“Abogados” contra la libertad de expresión

Quiero llamar la atención sobre una reciente noticia que no debería pasar desapercibida: la persecución emprendida por una asociación de abogados “de izquierdas” contra Consuelo Madrigal Martínez-Pereda, quien fuera Fiscal General del Estado y ahora Fiscal de Sala adscrita a la Sección Penal de la Fiscalía del Tribunal Supremo, por expresar su opinión en un artículo titulado “La sociedad cautiva”, publicado en El Mundo el 4 de mayo de 2020, ha sido archivada.

Como nota biográfica conviene señalar que Consuelo Madrigal, aparte de ser una insigne y reconocida jurista, fue la primera mujer Fiscal General del Estado, eso que tanto le gusta resaltar a la izquierda… siempre que la designada sea de izquierdas.

La entidad denunciante se había puesto a la altura del Gobierno socialista de Rumanía, quien inició una persecución política contra Laura Kövesi (Fiscal Jefe anticorrupción del país) por el mismo motivo: expresar libremente su opinión. La Comisión Europea tuvo que emitir una advertencia al Gobierno rumano y tras el cese en su país, Kövesi fue nombrada, en septiembre de 2019, fiscal general de la Unión Europea.

En el tiempo del cese de Kövesi (2018), el Gobierno socialista rumano estaba enfrascado en cambiar la legislación judicial y sustituir a los fiscales jefe, lo que originó protestas callejeras y el toque de atención de la Comisión Europea. Puede que esto le produzca cierta analogía al lector con lo que acontece en nuestro país.

El sonrojante asunto Kövesi llegó al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, quien consideró que se habían vulnerado sus derechos a un juicio justo y a la libertar de expresión. Su cese se produjo después de haberse pronunciado públicamente, en calidad de fiscal jefe anticorrupción, sobre varias reformas legislativas que afectaban al sistema judicial.

Me permito transcribir un pasaje del artículo de Madrigal, ese texto que enfureció a los denunciantes:

“En primer lugar, padecemos el tardío abordaje de una crisis sanitaria -que no de orden público- mediante la privación de libertad bajo una coerción policial, innecesaria sobre una ciudadanía mayoritariamente responsable; padecemos la exasperación de esas medidas en contra de la propia ley de estado de alarma que, como regla general, impone la libertad y sólo como excepción temporal, su restricción y cuyo artículo 1.2 somete toda intervención a los principios de proporcionalidad y necesidad, que no han sido aplicados a los ciudadanos sanos. Nos preguntamos por qué se carga el peso de los sacrificios sobre los profesionales y los ciudadanos, sin dotarles de los mecanismos de diagnóstico y protección que hubieran minimizado la carga y aliviado el sacrificio. La pregunta es tan pertinente como el debate sobre las confusas y contradictorias respuestas que hasta ahora se han recibido”.

En mi opinión, la denuncia se debería haber archivado de plano, pero se ha tardado casi nueve meses en decretar el archivo, “por carecer los hechos denunciados de entidad disciplinaria”.

El archivo se sustenta en que la autora, en su artículo, vertió opiniones jurídicas y no jurídicas, pero que no dirigió sus reproches directamente al Gobierno. La ausencia de destinatario concreto de las críticas contenidas en el artículo y el hecho de que el texto fuera escrito en su calidad de ciudadana, y no de fiscal, llevan al archivo de la denuncia. En mi opinión, es muy discutible la invocación a la “ausencia de destinatario”. Aunque lo tuviera, el archivo era debido.

Para terminar, conviene recordar también que Consuelo Madrigal formó parte del equipo de cuatro fiscales en el asunto del ‘procés’.