Vehiculariedad del castellano en la escuela catalana y desobediencia

En abril de 2015, la Abogacía del Estado, en representación del Ministerio de Educación, recurría ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) la inactividad de la administración autonómica al no implementar las medidas necesarias para que en todos los centros educativos de Cataluña al menos una cuarta parte de la docencia se impartiera en castellano.

En otros dos artículos ya me había ocupado de cuáles son las exigencias constitucionales sobre la presencia del español en la educación
(aqui  y aquí). El resumen es que el castellano ha de ser utilizado como lengua de aprendizaje en todas las Comunidades Autónomas, aunque tengan otra lengua oficial. Si no se ofrece a las familias la posibilidad de optar entre la enseñanza en castellano o en la otra lengua oficial de la Comunidad Autónoma y existe, por tanto, un único modelo lingüístico para toda la Comunidad, en éste el español ha de ser, junto con la otra lengua oficial, idioma de aprendizaje (vehicular), sin recibir el trato de una lengua extranjera. Los tribunales establecieron que si la docencia en español era inferior al 25% su tratamiento era el de una lengua extranjera. A partir de aquí, el legislador podría establecer un porcentaje mayor de presencia del castellano; pero nunca reducirla por debajo de ese mínimo.

Ante el incumplimiento de la administración autonómica en Cataluña, varias familias habían recurrido a los tribunales exigiendo que en los grupos en que se escolarizaban sus hijos se cumpliera con esa exigencia de una presencia mínima de castellano como lengua de aprendizaje; pero, dado que los particulares solamente podían instar el reconocimiento de sus derechos, pero no de otros, ninguna de las sentencias que se habían dictado tenían un valor general.

El recurso planteado en 2015, y que es de la autoría intelectual de Severo Bueno, Abogado del Estado lamentablemente ya fallecido, y que no pudo llegar a ver la sentencia que resultaba del recurso que habían preparado; tenía una naturaleza diferente a los planteados por las familias. En éste, era el Ministerio de Educación el que solicitaba a los tribunales que declararan el incumplimiento en el que había incurrido el Departamento de Enseñanza de la Generalitat al no establecer un sistema educativo en el que el español tuviera la presencia mínima que permitía afirmar que no recibía el tratamiento de una lengua extranjera.

El 16 de diciembre de 2020 el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dictó sentencia en la que admitió el recurso planteado por la Abogacía del Estado en el punto que acabo de comentar. La Sentencia declaraba expresamente “la obligación de la Generalitat de Catalunya de adoptar las medidas que sean necesarias al efecto de garantizar que, en las enseñanzas incluidas en el sistema educativo de Cataluña, todos los alumnos reciban de manera efectiva e inmediata la enseñanza mediante la utilización vehicular normal de las dos lenguas oficiales en los porcentajes que se determinen, que no podrán ser inferiores al 25% en uno y otro caso”.

La Generalitat planteó recurso de casación contra la decisión del TSJC; pero el TS, según hemos sabido estos días, ha inadmitido dicho recurso. Como es sabido, en la actualidad la puerta que conduce a la casación en el orden contencioso-administrativo es estrecha, y no resulta fácil superar los requisitos que establece el artículo 88 de la Ley 29/1998 y en este caso el recurrente no pudo convencer al Alto Tribunal de que el caso presentara el interés casacional que habilita la tramitación propiamente dicha del recurso. El resultado de lo anterior es la firmeza de la sentencia dictada por el TSJC en diciembre de 2020 que deberá ser cumplida por la Generalitat en los términos en los que fue dictada (art. 103.2 de la Ley 29/1988). Es decir, la Generalitat estará obligada a adoptar de manera inmediata (porque así lo establece la parte dispositiva  de la Sentencia del TSJC de 16 de diciembre de 2020) las medidas necesarias para que todos los alumnos de los centros educativos catalanes reciban, al menos, un 25% de docencia en castellano.

En una situación no patológica, no habría excesiva discusión sobre este punto: la sentencia es firme, ha de ser cumplida y, además, ha de ser cumplida de inmediato. La Generalitat debería haber anunciado ya que, en su condición de administración pública obligada -como todos- a obedecer las decisiones de los tribunales, iniciaba los trámites para adoptar las medidas exigidas.

Lo que ha sucedido, sin embargo, es que la Generalitat ha anunciado justamente lo contrario. Tanto en rueda de prensa celebrada el día 23 de noviembre, como en un mail enviado a los directores de las escuelas e institutos catalanes el 24, el Consejero de Educación ha indicado que la sentencia es un ataque a la escuela catalana y ha indicado a los centros educativos que no modifiquen sus proyectos lingüísticos y sigan actuando como lo habían hecho hasta ahora.

Se trata, evidentemente, de, como digo, una situación patológica, puesto que principio esencial del Estado de Derecho es el acatamiento de todos, pero especialmente de los poderes públicos a las decisiones judiciales. La franca y abierta rebeldía institucional que ha declarado la Generalitat supone una quiebra relevante de los principios democráticos de consecuencias difícilmente mesurables, tanto en el orden interno como en el europeo, pues hemos de recordar que la Unión Europea está especialmente vigilante con el cumplimiento de los estándares democráticos y del Estado de Derecho, hasta el prever la suspensión de los fondos europeos cuando se produzcan vulneraciones del Estado de
Derecho en un estado miembro.

Desde la perspectiva interna, hemos de tener en cuenta que la Sentencia que ahora es firme, declaraba que el sistema educativo en Cataluña no se ajustaba a las exigencias constitucionales; esto es, declaraba que la Comunidad Autónoma vulneraba la Constitución. Esto es significativo, pues implica que la desobediencia de la Generalitat a la decisión judicial es también un incumplimiento de la Constitución, no solamente en lo
que se refiere a la obligación de los poderes públicos de acatar las decisiones judiciales, sino también por el mantenimiento de un sistema educativo que no responde a las exigencias sobre la oficialidad del castellano y al respeto a los derechos lingüísticos delos ciudadanos. El ordenamiento jurídico dispone de mecanismos para este supuesto de hecho (incumplimiento por una Comunidad Autónoma de las obligaciones constitucionales).

Más allá (o más acá) de lo anterior, es preciso ver cuáles son las vías ordinarias para conseguir la ejecución de una decisión judicial que no es cumplida por la administración condenada. La Ley 29/1998 prevé la posibilidad de la ejecución forzosa de dicha decisión, pudiendo instarla las partes en el proceso (en este caso, el Ministerio de Educación) o cualquier afectado por la Sentencia (artículo 104.2). Esto implica que si el Gobierno de España no insta dicha ejecución forzosa cualquier familia con hijos escolarizados en Cataluña o asociaciones que tengan por objeto la protección de los derechos lingüísticos de los ciudadanos podría instar dicha ejecución forzosa, una ejecución para la que sería competente el TSJC y que podría incluir el requerimiento a las autoridades del Departamento de Educación o a los responsables de los centros educativos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 108 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa que establece que el Tribunal pueda pedir la colaboración de las autoridades y agentes de la Administración condenada.

Pese a lo que se ha señalado, en este caso no habría que esperar para esta ejecución forzosa al transcurso de los dos meses que prevé el artículo 104.2 de la Ley 29/1998, ya que dicho precepto también indica que que la sentencia puede establecer otro plazo para el cumplimiento. Y ya hemos visto que en este caso la Sentencia indica que el cumplimiento ha de ser inmediato. Finalmente, en caso de que las autoridades obligadas al cumplimiento de la sentencia no la acaten, podría darse el supuesto del artículo 410 del Código Penal (delito de desobediencia). La duda es si la carta remitida por el Consejero de Educación a los directores de los centros educativos indicándoles que no han de modificar su actuación
como consecuencia de la sentencia no supone ya incurrir en ese tipo (“Las autoridades o funcionarios públicos que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales… incurrirán en la pena de multa de tres a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años”).

Si existe un requerimiento por parte de la autoridad judicial nos encontraríamos en el supuesto del artículo 412 del Código Penal. En definitiva, nos encontramos ante una decisión histórica -la del TSJC de diciembre de 2020- que ahora deviene firme y, a la vez, con una grave crisis institucional como consecuencia de la abierta negativa de la Generalitat a dar cumplimiento a dicha decisión

11 comentarios
  1. AGonzalo
    AGonzalo Dice:

    No hay mucho más que añadir a lo comentado en artículos recientes sobre el mismo tema. Recordemos que la sentencia dictada por el TSJC en diciembre de 2020 se basa en “la ley Wert” (ese ministro que quería españolizar a los niños catalanes), y que la ley vigente es la Celaá.

    También recordar que ni la Constitución ni el TC dicen nada del % de castellano en las escuelas, ni de que haya de ser enseñado más horas que… (una lengua extranjera o lo que se quiera poner). Por ello, difícilmente (en un Estado de Derecho) se puede mantener que la Comunidad Autónoma vulnera la Constitución en la enseñanza del castellano… Cuando no ha quedado acreditado que los alumnos catalanes no sepan castellano.

    Resumiendo: Algunos jueces del TS y TSJC son “creativos” y se inventan que saben más que los profesores a la hora de enseñar a sus alumnos. También se inventan un 25% porque sí. En un Estado de Derecho esos jueces “creativos” habrían sido apartados de su puesto (por aquello de la previsibilidad de la justicia).

    En España, en cambio, es de esperar que se quiera desposeer a ciertos políticos independentistas de sus cargos, en base a presuntas desobediencias (parecido a lo que ya se vió con el President Torra).

    • Lole
      Lole Dice:

      La sentencia del TSJC se apoya en la famosa sentencia del TC del 2010 según la cual las lenguas oficiales “han de ser no sólo objeto de enseñanza, sino también medio de comunicación en el conjunto del proceso educativo, es constitucionalmente obligado que las dos lenguas cooficiales sean reconocidas por los poderes públicos competentes como vehiculares”. ¿Preferiría usted que el porcentaje fuese del 50%?

    • O'farrill
      O'farrill Dice:

      Estimado amigo: claro que la Constitución dice que el “castellano” es la lengua oficial del Estado y ésto supone que es la común en todo el territorio nacional (Cataluña, Baleares, Valencia, Galicia, Asturias… lo son).
      Lo que es una estupidez es establecer porcentajes que no tienen ningún sentido.
      Un saludo.

  2. Daniel Iborra
    Daniel Iborra Dice:

    Estamos pagando , con creces, el error del desarrollo del estado autonómico , siendo el caso de Cataluña el ejemplo más dramático .
    “Los graves problemas . de nuestro régimen autonómico, se deben al desconocimiento y por lo tanto, a nuestra falta de preparación ante el enorme reto que nos planteaba el proceso de unificación europea…
    No hubo una segunda transición que cambiara la educación y la cultura política , reconvirtiera los programas de los partidos políticos, ajustara el marco legal y mejorara la competitividad de nuestro sector productivo, única manera que fuera viable nuestro ingreso en la U. E.
    El proceso de unificación obedecía no sólo a razones económicas sino también a políticas y sociales y entre ellas la de evitar la repetición de las grandes tragedias del siglo XX.
    La revolución afectaría, de manera directa y estructural, a los Estados, cuyas a atribuciones soberanas quedarán enormemente reducidas pasando a manos comunitarias.
    Mientras los grandes países europeos pasaban a convertirse en una especie de provincias de un nuevo Estado, para asegurar el futuro de sus pueblos, nuestro país continuó un proceso contradictorio con las obligaciones que había asumido como socio de un proceso de integración política y económica generando, en paralelo a la creación de nuevos órganos y funciones supranacionales con sus costes correspondientes ,una estructura territorial inadecuada e inviable económicamente y desarrollando una fragmentación legal contraria a los fundamentos económicos y al régimen constitucional comunitario.” ( ver https://www.hayderecho.com/2014/12/27/nuestro-regimen-autonomico-un-camino-errado/ )
    El régimen autonómico es ineficiente y ruinoso para los contribuyentes pero para algunos dirigentes (y beneficiarios) les va muy bien y por eso intentan venderlo como un camino a la felicidad, beneficiándose de la falta de responsabilidad en el fraude político. Y encima “su falso relato” lo pagamos nosotros.
    Nuestros grandes economistas nos lo han avisado repetidamente ejm Tamames “ hemos creado una compartimentación de mercado, de manera que hay 17 mercadillos, sistemas sanitarios…Nos hemos pasado de rosca con el Estado de las autonomías. No significa que haya de suprimirlo, sino respetar la idea original, no crear 17 estados dentro del estado español ( 27/7/2014) . Velarde, sobre las reformas necesarias: lo primero es eliminar las trabas administrativas para montar una empresa y unificar el mercado interior español. No es admisible que tengamos 17 legislaciones diferentes. Esta es la gran reforma pendiente de nuestra economía. . Luego un gran pacto educativo. Atajar el déficit enorme de las administraciones públicas, que lastra nuestro crecimiento ( 27/11/2017) .Y también , en sanidad , Miquel Porta , catedrático de epidemiología de la UAB.. “Nos cuesta vidas que haya 17 autonomías que son como 17 estados enfrentados y que, haya también 27 estados europeos también descoordinados”.

  3. Daniel Iborra
    Daniel Iborra Dice:

    El 4 de marzo pasado centenares de entidades catalanas se solidarizaron con el manifiesto ¡Basta ya! contra la degradación de Cataluña. “Reclamamos un Gobierno que defienda la economía productiva, el empleo y el Estado de bienestar; que sitúe la recuperación económica y la cohesión social como su objetivo principal; que mantenga el orden, es decir, que garantice el libre y pacífico ejercicio de los derechos y libertades para todo el mundo, y el normal funcionamiento de las instituciones; y que dé seguridad jurídica “.
    Es el retrato de un “gobierno fallido” ya que la Generalitat ha fracasado en aspectos fundamentales de los ciudadanos : economía, bienestar y cohesión social , derechos y libertades, seguridad jurídica ….
    Su gestión de la pandemia es otra muestra de la clase política más autoritaria, incompetente, inmadura, irresponsable y extractiva de la UE .
    Pero las entidades y ciudadanos tienen una gran responsabilidad porque “un pueblo que no ha sabido escoger, controlar ni corregir a sus dirigentes, no merece quejarse de los fracasos de su gestión”.
    ”Francesc Granell catedrático de Economía Aplicada de la Universidad de Barcelona, en La Vanguardia 08/04/2021 , en “ Bombardeo y desilusión “ :” Me gustaría que en Catalunya se recuperara la lucidez que nos hizo ser un ejemplo para el resto de España abandonando el hipnotismo independentista que ha padecido el ciudadano medio y que lo ha llevado a suspirar por una república catalana que nadie nos explica lo que sería realmente “.
    A ellos “no les interesa” rectificar , continúan empleando el dinero y el tiempo de su gestión en una aventura ruinosa para los catalanes. Pero “el ciudadano medio” comienza a reaccionar, en La Vanguardia del 25 de septiembre pasado se podía leer” que en marzo de 2018 Carles Puigdemont fue detenido en Alemania se congregaron 55.000 personas …ayer había 600 “, a pesar de haber sido convocada por ANC y apoyada por Omnium Cultural. En cuanto al sector empresarial está cuestionando duramente la gestión del Govern. Rechazando Foment, Pimec, Cambra, Cercle y el IEF sus propuestas de subidas de impuestos , entre otras ,como en relación a la ampliación del aeropuerto,
    Si los que se sientan en la mesa tienen cada vez menos ciudadanos que les apoyan, ¿ están legitimados para tomar decisiones tan importantes para su futuro , si cada vez tienen ( unos y otros ) “una menor representación”?

  4. Conxi
    Conxi Dice:

    Y la Abogacía del Estado cumple con el derecho fundamental de igualdad contemplado en nuestra Constitución cuando denuncia únicamente la inmersión lingüística en Cataluña? Puesto que en otras comunidades autónomas, como Baleares, también hay leyes de inmersión lingüística exactamente iguales que las de Cataluña. Es decir, que en Cataluña deben estudiar un 25% en castellano, aunque los alumnos catalanes ya tienen actualmente conocimientos de esta lengua superiores al de otras comunidades donde sólo tienen el castellano como lengua oficial, y por tanto vehicular. Pero en Baleares la misma ley es válida y la abogacía del Estado no considera necesario acudir a los tribunales. Eso no es politizar la justicia y, por tanto, atentar contra la división de los poderes del Estado?

  5. Daniel Iborra
    Daniel Iborra Dice:

    El discurso de los independentistas sobre la defensa de los derechos humanos es una farsa, solo les preocupa la de los “nuestros” .Lo podéis comprobar en los “métodos de reducción de competidores “en las elecciones y de cómo tratan ( y trataron) los derechos de la oposición y de los que no piensan como ellos , su control de los medios de información catalanes ( acordaos del editorial único) , de la educación y de la libertad de expresión de los demás ……De ahí que sus “ proyectos constitucionales” , como el la reforma judicial hacia una mayor ampliación de su dependencia , no tengan nada que ver con el de las democracias plenas. El ejemplo de estas manifestaciones ya daba la idea de sus intenciones .
    Ejm Lluis Llach : En el momento que tengamos la ley de la transitoriedad jurídica , ello obligará a todos los funcionarios que trabajan y viven en Cataluña. El que no cumpla será sancionado. Se lo tendrán que pensar muy bien. No digo que sea fácil , al revés, muchos de ellos sufrirán…”
    Santi Vidal : De los 801 jueces , sabemos perfectamente los que se quedarán y los que se irán .Tenemos perfectamente diseñada la estructura judicial de la República y sabremos con qué jueces podemos contar”
    Por eso les recomendé que hicieran limpieza si querían que la democracia catalana estuviera en el grupo de más calidad.
    Reflexiones sobre el «fracaso del Proceso» en Hay Derecho
    9 de julio de 2017/en Blog /por Daniel Iborra Fort
    “Creo que es un momento oportuno para que el independentismo haga una autocrítica y aproveche esta ocasión para hacer una regeneración interna sustituyendo a las personas que tanto daño le han hecho. Hay que partir de la base que el movimiento prometió a la población que Cataluña sería como Dinamarca o Austria después del proceso, que son países que están en los primeros lugares en cuanto a transparencia, ausencia de corrupción, eficiencia en la gestión pública y en el sistema económico y en respeto a los derechos y libertades de los ciudadanos y al cumplimiento de las leyes. Es muy importante que el independentismo, además de los corruptos, incompetentes y despilfarradores de los que nos hemos venido ocupando anteriormente, se libere de los políticos que sueñan en un régimen sin libertades para los ciudadanos que no opinan como ellos. Hay que recordarles que el autobús de la independencia, según nos han prometido, tiene su destino en Copenhague, no en Caracas, en La Habana o en otra capital de un estado totalitario “.

  6. Manu Oquendo
    Manu Oquendo Dice:

    Buen artículo y buenos comentarios. Impagables.
    Pero estamos ya en la hora 25.

    Ya es tiempo de Resistencia Civil activa y de que el 1.6 millones de familias con el español como lengua materna (datos de la Generalitat) comiencen a negarse a asistir a un Sistema Educativo Genocida (definición de la Unesco) Home schooling, intervención estatal o de la UE. Ya.
    Que el Estado es fallido nos lo demuestra con obscenidad Pedro Sánchez cada día,

  7. Daniel Iborra
    Daniel Iborra Dice:

    La actuación antidemocrática de los dirigentes políticos catalanes era predecible ya que, el movimiento independentista, está trufado de políticos que sueñan en gestionar una “democracia del tercer mundo” en la que el Estado es la propiedad privada de los que ganan las elecciones y otros partidarios de sistemas políticos dictatoriales, extractivos tanto de recursos económicos como de libertades individuales, incompatibles con los principios y la normativa de la Unión Europea,
    El control de la enseñanza, la cultura y la información, durante tanto tiempo, es lo que permite justificar que Cataluña cuente con la clase política más incompetente, inmadura, irresponsable, autoritaria y extractiva de la UE y que ,a pesar de su nefasta gestión continúan votándoles .
    A final de octubre de 2017, Amnistía Internacional denunciaba que el Gobierno venezolano había puesto en marcha una campaña de allanamientos ilegales de viviendas de personas sospechosas de disidencia.
    Y, especialmente desde el 1º de abril, con una enorme represión. En la primera quincena de agosto, la OEA denunciaba 620 presos políticos (con Chávez eran 13) y la ONU, en su primer informe, hacía responsable al gobierno de Maduro de “sistemáticas” detenciones arbitrarias (5.021), arrestos sin garantías jurídicas (mas de 1.000), torturas a miles de ciudadanos y de 46 muertos, al menos, por las fuerzas de seguridad y unos 2.000 heridos.
    El 4 de noviembre de este año 2021, los medios publicaban que el Tribunal Penal Internacional , daba por concluido “el examen preliminar “ sobre Venezuela y da inicio a “una investigación formal” a este país por “ supuestos crímenes de lesa humanidad”, cometidos en las manifestaciones antigobierno de 2017 en las que murieron cerca de cien personas . Sin precedentes en la historia del continente americano “ la primera vez que en América Latina se consigue semejante hito “ ( El Mundo 7-11-2021 “Maduro debería sentarse en el banquillo “ J. Imbroda )
    En la votación del Parlamento Europeo de 31 de enero de 2019, centrada en la situación de crisis en Venezuela sobre el apoyo a Guaidó frente a Maduro y “condenando enérgicamente la represión feroz y la violencia , que han causado asesinatos y heridos ..instando a las autoridades venezolanas de facto a que pongan fin a todas las violaciones de derechos humanos, a que exijan responsabilidades a sus autores y a que velen por que se respeten plenamente todas las libertades fundamentales “ , votaron en contra ERC, Podemos , Izquierda Unida , los comunes y el BNG (PdeCat se abstuvo a diferencia del PNV que votó a favor) .
    Si Cataluña saliera de la Unión Europea , dirigida por ellos , no volvería , no es su sistema.

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