad de dichas normas.

Irracionalidad que afectaría a la  autorización de gasto público contenida en esas normas presupuestarias. Y es que el otorgamiento de una autorización de gasto público por un quantum que difiriese sustancialmente de los ingresos efectivos del ejercicio supondría una objetiva situación de peligro por posible déficit que casa mal con el cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

Tras la declaración del estado de alarma, la relevancia y gravedad del impacto de la pandemia no ampara su desconocimiento en los presupuestos que se elaboren y aprueben desde entonces so pena de incurrir en una manifiesta e injustificada irracionalidad. Este intencionado desconocimiento afectaría al núcleo de las normas presupuestarias y a su función en el ordenamiento ya que obligaría a los parlamentos y corporaciones locales a realizar su función de control a partir de unos presupuestos manifiestamente erróneos e irracionales, los cuales no pueden siquiera sustituir.

Resultan paradigmáticos los presupuestos autonómicos de Cataluña aprobados el pasado 24 de abril.

La previsión de ingresos incorporada a esta norma presupuestaria autonómica se basó en un escenario macroeconómico elaborado en junio de 2019 y cuyo pronóstico principal consistía en una desaceleración moderada del ritmo de crecimiento de la economía catalana que apunta a una estabilización del crecimiento en torno al 2%. Además, el ejecutivo autonómico ya había alegado, a efectos de la promulgación de un decreto-ley, que las últimas previsiones de […] la OCDE […]prevén un deterioro del contexto macroeconómico y revisan a la baja las previsiones de las principales economías europeas para el 2020. En términos globales, la OCDE ha revisado a la baja el crecimiento mundial en 0,5 puntos, hasta el 2,4%, aunque si el avance del coronavirus fuera más extenso y duradero, el crecimiento se podría reducir prácticamente a la mitad de este valor, hasta el 1,5%.

No creemos queesta actuación de un gobierno colme la racionalidad constitucionalmente exigible y debida, pues simultáneamente se alega el impacto en los ingresos públicos que implica el coronavirus como presupuesto habilitante para la promulgación de un decreto ley y, a su vez, se pretende la autorización de una norma presupuestaria que omite la más mínima valoración de tal impacto en los ingresos públicos estimados.

Discrepando respetuosamente del criterio consultivo del Consejo de Garantías Estatutarias de Cataluña, esta irracionalidad no es salvable con la mera inclusión tautológica de una voluntariosa y formal disposición en la que se afirme el formal cumplimiento con los principios de estabilidad y sostenibilidad presupuestaria ni  tampoco con la eventual modificación de las normas presupuestarias tras su aprobación en caso de circunstancias extraordinariassobrevenidas pues el impacto del pandemia ya no es sobrevenido.

Este tipo de actuaciones gubernamentales, vistas desde la óptica de otros ámbitos del derecho como el de la responsabilidad de los administradores de sociedades de capital, serían muy probablemente consideradas como auténticos disparates empresariales y sus autores potenciales responsables de los daños y perjuicios que las mismas ocasionasen.

Después de la emergencia: lesionología psíquica por la COVID-19

Ahora que se está empezando a hablar de “las otras curvas” es el momento de abordar las posibles consecuencias psicológicas que la pandemia y las medidas adoptadas para frenarla, han podido provocar en nosotros. Esto debe hacerse sin alarmismos, pero sin tampoco un exceso de optimismo.

Primero, me gustaría resaltar la influencia de la individualidad: el hecho de que cada persona sea diferente, y de que en cada una de ellas pueden coexistir los impactos de uno o más factores supone que entre las manifestaciones de lo vivido, los signos y síntomas o su ausencia de ellos, vayamos a encontrar muchísimas diferencias. Y no solo en grados, aunque también: para cada uno de los cuadros clínicos que se describen, podemos encontrar casos leves, moderados, graves y muy graves. Por ello, es importante recordar que para tener perspectiva bio-psico social debemos conocer a la persona, sus circunstancias y las de su grupo normativo. Además, el diagnostico siempre debe ser realizado por un especialista.

La población que ha estado confinada tiene en común el miedo al contagio, a la enfermedad de sus familiares, a la incertidumbre, ausencia de estimulación social, ruptura de rutinas, bombardeo de información más o menos catastrofista, pérdida de planes y oportunidades. La epidemia ha supuesto una ruptura vital sobre el desarrollo normal de nuestras vidas. Nos hemos visto abocados a renunciar a nuestros hábitos y a adaptarnos a una situación nueva y de la que lo desconocíamos todo en cuestión de días generando en mayor o menor medida cuadros de estrés agudo a todos los ciudadanos.

Vamos a comenzar recalcando los aspectos positivos que puede tener la situación que estamos viviendo. Nos vamos a encontrar, en primer lugar, muchísimas personas que no desarrollaran ningún tipo de problema. Este grupo podría estar compuesto mayoritariamente por aquellos no han sufrido ningún fallecimiento familiar y a los que la situación económica generada por el confinamiento, aunque les haya afectado, no les haya provocado situaciones de precariedad. También tendremos aquí los casos de personas extremadamente resilientes y que sí hayan vivido estas circunstancias.

En una gran parte de la población nos vamos a encontrar también la adquisición o mejora de una serie de habilidades, como la tolerancia a la frustración (especialmente en adolescentes), la gestión de emociones o la mejora de algunas habilidades de comunicación como la negociación.

Entre las personas que desarrollen Cuadros Clínicos y Subclínicos, posiblemente los más frecuentes serán los referidos en la lista inferior. La aparición de uno u otro vendrá determinada por distintos factores como los rasgos de personalidad, haber pasado la cuarentena en soledad o acompañado de compañeros de piso o familiares etc., el clima familiar durante el confinamiento y la calidad del espacio físico en el que haya transcurrido, metros, luminosidad etc. Por supuesto el hecho de tener perro en cualquier caso cuenta como factor de mejor pronóstico al permitir salir, aunque fuera solo unos pocos metros.

En algunos individuos  estos cuadros estarán provocados directamente por la situación y en otros será un agravamiento de situaciones preexistentes.

Las patologías y problemas más frecuentes en población no sanitaria y sin pérdidas afectivas son:

  • Trastornos de ansiedad
  • Trastorno Mixto Ansioso-Depresivo
  • Agorafobia
  • Nosofobia (Miedo a la enfermedad), hay que señalar que la nosofobia no es lo mismo que la hipocondría.
  • Obsesiones relacionadas con la epidemia como la limpieza.
  • Violencia de género
  • Violencia domestica
  • Rupturas de pareja y conflictos familiares.
  • Agravamiento o aparición de adicciones fundamentalmente legales, tanto exógenas como endógenas. Psicofármacos sin prescripción médica o con cambios a mayor en la posología, alcohol, juego y tecnología.
  • También es previsible que nos encontremos el agravamiento de depresiones preexistentes y la descompensación de enfermedades crónicas como la esquizofrenia o el trastorno bipolar. Causado no solo por el estrés que puede suponer el confinamiento de por sí, sino por la ausencia de seguimiento del tratamiento durante la pandemia.
  • En estos casos de violencia, ruptura, adicciones y agravamiento de enfermedades mentales graves, pueden haber aparecido o aparecer intentos autolíticos o suicidios consumados.

Si atendemos a las franjas de edad, la situación psicológica de los menores, va a depender en mayor medida del clima familiar que hayan tenido durante estos casi dos meses. Más allá de las relaciones entre los convivientes, también es necesario valorar el impacto del modelado, siendo fácil que si en el hogar hay un adulto que haya desarrollado miedo patológico a la enfermedad, y ansiedad relacionada con salir de casa, el menor pueda presentar miedos, regresiones, pesadillas,  cambios bruscos de humor, o crisis de llanto.

En general, con buen ambiente familiar, sin desarrollo de problemas psicológicos en los adultos de referencia y con una correcta explicación adaptada a su nivel de qué es lo que está ocurriendo y anticipándoles cómo van a ir sucediendo las cosas, los niños se adaptarán a la nueva situación con la facilidad con la que se adaptaron al confinamiento.

Es evidente que si estamos hablando de niños o adultos que durante en confinamiento han tenido que sufrir directamente o convivir con situaciones de violencia de género, violencia intrafamiliar o abusos sexuales, nos encontraremos cuadros psicopatológicos muy severos, pero cuya causa se encuentra más en las referidas situaciones que en el hecho de estar en cuarentena.

Y un grupo aparte son aquellos niños, hijos de sanitarios, que por decisión de sus padres están pasando el confinamiento separados de ellos, dado el elevado riesgo de contagio y que pueden estar viviendo la situación con miedo y ansiedad por las noticias que escuchan, a pesar de que puedan estar en un entorno acogedor y cariñoso.

En el caso de personas mayores o con discapacidad psíquica es probable que al finalizar el confinamiento nos encontremos con que ha habido pérdida de habilidades psicomotrices y deterioro cognitivo. En el caso de personas mayores si coexiste un diagnostico neurodegenerativo o este proceso ha debutado durante la cuarentena, es muy difícil que se pueda producir una recuperación espontánea y excepcional que se consiga un reaprendizaje. Durante las primeras salidas nos encontraremos con que el riesgo de desorientación espacial puede provocar que se pierdan, incluso en su propio barrio, igualmente el deterioro en los reflejos y habilidades motoras puede contribuir a un mayor riesgo de caídas.

En el caso de personas con discapacidad psíquica (severa), la dificultad para hacerles comprender el porqué de los cambios en las rutinas va a provocar que los cambios secundarios a la recuperación por fases de una cierta normalidad les alteren, al igual que en su momento fueron de los colectivos más afectados por el confinamiento. Cualquier cambio brusco en sus rutinas puede provocar síntomas como alteraciones conductuales y de estado de ánimo, trastornos de sueño y regresiones, entre otros.

Entre los grupos donde la probabilidad de sufrir patologías psicológicas aumenta considerablemente, tendríamos a las personas que han sufrido pérdidas. Teniendo en cuenta que conocemos los factores que aumentan la posibilidad de sufrir un duelo patológico, como es perder a un hijo más que un padre, a una persona sana que a una que ya estuviera gravemente enferma, debemos unir a estos, las especiales y difíciles circunstancias que se han dado en la mayoría de los casos, con un proceso muy rápido de la enfermedad de días o semanas, sin posibilidad de acompañar a la persona querida durante la misma, sin despedidas; en muchos casos, sin poder siquiera conocer las circunstancias específicas de la muerte, el cómo fue, y sin posibilidad de realizar los ritos que ayudan a canalizar la expresión del dolor y el compartirlo con los seres queridos.

Estas circunstancias van a favorecer o a provocar directamente

  • Duelos patológicos (congelado, aplazado….)
  • Sentimientos de incredulidad
  • Pensamientos de negación del hecho.
  • Pensamientos mágicos.
  • Incorrecta elaboración del duelo
  • Sentimientos de rabia (autoagresiva /heteroagresiva)
  • Sentimientos de culpa

Otros factores importantes en el desarrollo de los duelos son los pensamientos irracionales como el temor a haber sido el agente de contagio, la sensación de responsabilidad y los sentimientos de culpa por no creer que no se ha sabido proteger mejor a nuestros familiares.

En el caso de las personas que se encontraran en una residencia de mayores, además, la situación puede producir rabia y heteroagresividad si se atribuye que el contagio o el fallecimiento se debieron a una deficiente calidad asistencial o a la falta de recursos. No es fácil entender que no hubiera profesionales suficientes. Además, si ha habido insuficiente comunicación del centro asistencial con los familiares, este sentimiento se acrecienta.

Entre las personas que han padecido el COVID-19 encontramos un factor que es uno de los Criterios de Diagnostico de Estrés Postraumático: la experiencia directa de una situación en la que se cree que se puede llegar a morir. Si la persona se encontraba hospitalizada debemos añadir la posibilidad de haber presenciado directamente el fallecimiento de terceros. La intensidad de la sintomatología, su evolución y el paso por el hospital o por la UCI son factores importantes en el desarrollo de cuadros psicopatológicos.

Lesiones psíquicas provocadas por la epidemia COVID-19 en sanitarios

El gran grupo de riesgo, y donde podemos encontrar desde resiliencia hasta cuadros muy severos de Estrés Postraumático e incluso presencia de ideas suicidas o su consumación, como ha ocurrido en otros países, son los profesionales sanitarios, hospitalarios y extrahospitalarios: desde personal de limpieza hasta los jefes de servicio pasando por los celadores, auxiliares, enfermería, médicos y voluntarios. También debemos contar en este grupo al personal militar y del Cuerpo de Bomberos que se ha encargado de entrar en las residencias de ancianos y en los domicilios donde habían fallecido personas solas.

Veamos, en primer lugar, los factores que pueden contribuir a la aparición de estos riesgos.

En primer lugar, debe tenerse en cuenta que la presión asistencial (la cantidad de trabajo), aunque todos los atendidos hubieran sido cuadros leves, ha sido suficientemente intensa como para haber provocado por si sola cuadros de estrés agudo.

En el miedo al contagio, dada la ausencia casi general de equipos de protección individual, tenemos, por un lado, el miedo al contagio propio; y, por otro, un miedo aun mayor: el miedo a contagiar a los seres queridos. Esto ha provocado que muchos trabajadores de este grupo se autoconfinaran voluntariamente al salir de sus jornadas en hoteles medicalizados, dificultando la realización de medidas de higiene mental basadas en el apoyo emocional de terceros.

El aislamiento autoimpuesto tras la jornada laboral, no regresar a sus casas o hacerlo autoconfinandose en una zona de la misma, también ha aumentado la dificultad para intentar gestionar las emociones y el estrés. La mala costumbre de disimular ante nuestros seres queridos para no preocuparles ha contribuido a ellos, ya que supone no solo un estrés añadido a una situación ya de por sí difícil, sino la imposibilidad para soltar parte de la carga mental que la asistencia a la epidemia de la COVID-19 ha supuesto para todos aquellos que han trabajado con enfermos y familiares.

Por otro lado, está la conciencia de la falta de EPIs y la percepción de que al estrés por la presión asistencial hay que añadir la rabia por la búsqueda de responsables de esa inseguridad biológica en la que están desarrollando su labor.

En el caso de trabajadores que han caído enfermos, pueden tener sentimientos de impotencia o frustración por no poder reincorporarse a ayudar a sus compañeros y atender a sus pacientes. El sentido del deber se exacerba en profesiones vocacionales y, en situaciones excepcionales, y cuando se es consciente de la escasez de recursos humanos, la reacción habitual es que te sientes aún más imprescindible.

En circunstancias y momentos extremos se han podido dar casos en los cuales no se disponía de recursos sanitarios suficientes para asistir a todos los afectados por el virus, provocando sentimientos de impotencia, rabia y desolación.

Entre los factores de peor pronóstico en profesionales para el desarrollo de problemas psicológicos están:

  • Desarrollar el trabajo en unidades de alta mortalidad y escasez de recursos: (UCIs, urgencias, residencias de ancianos)
  • Puestos o cargos relacionados con tomas de decisiones secundarias a falta de medios.
  • Asistir de forma reiterada a escenarios trágicos. Asistencia domiciliaria, urgencias extra hospitalarias, cuerpo de bomberos, policía.
  • Evidentemente, un factor personal como el estar sufriendo de forma coetánea un duelo por un familiar no conviviente también ha de ser tenido en cuenta a la hora de valorar el impacto de la situación.
  • Por último, el factor de mayor impacto es haber tenido casos de Covid-19 en la propia familia y creer poder ser el agente de contagio, en el caso de que la enfermedad haya terminado con un fallecimiento, el potencial de riesgo de desarrollo de trastornos se convierte en altísimo.

En sanitarios se puede prever un alto porcentaje de personas que desarrollen resiliencia tras cuadros de estrés agudo; pero también nos vamos a encontrar un elevadísimo número de casos de Estrés Postraumático, siendo parte de los síntomas principales aquellos que ya están informando los sanitarios que están en activo: parasomnias, insomnio pre y postdormicional, pesadillas, alteraciones del apetito, despersonalización, desrealización, flash-back, embotamiento afectivos, reacciones de hiperalerta, etc.

Habrá que determinar si estos cuadros se convierten en secuelas o con un correcto tratamiento e intervención pueden ser únicamente lesiones psíquicas. En el caso de los profesionales sanitarios, las FFCCSE y el Cuerpo de Bomberos esto tiene una trascendencia importante ya que en la casi totalidad de los casos deben considerarse enfermedad profesional o accidente de trabajo, suponiendo esto una diferencia sustancial de cara a la Seguridad Social.

En casos muy extremos nos encontraremos incluso con la incapacidad para el ejercicio de la profesión por secuela psíquica, siendo esto un tipo de invalidez y en la que el carácter de laboralidad tiene una marcada diferencia. Supone pasar de un 100% de pensión a un 200%. Pero ese tema hay que dejarlo para otro post dirigido a los abogados laboralistas y a los psicólogos y psiquiatras forenses.

La nueva normalidad que viene para la Administración: renovarse o morir

“La crisis es la mejor bendición que puede sucederle a personas y países, porque la crisis trae progresos” (Albert Einstein).

 

Que el mundo es otro después de la llegada del COVID-19 es una afirmación que está sujeta a pocas apelaciones. Que la Administración también es o debería ser otra, forma parte de la misma reflexión, salvo que se defienda que la Administración no está en el mundo, una teoría demencial que en ocasiones parece que suscriben algunos. Pero las cosas no se cambian solas. Las circunstancias sin duda generan oportunidades, algunas únicas como esta, pero hay que aprovecharlas. Un determinado escenario facilita la toma de decisiones, pero hay que tomarlas.

En definitiva, para que se produzca ese punto de inflexión que diferencia el antes y el después se requiere acción. Una actitud pasiva nunca ha sido la mejor estrategia para gestionar una crisis (ni nada en realidad), y lo cierto es que este 2020 nos ha traído la madre de todas las crisis, solo superada por terribles acontecimientos que ya se encuentran perdidos (pero no olvidados) en la parte más oscura de nuestra Historia, y solo superable por desastres o catástrofes naturales o humanas que ya no parecen únicamente posibles en los relatos y películas de ciencia ficción. Pero hasta que algo peor llegue, esta crisis puede y debe ser tomada como una fantástica combinación de factores para mejorar lo público. No obstante, depende de nosotros qué hacer con esta oportunidad. Una ocasión, por sí sola y por muy buena que sea, no cambia el mundo. Lo cambian las personas.

Mientras tanto, otros cambios más concretos sí se van implantando prácticamente solos (trámites electrónicos, reuniones telemáticas, trabajo en equipo, teletrabajo…), pero como buenas fortalezas habrá que apuntalarlas. Sobre todo porque en estos casos se trata de hitos coyunturales, y como en el caso del teletrabajo o del trabajo por objetivos, que son primos hermanos, queda mucho por trabajar, nunca mejor dicho, para su correcta configuración e implantación. Pero la batalla psicológica está ganada, porque lo que ya se ha hecho, y se ha hecho aceptablemente bien pese a la premura y la improvisación, no se puede negar que se puede hacer. Al contrario, con una mayor preparación que la que pudimos ingeniar el lunes 16 de marzo por la mañana, sólo puede ir a mucho mejor.

En cualquier caso, esta primera embestida de la crisis del COVID, la cual está pasando por varias fases naturales (que no tienen nada que ver con las de la desescalada por cierto), ha replanteado alguna de las cuestiones que, antes, parecían más importantes. De forma concreta, la supuesta entrada en vigor de la LPAC en octubre de este año (o cuando cada uno considere, porque aquí hay opiniones para todos los gustos), ha pasado a ser una cuestión intrascendente. En efecto, el virus se ha cargado todas las prórrogas de un plumazo. Ha sido una lección “de presente”, un baño de realidad. Un examen sorpresa que algunos han aprobado por los pelos, otros con nota, y otros no sólo han suspendido estrepitosamente sino que ni siquiera están estudiando para recuperar. Demasiadas diferencias entre AAPP… ¿Qué culpa tienen los ciudadanos de estar empadronados en un Ayuntamiento que no hace los deberes?

Otro de los aspectos que ha quedado meridianamente claro con esta crisis es que la mayor parte de los empleados públicos han demostrado tener la vocación de servicio público que se les presupone, pero sobre todo han demostrado mayoría de edad. Las personas que ya sabíamos que eran responsables han confirmado que son, en efecto, confiables, que tienen ética, que están implicados, que pueden trabajar y/o teletrabajar perfectamente, que no necesitan controles porque saben exactamente qué tienen que hacer y cuánto deben trabajar. No necesitan tutores ni jefes que les presionen. Los valores se llevan por dentro, las normas y los protocolos son una amenaza externa. Siempre es mucho más eficaz la motivación intrínseca.

Ya he manifestado en diversas ocasiones que este impulso repentino de la administración electrónica me produce sensaciones contradictorias. Desde hace años utilizo palabras y expresiones como “teletrabajo” o “plenos telemáticos”, sintiéndome como el niño raro de la clase. Escucharlas ahora en boca de todos es una sensación extraña, muy positiva sin duda si no fuera porque su impulso viene por una desgracia. Pero ya están aquí y no vamos a dejar que se vayan. Durante estas semanas, el Parlamento británico, nada menos que la cámara de los Lores (la famosa House of Lords; aunque su nombre completo es, agárrense, The Right Honourable the Lords Spiritual and Temporal of the United Kingdom of Great Britain and Northern Ireland in Parliament assembled, que significa “los Muy Honorables Lores espirituales y temporales del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte reunidos en el Parlamento”), se ha reunido de forma telemática. Si esos señores ataviados con sus tradicionales pelucas blancas han sido capaces de conectarse desde sus dispositivos electrónicos, empiezo a pensar que se puede modernizar cualquier institución.

¿Qué pasará a partir de ahora? Bien. Para poder anticipar cómo será la nueva Administración que surge de la nueva normalidad es muy importante saber cómo debería ser esa nueva Administración, a fin de poder orientar nuestros esfuerzos para convertir la teoría en realidad. Planteado así parece difícil, pero podemos empezar por algo mucho más sencillo: identificar, a priorinuestras mayores taras actuales, a fin de trabajar en pulir o directamente eliminar aquello que nos lastra, y fortalecer todos aquellos elementos y, sobre todo, personas, que a pesar de todo y contra viento y marea, mantienen a flote esto del servicio público. Pero, por encima de todo, lo más importante es entender qué demonios está ocurriendo ahora mismo en el Mundo, porque ocurre mucho y muy malo. Ante esto la Administración debe reaccionar. Como dijimos hace poco, “Al final todo forma parte de un mismo proyecto. Uno que ya debería estar implantado. Por eso decimos que el debate sobre la entrada en vigor de la Ley de procedimiento se ha convertido en algo ridículo. El coronavirus no ha dado ningún plazo que yo sepa. Ya venido y punto. Y aún no se ha ido por cierto; no entramos en la era pos-COVID, sino en la era con-COVID, una era que solo alguien muy poco inteligente puede defender que no debe ser telemática. Esta es la nueva normalidad, una normalidad “relativa”, de convivencia con este y otros virus. Nos lo hemos ganado a pulso destruyendo el medio ambiente. En este escenario, la mejor arma para luchar contra todos los problemas que tenemos, todo lo malo que nos está pasando (no sólo el virus, sino también la ineficiencia, la corrupción, la crisis económica, la despoblación del mundo rural y la propia destrucción del planeta), es la actuación telemática: teletrabajar, teletramitar, tele reunirse, tele pagar, tele operar, tele comunicarse, tele firmar… Telecualquiercosa”.

Por tanto, esta nueva era con-COVID (ojalá algún día podamos hablar de verdad de pos-COVID), es una era absolutamente telemática. Pero no sólo eso, ya que debemos mejorar en valores, en eficiencia (no ya reduciendo, sino eliminando directamente la burocracia), y en orientación de la Administración hacia el público. Teniendo en cuenta todo esto: ¿cómo debería ser la nueva Administración de la nueva normalidad? Lo podemos ver, de forma resumida, en la siguiente infografía:

 

“Vieja normalidad” versus “nueva normalidad”. Fuente: elaboración propia.

 

Es curioso. Siempre las situaciones negativas acaban impulsando la administración electrónica en sus distintas facetas. La crisis de 2008 puso en valor esa vertiente de ahorro burocrático y económico implícita en la tramitación electrónica. Por su parte, ante la explosión de los numerosos e indecentes casos de corrupción, se entendió que un buen antídoto era la implantación de un procedimiento trazable, rastreable y por supuesto transparente.

Ahora de repente llega el coronavirus, capaz de colapsar un país que, cogido por sorpresa, se ve obligado a poner a prueba sus recursos del presente y demostrar, ante una adversidad muy real más allá de simulacros, hasta qué punto estaba al menos mínimamente preparado. Y no lo estaba, pero quizá para la próxima arremetida sí lo esté.

El contexto mundial (no sólo de presente sino también de futuro) obliga a las personas a confinarse en casa y a relacionarse de forma telemática con a una Administración que, pese a todo, en absoluto ha estado paralizada. Hemos visto teletrabajar a los empleados públicos, y teletramitar  a los ciudadanos y otros usuarios. Y todo ha salido bastante bien. Es cierto que muchas medidas se tomaron deprisa y a la desesperada, pero eso no significa que no sean aprovechables. Hablamos especialmente de los que montaron “la paraeta” en el último segundo, porque los que habían hecho los deberes siguieron tramitando exactamente igual, de forma electrónica, telemática, accesible, eficiente, transparente y, en el mejor de los casos, excelente. Ahora todos tendrán que alcanzar ese nivel.

¿Qué pasará si no lo hacen? Se admiten apuestas, pero esta vez los que suelen decir “nunca pasa nada” se van a llevar una sorpresa.

Sobre “el CIS de Tezanos”: motivos técnicos para una destitución

El Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) se ha convertido a través de los años y con un esfuerzo colectivo de grandes profesionales en una institución de referencia imprescindible tanto para las Ciencias Sociales como para nuestra “democracia de audiencia”, que diría Bernard Manin. En particular, sus encuestas lo sitúan como una de las encuestadoras más importantes del mundo. Sin embargo, en los últimos tiempos se ha situado triste y recurrentemente en el foco de la noticia, llegándose a hablar del “CIS de Tezanos” en un tono descalificativo que desgraciadamente, y como intentaré mostrar, no carece de fundamento.

Los académicos que hacemos uso de estas encuestas hemos venido observando importantes problemas en el trabajo del Centro desde la llegada de José Félix Tezanos a su dirección. Como explicaba Rodrigo Tena aquí, ciertamente el jubilado Catedrático de Sociología contaba con la formación necesaria para ejercer el puesto. Sin embargo, su pertenencia a la ejecutiva del partido del Gobierno no anunciaba nada bueno.

Aunque mi especialidad es la Teoría Política y no las encuestas, sigo la cuestión con interés y desasosiego. Sirva esta posición mía, intermedia entre la Ciencia Política empírica y las aproximaciones más humanísticas de la disciplina, para intentar poner en palabras sencillas los graves errores técnicos, más allá de las superficiales sospechas mediáticas, que a menudo llegan a mis oídos de muchos compañeros que sí tienen un profundo conocimiento de la materia. Vaya para ellos mi agradecimiento, pues mucho aprendo de ellos, y sea mía la responsabilidad, que poco temo y nada debo.

Permítaseme comenzar por aspectos poco conocidos por el público general. En primer lugar, sin explicación alguna se han dejado de realizar algunos estudios monográficos con gran impacto como “Actitudes hacia la inmigración”, tras diez años ininterrumpidos, “Calidad de los servicios públicos”, alguna edición del “Barómetro de Vivienda y de Alquiler” o la versión española del Latinobarómetro. Además, en el momento de escribir estas líneas, está en el aire, de nuevo, la Encuesta Social Europea. Quizás el lector lego en la materia desconozca la importancia de realizar las mismas preguntas a lo largo de los años y en varios países, pero esto nos permite a los investigadores sacar gran parte de nuestras conclusiones.

En el mismo sentido, y segundo, tampoco se entiende la omisión o modificación de preguntas que rompen series fundamentales y que habrían resultado claves para entender la actualidad política: recordemos por ejemplo la omisión de la pregunta sobre la intención de ir a votar en la encuesta preelectoral andaluza. También hay cambios no explicados en el orden habitual de las preguntas, lo que en algunos casos perjudica de nuevo a las series: si uno de repente cambia de criterio y le pregunta al encuestado por su situación económica personal antes que por su opinión política, es muy posible que se altere el resultado y, con ello, que se acaben realizando comparaciones espurias. Estos cambios han sido notables al tener que adaptar la encuesta para hacerla durante la pandemia, y algunas de las decisiones necesarias han sido muy cuestionables, como puede verse aquí.

En tercer lugar, no hay forma de explicar los continuos cambios en las decisiones sobre la estimación del voto, que suponen la primera fuente de desprestigio público para el Centro. Es cierto que parte de este desprestigio viene de malentendidos sobre la naturaleza de las estimaciones de voto, por lo que debo hacer aquí un inciso para resumir en qué consiste esta labor.

Cuando preguntamos a los ciudadanos a quién votarían en “las próximas elecciones”, aun siendo cercanas, hay una parte importante de los ciudadanos que dice no saberlo. Sin embargo, también muchos de ellos dicen tener intención de votar (aunque siempre son más de los que luego realmente acuden). Por tanto, con el resultado de esa pregunta no puede uno hacerse una idea de qué podría pasar si efectivamente hubiera elecciones.

Es este un dato que, evidentemente, tiene gran interés periodístico y político. Por ello, muchos especialistas (no sólo del CIS; especialmente, asesores de los partidos políticos) intentan adivinar a quién votarían esos que dicen no saber a quién votar. Este proceso se puede mediar con fórmulas matemáticas, pero hay incluso quien lo hacía leyendo una por una las respuestas de los indecisos, como un verdadero artesano de la opinión. Al final, es un proceder que, en mayor o menor medida, siempre se aleja algo de lo científico para acercarse al arte. Que no sea despectivo pues lo de que las encuestas “se cocinan”, pero quede claro que no todo el mundo es un Ferran Adrià.

Sin embargo, los lectores de estas encuestas, incluidos muchos medios, las cargan con unas expectativas que no les corresponden: esperan que “acierten” el resultado electoral. Como los resultados electorales son un dato contrastable, esto no puede llevar sino al descrédito de un instrumento que en ningún caso quiso “acertar”, sino orientar sobre la situación de la opinión pública en un momento dado. Con ello omiten: 1) que la estadística siempre cuenta con márgenes de error; 2) que, como bien sabemos, los encuestados, en mayor o menor grado, mienten; 3) o, sencillamente, no saben qué harán: por eso, la estimación es un cálculo y no un dato directo de la encuesta; 4) que el futuro es imprevisible. Nadie puede saber, ni siquiera usted mismo, si va a cambiar de opinión la mañana del domingo electoral, o qué acontecimientos ocurrirán hasta entonces.

Por cierto, que la reputación de Tezanos remontó con la idea de que “acertó” el resultado de abril. En este caso, la malinterpretación que he explicado derivó en buenas noticias. Sin embargo, no se sacaron las coherentes conclusiones negativas a partir de su fallido “pronóstico” para noviembre.

Es cierto que, durante periodos anteriores, las estimaciones del CIS venían cubiertas por un halo de oscurantismo que generaban una falsa serie (¿recuerdan la importancia de las series?), pues incluía resultados calculados con dispares (y secretas) fórmulas de medición. José Félix Tezanos se propuso deshacer el entuerto. Sin embargo, y aunque efectivamente la transparencia ha aumentado, también se ha generado confusión a partir de su volubilidad de criterio, presentando cada vez los datos de una forma: ora haciendo la estimación más simple (adscribiendo el voto de los indecisos al partido por el que sintieran simpatía), ora sin estimación, ora con estimación compleja (con “cocina”).

Además, el presidente del CIS ha puesto a la institución en la picota mediática al realizar todos los meses la pregunta de intención de voto, que antes sólo se hacía trimestralmente, restando espacio a los otros muchos estudios que realiza el Centro. Con ello, los bandazos son aún más notables. Y lo son aún más cuando las explicaciones a medios incluyen ruido en forma de posicionamientos políticos y desdén a la crítica. Como ejemplo, sirva el tono general de esta entrevista.

Además, la regularidad en la realización del trabajo de campo (el momento en que se hacen las preguntas) ha empeorado, tanto en el tamaño de las muestras como en las fechas de su realización. Antes, siempre se realizaban aproximadamente entre el 1 y el 10 de cada mes. Para el barómetro de abril fue del 30 de marzo al 8 de abril. Para el de octubre pasado, de 21 de septiembre a 13 de octubre. Pero es que el Barómetro de noviembre de 2019 fue del 28 de octubre a 9 de noviembre, con dos submuestras; una de ellas, del 4 al 9, a todas luces para poder ofrecer resultados de la última semana de campaña electoral. Es un periodo en que no se pueden publicar datos, pero sí leerlos y usarlos en campaña… si alguien te los proporciona.

Final y fundamentalmente, como adelantaba, existe todo un grupo de preguntas cuya formulación contrasta con la trayectoria del Centro, denotando falta de cuidado y esmero; especialmente, en algunas cuestiones que, casualmente, podrían ser de interés para el Gobierno. Cabe recordar que el propio Catedrático se ha responsabilizado personalmente de las preguntas en público.

Permítaseme excluir de esta pequeña muestra la reciente pregunta sobre restricción de la libertad de expresión, pues ya puede encontrarse analizada, por ejemplo, aquí. En primer lugar, quiero destacar cómo ha desaparecido todo criterio neutral para la pregunta sobre la valoración de los líderes políticos, un clásico de la institución (a la izquierda de este texto). Es cierto que el periodo de inestabilidad electoral ha podido hacer oportuno puntualmente introducir a líderes relevantes sin representación, pero esto se hace a costa de eliminar todo criterio. Además, se ha roto la serie, puesto que ahora se evalúa a los líderes del 1 al 10, por lo que un 5 significa menos de la mitad; menos del “aprobado” (¡echen la cuenta!). Por aplicar la teoría Michigan de eliminación del punto medio cuando, a mi humilde entender, no corresponde, se rompe una serie y se genera una incoherencia profunda con respecto al sentido que atribuyen los ciudadanos a la respuesta. Al fin y al cabo, ésta claramente vendrá influida por el sistema de evaluación escolar español.

Esta actitud carente de sensibilidad por los significados que atribuyen los encuestados a las palabras se puede hallar en más preguntas, que incluyen jerga sociológica. Ocurre, por ejemplo, cuando se pregunta directamente por la “clase social” sin ofrecer opciones de respuestas, un dato que habitualmente se infiere indirectamente por otras vías. También cuando se pregunta por la “simpatía” hacia los partidos, otro término sociológico que antes se preguntaba como “cercanía a las propias ideas”, y que ahora el entrevistado probablemente entenderá como “quién me parece más majo”.

No querría terminar sin presentarles una de las preguntas peor enunciadas (a la derecha de este texto). Estudio 3234, Diciembre 2018. Se pregunta que quién ha contribuido más a “lo logrado en la defensa de los intereses y posiciones de España sobre Gibraltar” durante las negociaciones del Brexit. Ojo a la redacción, que incluye con el verbo lograr una fuerte connotación positiva no pertinente. No es solo que entre las respuestas ofrecidas encontramos a la parte (el presidente/ la primera ministra) y al todo (sus respectivos gobiernos), con un nivel de sutileza que sobra de todo punto al entrevistado.  Es que, además, no se entiende para qué sirve hacer esta pregunta si no es para dar una buena noticia al gobierno. ¿Quién más podría haber velado por nuestros intereses en esas negociaciones? ¿Por qué el gobierno británico habría de hacerlo? ¿Negociaban los partidos políticos? ¿Quiénes son los negociadores de la UE? ¿Los puede conocer el ciudadano medio? En resumen, dada la consabida tendencia presidencialista de nuestro sistema político, se pedía atribuir un mérito bien a “Pedro Sánchez” o bien a opciones irrelevantes.

En definitiva, la situación en el CIS, pese a la contrastada profesionalidad de sus técnicos, se ha hecho insostenible bajo la responsabilidad de su Presidente, momento en que se ha extendido la discrecionalidad, la altivez y las fundadas sospechas de instrumentalización política. Los científicos sociales de todas las ramas haríamos bien en unirnos para hacer oír claramente nuestra voz y reclamar lo evidente: que necesitamos a un CIS a pleno rendimiento en estos momentos convulsos. Y que, sin acritud personal o política alguna, para que el trabajo recupere los estándares y credibilidad anteriores (elevados tanto con gobiernos socialistas como populares), José Félix Tezanos debe ser destituido.