Renovar el Consejo

La próxima semana se cumplirán ya dos años largos de la finalización del mandato ordinario de cinco años del Consejo General del Poder Judicial, lo que quiere decir que lleva dos años en funciones.

El Ministro de Justicia ha comparecido esta última semana en varias ocasiones ante los medios de comunicación afirmando su deseo de que, en los primeros días de diciembre, se haga público el acuerdo entre el Gobierno y el Partido Popular para la renovación del citado Órgano Constitucional.

Más allá de que el acuerdo que se alcance (si es que no se ha alcanzado ya y de que lo único que falte sea determinar cuándo hacerlo público, en función de los intereses político/electorales de los artífices del mismo), lo será contraviniendo las recomendaciones del Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO), que no se ha cansado de decir que el modelo español vigente no es acorde con los principios orgánicos de una Justicia verdaderamente independiente y contraviniendo también el sentir prácticamente unánime de la Carrera Judicial, que reclama constantemente que sean los propios Jueces quienes elijan a los doce Vocales judiciales, parece que los muñidores del acuerdo tampoco se muestran muy respetuosos con las reglas procedimentales existentes al respecto.

Efectivamente, el procedimiento de renovación del Consejo General del Poder Judicial, podríamos decir, es un procedimiento parlamentario mixto. Por un lado, la Ley Orgánica del Poder Judicial regula la forma de elección de los candidatos jueces en activo a ocupar las doce plazas judiciales, mientras que los Reglamentos del Congreso y del Senado, regulan la manera de designar a los candidatos a ocupar los puestos de juristas. El procedimiento termina con la elección de diez vocales por parte del Congreso y diez por parte del Senado, por mayoría de tres quintos en ambos casos, eligiendo entre ambas Cámaras a la totalidad de los veinte vocales

Una vez que los nuevos vocales hayan jurado o prometido su cargo ante el Rey, en la primera sesión constitutiva del nuevo Consejo, propondrán a los candidatos a Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial y, entre tres y siete días después, lo elegirán por mayoría de tres quintos del Pleno.

Todos los trámites que integran el procedimiento de elección de los vocales, tanto los judiciales como los juristas, fueron cumplimentados durante los meses de agosto, septiembre, octubre y mediados de noviembre de 2018, es decir, cuando tocaba, y si la renovación no llegó a buen fin, como es sobradamente conocido, fue porque, una vez más, las interferencias políticas y partidistas lo frustraron, abriendo el mayor período de un Consejo en funciones que se conoce, con el consiguiente deterioro y descrédito de la Institución.

Ahora, nuestro esforzado Ministro de Justicia pretende conservar todo lo que se hizo en el verano/otoño de 2018 y, como si tal cosa, proceder a la renovación antes de que acabe el año.

Parece que ya da igual que el procedimiento parlamentario haya caducado largamente (la Ley Orgánica del Poder Judicial habla de cuatro meses) y que, en el ínterin, haya habido dos Elecciones Generales, de tal modo que la actual composición de las Cámaras tiene poco que ver con la de 2018; tampoco importa que desde 2018 se hayan incorporado a la Carrera Judicial más de 120 Jueces nuevos, a los que no se va a dar la oportunidad de participar en el proceso, cuando es la propia Constitución la que exige la presencia en el Consejo de todas las categorías judiciales.

No parece merecer tampoco ninguna consideración adicional el hecho de que en el nuevo Consejo General del Poder Judicial todos los vocales y no sólo los integrantes de la Comisión Permanente, tendrán dedicación exclusiva, circunstancia capital que hubiera podido motivar a muchos jueces y magistrados en activo a presentar sus candidaturas (o a retirarlas) de haber sabido, en el verano de 2018, que algo tan sustancial iba a cambiar unos pocos meses después.

Parece que en la mente del Ministro, como diría Luis Aragonés, subyace la idea de que “este partido hay que ganarlo por lo civil o por lo criminal”; es decir, hay que renovar el Consejo como sea, aunque sea contra las recomendaciones del GRECO, aunque sea contra el sentir prácticamente unánime de la Carrera Judicial, aunque sea saltándose los plazos más elementales del procedimiento de renovación, aunque sea apartando a más de 120 jueces del procedimiento de elección y si, aún así, el Partido Popular no se aviene al pacto, se cambia la Ley Orgánica y se rebaja el quórum para la elección de los vocales judiciales y asunto terminado.

Es difícil hacer las cosas peor. Lo que se ve con total y absoluta nitidez es que siguen siendo los intereses políticos y partidistas los que dominan y controlan la ya de por sí depauperada Institución gubernamental de los Jueces españoles.

Frente a este estado de cosas, creemos que lo más sensato y democrático es que el procedimiento empiece de nuevo. Si hemos esperado 24 meses, podemos esperar otros cuatro con el objetivo irrenunciable de que las cosas se hagan bien.

Lo deseable sería que se cambiara la Ley Orgánica del Poder Judicial y que los doce vocales judiciales fueran elegidos por los Jueces, Magistrados y Magistrados del Tribunal Supremo en activo. Pero, si se decide seguir con el procedimiento de designación parlamentario actual, al menos, que se dé la oportunidad a toda la Carrera Judicial de participar, dado que han cambiado sustancialmente las circunstancias y, una vez aprobadas y proclamadas las distintas candidaturas, que la elección de los nuevos vocales se haga a través de un procedimiento parlamentario transparente y democrático, donde todos los candidatos, jueces y juristas, puedan tener la ocasión de exponer sus proyectos y donde todos los Diputados y Senadores tengan la oportunidad de formarse un criterio claro de los méritos y capacidades de cada uno de los candidatos y puedan elegir con conocimiento de causa a los integrantes del gobierno de los Jueces.

Es lo menos que se puede pedir. De lo contrario, seguiremos con la farsa de siempre.