El Tribunal Constitucional no tiene quien le defienda o la resurrección de Carl Schmitt
Y siguen y siguen. La feroz crítica al Tribunal Constitucional (TC) por la declaración de inconstitucionalidad en la regulación del primer estado de alarma, en línea directa con lo que buena parte de los políticos gubernamentales vienen haciendo con el resto de las jurisdicciones (Tribunal Supremo, Tribunal de Cuentas), también con el emasculado Poder Judicial, obliga a decir, desde la defensa de la Constitución, que ya está bien. Y es importante, porque quedan dos sentencias todavía sobre la cuestión de la pandemia y la presión sobre el TC (que reconocidamente ha existido según confiesan las Magistradas Roca y Balaguer, al indicar esta última que hablaba con la vicepresidenta Calvo) puede acabar impidiendo que el TC se vea libre de influencias. Y esa independencia es esencial en un Estado de Derecho, que es la base misma de la Democracia.
Me adelanto a indicar que el TC es mejorable, tanto en su elección, renovación, celeridad, en fin, en tantas y tantos, cosas y temas, que exigirían todo un debate, pero como en todos los tribunales, nacionales, extranjeros, internacionales, europeos. Pero nunca para abatirlos, sino mejorar su servicio al Derecho. Algo que aquí no ha sucedido. Podrá debatirse y discutirse, como siempre se ha hecho y se seguirá haciendo, pero no lanzarse como en guerra con la institución. Inter arma silent leges.
Todo comenzó, como otras veces sucedió con el TC, con la filtración interesada del proyecto de sentencia, algo que sería perfectamente localizable si se propusiera en serio por quien debe parar esta grosera conspiración contra una sentencia. Obviamente, se hizo para provocar la salida en tromba de voces, entonces académicas, y casi todas en la misma dirección, alarmadas ante la posible afirmación de la crítica constitucional a la acción del Gobierno que se sintieron en el compromiso de guarecerlo. Afortunadamente, la mayor parte de ellas, fueron racionales, aportando distintos criterios que presionaban al TC desde la lógica profesoral. Supongo que habrán tenido algún efecto sobre el discurso de algún voto.
Pero anunciada la Sentencia de forma sorpresiva y también sorprendente, dado el encarnizamiento del ataque, políticos de distinto pelaje, algunos con ropones, han dejado en estado lastimoso al intérprete supremo de la Constitución. Así, la ministra de Defensa, y Jueza, Robles, de inmediato, apelaba al “sentido de Estado”, como si hubiera que volver a Maquiavelo, olvidarse de Montesquieu, también ella, y en rampante populismo, evitando todo contrapeso al poder Ejecutivo, eliminar el carácter normativo de la Constitución, que deja así de ser norma jurídica para retomar el viejo camino decimonónico, peor aún, de mediados del siglo XX. Habría que recordarle que primero debió leer la Sentencia, y luego olvidarse de que esa historia de absolutismo del Ejecutivo ya estuvo escrita –y afortunadamente borrada hoy- con la abusiva interpretación del artículo 48 de la benemérita Constitución de Weimar y la ley de habilitación de 1933. Sin darse cuenta, quizás por ignorancia, está situándose como pronto en 1975. También inaugura Robles la descalificación del TC “por elucubraciones doctrinales”; será porque elucubrar es propio de quienes, con justeza, se dedican a reflexionar, también en Derecho.
La ministra de Justicia, Pilar Llop, jueza también, tuvo la misma ocurrencia, compareciendo sin preguntas, para criticar que la sentencia del TC hiciera un examen doctrinal. Desconoce, al parecer, que, con toda exactitud, resueltamente, eso es lo que continuamente ha venido haciendo el TC desde su creación, construyendo con doctrina en su jurisprudencia, sentencia a sentencia, lo que hoy constituye la Constitución vivida. Pero el ataque deja en la opinión publicada y por tanto en la opinión pública, el sentido de que el TC se dedica a jueguitos intelectuales mientras la pandemia crece y las vidas se apagan. Algo que está con toda exactitud en las antípodas del TC.
Y así siguen: La ministra de Política Territorial y portavoz, Isabel Rodríguez, indica que los Jueces tienen que “ponerse en situación”, en definitiva, dice, menos conceptos jurídicos y más conexión con el Gobierno, insistiendo en que así se salvan vidas, como si el TC, fuera el amortajador, cuando se ha limitado a exigir que utilicen otra categoría de poderes, los que están enmarcados en el estado de excepción. Lo cual supone que el Parlamento- no el Gobierno- define la extensión, contenido y límites de los poderes gubernamentales, precisamente para combatir la pandemia. Poderes, que son los que se han utilizado bajo el signo del estado de alarma, ni más ni menos. Y desde luego, recordémoslo ahora, también con plena sujeción al principio de proporcionalidad. Porque habría que recordar a estas jefas políticas que la Constitución nunca se suspende ni se abroga, por lo que la proporcionalidad se aplicará inclusive en los estados de excepción y de sitio.
Algo que parece no han entendido siquiera los políticos togados a que ahora me refiero. En efecto, Ollero, político conservador que durante años estuvo en Las Cortes – algo a meditar dada nuestra cultura política – se empeña, extrañamente, en hacer comentarios públicos, en radio y periódicos, sobre la Sentencia aun cuando no era de conocimiento público. No se puede ser Fiscal, Juez y Verdugo al mismo tiempo. Y, por si fuera poco, piensa Ollero que en el estado de excepción no caben límites. ¡Tantos años en Política!
Grave, el texto de su Voto Particular es la del Fiscal y gubernamental, Conde–Pumpido. Se indica que “no resuelve, sino que crea un grave problema político”, que es una sentencia realizada en homenaje a una “mera parlamentarización de su declaración inicial”, “un atajo argumental para lograr una declaración de inconstitucionalidad” (repetido el tal atajo, cuatro veces) y luego acusa a la mayoría de hacer una construcción “doctrinal” y él mismo acaba su Voto…formulando su “construcción doctrinal”. ¡Menos mal que suprimió en el último momento descalificaciones a sus colegas del TC gracias al debate que provocó la filtración de su Voto!
Más allá de las soflamas, preocupa que se descalifique como “mera parlamentarización” a la imprescindible autorización y control parlamentario. Para este Magistrado, la razón es que considera “pérdida de garantías” completa, la declaración del estado de excepción, donde se sustituiría la garantía del derecho fundamental por el mero constructo de la Ley ordinaria que lo autoriza, como si en el estado de excepción no hubiera que aplicar garantías y desde luego, proporcionalidad.
En el Estado de excepción y en cualquier otro, la dignidad de la persona seguirá siendo el fulcro último en que descanse todo el edificio constitucional, las garantías serán las apropiadas, el Parlamento fijará concretamente el ámbito de las limitaciones y garantías; no es obligatorio tampoco suspender totalmente los derechos en el estado de excepción: léanse la ley. Y desde luego la “parlamentarización” supondrá adoptar medidas concretas por el Parlamento, con sus contrapesos dentro de la suspensión eventual, como en relación con la libertad de circulación proclama cabalmente el artículo 20 de la Ley 4/1981: no se sustituye tampoco en la excepción la Constitución por la mera legalidad ordinaria; la Constitución sigue siempre, absolutamente siempre, operando. Y eso que la citada Ley es el apresurado fruto de la reacción frente al asalto al Congreso del 23F.
En su “Teología Política”, Carl Schmitt, bien conocido por su despótico autoritarismo, recuerda que el soberano es quien decide en el estado de crisis completa (en su caso lo refería a lo que se traduce genéricamente como excepción, aunque se refiere a toda situación de alteración como demostró la práctica en Weimar). Su odio al parlamentarismo, tenaz, atroz, llevaba directamente a la dictadura constitucional. Algo que tuvo ocasión de ver. Con esta decisión, el poder supremo del Ejecutivo fijaba quién era el enemigo.
Abatir, o eclipsar al menos, a los Tribunales y Jurisdicciones, en suma, a terceros no obedientes, es hoy, para el Estado de partidos, la última tarea con la que colonizar por entero la postrera institución que permanece más o menos fuera de la devotio ibérica con la que los nuevos jefes imponen su culto a los fieles de su tribu. Y éstos, como los soldurios, forman cohortes juramentadas al nuevo dios de la Política, el Partido, que, lograda ya la fusión del Ejecutivo y Legislativo, mediante la réplica en este último de las potestades de aquél, que es quien manda y decide, tienen como objetivo claro la absorción final del bastión de resistencia que jueces e instituciones representan. No habrá resquicio para ningún intento de independencia y libertad ciudadana. Todos felizmente sometidos. Un pequeño grupo, en último extremo un jefe, dispone del poder entero, entre el aplauso desmedido de sus arrobados seguidores, beneficiados, claro con sinecuras, ventajas y prebendas.
Para lograrlo, hay que acabar, todos a una, con ese hueco de independencia. Y a ello se dedican. Voceando si es necesario, a coro unánime, como vemos ha sucedido aquí. De ahí que luchar por el Derecho sea hoy, cabalmente, luchar por la independencia de todos los Tribunales, de todas las Jurisdicciones, de todas las Instituciones. Y aquí, la mayoría del TC, a quien hay que animar a que se mantenga incólume en su independencia e imparcialidad, aquí, digo, ha logrado preservar lo esencial: que la Constitución sigue siempre viva. La minoría, cuando respetuosa, también lo ha sido. Con alguna fuerza hay que exclamar, ¡Larga vida al Tribunal Constitucional!
PD.: No me ocuparé del resto de lindezas que socios y aliados del Gobierno han soltado. Aún ignorantes de Schmitt, cumplen su sueño, es decir, su horrorosa pesadilla.
Doctor en Derecho por Bolonia. Catedrático de Derecho Administrativo. Ha sido Vocal del Tribunal de Defensa de la Competencia, ha asesorado a varios gobiernos de países de Iberoamérica y ha trabajado en distintos organismos y despachos. Además es de reseñar su amplísima experiencia docente: Ha impartido cursos, seminarios y charlas en multitud de instituciones como las universidades de Harvard, Fordhan, Bolonia, Florencia, Buenos Aires y Rosario (Colombia) y Rio de Janeiro. Es también asesor del Gobierno portugués en evaluación de Universidades Públicas.
Es autor de más de 20 libros y asiduo colaborador de publicaciones universitarias y revistas en las que ha publicado una gran variedad de tesis y artículos.
Una vuelta a lectura a los clásicos nos vendrían bien. Conocidos son los consejos de Plutarco a los gobernantes para gobernar bien, de actualidad pese a los siglos transcurridos, y su escrito sobre los gobernantes garrulos (y gárrulos): “Ad principem indoctum”.
La ignorancia puede tener alguna explicación, que no escusa, pero lo que no admite ni una mirada condescendiente es el exquisito y despiadado cinismo en el arte de gobernar, tan bien descrito en el breviario de los políticos del Cardenal Mazarino, junto con la adulación “ad populum” de Quinto Tulio Cicerón en su manual de campaña electoral, redactado para su hermano Marco Tulio Cicerón, que bien puede servir para cotejarlo con la perenne campaña electoral que sufren las instituciones, en una también perenne operación de desgaste, que hace gala de la falta del valor de la tolerancia y del abuso de las palabras (Locke)
Lamento con el prof. Soriano el que haya que recordar el valor normativo de la Constitución, como norma jurídica, como expuso en su día el maestro Gª de Enterría. El respeto de las instituciones ha de exigirse en primer lugar a quienes ocupan las más altas magistraturas del Estado y la sociedad, ya que sin instituciones todo se desplomará sin remedio.
Y para quien quiera saber cuáles son los fundamentos del orden constitucional y qué resultados tuvo el socavamiento, la labor de zapa y desgaste de las instituciones, le recomiendo la lectura de esta pieza magistral de F. Sosa Wagner: “Maestros alemanes del Derecho Público”.
Desdibujadas desde hace mucho tiempo las líneas de separación entre el poder ejecutivo y legislativo, resta defender todo lo que implica la exclamación de “todavía hay jueces en Berlín”.
Certero diagnóstico de la gravísima crisis institucional que sufre nuestro país, donde resulta urgente regresar a los principios, como propone el autor. La presencia ideológica/partidista en las instituciones debe tener un límite, y ese límite es la independencia judicial y, en este caso, constitucional.
La arquitectura institucional se concibió y diseñó como una proyección del contrato social, pero en clave organizativa del poder. Las críticas por parte del Gobierno a decisiones judiciales y constitucionales es una muestra de la pentetración ideológica en los otros poderes del Estado.
Por ello es bienvenido y saludale que la crítica doctrinal, en este caso de José Eugenio Soriano, llame la atención de que el “sein” se está alejando del “sollen”. La esperanza es que este deseo se convierta en realidad.
Increíble que aún tengamos que recordar las reglas básicas de la división de poderes. El profesor Soriano hace bien en apuntarlo.
Enhorabuena, José Eugenio. Mi sensación de completa amargura, creciente conforme avanzaba en la lectura de tu lúcido post, tocaba fondo ya con la apelación a Schmitt. Con todo, tu último párrafo permite percibir un soplo de aire respirable. Y prefiero yo también prescindir de lo que la postdata comporta…
Las presiones son, en efecto, insoportables.
Impecable artículo que suscribo totalmente. La ficción actual del equilibrio y control de los poderes “emanados de la soberanía nacional” va haciéndose más ostensible cada día (como ya hemos comentado reiteradamente).
El TC no tiene la culpa de tener que “interpretar” o “arrojar luz” (como pedían en un artículo anterior otros autores) en un texto lleno de deficiencias y contradicciones en su redacción que, para mayor gravedad, remite gran parte del articulado a “lo que digan las leyes” (es decir, el ejecutivo de cada momento). Una norma-marco que no puede ni debe ser modificada por normas posteriores (por mucho que se diga lo contrario) o actuaciones gubernamentales de carácter partidario, necesita una revisión y reforma adecuada a su espíritu: la convivencia pacífica de una sociedad desde reglas que ella misma establece.
Llegamos entonces a la representación política de esa soberanía que pasa a través de los partidos y sus listas cerradas, con la inconstitucional por injusta y discriminatoria “ley D’Hont” que discrimina el valor del voto de cada elector (no existe verdadera y legítima representación) premiando a unos y castigando a otros. La representación es “partidaria”y sujeta al prohibido constitucionalmente “mandato imperativo” de los líderes que, de facto, se convierten en autócratas políticos (hemos visto lo que pasa con la disidencia interna).
Mientras tanto, lo más importante es que ese TC que se supone garantía para todos, no se ponga al teléfono partidario, elimine su contaminación de “cuotas”, recupere su dignidad funcional y no pretenda nunca el servilismo al gobierno que se pretende (cualquiera que sea).
Un saludo.
Muy acertado y como siempre valiente mi maestro es profesor Soriano. La división de poderes exige la separación pero también el respeto y la salvaguarda de las instituciones. Nadie mejor que un administrativista para decir alto y claro que el ejecutivo debe no extralimitarse a riesgo de vaciar el Estado de Derecho de todas sus garantías.
Gracias José Eugenio.
Encomiable defensa del Tribunal Constitucional desde las perspectiva de la plena vigencia de la Carta Magna. Cómo acertadamente afirma el Profesor José Eugenio, la dignidad de la persona humana seguirá siendo el fulcro último del edificio Constitucional en el estado de excepción o en cualquier otro.
Este preciso artículo del
Profesor Soriano pone el dedo en la llaga de algunas preocupantes derivas de nuestra época, con ecos de un pasado nada edificante.
Sin haber leído la sentencia, aún, ni sus votos, destacan en este artículo, entre otros extremos, la defensa de la vigencia de la Constitución incluso, o sobre todo, en los periodos de anomalía constitucional, que representan los estados de alarma, excepción y sitio.
La suspensión, salvo error, no comporta la pérdida de la titularidad del derecho, ni la eliminación de las garantías, ni la limitación de los poderes del Estado por el derecho. De otro modo, no habría suspensión, sino supresión, temporal, pero supresión o eliminación. Y eso no lo puede permitir de sí misma la Constitución, ni los depositarios del poder deberían pretenderlo.
Saludos.
Magnífica reflexión del Profesor Soriano quien, con el rigor jurídico a que nos tiene acostumbrados, nos enfrenta a la realidad de la tremenda crisis institucional que atravesamos en esta época convulsa que reclama respuestas ágiles y efectivas, pero siempre y en primer término, leales con nuestro sistema constitucional, que no puede admitir quiebra en la necesaria independencia judicial y siempre imprescindible separación de poderes. Gracias como siempre, Profesor.
Son muy importantes ,para la defensa de nuestro régimen democrático ,artículos como este del profesor Soriano , tan clarificador .
Todo este proceso de control de las instituciones y de la justicia derivan del camino que tomaron Sánchez y el sector informativo e intelectual que le apoyan y que denunciamos el 10 de junio de 2018 :
“Si Sánchez quiere mejorar la actual posición de España en el grupo de Democracia Plena ¿por qué va de la mano de los partidarios de Regímenes autoritarios? .Podemos, Izquierda Unida , E.R.C. y EH BILDU ( y más como la CUP….) han demostrado su admiración por el régimen político que impera en estos países .
.Si los necesita para gobernar ¿está seguro de que los reconducirá por la senda de la democracia plena o acabará dirigido por ellos?”
Sánchez tenía dos opciones: una la de que el partido que dirige sea la izquierda de una democracia plena en la que se conjuntaban el progreso económico y social y las libertades y otra la de convertir España en un régimen autoritario en la que los socialdemócratas son enemigos del sistema .
Sánchez escogió ir de la mano del grupo de los autoritarios .Basta ver el nivel de ruina, corrupción, apropiación de la justicia y de las instituciones y falta de libertad de los países donde está implantado el proyecto para hacernos la idea de adonde nos llevan.
Con él, España ha recuperado todos los defectos que con la transición creíamos superados y cuya corrección nos había permitido estar en el grupo de las democracias plenas y entre ellos y no el menos importante, la apropiación de los recursos públicos para asegurar su poder.
Lo que ha puesto de manifiesto este proceso de Sánchez hacia un régimen autoritario es que tenemos un influyente sector informativo con graves carencias de solvencia profesional y de falta de compromiso en la defensa de los intereses reales de la sociedad y en los fundamentos de una democracia plena y además, ha permitido identificar el número y la calidad del colectivo de demócratas en España .
Si llegamos a tener independencia judicial y el perfil de una democracia plena, se deberá principalmente a los jueces , fiscales y sus asociaciones y al sector político e intelectual que las han defendido ( como las aportaciones de Hay Derecho) y no al sector informativo e intelectual que ha estado defendiendo a Sánchez en su proceso de desmantelamiento del estado democrático y de la consolidación de un régimen autoritario.
Otro excelente artículo, de hoy, del Profesor Soriano:
Crónica de una sentencia imprescindible; por José Eugenio Soriano, catedrático Derecho Administrativo
https://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1214193
Un post que, involuntariamente, evidencia por qué hemos llegado a este nivel de degradación institucional. Los académicos que opinaron en contrario del borrador de la ponencia son, por supuesto, marionetas en manos del gobierno. En cambio, la opinión del profesor Soriano es absolutamente neutral, sin sesgo ideológico alguno. Los sectarios son siempre los otros. Por supuesto, la ponencia de sentencia la han filtrado los contrarios a la misma (¿hay alguna prueba de eso que se afirma tan alegremente?). Ni una palabra para criticar al PP por bloquear el nombramiento de los cargos caducados en el TC, como si era cuestión no fuera relevante.
Las críticas de las ministras a la sentencia son impresentables. Pero hay que ser un poco ecuánime a la hora de juzgar las conductas. ¿Por qué Conde-Pumpido es “gubernamental” y el ponente -hombre más conocido por sus manejos en la Universidad Rey Juan Carlos que por sus aportaciones doctrinales- no merece reproche alguno?
El artículo publicado en El Mundo es todavía peor. La ley del embudo elevada al cubo: muy formalista para escoger entre el estado de alarma y excepción, pero si hay que violentar el texto de la CE para decretar una imposible prórroga indefinida del estado de excepción, se hace y punto. Insisto: un post muy relevador, aunque de forma involuntaria.