La moratoria concursal: el niño con cola de cerdo

Este Gobierno, prolijo en lanzar Reales Decretos Legislativos, parece imitar más “al realismo mágico “de García Márquez que intentar corregir, racionalizar y adaptar las normas a la realidad económica del país.

Uno de los pasajes de su última obra es la moratoria concursal. Probablemente exista una justificación que escapa a mi razón, pero tras un esfuerzo por entender las pretensiones de ampliación del plazo para solicitar el concurso de acreedores, no veo en él más que un mensaje perverso que distorsiona la realidad, ya que, con su anuncio, el receptor, puede sentir una protección ilusoria de aquel que promete sin dar. Y es que retrasar una situación irremediable no te transporta sino al mismo momento inicial pero esta vez con el coste de la mora.  Pero pareciera que en materia concursal se legisla por fascículos; para unos pocos, y muchas de las veces haciendo uso de otro género literario: el de la improvisación teatral ­.

Previo a la crisis sanitaria, pequeñas y medianas empresas ya orillaban el rio Aqueronte. Zombis sin horizonte, mantenían su aliento con el impago.  La COVID no ha hecho más que apuntillar una muerte anunciada. Y con ello no estoy diciendo que la crisis sanitaria no haya azotado a miles de empresas que sí eran rentables antes de que entrara el maldito bicho en nuestras vidas, pero desde luego hay otras muchas que no lo eran y me atrevería a decir que no lo fueron nunca. Es un mal endémico y generalizado que deberíamos abordar con profundidad, creatividad y con los resortes necesarios, siendo el momento idóneo el actual, con una Directiva Europea en materia de reestructuración e insolvencias pendiente de transposición. Momentos en los que debemos reflexionar sobre cómo profesionalizar al empresario, y enseñarle a “fracasar con éxito”, porque tarde o temprano lo hará, y hay que estar preparado para ello y superar el estigma de la insolvencia.

Pero centrémonos en el porqué no es buena idea una nueva moratoria. En el preámbulo de la Ley, donde el legislador justifica la necesidad de regulación, dice: “La moratoria concursal proporcionará el marco adecuado para abordar el proceso de análisis y refuerzo de los balances y de restructuración financiera, en el curso de 2021, en paralelo con la modernización del marco concursal con ocasión de la transposición de la correspondiente Directiva. De esta manera, el conjunto de medidas contempladas en el Real Decreto-ley permitirá apoyar a las empresas con problemas de solvencia desde las situaciones más leves hasta las más severas, siempre con el objetivo de apoyar el mantenimiento de la actividad y el empleo”.  Leo y releo y no entiendo nada. ¿Marco para abordar el proceso de análisis y refuerzo de los balances y de reestructuración financiera? No señores, el marco es el de la insolvencia no el de la oportunidad para mejorar. Las empresas, las rentables, necesitan inyección de dinero en sus tesorerías (dinero, no limosna), y el tiempo no mejora balances, a no ser, claro está, que se maquillen, una práctica, por desgracia habitual, en aras de aparentar la solvencia necesaria y poder renovar sus créditos bancarios, eso sí, arrastrando al socio a su insolvencia personal, aval mediante. Y es que, para las empresas zombis, más tiempo no supone un globo de oxígeno, como pudiera parecer, sino un mayor agravamiento de su insolvencia. Y esa es la principal razón por la que hablo de perversión al inicio del texto, y es que con la renovación de la moratoria lo que se consigue es: i) la paralización del concurso necesario (que cualquier acreedor legitimado que pueda probar la insolvencia del deudor pueda instar la declaración de concurso) y ii) retrasar el deber de solicitar el concurso por el deudor insolvente. Pero lo que el legislador no ha previsto es que, durante todo ese periodo, la mayoría de las empresas, que ya son insolventes desde incluso antes de la primera moratoria, agraven su insolvencia; agravamiento que se someterá al examen minucioso de la Administración Concursal en la pieza de calificación en un eventual concurso y que pudiera generar la responsabilidad concursal con condena, al órgano de administración, de la cobertura del déficit concursal.

Otra de las consecuencias negativas de la moratoria es la previsible acumulación de concursos en los juzgados a partir del año 2022. El 2021 es un año en el que se deberían liquidar todas las empresas zombis dejando el 2022 para procesos de reestructuración de empresas económicamente viables.

Desde luego no hay soluciones sencillas a problemas complejos, pero me da la sensación, si seguimos improvisando, de que haremos nuestro el miedo de Úrsula Iguaran de engendrar un niño con cola de cerdo.