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El poder del diálogo

5 de marzo de 2021/en Blog /por Hay Derecho

Hace unos días, el Congreso de los Diputados aprobó por una mayoría de 187 diputados una moción presentada por ERC en la que se instaba al Gobierno español a reunirse, de manera inmediata, en la mesa de diálogo y negociación bilateral con el Govern de Catalunya salido de las elecciones del 14 de febrero con el fin de avanzar en la resolución del conflicto político entre Catalunya y el Estado español. La moción no tiene desperdicio, ni por lo que propone ni por los fundamentos en los que se basa esa propuesta, recogidos en su exposición de motivos. Comenzaré por ella pues, al fin y al cabo, lo que se recoge en la misma es la trama de lo que se ofrece al Gobierno.

La exposición comienza recogiendo la propuesta de ERC en relación con la resolución del conflicto del Estado con Catalunya. Su oferta es clara: amnistía y ejercicio del derecho de autodeterminación; tan diáfana como inconstitucional. Nuestra Constitución recoge en el art. 62, relativo a las funciones del Rey, que a este corresponde “ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales”, con lo que parece evidente que tampoco podrá hacerlo con una amnistía. La razón es sencilla: si se prohíbe lo menos, el indulto general, no cabe que se permitiera lo más, la amnistía.

Asimismo, en la Constitución se dice en el art. 1.2 que “la soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado”, de donde cabría deducir que nuestra Constitución solo contempla la existencia de un soberano, el pueblo español, que es el único del que puede predicarse autodeterminación, incluso para su suicidio. Indudablemente, otro asunto sería que se propusiera una reforma constitucional para que se cambiasen los preceptos citados. Esto habría que hacerlo mediante el procedimiento de reforma agravado.

ERC reconoce que ambas propuestas, la amnistía y el derecho de autodeterminación, no deben serlo en una moción de un grupo parlamentario, sino que habrían de presentarse bien por el Parlament, bien mediante un acuerdo entre ambos Gobiernos, el de Catalunya y el de España, lo que tendría que alcanzarse en la mesa de diálogo y negociación, que es lo que en esencia se recoge en la misma moción.

Por último, se afirma en la exposición de motivos que desconocen las propuestas políticas del Gobierno español, así como la de los grandes partidos políticos estatales. Tal afirmación me parece incorrecta, pues en líneas generales esas propuestas se conocen, tanto de los grandes como de los pequeños partidos. Solo me referiré a las de quienes componen el Gobierno, pues es con el poder ejecutivo con quienes plantean que ha de resolverse el conflicto político.

El enfoque de Podemos es cristalino: siempre defendió el derecho de autodeterminación, así como la necesidad de la reactivación de esa mesa de diálogo, hasta el extremo de que su líder afirmó hace unos días que “todas las partes tendrán que ceder para alcanzar un acuerdo” (El País, 9-II-21). Esto último podría implicar que el Gobierno dispondría de la soberanía nacional si cediese lo más mínimo en relación con las propuestas de ERC y, lo que resulta más extraño, del mismo Gobierno. Más desconocida es la posición de la otra fuerza que compone el Gobierno de coalición, por lo que trataré de obtenerla del hecho de que su grupo parlamentario haya votado a favor de la aprobación de esta moción.

¿Qué supone que los socialistas hayan respaldado esta moción? Para entenderlo tenemos que reflexionar sobre el fondo del asunto. Una mesa de diálogo y negociación es una mesa que se cierne sobre la palabra, por lo que habríamos de preguntarnos en primer lugar qué quiere decirse con diálogo y, por consiguiente, qué quiere hacerse con la palabra, qué uso de la palabra es el que debemos adoptar o si cabe cualquier uso. Parece evidente que solo se justificaría un uso de la palabra y, por tanto, del diálogo, cuando ese uso sea conforme a la justicia, pues estaría injustificado abusar del poder del diálogo para cometer injusticia. En definitiva, el diálogo está justificado si es legítimo, en caso contrario, no lo estaría. Y, ¿cuándo es legítimo? En un Estado democrático de derecho, esto sucede cuando se respeta el espacio en el que es posible la libertad, esto es, el derecho.

Volvamos entonces a la moción y a su exposición de motivos. Las propuestas de ERC son transparentes; también las de una parte del Gobierno. Esas ideas, amnistía y derecho de autodeterminación, exceden por completo el marco constitucional, por lo que cabría calificarlas de injustas e ilegítimas. Si nos apartamos de la legalidad constitucional, perdemos el asidero que puede justificar nuestras prácticas. Al margen de tal marco, se encuentran intereses particulares y como tales, arbitrarios.

Asimismo, la reivindicación del diálogo para abordar tales propuestas no llevaría sino a ahondar en la injusticia, en tanto que lo que se quiere acordar y pactar, así como sobre lo que, en consecuencia, se ha de ceder, se refiere a cuestiones que pertenecen a la competencia exclusiva del pueblo español, de quien depende, en última instancia, la posibilidad de la reforma constitucional. Cualquier acuerdo a sus espaldas implica la violación de los derechos y libertades de sus ciudadanos.

Pero, ¿cuál es, entonces, la posición del grupo socialista y, por tanto, la de la otra cara del Gobierno? ¿Qué han apoyado, cuando han aprobado tal moción? Se ha dicho que “el Gobierno ha asegurado que el diálogo respetará siempre el marco de la Constitución” (J. L. Cebrián, El País, 8-II-21). En mi opinión, es claro que ni defienden la amnistía ni el derecho de autodeterminación, como la misma ERC pone de manifiesto.

Se han limitado a apoyar el diálogo, la palabra, pero en un marco que en sí mismo es contrario a los fundamentos que aseguran su legitimidad; y esto, principalmente, no solo porque encima de la mesa habrá propuestas que exceden el tablero constitucional (lo que en sí mismo no sería contraproducente si tales propuestas estuvieran enmarcadas dentro de los procedimientos de reforma constitucional), sino porque el mismo marco conceptual que define el diálogo descarta esa posibilidad de reforma constitucional, al mismo tiempo que pone en solfa el principio fundamental de la Constitución: el principio de soberanía popular.

El problema cardinal para los socialistas radica en que han admitido un diálogo bilateral entre Gobiernos que implica el reconocimiento de facto de la igualdad entre ambos, cuando eso no es posible de acuerdo con la Constitución. Podría serlo en una confederación, pero aún no la tenemos. De acuerdo con nuestra norma básica, los poderes, entre ellos el poder del Gobierno, emanan del pueblo español, esto es, del soberano. Esto quiere decir que el Gobierno representa un poder soberano, ejerce una soberanía delegada, no originaria, por lo que no puede disponer de ella. Pero el Govern no ejerce ninguna soberanía delegada, pues la Constitución reconoce únicamente el derecho de autonomía a las nacionalidades y regiones. Es decir, la Constitución reconoce autonomía, pero no soberanía. La autonomía no es soberanía.

Si esto es así, no se entiende que se haya aprobado una mesa para el diálogo bilateral entre dos Gobiernos que nunca pueden encontrarse en el mismo plano, que es lo que les aseguraría esa posibilidad de bilateralidad. De ahí que la conclusión que podemos obtener, parezca evidente: los socialistas han aprobado hacer un uso indebido del diálogo y la culpa habrá de recaer en quienes aprobaron utilizar la palabra como no deben.

Etiquetas: Amnistía, Cataluña, Diálogo, separatismo
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