Los jueces tienen ideología. Por eso el CGPJ debe ser elegido por el Parlamento. ¿O quizá no?

El argumento de que, porque los jueces tienen de manera inevitable su ideología personal e intransferible, deben ser elegidos por el Parlamento, suele ser el más utilizado en los últimos tiempos para justificar el actual reparto partitocrático de los vocales del Consejo General del Poder Judicial, que, como ustedes saben, es el órgano llamado a cubrir los principales puestos de la magistratura nacional. (Otro es el del riesgo del corporativismo judicial, cuyo análisis dejaremos para otra ocasión, aunque adelanto que nunca he entendido muy bien por qué los jueces nombrados por políticos van a ser menos corporativistas).

Se nos dice que, como los jueces, a la hora de impartir justicia, trasladan inevitablemente a las sentencias sus sesgos ideológicos, resulta necesario que al hacerlo reflejen la pluralidad del país, idealmente en la misma proporción en que esta se ha manifestado en las últimas elecciones. De otra manera tendríamos una judicatura que reflejaría los sesgos mayoritarios de su clase (supuestamente conservadora o burguesa) sin correspondencia con la realidad democrática de la nación.

Para analizar este argumento debemos distinguir claramente dos cuestiones. La primera es el riesgo de control del Consejo por determinadas asociaciones de jueces, que es un problema meramente técnico, y la segunda, completamente distinta de la anterior, es que la cúpula judicial deba reflejar necesariamente la composición ideológica del Parlamento.

En cuanto a la primera cuestión, aunque las estadísticas disponibles no amparan en absoluto ese argumento de que la judicatura no refleja adecuadamente la variada composición sociológica e ideológica de España, es verdad que una mayoría de un signo podría imponer un control total del CGPJ, como ocurrió al comienzo de su historia con la Asociación Profesional de la Magistratura. No obstante, al margen de que hoy la judicatura es mucho más plural que entonces (también desde el punto de vista asociativo) este es un problema meramente técnico-electoral que se puede solucionar fácilmente evitando que el ganador o ganadores se lo lleven todo, a través de distintas técnicas bastante estudiadas.

Pero a mí ahora me interesa mucho más discutir la segunda cuestión: la conveniencia de que la cúpula judicial deba reflejar necesariamente la composición ideológica del Parlamento. A diferencia del tema anterior, no se trata aquí de evitar un riesgo de captura que desvirtúe la composición plural de la judicatura, sino de imponer un resultado que se coordine mejor con la mayoría parlamentaria. Mi convicción es que semejante propuesta puede tener algo de fundamento (poco) en relación a sistema judiciales completamente diferentes del nuestro –como el de EEUU- pero que carece de sentido en España, salvo que queramos transitar por una senda muy peligrosa.

Efectivamente, conviene tener presente que, en EEUU, cuestiones tan relevantes como el aborto o el matrimonio homosexual, no han sido decididas democráticamente por sus órganos legislativos, sino por el Tribunal Supremo (una institución blindada frente al control popular) por muy chocante que eso nos pueda parecer (y a mí desde luego me lo parece bastante). Su diseño constitucional concede a los tribunales, particularmente a su Tribunal Supremo, la facultad de adoptar decisiones que, al margen e incluso en contra de la voluntad popular, consagren, reconozcan o amplíen determinados derechos económicos o civiles, al amparo de una interpretación de la Constitución Federal entendida como un texto orgánico y vivo (“Living Constitution”).

Lógica consecuencia de ello, es el interés máximo por parte de republicanos y demócratas por conseguir una mayoría del Tribunal que permita avanzar su agenda política y entorpecer la del contrario, puesto que ese efecto no se puede conseguir por vía legislativa con la misma eficacia y contundencia. La elección de los jueces no es relevante para salvar los intereses partitocráticos de la clase política, que al electorado le resultan indiferentes, sino para resolver los temas de fondo, normalmente “culturales”, que más les preocupan. El papel ambicioso y extensivo que ha asumido el Tribunal Supremo en las últimas décadas (véase The Rise of Modern Judicial Review, de Christopher Wolfe) ha sido tan relevante, que ha llegado un punto que para muchos electores la elección de presidente de EEUU (que es el que propone al Senado los nombramientos judiciales) es una mera pasarela para la elección que verdaderamente importa, la de los jueces. De ahí que las cualidades personales de aquél (como las que caracterizan al actual presidente Trump) tengan una importancia subordinada en unas elecciones presidenciales para un sector significativo del electorado.

Afortunadamente, nuestro sistema político y judicial es completamente diferente. En el sistema continental se espera simplemente que los jueces sean la boca de la ley, nada más, porque es la mayoría democrática la que debe adoptar las decisiones fundamentales para el progreso de la sociedad, tal como lo entienda esa mayoría en cada momento. Es cierto que la aplicación del Derecho positivo puede ser compleja y que la interpretación es siempre necesaria, pero lo que resulta meridianamente claro es que el sistema pretende prohibir que, a la hora de interpretar una norma aprobada por una mayoría “progresista”, en su caso, un juez que se sienta conservador o esté situado en sus antípodas políticas, tenga la más mínima legitimación para desvirtuar su letra y espíritu. Y en la práctica, además, lo consigue con bastante éxito.

Creo que todos podemos estar de acuerdo en que este sistema debe mantenerse. Todos los intentos de conceder a los jueces en el continente una mayor libertad o arbitrio con la finalidad de facilitarles alcanzar una solución más “justa” han terminado como el rosario de la aurora. Resulta curioso que tanto la escuela de Derecho libre de Kantorowicz y Fuchs como la de los fines sociales de Josserand y Siebert terminasen siendo manipuladas por el nazismo para cumplir sus fines totalitarios. Cuando uno pretende pulsar “el sentimiento sano del pueblo” al margen de la ley, puede terminar con asombrosa rapidez en lugares ciertamente tenebrosos.

Ahora bien, aun sujetando estrictamente a los jueces a la ley, no cabe negar que esta es imprecisa, ambigua y muchas veces contradictoria (máxime con los legisladores que tenemos). Aun así, el arbitrio judicial no es libérrimo, sino que se limita a encontrar una solución razonable que encaje lo mejor posible dentro de los parámetros del Derecho vigente, solución que es necesario explicar y fundamentar. Con la importantísima particularidad, además, de que si la solución finalmente adoptada no convence al legislador, puede cambiarla en cualquier momento por la simple vía de cambiar la ley (cosa que el Congreso de EEUU no puede hacer con las decisiones de su Tribunal Supremo, por lo menos con las más conflictivas). Es más, si la interpretación es confusa, lo que debe hacer precisamente es cambiar la ley, lo que, por cierto, nuestro Parlamento hace con una liberalidad y presteza extraordinaria, como ejemplifica una vez más la actual pretensión del Gobierno de modificar el delito de sedición (no, Sra. Lastra, nuestro Código Penal no es de hace 200 años, se aprobó en 1995 y lleva más de ¡treinta reformas! desde entonces).

Por eso, en un sistema judicial como el nuestro, el extraordinario interés de los políticos por controlar la cúpula judicial, especialmente por controlar la sala segunda del Tribunal Supremo (la de lo penal), no se explica por razones “culturales” o ideológicas de ningún tipo, pues su incidencia en ellas es prácticamente inexistente, sino por la defensa numantina de sus intereses partitocráticos y personales. En combinación con la figura del aforamiento, esa designación, en un país tan corrupto como el nuestro, es una cuestión absolutamente vital para influir en la toma de decisiones que pueden colocar a determinadas personas y organizaciones en un brete político y/o personal muy delicado. No es de extrañar, por tanto, que las quejas contra la casta y contra el aforamiento suelan desaparecer tan pronto como el político de marras (por muy radical y disruptivo que parezca) tenga un problema personal en los tribunales.

Pero no seamos reduccionistas, el control del poder judicial tiene también otras ventajas políticas importantes. Tener capacidad de presión para forzar determinadas decisiones judiciales en asuntos políticamente sensibles evita muchos problemas de gestión política, aparte de que es una carta negociadora de primer orden en el juego político cortoplacista, que hoy pide A y mañana B. Lo que no sé es en qué incide en eso la “ideología” del juez de marras, aunque sí, desde luego, y mucho, la lealtad con el señorito que le ha nombrado. Pero, sobre todo, lo que no creo es que alguien en este país tenga el rostro de defender que eso es algo compatible con el Estado de Derecho y de mucha utilidad y conveniencia para generar confianza en las instituciones y fomentar el civismo en la ciudadanía.

En estos días, en vista de la falta de colaboración del PP para negociar los nuevos nombramientos de consejeros, se nos anuncia una reforma para que el Consejo, una vez vencido su mandato, pueda renovarse por acuerdo mayoritario del Parlamento en vez de los vigentes tres quintos, sin que hasta que eso suceda pueda realizar nuevos nombramientos de jueces. Con ello vamos a dar un nuevo paso (¡otro más!) en la deslegitimación del poder judicial. Ya no será necesario el acuerdo (aunque este se concretaba en la práctica en un reparto por cuotas claramente inconstitucional y no en el consenso como exigió el Tribunal Constitucional en su famosa sentencia que avaló la reforma del 85). Ahora pasaremos ya directamente al spoils system. Con cada mandato, la nueva mayoría parlamentaria procederá a sustituir los vocales por otros afectos a su causa, de tal manera que el ganador se lo llevará todo (algo que ya había intentado antes el PP con su reforma Gallardón).

Pero, por favor, al menos que no nos digan que eso garantiza la pluralidad ideológica en la judicatura, tan necesaria para que sus decisiones reflejen la verdadera voluntad popular. Tan idiotas no somos.