Algunos apuntes sobre el Borrador del Estatuto del personal docente e investigador de las Universidades.
La crisis sanitaria, económica y social provocada por la pandemia de la Covid-19 nos ha situado ante el que, con probabilidad rayana en la certeza, es el escenario vital más difícil al que buena parte de nosotros nos hemos tenido que enfrentar, también en el ámbito profesional. Sin minusvalorar a otros con iguales o superiores problemas y tensiones, es poco discutible que maestros y profesores de todos los niveles educativos estamos inmersos en un entorno muy complejo que tenemos que afrontar con armas y bagajes totalmente insuficientes. Por si fuera poco, en plena crisis y como problema añadido, quienes somos profesores universitarios o quienes desean serlo o quienes simplemente están preocupados por el presente y el futuro de nuestra maltrecha Universidad, sede también de buena parte de la investigación que se hace en este país, nos hemos encontrado de frente con el Borrador del Estatuto del Personal Docente e Investigador presentado por el Ministerio de Universidades.
Resulta muy discutible la oportunidad de la presentación de este Borrador en un momento tan excepcional como el presente, a pesar de que el Preámbulo afirme justamente lo contrario, aunque no niego que la disciplina reguladora de la situación laboral y administrativa del personal docente e investigador de las Universidades públicas, que es la que conozco y a la que me voy a referir aquí, puede ser objeto de muchas críticas y resulta manifiestamente mejorable.
El propio texto ministerial recoge en el citado Preámbulo algunas de las tachas más conocidas y denunciadas de la vigente disciplina y de la realidad a la que su aplicación nos ha conducido. Al acusado déficit de financiación que sufren las Universidades públicas, incrementado hace ya más de una década como consecuencia de los recortes en educación e investigación causados por la crisis financiera, se unen las seculares malas prácticas de algunas que no han dudado en utilizar los recovecos que les dejaba la legislación para, valga el oxímoron, ahorrar a cualquier precio; se han provocado así algunas de las más clamorosas disfunciones actuales como es, por citar una de la que más repercusión mediática ha tenido, la del ingente número de profesores asociados y otros contratados precarios, en su mayoría mal pagados y peor tratados, a veces a modo de objeto de usar y tirar.
Muchos otros déficits se pueden aquí mencionar. Entre los más evidentes aludo al muy relevante envejecimiento del profesorado universitario derivado de la escasa o nula renovación de las plantillas en estos últimos años; de hecho, estoy convencida de que ya se ha perdido más de una generación en la formación de docentes e investigadores. Conectado con el problema anterior añado el de la inexistente planificación a medio y largo plazo de las plantillas, planificación que no debería responder únicamente a criterios numéricos, perspectiva miope y del todo insuficiente, sino también y sobre todo, habría de hacerse con el objetivo de atender a las nuevas y crecientes necesidades planteadas por las complejas sociedades actuales y futuras; en este sentido, confieso que me ha producido una enorme tristeza observar la escasa o nula influencia que han tenido nuestras Universidades para dar respuesta a los numerosos retos que nos ha puesto y nos sigue imponiendo la pandemia de la Covid-19. En fin, por no olvidar otro de los defectos más recurrentes, también citaré la endogamia, o lo que es prácticamente lo mismo, el escaso interés que nuestros centros de educación superior tienen por buscar y encontrar a los mejores docentes e investigadores, a los más preparados o a los que tienen mejores condiciones para llegar a estarlo porque, no nos engañemos, la mayoría prefieren a los propios, a los ya conocidos, a los que siempre van a estar allí; endogamia y falta de movilidad son dos realidades que van de la mano y que contradicen el carácter abierto y dinámico que debe tener toda Universidad que se precie.
Parece que a estos y a otros asuntos que no he nombrado para no dispersarme demasiado quiere atender el Borrador ya mencionado. De los cinco pilares en los que, según confesión del Preámbulo, el nuevo texto se asienta, tres tienen una relación directa con los problemas apuntados. En concreto son los siguientes: (2ª) garantizar una carrera académica progresiva y predecible, tanto funcionarial como laboral, que incida en la incorporación, consolidación y promoción del personal docente e investigador, y en la garantía de sus derechos y deberes, así como en la equiparación de derechos y deberes del profesorado funcionario y contratado. (3ª) eliminar la precariedad hoy existente entre el PDI mediante el despliegue de determinadas figuras contractuales encaminadas a la dignificación de sus condiciones de trabajo y a su promoción y consolidación en función de la calidad de su contribución. (5ª) asegurar la movilidad, tanto interna como internacional del PDI.
Teniendo en cuenta el diagnóstico de la enfermedad apenas esbozado es difícil disentir de la idoneidad de los tres métodos de tratamiento, más si se hacen de modo combinado. Sin embargo, analizando las medidas concretas propuestas para atender a cada uno de los ellos, creo que no son pocos los puntos de crítica y discrepancia. Las limitaciones de un post como este me obligan de nuevo a seleccionar los problemas que veo en la propuesta de regulación para dejarlos aquí plasmados. Aludiré solo a tres: la doble vía funcionarial y contractual prevista; el acceso y promoción de los jóvenes profesores y la problemática de los actuales asociados y otros profesores precarios.
I. En primer lugar, y este es uno de los cambios más claros del sistema proyectado, no termino de comprender la necesidad de establecer como medida destinada al diseño de una carrera académica progresiva y predecible que garantice los derechos y deberes del profesorado universitario un doble itinerario: el funcionarial como Profesores Titulares y Catedráticos, como sucede hasta ahora en la mayoría del país, y de modo paralelo, el de los contratados como Profesor Doctor, Profesor Titular contratado y Profesor Catedrático contratado, parece que en estos dos últimos casos con iguales derechos y deberes que en el caso de los funcionarios. Resulta cuando menos extraño que mientras en otros sectores de la Administración Pública se está tratando de reducir la doble vía de acceso y promoción (incluso en la Universidad con otros trabajadores, como el PAS), se pretenda para los docentes universitarios justamente lo contrario. No existen razones sensatas para la duplicidad. A nadie se le escapa que el funcionariado tiene ventajas e inconvenientes; el blindaje frente a la arbitrariedad de la Administración a la que se sirve es la más clara de las primeras; la falta real de incentivos para mejorar y comprometerse al máximo en el trabajo docente e investigador es innegable muestra de los segundos toda vez que, sustancialmente, el sistema funcionarial no premia a los mejores, ni económicamente ni de ninguna otra manera. Pero tampoco está huérfano de problemas el régimen de contratación, sobre todo en un entorno nacional e institucional en el que el mérito, la capacidad, el esfuerzo y la excelencia no suelen ser, precisamente, los elementos que más pesan a la hora de designar a un trabajador público en régimen de libre contratación.
No sé si el objetivo último es eliminar a medio plazo el régimen funcionarial para los profesores universitarios, al modo anglosajón o de algún que otro país europeo pero, si así fuera, merecemos al menos que se diga de manera clara y se explique por qué; puede que existan buenas razones y estamos dispuestos a escucharlas. Desde luego, no es una de ellas que con el régimen puramente contractual se favorezca que nuestras universidades puedan contar con los servicios de profesores de excelencia, especialmente de otras nacionalidades, pues, por un lado, se confiesa que para este fin se prevé la figura del profesor extraordinario y por otro, como bien ha explicado a título de ejemplo J.J. Moreso en un excelente post sobre este mismo tema:
«En Alemania, donde todos lo profesores universitarios son funcionarios, nunca en su historia moderna (desde Humboldt) se ha exigido ser alemán para ser profesor universitario. Desde la otra perspectiva, personalmente conozco catedráticos de universidad alemanes que efectivamente han sido contratados en el Reino Unido, Suiza o Austria, pero si han decidido cambiar de Universidad es porque las condiciones de trabajo – y no me refiero solo al salario- que las Universidades de los nuevos países les han ofrecido mejoraban las que tenían en su propio país, circunstancia que, mucho me temo, no será la de los nuevos catedráticos contratados en España quienes, como el propio Borrador da a entender, con toda seguridad tendrán las mismas poco atrayentes condiciones que tenemos hoy los funcionarios».
II. Pasando al segundo asunto, no me cabe duda de que una de las grandes tragedias que la Universidad española ha sufrido en estos últimos años ha sido la pérdida de jóvenes que deseaban ser profesores universitarios y que vieron cerrada cualquier posibilidad, sencillamente, porque las Universidades no ofrecían puestos vacantes, pues no estaban en condiciones de crearlos o carecían de interés en hacerlo. De nuevo el texto explicativo del Borrador es consciente de esta situación y menciona expresamente su pretensión de adoptar medidas para atraer el talento más joven hacia la Universidad, así como para recuperar el profesorado que cuando iniciaba su carrera académica se vio obligado a emigrar como consecuencia de la crisis económica y de las limitaciones de la tasa de reposición.
Apunto apenas que me parece muy deficiente la atención y posterior regulación de la fase predoctoral imprescindible para acceder a la condición de profesor universitario; es evidente que ni las escasas becas predoctorales existentes cubren, ni de lejos, todas las necesidades, ni quienes defienden su tesis doctoral pueden pasar de un día a otro a ser contratados doctores sin solución de continuidad; personalmente no comprendo la excepcionalidad de la figura del contratado no doctor, al menos en disciplinas como las jurídicas donde los proyectos de investigación no suelen acompañarse de personal en formación, en las que los investigadores predoctorales son extraordinariamente escasos y la mayoría de las Universidades carece de recursos propios para destinarlos a la formación de su doctores.
La figura que se diseña como inicio de la carrera universitaria es la de contratado doctor, la cual tendrá una duración entre uno y cinco años prorrogables por otros dos y cuyo beneficiario “deberá realizar una estancia mínima acumulada de nueves meses en universidades y/o centros de investigación de reconocido prestigio, españoles o extranjeros, distintos de aquella institución en la que presentó su tesis doctoral y de la que lleve a cabo la contratación”, parece que como medida de profilaxis de la endogamia o, cuando menos, de oxigenación de la asfixia que esta produce. No puedo detenerme en los pormenores de la figura, pero sí quiero hacer algún comentario comenzando por el último apunte, cuya buena intención no cuestiono; este tipo de estancias ya están o han estado previstas en algún momento en la ley y/o en algunas Universidades concretas y su eficacia ha sido más que dudosa por varias razones, entre otras, porque no cualquier movilidad tiene un valor añadido para la formación de un profesor y porque tanto los interesados como las propias Universidades han promovido movilidades “apañadas”, cuando no absolutamente ficticias.
Con todo, creo que lo más criticable se halla en el postulado de origen, sencillamente porque ignora que hay talento joven que ya se ha perdido y no se va a recuperar con contratos como estos, mucho menos si se trata de quienes han emigrado a centros de educación superior de países con condiciones de trabajo más favorables y con mucho más respeto por esta labor profesional. Pero además, en las disciplinas que me son más cercanas, que son las del mundo del Derecho, existen personas que ya no son tan jóvenes, que estaban sobradas de talento e interés por la docencia y la investigación, pero que al ver cegada la posibilidad de dedicarse a ellas optaron por otras salidas profesionales, normalmente más sustanciosas; esas personas tampoco van a ser recuperadas, al menos no como profesores a tiempo completo -dejo para otra ocasión la espinosa cuestión de la idoneidad y/o compatibilidad, incluidos los aspectos éticos, entre el desempeño de altos puestos en la esfera pública o privada y la condición de docente universitario lo que, sin duda, puede ser objeto de un interesante debate-.
En fin, se me dirá que si los anteriores están ya definitivamente perdidos pensemos en los que están por venir, en los que se pueden incorporar a partir de ahora. Aunque probablemente no queda otra opción, no me resisto a indicar que esta profesión no es como cualquier otra; que una Universidad no es una fábrica de conservas, ni de prendas de ropa, ni siquiera de aparatos de alta tecnología; es un centro destinado a crear conocimiento y a formar a quienes han de salir al mercado de trabajo, pero también a quienes han de crearlo en el futuro y, precisamente por ello, cualquier talento perdido es un talento irremplazable. Por eso la planificación de una plantilla universitaria no puede ser meramente numérica y coyuntural; tal vez el curso en el que se jubilan unos cuantos profesores no haya personas con el suficiente interés, dedicación y valía para el reemplazo ¿deben cubrirse entonces esas plazas perpetuando como profesores a personas probablemente mediocres? Por el contrario, puede que los más talentosos quieran comenzar su carrera universitaria precisamente en una materia en la que todavía faltan años para que sobrevenga una vacante ¿de verdad resulta inteligente que en aras a cuadrar las cuentas se pierda la oportunidad de tener a los mejores? ¿Dónde están las previsiones para captar a esas personas? No se me oculta que son las propias Universidades las que finalmente toman las decisiones y ofrecen sus plazas, pero considero que el Borrador hace en realidad tabla rasa del talento y trata en este punto a las Universidades como fábricas de ladrillos y a todos los profesores como sujetos homogéneos, prescindibles y siempre reemplazables.
III. Y esta misma filosofía me parece que subyace en el último punto que voy a tratar. El de los profesores precarios contratados en los últimos años fundamentalmente para cubrir la docencia que no podía ser atendida por los funcionarios y que se ha atendido con figuras que en ocasiones bordeaban la ley cuando no eran directamente ilegales. Estos contratos implican en su mayoría salarios miserables, los peores horarios docentes, duración corta o dependiente de circunstancias varias muchas veces acompañada da despidos inopinados al hilo de las necesidades coyunturales de un determinado Departamento o Área de Conocimiento; en definitiva, unas condiciones de trabajo poco menos que indignas. De nuevo apelo a lo que conozco y tengo que decir, por duro que resulte ponerlo negro sobre blanco, que sin perjuicio de reconocer que existen excepciones precisamente esas condiciones de trabajo tan poco atractivas han implicado que con frecuencia las personas que han cubierto esos puestos no sean precisamente las más motivadas, ni las más talentosas, ni las más vocacionales; su pretensión ha sido simplemente sobrevivir o complementar con ese escaso salario otros medios de vida igualmente insuficientes. Pues bien, confesada pretensión de la normativa proyectada es la consolidación de estas personas como profesores universitarios; para ser exacta cito las palabras del Preámbulo del proyectado Estatuto: “es necesario hacer frente a la ausencia de perspectivas profesionales y de estabilización de este profesorado, debido a las limitaciones de una carrera docente que lleve a puestos estables. Y en su caso permanentes tanto en su modalidad funcionarial como laboral”. Si bien entiendo, cual trabajador de cualquier fábrica de cualquier tipo se trata de estabilizar a este profesorado casi a cualquier precio, aunque el sujeto en cuestión no sea el más idóneo para enseñar, aunque no haya investigado nunca, aunque carezca de talento para ambas cosas. Como he apuntado antes, no dudo de que en este complejo y maltratado colectivo habrá quienes han sufrido tales condiciones por su extraordinaria vocación, valía y capacidad de sacrificio, pero permítanme que piense que ni serán todos ni siquiera la mayoría. Espero que la alusión en este punto “a los procedimientos previstos en la ley” signifiquen la promoción de las mejores condiciones laborales de los primeros, pero no creo que nuestra Universidad, ya muy herida, pueda construir su futuro con la estabilización general de este tipo de profesores.
Y dejo para otro momento la cuestión del género en el profesorado universitario, no sin apuntar que quien verdaderamente cree en la existencia de este problema y en la necesidad de su superación no puede conformarse con pomposas declaraciones de intención, sino que ha de acometer todas las medidas concretas dirigidas a solventarlo que estén, efectivamente, en su mano.